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EXPTE
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONCESIÓN
DEMANIAL PARA LA INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y EXPLOTACIÓN
DE LAS INFRAESTRUCTURAS DE UNA RED DE PUNTOS DE RECARGA
PÚBLICA EN BIENES DE DOMINIO PÚBLICO EN HARO.
1.- ANTECEDENTES
El Ayuntamiento de Haro, en su compromiso de cumplir los objetivos para la
reducción de emisiones de gases de efecto invernadero tiene la misión de fomentar la
movilidad eléctrica en el municipio como instrumento esencial de sostenibilidad ambiental.
Es por ello que se pretende impulsar la creación de infraestructuras de recarga pública
para vehículos eléctricos en 20 plazas de aparcamiento ubicadas en la vía pública.
Existe en la actualidad un punto de recarga con 1 cargador, ubicado en la calle
Grecia, el cual deberá gestionarse, como se detalla más adelante, por el adjudicatario que
resulte de la presente concesión.
El Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la
transición energética y la protección de los consumidores. incluye en su capítulo dedicado
a la movilidad sostenible la liberalización de la figura del gestor de cargas, con objeto de
simplificar y hacer más accesible la recarga y fomentar el despliegue de puntos de
recarga.
Con esta concesión demanial se pretende por tanto fomentar la instalación de
estaciones de recarga rápida en espacios públicos con el objeto de mejorar la cobertura
para la recarga de vehículos eléctricos en el ámbito territorial del municipio.
2.- OBJETO
El objeto del presente pliego para la CONCESIÓN DEMANIAL para la implantación
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de una RED DE PUNTOS DE RECARGA PÚBLICA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS,
fijando las características técnicas que han de regir en el SUMINISTRO, INSTALACIÓN,
PUESTA EN FUNCIONAMIENTO, GESTIÓN, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO de
dicha red, para la concesión de ocupación de dominio público en régimen de pública
concurrencia.
El objetivo del despliegue de una infraestructura de cargadores eléctricos es el de
ofrecer a la ciudadanía la posibilidad de realizar la recarga de sus vehículos eléctricos en
2 0 plazas públicas de aparcamiento sitas en los espacios urbanos señalados al efecto y
que se incluyen como ANEXO I
Además, la adjudicataria deberá realizar la gestión, mantenimiento y explotación
del punto de recarga exis tente ubicado en la calle Grecia ( 1 cargador tipo 2, BT-26-
S000627, >10 kW – 51 a 100 kW).
3.- PLAZO DE CONCESIÓN
La concesión demanial a otorgar tendrá una duración de veinte (20) años, desde su
formalización en documento administrativo, con posibilidad de dos prórrogas, por 5 años
cada una. Al término de la concesión, la concesionaria deberá devolver los espacios y
elementos cedidos al Ayuntamiento, debiendo el concesionario entregarlos en buen
estado de conservación y funcionamiento, cesando en el uso privativo del dominio
público.
4.- INFRAESTRUCTURAS DE RECARGA
La ocupación de vía pública concedida en los términos señalados en el pliego de
cláusulas administrativas particulares, tendrá carácter privativo y excluyente en cuanto al
dominio público objeto de concesión, debiéndose ejercer la actividad objeto de la
concesión de acuerdo con las normas que rigen este tipo de negocio y percibiendo, como
único beneficio, las contraprestaciones correspondientes a este servicio como ingresos
por tarifas en los puntos de recarga en concepto de pago por la energía eléctrica
suministrada y consumida en cada acción de recarga por cada vehículo eléctrico, y con
las obligaciones y condiciones que se detallan en el presente apartado.
Así, los adjudicatarios, deberán ofertar la implantación integral de dicha red,
incluyendo, al menos, los siguientes trabajos y condiciones técnicas de ejecución, puesta
en servicio y mantenimiento:
a) Redacción de Proyectos de Ejecución para la instalación de todas las
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infraestructuras de recarga en las ubicaciones definidas, incluyendo Direcciones
Facultativas, Certificados de Instalaciones Eléctricas y Coordinaciones de Seguridad y
Salud en todas las fases del proyecto.
Los proyectos deberán ser redactados por técnico competente y deberán estar
diligenciados, visados y tramitados ante los organismos competentes y la empresa
distribuidora de energía eléctrica de la zona para la consecución de las tramitaciones,
autorizaciones de ejecución, verificaciones previas y puestas en servicio de las estaciones
de recarga previstas, con levantamiento del preceptivo Acta de Replanteo e Inicio de
Obras.
Dichos trabajos serán supervisados y aprobados por la Dirección Facultativa previo a su
validación.
b) Suministro, instalación y montaje de las estaciones de recarga y equipos
que cumplan las características técnicas que se fijan en el presente pliego. Estarán
incluidos, entre otros, suministro de equipos y materiales, montaje y conexión, ensayos y
puesta en servicio de los equipos completos de puntos de recarga con sistema de
alimentación específico del vehículo eléctrico (SAVE), con su sistema integrado de
control, el cuadro eléctrico de mando y protección (CMP), los dispositivos generales de
mando y protección reglamentados y equipos de medida adicionales para el control y
facturación de la recarga, cumplirán con la ITC-BT 52 e ITC-BT 24, del Reglamento
Electrotécnico de Baja Tensión.
Dichos trabajos serán supervisados y aprobados por la Dirección Facultativa previo a su
validación.
c) Obra civil, incluyendo costes de ingeniería y todos los materiales y mano de obra
para la ejecución de las canalizaciones y arquetas eléctricas necesarias, la rotura y
reposición del pavimento, bordillos, los basamentos de hormigón con sus pernos
correspondientes para instalar el Cuadro de Protección y Medida (CPM), el Cuadro de
mando y protección, red de puesta a tierra y la propia estación de recarga. En la
instalación del Cuadro de Protección y Medida (CPM) y el Cuadro General de Mando y
Protección (CGMP), se les dotará de condiciones estéticas y de imagen adecuadas al
entorno, pudiéndose albergar en hornacinas con puertas adicionales que se integren.
Dichos trabajos serán supervisados y aprobados por la Dirección Facultativa previo a su
validación.
Se cumplirá con la normativa vigente de aplicación, prestando especial atención a lo
dispuesto en la ITC-BT-07, ITC-BT-21 e ITC-BT-52. Se evitarán en todo lo posible los
cambios de dirección. Las canalizaciones serán entubadas y discurrirán por terrenos de
dominio público preferiblemente en acera, paralelas a fachada y bordillos, en trazado lo
más rectilíneo posible. Se colocarán dos tubos de sección mínima 160 mm más otro de
reserva de sección mínima 110 mm. La profundidad mínima hasta la parte superior del
tubo no será inferior a 0,60 m. Se colocarán arquetas registrables en cambios de
dirección, cruces u otros condicionantes y como máximo cada 40 m. Se colocará una
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cinta de señalización que advierta de la existencia del cable eléctrico de baja tensión.
Para paralelismos y cruzamientos con otros servicios se estar a la normativa específica en
cada caso, los cables de baja tensión podrán instalarse paralelamente a otros de baja o
alta tensión, manteniendo entre ellos una distancia mínima de 0,10 m con los cables de
baja tensión y 0,25 m con los cables de alta tensión. En el punto más lejano de la
instalación se colocará una arqueta registrable hasta la que llegará como mínimo el tubo
de reserva para posibles ampliaciones. Se colocarán tapas a los tubos vacíos en sus
extremos. A la entrada en las arquetas, los tubos deberán quedar debidamente sellados
en sus extremos para evitar la entrada de roedores y de agua.
d) Obra eléctrica. En los puntos de recarga estará incluido el tendido, montaje,
conexionado y materiales del Cuadro de Protección y Medida trifásico (CPM) (modelo
normativo por la compañía distribuidora), la derivación individual (DI), el Cuadro eléctrico
de Mando y Protección (CMP) con los Dispositivos Generales de Mando y Protección
(DGMP) regulados en la ITC-BT 52 y la ITC-BT 24 del Reglamento Electrotécnico para
Baja Tensión, los circuitos de unión con el sistema de control de las estaciones de
recarga. La iluminación horizontal en la zona prevista de las recargas y la instalación de la
puesta a tierra de protección. Se presupone que el alcance de toda la obra eléctrica se
realizará en Baja Tensión. Dichos trabajos serán supervisados y aprobados por la
Dirección Facultativa previo a su validación.
La instalación de puesta a tierra se realizará de forma tal que la máxima resistencia de
puesta a tierra a lo largo de la vida de la instalación y en cualquier época del año, no se
puedan producir tensiones de contacto mayores de 24 V, en las partes metálicas
accesibles de la instalación (estaciones de recarga, cuadros metálicos, etc.). Cada poste
de recarga dispondrá de un borne de puesta a tierra, conectado al circuito general de
puesta a tierra de la instalación.
Los conductores de la red de tierra que unen los electrodos podrán ser:
- Desnudos, de cobre, de 35 mm2 de sección mínima, si forman parte de la propia red de
tierra, en cuyo caso irán por fuera de las canalizaciones de los cables de alimentación. -
Aislados, mediante cables de tensión asignada 450/750V, con recubrimiento de color
verde-amarillo, con conductores de cobre, de sección mínima 16 mm2. El conductor de
protección que une de cada punto de recarga con el electrodo o con la red de tierra, será
de cable unipolar aislado, de tensión asignada 450/750 V, con recubrimiento de color
verde-amarillo, y sección mínima de 16 mm2 de cobre. Todas las conexiones de los
circuitos de tierra se realizarán mediante terminales, grapas, soldadura o elementos
apropiados que garanticen un buen contacto permanente y protegido contra la corrosión.
e) Acondicionamiento de espacios y entornos necesarios para la recarga
y el uso efectivo de las estaciones, incluyendo la señalización vertical y horizontal de las
plazas de aparcamiento por cada estación de recarga, según el modelo acordado y
aprobados por la Dirección Facultativa previo a su validación, de forma que queden
reservadas para el estacionamiento y recarga de coches eléctricos.
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f) Puesta en funcionamiento de las instalaciones, incluyendo su legalización,
verificaciones, inspecciones iniciales y autorización de funcionamiento de las
instalaciones, así como la tramitación de la solicitud del suministro en la compañía
suministradora y pago, en su caso, de todos los derechos de enganche, con la
contratación del cuadro general eléctrico con la composición eléctrica conforme a las
disposiciones vigentes.
Una vez ejecutadas las instalaciones de los puntos de recarga, se realizarán las
preceptivas inspecciones iniciales por un organismo de control autorizado (OCA), que
emitirá el correspondiente informe para adjuntar al resto de documentación final de obra
necesaria para obtener la autorización de puesta en servicio por parte de la autoridad
autonómica competente, incluída la del punto de recarga existente en c/ Grecia.
g) Plan de Pruebas y Control de Calidad previo a la puesta en funcionamiento
de las instalaciones, con realización de pruebas y mediciones necesarias para su puesta
en marcha, siendo por cuenta del adjudicatario la corrección de las deficiencias
observadas en las pruebas y ensayos. Este plan de pruebas incluirá comprobación del
correcto funcionamiento de los puntos de recarga, así como de todas las diferentes
funcionalidades de los mismos, verificación de la comunicación remota de cada punto de
recarga con el software específico del fabricante.
h) Gestión, mantenimiento y explotación de la red de puntos de recarga pública
de vehículos eléctricos, durante todo el periodo de la concesión, con garantía de calidad
en el servicio, e incluyendo la implementación del sistema de gestión inteligente y control
ofrecido a los usuarios, mediante plataforma y aplicaciones móviles, el sistema de pago
integrado en la estación de recarga y el sistema de gestión, control y seguridad.
El adjudicatario deberá proveer a cada uno de los puntos de recarga, de todos los medios
materiales y técnicos necesarios que permitan llevar a cabo todas las funciones de
monitorización y gestión remota, contando con una APP que permita localizar y reservar
cualquier equipo de recarga pública interoperado, conocer el estado de los Puntos de
Recarga en tiempo real, recibir notificaciones, recargar vía tarjeta de crédito el monedero
virtual y pagar las recargas de los servicios de forma digital a través de dispositivos
móviles (teléfono, tablet, etc.).
Se propondrá un sistema de penalización a los vehículos que permanezcan estacionados
en las estaciones de carga más tiempo del necesario para realizar la correcta recarga del
vehículo. Dicho sistema será comprobado y validado por la Dirección Facultativa.
El uso de la reserva de estacionamiento en las plazas de carga estará limitado a
vehículos eléctricos puros en proceso de carga, con una limitación de 60 minutos en
carga rápida y de 2.5 horas en carga semirrápida.
Deberá llevarse a cabo un mantenimiento técnico preventivo, correctivo y reglamentario,
con el fin de mantener los puntos de recarga operativos y en perfecto estado de
conservación y funcionamiento de forma continua, debiendo reponer los elementos que
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fallen por cualquier causa para mantener el servicio sin riesgos, y debiendo asumir el
coste de las actualizaciones y mejoras técnicas necesarias que se pudieran precisar como
consecuencia de la aparición de nueva normativa de seguridad industrial o el
incumplimiento de las instalaciones actuales existentes en relación al uso o actividad que
se plantea.
Igualmente, el adjudicatario deberá realizar a su costa, y con mantenedores autorizados,
las revisiones obligatorias marcadas por la normativa vigente y las inspecciones
periódicas obligatorias a ejecutar por los organismos de control autorizados (OCAs),
estando obligado a conservar durante la duración de la concesión, toda la documentación
justificativa de las operaciones de mantenimiento, reposiciones y revisiones realizadas,
garantizando la no obsolescencia de los equipos.
i) Personalización y/o mimetización de las estaciones de recarga con el diseño y
logos aprobados por el Excmo. Ayuntamiento de Haro, procedimientos de operación y
funcionamiento del sistema, teléfonos de avisos de incidencias, página web, ...
j) Aportación del “Certificado de Garantía de Origen” . La empresa
adjudicataria, tendrá la obligación de garantizar que, el 100 % de la energía a suministrar
en cada uno de los puntos de recarga, se haya generado a partir de fuentes de energía
renovable.
En este sentido, la entidad adjudicataria del contrato tiene la obligación de redimir
garantías de origen de generación a partir de fuentes de energía renovables hacia la
Entidad Local contratante para el 100% del consumo de todos los puntos de recarga.
Las acreditaciones de garantías de origen podrán ser expedidas por el Sistema de
garantía de origen en España o por el órgano expedidor designado por otro Estado
miembro de la Unión Europea siempre que sean expedidas de acuerdo con los requisitos
exigidos por las Directivas 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de
octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, por la que se modifican las Directivas
2009/125/CE y 2010/30/UE, y por la que se derogan las Directivas 2004/8/CE,
2006/32/CE, y 2009/28/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009,
relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables y por la que se
modifican y se derogan las Directivas 2001/77/CE y 2003/30/CE.
k) Se deberán tramitar las autorizaciones de ocupación de dominio público para
cada emplazamiento, para las cuales se tendrá en cuenta:
- Con respecto a la obra civil: El trazado de las canalizaciones y arquetas, así como los
basamentos de los equipos tendrán en cuenta los servicios subterráneos previamente
existentes, tanto propios como de terceros. La obra civil finalizará en un registro hasta el
cual deberá llegar un tubo vacío de 160 mm de diámetro para fuerza y otro de 110 mm de
diámetro para comunicaciones, en previsión de futuras ampliaciones.
- Con respecto a la colocación de los diferentes elementos en superficie (equipos de
recarga, cuadros de protección, regulación, medida…): No se permitirá la colocación de
D.E: 2025/32676. Arch.: 2025/178 - 2 3 1 07
CSV: 20250326762807202512362626644 (www.haro.org)
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ningún elemento en superficie en el itinerario peatonal accesible.
Se deberá guardar una distancia mínima de 1 metro entre estos elementos y cualquiera
previamente instalado en el dominio público como kioscos, parquímetros, buzones de
correos, MUPIS y similares, así como al mobiliario urbano, los alcorques y las terrazas de
veladores.
En todo caso, los Servicios Técnicos del Excmo. Ayuntamiento de Haro podrán ejercer
labores de control y supervisión de las obras, pudiendo inspeccionarlas en cualquier
momento y adoptar cuantas decisiones consideren oportunas con el fin de garantizar su
correcta ejecución, teniendo acceso a toda la documentación complementaria de
características técnicas de los equipos, hoja del fabricante con especificaciones técnicas,
instrucciones y manuales técnicos de instalación y funcionamiento, certificaciones de
calidad y homologación de los equipos, licencias, informes de certificados de materiales,
garantías del fabricante, etc.
5. OTRAS OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO
El concesionario deberá soportar a su costa, los trámites y pagos que pudieran ser
necesarios para la puesta en marcha de la actividad, solicitando y obteniendo
previamente cuantas autorizaciones, licencias, declaraciones responsables o
comunicaciones fuese necesario realizar, dado que el otorgamiento de la concesión no
conlleva más autorización que la de ocupar el dominio público, y deberá iniciar la
explotación de la concesión inmediatamente tras la obtención de las correspondientes
licencias o autorizaciones.
Será obligación del adjudicatario la señalización, balizamiento e iluminación de la
obra durante su ejecución, debiendo realizar los trabajos necesarios para dejar libres las
vías públicas y permitir el tránsito de peatones y vehículos durante la ejecución de las
obras, así como asumir la gestión de la totalidad de los residuos generados en la misma,
no pudiendo realizar ninguna obra o instalación distintas a las previstas en los pliegos de
prescripciones técnicas sin la expresa autorización municipal.
Deberá mantener la explotación sin interrupciones no justificables, en los términos
señalados en este pliego, respetando en todo momento el objeto y finalidad de la
concesión, así como los límites del dominio público a utilizar, sin que en ningún caso
pueda destinar los espacios concedidos a otra actividad o servicio no autorizado, e
informar al Excmo. Ayuntamiento de Haro de las incidencias surgidas y que puedan
afectar al normal desarrollo de la explotación, debiéndose designar un interlocutor con el
Ayuntamiento inmediatamente después de la formalización de la concesión.
El adjudicatario deberá asumir la responsabilidad derivada de la ocupación de vía
pública e indemnizar a terceros por los daños que les ocasionare el funcionamiento de la
D.E: 2025/32676. Arch.: 2025/178 - 2 3 1 07
CSV: 20250326762807202512362626644 (www.haro.org)
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actividad. A tal fin, el concesionario deberá contratar los seguros correspondientes.
6. CONDICIONES TÉCNICAS DE LAS TOMAS DE RECARGA
Los equipos de recarga que integren la red deberán ser equipos compactos
preparados para una ubicación exterior y resistentes a las inclemencias meteorológicas y
tener, al menos, las siguientes prestaciones y características generales:
Especificaciones técnicas de las tomas de recarga (semirrápida 1 toma
lógica)
• Una toma, con conexión Mennekes (Modo 3 Tipo 2) en corriente alterna (AC)
• Una toma en modo 3, Tipo 2 hasta 32A monofásico (> 7,4 kW por toma)
• Toma Modo 3 con posibilidad de manguera integrada
• Conexión Modo 3 con Hilo Piloto de comunicaciones con el Vehículo eléctrico
• Enclavamiento de conector durante la carga (Modo 3)
• Indicación de estado por señalización LED y display informativo a color
• Autorización de carga y pago mediante tarjeta RFID o a través de APP
• Montaje vertical con anclaje a suelo
• Disponibilidad opcional de limitación de potencia (Power Sharing)
• Pantalla táctil antivandálica de 8” para indicación de estado, instrucciones de uso y
visualización gráfica para cada recarga
• Protección diferencial de 30 mA de sensibilidad y magnetotérmica de 40A para
Mennekes
• Medida de la energía suministrada al vehículo en cada recarga realizada con
contador MID
• Grados de protección IP54 – IK10
• Temperatura de operación entre -10 ºC y 50 ºC
• Protecciones eléctricas de seguridad
Especificaciones técnicas de las tomas de recarga (rápida 1 toma
lógica)
• Sistemas de carga rápida de batería tipo SAVE, que demanden potencia igual o
superior a 40 kW
• Modo de recarga 3 y 4 y alimentación trifásica
• Poseer un contador de electricidad homologado y estar monitorizados
• Conectores estándares de carga Modo 4 del tipo CCS (Combo)
• Toma Modo 4 con posibilidad de manguera integrada
• Disponibilidad opcional de limitación de potencia (Power Sharing)
• Pantalla táctil antivandálica de 8” para indicación de estado, instrucciones de uso y
visualización gráfica para cada recarga
D.E: 2025/32676. Arch.: 2025/178 - 2 3 1 07
CSV: 20250326762807202512362626644 (www.haro.org)
Firmado electrónicamente por: Agustin Hervias Salinas. Fecha: 28/07/2025 12:36:07
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• Medida de la energía suministrada al vehículo en cada recarga realizada
• Autorización de carga y pago mediante tarjeta RFID o a través de APP
• Grados de protección IP54 – IK10
• Temperatura de operación entre -10 ºC y 50 ºC
• Protecciones eléctricas de seguridad
7. DISPOSICIONES APLICABLES
Los trabajos a realizar se ajustarán a la totalidad de las disposiciones y normas
legales que les sean de aplicación en lo relativo a edificación, prevención de riesgos
laborales, urbanismo, materiales empleados y elementos constructivos, así como en
materia medioambiental y laboral, normas y reglamentos electrotécnicos e instrucciones
técnicas de aplicación y demás preceptos legales, incluyendo las mencionadas
explícitamente en el presente Pliego y las recogidas en los proyectos objeto de ejecución,
normas particulares y de normalización de la compañía suministradora.
Además, el adjudicatario deberá observar la correspondiente Normativa Municipal y
Patrimonial, teniendo en cuenta en todo momento las condiciones estéticas y pautas
marcadas en su caso por los Técnicos Municipales y las dimanantes de los pliegos que
rijan la contratación.
El Ayuntamiento se reserva la potestad de modificar la ubicación de los puntos de
recarga por motivos de vialidad, seguridad u otros debidamente justificados.
8. PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo máximo para la finalización de los trabajos, incluyendo la puesta en
funcionamiento de las infraestructuras instaladas, será de dieciocho (18) meses a contar
desde la formalización administrativa de la concesión.
9. DIMENSIONES Y UBICACIÓN DE LAS PLAZAS
Las dimensiones y ubicación de las plazas objeto del presente se reflejan en los
planos del ANEXO I.
Haro a 28 de julio de 2025
D.E: 2025/32676. Arch.: 2025/178 - 2 3 1 07
SECRETARIO ACCIDENTAL
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