Memoria justificativa

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MEMORIA TÉCNICA JUSTIFICATIVA DEL EXPEDIENTE DE CONCESIÓN DEMANIAL PARA LA INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y EXPLOTACIÓN DE UNA RED PÚBLICA DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS EN MAIRENA DEL ALJARAFE 1.- CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO  Título: CONCESIÓN DEMANIAL PARA LA INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y EXPLOTACIÓN DE UNA RED PÚBLICA DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS EN MAIRENA DEL ALJARAFE.  Código CPV: 45317000- Otros trabajos de instalación eléctrica.  Plazo de la Concesión: Plazo de la concesión: 10 años El plazo máximo de duración de la concesión será de DIEZ (10) años. Dicho plazo concesional se contará a partir de la firma del Acta de Inicio, comprendiéndose en dicho plazo el necesario para la ejecución de las obras de construcción (2 meses). Cuando el concesionario, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al plazo de instalación de dos meses, el Ayuntamiento podrá optar indistintamente por la resolución de la concesión o por la imposición de las penalidades que se establecen en la legislación vigente. El Ayuntamiento podrá revocar la concesión otorgada cuando existan razones de interés público que así lo aconsejen y ordenar a la empresa la retirada de los elementos instalados, sin derecho a indemnización de ningún tipo, siendo de su cuenta la reposición del pavimento a su estado original. Posibilidad de prórroga: SI NO El plazo de la concesión tendrá carácter improrrogable. Según artículo 60 apartado del DECRETO 18/2006, de 24 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, el plazo ten- drá carácter improrrogable, sin perjuicio de la normativa específica. Al no existir una normativa sectorial que regule de manera específica esta ocupación, no procede la prórroga. C.I.F.: P-4100058-I . Calle Nueva, 21 . 41927 Mairena del Aljarafe . Sevilla .Tlfnos. 955 768 707-08 .Fax 955 768 907 . gmu@mairenadelaljarafe.org Código Seguro De Verificación: xQf1MlxjN798DRzmX2b1TQ== Estado Fecha y hora Firmado Por Victoria Maria Flores Belmez Firmado 19/08/2022 13:39:11 Observaciones Página 1/16 Url De Verificación https://portal.dipusevilla.es/vfirmaAytos/code/xQf1MlxjN798DRzmX2b1TQ==  Justificación Técnica de las necesidades administrativas a satisfacer: Según el Real Decreto-ley 15/2018: “Las alternativas a los combustibles fósiles, especialmente los vehículos eléctricos, requieren un impulso normativo que resuelva los problemas de coordinación que impiden su implantación masiva. Entre las barreras principales se encuentra el insuficiente desarrollo de las infraestructuras de recarga, que detrae a muchos usuarios de adquirir un vehículo eléctrico enchufable ante la baja disponibilidad de puntos de recarga públicos. Para resolver la situación descrita, el presente real decreto-ley liberaliza la actividad de recarga eléctrica, eliminando la figura del gestor de cargas prevista en la Ley del Sector Eléctrico, pues se ha revelado como excesivamente rígida y desincentivadora de la actividad. Esta supresión no supondrá en ningún caso una merma de la seguridad de las instalaciones, que deberán cumplir con la normativa correspondiente en el ámbito de la seguridad industrial y de las que se llevará un registro de la información para el seguimiento de la actividad por las Administraciones. Esta información estará además disponible a través de medios electrónicos para todos los ciudadanos y se integrará en el futuro en el punto de acceso único, armonizando la información con la del resto de países de la Unión Europea, creando una gran base de datos de información sobre la ubicación y características de los puntos de recarga públicos. Esta medida contribuirá a alcanzar los objetivos fijados en la Estrategia de Impulso del vehículo con energías alternativas (VEA) en España (2014-2020). La aceleración de la integración de energías renovables en el sector eléctrico y en la movilidad, a través del vehículo eléctrico, permitirá a los consumidores consumir una energía más barata y menos contaminante, por lo que las medidas anteriores coadyuvan a la consecución del objetivo finalista del presente real decreto-ley de mitigar los efectos de los altos precios sobre los consumidores y, en consecuencia, su adopción reúne las circunstancias de extraordinaria y urgente necesidad exigidas por el artículo 86 de la Constitución. Sin perjuicio de lo previsto en el artículo 6.1.g, las empresas distribuidoras podrán ser titulares de último recurso de infraestructuras para la recarga de vehículos eléctricos, siempre que tras un procedimiento en concurrencia se resuelva que no existe interés por la iniciativa privada, en los términos y condiciones que se establezcan reglamentariamente por el Gobierno.” La 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética establece que el sistema eléctrico español se deberá basar exclusivamente en fuentes renovables en el año 2050, y en una reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de al menos el 90 por ciento con respecto a los niveles de 1990. La ley pretende asegurar el cumplimiento del Acuerdo de París de lucha contra el cambio climático y garantizar la total descarbonización de la economía española en la segunda mitad del siglo XXI. C.I.F.: P-4100058-I . Calle Nueva, 21 . 41927 Mairena del Aljarafe . Sevilla .Tlfnos. 955 768 707-08 .Fax 955 768 907 . gmu@mairenadelaljarafe.org Código Seguro De Verificación: xQf1MlxjN798DRzmX2b1TQ== Estado Fecha y hora Firmado Por Victoria Maria Flores Belmez Firmado 19/08/2022 13:39:11 Observaciones Página 2/16 Url De Verificación https://portal.dipusevilla.es/vfirmaAytos/code/xQf1MlxjN798DRzmX2b1TQ== La normativa pretende dar un impulso "decidido" a las energías renovables, y para ello planea impulsar, entre los años 2020 y 2030, la instalación de un mínimo de 3.000 megavatios de potencia al año en instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovable. Actualmente en Mairena del Aljarafe existe un punto de recarga en la gasolinera de Repsol, sita en la Avda. De Cuba y en el supermercado Aldi, sito en la calle Juan Sebastian Elcano. El Equipo de Gobierno de Mairena del Aljarafe quiere impulsar el cambio del parque automovilístico del municipio por vehículos eléctricos (BEV) e híbridos (PHEV y HEV). El impulso del vehículo eléctrico en nuestro municipio es uno de los pilares básicos de plan municipal del fomento de la Movilidad Urbana Sostenible. Lo más fácil es la carga nocturna en casa; pero es necesario lugares en el municipio en los que poder efectuar una recarga rápida. Asimismo, Mairena del Aljarafe es un centro atractor de vehículos de los municipios más próximos, que a diario se desplazan a las estaciones de Metro y a las zonas comerciales. Las administraciones públicas, y en concreto los ayuntamientos tienen que facilitar a sus vecinos el tránsito del modelo de movilidad en vehículo privado con alimentación de combustibles fósiles por otros vehículos y modos de transportes públicos más sostenibles. 2.- FINANCIACIÓN Y GESTIÓN ECONÓMICA Una vez suscrita la concesión, el operador concesionario tiene que prestar el servicio bajo su estricta responsabilidad. En cualquier caso, la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe velará por la disciplina de la prestación del servicio, ejerciendo funciones de dirección, policía, tutela y sanción con la finalidad de asegurar el cumplimiento de la concesión. (se deja como está y le he quitado el color de fondo). El Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe no realizará aportación económica alguna para el sostenimiento de la concesión, consistiendo su aportación en la concesión para el uso de los terrenos públicos que se señalen expresamente al objeto de colocar los puntos de recarga necesarios para la prestación del servicio público de recarga de vehículos eléctricos durante la vigencia de la concesión, de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y el Proyecto de ejecución para la implantación de puntos de recarga en el municipio de Mairena del Aljarafe. El concesionario asumirá la financiación de la totalidad de las obras de la instalación y explotación objeto de la presente concesión. La ejecución de la concesión deberá ser sostenible económicamente. La empresa adjudicataria no podrá requerir, en ningún caso, un restablecimiento del equilibrio económico ni durante ni tras el período de concesión. Al objeto de demostrar la sostenibilidad económica de la concesión, cada licitador deberá presentar un Plan financiero con la inversión a realizar, incluyendo la inversión inicial y anual. El licitador tendrá que detallar la inversión inicial que se compromete a realizar y los gastos de explotación anual del sistema. C.I.F.: P-4100058-I . Calle Nueva, 21 . 41927 Mairena del Aljarafe . Sevilla .Tlfnos. 955 768 707-08 .Fax 955 768 907 . gmu@mairenadelaljarafe.org Código Seguro De Verificación: xQf1MlxjN798DRzmX2b1TQ== Estado Fecha y hora Firmado Por Victoria Maria Flores Belmez Firmado 19/08/2022 13:39:11 Observaciones Página 3/16 Url De Verificación https://portal.dipusevilla.es/vfirmaAytos/code/xQf1MlxjN798DRzmX2b1TQ== 3. - CANON DE LA CONCESIÓN El canon concesional que viene a retribuir el uso privativo del dominio público municipal, y que satisfará anualmente el concesionario a la Administración competente tiene naturaleza jurídica de tasa (art. 20.1 de la LHL). Como tal ingreso de Derecho Público, la falta de pago del canon en el plazo señalado llevará consigo el devengo de los recargos, intereses y costas que sean de aplicación conforme a las normas de recaudación aplicables a los tributos de las Entidades Locales, pudiendo exigirse su exacción por vía ejecutiva de apremio. Y ello sin perjuicio de la tipificación que el retraso en el pago del canon, o el impago del mismo, puedan tener como infracción del régimen concesional, y de la imposición las penalizaciones y/o indemnizaciones que, para este tipo de incumplimientos, se establecen en el pliego de cláusulas administrativas. En este caso, el Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe tiene una Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por entradas de vehículos a través de las aceras y las reservas de vía pública para aparcamiento, carga y descarga de mercancías de cualquier clase, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla el jueves 13 de agosto de 2020 con número 188, que es de aplicación para el cálculo del canon, en concreto en el epígrafe 2 del artículo 7 que dice lo que sigue: Artículo 7 º— Base imponible y liquidable, cuotas y tarifas. e) Tarifa quinta: Reservas de espacio en las vías y terrenos de uso público: • Epígrafe 2. — Aparcamiento exclusivo o prohibición de estacionamientos concedidos a personas físicas o jurídicas. Por cada plaza hasta 3 metros de longitud. 100 euros al año. En este caso se serían los siguientes espacios: Punto de recarga en el aparcamiento de la calle Nueva: 1 plaza en batería. Punto de recarga en la Avda. de las Américas: 2 plazas en cordón. Punto de recarga en la calle Avance (PISA): 1 plaza en batería. Por tanto, en este caso la reserva del espacio público ocupado por estos puntos de recarga tendría unas tasas de: Punto de recarga Tipo de Metros lineales ocupados aparcamiento Calle Nueva Batería 2, 5 m Avda de las Cordón 10 m Américas Calle Avance (PISA) Batería 2,5 m Total metros lineales 15 m Tarifa aplicable por cada 3 m 100 Total canon para el total de metros lineales a (15/3)X100=500 € ocupar Canon medio por punto 500/4=125 € C.I.F.: P-4100058-I . Calle Nueva, 21 . 41927 Mairena del Aljarafe . Sevilla .Tlfnos. 955 768 707-08 .Fax 955 768 907 . gmu@mairenadelaljarafe.org Código Seguro De Verificación: xQf1MlxjN798DRzmX2b1TQ== Estado Fecha y hora Firmado Por Victoria Maria Flores Belmez Firmado 19/08/2022 13:39:11 Observaciones Página 4/16 Url De Verificación https://portal.dipusevilla.es/vfirmaAytos/code/xQf1MlxjN798DRzmX2b1TQ== Por tanto, el CANON MÍNIMO es de 125 € por PUNTO DE RECARGA AL AÑO, TOTAL 500 € de CANON MÍNIMO POR LAS CUATRO PLAZAS DE APARCAMIENTO. El canon a 10 años para los 4 puntos de recarga, por el uso privativo del suelo asciende a: 500,00 € x 10 años= 5.000 € Para poder recuperar la inversión de los puntos de recarga de 22 Kw se han realizado cálculos con distintas tarifas, la tarifa 1 es media de un municipio pequeño, que sería una opción intermedia entre el mejor y peor de los supuestos, con una estimación de 6 recargas por punto Para este caso la recuperación de la inversión se efectuaría a los 7,6 años. Sin embargo, para el caso de la recarga rápida de 50 Kw, la inversión se recuperaría para esta tarifa en 10,1 años. Por tanto, como es una estimación y los precios Kwh son variables, para asegurar una recuperación de la inversión y un rendimiento sobre el capital invertido se considera razonable desde el punto de vista técnico una concesión a diez años. Los cálculos se encuentran desarrollados en el apartado 2.5. Estudio de Viabilidad. Retorno de la inversión del Proyecto de ejecución para la implantación de puntos de recarga en el municipio de Mairena del Aljarafe. INVERSIONES TOTAL EJECUCIÓN MATERIAL 85.377,11 € Gastos Generales 13% 11.099,02 € Beneficio Industrial 6% 5.122,63 € TOTAL PRESUPUESTO SIN IVA 101.598,76 € I.V.A. 21 % 17.929,19 € TOTAL PRESUPUESTO GENERAL POR 122.934,50 € CONTRATA 4.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN  Procedimiento de adjudicación: Abierto 5.- CRITERIOS DE VALORACIÓN Las ofertas podrán obtener hasta un máximo de 100 puntos, desglosados del siguiente modo: C.I.F.: P-4100058-I . Calle Nueva, 21 . 41927 Mairena del Aljarafe . Sevilla .Tlfnos. 955 768 707-08 .Fax 955 768 907 . gmu@mairenadelaljarafe.org Código Seguro De Verificación: xQf1MlxjN798DRzmX2b1TQ== Estado Fecha y hora Firmado Por Victoria Maria Flores Belmez Firmado 19/08/2022 13:39:11 Observaciones Página 5/16 Url De Verificación https://portal.dipusevilla.es/vfirmaAytos/code/xQf1MlxjN798DRzmX2b1TQ== - CRITERIOS VALORABLES MEDIANTE JUICIOS DE VALOR: Máximo 25 puntos CRITERIOS VALORABLES MEDIANTE JUICIOS DE VALORS APARTADOS A VALORAR PUNTUACIÓN MÁXIMA 1. Memoria de instalación. Máximo 15 puntos. 2. Plan de calidad y efectividad de la Máximo 5 puntos. plataforma telemática prevista para el servicio. 3. Medios de pago propuestos que den Máximo 5 puntos. acceso al servicio TOTAL PUNTUACIÓN Máximo 25 puntos En este apartado se valorarán los conceptos relacionados con la calidad técnica de la propuesta y el aseguramiento de la viabilidad del proyecto que a continuación se señalan. • Memoria de Instalación: instalaciones, metodología, mantenimiento y medios a emplear en la gestión del servicio (Hasta 15 puntos): ◦ Planificación (cronograma) en la instalación de los nuevos elementos y las soluciones técnicas a los distintos elementos a instalar donde se incluyan estética del diseño, funcionalidad de los elementos ofertados, características constructivas, calidad de los materiales. Se especificará claramente la superficie reservada a cada uso (publicidad, información municipal e información sobre el sistema de puntos de recarga); esta superficie irá expresada en metros cuadrados. ◦ Gestión de la Calidad que contemple la gestión de recursos humanos, técnicos y materiales, así como las actividades y los controles que garanticen el cumplimiento de los requisitos del Pliego de Condiciones Técnicas. Acreditación de cumplimiento de la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal. ◦ Adecuación de las instalaciones propuestas para prestar el servicio, respecto a su eficiencia energética y respeto al medio ambiente, justificado mediante los Certificados correspondientes. ◦ Mantenimiento preventivo y correctivo previsto para los elementos del sistema. • Plan de calidad y efectividad de la plataforma telemática prevista para el servicio (Hasta 5 puntos). ◦ Sistemas de comunicación e informáticos, inclusión de tecnologías Smart previstos para gestionar el sistema. (Hasta 2 puntos) C.I.F.: P-4100058-I . Calle Nueva, 21 . 41927 Mairena del Aljarafe . Sevilla .Tlfnos. 955 768 707-08 .Fax 955 768 907 . gmu@mairenadelaljarafe.org Código Seguro De Verificación: xQf1MlxjN798DRzmX2b1TQ== Estado Fecha y hora Firmado Por Victoria Maria Flores Belmez Firmado 19/08/2022 13:39:11 Observaciones Página 6/16 Url De Verificación https://portal.dipusevilla.es/vfirmaAytos/code/xQf1MlxjN798DRzmX2b1TQ== ◦ Utilidad de la aplicación móvil. Facilidad de uso, accesibilidad, rapidez y diseño. (Hasta 2 puntos) ◦ Compatibilidad de la aplicación móvil con Android e ÍOS. (Hasta 1 puntos) • Medios de pago propuestos que den acceso al servicio (Hasta 5 puntos). ◦ Facilidad, utilidad y rapidez de los medios de pago propuestos, con posibilidad de adaptación a las nuevas tecnologías en continuo desarrollo. (Hasta 2,5 puntos) ◦ Fiabilidad y seguridad de los medios de pago propuestos. (Hasta 2,5 puntos) Las mejores ofertas presentadas de conformidad con los criterios aquí relacionados recibirán la máxima puntuación. El resto serán valoradas proporcionalmente. Umbral mínimo de puntuación acumulada en los criterios de adjudicación ponderables en función de un juicio de valor necesaria para continuar en el proceso selectivo: Será necesario obtener al menos (mínimo 50%) puntos en estos criterios. Aquellas empresas que no alcancen dicha puntuación serán excluidas - CRITERIOS VALORABLES MEDIANTE FÓRMULAS: Máximo 75 puntos CRITERIOS VALORABLES MEDIANTE FÓRMULAS APARTADOS A VALORAR PUNTUACIÓN MÁXIMA A) PUNTOS DE RECARGA MEJORA DEL Máximo 20 puntos. PROYECTO B) ORGANIZAR ANUALMENTE ENTRE UNA Máximo 10 puntos. O VARIAS JORNADAS DE DIFUSIÓN del uso de los vehículos eléctricos en el municipio C) PROPOSICIÓN ECONÓMICA: Máximo 45 puntos. - Plan económico-financiero Máximo 10 puntos. - Canon Máximo 35 puntos. TOTAL PUNTUACIÓN Máximo 75 puntos A) PUNTOS DE RECARGA MEJORA DEL PROYECTO, en la calle Zaragoza esquina con Pablo Neruda y Barriada de Ciudad Aljarafe, con un PEM de 28.663,29 €. Máximo 20 puntos. Se puntuará de la siguiente forma: C.I.F.: P-4100058-I . Calle Nueva, 21 . 41927 Mairena del Aljarafe . Sevilla .Tlfnos. 955 768 707-08 .Fax 955 768 907 . gmu@mairenadelaljarafe.org Código Seguro De Verificación: xQf1MlxjN798DRzmX2b1TQ== Estado Fecha y hora Firmado Por Victoria Maria Flores Belmez Firmado 19/08/2022 13:39:11 Observaciones Página 7/16 Url De Verificación https://portal.dipusevilla.es/vfirmaAytos/code/xQf1MlxjN798DRzmX2b1TQ== COMPROMISO INSTALACIÓN Y PUESTA PUNTUACIÓN EN MARCHA DE LA MEJORA HASTA TRES AÑOS DESDE EL INICIO DEL 20 SERVICIO HASTA CINCO AÑOS DESDE EL INICIO DEL 15 SERVICIO HASTA SIETE AÑOS DESDE EL INICIO DEL 10 SERVICIO * Una vez puesto en marcha, se abonará la tasa de tarifa vigente. B) COMPROMISO CON EL AYUNTAMIENTO DE MAIRENA DEL ALJARAFE A ORGANIZAR ANUALMENTE ENTRE UNA O VARIAS JORNADAS DE DIFUSIÓN del uso de los vehículos eléctricos en el municipio. Máximo 10 puntos. Se otorgará la máxima puntuación en este criterio a la mejor oferta, puntuándose el resto de forma proporcional mediante regla de tres directa en valores absolutos. PUNTUACIÓN= MÁXIMA PUNTUACIÓN DEL CRITERIO x (oferta que se valora / mejor oferta) Se cumplimentará el cuadro siguiente: AÑO DE CONCESIÓN N.º DE JORNADAS ANUALES 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 C) PROPOSICIÓN ECONÓMICA contendrá: El canon ofertado y el Plan Económico- Financiero que justifique el canon y la concesión demanial a 10 años. Máximo 45 puntos. C.I.F.: P-4100058-I . Calle Nueva, 21 . 41927 Mairena del Aljarafe . Sevilla .Tlfnos. 955 768 707-08 .Fax 955 768 907 . gmu@mairenadelaljarafe.org Código Seguro De Verificación: xQf1MlxjN798DRzmX2b1TQ== Estado Fecha y hora Firmado Por Victoria Maria Flores Belmez Firmado 19/08/2022 13:39:11 Observaciones Página 8/16 Url De Verificación https://portal.dipusevilla.es/vfirmaAytos/code/xQf1MlxjN798DRzmX2b1TQ== • Plan económico-financiero: inversión a realizar........................ Hasta 10 puntos La inversión en instalaciones se valorará atribuyendo un máximo de 10 puntos al mayor precio total invertido en las instalaciones objeto de la concesión (se exceptúan las mejoras) computando a las restantes ofertas la puntuación que proceda proporcionalmente, por el procedimiento de regla de tres simple directa. • Canon........................................................................................ Hasta 35 puntos La oferta se valorará atribuyendo un máximo de 35 puntos al canon más ventajoso económicamente, computando a las restantes ofertas la puntuación que proceda proporcionalmente, por el procedimiento de regla de tres simple directa. 6.- CONDICIONES GENERALES DE OPERACIÓN Y PRESTACIÓN DEL SERVICIO. 6.1. CONDICIONES GENERALES La realización de los trabajos se atendrá a las especificaciones del presente Pliego. Para la consecución de los objetivos propuestos se precisa la concesión de uso demanial del espacio público mediante la instalación, mantenimiento y explotación de una red pública de recarga de vehículos eléctricos Mairena del Aljarafe. El Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe decidirá en todo momento la ubicación de las estructuras de suministro de electricidad a vehículos eléctricos, por motivos de necesidad o conveniencia justificada, en cuyo caso el adjudicatario procederá a la colocación de estas en los puntos que se le indiquen. Igualmente, la administración local gozará de la facultad de inspeccionar el espacio público objeto de concesión, para garantizar que el mismo es usado de acuerdo con los términos de la misma. El adjudicatario realizará a su riesgo y ventura la totalidad de los trabajos definidos en el presente Pliego en cumplimiento de la concesión de uso demanial y actuará conforme las directrices del punto 'Derechos y obligaciones de las Partes'. Todos los gastos relativos a la implantación, el funcionamiento, el mantenimiento (preventivo, correctivo y reglamentario) y la gestión del sistema correrán a cargo del concesionario, incluidos los gastos de conservación y mantenimiento de las plazas de aparcamiento (incluida la señalización vertical), así como el pago de la factura eléctrica. Con el fin de sufragar los gastos, el concesionario podrá explotar publicidad a través de soportes en el sistema de puntos de recarga, y obtendrá igualmente los importes abonados por los usuarios del sistema en concepto de tarifas, una vez que éstas sean de aplicación. C.I.F.: P-4100058-I . Calle Nueva, 21 . 41927 Mairena del Aljarafe . Sevilla .Tlfnos. 955 768 707-08 .Fax 955 768 907 . gmu@mairenadelaljarafe.org Código Seguro De Verificación: xQf1MlxjN798DRzmX2b1TQ== Estado Fecha y hora Firmado Por Victoria Maria Flores Belmez Firmado 19/08/2022 13:39:11 Observaciones Página 9/16 Url De Verificación https://portal.dipusevilla.es/vfirmaAytos/code/xQf1MlxjN798DRzmX2b1TQ== La concesión de uso demanial no dará derecho tácito al adjudicatario a perfilarse como instalador único de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos en el municipio. 6.2. PROYECTO DE INSTALACIÓN, DIRECCIÓN, SUPERVISIÓN DE LAS OBRAS E PUESTA EN MARCHA DE LA INSTALACIÓN. Los trabajos se realizarán según el Proyecto para la implantación de puntos de recarga en el municipio de Mairena del Aljarafe (Sevilla). (PES-117/2021), redactado por el ingeniero industrial D. Pedro Luis García López (aprobado por resolución nº: 351/2022 de fecha 8 de febrero de 2022) , bajo la dirección del técnico redactor del proyecto y la supervisión de la Ingeniera Técnica de Obras Publicas de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe. Por su parte, antes de iniciar las obras de instalación, y con un mínimo de QUINCE DÍAS (15) días de antelación al comienzo de las mismas, el adjudicatario designará un representante que será su interlocutor ante el Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe y tendrá poder suficiente para adoptar y ejecutar las decisiones que convenga. Este representante deberá estar permanentemente localizable y despachar con el Ayuntamiento cuando sea requerido para ello. Asimismo, enviará con periodicidad mensual (15 primeros días de mes) al correo electrónico que se concrete una estadística con los datos relativos a la utilización del servicio para cada uno de los equipos de recarga (consumos, incidencias como averías, y demás circunstancias que permitan mejorar la explotación del sistema gracias al conocimiento de datos de aprovechamiento). Igualmente, el concesionario facilitará al Ayuntamiento de Corvera de Asturias acceso web a la consulta de consumos de los puntos de recarga recogidos por la plataforma telemática destinada por el concesionario a tal fin. Los elementos objeto de concesión serán instalados en el plazo máximo de DOS (2) meses a partir de la firma del Acta de Inicio, conforme al calendario que el licitador deberá de incluir en el Proyecto de Instalación. Al finalizar este plazo de dos meses (y dentro de la primera semana del mes siguiente), el adjudicatario deberá presentar un informe con las unidades realmente instaladas desglosado por unidades independientes en las que se incluirá la información básica relativa al elemento (planos de ubicación, situación por coordenadas GPS referidas al sistema ETRS-89, elementos que forman el conjunto con sus características técnicas, punto de conexión de la instalación eléctrica, etc.). La puesta en marcha de la instalación se efectuará con máximo en el plazo de un MES desde la finalización de las obras, salvo que existan impedimentos técnicos debidamente justificados por parte del concesionario. Durante la vida de la concesión, la instalación de nuevos elementos se realizará en un plazo no superior a DOS (2) meses, contado a partir de la correspondiente notificación de la autorización. C.I.F.: P-4100058-I . Calle Nueva, 21 . 41927 Mairena del Aljarafe . Sevilla .Tlfnos. 955 768 707-08 .Fax 955 768 907 . gmu@mairenadelaljarafe.org Código Seguro De Verificación: xQf1MlxjN798DRzmX2b1TQ== Estado Fecha y hora Firmado Por Victoria Maria Flores Belmez Firmado 19/08/2022 13:39:11 Observaciones Página 10/16 Url De Verificación https://portal.dipusevilla.es/vfirmaAytos/code/xQf1MlxjN798DRzmX2b1TQ== Al término de la concesión el Ayuntamiento conservará la propiedad del conjunto de elementos objeto del mismo, que deberá estar en perfectas condiciones de mantenimiento y de funcionamiento. 7.- CONDICIONES ESPECIALES 7.1. PROVISIÓN DE SERVICIO La toma de corriente estará desactivada, y solo se activará tras una correcta identificación del usuario y tras la comprobación de que el vehículo está correctamente conectado (según condiciones descritas en la norma lEC 61851). En caso de avería, la estación interrumpirá el proceso iniciado por el usuario y pasará a indicar la misma. En caso de desconexión del cable, o en el terminal o en el vehículo, se suspenderá el proceso de carga hasta que el usuario registrado vuelva a activarla. En esta situación, el terminal mantendrá enclavado el conector del cable en el terminal hasta que dicho usuario vuelva a identificarse y cierre la sesión con objeto de evitar la sustracción del cable. En caso de fin de carga, se suspenderá el suministro de energía hasta que se inicie un nuevo proceso de carga. Mientras el terminal de recarga esté en uso no se permitirá el acceso o uso de la toma de corriente a nuevos usuarios. 7.2. CONDICIONES DE CARÁCTER SOCIAL En cumplimiento de lo previsto en el artículo 202 de la LCSP, se impone al concesionario, como condición especial de ejecución de carácter social, la obligación de hacer accesible a personas con discapacidad toda la información relativa a la disponibilidad de los puntos de recarga, así como sus condiciones y requisitos de uso (incluida pequeñas obras de adaptación en el acerado público). 8.- SEGUROS 8.1. Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a los usuarios o a los bienes municipales, como consecuencia de las actuaciones que requiera la prestación de los servicios objeto del contrato regulado en este pliego, en los términos previstos en la legislación vigente. Esta responsabilidad estará garantizada mediante las correspondientes pólizas de seguros. 8.2. Notificada la adjudicación, el adjudicatario estará obligado a acreditar para poder formalizar el contrato, la suscripción de las pólizas de seguros por las cuantías, coberturas, duración y condiciones que se describen a continuación: C.I.F.: P-4100058-I . Calle Nueva, 21 . 41927 Mairena del Aljarafe . Sevilla .Tlfnos. 955 768 707-08 .Fax 955 768 907 . gmu@mairenadelaljarafe.org Código Seguro De Verificación: xQf1MlxjN798DRzmX2b1TQ== Estado Fecha y hora Firmado Por Victoria Maria Flores Belmez Firmado 19/08/2022 13:39:11 Observaciones Página 11/16 Url De Verificación https://portal.dipusevilla.es/vfirmaAytos/code/xQf1MlxjN798DRzmX2b1TQ== a) SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL: sin perjuicio de la responsabilidad legal que puede tener el contratista, este deberá concertar un contrato de seguro de responsabilidad civil general por riesgos derivados de la explotación, siendo el mínimo por víctima asegurado de 300.000€. El contratista deberá presentar a la firma del contrato copia de la póliza de seguro conforme a los requisitos mencionados anteriormente y del documento que acredite que la misma se encuentra al corriente de pago y por consiguiente en vigor. En todo caso, la cobertura de dicha póliza no determina el límite de la responsabilidad que ha de asumir el contratista, sino que ésta alcanza todos los daños y perjuicios en los que se cifre dicha responsabilidad. En esta póliza deben figurar expresamente como asegurados los daños y perjuicios que se causen a terceras personas como consecuencia de la ejecución de los servicios, imputables tanto al adjudicatario como al personal del ente contratante con intervención directa en el contrato. El adjudicatario se comprometerá a mantener la póliza de seguro en las condiciones descritas desde la firma del contrato, hasta la finalización del periodo de garantía establecido en este pliego. b) DAÑOS: el adjudicatario deberá contratar un seguro que cubra los daños por un capital mínimo de 122.934,50 euros, equivalente al valor del suelo y de las obras, según los importes establecidos en el proyecto técnico y en los cálculos de canon en esta memoria. 8.3. Si la póliza contempla franquicias o riesgos excluidos, el importe correspondiente será abonado directamente por el adjudicatario. 9.- RÉGIMEN DE ABONO DEL CANON El canon es de aplicación independientemente de que se instale publicidad o no en los puntos de recarga. El canon también se aplicará a cualquier nuevo punto de recarga de las mejoras ofertadas que el Ayuntamiento autorice a lo largo de la Concesión. La cantidad reseñada NO está sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Solamente en caso de fuerza mayor podrá el Ayuntamiento conceder una exención temporal y justificada del canon concesional que perciba. A estos efectos se entenderá por fuerza mayor los supuestos establecidos en el art. 239 de la LCSP. El pago del canon resultante deberá ser abonado al Ayuntamiento por años vencidos de la concesión y DENTRO DEL PRIMER MES de la anualidad siguiente. De la concesión no se derivará ninguna obligación económica para el Ayuntamiento, siendo de cuenta del concesionario cualquier gasto que se pueda originar por la misma, en cuanto a instalación, legalización, gastos de electricidad, etc. El canon de la concesión, no exime al adjudicatario del pago al Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe de los tributos municipales que graven la actividad del licitador (Impuesto sobre Actividades Económicas, IAE), que se deriven de las licencias y autorizaciones que el mismo se vea obligado a obtener (licencias de obras, de apertura, etc.) como consecuencia de su instalación o que supongan contraprestación de los servicios que proporcione la Administración Municipal que de ninguna manera C.I.F.: P-4100058-I . Calle Nueva, 21 . 41927 Mairena del Aljarafe . Sevilla .Tlfnos. 955 768 707-08 .Fax 955 768 907 . gmu@mairenadelaljarafe.org Código Seguro De Verificación: xQf1MlxjN798DRzmX2b1TQ== Estado Fecha y hora Firmado Por Victoria Maria Flores Belmez Firmado 19/08/2022 13:39:11 Observaciones Página 12/16 Url De Verificación https://portal.dipusevilla.es/vfirmaAytos/code/xQf1MlxjN798DRzmX2b1TQ== se encuentran incluidos en el citado canon, por tratarse de hechos imponibles que no se relacionan de modo específico y concreto, con la instalación en la vía pública de los elementos de la concesión y la explotación publicitaria de los mismos. Asimismo, el concesionario es responsable de conocer, prever y proceder al pago de los impuestos, tasas y tributos que sean de aplicación, así como de atender a cualquier requerimiento administrativo en el tiempo y forma previstos por la ley. Si la presente concesión llevase aparejada la destrucción o deterioro del dominio público local, el beneficiario estará obligado al reintegro del coste total de los respectivos gastos de reconstrucción o reparación. Si los daños fueran irreparables, el Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe será indemnizado en cuantía igual al valor de los bienes destruidos o el importe del deterioro de los dañados. No se condonará total ni parcialmente las indemnizaciones y reintegros a que se refiere el presente apartado 10.- PENALIDADES 10.1. INFRACCIONES. El órgano de contratación podrá imponer al concesionario sanciones económicas por la comisión de infracciones cometidas por el mismo. Las infracciones en que pueda incurrir el concesionario se clasifican en leves, graves y muy graves, atendidas las circunstancias, intencionalidad y perjuicio que ocasionen. 10.1.1.- Faltas leves:  La falta de notificación al del Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe de modificaciones no sustanciales del Proyecto Técnico de instalación.  La falta de limpieza o defectuosa conservación de la instalación de puntos de recarga, siempre que no suponga deterioro grave de las obras o instalaciones afectas a la concesión.  La desobediencia del concesionario a los requerimientos del Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe siempre que el objeto de los mismos no constituya falta grave o sea causa de caducidad o resolución.  El retraso en la entrega de información (estadísticas de usuarios, quejas y sugerencias, etc.).  Las infracciones leves de normas laborales, tributarias o administrativas.  Cualquier incumplimiento contractual no recogido en los apartados anteriores y que no deba conceptuarse como graves o muy graves. 10.1.2.- Faltas graves:  Reiteración, por más de tres veces, en la comisión de faltas leves.  Impago del canon.  Retraso en el cumplimiento de las obligaciones del concesionario.  Demora en el pago de la póliza de seguros a que hace referencia este Pliego, que produjera algún periodo de falta de cobertura.  La falta de notificación al Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe de modificaciones sustanciales del Proyecto Técnico de instalación. C.I.F.: P-4100058-I . Calle Nueva, 21 . 41927 Mairena del Aljarafe . Sevilla .Tlfnos. 955 768 707-08 .Fax 955 768 907 . gmu@mairenadelaljarafe.org Código Seguro De Verificación: xQf1MlxjN798DRzmX2b1TQ== Estado Fecha y hora Firmado Por Victoria Maria Flores Belmez Firmado 19/08/2022 13:39:11 Observaciones Página 13/16 Url De Verificación https://portal.dipusevilla.es/vfirmaAytos/code/xQf1MlxjN798DRzmX2b1TQ==  Los defectos en la calidad de los materiales o en la ejecución de las obras, que no afectan a la seguridad y funcionalidad de la instalación y puedan ser subsanadas con las debidas garantías técnicas.  La negligencia en el deber de limpieza y conservación de la instalación de puntos de recarga siempre que suponga deterioro grave de las obras o instalaciones afectas a la concesión o el incumplimiento de las instrucciones dictadas por la autoridad municipal a estos efectos.  Cualquier actuación que dificulte el control o la inspección municipal o la falta de presentación de la documentación relativa al funcionamiento del servicio.  La infracción grave de normas laborales, tributarias, administrativas y de seguridad.  El incumplimiento reiterado por más de dos veces al semestre, de advertencias formuladas por los formuladas por el Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe por escrito, sobre deficiencias de los servicios objeto de la concesión.  Causar daños a bienes o a terceros por culpa o negligencia en la ejecución de la concesión, sin perjuicio de la responsabilidad patrimonial que los perjudicados puedan exigir.  Todas aquellas que, implicando un incumplimiento de las obligaciones establecidas para el concesionario en Pliego que rige esta concesión, no merezcan la calificación de muy grave ni deban ser consideradas leves.  El uso anormal del dominio público concedido. 10.1.3.- Faltas muy graves:  La acumulación de tres faltas graves en el transcurso de un año.  Incurrir en deficiencias graves en el mantenimiento de las instalaciones y servicios, salvo que sean subsanadas con las debidas garantías técnicas.  La aparición de daños en algunos componentes de las instalaciones, atribuidas a falta de conservación y que tengan como consecuencia la inutilización de los mismos.  La desobediencia reiterada a las órdenes del Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe o la obstaculización de las inspecciones.  Ceder total o parcialmente la concesión, subarrendarla, traspasarla, hipotecarla o pignorarla sin autorización expresa del Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe o contraviniendo las indicaciones de éste.  La interrupción reiterada e injustificada o sin previo aviso de los servicios, salvo causa de fuerza mayor apreciada por el Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe.  Incumplimiento de las normas laborales y del Convenio Colectivo del personal empleado.  Impago de las cuotas a la Seguridad Social del personal empleado.  Incumplimiento grave de las normas higiénico-sanitarias con trascendencia directa para la salud pública, que se apliquen a la actividad objeto de concesión.  Destinar los bienes o permitir su utilización para fines distintos del servicio de recarga de vehículos eléctricos. C.I.F.: P-4100058-I . Calle Nueva, 21 . 41927 Mairena del Aljarafe . Sevilla .Tlfnos. 955 768 707-08 .Fax 955 768 907 . gmu@mairenadelaljarafe.org Código Seguro De Verificación: xQf1MlxjN798DRzmX2b1TQ== Estado Fecha y hora Firmado Por Victoria Maria Flores Belmez Firmado 19/08/2022 13:39:11 Observaciones Página 14/16 Url De Verificación https://portal.dipusevilla.es/vfirmaAytos/code/xQf1MlxjN798DRzmX2b1TQ== 1 1 . - CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA LICITAR Los licitadores, tanto nacionales como extranjeros deberán justificar su solvencia económica, financiera y técnica conforme a los criterios definidos a continuación. A efectos de la acreditación de la solvencia, en las uniones temporales de empresas se tendrá en cuenta la acumulación de los extremos acreditados por cada uno de los miembros que integren la agrupación, con las particularidades que se establecen en el presente pliego. 11.1. SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA. De acuerdo con el artículo 87 de la LCSP, la solvencia económica y financiera se acreditará a través del volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos. La cifra global de negocios del ejercicio acreditado deberá ser igual o superior a una vez y media del valor anual medio de la concesión, que es el siguiente: VALOR ESTIMADO DE LA INVERSIÓN: 101.598,76 € N.º DE AÑOS DE LA CONCESIÓN: 10 VALOR ANUAL MEDIO: 101.598,76 /10= 10.598,88 € CIFRA GLOBAL DE NEGOCIO= 1,5 VALOR ANUAL MEDIO DE LA CONCESIÓN= 1,5 X 10.598,88 €= 15.239,81 € Solvencia Económica y Financiera: 15.239,81 € En caso de que la oferta sea presentada por una agrupación de licitadores, el volumen global de negocios requerido podrá acreditarse mediante la suma del obtenido por cada una de las entidades partícipes, si bien únicamente se computará en este sentido la cifra de aquellas empresas que participen en, al menos, un 10% en la futura UTE. La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del empresario se efectuará mediante la aportación de los certificados y documentos que para cada caso se determinen reglamentariamente, de entre los siguientes: certificación bancaria, póliza o certificado de seguro por riesgos profesionales, cuentas anuales y declaración del empresario indicando el volumen de negocios global de la empresa. 11.2. SOLVENCIA TÉCNICA. La solvencia técnica de los empresarios se acreditará, en aplicación de lo dispuesto en los artículos 90 y 91 de la LCSP, mediante la relación de los principales trabajos o servicios realizados del mismo tipo o naturaleza que el presente contrato, realizados en los últimos tres años y que incluya: importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos, avalados por certificados de buena ejecución. Se exige como requisito mínimo que el importe anual acumulado, en el año de mayor ejecución, sea igual o superior al de la anualidad media del contrato, que es la siguiente: C.I.F.: P-4100058-I . Calle Nueva, 21 . 41927 Mairena del Aljarafe . Sevilla .Tlfnos. 955 768 707-08 .Fax 955 768 907 . gmu@mairenadelaljarafe.org Código Seguro De Verificación: xQf1MlxjN798DRzmX2b1TQ== Estado Fecha y hora Firmado Por Victoria Maria Flores Belmez Firmado 19/08/2022 13:39:11 Observaciones Página 15/16 Url De Verificación https://portal.dipusevilla.es/vfirmaAytos/code/xQf1MlxjN798DRzmX2b1TQ== VALOR ESTIMADO DE LA INVERSIÓN: 101.598,76 € N.º DE AÑOS DE LA CONCESIÓN: 10 VALOR ANUAL MEDIO: 101.598,76 /10= 10.598,88 € Solvencia Económica y Financiera: 10.598,88 € En el caso de agrupaciones de empresas que se constituyan temporalmente para contratar con el Ayuntamiento se admite la acumulación de la solvencia acreditada por las empresas integrantes de la UTE, de manera que entre todas las agrupadas alcancen la solvencia económica, financiera y técnica señaladas. 11.3. La INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO OFICIAL DE LICITADORES Y EMPRESAS CLASIFICADAS DEL SECTOR PÚBLICO acreditará frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera, y clasificación, así como la .concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo. Firmado por la Responsable del Contrato C.I.F.: P-4100058-I . Calle Nueva, 21 . 41927 Mairena del Aljarafe . Sevilla .Tlfnos. 955 768 707-08 .Fax 955 768 907 . gmu@mairenadelaljarafe.org Código Seguro De Verificación: xQf1MlxjN798DRzmX2b1TQ== Estado Fecha y hora Firmado Por Victoria Maria Flores Belmez Firmado 19/08/2022 13:39:11 Observaciones Página 16/16 Url De Verificación https://portal.dipusevilla.es/vfirmaAytos/code/xQf1MlxjN798DRzmX2b1TQ==