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ÁREADEGOBIERNODEHACIENDA,NUEVASTECNOLOGÍASEINTERIOR
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EXPTE.Nº:CD2021/1
PLIEGODECLÁUSULASADMINISTRATIVASPARTICULARESDECONCESIÓNDEMANIAL
PARAINSTALACIÓNYPOSTERIOREXPLOTACIÓNDEPUNTOSDERECARGAPARA
VEHÍCULOSELÉCTRICOSENCARTAGENA
I.-DATOSGENERALES
1.1-RÉGIMENJURÍDICODELACONCESIONDEMANIAL.
La concesión de dominio público tiene naturaleza administrativa de conformidad con lo establecido en
el art.93 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas (LPAP).La
presenteconcesiónsuponeunusoespecialdeldominiopúblicomunicipal,yaqueporsuintensidadexcededel
usocomúngeneralquecorrespondeatodoslosciudadanos.
A la presente concesión le es de aplicación lo dispuesto en la legislación básica en materia de régimen
local, la Ley 7/1985, de 2 de Abril, de Bases del Régimen Local, el R.D. Legislativo 781/1986, de 18 de Abril
que aprueba el TextoRefundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local; el R.D.
1372/86,de13deJunio,queapruebaelReglamentodeBienesdelasEntidadesLocales;porlalegislaciónbásica
estatal,Ley33/2003,de3denoviembre,delPatrimoniodelasAdministracionesPúblicasyReglamentoGeneral
delaLey33/2003,de3denoviembre.
Respecto a la preparación y adjudicación, esta concesión se regirá conforme a lo dispuesto en la Ley
9/2017,de8denoviembre,deContratosdelSectorPúblicoyporsusnormasdedesarrollo.
EstePliegorecogelospactosycondicionesdefinidorasdelosderechosyobligacionesqueasumiránlas
partes.LaprestaciónseajustaráalascondicionesestablecidasenelpresentePliegodeCláusulasAdministrativas
ParticularesyeneldePrescripcionesTécnicas,queformanparteintegrantedelaconcesión,ydeconformidad
conloofertadoporquienresulteserconcesionario.
El desconocimiento de las condiciones establecidas en cualquiera de los términos del contrato, de las
instrucciones,PliegosonormasdetodaíndoleaprobadasporlaAdministración,quepuedanserdeaplicaciónen
laejecucióndelopactado,noeximiráalautorizadodelaobligacióndesucumplimiento.
El concesionario asume la obligación de ejercer de forma real, efectiva y continua, sobre el personal
integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo
empresario. En particular,asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y
vacaciones,lassustitucionesdelostrabajadoresencasosdebajaoausencia,lasobligacioneslegalesenmateriade
SeguridadSocial,incluidoelabonodecotizacionesyelpagodeprestaciones,cuandoproceda,lasobligaciones
legalesenmateriadeprevenciónderiesgoslaborales,elejerciciodelapotestaddisciplinaria,asícomocuantos
derechosyobligacionessederivendelarelacióncontractualentreempleadoyempleador.Elautorizadoseobliga
a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial que sea de
aplicación especificado en la oferta evaluable automáticamente. A la extinción de la autorización no podrá
producirseenningúncasolaconsolidacióndelaspersonasquehayanrealizadolostrabajosobjetodelcontrato
comopersonaldelaentidadcontratante.
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1.2.-ÓRGANODECONTRATACIÓN
En virtud de lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda de la LCSP,y ser el Ayuntamientode
Cartagenaunmunicipiodegranpoblación,previstoenelartículo121delaLey7/1985,de2deabril,Reguladora
delasBasesdeRégimenLocal,lascompetenciasdelórganodecontrataciónseejercenporlaJuntadeGobierno
Local.
1.3.-RESPONSABLEDELACONCESIÓN
Responsabledeestaconcesióneselingenieromunicipal,DºMatíasYepesMartínez.
II.-CONTENIDODELACONCESIÓN
2.-OBJETODELACONCESIÓN
Elobjetodeestecontratoescomprendelascondicionestécnicasqueservirándebaseparalaadjudicación
delainstalaciónyposteriorexplotacióndeuntotalde10puntosderecargaparavehículoseléctricosenCartagena.
Elbienobjetodeadjudicacióneselsiguiente:
• Porción de acera en cada una de las ubicaciones establecidas en el presente documento, junto a bordillo, la
necesariaparainstalacióndetótemopuntoderecargadevehículoeléctricos.
•Canalización,aejecutarporlaadjudicataria,hastaelpuntodesuministrodesignadoporlaempresaproveedora
deenergíaeléctrica.
• Dos (2) plazas de aparcamiento, junto al tótem instalado, las cuales se ubicarán de forma tal que el tótem de
recarga se ubique entre las mismas o, en su defecto, si no es posible por las condiciones de la vía, y en los
aparcamientosenlínea,unaúnicaplazade aparcamiento.
ElPliegodePrescripcionesTécnicasestableceeltipodetrabajoarealizar,laorganizacióndelosmismos
ysusplazosdeejecución,asícomoelrestodecondicionesquehanderegirestaconcesión.
Lapresenteconcesióntienecarácterindependientedelospermisosylicencias,inclusodecompetencias
municipalesqueelautorizadopreciseparaelválidoejerciciodelaactividad,queseránasucargo.
3.-NECESIDADADMINISTRATIVADELAADMINISTRACIÓN
Lanecesidadadministrativadeestaconcesióndemanialestáacreditadaenelexpedienteyvienemotivada
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"El Ayuntamiento de Cartagena dentro de los objetivos fijados de desarrollo sostenible y dentro de los
compromisosadquiridosdentrodelPlandeAcciónporelClimaylaEnergíaSosteniblesecontemplaelfomento
de la movilidad personal como una de las principales acciones de mitigación de gases de efecto invernadero.
Indudablementeelusodevehículosquesealimentendeenergíaeléctrica,ensustitucióndeaquellosotrosque
sedesplacenhaciendousodecombustiblefósilesunclaroexponentedereduccióndeemisionesalaatmósfera.
Asílascosas,ytomandoenconsideraciónqueelAyuntamientodeCartagenanodisponedelosmedioshumanos
ni materiales para desplegar y operar por sus medios y con el conocimiento adecuado para que el servicio de
puntosderecargadevehículoseléctricosdescritofuncioneadecuadamente,considerosobradamentejustificada
lanecesidaddeprocederainiciarelprocedimientoadecuadoparalalicitaciónprecitada".
4.-CONTRAPRESTACIÓNDELACONCESIÓN
4.1.-CANON
Elpreciodelaconcesiónesde20.000euros,arazónde500euros/anualesporpuntoderecarga.
Eladjudicatariodelapresenteautorizacióndeberásatisfaceruncanonmínimoanualporpunto,mejorable
alalzaporloslicitadoresde500Eurosanualesporcadapuntoquesesoliciteinstalar.
Según lo establecido en el art. 7.9 de la Ley 37/1992, diciembre, del Impuesto sobre el ValorAñadido,
elcanonaabonaralAyuntamientodeCartagenatienelaconsideracióndeoperaciónnosujetaaIVA,teniendo
elcarácterdetasaporlautilizaciónprivativaoaprovechamientoespecialdebienesdedominiopúblicolocal,sin
perjuiciodelaaplicacióndedichoimpuestoenlascontraprestacionesquequedensujetasalmismoenelámbito
delaactividadempresarial.
5.-PLAZODEEJECUCIÓN.
5.1 ElplazodeejecucióndelcontratoserádeCUATROAÑOS,quesecontarádesdelafechadeformalización
delcontrato.
Siporcausasnoimputablesalautorizado,nialresponsabledelcontratonopudierainiciarselaejecución
enlafechapactada,éstedeberácomunicarloalórganodecontrataciónalosefectosoportunos.
5.2PRÓRROGASLapresenteconcesiónessusceptibledeprórroga,anualmente,por4añosmás.
III.-PROCEDIMIENTOPARACONTRATAR.
6.-CAPACIDADYSOLVENCIAPARACONTRATAR.
Podrántomarparteenesteprocedimientodecontrataciónlaspersonasnaturalesojurídicas,españolaso
extranjeras,quetenganplenacapacidaddeobrar,noesténincursosenunaprohibicióndecontratar,yacrediten
susolvenciaeconómica,financieraytécnicaoprofesional.
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7.-PROCEDIMIENTOYFORMADEADJUDICACIÓN.
7.1.-LUGARYPLAZODEPRESENTACIÓNDELASPROPOSICIONES.
7.1.1.- Las proposiciones electrónicas, junto con la documentación preceptiva, se presentarán de
formadigitalatravésdelaPlataformadeContratacióndelSectorPúblico,enelperfildelcontratantede
laJuntadeGobiernoLocaldelAyuntamientodeCartagena.
Lapresentacióndelasproposicionespresumelaaceptaciónincondicionalporpartedellicitadordetodas
lascláusulasdeestePliego,sinsalvedadalguna.
7.1.-FORMADEADJUDICACIÓN.
La adjudicación del presente contrato se llevará a cabo en tramitación ordinaria, por procedimiento abierto
reguladoenelartículo156delaLCSP,siendoloscriteriosdevaloraciónlossiguientes:
Ladocumentaciónparalalicitación,sepresentaráentresarchivosPDFemitidosporellicitadoropersonaque
legalmentelorepresente:
ARCHIVONº1:DOCUMENTACIÓNACREDITATIVAREQUISITOSPREVIOS,DEUC
ARCHIVONº2:PROPOSICIÓNSUJETAAJUICIODEVALOR
ARCHIVONº3:PROPOSICIÓNEVALUABLEDEFORMAAUTOMÁTICA
ARCHIVO Nº 1: DOCUMENTACIÓNACREDITATIVAREQUISITOS PREVIOS: Se acompañará una
declaración responsable ajustada al formulario de documento europeo único, (DEUC), con la correspondiente
identificación,elcualseencuentradisponibleanexadoalospliegospublicadosenelperfildecontratantedela
Junta de Gobierno Local del Ayuntamientode Cartagena, alojado en la Plataforma de Contratación del Sector
Público, también para su cumplimentación podrá acceder a la
página https://visor.registrodelicitadores.gob.es/espd-web/filter?lang=es
Asimismo, el licitador dispone en la página web de del Ayuntamientode Cartagena, perfil del contratante de
Patrimonio,unaguíaparalacumplimentacióndelDEUC.
Ellicitadordeberáponerdemanifiesto:
Parte I: INFORMACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN Y EL PODER
ADJUDICADOROLAENTIDADADJUDICADORA.Estaparteleapareceráyacumplimentada.
Parte II: INFORMACIÓN SOBRE EL OPERADOR ECONÓMICO. Debe rellenar en todo caso las
seccionesA(datossobrelaempresa)yB(datossobreelrepresentantedelaempresaenlalicitación).Lasección
Csolosecumplimentaráenelcasodequeustedrecurraalasolvenciay/omediosdeotrasentidadesparacumplir
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conlosrequisitosdesolvencia;ylasecciónD,cuandotengaprevistosubcontratarpartedelaprestaciónysehaya
indicadoexpresamenteenelpresentepliegoydebafacilitardichainformación.
ParteIII:MOTIVOSDEEXCLUSIÓN.Deberesponderconun“sí”oun“no”alaspreguntasformuladasen
cadaunodelosmotivosdeexclusióny,ensucaso,sidichainformaciónesconfidencial.
Parte IV: CRITERIOS DE SELECCIÓN. Requisitos de capacidad y solvencia. Deberá cumplimentar las
seccionesA(Idoneidad,esdecir,capacidaddeobrary,ensucaso,habilitacionesoautorizaciones)Delapartado
B:SOLVENCIAECONÓMICAYFINANCIERA,elpunto1a),expresandoelvolumenanualdenegociosque
durantelostresúltimosejerciciosdisponibleshayatenidoenelámbitoalqueserefiereestecontrato,referidoal
mejorejercicioenfuncióndelasfechasdeconstituciónodeiniciodeactividadesdelempresarioydepresentación
de ofertas por importe igual o superior al exigido en los pliegos del contrato. Del apartado C: CAPACIDAD
TÉCNICA Y PROFESIONAL, el punto 1b), expresando una relación de los principales servicios o trabajos
realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los tres
últimosaños.
ParteV:REDUCCIÓNDELNÚMERODECANDIDATOSCUALIFICADOS.Solodebecumplimentaresta
parteVenelcasodequeelprocedimientodeadjudicaciónseaelprocedimientorestringidooelprocedimiento
delicitaciónconnegociación.
ParteVI:DECLARACIONESFINALES.Cumplimentarsegúninstrucciones.
CuandoelDeucpresentadoadolezcadealgúnerroruomisióndealgunodelosrequisitosexigidoselpliego,la
mesa de contratación otorgarán un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador pueda completar
lainformaciónsolicitada.
SielDEUCesilegibleconllevarálaexclusióndelalicitaciónporpartedelamesadecontratación.
ARCHIVO Nº 2 “PROPOSICIÓN TÉCNICA, EVALUABLE SEGÚN JUICIO DE VALOR” En este
archivoseincluirálaproposicióntécnicarelativaaloscriteriosdevaloraciónestablecidosenelpunto7.4.1de
estePliegocomocriteriosdeadjudicaciónevaluablessegúnjuiciodevalor.
ARCHIVONº3:PROPOSICIÓNEVALUABLEDEFORMAAUTOMÁTICAEnestearchivoseincluirá
la oferta conforme al modelo del ANEXO I OFERTA,que se encuentra anexado a los pliegos publicados en
elperfildecontratante,yseráevaluadaconformealoscriteriosevaluablesdeformaautomáticarecogidosenel
punto7.4.2deestePliego.
Cada licitador solamente podrá presentar una única oferta y no se aceptarán aquellas proposiciones que tengan
omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que la Administración estime
fundamentalparalaoferta.Elincumplimientodecualquieradelosrequisitosanterioresdeterminarálainadmisión
delaproposición.
7.4.-CRITERIOSDEADJUDICACIÓNYVALORACIÓN.
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7.4.1.- CRITERIOS DE VALORACIÓNDE LA PROPOSICIÓN TÉCNICA DEPENDIENTES DE UN
JUICIODEVALOR….............HASTA40PUNTOS
Laevaluacióndelasproposicionesincluidasenelarchivonº2serealizaráconarregloloscriteriosdeadjudicación
cuantificables mediante los juicios de valor establecidas en este apartado, y su ponderación será 40 puntos de
lapuntuacióntotal.
Seestablecencomocriteriosavalorar:
•Por las campañas de divulgación de los beneficios ambientales del uso de los vehículos eléctricos y
descripción de los incentivos de uso del sistema, especificando los precitados incentivos, como bonos
descuento, en función del número de recargas,campañas de descuento a los usuarios en las recargaspor
temporadasespeciales,Navidad,SemanaSantaysimilares.....................HASTA40PUNTOS.
7.4.2.- CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE MERA APLICACIÓN DE
FÓRMULAS…....................................HASTA60PUNTOS.
Esta oferta debe redactarse según modelo (ANEXO I "OFERTAEVALUABLEAUTOMÁTICAMENTE",
anexadoalospliegospublicadosenelperfildecontratante).
La evaluación de las ofertas del archivo nº 3 se realizará con arreglo los criterios de adjudicación establecidos
enesteapartado:
1.-Mayorcanonofertado:............................(HASTA30puntos)
Se fija inicialmente como canon anual a satisfacer por el autorizado al Ayuntamientoel siguiente, mejorable al
alzaporloslicitadores:
500€/ porcadapuntoyañoquesesoliciteinstalar.
La oferta económica deberá ser igual o superior al canon mínimo anual establecido, en caso contrario, no será
tenidaencuenta.
Seasignarálamáximapuntuaciónenesteapartado(30puntos)allicitadorqueoferteelmayorcanon.
Laasignacióndelospuntosdeesteapartadoseráenproporcióndirectaconformealasiguientefórmula:
Pi=(OixPm)/Om
Siendo:
Pi=Puntosdelaofertaconcreta
Oi=Ofertaconcreta
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Pm=Puntostotales
Om=Mejoroferta
Laofertaquecoincidaconelimportedelicitaciónseleasignaráceropuntos.
2.-Porincrementoenelnúmerodepuntosderecargadesplegados.
Porcadapuntoderecargaadicionalalmínimode10especificadosenelPliegoTécnico,arazónde6puntos
porpuntoderecargaconun máximode5 puntosadicionalesenlostérminosprevistosenelpunto3del
PPT..............................................................................................(HASTA30PUNTOS).
Se asignarán el total de 30 puntos al licitador que mayor número de puntos de recargaoferte y al resto los que
enproporcióndirectalescorresponda.
Sidurantecualquieradelasfasesdelalicitaciónpreviasalapropuestadeadjudicaciónseprodujeralaexclusión
o renuncia de algún licitador, se procederá al recálculo de los puntos que hayan sido asignados, mediante la
aplicacióndefórmulasmatemáticas,conlasempresasquecontinuaranenlalicitación.
En el caso de que quedara desierto porque ningún licitador pujara por la presente concesión o por cualquier
otracausaimputablealautorizado,laautorizaciónsepodráadjudicardirectamenteaaquellaspersonasfísicaso
jurídicasqueseproponganporelórganoproponentedelaautorizaciónunavezqueseacrediteelcumplimiento
delascondicionesrequeridasenelpliegodeprescripcionestécnicas.
7.5.-FORMADEPRACTICARLASNOTIFICACIONES.
La notificación de la adjudicación así como de cualquier acto que afecte a los licitadores se hará por
correo electrónico a la dirección que los licitadores designen al presentar sus proposiciones, en los términos
establecidosenelartículo41delaLey39/2015,de1deoctubre,delProcedimientoAdministrativoComúnde
las Administraciones Públicas. A tal efecto, el adjudicatario recibirá un aviso en su correo electrónico y/o un
SMSalmóvilfacilitado,conunenlaceparadescargarseeldocumentoobienpodráacceder,consucertificado
electrónico, a: https://seguro.cartagena.es/sedeelectronica/index.asp; entrar a su carpeta de la empresa, y en el
apartado“notificacionestelemáticas”tendrálaresoluciónqueselenotifica,lacualdebefirmar.Laadjudicaciónse
notificaráaloslicitadoresysimultáneamentesepublicaráenelperfildelcontratante,contándoseloplazosdesde
lafechadelenvíodelanotificación,deconformidadconlodispuestoenlaDisposiciónadicionaldecimoquinta
delaLCSP.
7.6.-PROCEDIMIENTODEADJUDICACIÓN.
7.6.1.-RecepcióndeDocumentación.Terminadoelplazode15díasnaturalesparalapresentacióndelas
proposiciones,acontardesdeelsiguientealdelapublicaciónenelperfildelcontratantedelanunciodelicitación,
laMesadeContrataciónrecabarálarelacióndelicitadoresquesehanpresentadoo,ensucaso,sobrelaausencia
delicitadores,queremitiráalÓrganodeContratación.
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7.6.2.- Apertura proposición técnica dependiente de un juicio de valor,y de la proposición evaluable a
travésdecriterioscuantificablesmediantelameraaplicacióndefórmulas.
LacomposicióndelaMesadeContratación,queestánombradaconcarácterpermanente,seencuentraen
elperfildelcontratantedelAyuntamientodeCartagena.LaMesadeContratación,enactopúblico,procederáa
laaperturadelaproposicióntécnica,yposteriormentealadelaproposicióneconómica,lasevaluaráconarreglo
aloscriteriosestablecidosenelpunto7.4deestepliego,lasclasificaráporordendecreciente,yposteriormente
elevarásupropuestaalÓrganodeContratación.
Encasodeempateentrevariasofertastraslaaplicacióndeloscriteriosdeadjudicacióndelcontratose
resolverá mediante la aplicación por orden de los criterios sociales previstos en el artículo 147.2 de la LCSP,
referidosalmomentodefinalizarelplazodepresentacióndeofertas.ElÓrganodeContratación,cuandoloestime
conveniente,podrá,medianteresoluciónmotivadaadoptarladecisióndenoadjudicarocelebrarelcontratooel
desistimientodelprocedimiento,antesdelaformalizaciónenlostérminosdelartículo152delaLCSP.
7.6.3.-RequerimientodeDocumentaciónPrevioalaAdjudicacióndelContrato.
Concarácterprevioalaadjudicación,elÓrganodeContrataciónrequeriráallicitadorquehayapresentado
la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES a contar
desde el envío de la comunicación, presente la documentación que se relaciona en el apartado siguiente, bajo
apercibimientodequeencasodenoprocederasucumplimentacióndentrodelplazoseñalado,seentenderáque
el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el
orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas. Presentada la documentación requerida se procederá a la
adjudicacióndelcontrato.
7.7.-DOCUMENTACIÓNAPRESENTARPORELLICITADORREQUERIDO.
Los documentos que se relacionan a continuación podrán aportarse en original o mediante copias que
tengan carácter de auténticas conforme a la legislación vigente, y se aportarán ordenados tal como se indica a
continuación.
En todo caso, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector
Público acreditará frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado y
salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad
de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y técnica o
profesional,clasificaciónydemáscircunstancias,asícomolaconcurrenciadelasprohibicionesdecontratarque
debanconstarenelmismo,deconformidadconlodispuestoenelartículo96delaLCSP.
A)DOCUMENTACIÓNGENERAL.
A.1)Documentosacreditativosdelacapacidaddeobrar.Siellicitadorfuerepersonajurídica,deberápresentar
copiaauténticaotestimonionotarialdelaescrituradeconstituciónydemodificación,ensucaso,inscritasenel
RegistroMercantil,cuandoesterequisitofueraexigibleconformealalegislaciónmercantilqueleseaaplicable.Si
nolofuere,laacreditacióndelacapacidaddeobrarserealizarámediantelaescrituraodocumentodeconstitución,
demodificación,estatutosoactofundacional,enelqueconstarenlasnormasporlasqueseregulasuactividad,
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inscritos,ensucaso,enelcorrespondienteRegistroOficial.Paraloslicitadoresindividualesseráobligatoriala
presentación de copia compulsada, notarial o administrativamente, del Documento Nacional de Identidad o el
que, en su caso, lo sustituya reglamentariamente, así como el Número de Identificación Fiscal cuando éste no
constaseenaquél.
En las uniones temporales, tanto de personas físicas como jurídicas, cada uno de los componentes acreditará
su capacidad, personalidad, representación y solvencia, debiendo indicar,en documento aparte, los nombres y
circunstanciasdelasempresasqueconstituyanlaunióntemporal,elporcentajedeparticipacióndecadaunode
ellos,elcompromisodeconstituirseenunióntemporalencasoderesultaradjudicatariosydesignarlapersonao
entidadquedurantelavigenciadelcontratohadeostentarlaplenarepresentacióndetodosantelaAdministración.
Ellicitadorqueformepartedeunaunióntemporalnopodráconcurririndividualmenteenelmismoprocedimiento
ofigurarenmásdeunaunióntemporal.
A.2)Documentosacreditativosdelarepresentación.Losquecomparezcanofirmenproposicionesennombre
de otro presentarán poder reconocido en derecho que legitime la representación. Si el licitador fuera persona
jurídica, el poder general deberá figurar inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder
especial para un acto concreto, no será necesario el requisito de su previa inscripción en el Registro Mercantil.
Igualmente, la persona con poder bastante en derecho, a efectos de representación, deberá acompañar copia
compulsada,notarialoadministrativamente,desuDocumentoNacionaldeIdentidad.
A.3)Documentosqueacreditenlasolvenciaeconómicayfinancieraytécnicaoprofesional.Laacreditación
documental de la solvencia económica financiera y técnica se hará mediante cualesquiera de los medios
enumeradosenelartículo87.2delaley9/2007,de8denoviembre.
Lasolvenciatécnicaoprofesionalseacreditarámediantecertificadosdelasprincipalesprestacionesejecutados,
durantelostresúltimosaños,denaturalezasimilaralobjetodeestecontrato.
B)DOCUMENTACIÓNJUSTIFICATIVADEHALLARSEALCORRIENTEENELCUMPLIMIENTO
DESUSOBLIGACIONESTRIBUTARIASYCONLASEGURIDADSOCIAL.
B.1)Seguroderesponsabilidadcivil.Eladjudicatariodeberátenersuscritounseguroderesponsabilidadcivil,
debiendopresentarpólizadelmismoasícomocopiadelpagodelúltimoreciboenvigor.
B.2) Garantía definitiva. El adjudicatario deberá constituir a disposición del Órgano de Contratación, en la
TesoreríaMunicipal, una garantía definitiva del 5% del canon ofertado, de conformidad con lo establecido en
el artículo 107 de la LCSP.La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios
electrónicos.Lagarantíapodráconstituirseencualquieradelasformasprevistasenelartículo108delaLCSP.
De conformidad con el 106 de la LCSP, se exime a los licitadores de la obligación de constituir garantía
provisional.Ladevoluciónocancelacióndelagarantíadefinitivaserealizaráunavezproducidoelvencimiento
delcontratoycumplidosatisfactoriamenteéste,oresueltoésteporcausasnoimputablesaladjudicatario.
B.3)ObligacionesTributarias.
Deberánaportarcertificaciónpositiva,expedidaporlaAgenciaEstataldeAdministraciónTributaria,deestaral
corriente de las obligaciones tributarias, o declaración responsable de no estar obligado a presentar las
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declaraciones o documentos citados. Asimismo, deberá presentar Certificación de estar al corriente de sus
obligacionesconelAyuntamientodeCartagena.
B.4)ObligacionesconlaSeguridadSocial.
DeberánaportarcertificaciónpositivaexpedidaporlaTesoreríaTerritorialdelaSeguridadSocialdehallarseal
corrientedelasobligacionesconlaSeguridadSocial.
8.-ADJUDICACIÓNDELACONCESIÓN.
La adjudicación se acordará por el Órgano de Contratación dentro del plazo de CINCO DÍAS HÁBILES,
siguientesalarecepcióndeladocumentaciónrequerida,enresoluciónmotivadaenlaqueseconcretarányfijarán
los términos definitivos del contrato, se notificará a los licitadores y,simultáneamente, se publicará en el perfil
decontratante.
9.-FORMALIZACIÓNDELACONCESIÓN.
Laformalizacióndelaconcesiónseperfeccionarámediantelafirmadeldocumentoadministrativocontractual,
nomástardedelosquincedíashábilesdesdequeseremitalanotificacióndelaadjudicaciónaloslicitadoresy
candidatos constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. La
formalizacióndelaconcesiónsepublicaráenelperfildelcontratantedelÓrganodeContratación.
IV.-CONDICIONESDELACONCESIÓN.
10.-RESPONSABLEDELCONTRATO.Elresponsabledelcontratoseencargarádelasupervisiónyelcontrol
delaejecucióndelcontrato,conlassiguientesatribuciones:
1.SupervisarálaejecucióndelaconcesiónycomprobarásuadecuaciónalosPliegos.
2.Informaráalórganodecontratacióndelosincumplimientosdelconcesionario.
3.Informará al órganode contratación de cualquier medida a adoptar durante la ejecución del contrato así
comolaelaboracióndeinformessobrelainterpretaciónoresolucióndelapresenteconcesión.
4.Tendrála facultad de autoridad para poder inspeccionar el ejercicio de la actividad así como los libros,
facturasydemásdocumentaciónvinculadadirectaoindirectamenteconlasprestacionesdelcontrato.
5.Informará sobre la procedencia o no para la devolución de la garantía definitiva. A tal efecto, una vez
transcurridoelplazoprevistoparaelloenestepliego,inmediatamenteevacuaráelinformeyloentregará
alórganodecontratación,sinnecesidaddesolicitudorequerimientopordelcontratistaonitampocodel
órganodecontratación.
6.Realizaráaquellasotrasatribucionesprevistasenestepliegoyeneldeprescripcionestécnicasparticulares
oqueleencomiendeelórganodecontratación.
11.- CARACTERÍSTICASDELACONCESIÓNYRIESGOYVENTURA
1.La presente concesión de uso especial del dominio público se entiende otorgada a título de precario,
pudiendoserrevocadaporinteréspúblico,debiendoindemnizarelautorizadoalAyuntamientoenelcaso
dequeincumplalascondicionesalasqueestásometido.Selicitasinexclusividad,nosiendolapresente
convocatoria excluyente con la posibilidad de que, a la vista de los resultados de funcionamiento, se
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establezcaporpartemunicipalunanuevarelacióndepuntosderecargaainstalaryquepodránlicitarsede
formatotalmenteindependientealapresente.
2.La concesión se otorga excluida la propiedad y sin perjuicio de terceros, siendo responsable el
concesionariodelosdañosyperjuiciosquedirectosoindirectossecausenenelejerciciodelaconcesión,
debiendo contar con los seguros necesarios para hacer frente a los perjuicios o daños a cosas o personas
enelejerciciodelaactividad.
3.Asimismo,elconcesionarioejerceestaconcesiónasuriesgoyventura,asumiendolosriesgosquecomporta
elejerciciodesuactividad.
4.Elconcesionarioseráresponsabledelbuenusodemaquinaria,aparatosydelrestodemediosautilizarenel
ejerciciodelaconcesión,queseanpropiedadmunicipalodetercerosyseencuentraobligadaareponerlos
cuandosupérdidaodeterioroseanconsecuenciadeunusoinadecuado.
5.La presente concesión es independiente de los permisos y de las licencias, incluso municipales que el
adjudicatariopreciseparaelejercicioválidodelaactividad,quehandeserdecuentayacargodelmismo.
6.Eladjudicatariohadeutilizareldominiopúblicoasignadodeformaadecuadaparadesarrollarelobjetode
lamismaymantenerelmismoenesteynoenotrouso.
7.La persona adjudicataria no puede destinar las instalaciones a otras actividades distintas, tampoco en el
casodequeéstasseancompatiblesyhadeconservarelespacioocupadoylasinstalacionesenbuenestado
deseguridad,salubridadyornamentopúblico.
8.Lapersonaautorizadahadeobservarenelejerciciodelaactividadlasnormassanitariasuotrassectoriales
exigiblesparalamisma,tantoenlasinstalacionescomoenlaexplotacióndelservicio.
9.La persona autorizada no puede ejecutar obras en el espacio objeto de la autorización sin la expresa
autorizacióndelAyuntamiento.
10.En ningún caso, al finalizar la concesión el personal tendrá derecho a consolidarse como personal del
Ayuntamientoni tampoco procederá la subrogación laboral prevista en el artículo 44 del Estatuto de los
Trabajadores.La persona autorizada está obligada a aportar a su costa todo el personal necesario para la
prestaciónobjetodelaconcesión,asícomoacumplirconlasobligacioneslaboralesqueexigelanormativa
laboral. No se producirá a la extinción de la concesión, la consolidación del personal a favor del
Ayuntamiento,nitampocoprocederálasubrogaciónlaboralprevistaenelEstatutodelosTrabajadores.
11.Lapersonaautorizadaestáobligadaaaportarasucostatodosloselementos,maquinaria,utensilios,efectos
ymueblesprecisosparalaprestacióndelobjetodelaconcesión.
12.-DERECHOSYOBLIGACIONESDELAYUNTAMIENTODECARTAGENA
PrerrogativasdelAyuntamientodeCartagena
1.Facultad de inspeccionar el bien objeto de la concesión, para garantizar que el mismo es utilizado de
conformidadconlostérminosdelaconcesión.
2.Interpretarlascondicionesdelaconcesión.
3.Resolverlasdudasqueofrezcasucumplimiento.
4.Aceptaronolasmejoraspropuestas.
5.Modificarlaautorizaciónporrazonesdeinteréspúblico.
6.Acordarlaresolucióndelaconcesión.
7.Determinarlosefectosdelaresolución.
8.Cualquierotraprerrogativareconocidaporlalegislaciónaplicable.
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13.-OBLIGACIONESDELCONCESIONARIOENLAEJECUCIÓNDELAPRESTACIÓN
a) Correrán, en todo caso, a cargodel concesionario las obras, materiales y medios auxiliares que pudieran ser
necesarios para la adecuada prestación del servicio, debiendo obtener,previamente para ello las autorizaciones
administrativasolicenciasqueseannecesariasyautorizaciónexpresadeesteAyuntamiento.
b) El adjudicatario asumirá como empresario todas las obligaciones y derechos que se deriven de las leyes
laborales,tributarias,administrativasodeotroordenqueseandeaplicaciónasucondicióndetal.
c) La aprobación por parte del Ayuntamiento de ordenanzas o reglamentos con incidencia en la forma de
explotacióndelaconcesiónserádeobligadocumplimientoparaelconcesionario.
d)Lasinversioneseninstalacionesnofijas,bienes,equipamientosoelementosdecaráctermueblepuestosporel
concesionarioparalaprestacióndelserviciodeberánvenirexpresamenteenumeradasydetalladas.
e)Noobstante,duranteelperiododevigenciadelaconcesiónelcontratistapodráintroducirnuevoselementos
noprevistosenelproyecto,paralasustitucióndeaquellosenfuncióndesuestado,pornecesidadesnoprevistas
inicialmente o por suponer mejoras para el servicio, previa comunicación al responsable del contrato y con su
vistobueno,ysiemprequenosupongaunaalteraciónindebidadelapropuestainicialdeproyectodeprestación
delserviciorealizadaporelcontratistaensuoferta.
V.-EXTINCIÓN
Lapresenteconcesióndemanialseextinguirápor:
1.Laterminación,porvencimientodelplazo
2.Muerteoincapacidadsobrevenidadeladjudicatarioindividualoladeclaracióndequiebraodesuspensión
depagosdelapersonajurídicatitulardelaconcesión,ensucaso.
3.Lafaltadeautorizaciónpreviaenlossupuestosdetransmisióny/omodificacióndelapersonalidadjurídica
deladjudicatario.
4.ElrescatedelaconcesiónunilateralporelAyuntamiento,previaindemnizaciónosinella,segúnproceda.
5.MutuoacuerdoentreelAyuntamientoyeladjudicatario.
6.Faltadepagodelcanon,ocualquierotroincumplimientograveomuygravedelasobligacionesdeltitular.
7.Desaparicióndelbienoagotamientodelaprovechamiento.
8.Desafectacióndelbien,encuyocasoprocederálaliquidaciónoportuna.
9.Las demás causas legal o reglamentariamente establecidas o que estén previstas en las obligaciones
generales o particulares del adjudicatario en los Pliegos que rigen la concesión. La extinción de la
concesiónporcualquieradelascausasseñaladasanteriormentesedeclararáporelórganodecontratación,
previo expediente en el que se dará audiencia al interesado de acuerdo con la legislación aplicable en la
materia.
14.Plazoydevolucióndelagarantía.
Seestableceunplazodegarantíaporelplazodeduracióndelaconcesión.
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14.1Devolucióndegarantíayliquidación.
Finalizado el plazo, y si no resultaren responsabilidades, que hayan de ejercitarse sobre la garantía, se dictará
acuerdodedevolucióndeaquéllaodecancelacióndelaval.
15.-SUPENSIÓNDELACONCESIÓN
La Administración podrá suspender temporalmente la concesión, cuando las circunstancias así lo
aconsejen,oalgunanormaosituaciónexcepcionaloanómalaloexijaparaevitarriesgosalaseguridadosalud
delosusuarios.
VI.-PROTECCIÓNDEDATOS,JURISDICCIÓNYRECURSOS.
16.-CONFIDENCIALIDADYPROTECCIÓNDEDATOSDECARÁCTERPERSONAL.
a) Deber de confidencialidad. Los órganos de contratación no podrán divulgar esta información sin su
consentimiento.Deigualmodo,elconcesionariodeberárespetarelcarácterconfidencialdeaquellainformacióna
laquetengaaccesoconocasióndelaejecucióndelaconcesión,alaqueselehubiesedadoelreferidocarácteren
lospliegosoenelcontrato,oqueporsupropianaturalezadebasertratadacomotal.Losórganosdecontratación
nopodrándivulgarlainformaciónfacilitadaporlosempresariosqueéstoshayandesignadocomoconfidencial.
b)Sinperjuiciodeloestablecidoenelartículo28.2delReglamento(UE)2016/679delParlamentoEuropeoydel
Consejo,de27deabrilde2016,relativoalaproteccióndelaspersonasfísicasenloquerespectaaltratamiento
dedatospersonalesylalibrecirculacióndeestosdatosyporelquesederogalaDirectiva95/46/CE,elcontratista
eneltratamientodedatospersonalesporcuentadelresponsabledeltratamiento,deberá:
a)Señalarlafinalidadparalacualsecederándichosdatos.
b)SometerseentodocasoalanormativanacionalydelaUniónEuropeaenmateriadeproteccióndedatos,sin
perjuiciodeloestablecidoenelúltimopárrafodelapartado1delartículo202delaley9/2017.
c) Presentar antes de la formalización del contrato una declaración en la que ponga de manifiesto dónde van a
estarubicadoslosservidoresydesdedóndesevanaprestarlosserviciosasociadosalosmismos.
d) Comunicarcualquiercambioqueseproduzca,alolargodelavidadelcontrato,delainformaciónfacilitada
enladeclaraciónaqueserefierelaletrac)anterior.
e) Indicar en su oferta, si tienen previsto subcontratar los servidores o los servicios asociados a los mismos, el
nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de
lossubcontratistasalosquesevayaaencomendarsurealización.
Estas obligaciones delcontratistasoncalificadascomoesencialesalosefectosdeloprevistoenlaletraf)del
apartado1delartículo211.
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17.-JURISDICCIÓNYRECURSOS.
Los actos del Órgano de Contratación serán inmediatamente ejecutivos, poniendo fin a la vía
administrativa.Contraestasresolucionespodráinterponersepotestativamenterecursodereposiciónenelplazo
de un mes, contado a partir del siguiente al de notificaciónde la resolución o ser impugnado directamenteante
laJurisdicciónContenciosoAdministrativa.
LasempresasextranjerasestaránsometidasalaJurisdiccióndelosJuzgadosyTribunalesespañolesdecualquier
ordenparatodaslasincidenciasquedemododirectooindirectopuedansurgirenelcontrato.
EnCartagena,firmadoelectrónicamente,enlafechaindicadaenelpiedepágina,TécnicoAdministración
General,PabloTornelSánchez.
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