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Pliego Técnico Ver licitación
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Ayuntamiento de Sober Expediente núm.: 394/2023 Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares Procedimiento: Concesión Administrativa de Uso Privativo de un Bien de Dominio Público por Adjudicación Directa. Asunto: Instalación de puntos de recargo para vehículos PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES CLÁUSULA PRIMERA. Objeto del Contrato La presente concesión tiene por objeto el uso privativo de espacios en el dominio público viario para la instalación y explotación de puntos de recarga de vehículos eléctricos en el término municipal de Sober. Dicho uso tiene por objeto fomentar la movilidad urbana e interurbana mediante el empleo de vehículos más respetuosos con el medio ambiente. El número máximo de puntos de recarga que serán objeto de concesión será de 2 puntos de recarga con dos salidas cada uno, de forma que cada punto abastezca dos vehículos a la vez. El espacio reservado para el punto de recarga tendrá unas dimensiones que se corresponderán con las de una plaza de aparcamiento y el espacio adyacente para la colocación del cargador y la acometida a la red de suministro. Las características de los puntos de recarga son: Localización Núcleo de Sober y Núcleo de Doade Uso: Viario público Otras circunstancias Instalación de dos puntos de recarga para vehículo relevantes: eléctrico con dos puntos de salida (2 vehículos) La ubicación de las instalaciones se define como Anexo a este pliego. Ayuntamiento de Sober Plaza de Galicia, 1, Sober. 27560 (Lugo). Tfno. 982377001. Fax: 982377617 EKNTKGG3267WHTZSAJNDTM3Z3 :nóicadilaV .dóC /lag.acinortceledes.rebosedollecnoc//:sptth :nóicacifireV 71 ed 1 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Ayuntamiento de Sober El contrato definido tiene la calificación de contrato privado, tal y como establece el artículo 9 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación La forma de adjudicación de la concesión será el concurso público, procedimiento abierto. CLÁUSULA TERCERA. Perfil de contratante Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante a lo que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: https://contrataciondelestado.es/wps/portal/!ut/p/ b0/04_Sj9CPykssy0xPLMnMz0vMAfIjU1JTC3Iy87KtClKL0jJznPPzSooSSxLzSlL1w_Wj9K MyU5wK9CMtQ1MstAsN8sKDnTNdvYrCggpz8isdbW31C3JzHQG2mSQO/ CLÁUSULA CUARTA. Canon El canon que sirve de base a la licitación se fija en en el 2% de los ingresos obtenidos por la empresa adjudicataria en el año anterior por consecuencia de esta concesión, se abonará con una periodicidad anual. El canon tendrá carácter de ingreso de derecho público, y a su cobro se podrá proceder en vía de apremio sobre el patrimonio. La falta de pago del canon será causa de resolución de la concesión. El canon comportará el deber del concesionario de abonar el importe de los daños y perjuicios que se causaran los bienes o al uso general o servicio a lo que Ayuntamiento de Sober Plaza de Galicia, 1, Sober. 27560 (Lugo). Tfno. 982377001. Fax: 982377617 EKNTKGG3267WHTZSAJNDTM3Z3 :nóicadilaV .dóC /lag.acinortceledes.rebosedollecnoc//:sptth :nóicacifireV 71 ed 2 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Ayuntamiento de Sober estuvieren destinados. CLÁUSULA QUINTA. Duración Las concesiones tendrán una duración de 15 años, susceptible de prorrogarse por cinco años más por mutuo acuerdo entre el Ayuntamiento y el concesionario perfeccionado durante el ejercicio natural anterior al de finalización de la vigencia inicial. Finalizada la vigencia de la concesión las instalaciones devendrán de titularidad municipal. CLÁUSULA SEXTA. Obras o Instalaciones a Realizar por el Concesionario Las obras o instalaciones a realizar por el concesionario y a su costa, de conformidad con el dispuesto en el proyecto son las necesarias para la instalación de los puntos de recarga que se describan en la memoria técnica. La concesión se otorga a salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de tercero. CLÁUSULA SÉPTIMA. Deberes y Facultades del Concesionario El concesionario tendrá derecho a:  Derecho a usar de forma privativa, limitativa y excluyente a porción del dominio público objeto de la concesión.  Gestionar y explotar la actividad. El concesionario asumirá los siguientes deberes en relación con el Ayuntamiento de Sober:  Mantener en todo momento la superficie objeto de la cesión en perfectas condiciones de seguridad, salubridad y ornato.  Abonar al Ayuntamiento el canon anual en los términos que se fijan en el presente pliego. El canon de la concesión no exime al concesionario del pago al Ayuntamiento de Sober de los tributos municipales que graven la actividad (Impuesto sobre Actividades Ayuntamiento de Sober Plaza de Galicia, 1, Sober. 27560 (Lugo). Tfno. 982377001. Fax: 982377617 EKNTKGG3267WHTZSAJNDTM3Z3 :nóicadilaV .dóC /lag.acinortceledes.rebosedollecnoc//:sptth :nóicacifireV 71 ed 3 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Ayuntamiento de Sober Económicas, IAE), que se deriven de las licencias y autorizaciones que el mismo se vea obligado a obtener (licencias de obras, de apertura, etc.) como consecuencia de su instalación o que supongan contraprestación de los servicios que proporcione la Administración Municipal (suministro de agua, recogida de basuras, alcantarillado, etc.), que de ninguna manera se encuentran incluidos en el citado canon, por tratarse de hechos imponibles que no se relacionan con éste de modo específico y concreto.  Entregar al Ayuntamiento la finca y, en su caso, las instalaciones, en perfecto estado de conservación y funcionamiento al final de la vigencia de la concesión.  Permitir la realización por el Ayuntamiento de actuaciones sobre el dominio público (conservación, reforma o mejora), que se desarrollarán por el tiempo imprescindible para su correcta ejecución.  Permitir el uso público de la finca en aquellas porciones que no sean estrictamente necesarias para la ubicación y explotación de las instalaciones.  Explotar de forma continuada las instalaciones de conformidad con la normativa vigente en cada momento para dicha actividad.  Utilizar para dicha explotación una tecnología adecuada de conformidad con el progreso de la técnica y de las condiciones de mercado.  Obtener las licencias y autorizaciones reglamentarias que establezcan las leyes vigentes, en orden a la puesta en funcionamiento y explotación de la concesión.  Disponer de un seguro de responsabilidad civil y de un seguro de explotación por un importe mínimo de indemnización por siniestro equivalente al valor de la instalación y explotación objeto de esta concesión. CLÁUSULA OCTAVA. Facultades del Ayuntamiento — Dejar sin efecto la concesión antes del vencimiento si lo justifican circunstancias sobrevenidas de interés público. — Inspeccionar en cualquier momento los bienes objeto de concesión, las instalaciones y construcciones. Ayuntamiento de Sober Plaza de Galicia, 1, Sober. 27560 (Lugo). Tfno. 982377001. Fax: 982377617 EKNTKGG3267WHTZSAJNDTM3Z3 :nóicadilaV .dóC /lag.acinortceledes.rebosedollecnoc//:sptth :nóicacifireV 71 ed 4 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Ayuntamiento de Sober CLÁUSULA NOVENA. Reversión Al término del plazo de la concesión, revertirán a la Corporación los bienes objeto de la concesión, debiendo el contratista entregarlos con arreglo al contrato y en el estado de conservación y funcionamiento idóneos. Durante un período de tiempo anterior a la reversión, el órgano competente de la Administración adoptará las disposiciones encaminadas la que la entrega de los bienes se verifique en las condiciones convenidas. CLÁUSULA DÉCIMA. Extinción de la Concesión La concesión otorgada se extingue: — Por vencimiento del plazo. — Por desaparición del bien sobre el que sean otorgadas. — Por desafectación del bien. — Por renuncia del concesionario. — Por rescate. — Por resolución judicial. CLÁUSULA DECIMOPRIMERA. Acreditación de Solvencia y estar al corriente de sus obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social Solvencia del concesionario. Las empresas que deseen concurrir al procedimiento de adjudicación deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica, que se acreditará por cualquiera de los siguientes medios: Desarrollo de actividades de distribución energética (gas, electricidad o carburantes) durante los cinco años anteriores, con un volumen de facturación igual o superior a 200.000 euros/año. La solvencia se acreditará mediante una declaración responsable que exprese la actividad desarrollada así como el volumen de facturación. Ayuntamiento de Sober Plaza de Galicia, 1, Sober. 27560 (Lugo). Tfno. 982377001. Fax: 982377617 EKNTKGG3267WHTZSAJNDTM3Z3 :nóicadilaV .dóC /lag.acinortceledes.rebosedollecnoc//:sptth :nóicacifireV 71 ed 5 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Ayuntamiento de Sober Obligaciones tributarias y con la Seguridad Social Las empresas concurrentes han de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y cola Seguridad Social, autorizando al Ayuntamiento a comprobar directamente este extremo ante las Administraciones correspondientes. CLÁUSULA DECIMOSEGUNDA. Presentación de la Oferta y Documentación Administrativa 12.1 Condiciones previas La proposición del interesado deberá ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el licitador del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin excepción o reserva alguna. 12.2 Lugar y plazo de presentación de oferta La presente licitación tiene carácter electrónico, por tanto, el licitador deberá preparar y presentar obligatoriamente su oferta de forma telemática, a través de la PCSP (https://contrataciondelestado.es/wps/portal/!ut/p/b0/04_Sj9CPykssy0xPLMnMz0vMA fIjU1JTC3Iy87KtClKL0jJznPPzSooSSxLzSlL1w_Wj9KMyU5wK9CMtQ1MstAsN8sKDnTNd vYrCggpz8isdbW31C3JzHQG2mSQO/) El plazo de presentación es de 30 días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Perfil de contratante. El plazo finalizará a las 23.59 horas del último día de presentación de ofertas 12.3. Información a los licitadores Cuando sea preciso solicitar la información adicional o complementaria la que se refiere el artículo 138 de la LCSP, la Administración contratante deberá facilitarla, por lo menos, seis días antes de que finalice el plazo fijado para la presentación de ofertas, siempre que dicta petición se presente con una antelación mínima de doce Ayuntamiento de Sober Plaza de Galicia, 1, Sober. 27560 (Lugo). Tfno. 982377001. Fax: 982377617 EKNTKGG3267WHTZSAJNDTM3Z3 :nóicadilaV .dóC /lag.acinortceledes.rebosedollecnoc//:sptth :nóicacifireV 71 ed 6 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Ayuntamiento de Sober días respeto de aquella fecha. Dicta solicitud se efectuará a través de la plataforma de contratación del sector público. 12.4 Contenido de las proposiciones La solicitud de participación constará de tres sobres: SOBRE NÚMERO 1, bajo el lema de DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA PARA TOMAR PARTE EN EL PROCEDIMIENTO DE OTORGAMIENTO DE CONCESIONES DE USO DEL DOMINIO PÚBLICO VIARIO PARA LA INSTALACIÓN DE PUNTOS DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS a) DECLARACIÓN RESPONSABLE firmada y con la correspondiente identificación, en la que el licitador ponga de manifiesto lo siguiente: 1.º Que la sociedad está válidamente constituida y que conforme a su objeto social puede presentarse a la licitación, así como que el firmante de la declaración ostenta la debida representación para la presentación de la proposición y de aquella. 2.º Que cuenta con la correspondiente clasificación, en su caso, o que cumple los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional exigidos, en las condiciones que establezca el pliego de conformidad con el formulario normalizado del documento europeo único de contratación a que se refiere el artículo siguiente. 3.º Que no está incursa en prohibición de contratar por sí misma ni por extensión como consecuencia de la aplicación del artículo 71.3 de la LCSP. 4.º La designación de una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones, que deberá ser «habilitada» de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta LCSP. Esta circunstancia deberá recogerse en el pliego de cláusulas administrativas particulares. b) En los casos en que el empresario recurra a la solvencia y medios de otras empresas de conformidad con el artículo 75 de la Ley, cada una de ellas también deberá presentar una declaración responsable en la que figure la información pertinente para estos casos con arreglo al formulario normalizado del documento europeo único de contratación a que se refiere el artículo siguiente. Ayuntamiento de Sober Plaza de Galicia, 1, Sober. 27560 (Lugo). Tfno. 982377001. Fax: 982377617 EKNTKGG3267WHTZSAJNDTM3Z3 :nóicadilaV .dóC /lag.acinortceledes.rebosedollecnoc//:sptth :nóicacifireV 71 ed 7 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Ayuntamiento de Sober La presentación del compromiso a que se refiere el apartado 2 del artículo 75 se realizará de conformidad con lo dispuesto en el apartado tercero del presente artículo. c) En todos los supuestos en que varios empresarios concurran agrupados en una unión temporal, se aportará una declaración responsable por cada empresa participante en la que figurará la información requerida en estos casos en el formulario del documento europeo único de contratación a que se refiere el artículo siguiente. Adicionalmente a la declaración o declaraciones a que se refiere el párrafo anterior se aportará el compromiso de constituir la unión temporal por parte de los empresarios que sean parte de la misma de conformidad con lo exigido en el apartado 3 del artículo 69 de la Ley. d) Además de la declaración responsable a que se refiere la letra a) anterior, las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, deberán aportar una declaración de sometimiento a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. SOBRE Nº 2. Contendrá la propuesta técnica, con el lema PROPUESTA DE USO DEL DOMINIO PÚBLICO VIARIO PARA LA INSTALACIÓN DE PUNTOS DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS”. En su interior se incluirá una memoria explicativa de las concesiones solicitadas, en las que se detallarán todos los aspectos objeto de valoración, esto es: 1.Proyecto de instalación, metodología, medios a emplear en la gestión de la actividad de recarga –hasta 16 puntos- 2.Plan de calidad de la plataforma telemática prevista para la actividad de recarga –hasta 7 puntos 3. Medios de pago propuestos que den acceso a la actividad de recarga – hasta 7 puntos- Serán rechazados los licitadores que en este sobre nº 2 incluyan cualquier dato o documentación correspondiente a los criterios de valoración que deban ser incluidos necesariamente en los sobres nºs 3 y 4. La puntuación máxima por este concepto será de 30 puntos. Ayuntamiento de Sober Plaza de Galicia, 1, Sober. 27560 (Lugo). Tfno. 982377001. Fax: 982377617 EKNTKGG3267WHTZSAJNDTM3Z3 :nóicadilaV .dóC /lag.acinortceledes.rebosedollecnoc//:sptth :nóicacifireV 71 ed 8 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Ayuntamiento de Sober SOBRE Nº 3. Contendrá la oferta económica, con el lema PROPOSICION ECONOMICA PARA TOMAR PARTE EN EN EL PROCEDIMIENTO DE OTORGAMIENTO DE CONCESIONES DE USO DEL DOMINIO PÚBLICO VIARIO PARALA INSTALACIÓN DE PUNTOS DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS”, y se ajustará al siguiente modelo: “D............................., con domicilio en ..........................., D.N.I. nº ............., en representación de ................., con la finalidad de participar en el procedimiento de en el procedimiento de otorgamiento de concesiones de uso del dominio público viario para la instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos, toma parte en el mismo con arreglo al Proyecto Técnico y Pliego de Condiciones Administrativas aprobados por el Ayuntamiento de Sober, que acepta íntegramente. A tal fin, formulo la siguiente oferta Canon ofertado: ………….. % sobre la facturación anual. La puntuación máxima en este apartado será de 60 puntos, asignándose el máximo de puntuación a la oferta más ventajosa y el resto se asignará por aplicación de regla de tres. La puntuación máxima por aplicación de los criterios de valoración técnicos y de los criterios de valoración de forma automática será de 90 puntos. CLÁUSULA DECIMOTERCERA Garantía Provisional y Definitiva No se exige. La garantía definitiva que habrá de constituir el adjudicatario de la concesión, dentro del plazo de los quince días siguientes a la notificación, consistirá en el 3 por 100 del valor del dominio público ocupado. CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Mesa de valoración El órgano de contratación será asistido por una Mesa de valoración, que procederá al estudio del contenido de las ofertas y que formulará la propuesta de adjudicación. Ayuntamiento de Sober Plaza de Galicia, 1, Sober. 27560 (Lugo). Tfno. 982377001. Fax: 982377617 EKNTKGG3267WHTZSAJNDTM3Z3 :nóicadilaV .dóC /lag.acinortceledes.rebosedollecnoc//:sptth :nóicacifireV 71 ed 9 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Ayuntamiento de Sober De todo el actuado se dejará constancia en el expediente. CLÁUSULA DECIMOQUINTA. Apertura La apertura de la oferta se efectuará en el plazo máximo de cinco días contado desde la fecha de finalización del plazo para presentarla. En primer lugar, el órgano competente procederá a la apertura del sobre 1 y calificará la documentación administrativa contenida en el mismo. Si se observaran defectos u omisiones subsanables en la documentación administrativa presentada, se otorgará un plazo no superior a dos días para que el propietario los corrija o emende. Posteriormente, se procederá a la apertura y examen del sobre 2 y a su valoración. En el mismo acto podrá procederse a la apertura del sober 3, que contiene la oferta económica. La mesa de contratación valorados los sobres de la oferta elevará propuesta de adjudicación al órgano de contratación. CLÁUSULA DÉCIMOSEXTA. Requerimiento de Documentación El órgano de contratación, requerirá al licitador para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde lo siguiente a aquel en que recibiera el requerimiento, presente a documentación a documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos, en concreto la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligación tributarias y con la Seguridad Social, y de constituir la garantía definitiva que sea procedente. CLÁUSULA DECIMOSÉPTIMA Adjudicación del contrato Ayuntamiento de Sober Plaza de Galicia, 1, Sober. 27560 (Lugo). Tfno. 982377001. Fax: 982377617 EKNTKGG3267WHTZSAJNDTM3Z3 :nóicadilaV .dóC /lag.acinortceledes.rebosedollecnoc//:sptth :nóicacifireV 71 ed 01 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Ayuntamiento de Sober Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. La adjudicación deberá ser motivada se notificará a los candidatos o licitadores, debiendo ser publicada en el perfil de contratante en el plazo de 15 días. CLÁUSULA DECIMOCTAVA. Formalización de la concesión El contrato deberá formalizarse en documento administrativo dentro del plazo de quince días hábiles, a contar desde lo siguiente al de la notificación de la adjudicación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder la cualquier registro público. Cualquiera de las partes podrá solicitar elevar la Escritura pública el contrato siendo en cuyo caso de su cuenta los gastos que se originen. CLÁUSULA DECIMONOVENA. Gastos Exigibles al Adjudicatario El adjudicatario deberá abonar los gastos correspondientes al presupuesto de las obras que deben ejecutarse, así como los honorarios de redacción del proyecto en su caso. CLÁUSULA VIGÉSIMA. Otorgamiento de subvención El concesionario no tendrá derecho a obtener subvenciones otorgadas por este Ayuntamiento. CLÁUSULA VIGÉSIMOPRIMERA. Penalidades por Incumplimiento A) CASOS DE IMPOSICIÓN DE PENALIDADES AL CONCESIONARIO. A efectos contractuales, se considerará falta sancionable toda acción u omisión del concesionario que suponga un incumplimiento de las obligaciones especificadas en el presente pliego, previa tramitación de expediente con audiencia del interesado y mediante resolución motivada. Toda falta cometida por el concesionario se clasificará atendiendo a su trascendencia en leve, grave y muy grave, de acuerdo con las definiciones Ayuntamiento de Sober Plaza de Galicia, 1, Sober. 27560 (Lugo). Tfno. 982377001. Fax: 982377617 EKNTKGG3267WHTZSAJNDTM3Z3 :nóicadilaV .dóC /lag.acinortceledes.rebosedollecnoc//:sptth :nóicacifireV 71 ed 11 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Ayuntamiento de Sober siguientes: FALTA LEVE: a) Aquéllas que supongan pequeñas deficiencias y retrasos relativas al mantenimiento adecuado o a las reparaciones o reposiciones rutinarias b) Utilizar más espacio del autorizado incumpliendo las características del aprovechamiento señaladas. c) No mantener las instalaciones en las debidas condiciones de seguridad y salubridad pública, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal en que pudiera incurrir. d) No cumplir las órdenes cursadas sobre el adecuado mantenimiento y conservación de las instalaciones u otros requerimientos practicados por el Ayuntamiento. e) Dejar de prestar la actividad sin causa debidamente justificada y sin la previa autorización municipal. f) Obstaculizar las funciones de inspección y vigilancia que debe efectuar el Ayuntamiento en el ejercicio de sus competencias. FALTA MUY GRAVE: a) Haber sido sancionado con tres faltas graves. b) La vulneración de las condiciones de seguridad para los ciudadanos. c) La transmisión de la titularidad de la concesión sin autorización previa. d) No contar con las autorizaciones correspondientes o no ajustarse a las concedidas. e) No mantener el dominio público en perfecto estado durante el plazo de duración de la concesión. f) Enajenar, gravar, o sustituir sin el consentimiento expreso del Ayuntamiento la concesión, sin perjuicio de la facultad de rescindir la misma. B) CUANTÍA DE LAS PENALIDADES: Las penalidades por la comisión de las referidas faltas consistirán en: a) Faltas leves: imposición de Multa de hasta 750.-€ b) Faltas graves: imposición de Multa de 751 a 1.500.-€ y la suspensión temporal de la actividad hasta un máximo de 20 días c) Faltas muy graves: imposición de Multa de 1.201 a 3.000.-€ y la resolución de la concesión La graduación de las penalidades se efectuara de conformidad con el daño Ayuntamiento de Sober Plaza de Galicia, 1, Sober. 27560 (Lugo). Tfno. 982377001. Fax: 982377617 EKNTKGG3267WHTZSAJNDTM3Z3 :nóicadilaV .dóC /lag.acinortceledes.rebosedollecnoc//:sptth :nóicacifireV 71 ed 21 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Ayuntamiento de Sober producido al interés público y del beneficio obtenido, con aplicación de las circunstancias modificativas concurrentes: 1.- .Son circunstancias atenuantes: a) La ausencia de intención de causar un daño grave a los intereses públicos o privados afectados. b) La reparación voluntaria y espontánea del daño causado. 2.- Son circunstancias agravantes: a) La intencionalidad o negligencia, la declaración de datos falsos o incorrectos o la falsificación de documentos, salvo que los hechos sean constitutivos de delito. b) La comisión de la infracción por el concesionario al que se haya impuesto con anterioridad una sanción firme por cualesquiera faltas graves o muy graves, de las previstas en este pliego, en los últimos cuatro años. Las penalidades que se impongan al concesionario se harán efectivas en el plazo que establece el Reglamento General de Recaudación, aprobado por R.D. 939/2005 de 29 de julio, de forma que de no hacerlo así su importe se deducirá de la fianza, que deberá ser completada en el plazo de 15 días. Si el Ayuntamiento tuviese que proceder contra la fianza del contratista, lo hará por el procedimiento de apremio. En lo no previsto en esta cláusula se estará a lo dispuesto en el título Preliminar, Capítulo III de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. CLÁUSULA VIGÉSIMOSEGUNDA. Unidad Tramitadora De conformidad con el dispuesto en el artículo 62.1 de la LCSP, la unidad encargada de la tramitación y seguimiento del expediente será el concejal de obras municipal CLÁUSULA VIGÉSIMOTERCERA. Transmisión Previa autorización del Órgano de Contratación el concesionario podrá transmitir la concesión, con los requisitos legalmente exigidos, debiéndose acreditar en el expediente que el transmitido reúne los requisitos de solvencia técnica y Ayuntamiento de Sober Plaza de Galicia, 1, Sober. 27560 (Lugo). Tfno. 982377001. Fax: 982377617 EKNTKGG3267WHTZSAJNDTM3Z3 :nóicadilaV .dóC /lag.acinortceledes.rebosedollecnoc//:sptth :nóicacifireV 71 ed 31 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Ayuntamiento de Sober económica y financiera establecidos en este pliego. Dicha transmisión no afectará al periodo de vigencia. CLÁUSULA VIGÉSIMOCUARTA. Confidencialidad y tratamiento de datos 24.1 Confidencialidad La empresa adjudicataria (como encargada del tratamiento de datos) y su personal en cumplimiento de los principios de integridad y confidencialidad deben tratar los datos personales a los que tengan acceso de forma que garanticen una seguridad idónea incluida la protección contra el tratamiento no autorizado o ilícito y contra su pérdida, destrucción o daño accidental, mediante la aplicación de medidas técnicas u organizativas apropiadas de conformidad con el establecido en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Reglamento 2016/679 relativo a la protección de las personas físicas en el que respeta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento general de protección de datos). Esta obligación es complementaria de los deber de secreto profesional y subsistirá aunque finalice el contrato con el responsable del tratamiento de los datos (Ayuntamiento). 24.2 Tratamiento de Datos En cumplimiento del dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Reglamento general de protección de datos, los licitadores quedan informados de que los datos de carácter personales que, en su caso, sean recogidos a través de la presentación de su oferta y demás documentación necesaria para proceder a la contratación serán tratados por este Ayuntamiento con la finalidad de garantizar el idóneo mantenimiento, cumplimiento y control del desarrollo del contrato. CLÁUSULA VIGÉSIMOQUINTA. Régimen Jurídico del Contrato Ayuntamiento de Sober Plaza de Galicia, 1, Sober. 27560 (Lugo). Tfno. 982377001. Fax: 982377617 EKNTKGG3267WHTZSAJNDTM3Z3 :nóicadilaV .dóC /lag.acinortceledes.rebosedollecnoc//:sptth :nóicacifireV 71 ed 41 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Ayuntamiento de Sober Este contrato tiene carácter privado, su preparación y adjudicación se regirá por el establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación a Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas; el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio y la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. En cuanto a sus efectos y extinción se regirá por las Normas de Derecho privado. El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente el conocimiento de las cuestiones que se susciten en relación con la preparación y adjudicación de este contrato. La orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes Ayuntamiento de Sober Plaza de Galicia, 1, Sober. 27560 (Lugo). Tfno. 982377001. Fax: 982377617 EKNTKGG3267WHTZSAJNDTM3Z3 :nóicadilaV .dóC /lag.acinortceledes.rebosedollecnoc//:sptth :nóicacifireV 71 ed 51 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Ayuntamiento de Sober CONCELLO DE SOBER Praza do Concello, s/n Sober 27460 (Lugo) Teléfono 982 460001 982 460005 Anexo CONCESIÓN DE DOMINIO PÚBLICO PARA INSTALACIÓN DE PUNTOS DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS Situación: -Plaza do Cuartel,27460, SOBER - LG. Doade,27424,SOBER. 1. Ubicación 1: Plaza do Cuartel, SUP: 24 M2 2. Ubicación 2: Lugar Doade, SUP: 24 M2 Ayuntamiento de Sober Plaza de Galicia, 1, Sober. 27560 (Lugo). Tfno. 982377001. Fax: 982377617 EKNTKGG3267WHTZSAJNDTM3Z3 :nóicadilaV .dóC /lag.acinortceledes.rebosedollecnoc//:sptth :nóicacifireV 71 ed 61 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Ayuntamiento de Sober DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE Ayuntamiento de Sober Plaza de Galicia, 1, Sober. 27560 (Lugo). Tfno. 982377001. Fax: 982377617 EKNTKGG3267WHTZSAJNDTM3Z3 :nóicadilaV .dóC /lag.acinortceledes.rebosedollecnoc//:sptth :nóicacifireV 71 ed 71 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD