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Pliego Técnico Ver licitación
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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR LA CONCESIÓN DEMANIAL PARA LA INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y EXPLOTACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS DE UNA RED DE PUNTOS DE RECARGA PÚBLICA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS EN BIENES DE DOMINIO PÚBLICO EN VILLAMEDIANA DE IREGUA 1. OBJETO El objeto del presente pliego para la CONCESIÓN DEMANIAL para la implantación de una RED DE PUNTOS DE RECARGA PÚBLICA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS EN VILLAMEDIANA DE IREGUA, es fijar las características técnicas que han de regir en el SUMINISTRO, INSTALACIÓN, PUESTA EN FUNCIONAMIENTO, GESTIÓN, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO de dicha red, para la concesión de ocupación de dominio público en régimen de pública concurrencia (mediante procedimiento abierto, tramitación ordinaria, con varios criterios de adjudicación en base a los Criterios de Baremación y Puntuación incluidos en el PCAP, y atención a las prescripciones particulares fijadas en este pliego e igualmente en el de prescripciones administrativas), de modo que el Ayuntamiento de Villamediana de Iregua cederá al concesionario el espacio público necesario para la operatividad inherente a la recarga energética pública de vehículos eléctricos, durante 10 años a partir de la fecha en la que se formalice la concesión, pudiéndose prorrogar anualmente a su vencimiento, hasta un máximo de dos prórrogas anuales. 2. ALCANCE Y CONDICIONES Se pretende la implantación de una RED DE PUNTOS DE RECARGA PÚBLICA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS EN VILLAMEDIANA DE IREGUA, que incluirá las estaciones de recarga del tipo, modelo y características que se definen en el apartado 5 del presente pliego, situadas en las ubicaciones estratégicas del casco urbano de Villamediana de Iregua que se concretan en el apartado 4 del presente pliego, las infraestructuras de recarga de uso público que se incluyan como propuesta adicional por parte de los licitadores en sus ofertas, o las que se instalen en un futuro por nueva demanda, renovación por obsolescencia o cualquier otra causa que se estime para dar cobertura a la recarga de uso público. La ocupación de vía pública concedida en los términos señalados en el pliego de cláusulas administrativas particulares, tendrá carácter privativo y excluyente en cuanto al dominio público objeto de concesión, debiéndose ejercer la actividad objeto de la concesión de acuerdo con las normas que rigen este tipo de negocio y percibiendo, como único beneficio, las contraprestaciones correspondientes a este servicio como ingresos por tarifas en los puntos de recarga en concepto de pago por la energía eléctrica suministrada y consumida en cada acción de recarga por cada vehículo eléctrico, y con las obligaciones y condiciones que se detallan en el presente apartado. Así, los adjudicatarios, deberán ofertar la implantación integral de dicha red, incluyendo, al menos, los siguientes trabajos y condiciones técnicas de ejecución, puesta en servicio y mantenimiento: a) Redacción de Proyectos de Ejecución para la instalación de todas las infraestructuras de recarga en las ubicaciones definidas, incluyendo Direcciones Facultativas, Certificados de Instalaciones Eléctricas y Coordinaciones de Seguridad y Salud en todas las fases del proyecto. Los proyectos deberán ser redactados por técnico competente y deberán estar diligenciados, visados y tramitados ante los organismos competentes y la empresa distribuidora de energía eléctrica de la zona para la consecución de las tramitaciones, autorizaciones de ejecución, 1 N474K3SMS6RJKFSEMX4D6PZK3 :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.augeriedanaidemalliv//:sptth :nóicacifireV 01 ed 1 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD verificaciones previas y puestas en servicio de las estaciones de recarga previstas, con levantamiento del preceptivo Acta de Replanteo e Inicio de Obras. Dichos trabajos serán supervisados y aprobados por la Dirección Facultativa previo a su validación. b) Suministro, instalación y montaje de las estaciones de recarga y equipos que cumplan las características técnicas que se fijan en el presente pliego. Estarán incluidos, entre otros, suministro de equipos y materiales, montaje y conexión, ensayos y puesta en servicio de los equipos completos de puntos de recarga con sistema de alimentación específico del vehículo eléctrico (SAVE), con su sistema integrado de control, el cuadro eléctrico de mando y protección (CMP), los dispositivos generales de mando y protección reglamentados y equipos de medida adicionales para el control y facturación de la recarga, cumplirán con la ITC-BT 52 e ITC-BT 24, del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. Dichos trabajos serán supervisados y aprobados por la Dirección Facultativa previo a su validación. c) Obra civil, incluyendo costes de ingeniería y todos los materiales y mano de obra para la ejecución de las canalizaciones y arquetas eléctricas necesarias, la rotura y reposición del pavimento, bordillos, los basamentos de hormigón con sus pernos correspondientes para instalar el Cuadro de Protección y Medida (CPM), el Cuadro de mando y protección, red de puesta a tierra y la propia estación de recarga. En la instalación del Cuadro de Protección y Medida (CPM) y el Cuadro General de Mando y Protección (CGMP), se les dotará de condiciones estéticas y de imagen adecuadas al entorno, pudiéndose albergar en hornacinas con puertas adicionales que se integren. Dichos trabajos serán supervisados y aprobados por la Dirección Facultativa previo a su validación. Se cumplirá con la normativa vigente de aplicación, prestando especial atención a lo dispuesto en la ITC-BT-07, ITC-BT-21 e ITC-BT-52. Se evitarán en todo lo posible los cambios de dirección. Las canalizaciones serán entubadas y discurrirán por terrenos de dominio público preferiblemente en acera, paralelas a fachada y bordillos, en trazado lo más rectilíneo posible. Se colocarán dos tubos de sección mínima 160 mm más otro de reserva de sección mínima 110 mm. La profundidad mínima hasta la parte superior del tubo no será inferior a 0,60 m. Se colocarán arquetas registrables en cambios de dirección, cruces u otros condicionantes y como máximo cada 40 m. Se colocará una cinta de señalización que advierta de la existencia del cable eléctrico de baja tensión. Para paralelismos y cruzamientos con otros servicios se estar a la normativa específica en cada caso, los cables de baja tensión podrán instalarse paralelamente a otros de baja o alta tensión, manteniendo entre ellos una distancia mínima de 0,10 m con los cables de baja tensión y 0,25 m con los cables de alta tensión. En el punto más lejano de la instalación se colocará una arqueta registrable hasta la que llegará como mínimo el tubo de reserva para posibles ampliaciones. Se colocarán tapas a los tubos vacíos en sus extremos. A la entrada en las arquetas, los tubos deberán quedar debidamente sellados en sus extremos para evitar la entrada de roedores y de agua. d) Obra eléctrica. En los puntos de recarga estará incluido el tendido, montaje, conexionado y materiales del Cuadro de Protección y Medida trifásico (CPM) (modelo normativo por la compañía distribuidora), la derivación individual (DI), el Cuadro eléctrico de Mando y Protección (CMP) con los Dispositivos Generales de Mando y Protección (DGMP) regulados en la ITC-BT 52 y la ITC-BT 24 del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, los circuitos de unión con el sistema de control de las estaciones de recarga. La iluminación horizontal en la zona prevista de las recargas y la instalación de la puesta a tierra de protección. Se presupone que el alcance de toda la obra eléctrica se realizará en Baja Tensión. Dichos trabajos serán supervisados y aprobados por la Dirección Facultativa previo a su validación. 2 N474K3SMS6RJKFSEMX4D6PZK3 :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.augeriedanaidemalliv//:sptth :nóicacifireV 01 ed 2 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD La instalación de puesta a tierra se realizará de forma tal que la máxima resistencia de puesta a tierra a lo largo de la vida de la instalación y en cualquier época del año, no se puedan producir tensiones de contacto mayores de 24 V, en las partes metálicas accesibles de la instalación (estaciones de recarga, cuadros metálicos, etc.). Cada poste de recarga dispondrá de un borne de puesta a tierra, conectado al circuito general de puesta a tierra de la instalación. Los conductores de la red de tierra que unen los electrodos podrán ser: Desnudos, de cobre, de 35 mm2 de sección mínima, si forman parte de la propia red de tierra, en cuyo caso irán por fuera de las canalizaciones de los cables de alimentación. Aislados, mediante cables de tensión asignada 450/750V, con recubrimiento de color verde-amarillo, con conductores de cobre, de sección mínima 16 mm2. El conductor de protección que une de cada punto de recarga con el electrodo o con la red de tierra, será de cable unipolar aislado, de tensión asignada 450/750 V, con recubrimiento de color verde-amarillo, y sección mínima de 16 mm2 de cobre. Todas las conexiones de los circuitos de tierra se realizarán mediante terminales, grapas, soldadura o elementos apropiados que garanticen un buen contacto permanente y protegido contra la corrosión. e) Acondicionamiento de espacios y entornos necesarios para la recarga y el uso efectivo de las estaciones, incluyendo la señalización vertical y horizontal de las plazas de aparcamiento por cada estación de recarga, según el modelo acordado y aprobados por la Dirección Facultativa previo a su validación, de forma que queden reservadas para el estacionamiento y recarga de coches eléctricos. f) Puesta en funcionamiento de las instalaciones, incluyendo su legalización, verificaciones, inspecciones iniciales y autorización de funcionamiento de las instalaciones, así como la tramitación de la solicitud del suministro en la compañía suministradora y pago, en su caso, de todos los derechos de enganche, con la contratación del cuadro general eléctrico con la composición eléctrica conforme a las disposiciones vigentes como Área de Obras y Servicios Públicos. Una vez ejecutadas las instalaciones de los puntos de recarga, se realizarán las preceptivas inspecciones iniciales por un organismo de control autorizado (OCA), que emitirá el correspondiente informe para adjuntar al resto de documentación final de obra necesaria para obtener la autorización de puesta en servicio por parte del Servicio Territorial de Industria. g) Plan de Pruebas y Control de Calidad previo a la puesta en funcionamiento de las instalaciones, con realización de pruebas y mediciones necesarias para su puesta en marcha, siendo por cuenta del adjudicatario la corrección de las deficiencias observadas en las pruebas y ensayos. Este plan de pruebas incluirá comprobación del correcto funcionamiento de los puntos de recarga, así como de todas las diferentes funcionalidades de los mismos, verificación de la comunicación remota de cada punto de recarga con el software específico del fabricante. h) Gestión, mantenimiento y explotación de la red de puntos de recarga pública de vehículos eléctricos, durante todo el periodo de la concesión, con garantía de calidad en el servicio, e incluyendo la implementación del sistema de gestión inteligente y control ofrecido a los usuarios, mediante plataforma y aplicaciones móviles, el sistema de pago integrado en la estación de recarga y el sistema de gestión, control y seguridad. El adjudicatario deberá proveer a cada uno de los puntos de recarga, de todos los medios materiales y técnicos necesarios que permitan llevar a cabo todas las funciones de monitorización y gestión remota, contando con una APP que permita localizar y reservar cualquier equipo de recarga pública interoperado, conocer el estado de los Puntos de Recarga en tiempo real, recibir notificaciones, recargar vía tarjeta de crédito el monedero virtual y pagar las recargas de los servicios de forma digital a través de dispositivos móviles (teléfono, tablet, etc.). 3 N474K3SMS6RJKFSEMX4D6PZK3 :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.augeriedanaidemalliv//:sptth :nóicacifireV 01 ed 3 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Se propondrá un sistema de penalización a los vehículos que permanezcan estacionados en las estaciones de carga más tiempo del necesario para realizar la correcta recarga del vehículo. Dicho sistema será comprobado y validado por la Dirección Facultativa. El uso de la reserva de estacionamiento en las plazas de carga estará limitado a vehículos eléctricos puros en proceso de carga, con una limitación de 60 minutos en carga rápida y de 2.5 horas en carga semirrápida. Deberá llevarse a cabo un mantenimiento técnico preventivo, correctivo y reglamentario, con el fin de mantener los puntos de recarga operativos y en perfecto estado de conservación y funcionamiento de forma continua, debiendo reponer los elementos que fallen por cualquier causa para mantener el servicio sin riesgos, y debiendo asumir el coste de las actualizaciones y mejoras técnicas necesarias que se pudieran precisar como consecuencia de la aparición de nueva normativa de seguridad industrial o el incumplimiento de las instalaciones actuales existentes en relación al uso o actividad que se plantea. Igualmente, el adjudicatario deberá realizar a su costa, y con mantenedores autorizados, las revisiones obligatorias marcadas por la normativa vigente y las inspecciones periódicas obligatorias a ejecutar por los organismos de control autorizados (OCAs), estando obligado a conservar durante la duración de la concesión, toda la documentación justificativa de las operaciones de mantenimiento, reposiciones y revisiones realizadas. i) Personalización y/o mimetización de las estaciones de recarga con el diseño y logos aprobados por el Excmo. Ayuntamiento de Villamediana de Iregua, procedimientos de operación y funcionamiento del sistema, teléfonos de avisos de incidencias, página web, etc. j) Aportación del “Certificado de Garantía de Origen”. La empresa adjudicataria, tendrá la obligación de garantizar que, el 100 % de la energía a suministrar en cada uno de los puntos de recarga, se haya generado a partir de fuentes de energía renovable. En este sentido, la entidad adjudicataria del contrato tiene la obligación de redimir garantías de origen de generación a partir de fuentes de energía renovables hacia la Entidad Local contratante para el 100% del consumo de todos los puntos de recarga. Las acreditaciones de garantías de origen podrán ser expedidas por el Sistema de garantía de origen en España o por el órgano expedidor designado por otro Estado miembro de la Unión Europea siempre que sean expedidas de acuerdo con los requisitos exigidos por las Directivas 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, por la que se modifican las Directivas 2009/125/CE y 2010/30/UE, y por la que se derogan las Directivas 2004/8/CE, 2006/32/CE, y 2009/28/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables y por la que se modifican y se derogan las Directivas 2001/77/CE y 2003/30/CE. k) Autorizaciones Sección de Dominio Público se informa que se deberán tramitar las autorizaciones de ocupación de dominio público para cada emplazamiento, para las cuales se tendrá en cuenta: Con respecto a la obra civil: El trazado de las canalizaciones y arquetas, así como los basamentos de los equipos tendrán en cuenta los servicios subterráneos previamente existentes, tanto propios como de terceros. La obra civil finalizará en un registro hasta el cual deberá llegar un tubo vacío de 160 mm de diámetro para fuerza y otro de 110 mm de diámetro para comunicaciones, en previsión de futuras ampliaciones. Con respecto a la colocación de los diferentes elementos en superficie (equipos de recarga, cuadros de protección, regulación, medida…): No se permitirá la colocación de ningún elemento en superficie en el itinerario peatonal accesible. 4 N474K3SMS6RJKFSEMX4D6PZK3 :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.augeriedanaidemalliv//:sptth :nóicacifireV 01 ed 4 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Se deberá guardar una distancia mínima de 1 metro entre estos elementos y cualquiera previamente instalado en el dominio público como kioscos, parquímetros, buzones de correos, MUPIS y similares, así como al mobiliario urbano, los alcorques y las terrazas de veladores. En todo caso, los Servicios Técnicos del Excmo. Ayuntamiento de Villamediana de Iregua podrán ejercer labores de control y supervisión de las obras, pudiendo inspeccionarlas en cualquier momento y adoptar cuantas decisiones consideren oportunas con el fin de garantizar su correcta ejecución, teniendo acceso a toda la documentación complementaria de características técnicas de los equipos, hoja del fabricante con especificaciones técnicas, instrucciones y manuales técnicos de instalación y funcionamiento, certificaciones de calidad y homologación de los equipos, licencias, informes de certificados de materiales, garantías del fabricante, etc. 3. OTRAS OBLIGACIONES El adjudicatario deberá soportar a su costa, los trámites y pagos que pudieran ser necesarios para la puesta en marcha de la actividad, solicitando y obteniendo previamente cuantas autorizaciones, licencias, declaraciones responsables o comunicaciones fuese necesario realizar, dado que el otorgamiento de la concesión no conlleva más autorización que la de ocupar el dominio público, y deberá iniciar la explotación de la concesión inmediatamente tras la obtención de las correspondientes licencias o autorizaciones. Será obligación del adjudicatario la señalización, balizamiento e iluminación de la obra durante su ejecución, debiendo realizar los trabajos necesarios para dejar libres las vías públicas y permitir el tránsito de peatones y vehículos durante la ejecución de las obras, así como asumir la gestión de la totalidad de los residuos generados en la misma, no pudiendo realizar ninguna obra o instalación distintas a las previstas en los pliegos de prescripciones técnicas sin la expresa autorización municipal. Deberá mantener la explotación sin interrupciones no justificables, en los términos señalados en este pliego, respetando en todo momento el objeto y finalidad de la concesión, así como los límites del dominio público a utilizar, sin que en ningún caso pueda destinar los espacios concedidos a otra actividad o servicio no autorizado, e informar al Excmo. Ayuntamiento de las incidencias surgidas y que puedan afectar al normal desarrollo de la explotación, debiéndose designar un interlocutor con el Excmo. Ayuntamiento inmediatamente después de la formalización de la concesión. El adjudicatario deberá asumir la responsabilidad derivada de la ocupación de vía pública e indemnizar a terceros por los daños que les ocasionare el funcionamiento de la actividad. A tal fin, el concesionario deberá contratar los seguros previstos en el pliego de condiciones administrativas. 4. UBICACIONES DE LAS TOMAS DE RECARGA La red de tomas de recarga pública de vehículos eléctricos en Villamediana de Iregua, incluye estaciones de recarga en ubicaciones estratégicas en ejes viarios del casco urbano de Villamediana de Iregua, requeridos además por el Artículo 4. Dotaciones mínimas de recarga de vehículos eléctricos en aparcamientos adscritos a edificios de uso distintos al residencial o estacionamientos existentes no adscritos a edificios, del Real Decreto-Ley 29/2021, de 21 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito energético para el fomento de la movilidad eléctrica, el autoconsumo y el despliegue de energías renovables. 5 N474K3SMS6RJKFSEMX4D6PZK3 :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.augeriedanaidemalliv//:sptth :nóicacifireV 01 ed 5 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Por ello, dando cumplimiento a la normativa, así como buscando proporcionar el mejor servicio y cobertura de tomas de recarga a residentes y visitantes del conjunto del municipio, las ubicaciones de las tomas de recarga serán las siguientes. 4.1. Tabla Resumen En la siguiente tabla, se resume los datos de las ubicaciones, los máximos y mínimos puntos de recarga en cada una de ellas, así como los rangos de potencias. Quedan indicado en la tabla, sombreado, los mínimos establecidos. SEMIRRÁPIDA RÁPIDA Tomas Tomas Potencia Tomas Potencia Tomas Tomas Potencia Tomas Potencia UBICACIONES mínimas máximas > 7,4kw licitadas Total mínimas máximas > 40 kw licitadas Total 1. Calle Anastasio Mateo 1 3 > 7,4kw 1 > 7,4kw 1 3 > 40 1 > 40 2. Calle Portillo 1 3 > 7,4kw 1 > 7,4kw 1 3 > 40 1 > 40 3. Plaza Doña Ermesinda 1 3 > 7,4kw 1 > 7,4kw 1 3 > 40 1 > 40 TOTAL 3 9 3 3 9 3 4.2. Ubicaciones preceptivas u obligatorias por pliego Con carácter obligatorio, se instalarán tomas de recarga en las siguientes ubicaciones: A) Calle Anastasio Mateo B) Calle Portillo C) Plaza Doña Ermesinda En el siguiente apartado se detallan por cada aparcamiento, las ubicaciones propuestas para las tomas de recarga (recuadrados en azul), cuyo replanteo final deberá comprobarse en fase de obra, así como el número y tipología de los cargadores a instalar. 6 N474K3SMS6RJKFSEMX4D6PZK3 :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.augeriedanaidemalliv//:sptth :nóicacifireV 01 ed 6 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD 4.2.1. Calle Anastasio Mateo, nº8 Mínimas tomas de recarga en la ubicación: 2 Máximas tomas de recarga en la ubicación: 4 4.2.2. Calle Portillo (Aparcamiento polideportivo) Mínimas tomas de recarga en la ubicación: 2 Máximas tomas de recarga en la ubicación: 4 4.2.3. Plaza Doña Ermesinda, nº5 Mínimas tomas de recarga en la ubicación: 2 Máximas tomas de recarga en la ubicación: 4 7 N474K3SMS6RJKFSEMX4D6PZK3 :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.augeriedanaidemalliv//:sptth :nóicacifireV 01 ed 7 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD 4.3. Ubicaciones opcionales o de mejora Con carácter opcional, se podrán instalar tomas de recarga en las siguientes ubicaciones (marcadas en rosa D y E): D) Calle Juan Ramón Jiménez E) Calle Anastasio Mateo 4.3.1. Calle Juan Ramón Jiménez (Aparcamiento piscinas) Mínimas tomas de recarga en la ubicación: 2 Máximas tomas de recarga en la ubicación: 4 4.3.2. Calle Anastasio Mateo, nº 39 Mínimas tomas de recarga en la ubicación: 2 Máximas tomas de recarga en la ubicación: 4 8 N474K3SMS6RJKFSEMX4D6PZK3 :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.augeriedanaidemalliv//:sptth :nóicacifireV 01 ed 8 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD 5. CONDICIONES TÉCNICAS DE LAS TOMAS DE RECARGA Los equipos de recarga que integren la RED DE TOMAS DE RECARGA PÚBLICA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS DE VILLAMEDIANA DE IREGUA, deberán ser equipos compactos preparados para una ubicación exterior y resistentes a las inclemencias meteorológicas y tener, al menos, las siguientes prestaciones y características generales: 5.1. Especificaciones técnicas de las tomas de recarga (semirrápida 1 toma lógica) • Una toma, con conexión Mennekes (Modo 3 Tipo 2) en corriente alterna (AC) • Una toma en modo 3, Tipo 2 hasta 32A monofásico (> 7,4 kW por toma) • Toma Modo 3 con posibilidad de manguera integrada • Conexión Modo 3 con Hilo Piloto de comunicaciones con el Vehículo eléctrico • Enclavamiento de conector durante la carga (Modo 3) • Indicación de estado por señalización LED y display informativo a color • Autorización de carga y pago mediante tarjeta RFID o a través de APP • Montaje vertical con anclaje a suelo • Disponibilidad opcional de limitación de potencia (Power Sharing) • Pantalla táctil antivandálica de 8” para indicación de estado, instrucciones de uso y visualización gráfica para cada recarga • Protección diferencial de 30 mA de sensibilidad y magnetotérmica de 40A para Mennekes • Medida de la energía suministrada al vehículo en cada recarga realizada con contador MID • Grados de protección IP54 – IK10 • Temperatura de operación entre -10 ºC y 50 ºC • Protecciones eléctricas de seguridad 5.2. Especificaciones técnicas de las tomas de recarga (rápida 1 toma lógica) • Sistemas de carga rápida de batería tipo SAVE, que demanden potencia igual o superior a 40 kW • Modo de recarga 3 y 4 y alimentación trifásica • Poseer un contador de electricidad homologado y estar monitorizados • Conectores estándares de carga Modo 4 del tipo CCS (Combo) • Toma Modo 4 con posibilidad de manguera integrada • Disponibilidad opcional de limitación de potencia (Power Sharing) • Pantalla táctil antivandálica de 8” para indicación de estado, instrucciones de uso y visualización gráfica para cada recarga • Medida de la energía suministrada al vehículo en cada recarga realizada • Autorización de carga y pago mediante tarjeta RFID o a través de APP • Grados de protección IP54 – IK10 • Temperatura de operación entre -10 ºC y 50 ºC • Protecciones eléctricas de seguridad 6. DISPOSICIONES APLICABLES Los trabajos a realizar se ajustarán a la totalidad de las disposiciones y normas legales que les sean de aplicación en lo relativo a edificación, prevención de riesgos laborales, urbanismo, materiales empleados y elementos constructivos, así como en materia medioambiental y laboral, normas y reglamentos electrotécnicos e instrucciones técnicas de aplicación y demás preceptos legales, incluyendo las 9 N474K3SMS6RJKFSEMX4D6PZK3 :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.augeriedanaidemalliv//:sptth :nóicacifireV 01 ed 9 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD mencionadas explícitamente en el presente Pliego y las recogidas en los proyectos objeto de ejecución, normas particulares y de normalización de la compañía suministradora. Además, el adjudicatario deberá observar la correspondiente Normativa Municipal y Patrimonial, teniendo en cuenta en todo momento las condiciones estéticas y pautas marcadas por los Técnicos Municipales. 7. DIMENSIONES DE LAS PLAZAS A EFECTOS DEL CÁNON ECONÓMICO A efectos de valorar el canon ofertado por metro lineal de vía pública ocupada, se entenderá que todas las plazas son en batería, y el ancho de las mismas es como mínimo de 2,2 m. Por lo tanto, se entenderá que por cada plaza son 2,2 m de vía pública ocupada. 8. ORIGEN RENOVABLE DE LA ENERGÍA A SUMINISTRAR La empresa adjudicataria, tendrá la obligación de garantizar que, el 100 % de la energía a suministrar en cada uno de los puntos de recarga, se haya generado a partir de fuentes de energía renovable. En este sentido, la entidad adjudicataria del contrato tiene la obligación de redimir garantías de origen de generación a partir de fuentes de energía renovables hacia la Entidad Local contratante para el 100% del consumo de todos los puntos de recarga. Las acreditaciones de garantías de origen podrán ser expedidas por el Sistema de garantía de origen en España o por el órgano expedidor designado por otro Estado miembro de la Unión Europea siempre que sean expedidas de acuerdo con los requisitos exigidos por las Directivas 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, por la que se modifican las Directivas 2009/125/CE y 2010/30/UE, y por la que se derogan las Directivas 2004/8/CE, 2006/32/CE, y 2009/28/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables y por la que se modifican y se derogan las Directivas 2001/77/CE y 2003/30/CE. 9. PLAZO DE EJECUCIÓN El plazo máximo para la finalización de los trabajos, incluyendo la puesta en funcionamiento de las infraestructuras instaladas, será de seis meses desde la formalización de la concesión. 10. DURACIÓN El plazo de duración de la concesión demanial se establece en 10 años a partir de la fecha en la que se formalice la concesión, pudiéndose prorrogar anualmente a su vencimiento, hasta un máximo de dos prórrogas anuales. 10 N474K3SMS6RJKFSEMX4D6PZK3 :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.augeriedanaidemalliv//:sptth :nóicacifireV 01 ed 01 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD