Memoria justificativa

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Obras FIRMADO POR Expediente 1293540J NIF: P2227500B MEMORIA JUSTIFICATIVA DEL CONTRATO El Ayuntamiento de Sabiñánigo en su compromiso de cumplir los objetivos para la reducción de emisiones de gastos de efecto invernadero pretende impulsar la creación de infraestructuras de recarga eléctrica para los vehículos eléctricos de los ciudadanos. Para ello, se hace necesario desarrollar un procedimiento de concesión de ocupación demanial para la instalación, mantenimiento y explotación de una infraestructura de estaciones de recarga pública para vehículos eléctricos en espacios urbanos de dominio y uso público local, consistentes en una primera fase en dos cargadores eléctricos. PROCEDIMIENTO DE OTORGAMIENTO DE LA CONCESIÓN El procedimiento de otorgamiento de la concesión administrativa que se considera más idóneo es la concurrencia competitiva al amparo de los artículos 86.3 y 93 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas (Artículo 93: “1. El otorgamiento de concesiones sobre bienes de dominio público se efectuará en régimen de concurrencia”) y 81 a), 84 y 86 y ss del Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y obras de las Entidades Locales de Aragón, aprobado por Decreto 347/2002 de 19 de noviembre. CANON ANUAL DE LA CONCESIÓN El canon anual a abonar por el adjudicatario es de 255 euros por cada uno de los cargadores, según informe técnico obrante en el expediente. PLAZO DE DURACIÓN DE LA CONCESIÓN En el caso del cargador ubicado en Albergue Pirenarium, el plazo de vigencia de la concesión es de DIEZ (10) años, siendo improrrogable. En el caso del cargador ubicado en Avenida Zaragoza 15, dicha concesión únicamente abarcará hasta el 30/6/2034, siendo improrrogable. Dicho plazo concesional se contará a partir de la firma del contrato, comprendiéndose en dicho plazo el necesario para realizar las obras de instalación (4 meses a partir de la obtención de título habilitante de naturaleza urbanística). Transcurrido el plazo de la concesión, el concesionario deberá dejar libres y a disposición del Ayuntamiento los bienes de dominio público objeto de la concesión en el plazo de dos meses, desde que sea requerido a tal efecto. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN El órgano de contratación es la Alcaldía, de acuerdo con la Disposición Adicional Segunda de la Ley de Contratos del Sector Público. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Se fijan los siguientes criterios aplicables mediante fórmulas matemáticas: - Mayor canon ofertado (hasta un máximo de 35 puntos): se valorará el mayor canon a abonar por la concesionaria al Ayuntamiento sobre el mínimo previsto por el Ayuntamiento con el siguiente detalle: P = Canon anual ofertado por cada licitador X 35 / Mayor canon anual ofertado. - Cargadores rápidos, se asignarán hasta 20 puntos a razón de 10 puntos por Ayuntamiento de Sabiñánigo Código Seguro de Verificación: JUCA AD33 VC32 EL9H HAVQ Memoria justificativa - SEFYCU 5291342 La comprobación de la autenticidad de este documento y otra información está disponible en https://sabinanigo.sedipualba.es/ liG alueR lúaS ocincéT oreinegnI 4202/90/62 FIRMADO POR ogináñibaS ed otneimatnuyA led asedlaclA aL oyeuP zednánreF atreB 4202/90/03 Pág. 1 de 2 Obras FIRMADO POR Expediente 1293540J NIF: P2227500B cada cargador rápido ofertado (más de 30 kW). - Mayor número de semanas de recarga gratuita ofertado a los usuarios a determinar de común acuerdo con el Ayuntamiento durante la vigencia de la concesión, se valorará hasta 10 puntos, aplicándose la fórmula siguiente: Por cada semana que se oferte de recarga gratuita durante la concesión se otorgarán 2 puntos. Se fijan los siguientes criterios no cuantificables de forma automática: - Metodología del Proyecto de instalación. Se otorgarán hasta 15 puntos, desagregados entre planificación de la instalación (hasta 7,5 puntos a la mejor oferta) y servicio de mantenimiento (hasta 7,5 puntos a la mejor oferta). - Plan de calidad de la plataforma telemática. Se otorgarán hasta 10 puntos, valorándose la mayor calidad de los sistemas de comunicación e informáticos, posibilidad de recarga, así como la utilidad y facilidad de la aplicación móvil para pago. - Mejores medios de pago propuestos, se otorgarán hasta 10 puntos, valorándose su facilidad (hasta 5 puntos) y fiabilidad (hasta 5 puntos). CRITERIOS DE SOLVENCIA ECONÓMICA Y TÉCNICA: La solvencia económica y financiera se acreditará mediante declaración del Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe no inferior a 100.000 euros. Se acreditará mediante: Balance del último ejercicio cerrado presentado en el Registro Mercantil o, en su defecto, declaraciones fiscales La solvencia técnica o profesional se acreditará a través de la presentación de los justificantes de los principales servicios y actividades que haya prestado o realizado en los últimos tres años de características iguales o semejantes a las que son propias de esta concesión. Se exigirá que la empresa tenga instalados al menos cinco puntos de recarga de vehículos eléctricos similares a los que constituyen el objeto de esta concesión Se acreditará mediante: formalización de contratos públicos y/o privados acompañado de fotografías del lugar y una declaración responsable del contratista. RESPONSABLE MUNICIPAL DEL CONTRATO El responsable municipal del contrato será el Ingeniero Técnico municipal. Sabiñánigo, documento firmado electrónicamente al margen Ayuntamiento de Sabiñánigo Código Seguro de Verificación: JUCA AD33 VC32 EL9H HAVQ Memoria justificativa - SEFYCU 5291342 La comprobación de la autenticidad de este documento y otra información está disponible en https://sabinanigo.sedipualba.es/ liG alueR lúaS ocincéT oreinegnI 4202/90/62 FIRMADO POR ogináñibaS ed otneimatnuyA led asedlaclA aL oyeuP zednánreF atreB 4202/90/03 Pág. 2 de 2