PPT CARGADORES.pdf

Pliego Técnico Ver licitación
{# The full_text may contain Markdown (markitdown/docling output) or plain text. The raw content is server-rendered inside the
so search engines can index it. The extra_scripts block progressively enhances the display by parsing the Markdown client-side via marked.js. Without JavaScript the text is shown with whitespace-pre-wrap as a readable fallback. #}
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS CONCECIÓN DEMANIAL INSTALACIONES DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS AYUNTAMIENTO DE EL MOLAR PLIEGO DE PRESCIPCIONES TÉCNICAS CONCESIÓN DEMANIAL PARA EL USO PRIVATIVO DE LA VÍA PÚBLICA PARA LA INSTALACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE ESTACIONES DE RECARGA PARA VEHÍCULOS ELÉCTRICOS EN EL MOLAR Marzo 2025 Ayuntamiento de El Molar 1 Plza. Mayor, 1, El Molar. 28710 (Madrid). Tfno. 918410009. Fax: 918410072 4TR79TN59AC3L5P5WWXQ7EGKJ :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.ralomle//:sptth :nóicacifireV 71 ed 1 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS CONCECIÓN DEMANIAL INSTALACIONES DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS AYUNTAMIENTO DE EL MOLAR ÍNDICE DE REFERENCIA 1. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO .......................................................................................3 1.1. ANTECEDENTES ...........................................................................................................................3 1.2. OBJETO DEL CONTRATO .............................................................................................................5 1.3. ALCANCE DEL CONTRATO ...........................................................................................................5 1.3.1. Estructura de la concesión ..................................................................................................5 1.3.2. Contenido general de la concesión .....................................................................................5 1.4. SELECCIÓN DE EMPLAZAMIENTOS .............................................................................................6 1.4.1. Condiciones generales de los emplazamientos ..................................................................6 1.4.2. Criterios específicos de selección .......................................................................................7 1.4.3. Procedimiento para la determinación de los emplazamientos definitivos ........................8 2. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS ..............................................................................................................9 2.1. CARACTRÍSTICAS BÁSICAS DE LAS ESTACIONES ..........................................................................9 2.2. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS .....................................................................................................9 2.3. OBRA CIVIL ..................................................................................................................................9 2.4. SEÑALIZACIÓN Y PINTURA ....................................................................................................... 10 2.5. INSTALACIÓN ELÉCTRICA ......................................................................................................... 11 2.6. ESPECIFICACIONES DE LOS PUNTOS DE RECARGA .................................................................. 11 2.6.1. Especificaciones eléctricas ............................................................................................... 11 2.6.2. Otras Especificaciones ..................................................................................................... 13 3. CONDICIONES EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO ............................................................................ 15 3.1. CONDICIONES GENERALES ....................................................................................................... 15 3.2. Legislación ................................................................................................................................ 16 Ayuntamiento de El Molar 2 Plza. Mayor, 1, El Molar. 28710 (Madrid). Tfno. 918410009. Fax: 918410072 4TR79TN59AC3L5P5WWXQ7EGKJ :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.ralomle//:sptth :nóicacifireV 71 ed 2 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS CONCECIÓN DEMANIAL INSTALACIONES DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS AYUNTAMIENTO DE EL MOLAR 1. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO 1.1. ANTECEDENTES La sostenibilidad y el medio ambiente actualmente se configuran uno de los ejes de la planificación de políticas en todos los ámbitos del territorio español, europeo y mundial. La Unión Europea marca el paso en el establecimiento de objetivos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y pone sobre la mesa inversiones encaminadas a cumplir con esos objetivos a corto y medio plazo. Uno de los pilares fundamentales que participan en estas líneas políticas son la movilidad y el trasporte. No en vano los medios de transporte suponen un amplio porcentaje del conjunto de emisiones que se producen en el planeta. La descarbonización de los procesos y la progresiva huida de la dependencia de fuentes de energía de origen fósil se ha configurado como uno de los ejes de trabajo para alcanzar estos objetivos y en ellos, la transformación del parque móvil eliminando vehículos propulsados con fuentes fósiles para favorecer la incorporación de otros que utilizan fuentes renovables de energía, a su vez, se ha convertido en una de más significadas líneas de trabajo. Todavía hoy el parque de vehículos propulsados con hidrocarburos supone más del 90% del parque móvil, pero en los últimos años se ha observado un progresivo incremento del número de vehículos de accionamiento eléctrico que ya supera el 5% del total. Participar e incentivar medidas sostenibles que protejan el medio ambiente es uno de los compromisos y objetivos del Ayuntamiento de El Molar y en este contexto resulta necesario favorecer y participar en la proliferación y mejora de las infraestructuras de recarga de este tipo de vehículos. En un contexto normativo, la Ley 1/2024, de 17 de abril, de Economía Circular de la Comunidad de Madrid ha dado un paso adelante en la promoción e incentivación de la economía circular como modelo de producción y consumo que busca la implantación de un sistema eficiente, sostenible, así como en la optimización de recursos. El art. 25 de la citada Ley establece que las entidades locales, en el ámbito de su competencia, promoverán la renovación voluntaria de los vehículos privados y comerciales por vehículos “Cero Emisiones”, “ECO” u otras modalidades respetuosas con los principios de economía circular. En este contexto general es en el que el Ayuntamiento de El Molar enmarca sus esfuerzos para mejorar y ampliar la oferta pública de estaciones de recarga de vehículos eléctricos. Ayuntamiento de El Molar 3 Plza. Mayor, 1, El Molar. 28710 (Madrid). Tfno. 918410009. Fax: 918410072 4TR79TN59AC3L5P5WWXQ7EGKJ :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.ralomle//:sptth :nóicacifireV 71 ed 3 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS CONCECIÓN DEMANIAL INSTALACIONES DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS AYUNTAMIENTO DE EL MOLAR En la actualidad, el municipio de El Molar, cuenta con dos infraestructuras públicas para servicio de recarga de vehículos eléctricos si bien, en ambos casos, estas han quedado obsoletas tanto en su capacidad como en su tecnología a la hora de dar respuesta a la demanda de los usuarios o bien, directamente se encuentran fuera de servicio por cuestiones técnicas. Inicialmente podría caber la iniciativa de que el Ayuntamiento del Molar asumiese tanto la instalación como los costes de gestión y mantenimiento del servicio que se plantea, pero no hay que obviar que este no dispone de medios técnicos ni humanos para ofrecer un servicio eficiente acorde a la demanda y a los cánones de calidad y continuidad que el mercado exige. Es por los motivos expuestos por lo que se ha puesto en marcha la iniciativa en la que se integra este pliego de prescripciones técnicas particulares al objeto de, por un lado, incentivar la mejora y ampliación del servicio de recarga de vehículos eléctricos en el ámbito del municipio, y por otro lado ofrecer una garantía de prestaciones, capacidad y continuidad acorde a las exigencias legales y del mercado. Así se ha recurrido a la promover un procedimiento de concesión demanial para el uso del espacio público en la implantación de un total de estaciones de recarga cuyas características y requisitos serán desarrollados en los apartados venideros de este documento. Esta intervención enmarca en las competencias y el ámbito de la Ley Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, que, dentro de su artículo 25.1 declara hábil al Municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover actividades y prestar los servicios que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal en los términos previstos en dicho artículo, señalando entre otras, las competencias en materia de protección del medio ambiente. Esta habilitación, además, gira en consonancia y enfatiza lo previsto en la meritada Ley de Economía Circular de la Comunidad de Madrid. Por último, Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, en su artículo 96 de la establece que, para la iniciación de oficio de cualquier procedimiento de otorgamiento de una autorización o concesión, el órgano competente deberá justificar la necesidad o conveniencia de la misma para el cumplimiento de los fines públicos que le competen, que el bien ha de continuar siendo de dominio público. Es en consecuencia este procedimiento de forma general y este documento en particular el instrumento que justifica y avala lo requerido por la ley en este ámbito legal. La concesión se plantea originalmente por un periodo de 15 años por cuanto, en base a la evolución del mercado y las inversiones necesarias a llevar a efecto, es plazo suficiente para conjugar la amortización y puesta en valor de la infraestructura y los intereses públicos. Este procedimiento no prevé la posibilidad de prórroga. Ayuntamiento de El Molar 4 Plza. Mayor, 1, El Molar. 28710 (Madrid). Tfno. 918410009. Fax: 918410072 4TR79TN59AC3L5P5WWXQ7EGKJ :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.ralomle//:sptth :nóicacifireV 71 ed 4 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS CONCECIÓN DEMANIAL INSTALACIONES DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS AYUNTAMIENTO DE EL MOLAR 1.2. OBJETO DEL CONTRATO Sobre la base y soporte de los antecedentes señalados en el punto precedente, el objeto general del contrato, para el que se redacta el presente pliego de prescripciones técnicas particulares es definir y establecer las bases para la adjudicación, condiciones de explotación, mantenimiento e instalación de la concesión demanial para alcanzar la instalación de un total de tres estaciones de recarga en espacios públicos sobre los que se deben implantar un total de seis puntos de recarga públicos (dos en cada espacio) para servicio de vehículos eléctricos con el detalle de características y condiciones que se expresan en puntos posteriores. De la misma forma, el presente documento debe servir para cumplir con los requisitos previstos en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 cumpliendo con la función de pliego de prescripciones técnicas en el que se detallan las condiciones de ejecución y criterios técnicos para la adjudicación y explotación del contrato. El objetivo de fondo funcional en el procedimiento es el desarrollo de una infraestructura pública de puntos de recarga para vehículos eléctricos en el entorno urbano de Soto del Real para así atender la creciente demanda ciudadana tanto de parte de los residentes como de los visitantes que visitan el municipio por una u otra razón. Igualmente, esta intervención tiene por objetivo la promoción de la movilidad sostenible, así como la contribución a la mejora de las condiciones de protección del medio ambiente en nuestro entorno. 1.3. ALCANCE DEL CONTRATO La estructura y alcance del contrato se configura conforme a lo que se señala a continuación: 1.3.1. Estructura de la concesión Por sus características, costes y alcance la concesión se programa para ejecutar en un LOTE ÚNICO. 1.3.2. Contenido general de la concesión El contrato abarca a la implantación una infraestructura de recarga compuesta en su conjunto de tres estaciones de recarga (3) a implantar sobre los bienes de dominio público municipal. Cada uno de estos espacios dispondrá de dos puntos (2) de recarga individuales independientes y autosuficientes de forma que, en todos los casos, se puedan mantener operativo en su funcionamiento de forma simultánea los dos puntos incluso en condiciones de máxima demanda. Es responsabilidad y compromiso del adjudicatario la ejecución de la infraestructura de recarga en toda su amplitud y cumpliendo con todos los requisitos técnicos y Ayuntamiento de El Molar 5 Plza. Mayor, 1, El Molar. 28710 (Madrid). Tfno. 918410009. Fax: 918410072 4TR79TN59AC3L5P5WWXQ7EGKJ :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.ralomle//:sptth :nóicacifireV 71 ed 5 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS CONCECIÓN DEMANIAL INSTALACIONES DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS AYUNTAMIENTO DE EL MOLAR legales que sean exigibles tanto por la regulación en materia de instalaciones eléctricas de baja tensión como en lo referente a la regularización de las infraestructuras ante el órgano competente de la Comunidad de Madrid o ante la compañía distribuidora de energía que proceda. La infraestructura de recarga también incluirá la instalación completa de todos los elementos necesarios para que las estaciones puedan prestar la actividad programada en los términos regulados en la concesión, incluyendo acometidas, sistemas de protección, control y regulación si es el caso. Asimismo, es obligación del contratista y en consecuencia están incluidos en la prestación, como parte de la concesión, disponer de un sistema/plataforma de gestión y control del punto de recarga por vía telemática a la que tengan acceso los ciudadanos sin que ello se derive en una contraprestación económica complementaria de ningún tipo a excepción lógica de los costes de energía. Las características básicas y condiciones con que debe contar esta plataforma serán objeto de detalle en apartados posteriores del presente pliego. Por último, será parte integrante del objeto de la prestación, al igual que en los casos anteriores interpretado como obligación del adjudicatario como parte de la concesión el mantenimiento del servicio, tanto la garantía operativa del mismo como el asegurar las condiciones de seguridad y todas aquellas reglamentariamente exigibles. 1.4. SELECCIÓN DE EMPLAZAMIENTOS 1.4.1. Condiciones generales de los emplazamientos Sin carácter excluyente y sin perjuicio de lo señalado en los apartados posteriores, los criterios de base para la selección de los emplazamientos serán los que se enumeran a continuación: a. Se ubicarán en espacios abiertos y fácilmente accesibles para vehículos. b. Ocuparán un espacio público sin que esto condicione o limite el uso de otros servicios o infraestructuras salvo autorización expresa al respecto. c. Tratarán de minimizar el impacto del coste de ejecución de las infraestructuras necesarias para su puesta en funcionamiento. d. Se priorizarán aquellos puntos que comercial, funcional o turísticamente resulten más atractivos para el público por su proximidad a servicios existentes y por su facilidad de localización. En cualquier caso, la aprobación de la solución definitiva en cuanto a emplazamientos de las estaciones estará sometida a aprobación expresa por parte de los responsables del Ayuntamiento de El Molar. Durante la vigencia del contrato, cualquiera de las ubicaciones autorizadas, por razones de interés público, podrá ser objeto de cambio en su emplazamiento por otra localización diferente en la ciudad. La reubicación de la misma se llevará a cabo de común acuerdo entre el Concesionario y el Ayuntamiento de El Molar y previa Ayuntamiento de El Molar 6 Plza. Mayor, 1, El Molar. 28710 (Madrid). Tfno. 918410009. Fax: 918410072 4TR79TN59AC3L5P5WWXQ7EGKJ :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.ralomle//:sptth :nóicacifireV 71 ed 6 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS CONCECIÓN DEMANIAL INSTALACIONES DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS AYUNTAMIENTO DE EL MOLAR justificación de la necesidad y las razones de interés público que sean pertinentes. 1.4.2. Criterios específicos de selección La selección de emplazamientos será llevada a cabo bajo los criterios siguientes: A. Se tratará de forma prioritaria de reponer el servicio de los puntos de recarga existentes actualizando su infraestructura a la tipología y capacidad demandada en esta concesión. Los emplazamientos de origen señalados son: 1. C/ Jacoba Díaz Benito en el espacio abierto generado entre los números 20 y 46: https://maps.app.goo.gl/NAVtA5W8y8VQuAwX9 2. Ctra. M-129 frente en la vía de servicio frente al centro deportivo “Fuente del Toro”. https://maps.app.goo.gl/4iDJRWk99PAWgENw9 Ayuntamiento de El Molar 7 Plza. Mayor, 1, El Molar. 28710 (Madrid). Tfno. 918410009. Fax: 918410072 4TR79TN59AC3L5P5WWXQ7EGKJ :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.ralomle//:sptth :nóicacifireV 71 ed 7 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS CONCECIÓN DEMANIAL INSTALACIONES DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS AYUNTAMIENTO DE EL MOLAR B. Se tendrá en cuenta de forma igualmente prioritaria la propuesta adicional de emplazamientos para los otros cuatro espacios en los siguientes lugares: C/ Bruna Vázquez. Aledaña al trazado de la Ctra. E5 y junto al Hostal Landhaus. https://maps.app.goo.gl/hv68d7jH9Z54WQop8 1.4.3. Procedimiento para la determinación de los emplazamientos definitivos La determinación definitiva de los emplazamientos para la implantación de las estaciones de recarga se llevará a cabo conforme a los siguientes criterios: 1) En el plazo máximo de un mes a contar desde la fecha de la firma del contrato, la concesionaria remitirá al Ayuntamiento de El Molar, a través del responsable del contrato, una propuesta formal de implantación para los tres espacios y seis puntos de recarga que respetará las preferencias señaladas en los apartados A y B precedentes. En el supuesto de que no se mantuviesen las mismas en la propuesta debe incluirse una justificación razonada que avale y justifique los cambios propuestos. 2) La propuesta en firme será objeto de evaluación por los responsables municipales que emitirán resolución en un plazo máximo de quince días desde su presentación en la cual se valide o se desestime la misma. En este último supuesto debe quedar justificado en la resolución las razones por las que no se valida cualquiera de las posiciones propuestas. 3) En caso de que quede íntegramente validada la propuesta se procederá a la puesta en marcha de proceso de ejecución de los sistemas. 4) Si alguna o la totalidad de los emplazamientos propuestos fuesen rechazados el contratista dispondrá de un plazo adicional de 15 días para proponer emplazamientos alternativos que deberán venir igualmente justificados y evaluados. 5) Si tras esta segunda propuesta se hubiese rechazado alguno de los emplazamientos serán los responsables municipales los que determinen el emplazamiento que deben ocupar los diferentes espacios, notificándole al Ayuntamiento de El Molar 8 Plza. Mayor, 1, El Molar. 28710 (Madrid). Tfno. 918410009. Fax: 918410072 4TR79TN59AC3L5P5WWXQ7EGKJ :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.ralomle//:sptth :nóicacifireV 71 ed 8 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS CONCECIÓN DEMANIAL INSTALACIONES DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS AYUNTAMIENTO DE EL MOLAR interesado adjudicatario las condiciones y circunstancias de la resolución para que proceda a la puesta en marcha de los trabajos de ejecución de los mismos. 2. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS 2.1. CARACTERÍSTICAS BÁSICAS DE LAS ESTACIONES Cada estación o emplazamiento dispondrá de dos puntos de recarga. Estos deben ser capaces de funcionar de forma simultánea a plena carga. Al menos uno de los puntos tendrá capacidad para recarga en la tipología de rápido (CC) y todos los demás serán, al menos, de tipo semirápido (22 kW) dejando a criterio del concesionario la posibilidad de incorporar sistemas ultra rápidos de carga. 2.2. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Todos los costes derivados de la ejecución tanto en lo referente a obras como infraestructuras, redes eléctricas o trámites correrán por cuenta del adjudicatario de la concesión. Una vez completado el proceso de adjudicación, firmado el contrato y toda vez que se hayan concretado los emplazamientos definitivos para las estaciones de recarga, el contratista procederá a la tramitación de cuantas autorizaciones municipales o de otro rango procedan. En los trámites que deban llevarse a cabo se señalarán al menos los siguientes aspectos: Señalización horizontal y vertical. Condiciones de integración en la urbanización. Características y trazado de la acometida eléctrica Características técnicas de la instalación receptora. La supervisión en la ejecución de los trabajos, así como el seguimiento en la ejecución de la prestación a lo largo de la vigencia del contrato será potestad de los responsables municipales asignados al efecto como responsables del contrato. 2.3. OBRA CIVIL Los soportes de cargadores de los vehículos eléctricos se instalarán en acera anclados al suelo y estarán debidamente homologados. La acometida, derivación, canalizaciones registros de baja tensión cumplirán con lo previsto en el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. Todas las conducciones y registros intermedios serán subterráneos y debidamente homologados en su caso por la compañía distribuidora de energía. Ayuntamiento de El Molar 9 Plza. Mayor, 1, El Molar. 28710 (Madrid). Tfno. 918410009. Fax: 918410072 4TR79TN59AC3L5P5WWXQ7EGKJ :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.ralomle//:sptth :nóicacifireV 71 ed 9 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS CONCECIÓN DEMANIAL INSTALACIONES DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS AYUNTAMIENTO DE EL MOLAR El espacio público quedará debidamente repuesto una vez completada la ejecución de los trabajos de implantación en las zonas afectadas. Todos los residuos generados serán restirados a centro de gestión a través de empresa gestora debidamente autorizada y se certificarán para su control y evaluación por parte de los responsables del contrato. La posición de los soportes de los cargadores estará situada en el punto más próximo a las plazas reservadas para el estacionamiento de los vehículos de forma que se faciliten las operaciones de recarga. Deben quedar a salvo todos los bienes de dominio público, así como cualquier propiedad privada procurando evitar que los trabajos de ejecución afecten a cualquiera de estos sin perjuicio de la obligatoriedad en la reposición íntegra de su estado y condición por parte del contratista en el supuesto de que se viesen afectados con independencia del alcance de la afección. Salvo que quede convenientemente justificado y aprobado previamente, las canalizaciones discurrirán por zonas terrizas, aceras o áreas que no afecten a otros servicio o bienes públicos o privados. En el caso de que fuese necesario atravesar una calzada este paso debe hacerse de forma perpendicular al trazado de la misma evitándose ejecución de registros sobre la misma. En ningún caso los trabajos de ejecución podrán suponer una paralización del tráfico por un periodo superior a una jornada. Se respetará y promoverán las condiciones de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas. 2.4. SEÑALIZACIÓN Y PINTURA El Concesionario identificará las plazas reservadas para el servicio por medio de pintura homologada para su uso en tráfico siguiendo las pautas que se señalan a continuación. a. El fondeado será de color azul con líneas delimitadoras de plazas, simbología y texto en blanco b. La pintura a utilizar en los trabajos será de dos componentes rugosos para asfalto. c. Cada plaza incorporará en el pavimento la señalización específica de punto de recarga para vehículo eléctrico. d. Cada plaza se señalizará de forma complementaria con un soporte y una señal con la identificación de vehículo eléctrico. e. En la señalización vertical se especificarán las condiciones básicas de uso del servicio y la prohibición de uso por parte de vehículos que no vayan a realizar la recarga. Es responsabilidad del concesionario mantener las señalizaciones, tanto verticales como las que se plasman sobre el pavimento, en las adecuadas condiciones de conservación para facilitar al usuario su comprensión. Ayuntamiento de El Molar 10 Plza. Mayor, 1, El Molar. 28710 (Madrid). Tfno. 918410009. Fax: 918410072 4TR79TN59AC3L5P5WWXQ7EGKJ :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.ralomle//:sptth :nóicacifireV 71 ed 01 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS CONCECIÓN DEMANIAL INSTALACIONES DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS AYUNTAMIENTO DE EL MOLAR 2.5. INSTALACIÓN ELÉCTRICA Las instalaciones para el suministro de energía eléctricas se ejecutarán en todas sus partes de conformidad con lo establecido en el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión y en las Instrucciones Técnicas complementarias que lo desarrolla. En particular pondrá especial énfasis en el cumplimiento de la ITC BT-52 “Instalaciones con fines especiales. Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos” y normativa asociada en vigor, así como con las normas particulares de las diferentes compañías distribuidoras de energía eléctrica La instalación eléctrica se realizará además sujeta a las siguientes condiciones: a. El Concesionario deberá ejecutar una acometida independiente para cada una de las estaciones de recarga. b. El Concesionario deberá presentar al Ayuntamiento de Soto del Real la documentación técnica correspondiente a cada instalación de recarga (proyecto, dirección de obra, boletines de instalador, inspección OCA y documento que acredite la legalización de la misma ante el órgano competente). c. El Concesionario llevará a cabo en tiempo y forma las correspondientes inspecciones y verificaciones periódicas conforme a lo previsto en el citado Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión de las cuales se dará cumplido traslado a los responsables del contrato. 2.6. ESPECIFICACIONES DE LOS PUNTOS DE RECARGA 2.6.1. Especificaciones eléctricas Las características eléctricas básicas de los puntos de recarga serán las que se señalan a continuación: ➢ Potencia mínima de salida: Carga semirápida: ................ 22 kW (trifásico) Carga rápida: ......................................... 50 kW ➢ Corriente mínima de salida: En todos los casos la corriente mínima será de 32 A. ➢ Tensión de alimentación de entrada normalizada: Trifásico AC 400 V (3F + N + T) ➢ Frecuencia de servicio: 50 Hz. ➢ Grados de protección mínimo: Contra polvo y agua: ................................ IP55 Contra impactos: ..................................... IK10 Ayuntamiento de El Molar 11 Plza. Mayor, 1, El Molar. 28710 (Madrid). Tfno. 918410009. Fax: 918410072 4TR79TN59AC3L5P5WWXQ7EGKJ :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.ralomle//:sptth :nóicacifireV 71 ed 11 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS CONCECIÓN DEMANIAL INSTALACIONES DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS AYUNTAMIENTO DE EL MOLAR ➢ Tipos de conectores: Carga Semirápida: ........... Conectores Mennekes IEC 62196-2 Carga rápida: ... Conectores tipo CCS2 - Combo 2 IEC-62196-3 ➢ Sistema de protección: El sistema de protección de las tomas de corriente estará enclavado cuando los equipos de recarga no estén suministrando energía. Durante la carga del vehículo, las tomas de corriente estarán enclavadas de modo que sólo el usuario que haya iniciado la carga pueda desenclavarlas. ➢ Protecciones eléctricas: Contactos directos: Los equipos no tendrán partes activas accesibles para el usuario. Todas las partes activas deberán estar dentro de una envolvente o disponer de medios necesarios para evitar el contacto del usuario con las mismas. Contactos indirectos: Todos los equipos metálicos estarán conectados a tierra, para así proteger al usuario frente a contactos indirectos. Para ello los equipos de recarga deberán disponer: ✓ Protección diferencial adaptada a la tipología de la carga demandada con elementos de protección tipo A y sensibilidad 30 mA con rearme automático. ✓ Protección contra sobre corrientes o sobrecargas con equipos de capacidad de carga y corte adecuado, tipo curva C. ➢ Marcado: Todos los puntos de recarga dispondrán de forma individual de la señalización gravada correspondiente a las características técnicas individuales de cada uno de ellos. ➢ Señalización: Cada punto de recarga dispondrá de un indicador luminoso de actividad en el que pueda observarse a distancia su estado y situación operativa (activo, disponible, en carga, error, etc.). ➢ Sistemas de seguridad: Cada estación y punto de recarga dispondrá de un sistema de seguridad capaz de impedir la sustracción furtiva de energía eléctrica y eliminar los riesgos eléctricos para usuarios y peatones con las siguientes condiciones: Ayuntamiento de El Molar 12 Plza. Mayor, 1, El Molar. 28710 (Madrid). Tfno. 918410009. Fax: 918410072 4TR79TN59AC3L5P5WWXQ7EGKJ :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.ralomle//:sptth :nóicacifireV 71 ed 21 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS CONCECIÓN DEMANIAL INSTALACIONES DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS AYUNTAMIENTO DE EL MOLAR ✓ Contactores: Los cargadores deberán estar previstos de contactores para evitar que el usuario pueda acceder a una toma de corriente energizada, evitando de esta manera cualquier riesgo eléctrico. ✓ Sistema de bloqueo de conectores: Para evitar el acceso no autorizado a la toma de corriente y/o el robo de energía, los equipos incorporarán un sistema de bloqueo de conectores. ➢ Pantalla de información: Cada punto de recarga ofrecerá al usuario toda la información que pueda necesitar durante la actividad de recarga, será visible mediante una pantalla o display configurable para diferentes idiomas. El display mostrará al usuario, al menos, la energía consumida, así como la potencia instantánea. ➢ Medida y registro de cargas: Los cargadores estarán dotados de un sistema de medida que permita medir y registrar para cada carga, los siguientes parámetros: Energía activa (kWh). Tensión de salida (V). Intensidad de salida (A). Potencia activa (W). Intervalo horario en el que se ha realizado la recarga. Las medidas de los parámetros que intervienen en la facturación de la actividad de recarga al usuario final se realizarán mediante aparatos de medida debidamente homologados y acreditados conforme a la legislación metrológica en vigor. 2.6.2. Otras Especificaciones ➢ Sistema de comunicación y acceso por parte del usuario: Los sistemas de comunicación que emplearán los equipos serán de tipo Ethernet, 4G o 5G o en su defecto via Wi-fi para el enlace con el sistema central de gestión del servicio por parte del contratista. El acceso al servicio por parte del usuario será a través de plataformas de titularidad del contratista con descarga gratuita y acceso por vía red telefónica 4G o 5G. ➢ Medios de pago y ejecución de la carga: Ayuntamiento de El Molar 13 Plza. Mayor, 1, El Molar. 28710 (Madrid). Tfno. 918410009. Fax: 918410072 4TR79TN59AC3L5P5WWXQ7EGKJ :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.ralomle//:sptth :nóicacifireV 71 ed 31 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS CONCECIÓN DEMANIAL INSTALACIONES DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS AYUNTAMIENTO DE EL MOLAR La carga y el pago de los servicios y suministros recibidos por parte del usuario se podrán realizar por tarjetas RFID emitidas por el Concesionario o mediante tecnologías de pagos móviles. La aplicación de móvil para las comunicaciones entre cliente y sistema de gestión de recarga de vehículos eléctricos deberá cumplir con la interoperabilidad europea y ser multilenguaje. El sistema software de gestión debe ser interoperable mediante plataformas interfaces abiertas con conectividad de protocolos estandarizados con capacidad para una futura integración en aplicaciones municipales de gestión de pago. Los sistemas de gestión deben ser capaces de integrar protocolos de gestión para el establecimiento de bonificaciones a usuarios residentes o de cualquier otra naturaleza que el Ayuntamiento de Soto del Real pueda determinar a través de sus ordenanzas fiscales. Los precios de suministro cumplirán con los máximos establecidos para el servicio a través del Pliego de Prescripciones Administrativas o de las ordenanzas municipales en su defecto, siempre dentro de los rangos legalmente establecidos en el mercado eléctrico. Todos los puntos de recarga estarán monitorizados en tiempo real pudiéndose acceder a través e plataformas telemáticas o vía web indistintamente a la información del estado, recargas realizadas o cantidad de energía suministrada. ➢ Alarmas: Las estaciones de recarga deberán ser capaces de detectar alarmas y mostrarlas tanto en pantalla del propio cargador como en las plataformas de gestión del punto de recarga. En caso de averías la estación pasará al estado 'avería', indicando por display la incidencia e impidiendo el uso activo de la misma a los usuarios. Es obligación del contratista resolver las averías de los sistemas en un plazo no superior a 24 horas. ➢ Imagen corporativa: Con independencia del resultado de la adjudicación. El contratista debe dejar serigrafiados la imagen corporativa que el Ayuntamiento señale y entregue al efecto asumiendo el adjudicatario los costes derivados de la impresión e instalación. Durante el tiempo que se mantenga vigente el contrato es obligación del adjudicatario mantener las condiciones de conservación de la imagen corporativa municipal y el estado de decoro de las instalaciones. Ayuntamiento de El Molar 14 Plza. Mayor, 1, El Molar. 28710 (Madrid). Tfno. 918410009. Fax: 918410072 4TR79TN59AC3L5P5WWXQ7EGKJ :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.ralomle//:sptth :nóicacifireV 71 ed 41 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS CONCECIÓN DEMANIAL INSTALACIONES DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS AYUNTAMIENTO DE EL MOLAR 3. CONDICIONES EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO 3.1. CONDICIONES GENERALES A. Para la consecución de los objetivos propuestos se precisa la concesión de uso demanial del espacio público para la instalación, mantenimiento y explotación de una red pública de estaciones de recarga de vehículos eléctricos en El Molar. B. Los responsables del servicio en el Ayuntamiento de El Molar se reservan la potestad para decidir resolver de forma justificada la solución definitiva en cuanto se refiere a los emplazamientos para las diferentes estaciones y puntos de recarga. C. Los responsables municipales se reservan la facultad de inspección de los bienes objeto de concesión para comprobar y certificar que la explotación se lleva a cabo en los términos estipulados. D. Todos los gastos relativos a la implantación, el funcionamiento, el mantenimiento (preventivo, correctivo y reglamentario) así como la gestión del sistema correrán a cargo del concesionario, incluyéndose aquí los gastos de conservación y mantenimiento del asfaltado y pintura de las plazas de aparcamiento (incluida la señalización vertical). Igualmente, correrán a cargo del Concesionario los gastos de limpieza y mantenimiento estético, así como el pago de la factura eléctrica. E. El Concesionario debe disponer de un servicio de atención telefónica y de recogida de incidencias con capacidad de atención en al menos lengua Castellana e inglés que esté operativo 24 horas al día y 365 días al año. La plataforma de gestión del servicio debe ser capaz de identificar gráficamente el emplazamiento de los puntos de recarga y su estado en tiempo real. F. El régimen de funcionamiento operativo de la concesionaria, así como la atención de averías será capaz de garantizar que cada punto de recarga se encuentra operativo durante el mayor tiempo posible y en ningún caso menos del 95 % del tiempo efectivo de los periodos con cómputo semanal. G. Con periodicidad mensual y dentro de los diez primeros días hábiles del mes corriente, el concesionario, remitirá a los responsables del contrato en el Ayuntamiento de El Molar un informe descriptivo sobre los periodos de operatividad de cada punto de recarga, incidencias y gestión de las mismas. H. En caso de que el concesionario no cumpla con los ratios funcionamiento o de atención en las averías que se produzcan, el Ayuntamiento de El Molar podrá establecer las sanciones o penalidades que los términos del contrato y la legislación aplicable establezcan. Ayuntamiento de El Molar 15 Plza. Mayor, 1, El Molar. 28710 (Madrid). Tfno. 918410009. Fax: 918410072 4TR79TN59AC3L5P5WWXQ7EGKJ :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.ralomle//:sptth :nóicacifireV 71 ed 51 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS CONCECIÓN DEMANIAL INSTALACIONES DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS AYUNTAMIENTO DE EL MOLAR 3.2. Legislación Especificación UNE 0048 ‘Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos. Sistema de protección de la línea general de alimentación (SPL) ́. UNE 62196-1 'Bases, clavijas, acopladores de vehículo y entradas de vehículo. Carga Conductiva de vehículos eléctricos. Parte 1: Carga de vehículos eléctricos hasta 250 A en corriente alterna y 400 A en corriente continua. UNE 62196-2 Bases, clavijas, acopladores de vehículo y entradas de vehículo. Carga Conductiva de vehículos eléctricos. Parte 1: Carga de vehículos eléctricos hasta 250 A en corriente alterna y 400 A en corriente continua'. UNE 61851 1 'Sistema Conductivo de carga para vehículos eléctricos. Parte 1: Requisitos generales'. Diciembre 2002. UNE 61851-21 'Sistema Conductivo de carga para vehículos eléctricos. Parte 21: Requisitos del vehículo eléctrico para conexión conductora en c.a./c.c.'. Diciembre 2002. UNE 61851-22 'Sistema Conductivo de carga para vehículos eléctricos. Parte 22: Estación de carga en c.a. para vehículos eléctricos'. Diciembre 2002. UNE 20324/1M:2000 'Grados de protección proporcionados por las envolventes (Código IP). Normas UNE-EN 61000 'Compatibilidad electromagnética (CEM)' de aplicación. Real Decreto Ley 15/2018 de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores. Real Decreto 1053/2014, de 12 de diciembre, por el que se aprueba una nueva Instrucción Técnica Complementaria (ITC) BT 52 "Instalaciones con fines especiales. Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos", del Reglamento electrotécnico para baja tensión, aprobado por Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, y se modifican otras instrucciones técnicas complementarias del mismo. Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico (RPM). Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión (Corregido por el Real Decreto 1053/2014 y el Real Decreto 560/2010). Ayuntamiento de El Molar 16 Plza. Mayor, 1, El Molar. 28710 (Madrid). Tfno. 918410009. Fax: 918410072 4TR79TN59AC3L5P5WWXQ7EGKJ :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.ralomle//:sptth :nóicacifireV 71 ed 61 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS CONCECIÓN DEMANIAL INSTALACIONES DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS AYUNTAMIENTO DE EL MOLAR Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. Directiva 2014/94/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2014, relativa a la implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos. Directiva 2015/2366/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de noviembre de 2015 sobre servicios de pago en el mercado interior. Reglamento 2016/679/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos). En El Molar, a fecha de firma electrónica Dª. María del Mar Nieto Traba CONCEJAL DELEGADA DE CONTRATACIÓN Ayuntamiento de El Molar 17 Plza. Mayor, 1, El Molar. 28710 (Madrid). Tfno. 918410009. Fax: 918410072 4TR79TN59AC3L5P5WWXQ7EGKJ :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.ralomle//:sptth :nóicacifireV 71 ed 71 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD