FORMALIZACION CONTRATO LOTE 4

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FORMALIZACIÓN DE LA CONCESIÓN ADMINISTRATIVA DEMANIAL PARA LA INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y EXPLOTACIÓN PUNTO DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS EN PUNTOS ESTRATÉGICOS DE GUARDO (PALENCIA). LOTE NUMERO 4. EXPTE. 1561/2022 En Guardo, al día de la fecha al margen REUNIDOS: De una parte, D. JUAN JESÚS BLANCO MUÑIZ, con DNI 71922652L, en su calidad de Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Guardo (Palencia), y actuando en nombre y representación de tal Corporación. De otra, D. FERNANDO ÁNGEL MOLINER ROBREDO, con D.N.I.: 13104705H actuando en nombre y representación de la mercantil ACCIONA RECARGA, S.L., con NIF: B87797361, y domicilio social en Calle Condesa de Venadito Núm. 5, Bloque A, Planta 2- Pta. DCH. C.P. 28027 MADRID, correo electrónico atcliente.recrga@acciona.com, (Tfno. 689005629). Actúa como Fedataria, Dª María del Carmen Fernández Calle, Secretaria del Ayuntamiento de Guardo(Palencia). EXPONEN 1º.- La finalidad del presente acto es la de proceder a la formalización de la concesión administrativa de uso privativo de espacio de dominio público y su infraestructura para la instalación, mantenimiento y explotación de puntos de recarga de vehículos eléctricos sobre el bien de dominio público sito en calle San Antonio de Guardo, con Cargador Rápido CC 150 Kw, dos plazas, LOTE Nº 4, y superficie de 23 m/2, con pleno sometimiento al Pliego de Clausulas Administrativas y Pliego de Prescripciones Técnicas que rigen la concesión. 2º.- La adjudicación de la concesión fue aprobada mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, reunida en fecha 26 de octubre de 2023, y de conformidad con los siguientes antecedentes, entre otros: Documento Fecha/N.º Observaciones Acuerdo Inicio Expediente 28/4/2023 Junta Gobierno Local Informe Secretaria 13/7/2023 28/4/2023 y Informe Intervención 11/7/2023 27/4/2023 y Informes Técnicos 11/7/2023 Pliego Condiciones Administrativas 14/7/2023 Aprobado en Junta Gobierno Local de fecha 14/7/2023-Inicio y Pliegos Pliego Condiciones Técnicas 14/7/2023 Aprobado en Junta Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y6NAGXREH557NPFS596NYT5J9 :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.odraug//:sptth :nóicacifireV 94 ed 1 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Gobierno Local de fecha 14/7/2023-Inicio y Pliegos Anuncio licitación 2/8/2023 BOP Nº 92 y Plataforma Acta de la mesa de contratación de apertura de 29/8/2023 Reunida fecha 29/8/2023 Sobres Acta de la mesa de contratación y propuesta de Reunida fecha 27/9/2023 adjudicación Requerimiento al licitador 10/10/2023 Acuerdo de Adjudicación 26/10/2023 Junta de Gobierno Local Y conviniendo a ambas partes, en calidad de adjudicador y adjudicatario, la presente concesión de uso privativo del bien de dominio público para la infraestructura e instalación, mantenimiento y explotación de puntos de recarga de vehículos eléctricos sobre el bien de dominio público sito en calle San Antonio de Guardo, superficie 23 m/2, con Cargador Rápido CC 150 Kw, dos plazas, LOTE Nº 4, formalizándose en este documento administrativo, y OTORGAN PRIMERO.- El Ayuntamiento de Guardo otorga al concesionario el derecho de uso privativo de espacio de dominio público y su infraestructura para la instalación, mantenimiento y explotación de puntos de recarga de vehículos eléctricos sobre el bien de dominio público sito en calle San Antonio de Guardo, con Cargador Rápido CC 150 Kw, dos plazas, LOTE Nº 4, con pleno sometimiento al Pliego de Clausulas Administrativas y Pliego de Prescripciones Técnicas que rigen la concesión. SEGUNDO.- La concesión se ejecutará a riesgo y ventura del adjudicatario y además será a su cargo la indemnización de todos los daños que, en su caso, cause al Ayuntamiento o a terceros por la ejecución de la concesión. La financiación de la concesión que incluye la instalación completa, acometidas, señalización de las plazas objeto de concesión, conservación y mantenimiento de los elementos, será todo a cargo del concesionario, sin aportación económica alguna por parte del Ayuntamiento. Asimismo, en caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas en los Pliegos, el órgano concedente podrá imponer las sanciones económicas de forma proporcional al tipo de incumplimiento, conforme a lo establecido en la clausula trigésima del Pliego Administrativo así como en la normativa de aplicación. TERCERO.- El concesionario se obliga a pagar al Ayuntamiento de Guardo como canon anual la cantidad de 901,00 € (MIL DOSCIENTOS UN EUROS) (exento de IVA). Deberá abonarse el canon dentro del primer mes desde la formalización de la concesión demanial. En los años restantes deberá hacerse el pago del canon dentro de los 15 primeros días del primer mes del año. El importe del canon se ingresará en el n.º de cuenta de titularidad municipal siguiente: UNICAJA: ES22 2103 4505 74 0032064747 CUARTO.- El plazo de duración de la concesión demanial será de QUINCE (15) AÑOS contados desde la fecha de formalización de la concesión, sin posibilidad de prórroga. Al término del plazo de la concesión, revertirán a la Corporación los bienes objeto de la concesión, debiendo el contratista entregarlos conforme a lo establecido en los Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y6NAGXREH557NPFS596NYT5J9 :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.odraug//:sptth :nóicacifireV 94 ed 2 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Pliegos, y en definitiva, en el mismo estado en el que fueron entregados, como mínimo. QUINTO.- El Ayuntamiento podrá revocar la concesión otorgada cuando existan razones de interés público que así lo aconsejen y ordenar a la empresa adjudicataria la retirada de los elementos instalados, siendo por cuenta del concesionario la reposición de pavimento y del acerado original. SEXTO.- Figura como ANEXO I al presente documento de formalización de la concesión, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y como ANEXO II el Pliego de Prescripciones Técnicas, formando parte inseparable de la misma. SÉPTIMO.- Por el adjudicatario se ha constituido una Garantía Definitiva correspondiente al LOTE 4, por importe de 405,45 €, mediante documento aval de la entidad Cajamar Caja Rural, Sociedad Cooperativa de Crédito a favor del Ayuntamiento de Guardo en fecha 19/10/2023. OCTAVO.- La mercantil ACCIONA RECARGA, S.L., con NIF: B8779736 como concesionaria deberá presentar un Seguro de Responsabilidad Civil para las instalaciones eléctricas de baja tensión que garantice frente a terceros (tanto personales como materiales) el ejercicio de la actividad. Dicho seguro garantizará, como mínimo, un capital de 600.000,00 €. Se presentará dentro de la primera semana del mes siguiente a la finalización de los cuatro (4) meses de ejecución de las obras, junto con el informe referido en el PCT. NOVENO.- La mercantil ACCIONA RECARGA, S.L., con NIF: B87797361 representada por D. FERNANDO ÁNGEL MOLINER ROBREDO, con D.N.I.: 13104705H presta su conformidad a los Pliegos de Condiciones Administrativas y Técnicas que es documento contractual, firmándolo en este acto y se somete, para cuanto no se encuentre en ellos establecido a los preceptos de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. Para la debida constancia de todo lo convenido se firma digitalmente este contrato por ambas partes, de lo que yo, la Secretaria, doy fe. La Administración El Adjudicatario EL ALCALDE ACCIONA RECARGA, S.L. Fdo.: Juan Jesús Blanco Muñiz Fdo.: Fernando Ángel Moliner Robredo LA SECRETARÍA Fdo.: María del Carmen Fernández Calle (Documento firmado electrónicamente) Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y6NAGXREH557NPFS596NYT5J9 :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.odraug//:sptth :nóicacifireV 94 ed 3 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Expediente: 1561/2022 Procedimiento: concesión de uso privativo PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA CONCESIÓN DEMANIAL PARA LA INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y EXPLOTACIÓN DE PUNTOS DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS EN PUNTOS ESTRATÉGICOS DEL AYUNTAMIENTO DE GUARDO (PALENCIA). INTRODUCCIÓN El presente Pliego define las condiciones que regirán el otorgamiento de la concesión administrativa de uso privativo del dominio público, en régimen de concurrencia (mediante procedimiento abierto, tramitación ordinaria, con varios criterios de adjudicación), para la instalación y explotación de una red de puntos de recarga de vehículos eléctricos ubicada en la vía pública del municipio de Guardo, con arreglo a lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas. El Ayuntamiento de Guardo cederá al concesionario el espacio público necesario para la provisión del servicio de recarga energética de vehículos eléctricos en la vía pública, concretamente en cinco puntos del municipio, mediante la cesión del espacio público para la instalación, gestión y mantenimiento de las red de recarga pertenecientes a la red consolidada de titularidad municipal, en régimen de concesión a través del pago de un canon. Los espacios en los que se instalan o han de instalarse los elementos tienen la naturaleza jurídica de bien de dominio público local por prescripción legal, al encontrarse las vías públicas adscritas al uso público general conforme al art. 79 de la Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local. Los trabajos objeto de la presente concesión se realizarán bajo el régimen que se detalla a continuación y según los requerimientos y condiciones que se estipulan en el presente pliego, en el pliego de prescripciones técnicas y en la demás normativa legal al respecto. CLAUSULA PRIMERA .- OBJETO DE LA CONCESIÓN Constituye el objeto del contrato la CONCESIÓN DE USO PRIVATIVO DE LOS SIGUIENTES BIENES DE DOMINIO PÚBLICO PARA LA INSTALACIÓN DE CINCO PUNTOS DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS EN GUARDO (PALENCIA). Los puntos que se pretenden instalar en las siguientes ubicaciones: CARGADORES PLAZAS LOTE 1 - Ubicación Aparcamiento Calle SEMIRAPIDA 2 – (11 Santa Bárbara.( Min. 22 Kw) 1 - 22 kW kW)AC LOTE 2 - Ubicación Avenida San Miguel- RÁPIDA Piscina climatizada y SPA (Mín. 50KW) 2 - 100 kW 4- PDR (50 Kw)Dc LOTE 3 - Ubicación Calle Santa Bárbara- SEMIRAPIDA biblioteca- centro de salud (Mín. 22 Kw) 1 -22 kW 2 – (11 kW)AC LOTE 4 - Ubicación Calle San Antonio SEMIRAPIDA (Mín 22 Kw) 1- 22 kW 2 – (11 kW)AC La concesión, por tanto, se referirá a un espacio de titularidad pública y su finalidad será la instalación de un punto de suministro (punto de recarga para coches eléctricos)con dos plazas de aparcamiento en cada uno de los puntos expuestos, por un periodo de 15 años. Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y Z6JNAARG27X3RMETH65R5Y7NTJPPF7SY5Y9Z63NAYDTZ54J99 ::nnóóiiccaaddiillaaVV ..ddóóCC //ssee..aacciinnoorrttcceelleeddeess..ooddrraauugg////::sspptttthh ::nnóóiiccaacciiffiirreeVV 0934 eedd 14 aanniiggááPP || aannooiittsseeGG oocciillbbuuPPssee aammrrooffaattaallpp aall eeddsseedd eettnneemmaacciinnóórrttcceellee ooddaammrriiff oottnneemmuuccooDD La infraestructura de puntos de recarga comprenderá todos los elementos necesarios para que las estaciones puedan prestar la actividad, incluyendo las acometidas necesarias. Podrá ser modificada la localización de alguna de las estaciones, a propuesta del concesionario, en el caso de que tras la resolución del concurso se manifestaran problemas que no sean imputables al concesionario, en particular los producidos por falta de capacidad de la red de distribución eléctrica para atender las solicitudes de conexión, conflictos con otros usos de la vía pública o por actuaciones en la vía pública promovidas por el Ayuntamiento de Guardo. La localización alternativa habrá de ser autorizada por el Ayuntamiento de Guardo, sin que el cambio produzca modificaciones ni en la duración ni en el régimen económico de la concesión. 1.2 - CÓDIGOS DE CLASIFICACIÓN: Los CPV asignados al presente contrato son: 31158100-9 Cargadores eléctricos. 45315300-1 Instalaciones de suministro de electricidad. 51110000-6- Servicio de instalación de equipo eléctrico. 1. 3.- DIVISIÓN EN LOTES: Respecto a su división en lotes, según lo previsto en el artículo 99.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público (LCSP), se ve conveniente su división en lotes, para abrir la concurrencia y satisfacer con la mejor calidad-precio los intereses municipales, así como que las distintas empresas puedan optar a realizar una o varias de las prestaciones objeto del contrato. Los licitadores podrán optar a uno o varios de los lotes, teniendo en cuenta su cuantía y sus condiciones, y podrán ser adjudicatarios de uno o de varios lotes de conformidad con la valoración de las ofertas y la aplicación de los criterios descritos. CLÁUSULA SEGUNDA.- NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO. El presente pliego de condiciones tiene carácter contractual, enmarcándose el contrato como concesión demanial según los artículos 86.3 y 93 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, y los artículos 75.2 y 78.1.a) del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. El ejercicio de los derechos derivados de la concesión demanial no supondrá, en ningún caso, la transmisión de la propiedad por parte de este Ayuntamiento ni de otros derechos reales. La instalación y explotación de estas instalaciones objeto de esta concesión tiene naturaleza jurídica de uso privativo de bienes de dominio publico, sujeto a concesión administrativa conforme establece el artículo 78.1 a) del RBEL y el articulo 85.3 de la Ley 33/2003 de 3 de noviembre de Patrimonio de las Administraciones Publicas. En relación a su otorgamiento, según el Articulo 78, apartado segundo del RBEL, las concesiones se otorgan previa licitación, con arreglo a los artículos siguientes al arriba referenciado del REBEL y a la normativa reguladora de la contratación de las Corporaciones Locales, si bien, el Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y Z6JNAARG27X3RMETH65R5Y7NTJPPF7SY5Y9Z63NAYDTZ54J99 ::nnóóiiccaaddiillaaVV ..ddóóCC //ssee..aacciinnoorrttcceelleeddeess..ooddrraauugg////::sspptttthh ::nnóóiiccaacciiffiirreeVV 0934 eedd 25 aanniiggááPP || aannooiittsseeGG oocciillbbuuPPssee aammrrooffaattaallpp aall eeddsseedd eettnneemmaacciinnóórrttcceellee ooddaammrriiff oottnneemmuuccooDD artículo 9.1 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos del Sector Publico, en los sucesivo LCSP, excluye de su ámbito de aplicación las autorizaciones y concesiones sobre bienes de dominio publico, aplicándose solo en esta materia los principios de la normativa sobre contratación administrativa para resolver las dudas y lagunas que pudieran plantearse, asimismo el RBEL dispone que las concesiones se otorgarán con arreglo a la legislación de contratos de las Administraciones Publicas, con las especialidades contenidas en esa norma, siendo de preferente apkicacion el procedimiento abierto y forma de concurso. La presente adjudicación no producirá obligación de pago alguna a cargo de la Administración municipal, haciéndose constar a los efectos oportunos, que el Ayuntamiento de Guardo, no tiene ni está obligado a tener crédito presupuestario disponible de ninguna especie para esta finalidad y no contrae obligación alguna para futuros ejercicios. La relación jurídica que unirá al adjudicatario de la concesión con el Ayuntamiento de Guardo se limita a la puesta a disposición al adjudicatario de los bienes de dominio público estrictamente necesario para llevar a cabo el objeto del contrato, sin perjuicio del control por parte del Ayuntamiento del destino de los bienes para la finalidad para la que son concedidos y del cumplimiento por parte del concesionario de los compromisos que por esa utilización privativa adquiere. Dicha entidad ostenta la potestad de inspeccionar los bienes objeto de la concesión para asegurar el cumplimiento de las condiciones de uso de la misma y la indemnidad del bien concedido. El concesionario se sujetará, en lo no previsto en el presente Pliego y en de Prescripciones técnicas a las siguientes disposiciones:  Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Publico (LRJSP)  Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas (LPACAP)  Real Decreto 773/2015 de 28 de agosto por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Publicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001  Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos del Sector público (LCSP)  Ley 33/2003 de 3 de noviembre del Patrimonio de las Administraciones Publicas (LPAP y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 1373 /2009 de 28 de agosto y la demás normativa estatal autonómica y municipal que resulte de pertinente aplicación por razón de la materia.  Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo por el que se prueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales (LRHL)  Ley 7/1985 de 2 de abril reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL)  Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, aprobado por Decreto de 17 de junio de 1955 Real Decreto 1372/1986 de 13 de junio por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las entidades Locales (RSCL).  Real Decreto 1372/1986 de 13 de junio por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (RBEL).  Legislación vigente que le sea de aplicación , que afecte al ejercicio de la actividad especifica. Supletoriamente se aplicará las restantes normas de Derecho Administrativo y de Derecho Privado en su defecto. La forma de adjudicación de la concesión será el procedimiento de concurrencia, en el que Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y Z6JNAARG27X3RMETH65R5Y7NTJPPF7SY5Y9Z63NAYDTZ54J99 ::nnóóiiccaaddiillaaVV ..ddóóCC //ssee..aacciinnoorrttcceelleeddeess..ooddrraauugg////::sspptttthh ::nnóóiiccaacciiffiirreeVV 0934 eedd 36 aanniiggááPP || aannooiittsseeGG oocciillbbuuPPssee aammrrooffaattaallpp aall eeddsseedd eettnneemmaacciinnóórrttcceellee ooddaammrriiff oottnneemmuuccooDD cualquier interesado podrá presentar una oferta. La adjudicación del contrato se realizará utilizando una pluralidad de criterios de adjudicación en base a la mejor relación calidad-precio de conformidad con lo que se establece en el presente clausulado. CLÁUSULA TERCERA.- NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER A los efectos exigidos en el artículo 28 de la LCSP, la naturaleza y extensión de necesidades que se pretenden satisfacer con el contrato que regula el presente pliego, así como la idoneidad de su objeto y contenido para satisfacerlas, se especifican y justifican en la Memoria Justificativa. El principal objetivo que se persigue, es impulsar la transición hacia nuevo modelo energético que este basado en la eficiencia energética, en el aprovechamiento de las energías renovables, en las instalaciones de auto consumo energético y en una política de transporte y movilidad sostenible que minimice el impacto sobre el medioambiente mediante entre otras acciones, la implantación en el municipio de Guardo de puntos de recarga de vehículos eléctricos dando un servicio cada vez más demandado por la población. Además es un modo de apoyo a la afluencia local al disponer de estos puntos de recarga para aquellos turistas con vehículos eléctricos que en su viaje deban repostar, dando opción a varios puntos de parada en la localidad. CLÁUSULA CUARTA.- ÓRGANO COMPETENTE El órgano competente para la adjudicación de la presente concesión demanial de conformidad con lo dispuesto en el informe de intervención municipal actualizado donde expone: “se trata de una cantidad que no supera el 10% de los recursos ordinarios del Presupuesto municipal” A tal efecto, el órgano competente, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Tercera de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante, LCSP) es el Alcalde-Presidente de la Corporación Local, sin perjuicio de la Resolución de Alcaldía nº 2023-0518, de 29 de junio de 2023, relativa a la delegación de competencias en la Junta de Gobierno Local. ÓRGANO COMPETENTE: JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE GUARDO. CLAUSULA QUINTA.- DURACIÓN DE LA CONCESIÓN El plazo máximo de duración de la concesión será de QUINCE (15) AÑOS contados a partir de la formalización del contrato, sin posibilidad de prórroga. Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y Z6JNAARG27X3RMETH65R5Y7NTJPPF7SY5Y9Z63NAYDTZ54J99 ::nnóóiiccaaddiillaaVV ..ddóóCC //ssee..aacciinnoorrttcceelleeddeess..ooddrraauugg////::sspptttthh ::nnóóiiccaacciiffiirreeVV 0934 eedd 47 aanniiggááPP || aannooiittsseeGG oocciillbbuuPPssee aammrrooffaattaallpp aall eeddsseedd eettnneemmaacciinnóórrttcceellee ooddaammrriiff oottnneemmuuccooDD Cada concesionario, en el plazo máximo de un mes computable desde formalización de la concesión, presentará una propuesta de Plan de Mantenimiento Preventivo y Correctivo, lo más detallada posible, del mantenimiento del equipamiento e instalaciones objeto de esta concesión durante su periodo de vigencia. A partir de la formalización de la concesión, el Concesionario tendrá dos (2) meses para presentar al Ayuntamiento el título habilitante que corresponda. La solicitud irá acompañada del proyecto completo de las estaciones de recarga en las ubicaciones definitivas de las que sea adjudicatario. Desde la aprobación municipal del título habilitante el concesionario dispondrá de cuatro (4) meses para la ejecución de las obras e instalaciones, conforme al cronograma que el Concesionario deberá incluir en el proyecto de la instalación. El Ayuntamiento podrá revocar la concesión otorgada cuando existan razones de interés público que así lo aconsejen y ordenar a la empresa la retirada de los elementos instalados, siendo por cuenta del Concesionario la reposición del pavimento y del acerado a su estado original. CLAUSULA SEXTA.- SEGURO OBLIGATORIO El Concesionario deberá presentar un Seguro de Responsabilidad Civil para las instalaciones eléctricas de baja tensión que garantice frente a terceros (tanto personales como materiales) el ejercicio de la actividad. Dicho seguro garantizará, como mínimo, un capital de 600.000,00 €. Se presentará dentro de la primera semana del mes siguiente a la finalización de los cuatro (4) meses de ejecución de las obras, junto con el informe referido en el PTT. CLAUSULA SÉPTIMA.- RIESGO Y VENTURA DEL ADJUDICATARIO La concesión se ejecutara a riesgo y ventura de la/s empresa/s adjudicataria/s, y además será a su cargo la indemnización de todos los daños que cause al Ayuntamiento o a terceros por la ejecución de la concesión. La financiación de la concesión (que incluye la instalación completa, acometidas, señalización de las plazas objeto de concesión, conservación y mantenimiento de los elementos, todo a cargo del concesionario), se realizará sin aportación económica alguna por parte del Ayuntamiento. Se considerarán incluidos, todos los elementos propuestos para su instalación inicial, así como los que se propongan en las ofertas presentadas y los que se autoricen durante la concesión. La concesión demanial objeto de adjudicación no origina gastos para el Ayuntamiento de Guardo ni supone obligaciones de contenido económico. El Ayuntamiento no participará en la explotación del servicio ni otorgará al concesionario subvención de ninguna especie. El concesionario asumirá el riesgo y ventura de la explotación de la concesión. Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y Z6JNAARG27X3RMETH65R5Y7NTJPPF7SY5Y9Z63NAYDTZ54J99 ::nnóóiiccaaddiillaaVV ..ddóóCC //ssee..aacciinnoorrttcceelleeddeess..ooddrraauugg////::sspptttthh ::nnóóiiccaacciiffiirreeVV 0934 eedd 58 aanniiggááPP || aannooiittsseeGG oocciillbbuuPPssee aammrrooffaattaallpp aall eeddsseedd eettnneemmaacciinnóórrttcceellee ooddaammrriiff oottnneemmuuccooDD CLÁUSULA OCTAVA.- PERFIL DEL CONTRATANTE Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: https://contrataciondelestado.es CLAUSULA NOVENA.- CANON Cada punto de recarga: Valor estimado del contrato (anual): 400,00 € IVA %: 0 Presupuesto base de licitación: 400,00 € IMPORTANTE: El valor estimado anual para el LOTE 1, LOTE 3 y LOTE 4 será de 400 € / anuales cada uno. Por otro lado, para el LOTE 2 (que incluye dos puntos de recarga) tendrá un valor estimado de 800 € /anuales. Duración de la concesión: 15 años Número de puntos: cinco (5) puntos de recarga con dos cabezales cada uno. Euros/año (5 puntos de recarga): 2.000 euros/año. Valor estimado del contrato por todos los lotes: 30.000,00 € IVA excluido. IVA %: 0 Presupuesto base de licitación IVA incluido por todos los lotes: 30.000,00 € El primer canon anual será el proporcional correspondiente al periodo desde la formalización del contrato hasta el 31 de diciembre de dicho año. En el primer año, deberá abonarse el canon dentro del primer mes desde la formalización del contrato. En los años restantes deberá de hacerse el pago del canon dentro de los 15 primeros días del primer mes del año. Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y Z6JNAARG27X3RMETH65R5Y7NTJPPF7SY5Y9Z63NAYDTZ54J99 ::nnóóiiccaaddiillaaVV ..ddóóCC //ssee..aacciinnoorrttcceelleeddeess..ooddrraauugg////::sspptttthh ::nnóóiiccaacciiffiirreeVV 0934 eedd 69 aanniiggááPP || aannooiittsseeGG oocciillbbuuPPssee aammrrooffaattaallpp aall eeddsseedd eettnneemmaacciinnóórrttcceellee ooddaammrriiff oottnneemmuuccooDD CLAUSULA DÉCIMA.- CUMPLIMIENTO DE LOS PRINCIPIOS DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y SOSTENIBILIDAD FINANCIERA. Este contrato no genera gastos para el Ayuntamiento, no existe crédito afectado al mismo, ni supone gasto alguno para el Ayuntamiento. CLAUSULA UNDÉCIMA.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN CALIFICACIÓN DEL CONTRATO El contrato tiene la calificación de contrato privado, tal y como establece el artículo 9 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público. En concreto, se trata de concesiones administrativas de dominio público, al amparo de lo dispuesto en los artículos 86.3 y 93 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas y los artículos 75.2 y 78.1.a) Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las entidades locales y concordantes. Con el fin de garantizar la mayor concurrencia pública, el procedimiento más idóneo para la licitación y posterior contratación es el procedimiento abierto y tramitación ordinaria. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN La adjudicación de la concesión se realizará mediante PROCEDIMIENTO ABIERTO, en régimen de concurrencia y con varios criterios de adjudicación de acuerdo con la LPAP y el resto de la legislación patrimonial y local, así como preceptos aplicables de la legislación de contratación (en los términos del art. 156 LCSP), siendo su TRAMITACIÓN ORDINARIA, toda vez que es uno de los sistemas ordinarios de adjudicación, pretendiéndose además que todo interesados pueda presentarse a la licitación, quedando excluida toda negociación de los términos de la concesión, y que aunque no son de directa aplicación, toda vez que su ámbito se circunscribe a los contrato que celebre la Administración, sin embargo, también sirven como principio inspiradores de los procedimiento de licitación que celebre el Ayuntamiento. La división en lotes permite que las empresas que quieran presentarse, puedan adquirir uno, ninguno o varios de los lotes a los que presenten ofertas. PUBLICIDAD Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS La presente licitación tiene carácter electrónico. Es decir la licitación se tramitará a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público, debiendo presentarse las ofertas por el mismo medio. Los licitadores deberán preparar y presentar sus ofertas obligatoriamente de forma electrónica a través de la Herramienta de preparación y presentación de ofertas de la Plataforma de Contratación del Sector Público. La utilización de estos servicios supone: La preparación y presentación de ofertas de forma telemática por el licitador. Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y Z6JNAARG27X3RMETH65R5Y7NTJPPF7SY5Y9Z63NAYDTZ54J99 ::nnóóiiccaaddiillaaVV ..ddóóCC //ssee..aacciinnoorrttcceelleeddeess..ooddrraauugg////::sspptttthh ::nnóóiiccaacciiffiirreeVV 9 04 3e ed d0 71 aanniiggááPP || aannooiittsseeGG oocciillbbuuPPssee aammrrooffaattaallpp aall eeddsseedd eettnneemmaacciinnóórrttcceellee ooddaammrriiff oottnneemmuuccooDD La custodia electrónica de ofertas por el sistema. La apertura y evaluación de la documentación a través de la Plataforma. Las proposiciones, junto con la documentación preceptiva se presentarán, dentro del plazo de QUINCE (15) DÍAS NATURALES contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Palencia, quedando a su vez publicado en el Perfil de contratante, que finalizará el último día a las 23:59 horas. La presentación se realizará unicamente a través de la Herramienta de Preparación y Presentación de ofertas, que la Plataforma de Contratación del Sector Público pone a disposición de candidatos y entidades licitadoras para tal fin. Por este motivo, es importante que los licitadores se registren en el supuesto que no lo estén, en la Plataforma de Contratación del Sector Público. La oferta electrónica y cualquier otro documento que la acompañe deberán estar firmados electrónicamente por alguno de los sistemas de firma admitidos por el articulo 10 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Una vez realizada la presentación, la Herramienta proporcionará a la entidad licitadora un justificante de envío. Información a los licitadores: Cuando sea preciso solicitar información adicional o complementaria a que se refiere el artículo 138 LCSP, el licitador podrá realizar las cuestiones a través de la Plataforma de Contratación, que deberá ser respondidas y facilitadas por la Administración contratante, siempre y cuando se hayan hecho con una antelación de 5 días previa a la finalización del plazo. CLAUSULA DÉCIMO SEGUNDA.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y PREPARACIÓN DE ARCHIVOS. Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en DOS (2) ARCHIVOS ELECTRÓNICOS , firmados por el licitador, en los que se hará constar la denominación: - ARCHIVO ELECTRÓNICO “A”: Documentación Administrativa. - ARCHIVO ELECTRÓNICO “B”: Criterios Cuantificables de forma automática. Los documentos a aportar en cada archivo, deberán ser originales o copias autenticadas, conforme a la Legislación en vigor. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición sin perjuicio de lo establecido en los artículos 142 y 143 de la LCSP. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figura en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas. La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el licitador de las clausulas del presente Pliego y el Pliego de prescripciones técnicas, así como pleno cumplimiento a la legalidad vigente. Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y Z6JNAARG27X3RMETH65R5Y7NTJPPF7SY5Y9Z63NAYDTZ54J99 ::nnóóiiccaaddiillaaVV ..ddóóCC //ssee..aacciinnoorrttcceelleeddeess..ooddrraauugg////::sspptttthh ::nnóóiiccaacciiffiirreeVV 9 043 e edd 1 81 aanniiggááPP || aannooiittsseeGG oocciillbbuuPPssee aammrrooffaattaallpp aall eeddsseedd eettnneemmaacciinnóórrttcceellee ooddaammrriiff oottnneemmuuccooDD Las proposiciones se presentarán redactadas en lengua castellana, y se incluirán en los DOS ARCHIVOS ELECTRÓNICOS, firmados electrónicamente por el licitador o persona que lo represente. Los archivos serán los siguientes y se presentarán de la siguiente forma: 1.- ARCHIVO ELECTRÓNICO “A”- DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA” Este archivo contendrá los siguientes documentos: a) DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL LICITADOR indicativa del cumplimiento de las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración. Se presentará conforme al modelo incluido en el ANEXO I del presente pliego firmada electronicamente que acreditará:  Tener personalidad jurídica y plena capacidad jurídica y de obrar.  Representación en su caso.  No estar incursa en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración establecidas en el art 71 de la LCSP.-  Solvencia económica, financiera y técnica adecuada y suficiente para ejecutar esta concesión. b) Copia autenticada de la Escritura de constitución de la sociedad y, en su caso de modificación, inscrita en el Registro Mercantil cuando este registro sea legalmente exigible. Si no lo fuese, escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial. Los documentos que acreditan las condiciones para contratar, objeto de la declaración, a aportar en este ARCHIVO ELECTRÓNICO “A”, deberán presentarse obligatoriamente antes de la adjudicación del contrato por el licitador propuesto y admitido por la Mesa de contratación como licitador que ha presentado la oferta económicamente más ventajosa, por lo que deberá tenerla en su posesión y en vigor para su presentación en cualquier momento anterior a dicha adjudicación. En el caso de no poder presentar alguna documentación exigible, la adjudicación no podría llevarse a efecto. En caso de que la adscripción de medios exigida, se cumpla con medios externos al licitador, deberá presentarse una declaración responsable por el licitador y por cada uno de los medios adscritos a la ejecución del contrato. Si varias empresas concurren constituyendo una unión temporal, cada una de las que la componen deberá acreditar su personalidad, capacidad y solvencia presentando todas y cada una, la correspondiente declaración responsable. Como establece el articulo 69.3 de la LCSP, a efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrando en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituir formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Publico acreditará frente a todos los órganos de contratación del sector publico, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera, y clasificación, así como la concurrencia o no concurrencia de las Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y Z6JNAARG27X3RMETH65R5Y7NTJPPF7SY5Y9Z63NAYDTZ54J99 ::nnóóiiccaaddiillaaVV ..ddóóCC //ssee..aacciinnoorrttcceelleeddeess..ooddrraauugg////::sspptttthh ::nnóóiiccaacciiffiirreeVV 9 04 3e ed d2 91 aanniiggááPP || aannooiittsseeGG oocciillbbuuPPssee aammrrooffaattaallpp aall eeddsseedd eettnneemmaacciinnóórrttcceellee ooddaammrriiff oottnneemmuuccooDD prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo. En el caso de presentarse UNIONES TEMPORALES DE EMPRESARIOS: Para que la fase previa a la adjudicación sea eficaz, la unión temporal frente a la Administración deberá presentar, todos y cada uno de los empresarios, los documentos exigidos en la presente clausula, además de un escrito de compromiso solidario en el que indicaran: los nombres y circunstancias de los que la constituyan; la participación de cada uno de ellos; la asunción del compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejecutar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven. El citado documento deberá estar firmado por los representante de cada una de las empresas que componen la unión. Respecto a la determinación de la solvencia económica y financiera y técnica de la un ión temporal y a sus efectos, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma. En caso de exigirse clasificación, el régimen de acumulación de las mismas será el establecido en los artículos 51 y 52 RGLCAP. En el supuesto de que el contrato se adjudicase a una unión temporal de empresarios, esta acreditará su constitución en escritura publica, así como el NIF asignado a dicha unión antes de la formalización del contrato. La duración de la unión será coincidente con la del contrato, hasta su extinción. Jurisdicción de empresas extranjeras: Las empresas/empresarios extranjeros deberán presentar declaración de someterse a la jurisdiccion de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia en su caso,al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles. Empresas pertenecientes a un mismo grupo. Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del articulo 42.1 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, también deberán presentar declaración explicita, respecto de los socios que las integran, aquellas sociedades que presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el articulo 42.1 del Código de Comercio. 2.- ARCHIVO ELECTRÓNICO “B”- DOCUMENTACIÓN CUANTIFICABLE DE FORMA AUTOMÁTICA Proposición económica. Archivo electrónico “B”. Criterios cuantificables de forma automática. Se presentará conforme al modelo de ANEXO II del PCAP cumplimentado de conformidad a los lotes a los que quiera concurrir cada empresa y firmada electrónicamente. CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA.- ACREDITACIÓN DE LA APTITUD DE CONTRATAR Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y Z6JNAARG27X3RMETH65R5Y7NTJPPF7SY5Y9Z63NAYDTZ54J99 ::nnóóiiccaaddiillaaVV ..ddóóCC //ssee..aacciinnoorrttcceelleeddeess..ooddrraauugg////::sspptttthh ::nnóóiiccaacciiffiirreeVV 0934 eedd 0311 aanniiggááPP || aannooiittsseeGG oocciillbbuuPPssee aammrrooffaattaallpp aall eeddsseedd eettnneemmaacciinnóórrttcceellee ooddaammrriiff oottnneemmuuccooDD Podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y no estén incursas en prohibiciones para contratar, recogidos en el artículo 71 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de contratos del sector publico, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del parlamento europeo y del consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE de 26 de febrero de 2014 ( LCSP) de 14 de noviembre. A su vez, el artículo 94 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas establece, con carácter básico, que no podrán ser titulares de concesiones sobre bienes de dominio público aquellas personas físicas o jurídicas que incurran en alguna de las prohibiciones de contratar recogidas en la legislación de contratación, por lo que deberán cumplirse las condiciones de aptitud para contratar establecidas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. 1. La capacidad de obrar de los licitadores se acreditará, mediante la fotocopia del documento nacional de identidad, o documento equivalente. 2.- La prueba de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones de contratar del articulo 71 de la Ley 9/2017de 8 de noviembre, de contratos del sector publico, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del parlamento europeo y del consejo 2014/23/UE , de 26 de febrero de 2014 (LCSP), podrá realizarse: a) Mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario publico, u organismo profesional cualificado. b) Cuando se trate de personas físicas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad este prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial. c) Los demás empresarios extranjeros, con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Los solicitantes interesados en la presente convocatoria deberán disponer de la siguiente solvencia, si bien su acreditación, por los medios que se indica, sólo se exigirá al solicitante propuesto como concesionario de cada lote, al igual que la acreditación de lo anterior: SOLVENCIA ECONÓMICA O FINANCIERA: La solvencia económica o financiera del empresario se acreditará mediante los siguientes medios: a) Criterio: Declaración relativa a la cifra global de negocios en los últimos tres ejercicios. Requisito mínimo: Teniendo en consideración el mayor volumen de negocio del licitador, en los tres últimos ejercicios concluidos (2020, 2021 y 2022). Se acreditará mediante la presentación de copia simple de la declaración a la AEAT en el modelo 390, que indique su volumen de negocio en los tres últimos años. Ó, b) Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y Z6JNAARG27X3RMETH65R5Y7NTJPPF7SY5Y9Z63NAYDTZ54J99 ::nnóóiiccaaddiillaaVV ..ddóóCC //ssee..aacciinnoorrttcceelleeddeess..ooddrraauugg////::sspptttthh ::nnóóiiccaacciiffiirreeVV 9043 eedd 4111 aanniiggááPP || aannooiittsseeGG oocciillbbuuPPssee aammrrooffaattaallpp aall eeddsseedd eettnneemmaacciinnóórrttcceellee ooddaammrriiff oottnneemmuuccooDD SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL DE LOS SOLICITANTES: 1.- Relación de los principales servicios realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los últimos tres años que incluya el destinatario, público o privado, la referencia del sector al que pertenece, importe y fechas de los servicios prestados. Se exige para acreditar la solvencia técnica el haber ejecutado un mínimo de 3 contratos cuyo importe total acumulado sea igual o superior al valor estimado de cada uno de los LOTES contrato, en trabajos o servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato (servicios de gestión y mantenimiento de puntos de recarga). Los servicios o trabajos se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea entidad del sector publico; cuando sea un sujeto privado, mediante certificado expedido por este, o a falta de dicho certificado, mediante declaración del empresario. CLAUSULA CUARTA.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DE LA CONCESIÓN A efectos de seleccionar la petición de utilización que resulte de mayor interés y utilidad pública, se emplearán como criterios que determine el otorgamiento de la concesión el mejor canon de entre los presentados y las características de los equipos que compongan las nuevas estaciones de recarga para cada uno de los lotes. Los valores de canon propuestos deberán ser superiores a los indicados de este pliego, siendo rechazada toda oferta que no alcance los cánones mínimos establecidos. Los criterios de valoración serán:  Criterio 1: Incremento del Canon anual establecido. La oferta deberá indicar el incremento y la cuantía total del canon ofertado.  Criterio 2: Cambios propuestos sobre las características mínimas de los equipos en términos de potencia de salida de los cargadores rápidos propuestos, permitiendo la recarga simultánea de 2 vehículos a 75 KW.  Criterio 3: Cambios propuestos en los equipos de carga semirápida mínimos recogidos en los pliegos : - Sustitución de cargador de carga semirápida de 22 kW por cargador de carga rápida de 100 KW - Sustitución de cargador de carga semirápida de 22 kW por cargador de carga rápida de 150 KW La puntuación se obtendrá de conformidad con la valoración de los criterios que se indican a continuación: 1. Canon anual presentado Incremento de la cantidad establecida como canon fijo anual. (Máximo 20 ptos) Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y Z6JNAARG27X3RMETH65R5Y7NTJPPF7SY5Y9Z63NAYDTZ54J99 ::nnóóiiccaaddiillaaVV ..ddóóCC //ssee..aacciinnoorrttcceelleeddeess..ooddrraauugg////::sspptttthh ::nnóóiiccaacciiffiirreeVV 0934 eedd 2511 aanniiggááPP || aannooiittsseeGG oocciillbbuuPPssee aammrrooffaattaallpp aall eeddsseedd eettnneemmaacciinnóórrttcceellee ooddaammrriiff oottnneemmuuccooDD La propuesta más ventajosa para el Ayuntamiento (la de mayor canon) se valorará con 20 puntos, el resto de las peticiones recibirán una puntuación respecto a la mejor valorada de acuerdo con la siguiente fórmula: Puntuación i = (20 x oferta del licitador i / oferta mejor valorada) 2. Cambios propuestos sobre las características mínimas de los cargadores rápidos propuestos en términos de potencia de salida ≥ 150 KW 15 ptos por cargador. 3. Cambios propuestos en de equipos de carga semirápida mínimos recogidos en los pliegos de 22 kW . - Sustitución por cargador de carga rápida de 150 KW 10 ptos por cargador - Sustitución por cargador de carga rápida de 100 KW  5 ptos por cargador (Valoración por lote) La petición de mayor interés y utilidad pública será aquella que obtenga mayor puntuación en la suma de los dos criterios valorables: canon económico y cambios propuestos en las características y número de los equipos. En caso de empate, la que mayor puntuación tenga en el criterio 2 / 3 según lote (cambios) será la adjudicataria. Si también se produjera igualdad, tendrá preferencia en la concesión las peticiones presentadas por aquellas entidades, que, en el momento de acreditar los condicionantes exigidos, tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100. CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA.- MESA DE CONTRATACIÓN La Mesa de contratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa, y actuará conforme a lo previsto en el artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 y en el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, desarrollando las funciones que en estos se establecen. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 7 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma, y formarán parte de ella, como vocales, el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuidas la función de control económico- presupuestario, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario de carrera o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma, sin que su número, en total, sea 33 podrán suponer más de un tercio del total de Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y Z6JNAARG27X3RMETH65R5Y7NTJPPF7SY5Y9Z63NAYDTZ54J99 ::nnóóiiccaaddiillaaVV ..ddóóCC //ssee..aacciinnoorrttcceelleeddeess..ooddrraauugg////::sspptttthh ::nnóóiiccaacciiffiirreeVV 0934 eedd 3611 aanniiggááPP || aannooiittsseeGG oocciillbbuuPPssee aammrrooffaattaallpp aall eeddsseedd eettnneemmaacciinnóórrttcceellee ooddaammrriiff oottnneemmuuccooDD miembros de la misma. Actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Su composición se publicará a través del perfil de contratante al publicar el anuncio de licitación o bien se hará pública con carácter previo a su constitución a través de un Anuncio específico en el citado perfil. De acuerdo a lo establecido en el artículo 326 y en la Disposición Adicional Segunda de la LCSP 2017, será obligatoria la constitución formada por los siguientes miembros o personas en quien deleguen: Presidente D. Jose Carlos Narganes Allende , Concejal del Ayto. Suplente: Un concejal de la corporación Dª Ylenia Llamazares Presa, Técnico de contratación. Secretario Suplente: Un funcionario del departamento COMPOSICIÓN DE LA Dª. Henar Modroño Sánchez , Interventora del Ayto. MESA DE Suplente: Un funcionario del departamento. CONTRATACIÓN: Dª. Mª. del Carmen González Cosgaya, Secretaria Vocales Accidental del Ayuntamiento. Suplente: Un funcionario del departamento. Dª. Brezo González Santos, Arquitecta del Ayuntamiento. Suplente: Un funcionario del departamento. ASESOR TÉCNICO: ENER CONSULTORES S.L CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA.- APERTURA DE OFERTAS. La apertura de las proposiciones deberá efectuarse en el plazo máximo de de 15 DÍAS contados desde la fecha de finalización del plazo para presentar las proposiciones. La Mesa de contratación se constituirá en acto privado, en la fecha publicada en la Plataforma de contratación del Sector Público, tras la finalización del plazo de presentación de las proposiciones para la apertura del ARCHIVO ELECTRÓNICO “A” y la documentación administrativo contenida en los mismos. Si fuera necesario, la Mesa concederá un plazo no superior a tres días naturales para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada. La Mesa, una vez calificada la documentación acreditativa de los requisitos previos a que se refiere el articulo 141 de la LCSP y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección de las mismas, a que hace referencia el articulo 11 del RGLCAP, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo. Posteriormente, y en acto publico, siempre por acuerdo unánime de la Mesa podrá Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y Z6JNAARG27X3RMETH65R5Y7NTJPPF7SY5Y9Z63NAYDTZ54J99 ::nnóóiiccaaddiillaaVV ..ddóóCC //ssee..aacciinnoorrttcceelleeddeess..ooddrraauugg////::sspptttthh ::nnóóiiccaacciiffiirreeVV 0934 eedd 4711 aanniiggááPP || aannooiittsseeGG oocciillbbuuPPssee aammrrooffaattaallpp aall eeddsseedd eettnneemmaacciinnóórrttcceellee ooddaammrriiff oottnneemmuuccooDD proceder en el mismo día en distinta sesión a la apertura y examen del ARCHIVO ELECTRÓNICO “B” que contiene los criterios cuantificables automáticamente , y siempre que no existiera subsanación de documentos o tuviera alguna complejidad que diera lugar a un estudio y convocar dicha sesión en un día distinto. Tras la lectura de dichas proposiciones, la Mesa podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos, para la valoración de las mismas con arreglo a criterios cuya ponderación es automática, la mesa de contratación formulará la propuesta de adjudicación a la oferta económicamente más ventajosa una vez evaluadas las proposiciones. A continuación, realizada propuesta de adjudicacion, se le requerirá mediante comunicación electrónica para que presente la documentación previa a la adjudicación del contrato. En el caso de que la oferta del licitador que haya obtenido la mejor puntuación e presuma que es anormalmente baja, la mesa, realizadas las actuaciones anteriores y previamente a emitir requerimiento de documentación de la documentación previa a la adjudicación, requerirá al licitador para que justifique su oferta mediante la presentación de aquella información y documentación que resulten pertinentes a estos efectos, en los términos del articulo 149 LCSP, en un plazo de 5 días hábiles desde el envio de la comunicación. En el procedimiento deberá solicitarse el asesoramiento técnico del servicio correspondiente, en este caso, se acudirá para la evaluación de las ofertas económicas a la empresa ENER CONSULTORES S.L siendo profesionales en el sector y empresa asesora del Ayuntamiento de Guardo. CLÁUSULA DÉCIMO SÉPTIMA.- REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA PREVIA A LA ADJUDICACIÓN. El órgano de contratación requerirá a licitador que haya presentado la mejor oferta para que, dentro de DIEZ DÍAS HÁBILES, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos previos a que hace referencia el artículo 140.1 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, LCSP: - Documentación referente a la declaración realizada en el ANEXO I de presente pliego. - Documento Nacional de Identidad o aquél que le sustituya reglamentariamente. En el caso de personas jurídicas: - Tarjeta acreditativa del Número de Identificación Fiscal de la persona jurídica. - Copia autenticada de la Escritura de constitución de la sociedad y, en su caso de modificación, inscrita en el Registro Mercantil cuando este registro sea legalmente exigible. Si no lo fuese, escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial. - DNI del representante o documento que lo sustituya. - Apoderamiento del representante o representantes que actúan en nombre de la sociedad, en escritura pública inscrita en el Registro Mercantil salvo que se recoja directamente en los Estatutos sociales. Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y Z6JNAARG27X3RMETH65R5Y7NTJPPF7SY5Y9Z63NAYDTZ54J99 ::nnóóiiccaaddiillaaVV ..ddóóCC //ssee..aacciinnoorrttcceelleeddeess..ooddrraauugg////::sspptttthh ::nnóóiiccaacciiffiirreeVV 0934 eedd 5811 aanniiggááPP || aannooiittsseeGG oocciillbbuuPPssee aammrrooffaattaallpp aall eeddsseedd eettnneemmaacciinnóórrttcceellee ooddaammrriiff oottnneemmuuccooDD - Certificación administrativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado para contratar con el Sector Público, expedida en la forma y por los órganos previstos en el artículo 13 del RGLCAP. Esta certificación deberá tener una antigüedad menor de 6 meses desde su emisión. - Certificación administrativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social, expedida en la forma y por los órganos previstos en el artículo 14 del RGLCAP. Esta certificación deberá tener una antigüedad menor de 6 meses desde su emisión. - La Certificación administrativa positiva de estar al corriente de las Obligaciones Tributarias con el Ayuntamiento de Guardo se incorporará de oficio por el Ayuntamiento. - Documento acreditativo del Alta en el Impuesto de Actividades Económicas en el epígrafe o epígrafes correspondientes a las prestaciones objeto de cada contrato y una declaración responsable firmada por el contratista indicando no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En el caso de tener obligación la empresa de tributar por este Impuesto, copia autenticada del pago del último recibo del mismo; en caso contrario, declaración responsable de no estar obligado al pago de este impuesto. -Cuantos otros documentos complementarios fuesen requeridos por el órgano de contratación. CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA. GARANTÍA PROVISIONAL Y DEFINITIVA GARANTÍA PROVISIONAL: No se exige. GARANTÍA DEFINITIVA: El licitador que resulte adjudicatario deberá presentar una garantía definitiva del 3% del valor del dominio ocupado, de conformidad con lo establecido en el artículo 90 del Reglamento de Bienes, esta garantía deberá prestarse en alguna de las formas establecidas en el artículo 108 de la LCSP. Los que resulten adjudicatarios del contrato deberá constituir una garantía del 3% del valor del dominio ocupado de conformidad a los lotes adjudicados. Esta garantía podrá presentarse en alguna de las siguientes formas: a) En efectivo mediante transferencia Bancaria en la cuenta del Ayuntamiento de Guardo. b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de esta Ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía reciproca autorizados para operar en España de conformidad a la legalidad vigente. c) Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezca, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregarse en los establecimientos señalados. La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplimentado el contrato. La garantía definitiva responderá del cumplimiento de las obligaciones impuestas al adjudicatario en este pliego y en especial: a) De las penalidades impuestas al concesionario conforme dispone el presente pliego. Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y Z6JNAARG27X3RMETH65R5Y7NTJPPF7SY5Y9Z63NAYDTZ54J99 ::nnóóiiccaaddiillaaVV ..ddóóCC //ssee..aacciinnoorrttcceelleeddeess..ooddrraauugg////::sspptttthh ::nnóóiiccaacciiffiirreeVV 0934 eedd 6911 aanniiggááPP || aannooiittsseeGG oocciillbbuuPPssee aammrrooffaattaallpp aall eeddsseedd eettnneemmaacciinnóórrttcceellee ooddaammrriiff oottnneemmuuccooDD b) De la correcta explotación y mantenimiento de las instalaciones y espacios objeto de la concesión, así como de los daños y perjuicios en ellos ocasionados por culpa y negligencia del concesionario cuando no procediera su relación. c) De la resolución de la concesión por causa imputable al contratista. En los supuestos que los daños o perjuicios económicos ocasionados por el concesionario fueran superiores a la garantía, estará obligado al abono de la diferencia. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, Iva excluido, en concepto de penalidad. En el supuesto señalado en el párrafo anterior, se procederá a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exija alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego. La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores, debiendo ser publicada en el perfil de contratante en el plazo de 15 días. CLÁUSULA VIGÉSIMA. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará dentro de los quince días hábiles siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación a los licitadores; constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. El adjudicatario podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura publico, corriendo de su cargo los correspondientes gastos. Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado se le exigirá el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad que se hará efectiva en primer lugar contra la garantía definitiva, si se hubiera constituido. Cuando por causas imputables al contratista no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la resolución del mismo. Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y Z6JNAARG27X3RMETH65R5Y7NTJPPF7SY5Y9Z63NAYDTZ54J99 ::nnóóiiccaaddiillaaVV ..ddóóCC //ssee..aacciinnoorrttcceelleeddeess..ooddrraauugg////::sspptttthh ::nnóóiiccaacciiffiirreeVV 0934 eedd 7012 aanniiggááPP || aannooiittsseeGG oocciillbbuuPPssee aammrrooffaattaallpp aall eeddsseedd eettnneemmaacciinnóórrttcceellee ooddaammrriiff oottnneemmuuccooDD CLÁUSULA VIGÉSIMO SEGUNDA. - OBRAS O INSTALACIONES A REALIZAR POR EL CONCESIONARIO Los equipos de recarga de vehículos, así como las obras necesarias para la puesta en marcha de los mismos y cualquier otra obra que sea necesario ejecutar, serán por cuenta del concesionario, debiendo contar con autorización municipal. Las obras que deberán realizarse serán las recogidas en el PTT, de conformidad a lo establecido en el pliego, así como siguiendo la legalidad vigente. CLÁUSULA VIGÉSIMO TERCERA.- DEBERES Y FACULTADES DEL CONCESIONARIO El adjudicatario queda obligado al cumplimiento de los pazos establecidos en el presente pliego y en el pliego de técnicas:  Derecho a usar de forma privativa, limitativa y excluyente el espacio, los equipos y la instalación eléctrica objeto de esta concesión, realizando la actividad objeto de esta concesión a su riesgo y ventura con sujeción la obligaciones contempladas en el pliego de prescripciones técnicas y además a las obligaciones que a continuación se detallan:  Obtener las previas licencias y autorizaciones pertinentes para el ejercicio de la actividad.  Gestionar y explotar la actividad de manera correcta y siguiendo la legalidad aplicable.  Obligación de mantener en buen estado la porción del dominio publico utilizado y en su caso la obras que construyere.  Realizar la explotación de la actividad a su riesgo y ventura, el concesionario tiene carácter de empresa e irá a su cargo el estricto cumplimiento de las obligaciones legales de acuerdo con la legalidad social vigente, cumpliendo las obligaciones tributarias, obligaciones en materia de Legislación Laboral, Fiscal, Seguridad Social, de Prevención de Riesgos Laborales, todo lo referente a los aspectos higiénico sanitario, quedando el Ayuntamiento exonerado de responsabilidad por incumplimiento.  Cumplir con las disposiciones de las Ordenanzas y reglamentos del Ayuntamiento.  Indemnizar a terceros por los daños que pueda producir el funcionamiento del servicio, excepto que se hayan originado por actos realizados en cumplimiento de una orden forzosa dictada por la Corporación.  En particular el adjudicatario/s de cada lote deberá solicitar y obtener la licencia municipal de ejercicio de actividad, a cuyo efecto habrá de presentar solicitud acompañada con toda la documentación exigible y de obligado cumplimiento.  Con anterioridad a la instalación y apertura de los puntos de recarga, deberá notificárselo al Ayuntamiento.  La concesión del uso del espacio será destinado para el uso exclusivo de puntos de recarga de vehículos eléctricos, no pudiendo realizar ningún otro tipo de actividad, o realización de cualquier otro tipo de negocio o industria, no contempladas en el presente pliego, en las instalaciones objeto de la concesión.  El adjudicatario/s de cada lote, tendrán la obligación de ejecutar la obra, conservar, explotar Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y Z6JNAARG27X3RMETH65R5Y7NTJPPF7SY5Y9Z63NAYDTZ54J99 ::nnóóiiccaaddiillaaVV ..ddóóCC //ssee..aacciinnoorrttcceelleeddeess..ooddrraauugg////::sspptttthh ::nnóóiiccaacciiffiirreeVV 0934 eedd 8112 aanniiggááPP || aannooiittsseeGG oocciillbbuuPPssee aammrrooffaattaallpp aall eeddsseedd eettnneemmaacciinnóórrttcceellee ooddaammrriiff oottnneemmuuccooDD y reparar la instalación, de acuerdo con el pliego de clausulas administrativas y de prescripciones técnicas y de su propuesta, no pudiendo esta ultima ir en contra de aquel.  El adjudicatario correrá con todos los gastos que se generen por la ejecución de las obras, montaje, instalación, mantenimiento, reparación, modificación y retirada de los elementos y componentes que se monten, siempre bajo la autorización del Ayuntamiento.  Serán por cuenta del adjudicatario todos los gastos que se deriven del funcionamiento de la instalación, así como el pago de los impuestos derivados de su uso y explotación.  El adjudicatario instalará y legalizará, conforme a la normativa vigente, las tomas de recarga ofertadas asumiendo los costes de infraestructura eléctrica necesaria desde el punto de entronque que establezcan la empresa distribuidora de energía. También deberá realizar el pintado conforme a lo establecido en el PTT y señalización.  El adjudicatario será responsable del mantenimiento técnico preventivo, correctivo y reglamentario de los equipos de recarga, y durante la vigencia del contrato se estará obligado a disponer de una póliza de seguro de responsabilidad civil ( cuantía mencionada en el presente pliego) , que cubra todos los gastos que se puedan ocasionar a terceros por causas de accidentes, vandalismo y/o fenómenos naturales, con motivo de la instalación y funcionamiento del punto de recarga.  El adjudicatario difundirá, por todos los cauces posibles, la disponibilidad de los puntos de recarga, posicionando su ubicación y por ende el municipio de Guardo como destino de la red de estaciones de recarga para vehículos eléctricos, donde incluirá tanto la ubicación como las condiciones de uso. Obligaciones de carácter general: a) Ejecutar las obras conforme a las características descritas en el pliego de prescripciones técnicas, así como a su mantenimiento, a lo largo de toda la vigencia de la concesión. b) Cumplir, a su costa, los tramites que pudieran ser necesarios para la puesta en marcha de la actividad, solicitando y obteniendo previamente cuantas autorizaciones, licencias, declaraciones responsables o comunicaciones fuese necesario realizar, dado que el otorgamiento de la concesión no conlleva más autorización que la de ocupar el dominio publico en los términos recogidos en los pliegos. c) Iniciar la explotación de la concesión inmediatamente tras la obtención de las correspondiente licencias o autorizaciones. Asimismo, mantendrá la explotación sin interrupciones no justificables, en los términos señalados en este pliego, respetando en todo momento el objeto y finalidad de la concesión, así como los limites del dominio público a utilizar, sin que en ningún caso pueda destinar los espacios concedidos a otra actividad o servicio no autorizado. d) Informar con carácter general a la Corporación con competencias en materia de medio ambiente de las incidencias habidas en la explotación que puedan afectar al normal desarrollo de la explotación. f) Sufragar los gastos derivados de los suministros que requiera la explotación de la concesión, así como cualquier otro gasto necesario para el inicio y desarrollo de la explotación. También serán de cuenta del concesionario las reparaciones o modificaciones que sean necesarias efectuar en las instalaciones objeto de concesión, cualquiera que sea su valor, alcance y origen. El adjudicatario no podrá realizar ninguna obra o instalación distintas a las previstas en los pliegos de prescripciones técnicas sin la expresa autorización municipal. Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y Z6JNAARG27X3RMETH65R5Y7NTJPPF7SY5Y9Z63NAYDTZ54J99 ::nnóóiiccaaddiillaaVV ..ddóóCC //ssee..aacciinnoorrttcceelleeddeess..ooddrraauugg////::sspptttthh ::nnóóiiccaacciiffiirreeVV 0934 eedd 9212 aanniiggááPP || aannooiittsseeGG oocciillbbuuPPssee aammrrooffaattaallpp aall eeddsseedd eettnneemmaacciinnóórrttcceellee ooddaammrriiff oottnneemmuuccooDD g) Asumir el pago de los impuestos, tasas, precios públicos y demás tributos que le correspondan. h) En el caso en que, a la finalización de la concesión, el Ayuntamiento no ejerciera el derecho de exigir al adjudicatario la reposición del espacio ocupado a su estado inicial, las instalaciones revertirán al Ayuntamiento, libres de cargas y gravámenes, en perfecto estado de uso y conservación, dentro del plazo señalado para ello, reconociendo la potestad del Ayuntamiento para acordar y ejecutar por si misma el lanzamiento. j) Mantener limpias las zonas objeto de adjudicación. CLAUSULA VIGÉSIMO CUARTA.- OBLIGACIONES DE ESTE AYUNTAMIENTO: a) Entregar al concesionario, una vez formalizado el contrato, los espacios objeto de adjudicación. b) Otorgar al concesionario, dentro de los cauces legalmente establecidos, la protección adecuada para que pueda explotar adecuadamente los bienes objeto de la concesión, así como colaborar en la gestión de accesos a la zona en la que resulte necesario para la instalación de los puntos de recarga. c) Indemnizar al concesionario por los daños y perjuicios que le ocasionare el rescate de la concesión, cuando esta sea por causa imputable a la Administración. FACULTADES DE LA CORPORACIÓN - Dejar sin efecto la concesión antes del vencimiento si lo justificaren circunstancias sobrevenidas de interés público, mediante resarcimiento de los daños que causaren, o sin él cuando no procediere. — Inspeccionar en cualquier momento los bienes objeto de concesión, las instalaciones y construcciones. CLÁUSULA VIGÉSIMO QUINTA. -CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN DE LA CONCESIÓN - CESIÓN: Los derechos y obligaciones dimanentes de la concesión podrán ser cedidos, pero es necesario la previa conformidad del órgano competente para otorgar la concesión, y el cumplimiento de los requisitos dispuestos en el articulo 214 de la LCSP. No se podrá gravar, ceder o traspasar a terceros los derechos y obligaciones derivados de la concesión sin autorización del Ayuntamiento. Cabrá la cesión de la concesión a favor de persona física o jurídica que, con carácter previo, acredite cumplir los requisitos de solvencia establecidos en el presente pliego y en la oferta y asuma las obligaciones en el mismo contenidas. - SUBCONTRATACIÓN: La explotación de la instalación, objeto de la concesión no podrá ser concertada con terceros, debiendo ser ejercida la actividad por el adjudicatario o personal dependiente de él. Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y Z6JNAARG27X3RMETH65R5Y7NTJPPF7SY5Y9Z63NAYDTZ54J99 ::nnóóiiccaaddiillaaVV ..ddóóCC //ssee..aacciinnoorrttcceelleeddeess..ooddrraauugg////::sspptttthh ::nnóóiiccaacciiffiirreeVV 0934 eedd 0322 aanniiggááPP || aannooiittsseeGG oocciillbbuuPPssee aammrrooffaattaallpp aall eeddsseedd eettnneemmaacciinnóórrttcceellee ooddaammrriiff oottnneemmuuccooDD CLAUSULA VIGÉSIMO SEXTA.- MODIFICACIONES PREVISTAS Dado que el objeto de esta concesión está sujeta a cambios normativos y técnicos, y que el Ayuntamiento de Guardo busca dotar de una infraestructura de puntos de recarga de vehículos eléctricos adecuada al número de este tipo de vehículos en nuestro municipio, y ante una posible previsión de incremento de las necesidades en los próximos años, se establece la posibilidad de incrementar el número de estaciones de recarga, en función de la evaluación y monitorización de las necesidades de los ciudadanos del municipio. Para ello, se instruiría procedimiento de modificación de la presente concesión, concediendo trámite de audiencia al concesionario para manifestar su consentimiento u oposición a dicha modificación. CLÁUSULA VIGÉSIMO SÉPTIMA. - REVERSIÓN Al término del plazo de la concesión, revertirán a la Corporación los bienes objeto de la concesión, debiendo el contratista entregarlos con arreglo al contrato y en el estado de conservación y funcionamiento adecuados. Con anterioridad a la terminación de la concesión, cualquiera que sea el motivo, el órgano competente adoptará las medidas oportunas para verificar el estado de conservación y uso de las obras, construcciones e instalaciones para que su entrega se produzca en las debidas condiciones de uso. CLAUSULA VIGÉSIMO OCTAVA.- CONDICIONES DE EJECUCIÓN DE LA CONCESIÓN CONDICIONES DE EJECUCIÓN. Es obligado el cumplimiento fiel y exacto de los términos de la concesión, viniendo obligado el contratista a desarrollar la actividad de acuerdo con la normativa vigente y respetando todas las condiciones técnicas, urbanísticas etc., establecidas en las disposiciones legales y reglamentarias. El adjudicatario deberá conservar, reponer y mantener en perfecto estado de conservación de nueva instalación que se señalen el Pliego de Prescripciones Técnicas , que se incluyan como propuesta por los licitadores en sus ofertas o que se instalen en un futuro por nueva demanda, renovación por obsolescencia o cualesquiera otras causas que los precisen para dar cobertura a la recarga de uso público. Como contraprestación, el concesionario tendrá derecho durante el plazo de la concesión a percibir los ingresos por tarifas en los puntos de recarga en concepto de pago por la la ocupación del espacio publico. Incumplimiento: En el caso de que la Administración estimase incumplidas las Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y Z6JNAARG27X3RMETH65R5Y7NTJPPF7SY5Y9Z63NAYDTZ54J99 ::nnóóiiccaaddiillaaVV ..ddóóCC //ssee..aacciinnoorrttcceelleeddeess..ooddrraauugg////::sspptttthh ::nnóóiiccaacciiffiirreeVV 0934 eedd 1422 aanniiggááPP || aannooiittsseeGG oocciillbbuuPPssee aammrrooffaattaallpp aall eeddsseedd eettnneemmaacciinnóórrttcceellee ooddaammrriiff oottnneemmuuccooDD prescripciones técnicas del contrato, dará por escrito al contratista instrucciones precisas y detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados, haciendo constar en dicho escrito el plazo que para ello se fije y las observaciones que estime oportunas, tiendo en cuenta el régimen de infracciones y sanciones que este mismo Pliego establece, y las establecidas en el Pliego de prescripciones técnicas. El contratista tendrá derecho a conocer y ser oído sobre las observaciones que se formulen. Si el contratista no reclamase por escrito respecto a las observaciones formuladas, se entenderá que se encuentra conforme con las mismas y obligado a corregir o remediar los defectos observados. Si existiese reclamación por parte del contratista respecto de las observaciones formuladas por el representante del órgano de contratación, éste las elevará, con su informe, al órgano de contratación, que resolverá sobre el particular. El adjudicatario está obligado a destinar los bienes objeto de esta concesión a los usos previstos en este pliego y en el Pliego de prescripciones técnicas, y la oferta que haya presentado, de acuerdo con la finalidad para la que son destinados, y conforme a lo que, en cada momento el progreso técnico y normativo imponga. Deberá por ello adoptar a su costa las medidas establecidas en este pliego y en el Pliego de prescripciones técnicas. CLAUSULA VIGÉSIMO NOVENA.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN: Condicionantes ambientales. A efectos ambientales, tanto en la fase de instalación como en la posterior de explotación, el concesionario deberá aplicar las medidas preventivas y correctoras propuestas en el proyecto técnico presentado con la oferta, así mismo, deberán incluir de manera adicional las siguientes prescripciones, prevaleciendo éstas en caso de discrepancia. Condiciones de ejecución de carácter social y laboral: El concesionario está obligado a cumplir las normas vigentes en materia, laboral, de seguridad y salud, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales, quedando el Ayuntamiento exonerado de responsabilidades por este incumplimiento no generándose, en ningún caso, vínculos laborales entre el Excmo. Ayuntamiento de Guardo y personal contratado por el concesionario. El concesionario habrá de cumplir el convenio colectivo aplicable y abonando como mínimo los salarios según la categoría profesional de qué se trate sin que en ningún caso quepa discriminación por razón de sexo a estos efectos. Además de lo anterior, el concesionario deberá cumplir las siguientes condiciones: - Garantizar la paridad salarial entre las mujeres, hombres y otros trabajadores identidad o condición sexual o expresión de género diferente. - Todo el personal que el adjudicatario dedique a la ejecución de las prestaciones objeto de este contrato deberá ser integrado en la plantilla del adjudicatario y no tendrá vinculación laboral con el Ayuntamiento de Guardo. Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y Z6JNAARG27X3RMETH65R5Y7NTJPPF7SY5Y9Z63NAYDTZ54J99 ::nnóóiiccaaddiillaaVV ..ddóóCC //ssee..aacciinnoorrttcceelleeddeess..ooddrraauugg////::sspptttthh ::nnóóiiccaacciiffiirreeVV 0934 eedd 2522 aanniiggááPP || aannooiittsseeGG oocciillbbuuPPssee aammrrooffaattaallpp aall eeddsseedd eettnneemmaacciinnóórrttcceellee ooddaammrriiff oottnneemmuuccooDD CLÁUSULA TRIGÉSIMA. PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO El concesionario está obligado al cumplimiento de todas las obligaciones establecidas enel presente pliego. En caso de incumplimiento, el órgano concedente podrá imponerle sanciones económicas, de forma proporcional al tipo de incumplimiento. Las infracciones se clasificarán en leves, graves y muy graves. a) Infracciones leves: ‐Los retrasos en el cumplimiento de sus obligaciones. ‐No atender con la debida diligencia y cuidado a la conservación del inmueble. ‐El no sometimiento a la inspección de los Servicios Técnicos Municipales. ‐Cualquier incumplimiento del contenido de los Pliegos o del Contrato que no tengan la consideración de graves o muy graves. b) Infracciones graves: ‐La reiteración de actos que den lugar a sanciones leves (tres). ‐La actuación que dé lugar a la depreciación del dominio público o de las instalaciones. ‐El uso anormal del dominio público concedido. c) Infracciones muy graves: ‐La reiteración de sanciones graves (tres). ‐El incumplimiento de cualquiera de las condiciones establecidas en el presente pliego y el de prescripciones técnicas. ‐La desobediencia a cualquiera de las órdenes o instrucciones efectuadas por la Administración Municipal sobre el cumplimiento de las referidas condiciones de uso. ‐No suscribir las pólizas de seguro exigidas en este pliego o suscribirlas en condiciones distintas a las allí estipuladas. ‐No abonar los recibos de las pólizas de seguro a su vencimiento. Las multas serán impuestas mediante resolución del órgano de contratación, previa audiencia al adjudicatario por plazo no inferior a cinco días hábiles. Las infracciones leves se sancionarán con multa de hasta 750,00 €. Las infracciones graves serán sancionables con multa desde 750,01 € hasta 1.500,00 €. Las infracciones muy graves se sancionarán con multa desde 1.500,01 € hasta 3.000,00 €, pudiendo llevar aparejada la extinción de la concesión y pérdida de la garantía definitiva. CLÁUSULA TRIGÉSIMO SEGUNDA. EXTINCIÓN DE LA CONCESIÓN La concesión se extinguirá por la concurrencia de cualquiera de las causas previstas en el articulo 100 de la Ley 33/2003 de 3 de noviembre de Patrimonio de las Administraciones Publicas, así como en los casos establecidos en el articulo 223de la LCSP. Ademas, se extinguirá la concesión cuando concurra alguna de las causas que se relacionan a continuación: a) Muerte o incapacidad sobrevenida del usuario o concesionario individual o extinción Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y Z6JNAARG27X3RMETH65R5Y7NTJPPF7SY5Y9Z63NAYDTZ54J99 ::nnóóiiccaaddiillaaVV ..ddóóCC //ssee..aacciinnoorrttcceelleeddeess..ooddrraauugg////::sspptttthh ::nnóóiiccaacciiffiirreeVV 0934 eedd 3622 aanniiggááPP || aannooiittsseeGG oocciillbbuuPPssee aammrrooffaattaallpp aall eeddsseedd eettnneemmaacciinnóórrttcceellee ooddaammrriiff oottnneemmuuccooDD de la personalidad jurídica. b) Falta de autorización previa en los supuestos de transmisión o modificación, por fusión, absorción o escisión, de la personalidad jurídica del usuario o concesionario. c) Caducidad por vencimiento del plazo. d) Rescate de la concesión, previa indemnización, o revocación unilateral de la autorización. e) Mutuo acuerdo. f) Falta de pago del canon o cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones del titular de la concesión, declarados por el órgano que otorgó la concesión o autorización. g) Desaparición del bien o agotamiento del aprovechamiento. h) Desafectación del bien, en cuyo caso se procederá a su liquidación conforme a lo previsto en el artículo 102 de esta ley. i) Resolución judicial j) Por sanción. RESCATE: EL Ayuntamiento se reserva el derecho de rescatar la concesión antes de su vencimiento si lo justifican circunstancias de interés publico. Salvo cuando el rescate este basado en motivos imputables a dolo y culpa del concesionario, procederá al resarcimiento de los daños e indemnización de perjuicios de acuerdo con las normas vigente en aquel momento. CLÁUSULA TRIGÉSIMO TERCERA. UNIDAD TRAMITADORA Y RESPONSABLE DEL CONTRATO. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 62.1 de la LCSP, la unidad encargada de la tramitación y seguimiento del expediente será DEPARTAMENTO DE CONTRATACIÓN. Y en lo que se refiere a las obras que deban hacerse el DEPARTAMENTO DE OBRAS. En el acuerdo de otorgamiento de la concesión se designará un servicio municipal responsable de su supervisión, y en concreto las siguientes funciones:  Realizar el seguimiento material de la concesión, para constatar que el concesionario cumple sus obligaciones en los términos acordados en el título concesional.  Verificar el efectivo cumplimiento de las obligaciones del concesionario  Promover las reuniones que resulten necesarias al objeto de solucionar cualquier incidente que surja en la ejecución del objeto de la concesión,  Dar al concesionario las instrucciones oportunas para asegurar el efectivo cumplimiento de las condiciones de la concesión, que serán inmediatamente ejecutivas en cuanto puedan afectar a la seguridad de las personas o cuando la demora en su aplicación pueda implicar que devengan inútiles posteriormente en función del desarrollo de actividad concesional; en los demás casos, y en caso de mostrar su disconformidad el adjudicatario, resolverá sobre la medida a adoptar, sin perjuicio de las posibles indemnizaciones que puedan proceder.  Proponer la imposición de penalidades por incumplimientos de las condiciones de la Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y Z6JNAARG27X3RMETH65R5Y7NTJPPF7SY5Y9Z63NAYDTZ54J99 ::nnóóiiccaaddiillaaVV ..ddóóCC //ssee..aacciinnoorrttcceelleeddeess..ooddrraauugg////::sspptttthh ::nnóóiiccaacciiffiirreeVV 0934 eedd 4722 aanniiggááPP || aannooiittsseeGG oocciillbbuuPPssee aammrrooffaattaallpp aall eeddsseedd eettnneemmaacciinnóórrttcceellee ooddaammrriiff oottnneemmuuccooDD concesión.  Informar en los expedientes de reclamación de daños y perjuicios que haya suscitado la actividad concesional.  Informar los expedientes de devolución o cancelación de garantías. CLÁUSULA TRIGÉSIMO CUARTA. CONFIDENCIALIDAD Y TRATAMIENTO DE DATOS 24.1 Confidencialidad La empresa adjudicataria (como encargada del tratamiento de datos) y su personal en cumplimiento de los principios de integridad y confidencialidad deben tratar los datos personales a los que tengan acceso de forma que garanticen una seguridad adecuada incluida la protección contra el tratamiento no autorizado o ilícito y contra su pérdida, destrucción o daño accidental, mediante la aplicación de medidas técnicas u organizativas apropiadas de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Reglamento 2016/679 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento general de protección de datos) . Esta obligación es complementaria de los deberes de secreto profesional y subsistirá aunque haya finalizado el contrato con el responsable del tratamiento de los datos (Ayuntamiento). 24.2 Tratamiento de Datos En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Reglamento general de protección de datos, los licitadores quedan informados de que los datos de carácter personales que, en su caso, sean recogidos a través de la presentación de su oferta y demás documentación necesaria para proceder a la contratación serán tratados por este Ayuntamiento con la finalidad de garantizar el adecuado mantenimiento, cumplimiento y control del desarrollo del contrato. CLAUSULA TRIGÉSIMO QUINTA.- RÉGIMEN JURÍDICO. El presente pliego regula la CONCESIÓN DE DOMINIO PÚBLICO SOBRE LA INFRAESTRUCTURA DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS EN GUARDO (PALENCIA). Esta concesión se califica como concesión de ocupación de dominio público, conforme con el artículo 93.1 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas (en adelante LPAP), por lo que queda excluida del ámbito de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP), de conformidad con el artículo 9 de la misma, rigiéndose por sus pliegos y la legislación patrimonial y aplicándose los principios de la legislación de contratación para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, siendo de aplicación los principios de la normativa contractual pública (artículos 4 y 9 de la LCSP) La concesión no afecta a la naturaleza pública de los bienes de que es objeto y todas las facultades y prerrogativas que, en consecuencia, le son propias a este Ayuntamiento como Administración titular de los bienes concesionados.  En lo no regulado expresamente en estos documentos contractuales, la concesión se regirá Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y Z6JNAARG27X3RMETH65R5Y7NTJPPF7SY5Y9Z63NAYDTZ54J99 ::nnóóiiccaaddiillaaVV ..ddóóCC //ssee..aacciinnoorrttcceelleeddeess..ooddrraauugg////::sspptttthh ::nnóóiiccaacciiffiirreeVV 0934 eedd 5822 aanniiggááPP || aannooiittsseeGG oocciillbbuuPPssee aammrrooffaattaallpp aall eeddsseedd eettnneemmaacciinnóórrttcceellee ooddaammrriiff oottnneemmuuccooDD por lo dispuesto en la normativa reguladora de los bienes de las Entidades Locales, así como por las restantes disposiciones del régimen local directamente aplicables:  Las normas de aplicación plena y básica de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas y su Reglamento de desarrollo, aprobado mediante el Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto (en adelante, RLPAP).  Así mismo, se observará lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen Local, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, y la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.  Las disposiciones no básicas sobre patrimonio local, especialmente las establecidas en el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado mediante el Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio (en adelante RBEL). Supletoriamente se aplicarán las demás normas de derecho administrativo y en su defecto las de derecho privado. TÉCNICO DE CONTRATACIÓN Fdo: Ylenia Llamazares Presa (DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE) Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y Z6JNAARG27X3RMETH65R5Y7NTJPPF7SY5Y9Z63NAYDTZ54J99 ::nnóóiiccaaddiillaaVV ..ddóóCC //ssee..aacciinnoorrttcceelleeddeess..ooddrraauugg////::sspptttthh ::nnóóiiccaacciiffiirreeVV 0934 eedd 6922 aanniiggááPP || aannooiittsseeGG oocciillbbuuPPssee aammrrooffaattaallpp aall eeddsseedd eettnneemmaacciinnóórrttcceellee ooddaammrriiff oottnneemmuuccooDD ANEXO I DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS PARA CONTRATAR D/Dª.……........................................................................................................................., mayor de edad, con NIF …………………………… en nombre propio (o en representación de ………………………………………………………, con NIF……………………..), con domicilio en la Calle/Avda/Plaza .........................................................................................,nº………….., piso/local ……… de la localidad de …………………….. provincia de …………………………… teléfono nº ……………….……………..fax nº ……...………………, expone: 1º. Que el contratista cumple todas las condiciones establecidas legalmente para contratar con el AYUNTAMIENTO DE GUARDO, comprometiéndose a aportar la documentación que al respecto le fuera requerida para acreditar dicha circunstancia. 2.º. Que la sociedad (en caso de ser persona jurídica) está válidamente constituida y que conforme a su objeto social puede contratar con la administración, así como que el firmante de la declaración ostenta la debida representación 3º.- Que el licitador no está incurso en prohibición de contratar por sí mismo ni por extensión como consecuencia de la aplicación del artículo 71.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. 4º .- Que el licitador posee la solvencia económica, técnica y profesional exigida en el procedimiento. 4.º. Que como dirección de correo electrónico a la que se remitirán los avisos previos para comparecer en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Guardo a través de la dirección de Internet http://guardo.sedelectronica.es y ser notificado, o con aviso de las notificaciones que se realicen, en su caso, a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público designa la siguiente: __________________________________________________________________. 5º.- Que la citada empresa se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, así como no tener deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Guardo. 6º.- (marcar sólo si procede) Que la empresa tiene 50 o más trabajadores, y cumple el requisito de que al menos el 2 por ciento de sus empleados sean trabajadores con discapacidad, de conformidad con el artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, o excepcionalmente, las medidas alternativas previstas en la normativa vigente. 7º.- (marcar sólo si procede) Que la empresa tiene más de 250 trabajadores y cumple con la obligación de contar con un plan de igualdad conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y Z6JNAARG27X3RMETH65R5Y7NTJPPF7SY5Y9Z63NAYDTZ54J99 ::nnóóiiccaaddiillaaVV ..ddóóCC //ssee..aacciinnoorrttcceelleeddeess..ooddrraauugg////::sspptttthh ::nnóóiiccaacciiffiirreeVV 0934 eedd 7023 aanniiggááPP || aannooiittsseeGG oocciillbbuuPPssee aammrrooffaattaallpp aall eeddsseedd eettnneemmaacciinnóórrttcceellee ooddaammrriiff oottnneemmuuccooDD Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres. Declaración final. El abajo firmante declara responsablemente que la información comunicada en este anexo es cierta, exacta y veraz, y se facilita con pleno conocimiento de las consecuencias de una falsa declaración; que podrá aportar los certificados y otros medios de pruebas documentales contemplados cuando se les soliciten, excepto en caso de que el poder adjudicador tenga la posibilidad de obtener los documentos justificativos de que se trate directamente, y que cumple con todos los requisitos, condiciones o criterios de aptitud establecidos legalmente para poder contratar y dispone de la documentación que así lo acredite para su verificación. (Lugar, fecha y firma electrónica representante) Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y Z6JNAARG27X3RMETH65R5Y7NTJPPF7SY5Y9Z63NAYDTZ54J99 ::nnóóiiccaaddiillaaVV ..ddóóCC //ssee..aacciinnoorrttcceelleeddeess..ooddrraauugg////::sspptttthh ::nnóóiiccaacciiffiirreeVV 0934 eedd 8123 aanniiggááPP || aannooiittsseeGG oocciillbbuuPPssee aammrrooffaattaallpp aall eeddsseedd eettnneemmaacciinnóórrttcceellee ooddaammrriiff oottnneemmuuccooDD MODELO PRESENTACIÓN DE OFERTAS (ANEXO II) MEJORA SOBRE EL CANON ANUAL ESTABLECIDO (LOTE 2) - (Recordatorio: Canon Mín. 800 €/anuales ) PRECIO (La cantidad se expresará en cifra y letra, escrita en forma clara).En caso de discordancia entre el número y la letra, se considerará como válida la oferta expresada en letra. en cifra Canon ofertado total (canon establecido + en letra mejora) MEJORA SOBRE EL CANON ANUAL ESTABLECIDO (LOTE 1) – (Recordatorio: Canon Mín. 400 €/anuales ) PRECIO (La cantidad se expresará en cifra y letra, escrita en forma clara).En caso de discordancia entre el número y la letra, se considerará como válida la oferta expresada en letra. en cifra Canon ofertado total (canon establecido + en letra mejora) MEJORA SOBRE EL CANON ANUAL ESTABLECIDO (LOTE 3) - (Recordatorio: Canon Mín. 400 €/anuales ) PRECIO (La cantidad se expresará en cifra y letra, escrita en forma clara).En caso de discordancia entre el número y la letra, se considerará como válida la oferta expresada en letra. en cifra Canon ofertado total (canon establecido + en letra mejora) MEJORA SOBRE EL CANON ANUAL ESTABLECIDO (LOTE 4) - (Recordatorio: Canon Mín. 400 €/anuales ) PRECIO (La cantidad se expresará en cifra y letra, escrita en forma clara).En caso de discordancia entre el número y la letra, se considerará como válida la oferta expresada en letra. en cifra Canon ofertado total (canon establecido + en letra mejora) Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y Z6JNAARG27X3RMETH65R5Y7NTJPPF7SY5Y9Z63NAYDTZ54J99 ::nnóóiiccaaddiillaaVV ..ddóóCC //ssee..aacciinnoorrttcceelleeddeess..ooddrraauugg////::sspptttthh ::nnóóiiccaacciiffiirreeVV 0934 eedd 9223 aanniiggááPP || aannooiittsseeGG oocciillbbuuPPssee aammrrooffaattaallpp aall eeddsseedd eettnneemmaacciinnóórrttcceellee ooddaammrriiff oottnneemmuuccooDD -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- ---------------------- CAMBIOS TÉCNICOS Cambio de Cargador rápido a potencia de salida ≥ 150 Kw (LOTE 2) indicar nº unidades ( 0,1,2 ): Sustitución de cargador semirápido de 22 KW por : (LOTE 1) * indicar nº unidades ( 0,1): Cargador Rápido CC 150 KW * indicar nº unidades ( 0,1 ): Cargador Rápido CC 100 KW Sustitución de cargador semirápido de 22 KW por : (LOTE 3) * indicar nº unidades ( 0,1): Cargador Rápido CC 150 KW * indicar nº unidades ( 0,1 ): Cargador Rápido CC 100 KW Sustitución de cargador semirápido de 22 KW por : (LOTE 4) * indicar nº unidades ( 0,1): Cargador Rápido CC 150 KW * indicar nº unidades ( 0,1 ): Cargador Rápido CC 100 KW (Lugar, fecha y firma electrónica representante) Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y Z6JNAARG27X3RMETH65R5Y7NTJPPF7SY5Y9Z63NAYDTZ54J99 ::nnóóiiccaaddiillaaVV ..ddóóCC //ssee..aacciinnoorrttcceelleeddeess..ooddrraauugg////::sspptttthh ::nnóóiiccaacciiffiirreeVV 0934 eedd 0333 aanniiggááPP || aannooiittsseeGG oocciillbbuuPPssee aammrrooffaattaallpp aall eeddsseedd eettnneemmaacciinnóórrttcceellee ooddaammrriiff oottnneemmuuccooDD Expediente: 1561/2022 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR LA CONCESIÓN DEMANIAL PARA LA INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y EXPLOTACIÓN DE PUNTOS DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS EN PUNTOS ESTRATÉGICOS DEL AYUNTAMIENTO DE GUARDO INDICE 1.‐ OBJETO ................................................................................................................................................. 2 2.‐ UBICACIONES ....................................................................................................................................... 2 3.‐ ALCANCE DE LA CONCESIÓN ................................................................................................................ 3 4.‐ INSTALACIONES DE LOS PUNTOS DE RECARGA .................................................................................... 7 5.‐ DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO Y FACULTADES DEL AYUNTAMIENTO ................. 8 6.‐ ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS .................................................................................................................. 10 7.‐ CANON DE LA CONCESIÓN ................................................................................................................. 10 8.‐ CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN ............................................................................................................ 10 9.‐ PLAZO DE DURACIÓN DE LA CONCESIÓN ........................................................................................... 12 10.‐ MODIFICACIONES PREVISTAS ........................................................................................................... 12 11.‐ PERSONA RESPONSABLE DEL CONTRATO ........................................................................................ 12 12.‐ RÉGIMEN DE PENALIZACIONES: INFRACCIONES Y SANCIONES. ....................................................... 13 13.‐ LEGISLACIÓN ESPECÍFICA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO ............................................................... 14 MODELO PRESENTACIÓN DE OFERTAS............................................................................................ 16 Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y6NAGXREH557NPFS596NYT5J9 :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.odraug//:sptth :nóicacifireV 94 ed 43 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD 1.‐ OBJETO El objeto del presente pliego de prescripciones técnicas es establecer las condiciones técnicas por las cuales se regirá la concesión demanial para la instalación, mantenimiento y explotación de puntos de recarga de vehículos eléctricos en puntos estratégicos del Ayuntamiento de Guardo (Palencia). La infraestructura de puntos de recarga comprenderá todos los elementos necesarios para que las estaciones puedan prestar la actividad, incluyendo las acometidas necesarias. 2.‐ UBICACIONES La ubicación de los puntos de recarga sería la siguiente: Guardo CARGADORE S PLAZAS LOTE 1 ‐ Ubicación Aparcamiento Calle Santa SEMIRAPIDA Bárbara.( Min. 22 Kw) 1 ‐ 22 kW 2 – (11 kW)AC LOTE 2 ‐ Ubicación Avenida San Miguel‐ RAPIDA Piscina climatizada y SPA (Mín. 100KW) 2 ‐ 100 kW 4‐ PDR (50 Kw)Dc LOTE 3 ‐ Ubicación Calle Santa Bárbara‐ SEMIRAPIDA biblioteca‐ centro de salud (Mín. 22 Kw) 1 ‐22 kW 2 – (11 kW)AC LOTE 4 ‐ Ubicación Calle San Antonio (Mín SEMIRAPIDA 22 Kw) 1‐ 22 kW 2 – (11 kW)AC Podrá ser modificada la localización de alguna de las estaciones, a propuesta del concesionario, en el caso de que tras la resolución del concurso se manifestaran problemas que no sean imputables al concesionario, en particular los producidos por falta de capacidad de la red de distribución eléctrica para atender las solicitudes de conexión, conflictos con otros usos de la vía pública o por actuaciones en la vía pública promovidas por el Ayuntamiento de Guardo. La localización alternativa habrá de ser autorizada por el Ayuntamiento de Guardo, sin que el cambio produzca modificaciones ni en la duración ni en el régimen económico de la concesión. 3.‐ ALCANCE DE LA CONCESIÓN Las instalaciones para el suministro de electricidad a vehículos eléctricos se realizarán de acuerdo a las ITC correspondientes al Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, en particular a la (ITC) BT‐52 “Instalaciones con fines especiales. Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos” y normativa asociada en vigor y a las normas particulares de las diferentes compañías distribuidoras de energía eléctrica. Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y6NAGXREH557NPFS596NYT5J9 :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.odraug//:sptth :nóicacifireV 94 ed 53 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Medios de carga y pago: Todos los cargadores deberán permitir el pago con tarjeta bancaria mediante terminal TPV y se podrán gestionar mediante la aplicación de los operadores del servicio de carga por tarjetas RFID emitidas por el Concesionario o mediante tecnologías de pagos móviles. La aplicación de móvil para las comunicaciones entre cliente y sistema de gestión de recarga de vehículos eléctricos deberá cumplir con la interoperabilidad europea y ser multilenguaje. Todos los cargadores tendrán que estar monitorizados en tiempo real, pudiéndose acceder a través de web o plataforma telemática a información del tipo estado, recargas realizadas, energía suministrada, etc. SITUACIÓN Los cargadores tendrán que estar situados junto a las plazas reservadas para los vehículos eléctricos y dejar un espacio libre a su alrededor, conforme a las disposiciones que se establezcan en la normativa de Accesibilidad de aplicación. O BRAS O INSTALACIONES A REALIZAR POR EL CONCESIONARIO Las obras necesarias para la implantación de los servicios se realizarán a cargo del prestador de servicios, el cual deberá tramitar las licencias o permisos necesarios, debiendo redactar un proyecto el cual incluirá los siguientes aspectos: ‐ Urbanización necesaria para realizar la conexión a la red eléctrica, incluyendo la demolición y reposición del pavimento, el cual deberá de quedar en perfectas condiciones con el mismo acabado que presenta en la actualidad. ‐ Acometida eléctrica, refuerzo prolongación de las redes eléctricas necesarias que no correspondan a la compañía suministradora. ‐ Instalación de equipos y elementos necesarios para la prestación del servicio. ‐ Señalización. En dichas obras deben incluirse las realizadas por la distribuidora, así como los derechos de acceso y enganche si fuese preceptivo. OBRA CIVIL Los cargadores de los vehículos eléctricos se instalarán en acera anclados al suelo y estarán debidamente homologados. Las canalizaciones en baja tensión se ajustarán a su normativa en vigor e irán subterráneas desde la estación de recarga hasta el punto de conexión de la compañía suministradora. Se realizarán los trabajos necesarios para reponer las zonas afectadas por los trabajos de forma que queden en su estado original, se emplearán materiales de calidad contrastada, similares a los existentes en el lugar de instalación. El material de escombros irá a vertedero. Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y6NAGXREH557NPFS596NYT5J9 :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.odraug//:sptth :nóicacifireV 94 ed 63 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Asimismo, una vez finalizada la concesión, el Concesionario repondrá todas las ubicaciones de manera que se restablezca su estado original, retirando cargadores y armarios y dejando la instalación eléctrica hasta las estaciones de recarga. INSTALACIÓN ELÉCTRICA Las instalaciones para el suministro de electricidad a vehículos eléctricos se ejecutarán de conformidad con lo establecido en las ITC correspondientes del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, y en particular en la (ITC) BT‐52 “Instalaciones con fines especiales. Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos” y normativa asociad en vigor, así como con las normas particulares de las diferentes compañías distribuidoras de energía eléctrica. La instalación eléctrica se realizará además sujeta a las siguientes condiciones: a) El Concesionario deberá ejecutar una acometida independiente para cada una de las estaciones de recarga. b) El Concesionario deberá presentar al Ayuntamiento de Guardo la documentación técnica correspondiente a cada instalación de recarga (proyecto, dirección de obra, boletines de instalador, inspección OCA y legalización correspondiente ante la autoridad competente). c) El Concesionario realizará las correspondientes inspecciones y verificación periódicas señaladas en el Reglamento para Baja Tensión, que se remitirán al Ayuntamiento de Guardo. d) Si la medición de toma de tierra no se corresponde con la fijada en el Reglamento citado, deberán realizarse, por el Concesionario y a su costa, las correcciones necesarias para su cumplimiento. Señalización y pintura El Concesionario pintará las plazas para reserva de vehículos eléctricos y las señalizará, según modelo acordado por ambas partes y siempre cumpliendo con los requisitos legales vigentes exigibles en la materia. El Concesionario será el responsable de mantener las señalizaciones verticales y horizontales en buen estado durante todo el periodo de la concesión. CONDICIONES DE MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES El concesionario debe ofrecer un servicio de mantenimiento preventivo y correctivo que permita mantener en funcionamiento (24 horas y 365 días) el conjunto de todas las estaciones puestas en marcha. Cada concesionario, en el plazo máximo de un mes computable desde formalización de la concesión, presentará una propuesta de Plan de Mantenimiento Preventivo y Correctivo, lo más detallada posible, del mantenimiento del equipamiento e instalaciones objeto de esta concesión durante su periodo de vigencia. Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y6NAGXREH557NPFS596NYT5J9 :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.odraug//:sptth :nóicacifireV 94 ed 73 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD El Plan de Mantenimiento debe describir tanto la planificación como la organización detallada de las actividades de mantenimiento (preventivo y correctivo) a realizar desde la instalación de cada punto de recarga hasta el fin de la concesión demanial. Será necesario detallar tanto los recursos como el personal que se asignarán a las diversas funciones de mantenimiento. MANTENIMIENTO PREVENTIVO Dentro de esta categoría se debe planificar:  Verificación periódica de las fijaciones de la estación.  Revisión y limpieza general exterior periódica.  Verificación periódica del funcionamiento de los medios de pago.  Verificación periódica del ciclo completo de carga: apertura sesión, carga, cierre de sesión, y la información correcta del display de la estación en cada operación.  Verificación periódica de los elementos externos de los equipos de recarga (mangueras, conectores, pantalla, soportes de fijación de conectores, puertas de acceso al interior de equipos, botón emergencias, etc.).  Verificación del estado del cableado y de las conexiones. Ajuste y reapriete.  Revisión y verificación de cuadro eléctrico y componentes.  Revisión general del interior de los equipos.  Verificación periódica de la tensión que llega a la estación.  Verificación periódica de la tensión suministrada por el punto de recarga.  Prueba de comunicaciones con el centro de control.  Prueba funcional completa del sistema: conectar un vehículo para verificación de la carga, el control de consumo y que la información se ha registrado correctamente en el centro de control. MANTENIMIENTO CORRECTIVO El mantenimiento correctivo se efectuará cuando se detecten incidencias en cualquier elemento de una estación, ya sean detectadas desde el centro de control, como detectadas por los usuarios de las estaciones de recarga o comunicadas por cualquier ciudadano por los canales habilitados para la atención al cliente. El concesionario deberá disponer de los repuestos necesarios para garantizar el funcionamiento fijado en este pliego. A continuación, se clasifican las incidencias en función de su repercusión en el servicio al usuario:  Importancia Alta: el punto no puede prestar el servicio o compromete la seguridad de las personas o los bienes. Requiere de una actuación inmediata y continuada hasta su resolución.  Importancia Media: tiene impacto en el nivel de servicio del punto, se opera con limitaciones. Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y6NAGXREH557NPFS596NYT5J9 :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.odraug//:sptth :nóicacifireV 94 ed 83 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD  Importancia Baja: no tiene impacto en el servicio del punto, esta ópera sin limitaciones. El funcionamiento de las estaciones será de 24 horas al día y 365 días al año, y los niveles de servicio que se deberán respetar el mantenimiento correctivo serán los siguientes: Laborables de 07:00‐21:00 ALTA MEDIA BAJA Incidencias que impiden que el usuario continúe la marcha (bloqueo de la manguera 1 hora en el vehículo) Incidencias estaciones de recarga 6 24 48 horas horas horas Laborables de 21:00‐07:00 ‐ Sábados, Domingos y festivos, no computa el tiempo para la resolución de las incidencias, salvo para las que impidan que el usuario continúe la marcha o comprometan la seguridad de los bienes y las personas. Por ello, será necesario contar con un equipo de retén que señalizará la estación en el caso de que no esté operativa, y que permita atender este tipo de incidencias en un plazo máximo de 1 h. El tiempo de resolución de incidencias se inicia en el momento en que el sistema comunica de forma automática la incidencia o bien se recibe una comunicación de usuarios por cualquier medio. ATENCIÓN AL USUARIO Los concesionarios deberán contar con un servicio de atención al cliente multilenguaje disponible las 24 horas. El servicio deberá contar con un canal de atención telefónica y deberá habilitar una dirección de correo electrónico para el envío de sugerencias, incidencias y reclamaciones por parte de los usuarios, potenciales clientes y ciudadanos afectados. El servicio debe estar capacitado tanto para solventar incidencias técnicas relacionadas con el uso de los equipos de recarga y posibles averías y situaciones de emergencia, como para canalizar y resolver incidencias relacionadas con el proceso de facturación y cobro de servicios de recarga y gestión de nuevos clientes 4.‐ INSTALACIONES DE LOS PUNTOS DE RECARGA Los trabajos se realizarán bajo el título habilitante que proceda a petición del adjudicatario de la concesión. La dirección de obras de la ejecución de los trabajos será realizada por un técnico competente designado por el adjudicatario de la concesión. La supervisión de la ejecución de los trabajos, así como el seguimiento de la prestación e la actividad de recarga a realizar por el Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y6NAGXREH557NPFS596NYT5J9 :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.odraug//:sptth :nóicacifireV 94 ed 93 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD adjudicatario de la concesión, durante el periodo de la misma, será realizada por técnico competente designado por el Ayuntamiento de Guardo. Por su parte, antes de iniciar las obras de instalación, y con un mínimo de diez (10) días hábiles de antelación al comienzo de las mismas, el concesionario designará un representante que será su interlocutor ante el Ayuntamiento de Guardo y tendrá poder suficiente para adoptar y ejecutar las decisiones que convenga. Este representante deberá estar permanentemente localizable cuando se le requiera. Asimismo el Concesionario enviará con periodicidad trimestral al correo electrónico que le sea suministrado por el Ayuntamiento de Guardo una relación que contenga los datos y las estadísticas relevantes relacionados con la utilización de las estaciones de recarga para cada uno de los equipos (número de recargas realizadas, consumos, incidencias, averías, etc.), y demás información que pueda servir para la mejora de la explotación del sistema gracias al conocimiento de los datos de aprovechamiento. Igualmente. A partir de la formalización de la concesión, el Concesionario tendrá dos (2) meses para presentar al Ayuntamiento el título habilitante que corresponda. La solicitud irá acompañada del proyecto completo de las estaciones de recarga en las ubicaciones definitivas. Desde la aprobación municipal del título habilitante el concesionario dispondrá de cuatro (4) meses para la ejecución de las obras e instalaciones, conforme al cronograma que el Concesionario deberá incluir en el proyecto de la instalación. Al finalizar este plazo de cuatro meses (y dentro del primera semana del mes siguiente), el Concesionario deberá presentar un informe con las unidades realmente instaladas desglosado por unidades independientes en las que se incluirá la información básica relativa a cada estación de recarga (planos de ubicación, situación por coordenadas GPS referidas al sistema ETRS‐89, elementos que forma cada conjunto con sus características técnicas, puntos de conexión de las instalaciones eléctricas, etc.). 5.‐ DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO Y FACULTADES DEL AYUNTAMIENTO DERECHOS DEL CONCESIONARIO: El concesionario tendrá derecho a usar de forma privativa, limitada y excluyente la porción de dominio público objeto de la concesión. El concesionario tendrá derecho a explotar la concesión de acuerdo con la normativa que resulte de aplicación. OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO: La concesión se otorga a riesgo y ventura del concesionario y por tanto la relación jurídica que unirá al adjudicatario de la misma con el Ayuntamiento se limita a la puesta a disposición de los bienes de dominio público municipal estrictamente necesarios para llevar a cabo el objeto recogido en el Pliego de Prescripciones Técnicas, sin perjuicio del control por parte del Ayuntamiento Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y6NAGXREH557NPFS596NYT5J9 :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.odraug//:sptth :nóicacifireV 94 ed 04 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD del destino de los bienes para la finalidad para la que son concedidos y del cumplimiento por parte del concesionario de los compromisos que por la utilización privativa adquiere con esta Administración. La concesión de uso demanial no dará derecho tácito al Concesionario a perfilarse como el instalador único de la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos en el municipio. En consecuencia, son obligaciones del concesionario, en particular: 1. Realizar todas las actuaciones tendentes a la implantación de la infraestructura señalada en la forma y plazos contemplados en el Pliego de Prescripciones Técnicas y con sujeción a la normativa señalada en el mismo y en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y de acuerdo con la oferta presentada. 2. Obtener las licencias y autorizaciones que establezcan el ordenamiento jurídico vigente, en orden a la puesta en funcionamiento y explotación de la concesión. 3. Destinar los espacios concesionados exclusivamente a la actividad autorizada sin que pueda prestar otras distintas aunque sean compatibles con aquella. 4. Ejecutar las adaptaciones necesarias para la prestación de la actividad así como las obras de reforma, reparación, conservación y mantenimiento que deban realizarse en el dominio público con posterioridad a su entrega, debidamente autorizadas por el Ayuntamiento y con sujeción a las licencias y/o autorizaciones que resulten preceptivas. 5. Serán por cuenta y responsabilidad del concesionario todos los gastos relativos a la implantación, el funcionamiento, el mantenimiento (preventivo, correctivo y reglamentario) y la gestión del sistema correrán a cargo del Concesionario, incluidos los gastos de conservación y mantenimiento del asfaltado de las plazas de aparcamiento (incluida la señalización vertical). Igualmente, correrán a cargo del Concesionario los gastos de limpieza y mantenimiento estético, así como los asumir los gastos de suministro que correspondan por la explotación de las instalaciones. 6. El concesionario está obligado a resolver con la máxima diligencia y rapidez las posibles averías e incidencias que puedan sufrir las instalaciones. 7. El concesionario quedará obligado al pago de cuantos tributos, exacciones y gastos se deriven de la adjudicación de la concesión. los gastos derivados del funcionamiento de la actividad. 8. El concesionario deberá presentar un Seguro de Responsabilidad Civil para instalaciones eléctricas de baja tensión que garantice frente a terceros el ejercicio de la actividad por un capital mínimo de 600.000€. 9. Asumir los Cumplir con las obligaciones que exige la legislación laboral, de Seguridad Social y las normas de Seguridad e Higiene en el Trabajo y todas aquellas que sean necesarias en cumplimiento de la normativa sectorial de aplicación a fin de garantizar el exacto cumplimiento de la explotación. Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y6NAGXREH557NPFS596NYT5J9 :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.odraug//:sptth :nóicacifireV 94 ed 14 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD 10. Permitir las visitas de inspección que ordene el Ayuntamiento y acatar las órdenes que resulten de tales visitas, a fin de garantizar el cumplimiento de sus obligaciones y la protección del dominio público. 11. Corresponde a la empresa concesionaria la elaboración de todos los proyectos y memorias y la obtención de todas las autorizaciones, licencias y visados, tanto oficiales como particulares, que se requieran, sin que por ello tengan derecho a contraprestación alguna. 6.‐ ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS El Concesionario tendrá que disponer de un centro de atención telefónica multilenguaje al cliente 24 horas, 365 días al año. Las actividades de mantenimiento preventivo y mantenimiento correctivo serán realizadas en días laborables de 7:00 a 21:00 in situ y por equipos que puedan realizar las dos funciones indistintamente en la franja horaria anterior. En la franja horaria nocturna y en los fines de semana (sábados y domingos) y festivos se dotará de un servicio de retén para aquellas acciones que precisen de intervención o señalización en campo a atender de manera inmediata. El concesionario deberá contar con un equipo de operarios de mantenimiento, adscrito a las funciones de mantenimiento de los puntos de recarga. 7.‐ CANON DE LA CONCESIÓN Se establece que el importe del canon anual mínimo para cada estación de recarga a considerar en el procedimiento de licitación ha de ser de 400 euros/anuales por cada estación de recarga, considerándose como tal dos plazas de estacionamiento y la ubicación del cargados eléctrico. Teniendo en cuenta que en los presentes pliegos se recogen los siguientes importes para cada uno de los lotes: Lote 1,3,4: 400 €/anuales por lote. Lote 2: 800 €/anuales (por dos puntos de recarga) No obstante, el canon finalmente aplicable, será el correspondiente al valor económico de la proposición sobre la que recaiga la concesión. 8.‐ CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN A efectos de seleccionar la petición de utilización que resulte de mayor interés y utilidad Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y6NAGXREH557NPFS596NYT5J9 :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.odraug//:sptth :nóicacifireV 94 ed 24 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD pública, se emplearán como criterios que determine el otorgamiento de la concesión el mejor canon de entre los presentados y las características de los equipos que compongan las nuevas estaciones de recarga. Los valores de canon propuestos deberán ser superiores a los indicados de este pliego, siendo rechazada toda oferta que no alcance los cánones mínimos establecidos. Los criterios de valoración serán:  Criterio 1: Incremento del Canon anual establecido. La oferta deberá indicar el incremento y la cuantía total del canon ofertado.  Criterio 2: Cambios propuestos sobre las características mínimas de los equipos en términos de potencia de salida de los cargadores rápidos propuestos, permitiendo la recarga simultánea de 2 vehículos a 75 KW.  Criterio 3: Cambios propuestos en los equipos de carga semirápida mínimos recogidos en los pliegos : ‐ Sustitución de cargador de carga semirápida de 22 kW por cargador de carga rápida de 100 KW ‐ Sustitución de cargador de carga semirápida de 22 kW por cargador de carga rápida de 150 KW La puntuación se obtendrá de conformidad con la valoración de los criterios que se indican a continuación: 1. Canon anual presentado Incremento de la cantidad establecida como canon fijo anual. (Máximo 20 ptos) La propuesta más ventajosa para el Ayuntamiento (la de mayor canon) se valorará con 20 puntos, el resto de las peticiones recibirán una puntuación respecto a la mejor valorada de acuerdo con la siguiente fórmula: Puntuación i = (20 x oferta del licitador i / oferta mejor valorada) 2. Cambios propuestos sobre las características mínimas de los cargadores rápidos propuestos en términos de potencia de salida ≥ 150 KW 15 ptos por cargador 3. Cambios propuestos en equipos de carga semirápida mínimos recogidos en los pliegos de 22 kW . ‐ Sustitución por cargador de carga rápida de 150 KW(cid:0) 10 ptos por cargador ‐ Sustitución por cargador de carga rápida de 100 KW (cid:0) 5 ptos por cargador (Valoración por lote) La petición de mayor interés y utilidad pública será aquella que obtenga mayor puntuación en la suma de los dos criterios valorables: canon económico y cambios propuestos en las características y número de los equipos. Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y6NAGXREH557NPFS596NYT5J9 :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.odraug//:sptth :nóicacifireV 94 ed 34 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD En caso de empate, la que mayor puntuación tenga en el criterio 2 / 3 según lote (cambios) será la adjudicataria. Si también se produjera igualdad, tendrá preferencia en la concesión las peticiones presentadas por aquellas entidades, que, en el momento de acreditar los condicionantes exigidos, tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100. 9.‐ PLAZO DE DURACIÓN DE LA CONCESIÓN El plazo máximo de duración de la concesión será de QUINCE (15) AÑOS desde la formalización del contrato, sin prórroga alguna. El Ayuntamiento podrá revocar la concesión otorgada cuando existan razones de interés público que así lo aconsejen y ordenar a la empresa la retirada de los elementos instalados, siendo por cuenta del Concesionario la reposición del pavimento y del acerado a su estado original. El Concesionario deberá presentar un Seguro de Responsabilidad Civil para las instalaciones eléctricas de baja tensión que garantice frente a terceros (tanto personales como materiales) el ejercicio de la actividad. Dicho seguro garantizará, como mínimo, un capital de 600.000,00 €. Se presentará dentro de la primera semana del mes siguiente a la finalización de los cuatro (4) meses de ejecución de las obras, junto con el informe referido en el último párrafo del apartado 4. 10.‐ MODIFICACIONES PREVISTAS Dado que el objeto de esta concesión está sujeta a cambios normativos y técnicos, y que el Ayuntamiento de Guardo busca dotar de una infraestructura de puntos de recarga de vehículos eléctricos adecuada al número de este tipo de vehículos en nuestro municipio, y ante una posible previsión de incremento de las necesidades en los próximos años, se establece la posibilidad de incrementar el número de estaciones de recarga, en función de la evaluación y monitorización de las necesidades de los ciudadanos del municipio. Para ello, se instruiría procedimiento de modificación de la presente concesión, concediendo trámite de audiencia al concesionario para manifestar su consentimiento u oposición a dicha modificación. 11.‐ PERSONA RESPONSABLE DEL CONTRATO En el acuerdo de otorgamiento de la concesión se designará un servicio municipal responsable de su supervisión, y en concreto las siguientes funciones:  Realizar el seguimiento material de la concesión, para constatar que el concesionario cumple sus obligaciones en los términos acordados en el título concesional.  Verificar el efectivo cumplimiento de las obligaciones del concesionario  Promover las reuniones que resulten necesarias al objeto de solucionar cualquier incidente que surja en la ejecución del objeto de la concesión,  Dar al concesionario las instrucciones oportunas para asegurar el efectivo Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y6NAGXREH557NPFS596NYT5J9 :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.odraug//:sptth :nóicacifireV 94 ed 44 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD cumplimiento de las condiciones de la concesión, que serán inmediatamente ejecutivas en cuanto puedan afectar a la seguridad de las personas o cuando la demora en su aplicación pueda implicar que devengan inútiles posteriormente en función del desarrollo de actividad concesional; en los demás casos, y en caso de mostrar su disconformidad el adjudicatario, resolverá sobre la medida a adoptar, sin perjuicio de las posibles indemnizaciones que puedan proceder.  Proponer la imposición de penalidades por incumplimientos de las condiciones de la concesión.  Informar en los expedientes de reclamación de daños y perjuicios que haya suscitado la actividad concesional.  Informar los expedientes de devolución o cancelación de garantías. 12.‐ RÉGIMEN DE PENALIZACIONES: INFRACCIONES Y SANCIONES. El concesionario está obligado al cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en el presente pliego. En caso de incumplimiento, el órgano concedente podrá imponerle sanciones económicas, de forma proporcional al tipo de incumplimiento. Las infracciones se clasificarán en leves, graves y muy graves. a) Infracciones leves: ‐Los retrasos en el cumplimiento de sus obligaciones. ‐No atender con la debida diligencia y cuidado a la conservación del inmueble. ‐El no sometimiento a la inspección de los Servicios Técnicos Municipales. ‐Cualquier incumplimiento del contenido de los Pliegos o del Contrato que no tengan la consideración de graves o muy graves. b) Infracciones graves: ‐La reiteración de actos que den lugar a sanciones leves (tres). ‐La actuación que dé lugar a la depreciación del dominio público o de las instalaciones. ‐El uso anormal del dominio público concedido. c) Infracciones muy graves: ‐La reiteración de sanciones graves (tres). ‐El incumplimiento de cualquiera de las condiciones establecidas en el presente pliego. ‐La desobediencia a cualquiera de las órdenes o instrucciones efectuadas por la Administración Municipal sobre el cumplimiento de las referidas condiciones de uso. ‐No suscribir las pólizas de seguro exigidas en este pliego o suscribirlas en condiciones distintas a las allí estipuladas. ‐No abonar los recibos de las pólizas de seguro a su vencimiento. Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y6NAGXREH557NPFS596NYT5J9 :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.odraug//:sptth :nóicacifireV 94 ed 54 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Las multas serán impuestas mediante resolución del órgano de contratación, previa audiencia al adjudicatario por plazo no inferior a cinco días hábiles. Las infracciones leves se sancionarán con multa de hasta 750,00 €. Las infracciones graves serán sancionables con multa desde 750,01 € hasta 1.500,00 €. Las infracciones muy graves se sancionarán con multa desde 1.500,01 € hasta 3.000,00 €, pudiendo llevar aparejada la extinción de la concesión y pérdida de la garantía definitiva. 13.‐ LEGISLACIÓN ESPECÍFICA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO • Especificación UNE 0048 ‘Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos. Sistema de protección de la línea general de alimentación (SPL) ́. •UNE 62196‐1 'Bases, clavijas, acopladores de vehículo y entradas de vehículo. Carga Conductiva de vehículos eléctricos. Parte 1: Carga de vehículos eléctricos hasta 250 A en corriente alterna y 400 A en corriente continúa. •UNE 62196‐2 Bases, clavijas, acopladores de vehículo y entradas de vehículo. Carga Conductiva de vehículos eléctricos. Parte 1: Carga de vehículos eléctricos hasta 250 A en corriente alterna y 400 A en corriente continua'. •UNE 61851 1 'Sistema Conductivo de carga para vehículos eléctricos. Parte 1: Requisitos generales'. Diciembre 2002. •UNE 61851‐21 'Sistema Conductivo de carga para vehículos eléctricos. Parte 21: Requisitos del vehículo eléctrico para conexión conductora e CA./CC.'. Diciembre 2002. •UNE 61851‐22 'Sistema Conductivo de carga para vehículos eléctricos. Parte 22: Estación de carga en c.a. para vehículos eléctricos'. Diciembre 2002. •UNE 20324/1M:2000 'Grados de protección proporcionados por las envolventes (Código IP). Normas UNE‐EN 61000 'Compatibilidad electromagnética (CEM)' de aplicación. •Real Decreto Ley 15/2018 de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores. •Real Decreto 1053/2014, de 12 de diciembre, por el que se aprueba una nueva Instrucción Técnica Complementaria (ITC) BT 52 "Instalaciones con fines especiales. Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos", del Reglamento electrotécnico para baja tensión, aprobado por Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, y se modifican otras instrucciones técnicas complementarias del mismo. •Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. •Real Decreto 1110/20 7, de 24 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento unificado de Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y6NAGXREH557NPFS596NYT5J9 :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.odraug//:sptth :nóicacifireV 94 ed 64 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD puntos de medida del sistema eléctrico (RPM). •Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión (Corregido por el Real Decreto 1053/2014 y el Real Decreto 560/2010). •Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. •Directiva 2014/94/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2014, relativa a la implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos. •Directiva 2015/2366/ E del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de noviembre de 2015 sobre servicios de pago en el mercado interior. •Reglamento 2016/679/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos). • Normativa de aplicación de las empresas distribuidoras de energía. En fecha al margen, Fdo: ASESORÍA ENERGÉTICA ENER CONSULTORES S.L Ayuntamiento de Guardo PLAZA DEL AYUNTAMIENTO S/N, Guardo. 34880 (Palencia). Tfno. 979850076. Fax: 979851347 Y6NAGXREH557NPFS596NYT5J9 :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.odraug//:sptth :nóicacifireV 94 ed 74 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD MODELO PRESENTACIÓN DE OFERTAS (ANEXO II) MEJORA SOBRE EL CANON ANUAL ESTABLECIDO (LOTE 2) ‐ (Recordatorio: Canon Mín. 800 €/anuales ) PRECIO (La cantidad se expresará en cifra y letra, escrita en forma clara).En caso de discordancia entre el número y la letra, se considerará como válida la oferta expresada en letra. en cifra Canon ofertado total (canon establecido + en letra mejora) MEJORA SOBRE EL CANON ANUAL ESTABLECIDO (LOTE 1) – (Recordatorio: Canon Mín. 400 €/anuales ) PRECIO (La cantidad se expresará en cifra y letra, escrita en forma clara).En caso de discordancia entre el número y la letra, se considerará como válida la oferta expresada en letra. en cifra Canon ofertado total (canon establecido + en letra mejora) MEJORA SOBRE EL CANON ANUAL ESTABLECIDO (LOTE 3) ‐ (Recordatorio: Canon Mín. 400 €/anuales ) PRECIO (La cantidad se expresará en cifra y letra, escrita en forma clara).En caso de discordancia entre el número y la letra, se considerará como válida la oferta expresada en letra. en cifra Canon ofertado total (canon establecido + en letra mejora) MEJORA SOBRE EL CANON ANUAL ESTABLECIDO (LOTE 4) ‐ (Recordatorio: Canon Mín. 400 €/anuales ) PRECIO (La cantidad se expresará en cifra y letra, escrita en forma clara).En caso de discordancia entre el número y la letra, se considerará como válida la oferta expresada en letra. en cifra Canon ofertado total (canon establecido + en letra mejora) 15 Y6NAGXREH557NPFS596NYT5J9 :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.odraug//:sptth :nóicacifireV 94 ed 84 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD ‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐ CAMBIOS TÉCNICOS Cambio de Cargador rápido a potencia de salida ≥ 150 Kw (LOTE 2) indicar nº unidades ( 0,1,2 ): Sustitución de cargador semirápido de 22 KW por : (LOTE 1) * indicar nº unidades ( 0,1): Cargador Rápido CC 150 KW * indicar nº unidades ( 0,1 ): Cargador Rápido CC 100 KW Sustitución de cargador semirápido de 22 KW por : (LOTE 3) * indicar nº unidades ( 0,1): Cargador Rápido CC 150 KW * indicar nº unidades ( 0,1 ): Cargador Rápido CC 100 KW Sustitución de cargador semirápido de 22 KW por : (LOTE 4) * indicar nº unidades ( 0,1): Cargador Rápido CC 150 KW * indicar nº unidades ( 0,1 ): Cargador Rápido CC 100 KW 16 Y6NAGXREH557NPFS596NYT5J9 :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.odraug//:sptth :nóicacifireV 94 ed 94 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD