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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE RIGE EL CONTRATO DE SERVICIOS EN MATERIA DE RECURSOS HUMANOS PARA LA GERENCIA MUNICIPAL DE CULTURA Y DEPORTES DE SANTA LUCÍA, S.A., EXPEDIENTE N.º: 193/2026
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## PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
## ÍNDICE
| 1. | OBJETO DEL CONTRATO ..................................................................................................... | OBJETO DEL CONTRATO ..................................................................................................... | OBJETO DEL CONTRATO ..................................................................................................... |
|------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| 2. | ÁMBITO DEL CONTRATO .................................................................................................... | ÁMBITO DEL CONTRATO .................................................................................................... | 4 |
| 2.1. | 2.1. | ÁMBITO GEOGRÁFICO ................................................................................................. 4 | |
| 2.2. | 2.2. | ÁMBITO TEMPORAL ...................................................................................................... | 4 |
| 3. | NORMATIVA Y LEGISLACIÓN APLICABLE ..................................................................... | NORMATIVA Y LEGISLACIÓN APLICABLE ..................................................................... | 4 |
| 4. | ALCANCE Y DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS ............................................................. | ALCANCE Y DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS ............................................................. | 5 |
| | 4.1. SERVICIOS DE GESTIÓN DE NÓMINA ....................................................................... | 4.1. SERVICIOS DE GESTIÓN DE NÓMINA ....................................................................... | 5 |
| | 4.1.1. | SERVICIOS DE NÓMINA ....................................................................................... | 5 |
| | 4.1.2. | GESTIÓN DE IMPUESTOS ..................................................................................... | 6 |
| | 4.1.3. | SEGURIDAD SOCIAL ............................................................................................. | 6 |
| | 4.1.4. | CONTRATACIÓN DE TRABAJADORES .............................................................. | 6 |
| | 4.1.5. | PROCESOS DE BAJAS POR INCAPACIDAD TEMPORAL | DE |
| | TRABAJADORES .................................................................................................................... | TRABAJADORES .................................................................................................................... | 7 |
| | 4.1.6. | DOCUMENTACIÓN ECONÓMICA ASOCIADA .................................................. | 7 |
| | 4.1.7. | NOTIFICACIONES TELEMÁTICAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL .................. | 7 |
| | 4.1.8. | GESTIÓN Y REPRESENTACIÓN ANTE LA SEGURIDAD SOCIAL Y | EL |
| | SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL (SEPE) ........................................................ | SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL (SEPE) ........................................................ | 7 |
| | 4.1.9. | TRASPASO DE DATOS HISTÓRICOS DE LA GERENCIA ................................. | 7 |
| | 4.1.10. | INSPECCIONES LABORALES ........................................................................... | 8 |
| | 4.1.11. | ASESORAMIENTO Y APOYO EN EL PORTAL DEL EMPLEADO ............... | 8 |
| | 4.1.12. | ACCESO AL PROGRAMA DE NOMINAS POR PARTE DEL PERSONAL | DE |
| | LA GERENCIA. ........................................................................................................................ | LA GERENCIA. ........................................................................................................................ | 8 |
| | 4.1.13. | PLATAFORMA DE COMUNICACIÓN INTERNA DE LA GERENCIA .......... | 9 |
| 4.2. | ASESORAMIENTO JURÍDICO - LABORAL CONTINUADO ..................................... | ASESORAMIENTO JURÍDICO - LABORAL CONTINUADO ..................................... | 9 |
| | 4.2.1. ASISTENCIA, ASESORAMIENTO Y REPRESENTACIÓN EN JUICIO ........... | 4.2.1. ASISTENCIA, ASESORAMIENTO Y REPRESENTACIÓN EN JUICIO ........... | 11 |
| 6. | DESARROLLO Y SEGUIMIENTO DE LOS TRABAJOS ................................................... | DESARROLLO Y SEGUIMIENTO DE LOS TRABAJOS ................................................... | 12 |
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| 6.1. | 6.1. | HORARIO Y ASISTENCIA ........................................................................................... 12 |
|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| 6.2. | 6.2. | EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS ................................................................................ 13 |
| 7. | SUPERVISIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO .................................................... 13 | SUPERVISIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO .................................................... 13 |
| 8. | OBLIGACIONES GENÉRICAS ............................................................................................ 14 | OBLIGACIONES GENÉRICAS ............................................................................................ 14 |
| 9. | RESPONSABLES DEL CONTRATO ................................................................................... 15 | RESPONSABLES DEL CONTRATO ................................................................................... 15 |
| 9.1. | 9.1. | RESPONSABLE DEL CONTRATO POR PARTE DE LA GERENCIA ...................... 16 |
| 9.2. | 9.2. | RESPONSABLE DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO DESIGNADO POR LA |
| EMPRESA CONTRATANTE. .................................................................................................... 16 | EMPRESA CONTRATANTE. .................................................................................................... 16 | EMPRESA CONTRATANTE. .................................................................................................... 16 |
| 10. | OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA ...................................................................... 16 | OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA ...................................................................... 16 |
| 11. | CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS ....................................................... 17 | CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS ....................................................... 17 |
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## PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
## 1. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del presente pliego es definir las condiciones técnicas y los criterios que regirán el contrato del servicio en materia de recursos humanos para la Gerencia Municipal de Cultura y Deportes de Santa Lucía de Tirajana, S.A. (en adelante, la Gerencia).
Asimismo, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la Gerencia no dispone de los medios técnicos, materiales y humanos necesarios para la realización de las actividades previstas en el programa del contrato antes mencionado, siendo necesario, por tanto, su contratación.
Las actuaciones objeto del contrato se deberán desarrollar en base a lo estipulado en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares (en adelante pliego), así como el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (en adelante PCAP), además de la correspondiente legislación aplicable.
## 2. ÁMBITO DEL CONTRATO
## 2.1. ÁMBITO GEOGRÁFICO
El servicio irá destinado a la Gerencia de Santa Lucía de Tirajana en la isla de Gran Canaria, provincia de Las Palmas.
## 2.2. ÁMBITO TEMPORAL
La duración del presente contrato será de DOS (2) AÑOS, computable desde la fecha de la firma del mismo, pudiendo ser prorrogado, anualmente, por UN (1) AÑO más siempre que así sea acordado expresamente por la Gerencia, estableciendo un máximo posible de TRES (3) AÑOS .
## 3. NORMATIVA Y LEGISLACIÓN APLICABLE
Los servicios descritos en este pliego se ajustarán a lo dispuesto en las normas especificadas en el PCAP, en el presente pliego, así como en toda aquella normativa vigente de aplicación al objeto del presente contrato, y la que se dicte en el futuro, la cual se incorporará de manera automática, siendo responsabilidad de la adjudicataria su observancia y adaptación técnica a la misma en su caso, sin que quepa reclamar nada por estos conceptos a la Gerencia.
A modo enunciativo y no limitativo se establecen a continuación aquellas normas que la adjudicataria deberá tener en consideración a la hora de realizar la prestación:
- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
- Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
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## PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
Esta relación legislativa, como ya se ha comentado de carácter mínimo, no exime a la adjudicataria del cumplimiento de cuantas normas, leyes, disposiciones, ordenanzas, reglamentos, etc. no expuestas aquí, sean de aplicación.
## 4. ALCANCE Y DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS
La prestación de este servicio incluye la ejecución de las siguientes funciones y trabajos que se indican a continuación, los cuales tienen carácter mínimo, sin perjuicio de que, por petición de la Gerencia, se encarguen otros servicios que no se encuentren expresamente indicados en el presente pliego, pero que tengan relación con el objeto del contrato.
La Gerencia Municipal dispone de una media de 110 personas empleadas, este número es susceptible de modificarse según se produzcan altas, bajas y nuevos ingresos de personal.
A título meramente informativo, no exhaustivo, las prestaciones del servicio objeto del contrato incluyen al menos los siguientes aspectos:
## 4.1. SERVICIOS DE GESTIÓN DE NÓMINA
Los servicios serán los que se detallan a continuación:
## 4.1.1. SERVICIOS DE NÓMINA
- Confección de nóminas y seguros sociales. Se incluirá una lista mensual de costes, detallado por trabajador, con expresión de bruto salarial, descuentos por seguridad social e I.R.P.F., líquido a percibir y coste de la cuota empresarial de seguros sociales.
- Diseño, elaboración y actualización de nóminas de trabajadores incluyendo todas las modificaciones y variaciones producidas durante el mes, así como confección de las pagas extraordinarias, confección de atrasos de Convenio Colectivo, bonus y preparación de finalización de contratos/liquidación de finiquito.
- Confección y remisión del resumen de nómina de costes para contabilidad.
- Control de la publicación y actualización del Convenio Colectivo de aplicación y anotación a efectos del código de cuenta de cotización.
- Generación de ficheros de transferencia de nóminas para su abono.
- Envío individual de la nómina (protegida con contraseña) al correo electrónico de cada empleado y el suministro de tablas resumen con información sobre costes, Seguridad Social, bonificaciones e impuestos. O bien de un portal del empleado, al que cada empleado pueda acceder de manera on-line para ver y descargar su histórico de nóminas, altas, bajas, etc. Además, deberá realizar una formación o, en su defecto, proveer de un manual, para el uso y manejo de dicho portal, así como poner a disposición de la Gerencia un teléfono o correo
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## PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
electrónico de contacto donde solventar aquellas dudas o incidencias que l@s emplead@s tengan en relación con el uso de la plataforma.
- Confección y presentación del modelo 111 de IRPF (mensual o trimestral), y la presentación del modelo 190 anual (trabajadores).
- Cálculo del IRPF de los trabajadores y regularizaciones.
- Confección del certificado de retenciones anual para la declaración del IRPF.
Será responsabilidad también de la empresa adjudicataria proporcionar a la Gerencia una estadística resumen mensual en Excel u otro formato que se pudiera requerir con información sobre las nóminas y costes.
## 4.1.2. GESTIÓN DE IMPUESTOS
Cálculo de las retenciones de IRPF y de las actualizaciones legales de las mismas. Certificados de retenciones de IRPF y descuento de cuota sindical. Confección de los modelos tributarios de retenciones de IRPF y presentación de ambos modelos mediante transmisión electrónica entre la AEAT. Confección de los modelos 145 de IRPF de comunicación de datos al pagador.
## 4.1.3. SEGURIDAD SOCIAL
- Confección y transmisión de los documentos de cotización mensuales a través del Sistema SILTRA y obtención de los documentos de Relación Nominal de Trabajadores (RNT) y Recibo de Liquidación de Cotizaciones (RLC).
- Confección y transmisión del fichero mensual de conceptos retributivos abonados (CRA).
- Cambio de cuenta bancaria de RETA y cuenta de cotización de empresa a efectos de domiciliación de las cuotas.
## 4.1.4. CONTRATACIÓN DE TRABAJADORES
- Altas, bajas y variaciones de datos de los trabajadores en Seguridad Social (a través del Sistema RED).
- Redacción de contrato de trabajo oficial y anexos de variación de jornada laboral.
- Confección de pacto de horas complementarias.
- Comunicación a Contrat@ de los contratos de trabajo oficiales, variaciones de los mismos y de sus anexos de horas complementarias (Servicio Público de Empleo Estatal).
- Control de vencimientos de contratos temporales.
- Control de vencimiento de tramos de antigüedad.
- Elaboración de la documentación vinculada a la contratación/modificación de cláusulas contractuales y finalización de contratos y su tramitación. Notificación con una antelación como mínimo de treinta (30) días naturales sobre la finalización de contratos vigentes.
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## PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
## 4.1.5. PROCESOS DE BAJAS POR INCAPACIDAD TEMPORAL DE TRABAJADORES
- Gestión de procesos de incapacidad temporal
- Comunicación de accidente de trabajo (Sistema Delt@) de los trabajadores dados de alta).
- Comunicación mensual de la relación de accidentes sin baja.
- Obtención de certificados de empresa para prestaciones.
## 4.1.6. DOCUMENTACIÓN ECONÓMICA ASOCIADA
- Remisión de documentación asociada como: obtención de certificado de estar al corriente de pago de seguridad social, informe de vida laboral de la empresa, plantilla media de trabajadores en alta en un periodo determinado, informe de trabajadores en alta en un CCC, etc.
## 4.1.7. NOTIFICACIONES TELEMÁTICAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
- Recepción, descarga y envío de notificaciones telemáticas (oficina virtual de la seguridad social).
## 4.1.8. GESTIÓN Y REPRESENTACIÓN ANTE LA SEGURIDAD SOCIAL Y EL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL (SEPE)
Tramitación de altas/bajas/modificaciones y comunicaciones en la seguridad social relacionadas con trabajadores, así como servicio de apoyo en cumplimiento de partes de incapacidad temporal por accidente laboral.
Elaboración y prestación de boletines de cotización a la Seguridad Social. Solicitud de informes sobre empres y/o trabajadores emitidos por Seguridad Social (TC's, Vida Laboral de empresa, IDC, TA2, …). Recepción y tramitación de notificaciones con Seguridad Social. Realizar todas las tramitaciones necesarias en relación con la Seguridad Social que surjan tanto periódica como puntualmente.
## 4.1.9. TRASPASO DE DATOS HISTÓRICOS DE LA GERENCIA
La adjudicataria deberá introducir en su sistema el histórico laboral de la GERENCIA (Vida laboral CCC, trabajadores, contratos nóminas, etc.) de manera que la institución tenga a su disposición la información laboral en caso de requerimiento. El actual software en el que se está llevando el control laboral (nóminas, altas, bajas, etc.) es el A3Nom. La carga de datos deberá estar completada en el plazo de un (1) mes desde el inicio del servicio.
Los datos del personal de la Gerencia serán facilitados por la misma, siendo el adjudicatario del presente contrato el único responsable de la incorporación de los mismos a sus ficheros,
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## PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
especialmente en lo referente a la confección de nóminas del mes en curso, y con la suficiente antelación para poder proceder a su pago en los plazos establecidos, procediéndose a la indemnización que corresponda en caso de incumplimiento.
## 4.1.10. INSPECCIONES LABORALES
Asesorar y representar los intereses de la Gerencia entre los organismos de investigación y compromiso de la administración laboral a cualquier nivel. Elaborar los escritos e instancias que procedan ante los diferentes entes laborales, en el caso de inspecciones, reclamaciones, u otras circunstancias imprevistas.
## 4.1.11. ASESORAMIENTO Y APOYO EN EL PORTAL DEL EMPLEADO
La adjudicataria, en la medida de lo posible, dispondrá de un usuario con perfil de supervisor / observador en nuestra aplicación de gestión de portal horario, de esta forma podrá dar apoyo y asesoramiento en referencia al control de acceso e incidencias, resolviendo, al efecto, cuantas dudas y cuestiones se vayan produciendo y comunicando por LA GERENCIA.
## 4.1.12. ACCESO AL PROGRAMA DE NOMINAS POR PARTE DEL PERSONAL DE LA GERENCIA.
La adjudicataria deberá habilitar al personal designado por la Gerencia un acceso remoto a la aplicación mediante la cual se gestione el control laboral y el programa de nóminas del personal.
Dicho acceso tendrá carácter exclusivamente consultivo, salvo autorización expresa y debidamente justificada, y permitirá la visualización de información relacionada con nóminas, contratos, jornadas, incidencias, cotizaciones y demás datos asociados a la gestión laboral.
El acceso remoto deberá realizarse a través de un entorno seguro, garantizando, en todo momento, la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información. A tal efecto, la adjudicataria deberá implementar, como mínimo, las siguientes medidas de seguridad:
- Acceso mediante conexión cifrada (HTTPS/TLS o VPN segura).
- Autenticación robusta de usuarios con asignación de credenciales individuales, únicas e intransferibles.
- Cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos personales y seguridad de la información.
El servicio de acceso remoto deberá mantenerse operativo durante la vigencia del contrato, asegurando niveles adecuados de disponibilidad y soporte técnico ante incidencias.
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## PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
## 4.1.13. PLATAFORMA DE COMUNICACIÓN INTERNA DE LA GERENCIA
Actualmente la Gerencia cuenta con una plataforma de comunicación interna, a modo de bandeja compartida, en el que se centraliza y gestiona el flujo de las comunicaciones (consultas y respuestas) laborales planteadas por l@s emplead@s de la Gerencia.
Dicha plataforma constituye una herramienta de trabajo fundamental para poder realizar la asignación y derivación (bien al personal interno de la propia Gerencia, bien al personal de la asesoría externa), seguimiento e histórico de las consultas laborales generadas por nuestros emplead@s.
Desde la Gerencia planteamos la posibilidad de seguir utilizando esta plataforma y método de trabajo, para ello, se le facilitaría a la empresa adjudicataria un acceso a dicha plataforma, así como la formación oportuna sobre el uso y los flujos de trabajo de la misma.
No obstante, si la empresa adjudicataria contara con una plataforma propia para este tipo de supuestos, o planteara otra alternativa para las consultas laborales de l@s emplead@s, desde la Gerencia se valoraría la posibilidad de adoptar el método de trabajo planteado por la entidad adjudicataria.
## 4.2. ASESORAMIENTO JURÍDICO - LABORAL CONTINUADO
Los servicios de asesoramiento jurídico - laboral continuado comprenderán el asesoramiento general de carácter legal u ordinario a través de un contrato dinámico y fluido de consultas, alertas en materia laboral, consejos legales, reuniones y, en definitiva, cualquier medio que se estime necesario para resolver las necesidades y cuestiones que se puedan plantear por la Gerencia, y ente los que se incluyen los siguientes.
- Asistencia y asesoramiento jurídico-laboral proactivo, en relación con aquellas cuestiones laborales y/o en materia de seguridad social que puedan ser advertidas por la adjudicataria, teniendo en consideración que la actividad de la Gerencia y la evolución normativa.
- Asesoramiento en materia de contratación de empleados (relación laboral común por cuenta ajena, becarios/as y contratos en prácticas, relación laboral especial de alta dirección, etc.); determinación de la modalidad contractual más ajustada, riesgos derivados de la contratación; redacción de cláusulas contractuales tanto reguladoras de las condiciones que rijan la relación laboral como otras específicas tales como pactos de no competencia postcontractual y/o concurrencia, exclusividad, confidencialidad y secreto, permanencia , teletrabajo, etc.
- Asesoramiento laboral sobre las concretas circunstancias, derechos y obligaciones inherentes a la relación laboral de los trabajadores, así como, sobre situaciones específicas de éstos
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## PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
- (tales como maternidad/paternidad, excedencias y permisos, incapacidades temporales/permanentes, medidas de conciliación de la vida familiar y laboral, etc.).
- Asesoramiento jurídico laboral en relación con la ordenación y organización del tiempo de trabajo en la Gerencia (jornada, horarios, descansos mínimos, tiempos de trabajo efectivo, turnos de trabajo, vacaciones, registro diario de jornada, etc.).
- Asesoramiento legal ordinario relacionado con supuestos individuales de movilidad geográfica y funcional, así como, modificación sustancial de las condiciones de trabajo, y elaboración en tales supuestos de los pertinentes acuerdos/comunicaciones de desplazamiento, traslado, movilidad funcional o modificación de condiciones, individuales.
- Asesoramiento jurídico-laboral relacionado con la estrategia de la Gerencia y ejecución de decisiones de índole disciplinaria a acometer por parte de la Gerencia, tanto despidos disciplinarios como por causas objetivas, sanciones de suspensión de empleo y sueldo u otras y, redacción de la carta de sanción o comunicación extintiva y de la restante documentación relacionada con la sanción/despido individual -i.e. trámite de audiencia al sindicato, u otras de pertinente aplicación, en su caso.
- Asesoramiento desde la perspectiva jurídico-laboral, en materia de contratación y responsabilidad establecida en el artículo 42 ET en contratos de arrendamiento de servicios y, asesoramiento en materia de cesión ilegal de empleados ex artículo 43 ET.
- Asesoramiento jurídico laboral relacionado con la contratación de personas con discapacidad y análisis de medidas alternativas de exención del cumplimiento de mínimo legal de un 2% de los empleados.
- Asesoramiento jurídico laboral ordinario general, esto es, resolución de consultas en materia de sucesión empresarial al amparo de lo establecido en el artículo 44 ET.
- Asesoramiento jurídico laboral relacionado con el poder de dirección, organización y control empresarial en materia digital, videovigilancia y geolocalización y derechos implicados de los trabajadores, y sobre el uso de medios y herramientas informáticas por parte de la plantilla de la Gerencia, así como sobre el derecho a la desconexión digital.
- Asesoramiento jurídico laboral ordinario general, esto es, resolución de consultas, en materia de elecciones sindicales, representación legal de los trabajadores y representación sindical.
- Asesoramiento y recomendaciones sobre la interpretación práctica de reglamentos, circulares internas, recomendaciones o normativa de desarrollo publicad por los distintos organismos de la Administración Pública en materia laboral y de la seguridad social (TGSS, SEPE. INSS, etc.).
- Asesoramiento recurrente dese el punto de vista técnico-jurídico de resolución de consultas en materia de prevención de riesgos laborales.
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## PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
- Asesoramiento jurídico laboral en relación con prestaciones sociales (modalidades de jubilación incapacidad permanente, discapacidad, etc.).
- Asesoramiento jurídico laboral y asistencia en las mesas de negociación y en las diferentes fases de tramitación del convenio colectivo del personal de la GERENCIA MUNICIPAL DE CULTURA Y DEPORTES DE SANTA LUCÍA, S.A.
- Asesoramiento jurídico laboral y asistencia a las reuniones que celebre la Comisión Paritaria, en los términos y condiciones establecidas en el convenio colectivo que resulte de aplicación en cada momento.
- Información puntual sobre aquellas novedades legislativas que se produzcan en el ámbito jurídico laboral y de la seguridad social y remisión de reseñas/newsletters sobre estas.
- Invitación a webinars, conferencias, desayunos de trabajo, etc. sobre cuestiones de interés laboral y/o de la seguridad social.
- Asistencia y representación letrada en actos de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) en la Provincia de Las Palmas y ante requerimientos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de dicha provincia.
## 4.2.1. ASISTENCIA, ASESORAMIENTO Y REPRESENTACIÓN EN JUICIO
La adjudicataria deberá contar con el personal necesario que garantice tanto la asistencia como el asesoramiento y la representación en juicio como consecuencia de los procedimientos judiciales que se presten ante los Juzgados de lo Social, así como ante órganos judiciales superiores.
El número de pleitos anuales se estima en 10, aunque podrá variar al alza o a la baja según la litigiosidad devenida de actuaciones de la Gerencia que tengan relación directa con el personal.
Se entiende en la totalidad de los pleitos la preparación del mismo, la asistencia, asesoramiento y representación en juicio.
## 5. MEDIOS HUMANOS Y MATERIALES
La realización de las prestaciones objeto del contrato requiere que el adjudicatario cuente con, al menos, un/a Abogado/a Colegiado/a, así como un/a Licenciado/a en Derecho, Graduado/a Social o equivalente, para los servicios que se realizarán de manera continua (servicios fijos). De la misma manera, se necesitará un/a abogado/a colegiado/a para aquellos servicios que se realicen de manera puntual, los cuales en este caso corresponden a los pleitos anuales (servicios variables).
Todos los componentes del equipo designado por el adjudicatario a la ejecución del contrato deberán tener experiencia en asesoramiento jurídico laboral y defensa procesal a entidades enumeradas en el
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## PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
artículo 3.1 de la LCSP, estar adscritos al despacho y tener sede profesional en Canarias. Por ello, deberán tener una experiencia previa mínima en las tareas enunciadas anteriormente de 3 años.
El personal que ejecute el contrato no tendrá en ningún caso relación laboral, contractual o de naturaleza alguna con la Gerencia, siendo el adjudicatario el responsable de estar al corriente con sus obligaciones con la Seguridad Social y resto de obligaciones legales y contractuales en relación con su personal.
El adjudicatario deberá contar con los medios técnicos, informáticos, reprográficos, material consumible y cualquier otro medio o material necesario para la prestación.
Los trámites objeto del servicio se realizarán con los medios informáticos de la adjudicataria, que deberá garantizar que hace uso de las aplicaciones o programas informáticos necesarios y actualizados, que le permitan realizar su labor en óptimas condiciones, ofreciendo un servicio de calidad.
## 6. DESARROLLO Y SEGUIMIENTO DE LOS TRABAJOS
## 6.1. HORARIO Y ASISTENCIA
La empresa adjudicataria se encargará de la gestión integral de los servicios contratados y las incidencias que surjan durante los mismos, con la máxima rapidez y eficacia.
La persona designada por el adjudicatario como responsable del contrato deberá estar localizable y proporcionará un servicio de calidad al personal de la Gerencia, entendiendo por calidad, la eficacia y la eficiencia en la tramitación y gestión diaria, así como estar accesible y localizable cuando se requiera dentro del horario de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
Se considerará que el horario y fechas de las asistencias serán organizados y determinados por la Gerencia y el adjudicatario.
En todo caso, esas asistencias serán únicamente con la finalidad de resolver aquellos asuntos relacionados con los requerimientos del presente PPTP, siendo de manera obligatoria la asistencia a reuniones presenciales con sede en la Gerencia, al menos, una vez cada 15 días.
En cuanto a los plazos de ejecución de los servicios se deberá respetar lo siguiente:
- Desde la adjudicataria se deberán cumplir los plazos establecidos en la legislación para todo tipo de trámites con la Seguridad Social, Inspección de Trabajo, requerimientos tributarios, etc.
- Asimismo, la empresa adjudicataria deberá tener las nóminas confeccionadas para el día veinte (20) de cada mes y en el caso de extras para el diez (10) de junio y diciembre respectivamente, siempre y cuando haya sido enviada por parte de la Gerencia la información
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## PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
para la elaboración de las mismas, con dos (2) días de antelación. En caso de que tras la revisión por la Gerencia surjan modificaciones, éstas tendrán que ser atendidas en el plazo máximo de un (1) día por la empresa adjudicataria.
- Una vez comunicada la necesidad de dar de alta/baja/modificación a un trabajador, la adjudicataria, en caso de necesidad, deberá ser capaz de realizarlo en el plazo máximo de un (1) día. Para la elaboración de la documentación necesaria para la formalización dispondrá de dos (2) días como máximo desde la recepción de la información.
El adjudicatario deberá designar un teléfono y un correo electrónico para aquellas consultas y resto de asistencias no presenciales que se realicen a cualquier miembro del equipo de trabajo.
## 6.2. EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
El adjudicatario está obligado a ejecutar el servicio conforme al contenido de los pliegos, así como con las instrucciones recibidas por la Gerencia y la persona responsable del contrato.
La información y documentos externos a la Gerencia deberán ser obtenidos por el adjudicatario, siempre que exista autorización y acreditación por el ente municipal para su actuación como colaborador.
A efectos de mejorar la calidad del servicio, la Gerencia, facilitará, en tiempo y forma, la información necesaria que precise el contratista para la ejecución de los trabajos. Además, los técnicos municipales prestarán su colaboración al adjudicatario en aquellos aspectos y documentación que le sea requerida.
## 7. SUPERVISIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
La Gerencia o la persona responsable designada por la misma, o en quien en ella delegue, será la encargada de determinar, en los casos que proceda, el conjunto de actuaciones que, de las descritas en el presente Pliego, deberá llevar a cabo el Adjudicatario en el desarrollo de la ejecución del objeto del contrato.
Así, la Gerencia, o en quien en ella delegue podrá llevar a cabo el conjunto de funciones que a continuación se relaciona:
- Dar las instrucciones oportunas con el fin de alcanzar los objetivos del contrato. De tal manera, velará por el cumplimiento de los términos contractuales y técnicos previstos en el presente Pliego.
- Proponer las modificaciones que convenga introducir, y que no conlleven modificación de los pliegos, para el buen desarrollo de los servicios que conforman las prestaciones objeto del contrato.
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## PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
- Convocar cuantas reuniones en la Gerencia que se consideren pertinentes para el buen desarrollo de los servicios.
- Velar por el cumplimiento de los trabajos exigidos y ofertados.
- Control y seguimiento, junto con el responsable de Proyecto del adjudicatario, de la resolución de las incidencias detectadas y reportadas al adjudicatario.
- Control y seguimiento, junto con el responsable del adjudicatario, de la definición, valoración, ejecución e implantación de las funcionalidades solicitadas por la Gerencia.
## 8. OBLIGACIONES GENÉRICAS
Las obligaciones que vinculan el objeto del contrato serán las siguientes:
- a) Los datos de carácter personal a los que tenga acceso la asistencia letrada deberán ser utilizados exclusivamente en los procesos en que haya de surtir efectos la documentación a que estén incorporados, haciéndose responsable el contratista de su utilización con los límites y garantías previstos en la Legislación vigente de Protección de Datos (Ley Orgánica Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y normativa de desarrollo de la misma).
- b) Prestar los servicios objeto de contrato conforme a la ' lex artis ', cumpliendo con un nivel de diligencia profesional, dando perfecto cumplimiento de sus obligaciones contractuales, utilizando con pericia aquellos conocimientos sobre procedimientos, instancias y trámites que, por razón de la profesión, debe poseer.
- c) Todos los servicios a prestar se realizarán siempre respetando las normas de deontología en el ejercicio de la abogacía, así como toda la normativa emanada tanto del Consejo General de la Abogacía Española como del Colegio de Abogados correspondiente, no pudiendo ser presionado el contratista para realizar servicios en contra de su opinión profesional, sin perjuicio de seguir las directrices que le pueda cursar a la Gerencia para la mejor definición y defensa de los intereses municipales en cuestión.
- d) Aunque no sea exigible responsabilidad al contratista en relación con el sentido final de la resolución judicial, acuerdo, etc., sí responderá de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración, para su personal o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas para la ejecución del contrato.
- e) Mantener un contacto permanente con la Gerencia, debiendo presentar en la Gerencia, a quien el mismo determine, a, con carácter trimestral, un informe en el que se detallen las
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## PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
actuaciones realizadas durante ese período. El Informe presentado ante la Gerencia deberá contener con detalle cada una de las actuaciones realizadas.
- f) No podrán existir por parte de la empresa adjudicataria condiciones que limiten el acceso de los responsables municipales a la información que se estime necesaria para poder llegar a conclusiones respecto a la técnica, procedimientos y resultados de los trabajos ejecutados, con la finalidad de valorar la calidad de aquéllos.
- g) Garantizar la absoluta confidencialidad de la información y documentación a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato, así como a disponer de todos los mecanismos o sistemas de seguridad en sus sistemas informáticos (acceso restringido por usuario/contraseña/2FA, políticas de copias de seguridad y recuperación de los datos, etc) que permitan el control, identificación y trazabilidad de los usuarios que acceden a los datos, la salvaguarda y recuperación de los datos ante incidentes de seguridad o ciberataques a sus infraestructuras.
- h) El contratista se compromete a guardar estricta confidencialidad sobre la información y el material que le sea suministrado en el marco del presente contrato, asumiendo a título exclusivo su guarda y conservación, comprometiéndose a no utilizar dicha información para fines distintos de los pactados en este contrato.
- i) La obligación contenida en el párrafo anterior subsistirá incluso una vez terminada el asesoramiento, en tanto en cuanto la información siga teniendo la condición de confidencial, salvo consentimiento expreso de la parte propietaria de dicha información.
- j) El contratista deberá contar con los seguros que le sean obligatorios para el ejercicio de la actividad contratada, así como con un seguro que cubra las responsabilidades derivadas de la ejecución del contrato, por importe no inferior al valor estimado del contrato.
## 9. RESPONSABLES DEL CONTRATO
Para una mayor eficacia en la defensa de los intereses municipales en juego, las autoridades, funcionarios y resto de empleados públicos de la Gerencia prestarán al contratista la colaboración y auxilio necesario para la debida y adecuada defensa de los intereses que representa.
Para este fin, y salvo precepto legal en contrario, facilitarán cuantos datos o documentos obren en las oficinas públicas, debiendo ser trasladados directamente por cualquier medio que asegure su recepción.
Todo esto se llevará a cabo mediante las figuras de los responsables del contrato (uno de cada parte), los cuales actuarán en representación de su entidad para agilizar cualquier tipo de trámite y mantener una relación adecuada durante la vigencia del contrato.
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## PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
## 9.1. RESPONSABLE DEL CONTRATO POR PARTE DE LA GERENCIA
Asimismo, la figura de la persona responsable del contrato que prevé el artículo 62 de la vigente Ley 9/2.017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público se asumirá, por parte de la Gerencia, por la Dirección General.
## 9.2. RESPONSABLE DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO DESIGNADO POR LA EMPRESA CONTRATANTE.
La empresa contratista deberá designar al menos un/a coordinador/a o responsable de la ejecución del contrato, integrado en su propia plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes:
- a) Actuar como interlocutor/a de la empresa contratada frente a la entidad contratante, canalizando la comunicación entre la empresa contratada y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al contrato y la entidad contratante, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato.
- b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado.
- c) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajos de las funciones que tienen encomendadas.
- d) Organizar el régimen de vacaciones, licencias y permisos del personal adscrito a la ejecución del contrato, de forma que no se altere la correcta ejecución del servicio.
- e) Informar a la entidad contratante sobre las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato.
## 10. OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA
Corresponderá a la adjudicataria la ejecución de los servicios en los términos que requieran las buenas prácticas profesionales debiendo la adjudicataria prestar atención a los requerimientos que tenga la Gerencia o la persona responsable del contrato designada por la misma.
Corresponde exclusivamente a la empresa contratada la selección del personal que, reuniendo, en su caso, los requisitos de titulación y experiencia exigidos, formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte de la entidad contratante del cumplimiento de aquellos requisitos.
La empresa contratada asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario.
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## PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador.
La empresa contratada velará especialmente porque los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en los pliegos como objeto del contrato.
En el caso de que la empresa contratada incumpla las obligaciones asumidas en relación con su personal, dando lugar a que el órgano o ente contratante resulte sancionado o condenado, la empresa contratada deberá indemnizar a éste de todos los daños y perjuicios que se deriven de tal incumplimiento y de las actuaciones de su personal, mediante el eventual ejercicio de las acciones legales oportunas.
La adjudicataria deberá aportar documentación acreditativa (certificado de compañía aseguradora o póliza, en la que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro así como, compromiso vinculante firmado por el licitador de renovación o prórroga del seguro que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato) de tener contratado y en vigor, bajo su propio riesgo y durante toda la duración del contrato, incluyendo, en su caso, sus prórrogas, y durante el periodo de garantía del servicio, una póliza de seguro de responsabilidad civil por importe de 300.000,00€ que se haga responsable de los daños y perjuicios que puedan ocasionarse a personas o cosas, como consecuencia de la ejecución del contrato, ya sea por actos u omisiones de la empresa o del personal que dependa de la misma.
Al finalizar el contrato, la entidad adjudicataria deberá entregar a la Gerencia una copia íntegra y actualizada de todos los datos e información generados o gestionados durante la vigencia del servicio, incluyendo, como mínimo, los documentos en formato PDF y Excel, así como una copia de seguridad completa de la aplicación utilizada, en formato exportable que permita la migración o reutilización de los datos. Asimismo, deberá facilitarse toda la información en formatos visibles, legibles y de uso estándar, que no requieran aplicaciones propietarias o de terceros para su consulta, garantizando, en todo momento, la accesibilidad, integridad y portabilidad de la información.
## 11. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS
La empresa adjudicataria estará obligada a guardar la máxima confidencialidad con los datos a los que pueda tener acceso, de manera que, tanto durante la vigencia del presente contrato, como a su finalización, deberá actuar con estricto cumplimiento de las previsiones contenidas en la Ley
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## PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, así como en toda su normativa de desarrollo.
Únicamente tratará dichos datos conforme a las instrucciones que reciba la Gerencia, debiendo adoptar las medidas de índole técnica y organizativa necesarias que garanticen la seguridad de los referidos datos y que eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado. Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal en poder de la adjudicataria deberán ser destruidos o devueltos a la Gerencia, al igual que cualquier soporte o documentos en que conste algún dato de carácter personal objeto del tratamiento.
Asimismo, queda expresamente prohibida la reproducción, distribución, comunicación, transformación, puesta a disposición o cualquier tipo de manipulación de la información confidencial, contenida tanto en soportes digitales como en soportes convencionales, a ninguna tercera persona física o jurídica, de forma gratuita u onerosa, ni siquiera para su conservación.
La empresa adjudicataria estará obligada a no aplicar o utilizar la información confidencial de la Gerencia para fines distintos a los especificados en el contrato de referencia, así como a no utilizar dicha información al servicio de fines o intereses ajenos al presente contrato.
La adjudicataria únicamente permitirá el acceso a la información confidencial al personal a su servicio que tenga necesidad de conocerla para el desarrollo de las actividades y servicios contratados, haciéndose responsable del cumplimiento de las obligaciones de confidencialidad por parte de dicho personal.
En caso de que la adjudicataria destine los datos a otra finalidad, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones del contrato, será de aplicación el régimen sancionador previendo las normativas reflejadas con anterioridad, así como en su normativa de desarrollo.
En Santa Lucía de Tirajana, a fecha de firma electrónica.
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