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Pliego Técnico Ver licitación
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ÁREA DE SEGURIDAD Y MOVILIDAD EXPEDIENTE 13/2021 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONCESIÓN DEMANIAL PARA LA INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y EXPLOTACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE ESTACIONES DE RECARGA PÚBLICA PARA VEHÍCULOS ELÉCTRICOS EN DOMINIO PÚBLICO. 1. ANTECEDENTES. Se pretende en el ámbito de la movilidad favorecer y concretar actuaciones tendentes a la reducción de emisiones contaminantes y de ruido, de modo que sea cada vez más respetuosa con el medio ambiente, mediante el desarrollo de iniciativas que favorezcan la reducción del impacto ambiental de los medios de transporte (emisiones de CO2) como la que representa la introducción del vehículo eléctrico, contribuyendo a la reducción del consumo energético y a la sostenibilidad de la movilidad en este Municipio Por otro lado, el uso del coche eléctrico no está siendo suficientemente atractivo para los residentes por la dificultad de disponer de infraestructuras de recarga disponibles en las viviendas y la escasa cobertura de estaciones de recarga de uso público. Con esta Concesión Demanial se pretende promover el uso de vehículos eléctricos mediante la instalación de estaciones de recarga en espacios públicos del ámbito territorial del municipio. 2. OBJETO. El objeto de este pliego de prescripciones técnicas, es exponer clara y detalladamente las condiciones para fijar las cláusulas correspondientes a una concesión demanial de uso privativo del espacio público urbano para la instalación, mantenimiento y explotación de una red de recarga de vehículos eléctricos en el municipio de Almería consistente en 15 estaciones de carga. La ejecución de los trabajos comprenderá la instalación completa de todos los elementos necesarios para que las estaciones puedan prestar la actividad de recarga de vehículos eléctricos, incluyendo las acometidas necesarias, proyectos en su caso, direcciones de obra y coordinaciones de seguridad y salud, boletines de instalador, inspecciones de organismo de control autonómico (OCA) y legalizaciones correspondientes ante la administración competente y compañía suministradora. 3. ELEMENTOS DE LA CONCESIÓN. INFRAESTRUCTURAS DE RECARGA. 3.1. UBICACIONES Y SUS CARACTERÍSTICAS. La implantación de las estaciones de recarga se realizará en 15 ubicaciones, de las cuales 10 de ellas vienen relacionadas por el listado del Anexo I, y las otras 5 ubicaciones serán propuestas por el concesionario antes del comienzo de las obras con el objeto de completar la red de infraestructuras de recarga maximizando el uso. Todas las ubicaciones estarán sometidas a la aprobación final del Ayuntamiento de Almería (Delegación de Área de Seguridad y Movilidad). No obstante, bajo común acuerdo FIRMADO POR FECHA FIRMA BUJALANCE VIGARA JUAN MIGUEL - ARQUITECTO TECNICO 04-11-2022 13:47:33 Documento firmado electrónicamente - Ayuntamiento de Almería Plaza de la Constitución, S/N - 04003 Almería, España - Tel.: +34 950 21 00 00 Página: 1 / 12 NeDbq2zsva :OTNEMUCOD DI acifirev/se.airemlaotya.edes//:sptth :ogidóc nóicacifireV ÁREA DE SEGURIDAD Y MOVILIDAD EXPEDIENTE 13/2021 entre el Concesionario y el Ayuntamiento de Almería, las estaciones de recarga podrán cambiar de localización por otras diferentes, siempre que beneficie el uso público. Estas podrán ser desplazadas en función de la disponibilidad de la red eléctrica en los puntos seleccionados y coyunturas que sean técnicamente más viables previa autorización del Ayuntamiento. Cada ubicación deberá poder suministrar simultáneamente energía al menos a 2 vehículos eléctricos. Los cargadores, como mínimo realizarán modo de recarga 3 (semirápida), según especificaciones del punto 3.2.4.1. 3.2. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. 3.2.1. OBRA CIVIL. Los cargadores de los vehículos eléctricos se instalarán en acera anclados al suelo y estarán debidamente homologados. Las canalizaciones en baja tensión se ajustarán a su normativa en vigor e irán subterráneas desde la estación de recarga hasta el punto de conexión de la compañía suministradora. Las zonas afectadas por los trabajos de obra civil deberán de restituirse a su estado original. El concesionario asumirá todos los gastos del correcto tratamiento de todos los residuos generados por la ejecución de las obras, tales como transporte hasta la planta de tratamiento de residuos autorizada y canon o tasa correspondiente. Será de aplicación lo establecido por Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, el Reglamento de Residuos de Andalucía, aprobado por Decreto 73/2.012 de 20 de marzo, y la Ordenanza Municipal reguladora de la Gestión Ambiental de Residuos Inertes. 3.2.2. MARCA VIAL. El Concesionario realizará la marca vial con el detalle de referencia indicado en el anexo 2. La superficie de las plazas será de color verde, las líneas delimitadoras del estacionamiento de color amarillo, y la simbología y texto de color blanco. La marca vial se realizará con pintura plástica en frio de doble componente, en aplicación manual y gramaje mínimo de 3000gr/m². Igualmente se incluirá una señalización vertical R-307 o R-308 (según disponga el Ayuntamiento de Almería) con el texto “Excepto vehículos eléctricos en proceso de carga tiempo máximo 4 horas. 2 plazas.”. Esta señalización se colocará preferentemente en el punto intermedio de las dos plazas. Las plazas destinadas a estacionamiento para la recarga deberán de ser accesibles según lo dispuesto en el Decreto 293/2009, de 7 de julio, por el que se aprueba el reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía. El Concesionario será el responsable de reponer y mantener la señalización vertical y horizontal en buen estado durante todo el periodo de la concesión. 3.2.3. INSTALACIÓN ELÉCTRICA. Las instalaciones para el suministro de electricidad a vehículos eléctricos se ejecutarán FIRMADO POR FECHA FIRMA BUJALANCE VIGARA JUAN MIGUEL - ARQUITECTO TECNICO 04-11-2022 13:47:33 Documento firmado electrónicamente - Ayuntamiento de Almería Plaza de la Constitución, S/N - 04003 Almería, España - Tel.: +34 950 21 00 00 Página: 2 / 12 NeDbq2zsva :OTNEMUCOD DI acifirev/se.airemlaotya.edes//:sptth :ogidóc nóicacifireV ÁREA DE SEGURIDAD Y MOVILIDAD EXPEDIENTE 13/2021 de conformidad con lo establecido en las ITC correspondientes del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, y en particular en la (ITC) BT-52 “Instalaciones con fines especiales. Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos” y normativa asociada en vigor, así como con las normas particulares de la compañía distribuidora de energía eléctrica. La instalación eléctrica se realizará además sujeta a las siguientes condiciones: 1. El Concesionario deberá ejecutar una acometida independiente para cada una de las estaciones de recarga. 2. El Concesionario deberá presentar al Ayuntamiento de Almería la documentación técnica correspondiente a cada instalación de recarga (proyecto en su caso, dirección de obra, boletines de instalador, inspección OCA y legalización correspondiente ante la administración competente y compañía eléctrica). 3. El Concesionario realizará las correspondientes inspecciones y verificación periódicas señaladas en el Reglamento para Baja Tensión, que se remitirán al Ayuntamiento de Almería. 4. Si la medición de toma de tierra no se corresponde con la fijada en el Reglamento citado, deberán realizarse, por el Concesionario y a su costa, las correcciones necesarias para su cumplimiento. 3.2.4. ESPECIFICACIONES DE LOS CARGADORES DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS. 3.2.4.1. ESPECIFICACIONES ELÉCTRICAS DE LOS CARGADORES. A continuación, se especifican las características eléctricas de los cargadores: • Potencia de salida para los Modos de carga de la ITC-BT 52: ◦ Modo de Carga 3 (semirápida): superior a 15 kW ◦ Modo de Carga 4 (rápida): superior a 40 kW. Las tomas de corriente estarán bloqueadas cuando los equipos de recarga no estén suministrando energía y durante la carga del vehículo. 3.2.4.2. SISTEMAS ANTIRROBO DE ENERGÍA. Los equipos de recarga, dispondrán de los siguientes sistemas para evitar el robo de energía y el riesgo eléctrico:  Contactores: Los cargadores deberán estar previstos de contactores para evitar que el usuario pueda acceder a una toma de corriente energizada, evitando de esta manera cualquier riesgo eléctrico.  Sistema de bloqueo de conectores: Para evitar el acceso no autorizado a la toma de corriente y/o el robo de energía, los equipos incorporarán un sistema de bloqueo de conectores. 3.2.4.3. INDICADOR LUMINOSO. La estación mostrará el estado en que se encuentra mediante una indicación luminosa en su parte superior (disponible, en carga, error, etc.). FIRMADO POR FECHA FIRMA BUJALANCE VIGARA JUAN MIGUEL - ARQUITECTO TECNICO 04-11-2022 13:47:33 Documento firmado electrónicamente - Ayuntamiento de Almería Plaza de la Constitución, S/N - 04003 Almería, España - Tel.: +34 950 21 00 00 Página: 3 / 12 NeDbq2zsva :OTNEMUCOD DI acifirev/se.airemlaotya.edes//:sptth :ogidóc nóicacifireV ÁREA DE SEGURIDAD Y MOVILIDAD EXPEDIENTE 13/2021 3.2.4.4. PANTALLA. Toda la información que el usuario pueda precisar durante la actividad de recarga, será visible mediante un display en diferentes idiomas. El display mostrará al usuario la energía consumida, así como la potencia instantánea, pudiendo incluirse otros parámetros como el tiempo de duración de la recarga. 3.2.4.5. MEDIDA Y REGISTRO DE LAS CARGAS. Los cargadores estarán dotados de un sistema de medida que permita medir y registrar cada carga. Las medidas de los parámetros que intervienen en la facturación de la actividad de recarga al usuario final, se realizarán mediante aparatos de medida debidamente homologados y acreditados conforme a la legislación metrológica en vigor. 3.2.4.6. INCIDENCIAS. Las estaciones de recarga deberán ser capaces de detectar incidencias y mostrarlas en el display. En caso de averías la estación pasará al estado 'avería', indicando por display la incidencia, no permitiendo la carga a los usuarios. Las averías de los cargadores deberán ser resueltas en el plazo de 24 horas como máximo. La aplicación señalada en el punto 3.3, mostrará las estaciones no disponibles por incidencias y errores. 3.2.4.7. MARCADOS. Los equipos presentados deben incorporar adheridos los marcados que según reglamentación sean exigibles. 3.2.4.9. CARACTERÍSTICAS FÍSICAS DE LOS CARGADORES. Los cargadores deberán de llevar adherido el escudo de la Ciudad de Almería y cualquier otro tipo de texto que se considere oportuno por parte del Excmo. Ayuntamiento de Almería, como las normas de funcionamiento del servicio. No se permitirá la integración de publicidad y deberán de ser accesibles para personas con discapacidad. En especial, cumplirán con lo establecido en el artículo 52, sobre “Máquinas expendedoras e informativas, cajeros automáticos, teléfonos públicos y otros elementos que requieran manipulación”, del Decreto 293/2009, de 7 de julio, por el que se aprueba el reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía. El material de recubrimiento de los cargadores será anti-grafiti y aislante eléctrico. 3.2.4.10. SISTEMA DE ILUMINACIÓN. En zonas deficientemente iluminadas, se deberá garantizar que, durante las operaciones y maniobras necesarias para el inicio y terminación de la recarga, exista un nivel de iluminancia horizontal mínima a nivel de suelo de 20 lux (según norma ITC-BT- 52). En caso de no disponer de dicha iluminancia a través de alumbrado público se deberá de instalar un sistema de iluminación propio que la suministre. FIRMADO POR FECHA FIRMA BUJALANCE VIGARA JUAN MIGUEL - ARQUITECTO TECNICO 04-11-2022 13:47:33 Documento firmado electrónicamente - Ayuntamiento de Almería Plaza de la Constitución, S/N - 04003 Almería, España - Tel.: +34 950 21 00 00 Página: 4 / 12 NeDbq2zsva :OTNEMUCOD DI acifirev/se.airemlaotya.edes//:sptth :ogidóc nóicacifireV ÁREA DE SEGURIDAD Y MOVILIDAD EXPEDIENTE 13/2021 3.3 COMUNICACIONES CLIENTE-SISTEMA DE GESTIÓN. El concesionario deberá de proporcionar:  Aplicación para smartphone que sea compatible con sistemas operativos android e IOS.  Aplicación web. Estas aplicaciones servirán para gestionar el servicio con los usuarios, de este modo, monitorizarán en tiempo real los puntos de recarga instalados, su disponibilidad, modo de carga, tipos de enchufes, energía suministrada y cualquier otra información que sea relevante para su uso. Además, permitirá reservar el estacionamiento hasta fin de recarga o limitación de uso del punto 4.5. Asimismo, el Concesionario tendrá que disponer de un centro de atención telefónica al cliente 24 horas, 365 días al año, resolviendo las incidencias en un plazo máximo de 24 horas. 4. CONDICIONES DE OPERACIÓN Y PRESTACIÓN DE LA ACTIVIDAD DE RECARGA. 4.1 CONDICIONES GENERALES. El Ayuntamiento de Almería decidirá las ubicaciones definitivas de las estaciones de recarga, según lo señalado en el punto 3.1. La administración local gozará de la facultad de inspeccionar el espacio público objeto de concesión, para garantizar que el mismo es usado de acuerdo con los términos del contrato. Todos los gastos relativos a la implantación, el funcionamiento, el mantenimiento (preventivo, correctivo y reglamentario) y la gestión del sistema correrán a cargo del Concesionario, incluidos los gastos de conservación y reposición del asfaltado de las plazas de aparcamiento (incluida la señalización horizontal y vertical). Igualmente, correrán a cargo del Concesionario los gastos de limpieza y mantenimiento estético, así como el pago de la factura eléctrica. La presente concesión demanial no dará derecho al adjudicatario a perfilarse como instalador único de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos en el municipio. 4.2 PROYECTO DE INSTALACIÓN, DIRECCIÓN Y SUPERVISIÓN DE LAS OBRAS. La dirección de obras y coordinación de seguridad y salud de ejecución de los trabajos de ejecución, será realizada por un técnico competente designado por el adjudicatario de la concesión. La supervisión de la ejecución de los trabajos, así como el seguimiento de la prestación de la actividad de recarga a realizar por el adjudicatario de la concesión durante el periodo de la misma será realizada por técnico competente designado por el Ayuntamiento de Almería. Por su parte, antes de iniciar las obras de instalación, a la firma del contrato, el Concesionario designará un representante que será su interlocutor ante el Ayuntamiento de Almería tendrá poder suficiente para adoptar y ejecutar las decisiones que convenga. Este representante deberá estar permanentemente localizable para despachar con el Ayuntamiento FIRMADO POR FECHA FIRMA BUJALANCE VIGARA JUAN MIGUEL - ARQUITECTO TECNICO 04-11-2022 13:47:33 Documento firmado electrónicamente - Ayuntamiento de Almería Plaza de la Constitución, S/N - 04003 Almería, España - Tel.: +34 950 21 00 00 Página: 5 / 12 NeDbq2zsva :OTNEMUCOD DI acifirev/se.airemlaotya.edes//:sptth :ogidóc nóicacifireV ÁREA DE SEGURIDAD Y MOVILIDAD EXPEDIENTE 13/2021 de Almería cuando se le requiera. Asimismo, el Concesionario pondrá a disposición de una herramienta web que muestre los datos y las estadísticas relevantes relacionados con la utilización de las estaciones de recarga para cada uno de los equipos (número de recargas realizadas, consumos, incidencias, averías, etc.), y demás información que pueda servir para la mejora de la explotación del sistema gracias al conocimiento de los datos de aprovechamiento. A partir de la formalización de la concesión, el Concesionario tendrá dos (2) meses para presentar el proyecto completo de las estaciones de recarga en las ubicaciones definitivas en la Delegación de Área de Seguridad y Movilidad. Una vez aprobado el proyecto por parte de dicha delegación, el Concesionario dispondrá de cuatro (4) meses para la ejecución de las obras e instalaciones, conforme al cronograma que el Concesionario deberá incluir en el proyecto de la instalación. Al finalizar este plazo de cuatro meses (y dentro de la primera semana del mes siguiente), el Concesionario deberá presentar un informe con las unidades realmente instaladas desglosado por unidades independientes en las que se incluirá la información básica relativa a cada estación de recarga (planos de ubicación, situación por coordenadas GPS referidas al sistema ETRS-89, elementos que forman cada conjunto con sus características técnicas, puntos de conexión de las instalaciones eléctricas, etc.). 4.3 DURACIÓN DE LA CONCESIÓN. El plazo máximo de duración de la concesión será de OCHO (8) años. Dicho plazo se contará trascurrido los cuatro (4) meses necesarios para la ejecución de las obras e instalaciones de los elementos objeto de concesión y una vez firmada por las partes el acta de recepción de las obras e instalaciones. No se contempla la posibilidad de prórroga, según el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, art. 60, en su apartado c) en el que se establece que el plazo tendrá carácter improrrogable, sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa especifica. Las infraestructuras serán objeto de inspección periódica, según “ITC-BT-05, VERIFICACIONES E INSPECCIONES”. Cuando el Concesionario, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al plazo de instalación de cuatro meses, el Ayuntamiento podrá optar indistintamente por la resolución de la concesión o por la imposición de las penalidades que se establecen en la legislación vigente. El Ayuntamiento podrá revocar la concesión otorgada cuando existan razones de interés público suficientemente justificadas que así lo aconsejen, y ordenar a la empresa la retirada de los elementos instalados, siendo por cuenta del Concesionario la reposición del pavimento y del acerado a su estado original. El Concesionario deberá presentar un Seguro de Responsabilidad Civil para las instalaciones eléctricas de baja tensión que garantice frente a terceros (tanto personales como materiales) el ejercicio de la actividad. Dicho seguro garantizará, como mínimo, un capital de FIRMADO POR FECHA FIRMA BUJALANCE VIGARA JUAN MIGUEL - ARQUITECTO TECNICO 04-11-2022 13:47:33 Documento firmado electrónicamente - Ayuntamiento de Almería Plaza de la Constitución, S/N - 04003 Almería, España - Tel.: +34 950 21 00 00 Página: 6 / 12 NeDbq2zsva :OTNEMUCOD DI acifirev/se.airemlaotya.edes//:sptth :ogidóc nóicacifireV ÁREA DE SEGURIDAD Y MOVILIDAD EXPEDIENTE 13/2021 1.000.000,00 €. Se presentará dentro de la primera semana del mes siguiente a la finalización de los cuatro (4) meses de ejecución de las obras, junto con el informe referidos en el último párrafo del apartado 4.2 anterior. Una vez finalizada la concesión, el Concesionario repondrá todas las ubicaciones de manera que se restablezca el dominio público a su situación inicial. 4.4 PROVISIÓN DE LA ACTIVIDAD DE RECARGA. Las tomas de corriente estarán desactivadas, y solo se activarán tras una correcta identificación del usuario y la comprobación de que el vehículo está correctamente conectado (según condiciones descritas en la norma lEC 61851). En caso de avería, la estación interrumpirá el proceso iniciado por el usuario y pasará a indicar la misma. En caso de desconexión del cable, en el terminal o en el vehículo, se suspenderá el proceso de carga hasta que el usuario registrado vuelva a activarla. En esta situación, el terminal mantendrá enclavado el conector del cable en el terminal hasta que el usuario vuelva a identificarse y cierre la sesión con objeto de evitar la sustracción del cable. En caso de fin de carga, se suspenderá el suministro de energía hasta que se inicie un nuevo proceso de carga. Mientras el terminal de recarga esté en uso no se permitirá el acceso o uso de la toma de corriente a nuevos usuarios. 4.5 RESTRICCIONES DE USO. Se limita el uso del tiempo de estacionamiento a 4 horas. Cualquier otro usuario podrá saber el tiempo excedido después de la recarga de otro vehículo, pudiendo notificarlo a la autoridad pertinente para desalojar la plaza de estacionamiento. 4.6 LEGISLACIÓN ESPECÍFICA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO.  Especificación UNE 0048 ‘Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos. Sistema de protección de la línea general de alimentación (SPL) ́.  UNE 62196-1 'Bases, clavijas, acopladores de vehículo y entradas de vehículo. Carga Conductiva de vehículos eléctricos. Parte 1: Carga de vehículos eléctricos hasta 250 A en corriente alterna y 400 A en corriente continua.  UNE 62196-2 Bases, clavijas, acopladores de vehículo y entradas de vehículo. Carga Conductiva de vehículos eléctricos. Parte 1: Carga de vehículos eléctricos hasta 250 A en corriente alterna y 400 A en corriente continua'.  UNE 61851 1 'Sistema Conductivo de carga para vehículos eléctricos. Parte 1: Requisitos generales'. Diciembre 2002.  UNE 61851-21 'Sistema Conductivo de carga para vehículos eléctricos. Parte 21: Requisitos del vehículo eléctrico para conexión conductora en c.a./c.c.'. Diciembre 2002.  UNE 61851-22 'Sistema Conductivo de carga para vehículos eléctricos. Parte 22: Estación de carga en c.a. para vehículos eléctricos'. Diciembre 2002.  UNE 20324/1M:2000 'Grados de protección proporcionados por las envolventes (Código IP). Normas UNE-EN 61000 'Compatibilidad electromagnética (CEM)' de aplicación.  Real Decreto Ley 15/2018 de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición FIRMADO POR FECHA FIRMA BUJALANCE VIGARA JUAN MIGUEL - ARQUITECTO TECNICO 04-11-2022 13:47:33 Documento firmado electrónicamente - Ayuntamiento de Almería Plaza de la Constitución, S/N - 04003 Almería, España - Tel.: +34 950 21 00 00 Página: 7 / 12 NeDbq2zsva :OTNEMUCOD DI acifirev/se.airemlaotya.edes//:sptth :ogidóc nóicacifireV ÁREA DE SEGURIDAD Y MOVILIDAD EXPEDIENTE 13/2021 energética y la protección de los consumidores.  Real Decreto 1053/2014, de 12 de diciembre, por el que se aprueba una nueva Instrucción Técnica Complementaria (ITC) BT 52 "Instalaciones con fines especiales. Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos", del Reglamento electrotécnico para baja tensión, aprobado por Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, y se modifican otras instrucciones técnicas complementarias del mismo.  Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.  Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico (RPM).  Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión (Corregido por el Real Decreto 1053/2014 y el Real Decreto 560/2010).  Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.  Directiva 2014/94/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2014, relativa a la implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos.  Directiva 2015/2366/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de noviembre de 2015 sobre servicios de pago en el mercado interior.  Reglamento 2016/679/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).  Real decreto 284/2022 de 8 de marzo por el que se regula la actividad de prestación de servicios de recarga energética de vehículos eléctricos. 5. FINANCIACIÓN Y GESTIÓN ECONÓMICA. Una vez formalizada la concesión, el operador Concesionario tiene que prestar la actividad de recarga bajo su estricta responsabilidad, a su riesgo y ventura. En cualquier caso, el Ayuntamiento de Almería velará por la disciplina en la prestación de la actividad de recarga, ejerciendo funciones de dirección, tutela y sanción con la finalidad de asegurar el cumplimiento de la concesión. El Ayuntamiento de Almería no realizará aportación económica alguna para el sostenimiento de la concesión, consistiendo su aportación en la concesión para el uso de los terrenos públicos que se señalen expresamente al objeto de emplazar los cargadores necesarios para la prestación de la actividad de recarga pública de vehículos eléctricos durante la vigencia de la concesión. El Concesionario asumirá la financiación de la totalidad de las obras de la instalación y explotación objeto de la presente concesión. La ejecución de la concesión deberá ser sostenible económicamente. La empresa adjudicataria no podrá requerir, en ningún caso, un restablecimiento del equilibrio económico ni durante ni tras el período de concesión. FIRMADO POR FECHA FIRMA BUJALANCE VIGARA JUAN MIGUEL - ARQUITECTO TECNICO 04-11-2022 13:47:33 Documento firmado electrónicamente - Ayuntamiento de Almería Plaza de la Constitución, S/N - 04003 Almería, España - Tel.: +34 950 21 00 00 Página: 8 / 12 NeDbq2zsva :OTNEMUCOD DI acifirev/se.airemlaotya.edes//:sptth :ogidóc nóicacifireV ÁREA DE SEGURIDAD Y MOVILIDAD EXPEDIENTE 13/2021 Al objeto de demostrar la sostenibilidad económica de la concesión, cada licitador deberá presentar un Plan financiero con la inversión a realizar, incluyendo la inversión inicial y anual. El licitador tendrá que detallar la inversión inicial que se compromete a realizar y los gastos de explotación anual del sistema. En Almería, a la fecha en que figura firmado electrónicamente el presente documento, EL ARQUITECTO TÉCNICO MUNICIPAL Juan Miguel Bujalance Vigara FIRMADO POR FECHA FIRMA BUJALANCE VIGARA JUAN MIGUEL - ARQUITECTO TECNICO 04-11-2022 13:47:33 Documento firmado electrónicamente - Ayuntamiento de Almería Plaza de la Constitución, S/N - 04003 Almería, España - Tel.: +34 950 21 00 00 Página: 9 / 12 NeDbq2zsva :OTNEMUCOD DI acifirev/se.airemlaotya.edes//:sptth :ogidóc nóicacifireV ÁREA DE SEGURIDAD Y MOVILIDAD EXPEDIENTE 13/2021 ANEXO 1. UBICACIONES PUNTOS DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS Tabla de coordenadas geográficas (WGS84): N.º Nombre Coordenadas 1 Plaza San Pedro 36.84006, -2.46534 2 Av. Pablo Iglesias 36.84594, -2.46461 3 Calle Granada 36.8484, -2.45668 4 Av. de la Estación 36.83722, -2.45795 5 Calle Italia 36.85154, -2.44773 6 Calle Santiago 36.84177, -2.44994 7 Calle Estadio 36.8307, -2.44911 8 Av. Cabo de Gata (Parking El Palmeral) 36.82494, -2.44739 9 Calle Instinción 36.84467, -2.44147 10 Retamar 36.84236, -2.3039 Mapa General de las ubicaciones: FIRMADO POR FECHA FIRMA BUJALANCE VIGARA JUAN MIGUEL - ARQUITECTO TECNICO 04-11-2022 13:47:33 Documento firmado electrónicamente - Ayuntamiento de Almería Plaza de la Constitución, S/N - 04003 Almería, España - Tel.: +34 950 21 00 00 Página: 10 / 12 NeDbq2zsva :OTNEMUCOD DI acifirev/se.airemlaotya.edes//:sptth :ogidóc nóicacifireV ÁREA DE SEGURIDAD Y MOVILIDAD EXPEDIENTE 13/2021 ANEXO 2. SEÑALIZACIÓN VIAL DE REFERENCIA Señalización Horizontal, estacionamiento en batería: Señalización Horizontal, estacionamiento en linea: FIRMADO POR FECHA FIRMA BUJALANCE VIGARA JUAN MIGUEL - ARQUITECTO TECNICO 04-11-2022 13:47:33 Documento firmado electrónicamente - Ayuntamiento de Almería Plaza de la Constitución, S/N - 04003 Almería, España - Tel.: +34 950 21 00 00 Página: 11 / 12 NeDbq2zsva :OTNEMUCOD DI acifirev/se.airemlaotya.edes//:sptth :ogidóc nóicacifireV ÁREA DE SEGURIDAD Y MOVILIDAD EXPEDIENTE 13/2021 Señalización Vertical: FIRMADO POR FECHA FIRMA BUJALANCE VIGARA JUAN MIGUEL - ARQUITECTO TECNICO 04-11-2022 13:47:33 Documento firmado electrónicamente - Ayuntamiento de Almería Plaza de la Constitución, S/N - 04003 Almería, España - Tel.: +34 950 21 00 00 Página: 12 / 12 NeDbq2zsva :OTNEMUCOD DI acifirev/se.airemlaotya.edes//:sptth :ogidóc nóicacifireV