Memoria justificativa
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DEPARTAMENTO DE MOVILIDAD
MEMORIA JUSTIFICATIVA DEL CONTRATO
“CONCESIÓN DEMANIAL PARA LA INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y
EXPLOTACIÓN DE UNA INFRAESTRUCTURA DE ESTACIONES DE
RECARGA PÚBLICA PARA VEHÍCULOS ELÉCTRICOS E HÍBRIDOS
ENCHUFABLES EN ESPACIOS DE DOMINIO PÚBLICO DEL TÉRMINO
MUNICIPAL DE CÓRDOBA”
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PABLO FERNÁNDEZ-SALGUERO LOPEZ (SUBDIRECTOR GENERAL DE MOVILIDAD Y VÍA PÚBLICA) ****055** 26/03/2025 09:48:36 CET
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Índice
1. OBJETO DEL CONTRATO. NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER E
IDONEIDAD DEL CONTRATO PARA ESTE FIN............................................................3
2. JUSTIFICACIÓN DEL CONTRATO............................................................................3
3. TRATAMIENTO Y CESIÓN DE DATOS.....................................................................4
4. CÓDIGOS CPV..........................................................................................................4
5. CÓDIGOS DIR...........................................................................................................4
6. DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA SOLUCIÓN..........................................................4
7. CRITERIOS PARA OTORGAR LA CONCESIÓN.......................................................6
7.1. Criterios de valoración de carácter subjetivo.......................................................7
7.2. Criterios de valoración de carácter objetivo.........................................................8
8. PLAZO CONCESIONAL............................................................................................9
9. REQUISITOS DE LOS LICITADORES.......................................................................9
10. NORMAS GENERALES DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS...............................11
11. CANON Y TIPO DE LICITACIÓN............................................................................11
12. OTROS ASPECTOS A CONTEMPLAR..................................................................12
13. RESPONSABLE DEL CONTRATO........................................................................12
14. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN................................................................12
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1. OBJETO DEL CONTRATO. NECESIDAD QUE SE PRETENDE
SATISFACER E IDONEIDAD DEL CONTRATO PARA ESTE FIN
Este contrato tiene por objeto la creación de una red de puntos de recarga de
vehículos eléctricos e híbridos enchufables (PHEV) en la ciudad de Córdoba.
La implantación de esta Red de Puntos de Recarga de vehículos eléctricos e híbridos
enchufables (PHEV) pretende fomentar y facilitar el uso de un medio de transporte
más sostenible que respete el medio ambiente a la vez que alinearnos con la
estrategia de Movilidad del Ministerio de Transporte, Movilidad u Agenda Urbana
(MITMA).
La Agenda 2030 establece un marco para promover una movilidad sostenible que
haga frente al cambio climático y mejore la calidad de vida en las ciudades. Durante la
década 2020-2030, se han impulsado políticas como la Directiva Comunitaria de 2023,
que obliga a municipios a implementar Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) en áreas
urbanas para reducir la contaminación. Además, hacia 2030, España participará en la
estrategia para convertir 100 ciudades europeas en territorios “Net Zero” con siete
ciudades españolas, entre ellas Barcelona, Madrid y Sevilla, que liderarán esta
transformación.
Este esfuerzo por descarbonizar el transporte y promover vehículos eléctricos ha
implicado un cambio en la cadena de valor de la industria de automoción, orientándola
hacia tecnologías limpias. Iniciativas como PERTE (Proyecto Estratégico para la
Recuperación y Transformación Económica) del Vehículo Eléctrico son clave, ya que
fomentan la colaboración público-privada y fortalecen la infraestructura para el
transporte sostenible en España.
La alianza entre las Administraciones Públicas en sus distintos niveles, asociaciones y
empresas del sector es esencial para el desarrollo de la movilidad en las ciudades.
Esta cooperación permite optimizar recursos, coordinar la implementación de políticas
innovadoras y desarrollar infraestructuras clave, como las redes de cargadores
eléctricos. Gracias a este trabajo conjunto, las ciudades avanzan hacia el
cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) relacionados con
sostenibilidad urbana y acción climática.
2. JUSTIFICACIÓN DEL CONTRATO
La oferta de vehículos eléctricos es cada vez mayor, como también lo es el interés del
usuario por esta nueva movilidad eléctrica, como reflejan los últimos datos de ventas
de coches eléctricos en España. Esto hace necesario que, de igual manera, también
tengan que crecer los puntos de recarga para poder dar servicio a la creciente
demanda de los usuarios de vehículo eléctrico.
Surge la necesidad, por lo tanto, de empezar a desarrollar nuevas ordenanzas que
faciliten la simbiosis entre usuario y vehículo. Por este motivo, el Gobierno aprobó el
“Real Decreto-ley 29/2021, de 21 de diciembre, por el que se adoptan medidas
urgentes en el ámbito energético para el fomento de la movilidad eléctrica, el
autoconsumo y el despliegue de energías renovables “que impulse el despliegue y
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desarrollo de la infraestructura de recarga pública. Asimismo, estas instalaciones
deben de cumplir con lo establecido en la Instrucción Técnica Complementaria (ITC)
BT 52 – “Instalaciones con fines especiales. Infraestructura para la recarga de
vehículos eléctricos”.
Por último, cabe destacar que esta implantación se corresponde con la medida MA12
“Sostenibilidad en el transporte” del PLAN DE MOVILIDAD URBANA SOSTENIBLE
(PMUS) de Córdoba.
3. TRATAMIENTO Y CESIÓN DE DATOS
La presente licitación no supone cesión de datos personales a la empresa que resulte
adjudicataria.
4. CÓDIGOS CPV
A la presente contratación le corresponde la codificación de la nomenclatura de
Vocabulario Común de Contratos (CPV) de la Comisión Europea establecida por el
Reglamento (CE) nº 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se
aprueba el Vocabulario común de Contratos Públicos (CPV), modificado por el
Reglamento (CE) nº 213/2008 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2007 que se
indica a continuación:
31158100 CARGADORES DE BATERÍAS
34144900 VEHÍCULOS ELÉCTRICOS
48421000 PAQUETES DE SOFTWARE DE GESTIÓN DE INSTALACIONES
51110000 SERVICIOS DE INSTALACIÓN DE EQUIPO ELÉCTRICO
65320000 EXPLOTACIÓN DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS
5. CÓDIGOS DIR
Los Códigos DIR asignados son:
ÓRGANO DE GESTIÓN ECONÓMICO–FINANCIERA
OFICINA CONTABLE
(LA0016544)
ÓRGANO GESTOR LA0002631 – MOVILIDAD, ACCESIBILIDAD Y TRANSPORTES
UNIDAD TRAMITADORA LA0003715 – MOVILIDAD
C.G. – DESCRIPCIÓN PT - MOVILIDAD
6. DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA SOLUCIÓN
La solución que se propone se encuentra en el Eje 4 – Movilidad de Bajas Emisiones
de la estrategia de Movilidad del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
(MITMA) dado que entre sus objetivos se encuentra el de “contribuir a la
descarbonización a largo plazo de la economía mediante, principalmente, la progresiva
electrificación del transporte”.
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Las empresas licitadoras podrán ejecutar las adaptaciones y mejoras tecnológicas
necesarias para la prestación de la actividad, según la normativa vigente en cada
momento, así como las obras de reforma, reparación, conservación y mantenimiento
que deban realizarse en el dominio público con posterioridad a su entrega,
debidamente autorizadas por el Ayuntamiento y con sujeción a las licencias y/o
autorizaciones que resulten preceptivas.
El criterio que se ha seguido para la elección de las ubicaciones ha sido la proximidad
de centros tractores y la disposición de espacios amplios para no interferir en los
itinerarios peatonales haciéndolos accesibles.
Por tanto, constituye el objeto del contrato la concesión administrativa del dominio
público necesario para la instalación, mantenimiento, gestión y explotación de 50
cargadores para vehículos eléctricos e híbridos enchufables, que cumplirán al menos
los siguientes requisitos:
• La recarga será rápida y semi-rápida.
• Cada cargador contará con dos puntos de recarga que permitirá la carga
simultánea de dos vehículos.
• La instalación de cada punto comprenderá toda la infraestructura completa
necesaria, incluyendo las acometidas correspondientes y todos los
elementos y gestiones relativos a la legalización.
• El funcionamiento de la red será de 24 horas los 365 días del año.
Dado que se pretende crear una red de puntos de recarga bastante amplia, dicha
concesión se dividirá en tres lotes a los que podrán optar las ofertas licitadoras.
A continuación se desglosan las ubicaciones propuestas y el tipo de punto de recarga
previsto en cada lote.
Ocupación Puntos de recarga
Lote Nº Dirección Cargadores vía pública
Semi-rápida Rápida
(plazas)
Paseo de la Victoria -
1 3 6 6 0
C/Lope de Hoces
Santa María de Trassierra
2 1 2 2 0
C/ El Sotillo
3 Glorieta Media Luna 5 10 8 2
1 4 Plaza Colón 2 4 4 0
5 C/ de los Plateros 1 2 2 0
Las Quemadas - C/ Gonzalo
6 2 4 2 2
Antonio Serrano
7 Avda. Carlos III – El Cairo 2 4 2 2
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Ocupación Puntos de recarga
Lote Nº Dirección Cargadores vía pública
Semi-rápida Rápida
(plazas)
8 Avda. Manolete 1 2 2 0
C/ Tomás de Aquino –
9 3 6 6 0
Edif. Junta Andalucía
Estacionamiento público
10 3 6 2 4
junto a C3A
11 C/ Tartesos 3 6 4 2
2
Avda. Barcelona - Avda.
12 2 4 4 0
Libia
Villarrubia – Plaza Dr.
13 1 2 2 0
Gregorio Gracia
14 C/ Fontanar de Cabano 2 4 2 2
Avda. del Aeropuerto -
15 2 4 4 0
Vistalegre
16 C/ María La Judía 1 2 2 0
Plaza de Toros-Camino
17 3 6 6 0
Viejo de Almodovar
18 C/ Ntra. Sra. de Belén 2 4 2 2
19 C/ Cantábrico 3 6 4 2
Parque de la Asomadilla -
3 20 1 2 2 0
C/ Escultor Ramón Barba
La Torrecilla - C/ Ing. Juan
21 2 4 2 2
de la Cierva
22 C/ Caballerizas reales 1 2 2 0
23 Avda. Ollerías 1 2 2 0
24 Avda. América - RTVA 3 6 6 0
7. CRITERIOS PARA OTORGAR LA CONCESIÓN
El proceso de evaluación de las ofertas tiene como objetivo principal el seleccionar la
propuesta que, en su conjunto, presente el proyecto más ventajoso para la ciudad de
Córdoba, según lo recogido en la Ley 9/2017 de 8 de noviembre. La puntuación
máxima de las ofertas presentadas será de 100 PUNTOS, conforme al siguiente
detalle:
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7.1. Criterios de valoración de carácter subjetivo
Se valorará con hasta un máximo de TREINTA Y CINCO (35) PUNTOS, conforme al
siguiente detalle:
A. Proyecto de instalación: se presentará la metodología y medios a emplear en la
gestión de la actividad (hasta un máximo d e 15 puntos ), con la siguiente
distribución:
Planificación (cronograma) de la instalación, soluciones técnicas, funcionalidad
de los elementos ofertados, características constructivas, calidad de los
materiales y diseño (hasta 5 puntos).
Prestación demostrable del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo
previsto para los elementos del sistema (hasta 4 puntos).
Asistencia urgente para la resolución de incidencias (hasta 4 puntos).
Adecuación de las instalaciones propuestas para realizar la actividad de
recarga, respecto a su eficiencia energética y respeto al medio ambiente,
justificado mediante los Certificados correspondientes (hasta 2 puntos).
B. Plan de calidad de la plataforma telemática prevista para la actividad de
recarga, (hasta un máximo de 10 puntos), con la siguiente distribución:
Sistemas de comunicación e informáticos, inclusión de tecnologías Smart
previstos para gestionar el sistema. Posibilidad de reserva de la recarga. (hasta
5 puntos).
Utilidad de la aplicación móvil. Facilidad de uso, rapidez y diseño.
Compatibilidad de la aplicación móvil con Android e iOS (hasta 5 puntos).
C. Medios de pago propuestos que den acceso a la actividad de recarga (hasta un
máximo de 10 puntos), con la siguiente distribución:
Facilidad, utilidad y rapidez de los medios de pago propuestos, con posibilidad
de adaptación a las nuevas tecnologías en continuo desarrollo (hasta 3
puntos).
Se permitirá el pago directo a través de tarjeta de crédito/débito (hasta 4
puntos)
Fiabilidad y seguridad de los medios de pago propuestos (hasta 3 puntos).
Las empresas licitadoras deberán presentar una Memoria Técnica que describa el
contenido de los tres apartados anteriores, en formato UNE-A4 con tipo de letra Arial
11 puntos, interlineado 1,15 líneas, espaciado anterior y posterior 0 puntos, margen
izquierdo 2,5 cm, margen derecho 2 cm y alineación justificada, que tendrá un máximo
de 40 páginas (sin incluir portada ni índice).
La valoración de este apartado requerirá un umbral mínimo de puntuación del 50 por
100 sobre su máximo señalado. De no alcanzar dicho umbral no se procederá a la
apertura, en ese caso, del sobre de valoración de criterios objetivos.
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7.2. Criterios de valoración de carácter objetivo
Se valorará con hasta un máximo de SESENTA Y CINCO (65) PUNTOS, conforme al
siguiente detalle:
A. Mejoras: se valorará la mejora consistente en la instalación de cargadores rápidos
(dos puntos de recarga), en lugar de cargadores semirrápidos (dos puntos de
recarga) en las ubicaciones establecidas (hasta un máximo de 25 puntos).
Se otorgarán 5 puntos por cada instalación de cargador rápido (2 puntos de
recarga) que sustituya a uno semirrápido (2 puntos de recarga).
B. Porcentaje de canon sobre los importes abonados por los usuarios. Se
valorará el porcentaje de canon a aplicar sobres los importes abonados (impuestos
incluidos) a la concesionaria por las personas usuarias por los servicios prestados
en los puntos de recarga afectos a esta concesión (hasta un máximo de 40
puntos).
Se rechazarán automáticamente si el porcentaje ofertado no alcanza el tipo
mínimo de licitación fijado en el 3%.
Las ofertas se valorarán según las siguientes fórmulas:
Siendo,
P = puntos obtenidos por la oferta i.
i
% = porcentaje ofertado para la oferta i.
i
% = porcentaje máximo ofertado de todos los licitantes.
max
a) Si el porcentaje ofertado (%) es mayor del 5%:
i
P=20+
(%
i
x20)
i %
max
b) Si el porcentaje ofertado (%) es menor a 5%, y el porcentaje ofertado máximo
i
(% ) es mayor a 5%:
max
P=
(%
i
x40)
i %
max
c) Si el porcentaje ofertado (%) es menor a 5%, y el porcentaje ofertado máximo
i
(% ) también es menor a 5%:
max
P=
(%
i
x20)
i %
max
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8. PLAZO CONCESIONAL
El plazo de vigencia de la concesión es de QUINCE (15) años. Dicho plazo se contará
transcurridos seis meses desde la firma del contrato, comprendiéndose en dicho plazo
el necesario para la ejecución de las obras e instalaciones de los elementos objeto de
concesión (6 meses).
Cuando el concesionario, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en
demora respecto al plazo de instalación de seis meses, el Ayuntamiento podrá optar
por la resolución de la concesión por incumplimiento de una condición esencial o por la
imposición de penalidades que se establecen en el presente pliego.
En el caso de optar por la imposición de penalidades, el incumplimiento del plazo de
instalación de los cargadores será penalizado con el incremento en el uno por ciento
sobre el canon ofertado por cada mes completo de retraso en la puesta en marcha de
la totalidad de cargadores previstos en el lote adjudicado.
Finalizada la concesión, todos los espacios objeto se revertirán en perfecto estado al
Ayuntamiento de Córdoba, quien determinará en su caso el desmantelamiento de las
mismas a costa del concesionario si así se estimara por razones de interés público,
obsolescencia de las instalaciones o razones de conveniencia y oportunidad relativas
a la definición de nuevas estrategias en torno al objeto de la concesión.
9. REQUISITOS DE LOS LICITADORES
De conformidad con el artículo 65 de la LCSP podrán concurrir a esta licitación las
personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad
de obrar, no estén incursas en alguna prohibición de contratar de las indicadas en el
art. 71 de la LCSP, y acrediten su solvencia económica y financiera. A tal fin deberán
identificarse electrónicamente, en todo caso, mediante su registro en la Plataforma de
Contratación del Sector Público.
Los concurrentes podrán actuar ante esta Administración por sí o representadas por
persona autorizada, mediante poder bastante. Cuando en representación de una
sociedad concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que
está facultado para ello. Tanto en uno como en otro caso, al representante le afectan
las prohibiciones e incompatibilidades para contratar del artículo antes citado.
9.1. Solvencia económica y financiera
La solvencia económica y financiera se acreditará, de conformidad con lo establecido
en el artículo 87 de la LCSP:
Mediante el volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres
últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de constitución o de inicio de las
actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de
dicho volumen de negocios.
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Se considerará que la empresa tiene solvencia económica y financiera, en función de
la documentación exigida, si de la documentación aportada referida al volumen anual
de negocios resulta que, el volumen anual de negocios de la persona o entidad
licitadora, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos, es al
menos de 500.000 €, atendiendo al coste estimado de los puntos de carga previstos
en cada lote.
El presente criterio se aplicará en relación a cada uno de los lotes, por lo que si se
licita a más de un lote, la solvencia económica y financiera que habrá que acreditar
será la correspondiente a la suma de la cifra indicada para cada uno de los que se
oferte.
Cuando por una razón válida, la entidad licitadora no esté en condiciones de acreditar
su solvencia económica y financiera en la forma señalada, se le autorizará a
acreditarla por medio de cualquier otro documento que el órgano de contratación
considere apropiado.
9.2. Solvencia Técnica o profesional.
La solvencia técnica o profesional se acreditará, de conformidad con lo establecido en
el artículo 90 de la LCSP, por una relación de los principales servicios o trabajos
realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato
en el curso de, como máximo los tres últimos años, incluido el de la licitación, en la
que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos.
Se considerará que la empresa tiene solvencia técnica o profesional, en función de la
documentación exigida en el apartado anterior, si cumple con el siguiente criterio:
Que la empresa haya ejecutado, dentro de los últimos tres años, incluido el de la
licitación, como mínimo, servicios o trabajos de igual o similar naturaleza que los que
constituyen el objeto del contrato cuyo importe acumulado sea al menos de 500.000 €.
El presente criterio se aplicará en relación a cada uno de los lotes, por lo que si se
licita a más de un lote, la solvencia técnica o profesional que habrá que acreditar será
la correspondiente a la suma de la cifra indicada para cada uno de los que se oferte.
Cuando le sea requerido al licitador, los servicios o trabajos efectuados se acreditarán
mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el
destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto
privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado,
mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en
poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos
certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la
autoridad competente.
Se consideran para ello servicios de igual o similar naturaleza, los que pertenezcan al
mismo subgrupo de clasificación. Si el objeto del contrato no está encuadrado en
alguno de los subgrupos de clasificación relacionados en el Anexo II del RGLCAP, se
considerará que existe correspondencia entre los servicios cuando coincidan los tres
primeros dígitos de los respectivos códigos CPV.
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FIRMANTE NIF/CIF FECHA Y HORA
PABLO FERNÁNDEZ-SALGUERO LOPEZ (SUBDIRECTOR GENERAL DE MOVILIDAD Y VÍA PÚBLICA) ****055** 26/03/2025 09:48:36 CET
BERNARDO JORDANO DE LA TORRE (TENIENTE DE ALCALDE) ****373** 26/03/2025 13:48:37 CET
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DEPARTAMENTO DE MOVILIDAD
10.NORMAS GENERALES DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS
La concesión está dividida en tres lotes. Al amparo del artículo 99.4. b) LCSP y con el
objetivo de preservar la competencia, favorecer el reparto del mercado y, en definitiva,
la participación efectiva de las PYMES en el mercado de la contratación pública, se
limita a dos el número de lotes que pueden adjudicarse a cada licitador, salvo que
aplicando dicha restricción el lote quedara desierto.
En caso de que el no haya más de un licitador podrá resultar adjudicatario de los tres
lotes si ha optado a ellos. Por su parte, y con el mismo fundamento de garantizar un
efectivo reparto del mercado y una mayor participación de las PYMES en la
contratación pública, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo tercero del artículo
99.4 de la LCSP, cuando el licitador sea una UTE, en la aplicación de la limitación del
número de lotes que se pueden adjudicar a un mismo licitador, serán considerados
licitadores las personas o entidades que componen la UTE.
La adjudicación se llevará a cabo según orden de preferencia indicada por el licitador,
en el número máximo de lotes establecido (dos). El licitador propuesto para la
adjudicación en el número máximo de lotes, no podrá proponerse como adjudicatario
de ninguno más, ni a título individual ni como parte de una UTE, salvo que sea el único
posible adjudicatario.
11.CANON Y TIPO DE LICITACIÓN
Por la utilización privativa del dominio público se establece la obligación de abonar un
canon anual en proporción con los importes abonados (impuestos incluidos) a la
concesionaria por las personas usuarias y servicios prestados en los puntos de
recarga afectos a esta concesión.
Este importe abonado se calculará, para cada punto de recarga, según el consumo
diario y horario, aplicándole la tarifa final horaria fijada por el concesionario (impuestos
incluidos). Sobre dicho importe, se aplicará el porcentaje ofertado por el licitador, de
acuerdo al punto de Criterios de Evaluación de este Pliego. Como porcentaje de canon
mínimo a ofertar, que reviste el carácter de tipo mínimo de licitación pudiendo ser
mejorado al alza, se fija un porcentaje del 3%, rechazándose automáticamente las
ofertas que no alcancen el mencionado tipo mínimo.
La empresa concesionaria, antes del 31 de enero de cada año, presentara anualmente
al servicio gestor la cuenta de resultados obtenidos de la actividad de la totalidad de
los puntos de recarga adjudicados en el ejercicio económico inmediatamente anterior,
desglosados por cada punto de recarga, así como el resultado del cálculo del canon.
La información que el concesionario presente ante este Ayuntamiento podrá ser
auditada y supervisada para comprobar su veracidad. Dicha información se deberá
presentar por registro electrónico del Ayuntamiento de Córdoba dirigido a la Unidad
responsable del contrato.
El Concesionario facilitará al responsable del contrato del Ayuntamiento de Córdoba
un acceso web para la consulta de los usos y consumos de los cargadores recogidos
por la plataforma telemática destinada por el concesionario a tal fin.
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FIRMANTE NIF/CIF FECHA Y HORA
PABLO FERNÁNDEZ-SALGUERO LOPEZ (SUBDIRECTOR GENERAL DE MOVILIDAD Y VÍA PÚBLICA) ****055** 26/03/2025 09:48:36 CET
BERNARDO JORDANO DE LA TORRE (TENIENTE DE ALCALDE) ****373** 26/03/2025 13:48:37 CET
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Una vez recibida y revisada por parte del servicio gestor la información anterior y
habiéndo sido revisado el cálculo del canon, se remitirá a la unidad correspondiente
para remitir al concesionario la liquidación a abonar en concepto de canon en función
del porcentaje ofertado.
12.OTROS ASPECTOS A CONTEMPLAR
Las estaciones de recarga no tienen la consideración de soporte publicitario, por lo
que en consecuencia queda prohibida toda actividad publicitaria que pueda utilizar las
estaciones como soporte de la misma.
No se considera publicidad la identificación del concesionario en las estaciones de
recarga.
13. RESPONSABLE DEL CONTRATO
La persona responsable del contrato será Pablo Fdez-Salguero López,
Subdirector General de Movilidad y Vía Pública.
14.PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
La forma de adjudicación del presente contrato se llevará a cabo mediante
PROCEDIMIENTO ABIERTO, con arreglo al artículo 156 de la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de Contratos del Sector Público, a los arts. 58.2 y 64.2.3 del Real Decreto
1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las
Entidades Locales.
Tramitación Ordinaria
Córdoba, fechado y firmado electrónicamente
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE MOVILIDAD Y VÍA PÚBLICA
D. Pablo Fernández-Salguero López
EL CONCEJAL DELEGADO DE MOVILIDAD, INCLUSIÓN Y ACCESIBILIDAD
Bernardo Jordano de la Torre
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PABLO FERNÁNDEZ-SALGUERO LOPEZ (SUBDIRECTOR GENERAL DE MOVILIDAD Y VÍA PÚBLICA) ****055** 26/03/2025 09:48:36 CET
BERNARDO JORDANO DE LA TORRE (TENIENTE DE ALCALDE) ****373** 26/03/2025 13:48:37 CET
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DOCUMENTO ELECTRÓNICO
CÓDIGO DE VERIFICACIÓN DEL DOCUMENTO ELECTRÓNICO
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Dirección de verificación del documento: https://sede.cordoba.es
Hash del documento: 68edbcc711628a7ee62349d92619796274b5afcb56a912635dbcf8d2e9f85d20bd89dbe3d4ae85239c4e6
f8f9b4bcb6b47121f0f3e63359e85d7991b79607521
METADATOS ENI DEL DOCUMENTO:
Version NTI: http://administracionelectronica.gob.es/ENI/XSD/v1.0/documento-e
Identificador: ES_LA0003715_2025_000000000000000000000024083036
Órgano: L01140214
Fecha de captura: 26/03/2025 09:13:50
Origen: Administración
Estado elaboración: Original
Formato: PDF
Tipo Documental: Otros
Tipo Firma: XAdES internally detached signature
Valor CSV: 62c67c477be8a52efe95318a1056cecde0e6e537
Regulación CSV: Decreto 3628/2017 de 20-12-2017
Código EAN-128 para validación en sede
Código QR para validación en sede
Ordenanza reguladora del uso de medios electrónicos en el ámbito de la Diputación Provincial de Málaga:
https://sede.malaga.es/normativa/ordenanza_reguladora_uso_medios_electronicos.pdf
Política de firma electrónica y de certificados de la Diputación Provincial de Málaga y del marco preferencial para el sector
público provincial (texto consolidado):
https://sede.malaga.es/normativa/politica_de_firma_1.0.pdf
Procedimiento de creación y utilización del sello electrónico de órgano de la Hacienda Electrónica Provincial:
https://sede.malaga.es/normativa/procedimiento_creacion_utilizacion_sello_electronico.pdf
Acuerdo de adhesión de la Excma. Diputación Provincial de Málaga al convenio de colaboración entre la Administración General del
Estado (MINHAP) y la Comunidad Autónoma de Andalucía para la prestación mutua de soluciones básicas de Administración Electrónica
de fecha 11 de mayo de 2016:
https://sede.malaga.es/normativa/ae_convenio_j_andalucia_MINHAP_soluciones_basicas.pdf
Aplicación del sistema de Código Seguro de Verificación (CSV) en el ámbito de la Diputación Provincial de Málaga:
https://sede.malaga.es/normativa/decreto_CSV.pdf
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