Decreto nº 2023/4248, de 22 de diciembre, de aprobación expediente de contratación

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Secretaría Pl. Ayuntamiento, 1 12598 Peníscola T. +34 964 480 050 F. +34 964 489 212 secretaria@peniscola.org Referencia: 2022/00008290C Procedimiento: Contratos de naturaleza especial MEDIO AMBIENTE (MCASTELL) RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE DE CONCESIÓN DE DEMANIAL CONSISTENTE EN LA INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y EXPLOTACIÓN DE UNA RED PÚBLICA DE ESTACIONES DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS EN PEÑÍSCOLA. Expediente contratación (concesión demanial) nº 2022/8290C Propuesta que formula el Concejal de Servicios públicos, Medio ambiente y Transición Ecológica del Ayuntamiento de Peñíscola. Las Administraciones Locales cuentan, en el marco de sus competencias, con la obligación de trabajar a favor de la sostenibilidad ambiental. La actual legislación estatal y autonómica establece como una prioridad de los municipios el definir la política para una movilidad sostenible, reconociendo su competencia en la materia en el artículo 25.g de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, por su lado la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible reconoce la movilidad urbana sostenible desde una perspectiva medioambiental y su necesaria planificación a través de los Planes y políticas de Movilidad como instrumento de intervención administrativa. El Ayuntamiento de Peñíscola viene tomando medidas encaminadas y orientadas hacia una economía baja en carbono, haciendo contar que entre estas se encuentra la mejora en la eficiencia del transporte, para lo cual hace una clara apuesta por el transporte sostenible, proponiendo en consecuencia la creación de una red de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos que cubra casi la totalidad de las zonas del municipio con caragadores rápidos o semirápidos. Al objeto de dar cumplimiento a los compromisos internacionales en materia de ahorro, diversificación energética y respeto al medio ambiente, es objeto de la presente licitación regular las condiciones del procedimiento para la adjudicación del contrato de concesión demanial de Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 14614204547073477467 en https://sede.peniscola.org Secretaría Pl. Ayuntamiento, 1 12598 Peníscola T. +34 964 480 050 F. +34 964 489 212 secretaria@peniscola.org uso privativo del espacio público urbano para la instalación, mantenimiento y explotación de una red pública de recarga de vehículos eléctricos en el municipio de Peñíscola. El objetivo perseguido con la concesión demanial es el despliegue por casi la totalidad del término municipal de una infraestructura de cargadores eléctricos ofreciendo al ciudadano la posibilidad de realizar la recarga de sus vehículos eléctricos con cargadores semirápidos y/o cargadores rápidos. Todo ello en el marco del cumplimiento de los objetivos de reducción de emisión de gases de efecto invernadero y fomento de la movilidad eléctrica en el Municipio de Peñíscola como instrumento esencial de sostenibilidad ambiental y al amparo de lo establecido en el Decreto-Ley 15/2018 de Medidas Urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores de 5 de octubre de 2018 que, en su capítulo de movilidad sostenible, modifica entre otros el artº 6 de la Ley 24/2013 de 28 de diciembre, del Sector Eléctrico con la liberalización de la figura del gestor de cargas, con objeto de simplificar y hacer más accesible la recarga y fomentar el despliegue de puntos para la misma. La actuación se enmarca dentro de los compromisos municipales de cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, la Agenda 2030 y la Agenda Urbana de Peñíscola. Hay tres ODS que tienen relación directa con la movilidad, se trata del ODS 11 por las ciudades y comunidades sostenibles, que depende en gran medida del impacto que el transporte tiene en las mismas; el ODS 12, por la producción y el consumo responsables, donde la movilidad se ve afectada por la gestión de los productos y sus residuos, y, por último, el ODS 13 de acción por el clima, ya que la movilidad supone un 25% de la contaminación a nivel europeo. El expediente se ha tramitado con arreglo a las disposiciones contenidas en la legislación de bienes locales aplicable, así como la legislación de contratación del sector público (por remisión del artículo 81 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales). Vistos los informes de los servicios técnicos y administrativos municipales, que incorpora el expediente para la adjudicación de la referida concesión administrativa. Visto el informe jurídico emitido por el Secretario del Ayuntamiento. Considerando lo dispuesto en el articulo 93 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, 75 y ss. del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales y artículo 9.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público. Considerando que el órgano competente para adjudicar la concesión demanial es el Alcalde según lo previsto en DA 2ª.9 de la LCSP, a cuyo tenor, el Presidente de la entidad local es el órgano competente para la adjudicación de concesiones sobre los bienes de las mismas cuando su valor no supere el 10 % de los recursos ordinarios del Presupuesto ni el importe de tres millones de euros. Considerando que de conformidad con el Real Decreto nº 2017/424 y a la inherente toma de razón en contabilidad en materia de ingresos adoptado por el Pleno del Ayuntamiento, al no suponer gasto, no resulta objeto de fiscalización previa. Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 14614204547073477467 en https://sede.peniscola.org Secretaría Pl. Ayuntamiento, 1 12598 Peníscola T. +34 964 480 050 F. +34 964 489 212 secretaria@peniscola.org En virtud de todo lo expuesto, y de acuerdo con la propuesta de resolución emitida por el Concejal de Servicios Públicos, Cementerio, Parques y Jardines, Medio Ambiente, Transición Ecológica y Energías Renovables, y las atribuciones que me atribuye la legislación de régimen local, RESUELVO: PRIMERO.- Aprobar el expediente de licitación de una concesión demanial para uso privativo consistente en la instalación, mantenimiento y explotación de una red pública de recarga de vehículos eléctricos en el municipio de Peñíscola, por procedimiento abierto y tramitación ordinaria. SEGUNDO.- Aprobar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas de la licitación para adjudicar la concesión demanial a que se ajustará el uso privativo consistente en la instalación, mantenimiento y explotación de una red pública de recarga de vehículos eléctricos en el municipio de Peñíscola. TERCERO.- Anunciar la licitación para la adjudicación de la presente concesión demanial en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón y en el Perfil del contratante. El plazo de presentación de ofertas será de 30 días naturales, contados desde el día siguiente a la publicación del anuncio de licitación en el BOP. CUARTO.- La presente concesión demanial no contempla gasto alguno para el Ayuntamiento, por lo que no se hace necesaria la autorización de crédito. QUINTO.- Comunicar esta resolución a la Intervención Municipal y a Tesorería a los efectos presupuestarios y contables oportunos. Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 14614204547073477467 en https://sede.peniscola.org