Acta del órgano de asistencia

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1ª ACTA DE LA MESA DE CONTRATACIÓN Licitación “CONCESIÓN DEMANIAL DE USO PRIVATIVO DEL ESPACIO PÚBLICO URBANO PARA LA INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y EXPLOTACIÓN DE UNA RED PÚBLICA DE INFRAESTRUCTURAS DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS, INCLUYENDO LAS ACOMETIDAS NECESARIAS, EN EL TÉRMINO MUNICPAL DE TORREBLANCA” (Expte. 3463/2024) por procedimiento abierto y tramitación ordinaria. Torreblanca, a 19 de noviembre de 2024. I. INTEGRANTES Presidenta: Dª. Zenaida Espejo, Concejal Vocales: D. Víctor Siurana, Interventor D. Carlos Ferreres, Tesorero Dª. María José Vicent, Secretaria Secretaria: Dª. Elena Porcar, Técnico de Contratación II. DESARROLLO DE LA SESIÓN Siendo las 09:00 horas se constituye la Mesa de Contratación, en la fecha y forma que precede. Por parte de la secretaria de la Mesa se da cuenta de los siguientes hechos:  En la Plataforma de Contratación del Sector Público, previo anuncio de licitación a dicha plataforma en fecha 18 de octubre de 2024, no se ha recibido plica alguna respecto a la licitación, según la Lista de licitadores (Código seguro de verificación: POTQ3_4OHJB_YBCAL_54699).  El día 18/11/2024 a las 23:54 horas al correo electrónico del departamento de contratación, un licitador envía email indicando literalmente: “Hemos sido incapaces de subir la documentación a la plataforma de contratación del estado para el expediente 3463/2024. Ver abajo un pantallazo del problema. Me permito antes de la fecha final de presentación de oferta 18/11/2024 23:54 adjuntar toda la documentación requerida por email.” Presenta plica a la licitación la mercantil INFRAESTRUCTURAS DE MOVILIDAD URBANA SOSTENIBLE AQ JV SL con CIF B72528326, representada por D. Carlos Vázquez Ubago, con DNI ***2299**. Esta documentación se presenta de manera abierta, en plazo pero no en forma. Los miembros integrantes de la Mesa de Contratación declaran que: a) No se encuentran en ninguna situación de conflicto de intereses con respecto al CONTRATO DE OBRA ADECUACIÓN Y AMPLIACIÓN DEL IES EL PRAT DE TORREBLANCA, según lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Página 1 de 3 2ZXQ47X63JC4QWTXK55K2TAR3 :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.acnalberrot//:sptth :nóicacifireV 3 ed 1 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Se tomará como concepto de conflicto de intereses el regulado en el artículo 24 de la Directiva 2014/24/UE, comprendiendo “... al menos cualquier situación en la que los miembros del personal del poder adjudicador, o de un proveedor de servicios de contratación que actúe en nombre del poder adjudicador, que participen en el desarrollo del procedimiento de contratación o puedan influir en el resultado de dicho procedimiento tengan, directa o indirectamente, un interés financiero, económico o personal que pudiera parecer que compromete su imparcialidad e independencia en el contexto del procedimiento de contratación”. El conflicto de intereses, por lo tanto, puede ser de índole económica o ser fruto de afinidades políticas o nacionales, de relaciones familiares, sentimentales o de cualquier tipo de relación o de intereses comunes. b) Asimismo, pondrán en conocimiento del Departamento de Contratación del Ayuntamiento de Torreblanca cualquier situación de conflicto de intereses que surja, o que pueda dar lugar a dicho conflicto. c) Que no han hecho ni harán ningún tipo de oferta de al que pueda derivarse alguna ventaja con respecto al presente contrato. d) Que no han concedido ni concederán, no han intentado, ni intentarán obtener, y no han aceptado, ni aceptarán ningún tipo de ventaja, financiera o en especie, a favor de una persona o en nombre de esta, cuando tal ventaja constituya una práctica ilegal o implique corrupción, directa o indirectamente, por ser un incentivo o una recompensa relacionada con la ejecución del presente contrato o de la operación solicitada. e) Que no realizaron, ni realizarán ningún tipo de gestión de la que pueda derivarse alguna ventaja competitiva de cara a la selección y/o priorización de la operación cuya financiación se solicita, respecto a otras que pudieran o fueran ya presentadas. f) Que no se encuentran en causa alguna de abstención, a tenor de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. g) Que no incurren en causa de incompatibilidad, según la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas. h) Que no llevarán a cabo actuaciones que conculquen los artículo 25 y siguientes de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, en relación con el artículo 8.1 del mismo cuerpo legal y el artículo 75 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Visto que no se ha presentado proposición alguna por la plataforma PLACE, y la única plica recibida alega error en la plataforma, desde el departamento de Contratación se ha procedido a formular consulta en la plataforma de contratación del Sector Público respecto al funcionamiento de la misma a lo largo del día 18 de noviembre de 2024, último día de presentación de proposiciones a la licitación. El correcto funcionamiento de la plataforma será decisivo para la admisión, o la no admisión, de la plica presentada por correo electrónica, registrada en fecha en fecha 19/11/2024 (2024-E- RC-5689); y consecuentemente, la declaración de desierta o la continuidad de la licitación. Es por lo que, se queda a la expensa de la recepción a la consulta formulada en la plataforma PLACE respecto a su funcionamiento el día 18 de noviembre de 2024. III. PROPUESTA DE LA MESA. La Mesa de Contratación en virtud del art 22 del Real Decreto 817/2009, viene en acordar la suspensión de la Mesa de Contratación, hasta la recepción de la respuesta a la consulta formulada a la Plataforma de Contratación del Sector Público respecto al funcionamiento de la misma durante el día 18 de noviembre de 2024. Página 2 de 3 2ZXQ47X63JC4QWTXK55K2TAR3 :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.acnalberrot//:sptth :nóicacifireV 3 ed 2 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Y en prueba de conformidad con lo actuado, siendo las 09:30 horas, se levanta la presente Acta, que tras su lectura, la firman los presentes. La Presidenta Los Vocales La Secretaria Torreblanca, en fecha al margen. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE Página 3 de 3 2ZXQ47X63JC4QWTXK55K2TAR3 :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.acnalberrot//:sptth :nóicacifireV 3 ed 3 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD