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Pliego Técnico Ver licitación
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Expediente 3/2021 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y EXPLOTACIÓN DE UNA RED DE PUNTOS DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS EN LA VÍA PÚBLICA DE LA CIUDAD DE SEVILLA MEDIANTE CONCESIÓN DEMANIAL. 1 Código Seguro De Verificación LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg== Estado Fecha y hora Firmado Por Cesar Jose Gallardo Soler Firmado 15/06/2022 11:44:01 Graciano Carmona Vazquez Firmado 15/06/2022 11:21:27 Observaciones Página 1/21 Url De Verificación https://www.sevilla.org/verifirmav2/code/LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg== Expediente 3/2021 OBJETO. El objeto del presente Pliego de especificaciones técnicas es fijar las cláusulas de acuerdo con las cuales se otorga, por título de concesión demanial, el uso privativo del espacio público urbano para la instalación, mantenimiento y explotación de una red de uso público de 350 puntos de recarga de vehículos eléctricos en la ciudad de Sevilla. Con esta concesión demanial se pretende, por tanto, fomentar el uso de vehículos eléctricos en el ámbito territorial del municipio de Sevilla facilitando lo máximo posible la recarga de los mismos en espacios públicos. Así pues, dicha red debe ofrecer al usuario la posibilidad de realizar la recarga de su vehículo eléctrico en cualquier instante, por lo que debe ser cubierta la mayor área posible de la ciudad con puntos de recarga. Podrán ser empresas concesionarios todas aquellas que presenten una oferta de puntos que, tras ser valorada, sea verificada por el Ayuntamiento de Sevilla. Cada empresa concesionaria utilizará de forma privativa el espacio público concedido por el Ayuntamiento de Sevilla para instalar, mantener y explotar la red de recarga propuesta por ella, que ha de facilitar a los diferentes perfiles de usuarios de vehículo eléctrico la recarga del mismo en un momento concreto (recarga de oportunidad o emergencia). Por tanto, la red no debe ser concebida fundamentalmente para la recarga habitual o vinculada. Por esta razón, únicamente se contemplará la instalación de puntos de recarga semirrápida, rápida y ultrarrápida. Podrán ser usuarios de la red tanto los vehículos pertenecientes a los sectores intensivos (taxis, VTC, empresas de flotas, etc.) como a cualquier otro vehículo eléctrico que necesite hacer una recarga. La instalación de cada punto comprenderá toda la infraestructura completa necesaria, incluyendo las acometidas correspondientes y todos los elementos y gestiones relativos a la legalización. DESCRIPCIÓN DE LA RED. CONDICIONES GENERALES. El funcionamiento de la red será de 24 horas los 365 días del año. Cada punto de recarga dispondrá de 2 tomas o bases de conexión cada uno, pudiendo suministrar recarga simultáneamente por ambas. Es decir, cada punto de recarga deberá poder suministrar energía a 2 vehículos eléctricos simultáneamente. Cada punto de recarga tendrá asociadas dos plazas de aparcamiento, cada una de dimensiones suficientes para ubicar, como mínimo, un automóvil perteneciente al segmento D o familiar. 2 Código Seguro De Verificación LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg== Estado Fecha y hora Firmado Por Cesar Jose Gallardo Soler Firmado 15/06/2022 11:44:01 Graciano Carmona Vazquez Firmado 15/06/2022 11:21:27 Observaciones Página 2/21 Url De Verificación https://www.sevilla.org/verifirmav2/code/LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg== Expediente 3/2021 Cada empresa candidata presentará en su oferta la cantidad de puntos a instalar y las ubicaciones exactas propuestas con un límite de 100 puntos. El Ayuntamiento de Sevilla verificará cada ubicación, inspeccionando previamente el lugar concreto para valorar la viabilidad del mismo. La propuesta deberá contemplar como mínimo los siguientes emplazamientos por distrito municipal: Un mínimo de 1 cuando el número propuesto sea de 11 a 21 puntos. Un mínimo de hasta 2 cuando el número propuesto sea de 22 a 32 puntos. Un mínimo de hasta 3 cuando el número propuesto sea de 33 a 43 puntos. Un mínimo de hasta 4 cuando el número propuesto sea de 44 a 54 puntos. Un mínimo de hasta 5 cuando el número propuesto sea de 55 a 65 puntos. Un mínimo de hasta 6 cuando el número propuesto sea de 66 a 76 puntos. Un mínimo de hasta 7 cuando el número propuesto sea de 77 a 87 puntos. Un mínimo de hasta 8 cuando el número propuesto sea de 88 o más puntos. Una vez cumplido el requisito mínimo exigido anteriormente, el resto de ubicaciones no estarán sometidas a condiciones de reparto alguno. Para las propuestas de menos de 11 puntos no existirán requisitos de reparto por distritos, aunque se intentará hacer un reparto por la ciudad lo más homogéneo posible. La Isla de la cartuja no estará sometida a limitación ni computará a los efectos anteriormente establecidos. La distancia mínima entre dos puntos de recarga, para la red completa de toda la ciudad, será de 50 m en línea recta. A propuesta de la Comisión de valoración compuesta por los Departamentos de Movilidad, Gerencia de Urbanismo y Agencia de la Energía y de forma motivada por el interés público en función de las características urbanísticas de la calle o su afección a la movilidad, podrá exceptuarse dicha regla de común acuerdo con el adjudicatario. Todos los gastos relativos a la ejecución de la instalación, el funcionamiento, el mantenimiento (preventivo, correctivo y reglamentario) y la gestión del sistema, derivados de cada oferta, correrán a cargo de la correspondiente empresa concesionaria. Quedan incluidos en los anteriores los gastos de conservación y mantenimiento del asfaltado de las plazas de aparcamiento, de la señalización vertical y horizontal, de limpieza y mantenimiento estético y el pago de factura eléctrica. Todos los trabajos se realizarán bajo la normativa municipal, autonómica y estatal que le fueran de aplicación, debiendo obtener las autorizaciones correspondientes. La dirección de los trabajos y de las obras correspondientes a la ejecución de la infraestructura y de la instalación de los puntos de recarga será realizada por un técnico competente designado por el adjudicatario de la concesión. 3 Código Seguro De Verificación LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg== Estado Fecha y hora Firmado Por Cesar Jose Gallardo Soler Firmado 15/06/2022 11:44:01 Graciano Carmona Vazquez Firmado 15/06/2022 11:21:27 Observaciones Página 3/21 Url De Verificación https://www.sevilla.org/verifirmav2/code/LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg== Expediente 3/2021 La supervisión de la ejecución de los trabajos, así como el seguimiento de la prestación de la actividad de recarga a realizar por el adjudicatario de la concesión durante el periodo de la misma, serán realizados por la Agencia de la Energía y para la Sostenibilidad del Ayuntamiento de Sevilla. Los puntos de recarga contarán con la debida homologación en vigor. Dicha homologación deberá ser aportada como documento integrante del proyecto tipo a entregar con la proposición. OBRA CIVIL, INSTALACIONES ELÉCTRICAS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS PUNTOS DE RECARGA. La red estará compuesta de puntos de recarga semirrápida, con un mínimo de potencia de 44Kw, rápida con un mínimo de 100Kw o ultra rápida con un mínimo de 350kW Los puntos de recarga serán de tipo poste, anclados en el suelo, en la parte de la acera más próxima a las plazas de aparcamiento o en la propia calzada cuando ello sea posible. Las canalizaciones en baja tensión se ajustarán a su normativa en vigor e irán siempre subterráneas desde el punto de conexión de la compañía suministradora hasta el punto o poste de recarga. La empresa concesionaria asumirá la realización y el coste de la instalación de enlace, entendiendo como tal la instalación que conecta la red de distribución eléctrica con el punto de recarga y que está compuesta por:  Acometida: parte de la instalación eléctrica comprendida entre la red de distribución existente y el armario o caja general de protección y medida.  Armario o caja general de protección y medida: aloja los elementos de protección de la línea general de alimentación. Además, incluye el equipo de medida (contador).  Conexión subterránea desde el armario o caja general de protección y medida hasta el poste de recarga. Se ejecutará una acometida independiente para cada uno de los puntos de recarga. La empresa concesionaria asumirá el suministro y la instalación de todo el cableado necesario. Las instalaciones se realizarán de acuerdo a las ITC correspondientes al Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, en particular a la (ITC) BT-52 “Instalaciones con fines especiales. Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos”, así como a la 4 Código Seguro De Verificación LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg== Estado Fecha y hora Firmado Por Cesar Jose Gallardo Soler Firmado 15/06/2022 11:44:01 Graciano Carmona Vazquez Firmado 15/06/2022 11:21:27 Observaciones Página 4/21 Url De Verificación https://www.sevilla.org/verifirmav2/code/LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg== Expediente 3/2021 normativa asociada en vigor y a las normas particulares de las diferentes compañías distribuidoras de energía eléctrica. Si la medición de toma de tierra no se corresponde con la fijada en el Reglamento citado, deberán realizarse, por el Concesionario y a su costa, las correcciones necesarias para su cumplimiento. En ningún caso se permite la acometida a las redes municipales de alumbrado público o semafórico. Se realizarán todas las actuaciones necesarias para reponer las zonas que hayan sido afectadas por los trabajos, de forma que queden en su estado original. Además, cada empresa concesionaria asumirá para cada uno de sus puntos de actuación, la limpieza y adecentamiento de la zona de trabajo, así como la retirada de residuos, de material inservible y de material diverso depositado en las zonas de trabajo por su personal. Dichos residuos serán gestionados a través de un gestor de residuos autorizado, lo que se acreditará ante la Agencia de la Energía y para la Sostenibilidad del Ayuntamiento de Sevilla a través del correspondiente “certificado de recepción y sistema de eliminación aplicada”. Una vez finalizada la concesión, el Concesionario repondrá todas las ubicaciones de manera que se reestablezca su estado original, aplicando igualmente el mismo procedimiento para la eliminación de residuos. Los postes de recarga tendrán que estar situados junto a las plazas reservadas para aparcamiento de los vehículos eléctricos y dejar un espacio libre a su alrededor, conforme a lo establecido por la normativa en vigor en materia de accesibilidad. Dentro de cada punto de recarga se encontrarán los equipos y componentes electrónicos y de comunicación (centro de control local) necesarios para realizar los distintos procesos que permitan proceder a la recarga (autentificación del usuario, desarrollo de transacciones, órdenes de comunicación, pago, impresión de tickets, etc.). En cuanto a los grados de protección de la envolvente de los postes, se exigirá como mínimo protección IP54 e IK10. En lo referente a las protecciones eléctricas se tendrán en cuenta las siguientes exigencias:  Contactos directos: los equipos no tendrá partes activas accesibles para el usuario. Todas las partes activas deberán estar dentro de la envolvente del poste y con todos los medios necesarios para evitar el contacto del usuario con las mismas.  Contactos indirectos: Todos las partes metálicas estarán conectadas a tierra, para así proteger al usuario frente a contactos indirectos. Además, quedará 5 Código Seguro De Verificación LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg== Estado Fecha y hora Firmado Por Cesar Jose Gallardo Soler Firmado 15/06/2022 11:44:01 Graciano Carmona Vazquez Firmado 15/06/2022 11:21:27 Observaciones Página 5/21 Url De Verificación https://www.sevilla.org/verifirmav2/code/LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg== Expediente 3/2021 garantizada la seguridad del usuario frente a dichos contactos indirectos mediante la instalación de la correspondiente protección diferencial con rearme automático e interruptor magnetotérmico con rearme automático, todo ello conforme a lo que establezca la normativa en vigor. La pintura del recubrimiento de los postes será anti-grafiti y aislante eléctrica. Los puntos de recarga dispondrán de sistemas antirrobo de energía. En este sentido, cada poste dispondrá, como mínimo, de los siguientes sistemas para evitar el robo de energía y el riesgo eléctrico:  Contactores: para evitar que el usuario pueda acceder a una toma de corriente energizada, evitando de esta manera cualquier riesgo eléctrico.  Sistema de bloqueo de conectores para evitar el acceso no autorizado a la toma de corriente y/o el robo de energía. Las tomas de corriente estarán desactivadas y solo se activarán tras una correcta identificación del usuario y la comprobación de que el vehículo está correctamente conectado (según condiciones descritas en la norma lEC 61851). Durante la carga del vehículo, las tomas de corriente permanecerán enclavadas de modo que sólo el usuario que haya iniciado la carga pueda desenclavarlas. Toda la información que el usuario pueda precisar durante la recarga, se hará visible a través de una pantalla. En ella se presentará al usuario, como mínimo, la energía consumida, la potencia instantánea y el tiempo de duración de la recarga. El poste de recarga indicará el estado en que se encuentra en cada instante: disponible, en carga, en error, etc. En cuanto a la medida y registro de las cargas, los postes de recarga estarán dotados de un sistema que permita medir y registrar, como mínimo y para cada carga, los siguientes parámetros:  Energía activa y reactiva (kWh y kVArh respectivamente).  Tensión de salida (V).  Intensidad de salida (A).  Potencia activa (W).  Intervalo horario en el que se ha realizado la recarga. Las medidas de los parámetros que intervienen en la facturación de la recarga al usuario final se realizarán mediante aparatos de medida debidamente homologados y acreditados (conforme a la legislación metrológica en vigor). El método de pago de la recarga deberá garantizar accesibilidad para cualquier usuario sin discriminación alguna, tal y como establece la Directiva 94/2014 de la Unión Europea sobre combustibles alternativos. 6 Código Seguro De Verificación LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg== Estado Fecha y hora Firmado Por Cesar Jose Gallardo Soler Firmado 15/06/2022 11:44:01 Graciano Carmona Vazquez Firmado 15/06/2022 11:21:27 Observaciones Página 6/21 Url De Verificación https://www.sevilla.org/verifirmav2/code/LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg== Expediente 3/2021 Los cargadores permitirán realizar el pago de las recargas por alguno de los siguientes medios o por ambos como mínimo:  por tarjeta bancaria (crédito o débito).  por tecnología de pago mediante teléfonos móviles. El sistema de pago permitirá en todo caso la emisión de la correspondiente factura. Los puntos de recarga deberán ser capaces de detectar alarmas y mostrarlas en la pantalla. En caso de desconexión del cable, en el poste o en el vehículo, se suspenderá el proceso de carga hasta que el usuario registrado vuelva a activarla. En esta situación, el terminal mantendrá enclavado el conector del cable en el terminal hasta que el usuario vuelva a identificarse y cierre la sesión con objeto de evitar la sustracción del cable. En caso de fin de carga, se suspenderá el suministro de energía hasta que se inicie un nuevo proceso de carga. Mientras el terminal de recarga esté en uso no se permitirá el acceso o uso de la toma de corriente a nuevos usuarios. En caso de averías, el cargador interrumpirá el proceso iniciado y pasará al estado 'avería', indicando en la pantalla la incidencia y no permitiendo la recarga hasta la subsanación. Las averías de los cargadores deberán ser resueltas en el plazo de 48 horas como máximo. Los puntos de recarga deben incorporar grabados, de forma indeleble y fácilmente legible, los datos técnicos que se indican a continuación: potencia, voltaje, frecuencia, intensidad, fases (monofásica/trifásica), número de serie, grado IP, grado IK, marcado CE. La empresa concesionaria asumirá todas las tareas y los gastos asociados al proceso de legalización y puesta en marcha de las instalaciones, que se llevará a cabo conforme a lo establecido por la ley y la normativa de aplicación en vigor. La empresa concesionario deberá presentar a la Agencia de la Energía y para la Sostenibilidad del Ayuntamiento de Sevilla toda la documentación técnica correspondiente a la legalización de cada punto de recarga (proyecto, dirección de obra, boletines de instalador, inspección OCA y legalización correspondiente ante la autoridad competente). Por parte de la empresa concesionaria se realizarán todas aquellas inspecciones y verificaciones periódicas que correspondan conforme a la normativa en vigor en cada momento, remitiendo informe y documentación correspondientes a la Agencia de la Energía y para la Sostenibilidad del Ayuntamiento de Sevilla. 7 Código Seguro De Verificación LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg== Estado Fecha y hora Firmado Por Cesar Jose Gallardo Soler Firmado 15/06/2022 11:44:01 Graciano Carmona Vazquez Firmado 15/06/2022 11:21:27 Observaciones Página 7/21 Url De Verificación https://www.sevilla.org/verifirmav2/code/LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg== Expediente 3/2021 Cada plaza de estacionamiento para recarga se limitará exclusivamente al espacio de la vía pública cedido a tal efecto por el Ayuntamiento de Sevilla, teniendo en todos los casos las dimensiones suficientes para ubicar, como mínimo, un automóvil perteneciente al segmento D o familiar. Cada plaza contará con la señalización específica horizontal y vertical. La empresa concesionaria asumirá la señalización vertical de sus puntos de recarga. Cada punto estará dotado de dos señalizaciones verticales de prohibido aparcar a ambos lados de las plazas reservadas a los vehículos eléctricos, con el texto “Excepto recarga de vehículo eléctrico”. También incluirán una limitación horaria para realizar el proceso de recarga de hasta 2 horas, evitándose de esta forma estacionamientos prolongados que obstaculicen futuras recargas para otros usuarios, salvo de las horas nocturnas. Igualmente, la empresa concesionaria asumirá la señalización horizontal, tanto su pintado inicial como su mantenimiento durante todo el plazo de vigencia del contrato. Esta señalización será con fondo de color verde, con líneas delimitadoras de plazas, simbología y texto en blanco, todo en pintura de dos componentes rugosos para asfalto. El Concesionario será el responsable de mantener las señalizaciones verticales y horizontales en buen estado durante todo el periodo de la concesión. En todo caso, cualquier cuestión relacionada con la señalización de la plaza de estacionamiento se realizará en total y continua coordinación con el Servicio de Movilidad del Ayuntamiento de Sevilla y siguiendo las instrucciones del mismo. CONTRATOS DE SUMINISTROS. La empresa concesionaria realizará todas las gestiones para la contratación de los suministros necesarios (energía eléctrica, telefonía, internet, etc.), responsabilizándose de la titularidad de los mismos y asumiendo todos los costes de facturación asociados a los mismos. Concretamente:  Consumo de energía eléctrica: durante la vigencia del contrato, la empresa concesionaria: - Asumirá los gastos de la contratación del suministro eléctrico. - Se hará cargo del pago de la facturación del consumo (término fijo, término variable, impuestos, etc.). - La energía deberá estar certificada de garantía de origen renovable.  Consumo de telecomunicaciones: Durante la vigencia del contrato, el concesionario asumirá los gastos de la contratación y consumo (facturación) de las líneas de comunicación correspondientes a la red. 8 Código Seguro De Verificación LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg== Estado Fecha y hora Firmado Por Cesar Jose Gallardo Soler Firmado 15/06/2022 11:44:01 Graciano Carmona Vazquez Firmado 15/06/2022 11:21:27 Observaciones Página 8/21 Url De Verificación https://www.sevilla.org/verifirmav2/code/LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg== Expediente 3/2021 En este sentido se deberá tener contratado, durante toda la vigencia de la concesión, la mejor opción que en cada momento ofrezca el mercado y que tecnológicamente garantice la mayor eficiencia en cuanto a velocidad, capacidad y calidad en la transmisión de datos. Todos los cargadores tendrán que estar monitorizados en tiempo real, pudiéndose acceder a través de web o plataforma telemática a información del tipo estado, recargas realizadas, energía suministrada, etc. GESTIÓN DE LA RED. La empresa concesionaria asumirá la gestión y control de la red que incluirá las siguientes herramientas y actuaciones:  CENTRO DE CONTROL: - que controle el funcionamiento de sus postes. - que gestione la base de datos de usuarios registrados. - con horario de servicio de 24 horas y 365 días. - que permita, tanto al concesionario como a la Agencia de la Energía y para la Sostenibilidad del Ayuntamiento de Sevilla, obtener, en tiempo real, la información de gestión y control referente al: - seguimiento operativo (técnico) de la red. - seguimiento económico de la red.  En este sentido, la empresa concesionaria proporcionará a la Agencia de la Energía y para la Sostenibilidad del Ayuntamiento de Sevilla un espejo de la situación de la red en tiempo real o un enlace propio que permita la conexión con el programa de gestión y que refleje en tiempo real la situación de la red, permitiendo la consulta de datos relacionados con la gestión, el control y el seguimiento y permitiendo la obtención de informes en correspondientes. La empresa adjudicataria integrará en la Plataforma Smart City de la Ciudad, los datos generados por cada uno de los puntos en relación a los parámetros de uso de la red, como son el estado y mantenimiento de la red, tiempos de recarga, consumos medios en cada recarga y tipología de usuario. Igualmente, la empresa adjudicataria, en aras a un mejor servicio en la Ciudad, facilitará la integración de sus datos con otras plataformas integradoras de los distintos medios de movilidad sostenible.  Desarrollo e implementación de todo el software necesario para la identificación de los usuarios, comunicación con el mismo y pago de las recargas. Todo este protocolo permitirá acceso universal en base a lo establecido por la directiva 94/2014UE.  Elaboración periódica de informes de gestión y control para remisión a la Agencia de la Energía y para la Sostenibilidad del Ayuntamiento de Sevilla. 9 Código Seguro De Verificación LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg== Estado Fecha y hora Firmado Por Cesar Jose Gallardo Soler Firmado 15/06/2022 11:44:01 Graciano Carmona Vazquez Firmado 15/06/2022 11:21:27 Observaciones Página 9/21 Url De Verificación https://www.sevilla.org/verifirmav2/code/LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg== Expediente 3/2021 Periódicamente y dentro de la primera semana de cada mes, la empresa concesionaria redactará y hará entrega a la Agencia de la Energía y para la Sostenibilidad del Ayuntamiento de Sevilla, de un informe de gestión de su red, con las incidencias y todos los datos relevantes relativos a la actividad, así como los resultados de la gestión durante dicho periodo así como toda aquella información que pueda servir para la mejora de la explotación del sistema gracias al conocimiento de los datos de aprovechamiento.  Campañas de comunicación y promoción de la red de recarga. La empresa concesionaria podrá promocionar y divulgar la red de recarga, asumiendo el correspondiente coste. MANTENIMIENTO DE LA RED. La empresa concesionaria asumirá la realización y el coste asociado al mantenimiento preventivo y correctivo de la red.  Mantenimiento preventivo Consistirá en la revisión periódica de los equipos de recarga, prestando atención al estado de los elementos de seguridad (tanto eléctricos como mecánicos), a los sistemas electrónicos, a los conectores, a las pantallas, a las botoneras y a la limpieza y serigrafía del poste. Periódicamente se comprobará como mínimo: - El correcto funcionamiento del contador de alimentación de energía eléctrica, tomando, además, lectura del mismo - Los cierres y el estado de las gomas para la protección IP del equipo. - La ausencia de ruidos y vibraciones en todos los elementos. - El funcionamiento interruptor diferencial, - El estado de los recubrimientos de los conductores. - El correcto funcionamiento del módulo de identificación. - El correcto funcionamiento de todos los programas y componentes informáticos. - El estado de los armarios y del propio poste, con el fin mantenerlos limpios y cuidados (grafitis, pintadas, carteles, pegatinas, etc.).  Mantenimiento correctivo Se trata de subsanar todas las posibles anomalías, fallos o averías que se detecten. Se efectuará cuando se detectasen incidencias en cualquier elemento de un poste de recarga, ya sea como consecuencia de las revisiones del 10 Código Seguro De Verificación LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg== Estado Fecha y hora Firmado Por Cesar Jose Gallardo Soler Firmado 15/06/2022 11:44:01 Graciano Carmona Vazquez Firmado 15/06/2022 11:21:27 Observaciones Página 10/21 Url De Verificación https://www.sevilla.org/verifirmav2/code/LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg== Expediente 3/2021 mantenimiento preventivo, por detección desde el centro de control, por aviso del usuario de la estación o por otros motivos. Las actuaciones ante incidencias y peticiones serán de acuerdo con los siguientes requisitos y prioridades: TIPO DE PETICIÓN TIEMPO DE RESPUESTA Con riesgo para los usuarios Inmediatamente Con impedimento para el uso 2 horas como máximo Sin riesgo para los usuarios y sin 48 horas como máximo impedimento para su uso Todos los gastos derivados del mantenimiento correctivo (mano de obra, materiales, desplazamientos) correrán por cuenta de la empresa concesionaria. La empresa concesionaria deberá disponer durante todo el periodo de vigencia del contrato de los recambios necesarios para garantizar el funcionamiento requerido. SEGUIMIENTO Por parte de la empresa concesionaria, y en aras de una correcta coordinación, se designará un técnico cualificado, que será la persona que asuma la responsabilidad de su empresa y la interlocución frente al Ayuntamiento (interlocutor responsable por parte de la empresa concesionaria). Dicho interlocutor tendrá poder suficiente para adoptar y ejecutar las decisiones que se tomen y estará localizable cuando se le requiera por parte de la Agencia de la Energía y para la Sostenibilidad del Ayuntamiento de Sevilla. La designación de dicho técnico será comunicada a la Agencia de la Energía y para la Sostenibilidad del Ayuntamiento de Sevilla por escrito, con carácter previo a la adjudicación de la concesión. Si a lo largo del contrato hubiese algún cambio al respecto será comunicado de la misma forma. Para el correcto seguimiento de la concesión, se podrán convocar todas aquellas reuniones extraordinarias que se consideren oportunas por cualquiera de las partes (la empresa concesionaria o la Agencia de la Energía y para la Sostenibilidad del Ayuntamiento de Sevilla). En cualquier caso y durante todo el periodo de la concesión, se facilitará por ambas partes la comunicación rápida y fluida en aras de la correcta ejecución de las tareas, utilizando para ello las vías de comunicación habituales (teléfono o correo electrónico). LICENCIAS Y PERMISOS. La empresa concesionaria asumirá la tramitación de todas las licencias y permisos que fuesen necesarios durante el plazo de ejecución del contrato, así como los gastos 11 Código Seguro De Verificación LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg== Estado Fecha y hora Firmado Por Cesar Jose Gallardo Soler Firmado 15/06/2022 11:44:01 Graciano Carmona Vazquez Firmado 15/06/2022 11:21:27 Observaciones Página 11/21 Url De Verificación https://www.sevilla.org/verifirmav2/code/LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg== Expediente 3/2021 asociados a dicha tramitación y derivados de la misma. ACTA DE CONFORMIDAD DE LA RED. Una vez finalizada la fase de obras e instalación y previamente al comienzo la fase de gestión y explotación de la red, cada empresa concesionaria hará entrega a la Agencia de la Energía y para la Sostenibilidad del Ayuntamiento de Sevilla del certificado final de obra y de un informe completo y detallado por cada punto de recarga instalado. Dicho informe constará de la relación de los puntos realmente instalados y memoria desglosada independientemente para cada punto, con la información básica de carácter técnico del mismo (plano de ubicación, situación por coordenadas GPS referidas al sistema ETRS-89, elementos que forman cada punto de recarga, con sus características técnicas, puntos de conexión de las instalaciones eléctricas, etc. Asimismo, para poder iniciar la fase de gestión y explotación de la red, será necesario firmar por ambas partes un acta de conformidad de los trabajos realizados de acuerdo a lo establecido en el presente pliego, así como de autorización del inicio de la explotación y gestión de la red. Cada empresa concesionaria estará obligada a mantener y custodiar toda la documentación generada durante todo el periodo de la concesión (licencias, permisos, contratos de suministro, pólizas de seguros, etc.). Dicha documentación podrá ser requerida por parte de la Agencia de la Energía y para la sostenibilidad del Ayuntamiento de Sevilla en cualquier instante. PUBLICIDAD E IMAGEN CORPORATIVA. La empresa concesionaria podrá personalizar los cargadores con sus logotipos y su imagen corporativa, aunque incorporando siempre también el logotipo del Ayuntamiento de Sevilla. Dicha personalización correrá a su cargo y será presentada previamente a la Agencia de la Energía y para la Sostenibilidad para su aprobación por parte del departamento de Comunicación Ayuntamiento de Sevilla. En ningún caso la empresa concesionaria podrá personalizar las plazas de aparcamiento y recarga afectadas a su criterio. El marcado y la señalización de las mismas, cuyo coste sí asumirá, tendrán que estar siempre de acuerdo con las indicaciones dictadas desde la Agencia de la Energía y para la Sostenibilidad y el Servicio de Movilidad del Ayuntamiento de Sevilla. Igualmente, todas las presentaciones, documentos y comunicaciones que se utilicen en el marco de este contrato podrán estar personalizados con la imagen corporativa y los logotipos de la empresa concesionaria. La empresa concesionaria no podrá hacer uso en sus relaciones comerciales, o de cualquier tipo, de los nombres y datos de los bienes municipales en los que se desarrolla la concesión. 12 Código Seguro De Verificación LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg== Estado Fecha y hora Firmado Por Cesar Jose Gallardo Soler Firmado 15/06/2022 11:44:01 Graciano Carmona Vazquez Firmado 15/06/2022 11:21:27 Observaciones Página 12/21 Url De Verificación https://www.sevilla.org/verifirmav2/code/LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg== Expediente 3/2021 REVERSIÓN. Al finalizar la concesión, los bienes concedidos revertirán al Ayuntamiento de Sevilla en perfecto estado de uso. A tal efecto se procederá a un acta de comprobación y conformidad por parte del Ayuntamiento de Sevilla. FINANCIACIÓN Y GESTIÓN ECONÓMICA. El concesionario asumirá la financiación de la totalidad de las obras, la instalación, el mantenimiento, la gestión la explotación de la red de recarga, así como del desmontaje al final de la concesión. Una vez formalizada la concesión, la empresa concesionaria tiene que prestar la actividad de recarga bajo su estricta responsabilidad, a su riesgo y ventura. El Ayuntamiento de Sevilla no realizará aportación económica para el sostenimiento de la concesión, consistiendo su aportación en la concesión para el uso privativo de los terrenos públicos aprobados. En cualquier caso, el Ayuntamiento de Sevilla velará por la disciplina en la prestación de la actividad de recarga, ejerciendo funciones de dirección, tutela y sanción con la finalidad de asegurar el cumplimiento de la concesión. La ejecución de la concesión deberá ser sostenible económicamente, de manera que, en ningún caso, la empresa concesionaria podrá requerir al Ayuntamiento de Sevilla un restablecimiento del equilibrio económico, ni durante ni tras el período de concesión RECURSOS NECESARIOS. ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS.  Recursos humanos: Las personas que integren el equipo de trabajo encargado de realizar las tareas necesarias deberán poseer la capacitación y titulación que le reconozcan competencia profesional en las materias objeto del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, aprobado por el 842/2002, de 2 de agosto, y de sus Instrucciones Técnicas Complementarias.  Recursos técnicos y materiales: La empresa adjudicataria deberá disponer de todos los medios materiales y herramientas necesarios para la realización de los trabajos objetos del contrato (obra civil, herramientas de medidas eléctricas, herramientas comunes, cámara 13 Código Seguro De Verificación LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg== Estado Fecha y hora Firmado Por Cesar Jose Gallardo Soler Firmado 15/06/2022 11:44:01 Graciano Carmona Vazquez Firmado 15/06/2022 11:21:27 Observaciones Página 13/21 Url De Verificación https://www.sevilla.org/verifirmav2/code/LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg== Expediente 3/2021 de fotos, material informático y ofimático, EPIs, etc). PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. La empresa concesionaria cumplirá en todo momento del periodo de duración del contrato la normativa en vigor en materia de prevención de riesgos laborales, asumiendo los costes que ello conlleve. De la misma forma, dispondrá de todo el material y los EPIs necesarios para ello, asumiendo igualmente los gastos asociados. PÓLIZA DE SEGURO. La empresa concesionaria es la responsable de todas las actuaciones del contrato y, como tal, asume las obligaciones, indemnizaciones y responsabilidades que nacieran con ocasión de éste. Así pues, correrán a cargo de la empresa concesionaria todos los daños ocasionados durante el desarrollo de las obras y la posterior explotación de la red, cualquiera que fuere su naturaleza y volumen. A tal fin, la empresa que resulte concesionaria estará obligada a mantener vigente durante el periodo de duración del contrato un seguro de responsabilidad civil para instalaciones eléctricas de baja tensión, que garantice frente a terceros (tanto personales como materiales) el ejercicio de la actividad, con una cobertura mínima de 600.000 €. Por tanto, el adjudicatario responderá objetivamente y, en su consecuencia, deberá indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia del contrato adjudicado, conforme a lo establecido en el artículo 58 Ley 9/2017 CSP por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Corresponsabilidad Civil General. El Ayuntamiento de Sevilla figurará de forma explícita como Asegurado Adicional, para cubrir su Responsabilidad Patrimonial, sin perder la condición de tercero. En este sentido, una vez terminadas las obras e instalaciones de los postes y en el plazo de una semana a partir de la fecha del certificado final de obra, la empresa concesionaria presentará a la Agencia de la Energía y para la Sostenibilidad del Ayuntamiento de Sevilla, siguiente documentación: - Certificado de seguro en vigor emitido por la compañía aseguradora. - Copia del recibo acreditativo del pago del seguro del período de seguro en curso. Asimismo, el adjudicatario deberá presentar al vencimiento del período en curso de seguro, y hasta la finalización del contrato adjudicado, copias de los sucesivos recibos. 14 Código Seguro De Verificación LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg== Estado Fecha y hora Firmado Por Cesar Jose Gallardo Soler Firmado 15/06/2022 11:44:01 Graciano Carmona Vazquez Firmado 15/06/2022 11:21:27 Observaciones Página 14/21 Url De Verificación https://www.sevilla.org/verifirmav2/code/LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg== Expediente 3/2021 CONFIDENCIALIDAD DE LOS DATOS E INFORMACIÓN A TERCEROS. La empresa que resulte concesionaria quedará sujeta al deber de sigilo, secreto y confidencialidad de los datos personales que se utilicen, se traten y/o se generen de la presente contratación y se compromete a adecuar y ajustar las instalaciones y soportes informáticos que se empleen para el tratamiento de datos con las medidas de seguridad vigentes. Los archivos generados no podrán vincularse a otras redes de comunicación privadas. Además, la empresa concesionaria es la responsable y encargada del tratamiento y manejo de los ficheros generados durante el plazo de la concesión, según lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Igualmente, deberá guardarse siempre el sigilo y privacidad en el manejo de datos, planos o cualquier registro documental gráfico, fotográfico, técnico, inventarial o del tipo que sea de las instalaciones. El concesionario se obliga a acceder a los datos que permita el Ayuntamiento únicamente para la finalidad exclusiva de la realización de los trabajos contemplados en este pliego y a guardar secreto profesional respecto a todos los datos de carácter personal y técnico que conozca y a los que tenga acceso durante la realización de los trabajos. Igualmente, se obliga a custodiar e impedir el acceso a los datos de carácter personal y técnico a cualquier tercero ajeno a esta concesión. Las anteriores obligaciones se extienden a toda persona que pudiera intervenir en cualquier fase de la concesión y subsistirán aun después de finalizada la misma. El concesionario se compromete a comunicar y hacer cumplir a sus empleados, asignados al proyecto, las obligaciones establecidas en los párrafos anteriores. Una vez concluida la concesión, los datos utilizados deberán ser devueltos al Ayuntamiento, al igual que cualquier soporte o documento en que conste algún dato de carácter personal o técnico objeto del tratamiento. Cualquier acceso a los datos que no se ajuste a lo dispuesto en el presente pliego, será responsabilidad exclusiva del contratista frente a terceros y frente al Ayuntamiento, ante el que responderá por los daños y perjuicios que le hubiere podido causar. 15 Código Seguro De Verificación LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg== Estado Fecha y hora Firmado Por Cesar Jose Gallardo Soler Firmado 15/06/2022 11:44:01 Graciano Carmona Vazquez Firmado 15/06/2022 11:21:27 Observaciones Página 15/21 Url De Verificación https://www.sevilla.org/verifirmav2/code/LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg== Expediente 3/2021 DERECHOS Y OBLIGACIONES GENERALES DE LA EMPRESA CONCESIONARIA. A. DERECHOS DE LA EMPRESA CONCESIONARIA. El concesionario, sin perjuicio de cualesquiera otros que le sean atribuidos por este Pliego o por la legislación vigente, ostenta en particular los siguientes derechos: a) El derecho a ocupar y utilizar los bienes de dominio público necesarios para la instalación, conservación, mantenimiento y explotación de la red. b) El derecho a explotar la red y a percibir las tarifas previstas por parte de los usuarios. B. OBLIGACIONES DE LA EMPRESA CONCESIONARIA. Serán obligaciones del adjudicatario, las que se deriven del presente Pliego y de la legislación aplicable y Pliego de Cláusulas Administrativas y, en particular, las siguientes: a) El cumplimiento fiel y exacto de los términos de la concesión y de lo establecido en el presente Pliego. b) Asumir el coste y financiación de la totalidad de la ejecución (o acondicionamiento en su caso) de las instalaciones o equipamientos y mobiliario necesarios para la puesta en funcionamiento, gestión y explotación de la red de recarga de vehículos eléctricos. c) Garantizar el funcionamiento de la red con la regularidad, continuidad y calidad que establece estos Pliegos. d) Responder de los daños que se deriven del funcionamiento de la red, salvo que hubieran sido producidos en cumplimiento de una orden o acto del Ayuntamiento. e) Realizar el pago de todos los impuestos, tasas y cánones del Estado, Comunidad Autónoma y Municipio, que afecta tanto a la relación jurídica emanada como a la puesta en funcionamiento y explotación de la red. f) Permitir la utilización de la red a todo usuario que lo solicite en las condiciones que hayan sido establecidas, de acuerdo con los principios de igualdad, universalidad y no discriminación mediante el abono, en su caso, de la correspondiente tarifa. g) Conservar y mantener todas las obras e instalaciones en perfecto estado para el uso público, y efectuar la adecuación y reforma de las mismas, para adaptarlas a las características técnicas y funcionales sobrevenidas en cada momento. 16 Código Seguro De Verificación LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg== Estado Fecha y hora Firmado Por Cesar Jose Gallardo Soler Firmado 15/06/2022 11:44:01 Graciano Carmona Vazquez Firmado 15/06/2022 11:21:27 Observaciones Página 16/21 Url De Verificación https://www.sevilla.org/verifirmav2/code/LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg== Expediente 3/2021 h) La empresa concesionaria quedará obligada y será responsable de todo el personal propio o subcontratado que emplee para la ejecución de los trabajos, cumpliendo la legislación laboral vigente. i) La empresa concesionaria será la única responsable ante las autoridades laborales, los órganos correspondientes y los Tribunales de Justicia de los accidentes que pudieran sobrevenir a su personal, sea propio o subcontratado, por el ejercicio de su profesión. j) El personal que por su cuenta aporte o utilice la empresa concesionaria no podrá tener vinculación alguna con el Ayuntamiento de Sevilla. Por lo tanto no tendrá derecho alguno respecto al mismo, toda vez que depende única y exclusivamente de la empresa concesionaria, la cual tendrá todos los derechos y deberes respecto de dicho personal con arreglo a la legislación vigente y a la que en lo sucesivo se promulgue, sin que en ningún caso resulte responsable el Ayuntamiento de Sevilla de las obligaciones del adjudicatario respecto a sus trabajadores, aun cuando los despidos y medidas que adopte sean consecuencia directa del cumplimiento e interpretación del contrato. k) Los daños que el personal de la empresa concesionaria pudiera ocasionar en las instalaciones, mobiliario, o cualquier otra propiedad o bien municipal, ya sea por negligencia o dolo, serán indemnizados por aquella y siempre a juicio de los técnicos municipales. l) Cuando el personal de la empresa concesionaria no procediera con la debida diligencia o corrección, o fuera evidentemente poco cuidadoso en el desempeño de su cometido, los técnicos municipales podrán exigir del adjudicatario sustituir al trabajador motivo del conflicto. m) Será de responsabilidad exclusiva de la empresa concesionaria el pago de los costes de toda índole del personal propio que emplee para la realización de las prestaciones. n) Las medidas que se adopten por parte de la empresa concesionaria sobre el personal que efectúa el trabajo, sean consecuencia directa o indirecta de sus actuaciones, en ningún caso serán responsabilidad del Ayuntamiento de Sevilla. o) En resumen y para mayor abundamiento, la empresa concesionaria ostentará la cualidad de empresario respecto del personal que destine a la prestación del trabajo objeto de la concesión, con todos los derechos y obligaciones inherentes a esta condición, soportando todos los gastos del mismo y ejercitando en todo momento su poder de dirección, sancionador y disciplinario. Por tanto, será de exclusiva cuenta del concesionario el pago del personal que emplee para la realización de los trabajos objeto de este contrato. El concesionario queda obligado, con respecto al personal que emplee en la ejecución de los trabajos, al cumplimiento de cuantas 17 Código Seguro De Verificación LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg== Estado Fecha y hora Firmado Por Cesar Jose Gallardo Soler Firmado 15/06/2022 11:44:01 Graciano Carmona Vazquez Firmado 15/06/2022 11:21:27 Observaciones Página 17/21 Url De Verificación https://www.sevilla.org/verifirmav2/code/LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg== Expediente 3/2021 disposiciones de carácter normativo o pactado presentes y futuras en materia laboral, Seguridad Social, fiscal y seguridad e higiene en el trabajo, seguro de accidentes de trabajo, que resulten de aplicación, exonerando, en todo caso, al Ayuntamiento de Sevilla de aquellas y de las que con carácter solidario o subsidiario puedan imputársele. Dicho personal dependerá exclusivamente del concesionario, quien será responsable en exclusiva de cuantas obligaciones se deriven de cualquier medida derivada directa o indirectamente del cumplimiento, interpretación o extinción del contrato adjudicado, de la suspensión del trabajo o de cualquier otra que concurra. El concesionario responderá de los accidentes que pudieran sobrevenir a su responsabilidad al respecto, sin que en ningún caso alcance al Ayuntamiento responsabilidad directa o indirecta por tales conceptos. p) No se podrá iniciar la ejecución de los trabajos sin la previa formalización de la concesión. q) En todo momento se garantizará la máxima seguridad en las instalaciones y para las personas. r) Asumir la responsabilidad de la correcta realización de los trabajos e indemnizar por los daños y perjuicios que sean consecuencia de accidentes que se pudieran ocasionar durante su ejecución, siendo responsable único de los daños y perjuicios derivados de las acciones u omisiones del personal empleado en la ejecución de aquél. s) Poner en conocimiento a los usuarios, y toda persona que lo demande, de la utilidad de la red de recarga de vehículos eléctricos. t) Mantener en buen estado la porción del dominio público utilizado y conservar en perfecto estado de mantenimiento y limpieza las instalaciones y mobiliario que integren la red, respondiendo de inmediato de los desperfectos que se produzcan. u) Mantener la imagen y el buen funcionamiento de las instalaciones tras cualquier reparación realizada. v) Atender de forma directa e inmediata todas las reclamaciones e incidencias ejecutivas que pudieran formular los usuarios en relación con el funcionamiento, gestión y explotación de la red. w) Suministrar al ayuntamiento de Sevilla, los datos referentes a los parámetros de uso de la red, como son el estado y mantenimiento de la red, tiempos de recarga, consumos medios en cada recarga y tipología de usuario. 18 Código Seguro De Verificación LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg== Estado Fecha y hora Firmado Por Cesar Jose Gallardo Soler Firmado 15/06/2022 11:44:01 Graciano Carmona Vazquez Firmado 15/06/2022 11:21:27 Observaciones Página 18/21 Url De Verificación https://www.sevilla.org/verifirmav2/code/LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg== Expediente 3/2021 MARCO NORMATIVO Y LEGISLACIÓN TÉCNICA ESPECÍFICA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO La empresa concesionaria se sujetará al ordenamiento jurídico vigente en todo aquello que no esté recogido explícitamente en el presente pliego. Como resumen mínimo a tener en cuenta se relacionan las siguientes disposiciones: - Especificación UNE 0048 Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos. Sistema de protección de la línea general de alimentación (SPL) - UNE-EN 62196-1:2015 Bases, clavijas, conectores de vehículo y entradas de vehículo. Carga conductiva de vehículos eléctricos. Parte 1: Requisitos generales. - UNE-EN 62196-2:2017 Bases, clavijas, conectores de vehículo y entradas de vehículo. Carga conductiva de vehículos eléctricos. Parte 2: Compatibilidad dimensional y requisitos de intercambiabilidad para los accesorios de espigas y alvéolos en corriente alterna. - UNE-EN 62196-3:2014 Bases, clavijas, conectores de vehículo y entradas de vehículo. Carga conductiva de vehículos eléctricos. Parte 3: Compatibilidad dimensional y requisitos de intercambiabilidad para acopladores de vehículo de espigas y alvéolos en corriente continua y corriente alterna/continua. - UNE-EN IEC 61851-1:2020 Sistema conductivo de carga para vehículos eléctricos. Parte 1: Requisitos generales. - UNE-EN 61851-21-1:2017/AC:2017-11 Sistema conductivo de carga para vehículos eléctricos. Parte 21-1: Requisitos de CEM del cargador embarcado en el vehículo eléctrico para conexión conductiva a una alimentación en corriente alterna o continua. - UNE-EN 61851-23:2015/AC:2016-06 Sistema conductivo de carga para vehículos eléctricos. Parte 23: Estación de carga en corriente continua para vehículos eléctricos. - UNE-EN 61851-24:2015/AC:2015 Sistema conductivo de carga para vehículos eléctricos. Parte 24: Comunicación digital entre una estación de carga en corriente continua para vehículos eléctricos y un vehículo eléctrico, para el control de la carga en corriente continua. - UNE-EN 60529:2018 Grados de protección proporcionados por las envolventes (Código IP). - UNE-EN 61000 Compatibilidad electromagnética (CEM). - Real Decreto 184/2022, de 8 de marzo, por el que se regula la actividad de 19 Código Seguro De Verificación LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg== Estado Fecha y hora Firmado Por Cesar Jose Gallardo Soler Firmado 15/06/2022 11:44:01 Graciano Carmona Vazquez Firmado 15/06/2022 11:21:27 Observaciones Página 19/21 Url De Verificación https://www.sevilla.org/verifirmav2/code/LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg== Expediente 3/2021 prestación de servicios de recarga energética de vehículos eléctricos. - Real Decreto Ley 15/2018 de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores. - Real Decreto 1053/2014, de 12 de diciembre, por el que se aprueba una nueva Instrucción Técnica Complementaria (ITC) BT 52 "Instalaciones con fines especiales. Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos", del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, aprobado por Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, y se modifican otras instrucciones técnicas complementarias del mismo. - Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. - Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico (RPM). - Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (Corregido por el Real Decreto 1053/2014 y el Real Decreto 560/2010). - Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. - Directiva 2014/94/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2014, relativa a la implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos. - Directiva 2015/2366/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de noviembre de 2015 sobre servicios de pago en el mercado interior. - Reglamento 2016/679/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos). PROPUESTA TÉCNICA. Cada empresa candidata presentará una propuesta técnica que constará de los siguientes documentos: 20 Código Seguro De Verificación LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg== Estado Fecha y hora Firmado Por Cesar Jose Gallardo Soler Firmado 15/06/2022 11:44:01 Graciano Carmona Vazquez Firmado 15/06/2022 11:21:27 Observaciones Página 20/21 Url De Verificación https://www.sevilla.org/verifirmav2/code/LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg== Expediente 3/2021 1. ANEXO IV: MODELO DE PROPUESTA DE IMPLANTACIÓN. 2. Al anexo anterior se adjuntará la relación completa de ubicaciones propuestas, especificando para cada una de ellas:  Descripción de la ubicación (calle, número, Distrito, etc.).  Coordenadas UTM de la ubicación con 6 cifras decimales.  Foto identificativa de la ubicación. FASES. 1. Apertura y valoración de las propuestas presentadas. 2. Replanteo de las ubicaciones, solución de coincidencias y propuesta definitiva. 3. Formalización de la concesión. 4. Solicitud de todas las licencias y permisos necesarios, incluyendo los de la empresa distribuidora. 5. Obras e instalación. 6. Acta de conformidad. 7. Gestión y explotación de la red. 8. Baja de todos los suministros, desmontaje y reversión de los bienes. Firmado: En Sevilla, en fecha de firma digital. El Ingeniero Industrial El Jefe de Servicio de la Agencia de la Energía Graciano Carmona Vázquez César Gallardo Soler 21 Código Seguro De Verificación LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg== Estado Fecha y hora Firmado Por Cesar Jose Gallardo Soler Firmado 15/06/2022 11:44:01 Graciano Carmona Vazquez Firmado 15/06/2022 11:21:27 Observaciones Página 21/21 Url De Verificación https://www.sevilla.org/verifirmav2/code/LMvQAvzfBThpxwJawN1Xgg==