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Expediente n.º: 1601/2025 Pliego de clausulas administrativas particulares Procedimiento: Contrataciones Fecha de iniciación: 21/07/2025 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONCESIÓN DEMANIAL PARA EL MANTENIMIENTO Y EXPLOTACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS DE ESTACIONES DE RECARGA PÚBLICA CLÁUSULA PRIMERA. Objeto del Contrato y naturaleza jurídica Constituye el objeto del contrato la Concesión demanial para el mantenimiento y explotación de infraestructura de estaciones de recarga pública para vehículos eléctricos ubicadas en plaza de abastos y en plaza la rosaleda. Punto de plaza recarga de plaza rosaleda: Caja General de Protección y el cargador con dos tomas de conexión de 22 KW ya se encuentra empotrada en pared. El cuadro de mando y protección con interruptor general de corte omnipolar de 4x63 A, dispositivo contra sobretensiones e interruptor diferencial súper inmunizado 4x63 A/30 mA, acometiendo al poste de recarga con línea Rz1 4x16 mm². El poste de recarga de vehículos eléctricos se encuentra instalado en el exterior, en vial público. Por lo tanto se considera una instalación mojada. Cumpliendo con la Instrucción ITC-BT-30, del Reglamento, el poste de recarga está protegido contra la penetración de cuerpos sólidos extraños y penetración de agua, con un IP55, según características constructivas del fabricante. Además cumple con un grado contra impactos mecánicos con un IK10, según especificaciones del fabricante. Además de estar preparado para la resistencia a los rayos ultravioletas. Las canalizaciones eléctricas son estancas, con un grado de protección correspondiente a las protecciones de agua IPX4. Punto de recarga de plaza de abastos: Caja General de Protección y Medida, para el cargador con dos tomas de conexión de 30 KW, hornacina de obra de fábrica para 60 KW. El cuadro de mando y protección con interruptor general de corte omnipolar de 4x100 A, dispositivo contra sobretensiones e interruptor diferencial súper inmunizado 4x100 A/30 mA, acometiendo al poste de recarga con línea Rz1 4x16 mm². El poste de recarga de vehículos eléctricos se encuentra instalado en el exterior, en vial público. Por lo tanto se considera una instalación mojada. Cumpliendo con la Instrucción ITC-BT-30, del Reglamento, el poste de recarga está protegido contra la penetración de cuerpos sólidos extraños y penetración de agua, con un IP55, según características constructivas del fabricante. Además cumple con un grado contra impactos mecánicos con un IK10, según especificaciones del fabricante. Además de estar preparado para la resistencia a los rayos ultravioletas. Las canalizaciones eléctricas son estancas, con un grado de protección correspondiente a las protecciones de agua IPX4. Ayuntamiento de Olvera Plaza del Ayuntamiento, 1, Olvera. 11690 (Cádiz). Tfno. 956130011. Fax: 956130062 5KKJARS69WSMJ5D6G4LQTG7TL :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arevlo//:sptth :nóicacifireV 31 ed 1 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD La utilización del dominio público a que se refiere la presente concesión, se regirá por las cláusulas contenidas en este pliego y en de Prescripciones Técnicas y para todo lo no previsto en é1, por la Ley de Bienes de Entidades Locales de Andalucía 7/1999 de 29 de septiembre y el Reglamento de Bienes de Entidades Locales de Andalucía, aprobado por Decreto 18/2006 de 24 de enero. Para lo no previsto en las anteriores normas, la Ley 711985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el RDL 781/1986, de 18 de abril por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones vigentes en materia de régimen Local y el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 137211986 de 13 de junio. Con carácter básico o, en su caso, como supletorio, la Ley 33/2003, de 3 de noviembre del Patrimonio de las Administraciones Públicas. A tal respecto se califican los usos previstos del dominio público como privativos, y ello por cuanto consiste en la ubicación de instalaciones fijas con vocación de permanencia en el tiempo. En el régimen de la contratación patrimonial deben de aplicarse las reglas sustantivas, materiales y procedimentales previstas en la normativa patrimonial que sea de aplicación teniendo en cuenta la prelación de fuentes y teniendo validez las remisiones que se hacen a la legislación contractual y, si no hubiera norma aplicable, podría acudirse a los principios de la LCSP para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse. Los negocios y contratos patrimoniales deben regirse por su normativa específica, por lo que no sería aplicable lo dispuesto en la disposición adicional 16a de la LCSP, debiendo aplicarse por tanto lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en defecto de norma específica. Las infraestructuras se encuentra ya instalada en plaza de abastos y en plaza la rosaleda. En el Anexo I del presente pliego se incluye un plano con la ubicación de las estaciones de recarga. La infraestructura instalada cuenta actualmente con el suministro eléctrico necesario para su funcionamiento. El Concesionario solo deberá hacerse cargo del mantenimiento y explotación de la infraestructura existente de carga de vehículos eléctricos, cuya descripción aparece contenida en el Pliego de Prescripciones técnicas. CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Selección y órgano de Contratación La forma de adjudicación es la de procedimiento abierto simplificado a que se refieren los artículos 159 de la Ley 912017 de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público (LCSP). El órgano competente para efectuar la presente contratación y tramitar el expediente, de conformidad con la Disposición Adicional Tercera, apartado 9 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, será la Alcaldesa. CLÁUSULA TERCERA. Perfil de contratante Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: www.contrataciondelestado.es Ayuntamiento de Olvera Plaza del Ayuntamiento, 1, Olvera. 11690 (Cádiz). Tfno. 956130011. Fax: 956130062 5KKJARS69WSMJ5D6G4LQTG7TL :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arevlo//:sptth :nóicacifireV 31 ed 2 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD CLÁUSULA CUARTA. Canon Por la utilización privativa del dominio público se establece la obligación de abonar un canon anual de 880,00 euros. El canon anual se liquidará por trimestres vencidos y se abonará mediante domiciliación bancaria, para lo cual el titular deberá proporcionar el IBAN en el momento de formalizar el contrato, con arreglo a las previsiones contenidas en la Ley General Tributaria y el Reglamento General de Recaudación. El vencimiento del plazo voluntario de pago, sin haberse satisfecho el importe de este ingreso de derecho público, determinará la exigibilidad de los recargos del periodo ejecutivo y el devengo de los intereses de demora que correspondan hasta la fecha de su ingresó, sin perjuicio de que ello constituye causa de extinción de la concesión. El canon de la concesión no exime al concesionario del pago al Ayuntamiento de Olvera de los tributos municipales que graven la actividad (impuesto sobre Actividades Económicas); que se deriven de las licencias y autorizaciones que el mismo se vea obligado a obtener (licencias de obras, de apertura, etc.) como consecuencia de la prestación del servicio o que supongan contraprestación de los servicios que proporcione la Administración Municipal (suministro de agua, recogida de basuras, alcantarillado, etc.), que de ninguna manera se encuentran incluidos en el citado canon, por tratarse de hechos imponibles que no se relacionan con éste de modo específico y concreto. CLÁUSULA QUINTA. Duración El plazo máximo de duración de la concesión será de DIEZ (10) años, se contará desde la fecha de formalización de la concesión, al estar ya instalados y solo requerir de mantenimiento. Este plazo es susceptible de prórrogas de dos años por mutuo acuerdo de las partes, siempre que su plazo máximo de duración, incluidas las prórrogas, sea como máximo de veinte (20) años. Para hacer efectiva la prórroga el concesionario vendrá obligado, dentro del plazo de dos meses antes del vencimiento del plazo, a solicitar la prórroga de la concesión de dominio público”. CLÁUSULA SEXTA. Deberes y Facultades del Concesionario Son obligaciones del concesionario las siguientes: a) Obtener las licencias y autorizaciones que establezca la normativa aplicable en orden a la puesta en funcionamiento y explotación de la actividad objeto de la concesión. b) Destinar los espacios concedidos exclusivamente a la actividad autorizada, sin que pueda prestar o realizar otros servicios o actividades distintas. c) Ejecutar las adaptaciones necesarias para la prestación de la actividad así como las obras de reforma, reparación, conservación y mantenimiento que deban realizarse en el dominio público con posterioridad a su entrega, debidamente autorizadas por el Ayuntamiento y con sujeción a las licencias y/o autorizaciones que resulten preceptivas. d) El concesionario deberá suscribir un seguro de responsabilidad civil para las instalaciones eléctricas de baja tensión que garantice frente a terceros (tanto personales como materiales) el ejercicio de la actividad. Dicho seguro garantizará, como mínimo, un capital de 600.000,00 € por siniestro. Se presentará en el plazo que se establezca en la concesión. Ayuntamiento de Olvera Plaza del Ayuntamiento, 1, Olvera. 11690 (Cádiz). Tfno. 956130011. Fax: 956130062 5KKJARS69WSMJ5D6G4LQTG7TL :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arevlo//:sptth :nóicacifireV 31 ed 3 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD e) Asumir los gastos de suministro eléctrico que corresponda por la explotación de las instalaciones. f) Mantener en perfecto estado de funcionamiento, limpieza e higiene todas las instalaciones. g) Cumplir con las obligaciones que exige la legislación laboral, de Seguridad Social y las normas de Seguridad e Higiene en el Trabajo y todas aquellas que sean necesarias en cumplimiento de la normativa sectorial de aplicación a fin de garantizar el correcto cumplimiento de la explotación. h) Permitir las visitas de inspección que ordene el Ayuntamiento y acatar las órdenes que resulten de tales visitas, a fin de garantizar el cumplimiento de sus obligaciones y la protección del dominio público. i) Abonar los impuestos, tasas y demás gravámenes que correspondan a la explotación, así como los gastos correspondientes a las altas y a los suministros, así como realizar las reposiciones que fuesen necesarias. j) Ejercer por sí la concesión y no cederla o traspasarla a terceros, salvo autorización expresa del Ayuntamiento de Olvera. k) Mantener el dominio público en perfecto estado durante el plazo de duración de la concesión y no enajenar los bienes afectos a la explotación que hubieren de revertir al Ayuntamiento, ni gravarlos salvo autorización expresa del Ayuntamiento. l) Responder de la gestión llevada a cabo con motivo de la concesión e indemnizar los daños y perjuicios ocasionados al Ayuntamiento o a terceros por las personas o medios que tengan bajo su dependencia. m) Abandonar y dejar libres y expeditos, a disposición del municipio dentro del plazo señalado para ello, los bienes objeto de la concesión a su extinción sea cual sea la causa que la determine. n) Disponer de un centro de atención telefónica multilenguaje al cliente 24 horas, 365 días al año. Todo ello sin perjuicio de lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 1841/2022 de 8 de marzo, por el que se regula la actividad de prestación de servicios de recarga energética de vehículos eléctricos. La concesión de uso demanial no dará derecho tácito al concesionario a perfilarse como el instalador único de la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos en el municipio. — Respetar la normativa vigente en protección de datos. Son derechos del concesionario las siguientes: a) El uso pacífico del dominio público de titularidad municipal durante el plazo de duración de la concesión. b) Llevar a cabo la explotación de la concesión de acuerdo con la normativa que le sea de aplicación. c) Percibir del usuario del servicio la retribución que corresponda por la prestación del servicio. Ayuntamiento de Olvera Plaza del Ayuntamiento, 1, Olvera. 11690 (Cádiz). Tfno. 956130011. Fax: 956130062 5KKJARS69WSMJ5D6G4LQTG7TL :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arevlo//:sptth :nóicacifireV 31 ed 4 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD CLÁUSULA SÉPTIMA. Facultades de la Corporación a) Fiscalizar la gestión del concesionario pudiendo, en cualquier momento, inspeccionar el funcionamiento de la explotación, sus instalaciones y la documentación relacionada con el objeto de la concesión, así como acceso a la información en tiempo real de los sistemas a través de aplicación web que permita conocer el uso de los sistemas en modo consulta, dictar las órdenes para mantener o restablecer la debida prestación, todo ello a fin de verificar y hacer cumplir las obligaciones dimanantes de la concesión. b) Adoptar las medidas de protección del dominio público afectado, incluida la inmediata paralización de las actuaciones no autorizadas y la retirada de los elementos empleados a costa del concesionario, sin perjuicio de las responsabilidades en las que éste hubiera incurrido. c) Retirar las instalaciones y mobiliario que impidan o dificulten gravemente la utilización normal común de los bienes de dominio público o el tránsito peatonal afectado a costa del adjudicatario. d) lmponer al concesionario las correcciones pertinentes por razón de las infracciones que cometiere. CLÁUSULA OCTAVA. Reversión Al término del plazo de la concesión, revertirán a la Corporación los bienes objeto de la concesión, debiendo el contratista entregarlos con arreglo al contrato y en el estado de conservación y funcionamiento adecuados. CLÁUSULA NOVENA. Acreditación de la Aptitud para Contratar Podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar [y no estén incursas en prohibiciones para contratar]. 1. La capacidad de obrar se acreditará: a) En cuanto a personas físicas, mediante la fotocopia compulsada del documento nacional de identidad. b) En cuanto a personas jurídicas, mediante la fotocopia compulsada del CIF y la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. [2. La prueba, por parte de los empresarios, de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones para contratar, podrá realizarse mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos. Cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado]. CLÁUSULA DÉCIMA. Presentación de Ofertas y Documentación Administrativa La presente licitación tiene carácter electrónico. Los licitadores deberán preparar y presentar sus ofertas obligatoriamente de forma electrónica a través de la herramienta de preparación y presentación de ofertas de la Plataforma de Contratación del Sector Público. La utilización de estos servicios supone: - La preparación y presentación de ofertas de forma telemática por el licitador. Ayuntamiento de Olvera Plaza del Ayuntamiento, 1, Olvera. 11690 (Cádiz). Tfno. 956130011. Fax: 956130062 5KKJARS69WSMJ5D6G4LQTG7TL :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arevlo//:sptth :nóicacifireV 31 ed 5 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD - La custodia electrónica de ofertas por el sistema. - La apertura y evaluación de la documentación a través de la plataforma. Las proposiciones, junto con la documentación preceptiva se presentarán, dentro del plazo de 15 días contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Perfil de contratante, exclusivamente de forma electrónica a través de la Herramienta de Preparación y Presentación de ofertas que la Plataforma de Contratación del Sector Público pone a disposición de candidatos y entidades licitadoras para tal fin. Por este motivo, para participar en esta licitación, es importante que los licitadores interesados se registren, en el supuesto de que no lo estén, en la Plataforma de Contratación del Sector Público. La oferta electrónica y cualquier otro documento que la acompañe deberán estar firmados electrónicamente por alguno de los sistemas de firma admitidos por el artículo 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas. Para garantizar la confidencialidad del contenido de los sobres hasta el momento de su apertura, la herramienta cifrará dichos sobres en el envío. Una vez realizada la presentación, la Herramienta proporcionará a la entidad licitadora un justificante de envío, susceptible de almacenamiento e impresión, con el sello de tiempo. 10.1. Información a los licitadores Cuando sea preciso solicitar la información adicional o complementaria a que se refiere el artículo 138 de la LCSP, la Administración contratante deberá facilitarla, al menos, seis días antes de que finalice el plazo fijado para la presentación de ofertas, siempre que dicha petición se presente con una antelación mínima de doce días respecto de aquella fecha. Dicha solicitud se efectuará al número de fax o a la dirección de correo electrónico previsto en el anuncio de licitación. 10.2. Contenido de las proposiciones Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en tres archivos electrónicos, firmados por el licitador, en los que se hará constar la denominación del archivo electrónico y la leyenda «Proposición para licitar la Concesión demanial para la mantenimiento y explotación de una infraestructura de estaciones de recarga pública para vehículos eléctricos en el aparcamiento del cuartel de la Concepción. ». La denominación de los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Oferta Económica Ayuntamiento de Olvera Plaza del Ayuntamiento, 1, Olvera. 11690 (Cádiz). Tfno. 956130011. Fax: 956130062 5KKJARS69WSMJ5D6G4LQTG7TL :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arevlo//:sptth :nóicacifireV 31 ed 6 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD [ARCHIVO ELECTRÓNICO] «A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA _________________________, con domicilio a efectos de notificaciones en _____________, ____________________, n.o ___, con NIF n.o _________, en representación de la Entidad ___________________, con NIF n.o ___________, a efectos de su participación en la licitación ___________, ante ________________________ DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD: PRIMERO. Que se dispone a participar en la concesión de ___________________________. SEGUNDO. Que cumple con todos los requisitos previos exigidos por el pliego de cláusulas administrativas particulares y Prescripciones Técnicas para ser adjudicatario, en concreto: [— Que no está incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014]. — Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de las obligaciones con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. — Que se somete a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador. (En el caso de empresas extranjeras). — Que la dirección de correo electrónico en que efectuar notificaciones es ____________________________________. TERCERO. Que se compromete a acreditar la posesión y validez de los documentos a que se hace referencia en el apartado segundo de esta declaración, en caso de que sea propuesto como adjudicatario del contrato o en cualquier momento en que sea requerido para ello. Y para que conste, firmo la presente declaración. En ____________, a ___ de ________ de 2025. Firma del declarante, Fdo.: ________________» Ayuntamiento de Olvera Plaza del Ayuntamiento, 1, Olvera. 11690 (Cádiz). Tfno. 956130011. Fax: 956130062 5KKJARS69WSMJ5D6G4LQTG7TL :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arevlo//:sptth :nóicacifireV 31 ed 7 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD [ARCHIVO ELECTRÓNICO] «B» OFERTA ECONÓMICA Se presentará conforme al siguiente modelo:«_________________________, con domicilio a efectos de notificaciones en _____________, ____________________, n.o ___, con NIF n.o _________, en representación de la Entidad ___________________, con NIF n.o ___________, enterado del expediente para la concesión del bien ___________ mediante ___________ anunciado en el perfil de contratante, hago constar que conozco el pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y ofertando como canon un ___________ euros. A la oferta económica anterior cada licitador deberá añadir un Plan económico-financiero detallado de la concesión que recoja todas las obligaciones de los pliegos de la adjudicación y sus fuentes de financiación, de acuerdo con su oferta. • Este Plan económico-financiero deberá incluir todos los conceptos empleados en los cálculos económicos, de forma clara y precisa, con el siguiente contenido: • Respecto a los ingresos previstos: Tarifas, descuentos aplicables a las mismas, tasas de ocupación previstas y, por tanto, Kwh de la explotación de los puntos de recarga. Otros ingresos previstos de explotación, si existen. • Respecto a los costes previstos: Costes de inversión: Detallando todos sus conceptos, para cada tipo de punto de recarga. Costes de personal: coste unitario por categoría; incluyendo y detallando todos sus costes: salario, seguridad social, complementos y otras prestaciones. Detallar los costes indirectos de personal como vestuario, formación y similares. Canon concesional. Costes de mantenimiento, renovación y limpieza. Detallando turnos previstos y sus medios mecánicos y humanos Consumos, suministros, material de oficina y otros impuestos al que está sometida la actividad. Cualquier otro necesario para estimar el coste del servicio. • Cuadro de resultados estimados: Previsión de resultados por año para todo el período concesional, de acuerdo al desglose realizado en los apartados 1 y 2. •El Plan económico-financiero se presentará de manera electrónica (con una extensión máxima de 20 páginas. Este Plan no formará parte de la documentación contractual y servirá, junto con el resto de documentación de la oferta, para verificar la coherencia de la oferta presentada por el licitador. Ayuntamiento de Olvera Plaza del Ayuntamiento, 1, Olvera. 11690 (Cádiz). Tfno. 956130011. Fax: 956130062 5KKJARS69WSMJ5D6G4LQTG7TL :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arevlo//:sptth :nóicacifireV 31 ed 8 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD En ____________, a ___ de ________ de 2025. Firma del candidato, Fdo.: _________________.». CLÁUSULA DÉCIMOPRIMERA. Garantía Provisional No se prevé. CLÁUSULA DÉCIMOSEGUNDA. Criterios de Adjudicación La mejor relación calidad-precio para ambos lotes se evaluará con arreglo a los siguientes: Criterios objetivos (100 puntos), que se basarán en: Canon anual ofertado por cada uno de los licitadores (hasta 100 puntos), por encima del canon mínimo fijado en este pliego. El canon más elevado obtendrá la máxima puntuación (100 puntos), y el resto se puntuará siguiendo la fórmula: P = (CP/CM) x 100. Donde P es la puntuación a obtener, CP es el canon propuesto por el licitador y CM es el canon más elevado de todos los que se han presentado. CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Mesa de Contratación La Mesa de contratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa, y actuará conforme a lo previsto en el artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 y en el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, desarrollando las funciones que en estos se establecen. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 7 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma, y formarán parte de ella, como vocales, el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuidas la función de control económico-presupuestario, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario de carrera o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma, sin que su número, en total, sea inferior a tres. Los miembros electos que, en su caso, formen parte de la Mesa de contratación no podrán suponer más de un tercio del total de miembros de la misma. Actuará como secretario un funcionario de la Corporación. Su composición se publicará a través del perfil de contratante al publicar el anuncio de licitación o bien se hará pública con carácter previo a su constitución a través de un Anuncio específico en el citado perfil. Ayuntamiento de Olvera Plaza del Ayuntamiento, 1, Olvera. 11690 (Cádiz). Tfno. 956130011. Fax: 956130062 5KKJARS69WSMJ5D6G4LQTG7TL :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arevlo//:sptth :nóicacifireV 31 ed 9 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Apertura de Ofertas La Mesa de Contratación se constituirá antes del vigésimo día hábil tras la finalización del plazo de presentación de las ofertas, y procederá a la apertura del archivo electrónico «1» y calificará la documentación administrativa contenida en los mismos. Si fuera necesario, la Mesa concederá un plazo de 3 días para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observadas en la documentación presentada. Posteriormente, se procederá a la apertura del archivo, «2», que contienen las ofertas económicas y los documentos que permitan a la Mesa de Contratación valorar las condiciones de las ofertas según los criterios de adjudicación. A la vista de las ofertas económicas presentadas la Mesa de Contratación propondrá al adjudicatario del contrato. CLÁUSULA DECIMOQUINTA. Requerimiento de Documentación y Constitución de garantía definitiva El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta para que, dentro del plazo de siete días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos, en concreto la documentación justificativa de su capacidad de obrar, hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. El adjudicatario estará obligado a constituir a disposición del órgano concedente una garantía definitiva cuya cuantía será igual al 4% del importe del valor del dominio público objeto de ocupación, referido al plazo de vigencia de la concesión, en cualquiera de las formas admitidas por el artículo 108 LCSP, ascendente a 1.760,00 euros. La garantía se constituirá en la Tesorería Municipal. Los documentos en que se constituya la garantía definitiva deberán ser conformados y fiscalizados por la Unidad Central de Tesorería cuando se haya prestado mediante aval bancario o seguro de caución. El plazo de la garantía abarcará el período de tiempo que dure la prestación de la concesión. Así, no será devuelta hasta que se haya cumplido satisfactoriamente las condiciones de la concesión o hasta que se declare judicialmente la extinción de la misma sin culpa del concesionario y sin perjuicio de su afectación a las responsabilidades a que pudiera haber lugar. Cuando como consecuencia de la modificación de la concesión, experimente variación el canon de la misma, se reajustará la garantía en el plazo de 15 días naturales, contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, a efectos de que guarde la debida proporción con el nuevo canon resultante de la modificación, incurriendo, en caso contrario, en causa de extinción concesional. En el mismo plazo contado desde la fecha en que se hagan efectivas las penalidades o indemnizaciones el adjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución. CLÁUSULA DECIMOSEXTA. Adjudicación del Contrato Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. Ayuntamiento de Olvera Plaza del Ayuntamiento, 1, Olvera. 11690 (Cádiz). Tfno. 956130011. Fax: 956130062 5KKJARS69WSMJ5D6G4LQTG7TL :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arevlo//:sptth :nóicacifireV 31 ed 01 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exija alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego. La adjudicación deberá ser motivada se notificará a los candidatos o licitadores, debiendo ser publicada en el perfil de contratante en el plazo de 15 días. La adjudicación deberá recaer en el plazo máximo de quince días a contar desde el siguiente al de apertura de las proposiciones. CLÁUSULA DECIMOSÉPTIMA. Formalización del Contrato La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquel en que se realice la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos. CLÁUSULA DECIMOCTAVA. Penalidades por Incumplimiento Las incidencias notificadas al Concesionario serán atendidas de forma remota de manera habitual, salvo cuando las características de una incidencia requieran una actuación in-situ. La atención a incidencias se efectuará atendiendo siempre al protocolo establecido por el Ayuntamiento de Olvera y priorizando el cumplimiento de los Acuerdos de Nivel de Servicios. Para aquellas incidencias no resueltas dentro del límite temporal acordado en los Niveles de Servicios detallados a continuación, El Concesionario deberá solucionarla en el menor tiempo posible, independientemente del entorno donde se haya producido la misma. Se definen los siguientes Acuerdos de Nivel de Servicios: Niveles de criticidad de las incidencias - Incidencias de criticidad alta: se manifiestan de la manera siguiente: o Parada total de más del 50% de los cargadores de vehículos eléctricos de una ubicación. Se estima un tiempo máximo de resolución de 24 horas laborables para una incidencia de criticidad alta. - Incidencias de criticidad media: se manifiestan de alguna o varias de las maneras siguientes: o Error de alguna de las funcionalidades de los cargadores, que no impide su uso por los ciudadanos. o Parada total de menos del 50% de los cargadores de los cargadores de vehículos eléctricos de una ubicación. Se exigen los siguientes tiempos de respuesta y resolución: Tiempo máximo de respuesta: 1 hora. Tiempo máximo de resolución: 4 días laborables. - Incidencias de criticidad baja: serán aquellas solicitudes de mantenimiento adaptativo planificadas y acordadas con los servicios municipales o las consultas de los usuarios acerca del funcionamiento. Se exigen los siguientes tiempos de respuesta y resolución: Tiempo máximo de respuesta: 1 hora. Tiempo de resolución: el acordado con los servicios municipales. Ayuntamiento de Olvera Plaza del Ayuntamiento, 1, Olvera. 11690 (Cádiz). Tfno. 956130011. Fax: 956130062 5KKJARS69WSMJ5D6G4LQTG7TL :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arevlo//:sptth :nóicacifireV 31 ed 11 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Se considera el tiempo de respuesta al tiempo transcurrido desde la comunicación de una incidencia al Concesionario hasta la asignación de la misma a un técnico especialista. Se considera el tiempo de resolución al tiempo transcurrido desde la comunicación de una incidencia al Concesionario hasta la resolución de la misma. Se definen además los siguientes indicadores de nivel de servicios: - Porcentaje de resolución de peticiones dentro del plazo >= 80%. - Porcentaje de consultas/incidencias reabiertas <= 3% - Porcentaje de incidencias abiertas con antigüedad mayor o igual a 5 días <= 3% El horario de atención de averías deberá ser como mínimo de lunes a domingo, de 10:00 a 20:00 horas. El no cumplimiento por parte del contratista de las condiciones y acuerdos de nivel de servicios especificados en este apartado y de obligado cumplimiento para el mantenimiento del sistema y todos sus componentes, podrán ser causa de penalización económica o resolución del contrato. La cuantía de las penalizaciones por incumplimiento en el nivel de servicios será proporcional a la gravedad de la incidencia, según la tabla siguiente: Nivel de criticidad Penalización por incumplimiento del nivel de servicios Incidencias de criticidad alta 1,5 % del precio del contrato Incidencias de criticidad media 1 % del precio del contrato Incidencias de criticidad baja 0,5 % del precio del contrato CLÁUSULA DECIMONOVENA. Extinción de la Concesión Las concesiones sobre el dominio público no podrán exceder de setenta y cinco años y se extinguen: — Por vencimiento del plazo. — Por pérdida física o jurídica del bien sobre el que han sido otorgadas. — Por desafectación del bien. — Por mutuo acuerdo. — Por revocación. — Por resolución judicial. — Por renuncia del concesionario. — Por caducidad. Ayuntamiento de Olvera Plaza del Ayuntamiento, 1, Olvera. 11690 (Cádiz). Tfno. 956130011. Fax: 956130062 5KKJARS69WSMJ5D6G4LQTG7TL :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arevlo//:sptth :nóicacifireV 31 ed 21 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD La extinción de la concesión en los supuestos indicados en el apartado anterior requiere resolución administrativa, previa la tramitación de expediente. La caducidad por vencimiento del plazo es la causa normal de extinción de la concesión. La totalidad de los bienes e instalaciones revertirán íntegramente a la Entidad Local sin pago de indemnización alguna, salvo que el pliego de cláusulas administrativas disponga otra cosa. La extinción de la concesión por alguna de las causas recogidas anteriormente requerirá la incoación de expediente administrativo en el que deberá constar: — Determinación de la causa de la que pudiera derivarse la extinción, con indicación de si ésta es o no imputable al concesionario. — Relación de los bienes revertibles. — Trámite de audiencia del concesionario. — Resolución del órgano competente declarando la extinción de la concesión. — Fijación de la indemnización si procede. CLÁUSULA VIGÉSIMA. Unidad Tramitadora De conformidad con lo dispuesto en el artículo 62.1 de la LCSP, la Unidad encargada de la tramitación y seguimiento del expediente será la unidad de contratación de secretaría de la corporación. CLÁUSULA VIGESIMOPRIMERA. Confidencialidad y tratamiento de datos No se podrá transferir información alguna sobre los trabajos a personas o entidades no explícitamente mencionados en este sentido en el contrato sin el consentimiento, por escrito, del Ayuntamiento de Olvera. El adjudicatario quedará expresamente obligado a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento del contrato, especialmente los de carácter personal, que no podrá copiar o utilizar con fin distinto al que figura en este pliego, ni tampoco ceder a otros ni siquiera a efectos de conservación. Con carácter opcional, se podrá exigir el cumplimiento de las normas o disposiciones particulares que por la naturaleza o competencia del centro directivo pudieran serle de aplicación. El contratista quedará obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente de Protección de Datos de Carácter Personal. Ayuntamiento de Olvera Plaza del Ayuntamiento, 1, Olvera. 11690 (Cádiz). Tfno. 956130011. Fax: 956130062 5KKJARS69WSMJ5D6G4LQTG7TL :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arevlo//:sptth :nóicacifireV 31 ed 31 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD