Acuerdo de iniciación del expediente
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FIRMADO POR
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
El Ayuntamiento de Sabiñánigo en su compromiso de cumplir los objetivos para
la reducción de emisiones de gastos de efecto invernadero pretende impulsar la creación
de infraestructuras de recarga eléctrica para los vehículos eléctricos de los ciudadanos.
Para ello, se hace necesario desarrollar un procedimiento de concesión de
ocupación demanial para la instalación, mantenimiento y explotación de una
infraestructura de estaciones de recarga pública para vehículos eléctricos en espacios
urbanos de dominio y uso público local, consistentes en una primera fase en dos
cargadores eléctricos (uno en el parking de Avenida Zaragoza, 15 y otro en el parking del
Albergue de Pirenarium).
El Ayuntamiento es propietario del parking del Albergue de Pirenarium y cuenta
con la autorización del propietario del terreno para la implantación de un cargador para
vehículos eléctricos en el parking de Avenida Zaragoza, 15 mediante dure el uso público
de la citada parcela.
Dicha concesión demanial está sujeta a lo establecido en la Ley 33/2003, de 3 de
noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, Ley 7/1999, de 9 de abril, de
Administración Local de Aragón y Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno
de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y
Obras de las Entidades Locales de Aragón.
A la vista de todo lo anterior, esta Alcaldía-Presidencia, en virtud de las
atribuciones conferidas por la normativa vigente, RESUELVE,
PRIMERO.- Iniciar el procedimiento para la adjudicación del uso privativo
mediante concesión demanial de 25 m2 del parking del Albergue de Pirenarium y de 25
m2 del parking de Avenida Zaragoza, 15 para la instalación de dos puntos de recarga de
vehículos eléctricos
SEGUNDO.- Conforme a la valoración realizada por los Servicios Técnicos
Municipal con fecha 25 de septiembre de 2024, ordenar la redacción del Pliego de
Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas Particulares que ha de
regir la concesión y el proceso de adjudicación.
TERCERO.- Someter la memoria justificativa, así como el Pliego de
Prescripciones Técnicas Particulares y el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares,
a información pública mediante anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en el
Boletín Oficial de la Provincia por plazo de veinte días, a efectos de reclamaciones y
sugerencias.
CUARTO.- Remitir, concluido el período de información pública, las alegaciones
presentadas a los Servicios Técnicos Municipales para su informe.
QUINTO.- Una vez finalizado, dar cuenta de todo lo actuado a esta Alcaldía para
resolver lo que proceda.
Sabiñánigo, documento firmado electrónicamente al margen
Ayuntamiento de Sabiñánigo Código Seguro de Verificación: JUCA AD7T JVJY JFDJ Q7DJ
Resolución Nº 1935 de 01/10/2024 "Resolución inicio expediente cargadores eléctricos " - SEGRA 807331
La comprobación de la autenticidad de este documento y otra información está disponible en https://sabinanigo.sedipualba.es/
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