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Pliego Técnico Ver licitación
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AJUNTAMENT D'ONDA El Pla, 1 Tel: 964 600 050 12200 ONDA (CASTELLÓ) Fax: 964 604 133 NIF: P-1208400-J Expediente: H.7.2/2021/25 Asunto: licitación del contrato CONCESIÓN DEMANIAL DE USO PRIVATIVO DEL ESPACIO PÚBLICO URBANO PARA LA INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y EXPLOTACIÓN DE UNA RED PÚBLICA DE INFRAESTRUCTURAS DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS, INCLUYENDO LAS ACOMETIDAS NECESARIAS, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE ONDA. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES REGULADORAS DE LA CONTRATACIÓN DE LA: “CONCESIÓN DEMANIAL DE USO PRIVATIVO DEL ESPACIO PÚBLICO URBANO PARA LA INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y EXPLOTACIÓN DE UNA RED PÚBLICA DE INFRAESTRUCTURAS DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS, INCLUYENDO LAS ACOMETIDAS NECESARIAS, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE ONDA”. Índice 1. DESCRIPCIÓN DEL TRABAJO A REALIZAR..........................................................2 1.1. Antecedentes......................................................................................................2 1.2. Objeto.................................................................................................................5 1.3. Ámbito de actuación y ubicación de los aparatos..............................................5 1.4. Especificaciones técnicas..................................................................................6 1.4.1. Obra civil.....................................................................................................6 1.4.2. Señalización y pintura.................................................................................6 1.4.3. Previsión de las nuevas instalaciones........................................................8 1.5. Instalación eléctrica............................................................................................9 2. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS QUE HAN DE REUNIR LOS BIENES O PRESTACIONES DEL CONTRATO..............................................................................9 2.1. Especificaciones de los cargadores de vehículos eléctricos.............................9 2.1.1. Especificaciones eléctricas de los cargadores...........................................9 2.1.2. Materiales y recubrimiento........................................................................10 2.1.3. Sistema antirrobo de energía...................................................................10 2.1.4. Indicador luminoso....................................................................................10 2.1.5. Pantalla.....................................................................................................10 2.1.6. Medida y registro de las cargas................................................................10 2.1.7. Alarmas.....................................................................................................10 2.1.8. Marcados...................................................................................................11 2.2 Comunicaciones................................................................................................11 2.3. Integración con el Sistema de Información Geográfica Municipal...................11 3.CONDICIONES DE LA CESIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO....................................12 3.1. Aportaciones del Ayuntamiento de Onda.........................................................12 3.2. Aportaciones y obligaciones del concesionario...............................................12 3.3. Obras a realizar en la instalación de nuevos puntos de recarga rápida.........13 3.4. Mantenimiento: servicio de asistencia técnica.................................................15 3.5. Pruebas y puesta en servicio de la instalación................................................16 3.6. Plataforma de gestión y monitorización de la red............................................16 3.7. Condiciones de acceso electrónico.................................................................17 adilav/se.adno.ues//:sptth :nóicacifireV | zQ0N FVkN 3Q0M zIzN 2MkV :nóicadilaV .doC 13 ed 1 anigáP | ADNO ed OTNEIMATNUYA led acinórtcele edes al a etneicenetrep otnemucoD AJUNTAMENT D'ONDA El Pla, 1 Tel: 964 600 050 12200 ONDA (CASTELLÓ) Fax: 964 604 133 NIF: P-1208400-J 3.8. Canon de la concesión.....................................................................................18 4. SOLVENCIA TÉCNICA Y REQUISITOS.................................................................19 4.1. SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA....................................................19 4.2. SOLVENCIA TÉCNICA....................................................................................19 4.3. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO OFICIAL DE LICITADORES Y EMPRESAS CLASIFICADAS DEL SECTOR PÚBLICO.............................................................20 5. DURACIÓN.............................................................................................................20 6. RETRIBUCIÓN DEL CONCESIONARIO................................................................20 7. REVERSIÓN...........................................................................................................20 8. LEGISLACIÓN ESPECIFICA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO...........................21 9. FINANCIACIÓN Y GESTIÓN ECONÓMICA...........................................................21 10. SECUESTRO DE LA CONCESIÓN......................................................................22 11. INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO..................................................................22 .....................................................................................................................................22 ANEXO I – LOCALIZACIÓN EN PLANOS DE LOS DIFERENTES APARCAMIENTOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD........................................................23 ANEXO II - EMPLAZAMIENTO DE LOS DIFERENTES PUNTOS DE RECARGA...25 1.- Aparcamiento MONTÍ........................................................................................25 2.- Aparcamiento PABELLÓN VÍCTOR CABEDO..................................................26 4.- Aparcamiento PLAZA 8 DE MARZO..................................................................28 5.- Aparcamiento - Av. Montanejos (zona Ciudad Deportiva).................................29 6.- Aparcamiento APEADERO................................................................................30 7.- Aparcamiento COL. BALTASAR RULL..............................................................31 1. DESCRIPCIÓN DEL TRABAJO A REALIZAR 1.1. Antecedentes El Ayuntamiento de Onda tiene, derivado del Plan de Ahorro y Sostenibilidad Energética aprobado por resolución de la alcaldía de fecha 4/10/2019, entre otros, el objetivo del fomento de la movilidad eléctrica en todo el municipio como elemento esencial, en términos de sostenibilidad ambiental. También, el Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria del día 14 de julio de 2021, ha aprobado el Plan de Actuación Onda 2030: El Camino hacia una ciudad más amable y sostenible, alineado con los 17 objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 2030 de Naciones Unidas y los 10 Objetivos Estratégicos de la Agenda Urbana Española (AUE). Este plan define una serie de líneas de actuación orientadas a la consecución de una gestión ambiental de calidad y a prevenir y reducir los impactos sobre el cambio climático desde el ámbito local. Es por ello, que se pretende impulsar la creación de infraestructuras de recarga pública para vehículos eléctricos de los ciudadanos. El presente pliego de Prescripciones Técnicas (en los sucesivo el Pliego o PPT) contribuye a la materialización de este objetivo mediante la instalación de estaciones de recarga rápida y semi-rápida en espacios públicos con el objeto de mejorar la cobertura para la recarga de adilav/se.adno.ues//:sptth :nóicacifireV | zQ0N FVkN 3Q0M zIzN 2MkV :nóicadilaV .doC 13 ed 2 anigáP | ADNO ed OTNEIMATNUYA led acinórtcele edes al a etneicenetrep otnemucoD AJUNTAMENT D'ONDA El Pla, 1 Tel: 964 600 050 12200 ONDA (CASTELLÓ) Fax: 964 604 133 NIF: P-1208400-J vehículos eléctricos en el ámbito del municipio. Conforme dispone el Real Decreto-Ley15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores que modificó los artículos 6, 38 y 48 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector Eléctrico (LSE) en lo que a la recarga de vehículos eléctricos de refiere: • La recarga energética tendrá como función principal la entrega de energía, a título gratuito u oneroso, a través de servicios de carga de vehículos y de baterías de almacenamiento en unas condiciones que permitan la carga de forma eficiente y a mínimo coste para el propio usuario y para el sistema eléctrico. • La recarga energética podrá ser prestada por cualquier consumidor, entendiendo por tal las personas físicas o jurídicas que adquieren la energía, bien para su propio consumo, bien para prestar ese servicio de recarga energética de vehículos. Las empresas distribuidoras podrán ser titulares de último recurso de infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos, siempre que tras un procedimiento en concurrencia se resuelva que no existe interés por la iniciativa privada, en los términos y condiciones que se establezcan reglamentariamente por el Gobierno. • La recarga en una o varias ubicaciones podrá realizarse directamente o a través de un tercero, de manera agregada por un titular o por varios titulares a través de acuerdos de interoperabilidad. • Las instalaciones de recarga de vehículos deberán estar inscritas en un listado de puntos de recarga gestionado por las Comunidades Autónomas correspondientes al emplazamiento de los puntos, que estará accesible para los ciudadanos por medios electrónicos. La Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, recoge en su TITULO IV Movilidad sin emisiones y transporte, lo siguiente: Artículo 14. Promoción de movilidad sin emisiones 1. La Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, en el marco de sus respectivas competencias, adoptarán medidas para alcanzar en el año 2050 un parque de turismos y vehículos comerciales ligeros sin emisiones directas de CO , de conformidad con lo establecido por la normativa comunitaria... 2 2. … A tal efecto, previa consulta con el sector, se pondrán en marcha medidas que faciliten la penetración de estos vehículos, que incluirán medidas de apoyo a la I+D+i. 3. Los municipios de más de 50.000 habitantes y los territorios insulares adoptarán, antes de 2023, planes de movilidad urbana que introduzcan medidas de mitigación que permitan reducir las emisiones derivadas de la movilidad, incluyendo, al menos: … e) Medidas para fomentar el uso de medios de transporte eléctricos privados, incluyendo puntos de recarga. Artículo 15. Instalación de puntos de recarga eléctrica 1.- El Gobierno pondrá a disposición del público la información de los puntos de recarga eléctrica para vehículos de acceso público, dentro del año posterior a la entrada en vigor de esta ley, a través del Punto de Acceso Nacional de información de tráfico en tiempo real gestionado por el organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico. Para ello, con carácter previo, los prestadores del servicio de recarga eléctrica deberán remitir por medios adilav/se.adno.ues//:sptth :nóicacifireV | zQ0N FVkN 3Q0M zIzN 2MkV :nóicadilaV .doC 13 ed 3 anigáP | ADNO ed OTNEIMATNUYA led acinórtcele edes al a etneicenetrep otnemucoD AJUNTAMENT D'ONDA El Pla, 1 Tel: 964 600 050 12200 ONDA (CASTELLÓ) Fax: 964 604 133 NIF: P-1208400-J electrónicos al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico información actualizada de la localización, características, y disponibilidad de dichas instalaciones, así como del precio de venta al público de la electricidad o del servicio de recarga. ... También relevante es la redacción que modifica el apartado 1 del artículo 49 de la Ley 24/2013, del Sector Eléctrico, que queda redactado así: “Las empresas eléctricas, los consumidores y el operador del sistema, en coordinación con otros agentes, podrán realizar y aplicar medidas que fomenten una mejora de la gestión de la demanda eléctrica y que contribuyan a la optimización de la curva de carga y/o eficiencia y ahorro energéticos”. El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA) anunció que se regulará la instalación de puntos de recarga eléctrica mediante la modificación de la Orden Ministerial de accesos a la Red de Carreteras del Estado, con la finalidad de promover el despliegue por operadores privados del sector. Por último, La LEY 33/2003, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, en el artículo 93 Concesiones demaniales, establece: 1. El otorgamiento de concesiones sobre bienes de dominio público se efectuará en régimen de concurrencia. … 3. Las concesiones se otorgarán por tiempo determinado. Su plazo máximo de duración, incluidas las prórrogas, no podrá exceder de 75 años, salvo que se establezca otro menor en las normas específicas que sean de aplicación. 4. Las concesiones de uso privado o aprovechamiento especial del dominio público podrán ser gratuitas, otorgarse con contraprestación o condición o estar sujetas a la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial de bienes de dominio público estatal regulada en el capítulo VIII del título I de la Ley 25/1998, de 13 de julio, de Modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público, o a las tasas previstas en sus normas especiales. No estarán sujetas a la tasa cuando la utilización privativa o aprovechamiento especial de bienes de dominio público no lleve aparejada una utilidad económica para el concesionario, o, aun existiendo dicha utilidad, la utilización o aprovechamiento entrañe condiciones o contraprestaciones para el beneficiario que anulen o hagan irrelevante aquélla. En los casos previstos en el párrafo anterior, se hará constar tal circunstancia en los pliegos de condiciones o clausulado de la concesión. 5. Sin perjuicio de los demás extremos que puedan incluir las condiciones generales o particulares que se aprueben, el acuerdo de otorgamiento de la concesión, incluirá al menos las menciones establecidas para las autorizaciones en el apartado 7 del artículo 92 de esta ley, salvo la relativa a la revocación unilateral sin derecho a indemnización. Artículo 92 Autorizaciones, apartado 7: Sin perjuicio de los demás extremos que puedan incluir las condiciones generales o particulares, el acuerdo de autorización de uso de bienes y derechos demaniales incluirá, al menos: a) El régimen de uso del bien o derecho. adilav/se.adno.ues//:sptth :nóicacifireV | zQ0N FVkN 3Q0M zIzN 2MkV :nóicadilaV .doC 13 ed 4 anigáP | ADNO ed OTNEIMATNUYA led acinórtcele edes al a etneicenetrep otnemucoD AJUNTAMENT D'ONDA El Pla, 1 Tel: 964 600 050 12200 ONDA (CASTELLÓ) Fax: 964 604 133 NIF: P-1208400-J b) El régimen económico a que queda sujeta la autorización. c) La garantía a prestar, en su caso. d) La asunción de los gastos de conservación y mantenimiento, impuestos, tasas y demás tributos, así como el compromiso de utilizar el bien según su naturaleza y de entregarlo en el estado en que se recibe. e) El compromiso de previa obtención a su costa de cuantas licencias y permisos requiera el uso del bien o la actividad a realizar sobre el mismo. f) La asunción de la responsabilidad derivada de la ocupación, con mención, en su caso, de la obligatoriedad de formalizar la oportuna póliza de seguro, aval bancario, u otra garantía suficiente. g) La aceptación de la revocación unilateral, sin derecho a indemnizaciones, por razones de interés público en los supuestos previstos en el apartado 4 de este artículo. h) La reserva por parte del ministerio u organismo cedente de la facultad de inspeccionar el bien objeto de autorización, para garantizar que el mismo es usado de acuerdo con los términos de la autorización. i) El plazo y régimen de prórroga y subrogación que, en todo caso, requerirá la previa autorización. j) Las causas de extinción. 1.2. Objeto El objeto de este pliego es exponer las mejores condiciones para fijar las cláusulas correspondientes a una concesión demanial de uso privativo del espacio público urbano para la instalación, mantenimiento y explotación de una red pública de recarga de vehículos eléctricos en el municipio de Onda. Esta infraestructura de recarga también comprenderá la instalación completa de todos los elementos necesarios para que las estaciones puedan prestar la actividad de recarga de vehículos eléctricos, incluyendo las acometidas necesarias. El objetivo del despliegue de esta infraestructura de cargadores eléctricos es el de ofrecer, al ciudadano, la posibilidad de realizar la recarga de sus vehículos eléctricos. Para ello se pretende cubrir la máxima superficie del ámbito municipal, ubicando, de forma estratégica, los puntos de recarga semirápida y/o rápida. 1.3. Ámbito de actuación y ubicación de los aparatos La implantación de las estaciones de recarga se realizará en las ubicaciones que se relaciona en el Anexo I Ubicaciones y planos. Cada estación dispondrá de dos plazas de aparcamiento y al menos de un cargador para vehículo eléctrico. Es decir, cada cargador de vehículo eléctrico correspondiente a una ubicación deberá poder suministrar simultáneamente energía al menos a 2 vehículos eléctricos. El Concesionario podrá realizar la instalación dentro de un radio no mayor a 50 metros de las ubicaciones relacionadas, en función de la disponibilidad de la red eléctrica en los puntos seleccionados, y siempre que no afecte al acceso rodado o al interior de los edificios. No obstante, la ubicación definitiva estará sometida a la aprobación del Ayuntamiento de Onda. Los cargadores serán de tipo rápido y/o semirápido, según se describe en el apartado 2.1. de este Pliego, es decir se corresponderán a los modos de carga 3 y 4 de acuerdo al ITC-BT 52 del REBT. adilav/se.adno.ues//:sptth :nóicacifireV | zQ0N FVkN 3Q0M zIzN 2MkV :nóicadilaV .doC 13 ed 5 anigáP | ADNO ed OTNEIMATNUYA led acinórtcele edes al a etneicenetrep otnemucoD AJUNTAMENT D'ONDA El Pla, 1 Tel: 964 600 050 12200 ONDA (CASTELLÓ) Fax: 964 604 133 NIF: P-1208400-J 1.4. Especificaciones técnicas 1.4.1. Obra civil Los cargadores de los vehículos eléctricos se instalarán en la acera o calzada, dependiendo de su ubicación, anclados al suelo y estarán debidamente homologados. Las canalizaciones en baja tensión se ajustarán a su normativa en vigor y serán subterráneas desde la estación de recarga hasta el punto de conexión de la compañía suministradora. Se realizarán los trabajos necesarios para reponer las zonas afectadas por las obras, de forma que queden en su estado original. El material de escombros irá a vertedero autorizado. Asimismo, una vez finalizada la concesión, el Concesionario repondrá todas las ubicaciones de manera que se reestablezca su estado original. Los cargadores tendrán que estar situados junto a las plazas reservadas para los vehículos eléctricos y dejar un espacio libre a su alrededor que deberá ser consensuado con el Ayuntamiento de Onda en función de cada una de las ubicaciones. 1.4.2. Señalización y pintura SEÑALIZACIÓN HORIZONTAL El Concesionario pintará, con pintura de dos componentes rugosos para asfalto, las plazas para reserva de vehículos eléctricos como se indica a continuación: ● El perímetro de la plaza deberá estar claramente delimitado a través de señalización horizontal, consistente en una línea de trazo continuo o discontinuo de color blanco, ● En el interior de dicho perímetro debe indicarse, de forma visible y legible desde al menos 5 metros que se trata de una plaza reservada para vehículos eléctricos. Para ello, se deberá incluir el logo, en color blanco, en el centro de la superficie del tipo de vehículo según la tabla siguiente. Simbología para los distintos tipos de vehículos adilav/se.adno.ues//:sptth :nóicacifireV | zQ0N FVkN 3Q0M zIzN 2MkV :nóicadilaV .doC 13 ed 6 anigáP | ADNO ed OTNEIMATNUYA led acinórtcele edes al a etneicenetrep otnemucoD AJUNTAMENT D'ONDA El Pla, 1 Tel: 964 600 050 12200 ONDA (CASTELLÓ) Fax: 964 604 133 NIF: P-1208400-J ● El interior de la plaza de aparcamiento estará pintado de color verde RAL 6037 o Pantone 2258 C (verde puro) para identificar claramente la plaza de aparcamiento reservada al vehículo eléctrico. Muestra de color RAL 6037 o Pantone 2258 C El símbolo correspondiente a cada vehículo eléctrico se colocará de manera centrada en la superficie del aparcamiento. La anchura de banda de pintura blanca del pictograma será de entre 8 y 10 cm. No obstante, si en alguna zona de la ciudad, hubiera alguna incompatibilidad con su protección (casco histórico, zonas de especial interés, zonas donde exista un pavimento a preservar, etc.), la señalización de los aparcamientos reservados para recarga de vehículos eléctricos estarán exentos de ser pintados en su interior de color verde, siendo obligatorio identificar el espacio mediante el logotipo y delimitar las plazas mediante las líneas de color blanco definidas con anterioridad. SEÑALIZACIÓN VERTICAL En aquellos estacionamientos, en los que se desee limitar el uso de las plazas de aparcamiento para los vehículos eléctricos y/o el tiempo de permanencia en la misma, debe señalizarse tal y como se indica a continuación, tanto para estacionamientos en vía pública como en espacios privados.  Las plazas de estacionamiento deberán incorporar señales tipo R-308 (estacionamiento prohibido) a ambos lados de las plazas reservadas a los vehículos eléctricos, acompañadas de un cartel aclaratorio tipo S-680, indicación de que se trata de una plaza reservada exclusivamente para realizar la recarga de vehículos eléctricos.  La señal R-308 prohibe estacionar en la ubicación indicada y según las especificaciones establecidas, pero no impide la parada. Mediante esta señal, el vehículo que se estacione en la ubicación afectada por la misma podrá ser sancionado e incluso retirado por la policía local del municipio, actuando de manera disuasoria contra los conductores de vehículos que son sean eléctricos. Señal tipo R-308  La utilización del cartel tipo S-680 servirá para aclarar que se permite el estacionamiento a vehículos eléctricos en exclusiva y se deberá indicar la delimitación del tiempo máximo de estacionamiento de este tipo de vehículos, en adilav/se.adno.ues//:sptth :nóicacifireV | zQ0N FVkN 3Q0M zIzN 2MkV :nóicadilaV .doC 13 ed 7 anigáP | ADNO ed OTNEIMATNUYA led acinórtcele edes al a etneicenetrep otnemucoD AJUNTAMENT D'ONDA El Pla, 1 Tel: 964 600 050 12200 ONDA (CASTELLÓ) Fax: 964 604 133 NIF: P-1208400-J su caso. Ejemplo de cartel tipo S-860 para aparcamiento de vehículo eléctrico  La utilización de la señal de tipo S-17 servirá para informar que se autoriza el aparcamiento a los vehículos eléctricos. Señal indicativa tipo S-17 con la especificación de aparcamiento reservado para vehículo eléctrico El Concesionario será el responsable de mantener las señalizaciones verticales y horizontales en buen estado durante todo el periodo de la concesión. 1.4.3. Previsión de las nuevas instalaciones El Ayuntamiento de Onda, cederá el espacio público necesario para la instalación de nuevos puntos de recarga, de uso público, cuyo coste asumirá íntegramente el adjudicatario y que serán objeto de valoración de cada oferta mediante criterios matemáticos. La instalación de los puntos de recarga, además del suministro y la instalación de equipos, requieren obra civil y canalizaciones correspondientes para la instalación eléctrica, con nuevo punto de enganche con la red general de distribución eléctrica y nuevo contrato, para uso específico de suministro de energía para los puntos de recarga de vehículos eléctricos. El concesiorario deberá hacer frente a todos los costes derivados de la gestión de la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos objeto de este Pliego. 1.5. Instalación eléctrica. Las instalaciones para el suministro de electricidad a vehículos eléctricos se ejecutarán de conformidad con lo establecido en las ITC correspondientes del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, y en particular, en la (ITC) BT-52 “Instalaciones con fines especiales. Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos” y normativa asociada en vigor, así como con las normas particulares de las diferentes compañías distribuidoras de energía eléctrica. La instalación eléctrica se realizará, además, sujeta a las siguientes condiciones: a) El Concesionario deberá ejecutar una acometida independiente para cada una de las estaciones de recarga. b) El Concesionario deberá presentar al Ayuntamiento de Onda la documentación técnica correspondiente a cada instalación de recarga (proyecto, dirección de obra, boletines de adilav/se.adno.ues//:sptth :nóicacifireV | zQ0N FVkN 3Q0M zIzN 2MkV :nóicadilaV .doC 13 ed 8 anigáP | ADNO ed OTNEIMATNUYA led acinórtcele edes al a etneicenetrep otnemucoD AJUNTAMENT D'ONDA El Pla, 1 Tel: 964 600 050 12200 ONDA (CASTELLÓ) Fax: 964 604 133 NIF: P-1208400-J instalador, inspección OCA y legalización correspondiente ante la autoridad competente). c) El Concesionario realizará las correspondientes inspecciones y verificaciones periódicas señaladas en el Reglamento para Baja Tensión, que se remitirán al Ayuntamiento de Onda. 2. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS QUE HAN DE REUNIR LOS BIENES O PRESTACIONES DEL CONTRATO 2.1. Especificaciones de los cargadores de vehículos eléctricos 2.1.1. Especificaciones eléctricas de los cargadores Se especifican, a continuación, las características eléctricas de los cargadores eléctricos: ● Potencia mínima de salida: ✔ Carga semirápida: 22 kW, modo de recarga 3 ✔ Carga rápida: 44 kW, modo de recarga 3 ● Grados IP, IK: Grado de protección (interior o exterior) IP54 o IP55 y grado de protección IK10. ● Conectores/Tomas de corriente: ✔ Carga semirápida: dispondrán al menos de 2 tomas de corriente para carga DARK Wallbox tipo 2 Mennekes IEC 62196-2. ✔ Carga rápida. Dispondrá como mínimo de: ➔ 1 toma de corriente para carga Mennekes IEC 62196-2. ➔ 1 toma de corriente DC Tipo CCS Combo. ➔ 1 toma de corriente CHAdeMO. ➔ El sistema de protección de las tomas de corriente estará enclavado cuando los equipos de recarga no estén suministrando energía. Durante la carga del vehículo, las tomas de corriente estarán enclavadas de modo que sólo el usuario que haya iniciado la carga pueda desenclavarlas. ● Protecciones eléctricas: ✔ Contactos directos: Los equipos no tendrán partes activas accesibles para el usuario. Todas las partes activas deberán estar dentro de una envolvente o disponer de medios necesarios para evitar el contacto del usuario con las mismas. ✔ Contactos indirectos: Todos los equipos metálicos estarán conectados a tierra, para así proteger al usuario frente a contactos indirectos. Para ello los equipos de recarga deberán disponer de protección diferencial y magnetotérmica. 2.1.2. Materiales y recubrimiento La pintura del recubrimiento será anti-grafiti y aislante eléctrica 2.1.3. Sistema antirrobo de energía Los equipos de recarga, dispondrán de los siguientes sistemas para evitar el robo de energía y el riesgo eléctrico: ● Contactores: Los cargadores deberán estar previstos de contactores para evitar que el usuario pueda acceder a una toma de corriente energizada, evitando de esta manera cualquier riesgo eléctrico. ● Sistema de bloqueo de conectores: Para evitar el acceso no autorizado a la toma de corriente y/o el robo de energía, los equipos incorporarán un sistema de bloqueo de conectores. adilav/se.adno.ues//:sptth :nóicacifireV | zQ0N FVkN 3Q0M zIzN 2MkV :nóicadilaV .doC 13 ed 9 anigáP | ADNO ed OTNEIMATNUYA led acinórtcele edes al a etneicenetrep otnemucoD AJUNTAMENT D'ONDA El Pla, 1 Tel: 964 600 050 12200 ONDA (CASTELLÓ) Fax: 964 604 133 NIF: P-1208400-J 2.1.4. Indicador luminoso La estación indicará el estado en que se encuentra mediante una indicación luminosa en su parte superior (disponible, en carga, error, etc.). 2.1.5. Pantalla Toda la información que el usuario pueda precisar durante la actividad de recarga, será visible mediante un display en diferentes idiomas. El display mostrará al usuario la energía consumida, así como la potencia instantánea, pudiendo incluirse otros parámetros como el tiempo de duración de la recarga. 2.1.6. Medida y registro de las cargas Los cargadores estarán dotados de un sistema de medida que permita medir y registrar para cada carga, los siguientes parámetros: ● Energía activa (kWh). ● Tensión de salida (V). ● Intensidad de salida (A). ● Potencia activa (W). ● Intervalo horario en el que se ha realizado la recarga. Las medidas de los parámetros que intervienen en la facturación de la actividad de recarga al usuario final se realizarán mediante aparatos de medida debidamente homologados y acreditados conforme a la legislación metrológica en vigor. 2.1.7. Alarmas Las estaciones de recarga deberán ser capaces de detectar alarmas y mostrarlas en el display. En caso de averías la estación pasará al estado 'avería', indicando por display la incidencia, no permitiendo la carga a los usuarios. Las averías de los cargadores deberán ser resueltas en el plazo de 24 horas como máximo. 2.1.8. Marcados Los equipos presentados deben incorporar, grabados de forma indeleble y fácilmente legibles, los datos que se indican a continuación: ● Potencia ● Voltaje ● Frecuencia ● Intensidad. ● Fases (monofásica/trifásica). ● Número de serie. ● Grado IP. ● Grado IK. ● Marcado CE. adilav/se.adno.ues//:sptth :nóicacifireV | zQ0N FVkN 3Q0M zIzN 2MkV :nóicadilaV .doC 13 ed 01 anigáP | ADNO ed OTNEIMATNUYA led acinórtcele edes al a etneicenetrep otnemucoD AJUNTAMENT D'ONDA El Pla, 1 Tel: 964 600 050 12200 ONDA (CASTELLÓ) Fax: 964 604 133 NIF: P-1208400-J 2.2 Comunicaciones Medios de carga y pago: La carga y el pago se podrán realizar por tarjetas RFID emitidas por el Concesionario, mediante tecnologías de pagos móviles o mediante tarjeta de crédito. La aplicación de móvil para las comunicaciones entre cliente y sistema de gestión de recarga de vehículos eléctricos deberá cumplir con la interoperabilidad europea y ser multilenguaje. El software de gestión del sistema tiene que ser interoperable mediante interfaces abiertas de conectividad con protocolos estándar para su futura integración con aplicaciones municipales para pago (tipo tarjeta monedero) y que garantice la interoperabilidad del sistema con múltiples proveedores de servicios de movilidad eléctrica. Todos los cargadores tendrán que estar monitorizados en tiempo real, pudiéndose acceder a través de web o plataforma telemática a información del tipo estado, recargas realizadas, energía suministrada, etc. 2.3. Integración con el Sistema de Información Geográfica Municipal El sistema de información geográfica corporativo municipal (SIG) existente en el Ayuntamiento de Onda está basado en la arquitectura de gvSIG. El sistema dispone de una interfaz de programación de aplicaciones para el acceso directo a los objetos almacenado en la geodatabase municipal. Esto permite la integración con aplicaciones que requieran funcionalidades geoespaciales. En todos aquellos sistemas en los que el concesionario deba presentar información georreferenciada (reporte de averías, incidencias o anomalias o gestión de inventario, etc.) deberá emplear el Sistema de Información Geográfica (SIG) Municipal, para que de esta forma la información quede geográficamente posicionada en el aplicativo municipal, que además, por su arquitectura de servicios, posibilitará reutilizar dicha información en otros ámbitos de servicios municipales. El concesionario georreferenciará todos los activos nuevos que se implanten como consecuencia de la ejecución del proyecto generando nuevas capas de información geográfica. El Ayuntamiento facilitará el Huso UTM en fase de ejecución. La información a integrar en el SIG Municipal debería actualizarse cada vez que haya una modificación o una nueva instalación, y deberá incluir al menos:  Tendido de fibra óptica  Tendido de pares de cable  Canalizaciones  Armarios de exterior  Switches  Arquetas  Cajas de empalme  Contadores  Puntos de recarga adilav/se.adno.ues//:sptth :nóicacifireV | zQ0N FVkN 3Q0M zIzN 2MkV :nóicadilaV .doC 13 ed 11 anigáP | ADNO ed OTNEIMATNUYA led acinórtcele edes al a etneicenetrep otnemucoD AJUNTAMENT D'ONDA El Pla, 1 Tel: 964 600 050 12200 ONDA (CASTELLÓ) Fax: 964 604 133 NIF: P-1208400-J 3. CONDICIONES DE LA CESIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO 3.1. Aportaciones del Ayuntamiento de Onda El Ayuntamiento de Onda cederá al concesionario el espacio público necesario para la operatividad inherente a la recarga energética de vehículos eléctricos en la via pública, de la que es titular la Administración Municipal, en régimen de concesión. Por ello será quien decida la ubicación definitiva de las estaciones de recarga. El Ayuntamiento de Onda gozará de la facultad de inspeccionar el espacio público objeto de concesión, para garantizar que éste es usado de acuerdo con los términos de ésta. 3.2. Aportaciones y obligaciones del concesionario El concesionario aportará a su cargo íntegramente, los costes necesarios para que cualquier usuario pueda acceder a la recarga de su vehículo eléctrico en la vía pública. Asumirá el riesgo operacional y estará sujeto a las siguientes obligaciones específicas: • Proponer una memoria de funcionamiento de la red de puntos de recarga. • Integrar todos los elementos en una plataforma única de gestión. • Ofrecer un soporte de 24x7 los 365 días del año con atención telefónica para los usuarios de los puntos de recarga. • Todos los elementos detallados en la instalación, deberán estar totalmente integrados, programados e instalados. • Garantizar las calidades y características técnica de los artículos según fabricante referente, no admitiéndose artículos de peor calidad o inferiores características técnicas . • Garantizar el suministro eléctrico para la actividad de recarga energética de vehículos eléctricos. • Redactar y tramitar la documentación necesaria según la reglamentación vigente para la legalización de la instalación de los puntos de recarga. • Instalar los puntos de recarga. • Instalación eléctrica desde la ubicación que determine la distribuidora de la zona hasta la ubicación de todos los puntos de recarga, por canalización. Dicha instalación tendrá las características que la empresa distribuidora crea necesarias para asegurar la potencia necesaria en la zona de ubicación de cada punto, con la obra civil necesaria para llegar a un armario exterior (a construir) donde se realizará la conexión. • Realizar la alimentación eléctrica de los puntos de recarga: armario con aparamenta asociada (Protecciones, transformadores de intensidad…) y contador de medida de energía. • Reposición del estado de aceras y calzada según el estado previo a la instalación de cada punto de recarga, una vez se retiren. • Tramitar el Certificado de la Instalación. • Comunicar los puntos de recarga a través d ella plataforma de gestión, para el control del funcionamiento, así como la publicación de la ubicación y estado del mismo a las personas usuarias de vehículos eléctricos. • Supervisar, mantener y explotar desde el punto de vista comercial los puntos de recarga. • Realizar el pintado horizontal y la señalización de las plazas de aparcamiento reservadas para posibilitar la recarga del vehículo eléctrico, según modelo acordado por el Ayuntamiento. adilav/se.adno.ues//:sptth :nóicacifireV | zQ0N FVkN 3Q0M zIzN 2MkV :nóicadilaV .doC 13 ed 21 anigáP | ADNO ed OTNEIMATNUYA led acinórtcele edes al a etneicenetrep otnemucoD AJUNTAMENT D'ONDA El Pla, 1 Tel: 964 600 050 12200 ONDA (CASTELLÓ) Fax: 964 604 133 NIF: P-1208400-J • Realizar el mantenimiento técnico del equipo de los puntos de recarga (preventivo, correctivo y legal). • Cumplir con la normativa vigente en materia de seguridad e higiene. • Disponer, durante la vigencia de la concesión, de una póliza de seguro de responsabilidad civil, que cubra todos los daños que se puedan ocasionar a terceros con motivo de la instalación de los puntos de recarga. • Compromiso de organización anual de dos jornada de difusión del uso de vehículos eléctricos en la población. Si la ejecución de la concesión llevase aparejado la destrucción o deterioro del dominio público local, el beneficiario estará obligado al reintegro del coste total de los gastos de reconstrucción o reparación, y si fueran irreparables, al Ayuntamiento será indemnizado en cuantía igual al valor de los bienes destruidos o de los daños ocasionados. Por tanto, todos los gastos relativos a la implantación, el funcionamiento, el mantenimiento (preventivo, correctivo y legal) y la gestión del sistema correrán a cargo del Concesionario, incluidos los gastos de conservación y mantenimiento del asfaltado, adoquinado o aceras delas plazas de aparcamiento (incluida la señalización vertical). También los gastos de limpieza y mantenimiento estético, así como el pago de la factura eléctrica. La concesión de uso demanial no dará derecho tácito al Concesionario a perfilarse como el instalador único de la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos en el municipio. 3.3. Obras a realizar en la instalación de nuevos puntos de recarga rápida Cada nuevo punto de recarga rápida o semi-rápida llevará anexa dos plazas de estacionamiento. Se trata de realizar una instalación eléctrica para cada punto de enganche con la red general de distribución eléctrica y nuevo contrato, para uso específico de suministro de energía para dichos puntos. Se tendrán en cuenta las Ordenanzas Municipales y los condicionantes impuestos por los Organismos públicos afectados. La clase de corriente será alterna trifásica de 50 Hz de frecuencia y en régimen permanente. La tensión nominal será de 400 V entre fases y 230 V entre fase y neutro. Dicha corriente será suministrada por la compañía distribuidora desde sus redes de distribución. Los trabajos se realizarán bajo la licencia municipal pertinente concedida por el Ayuntamiento de Onda, a petición del adjudicatario de la concesión. La dirección técnica de las obras será realizada por un técnico competente designado por el adjudicatario. Todos los gastos necesarios para la concesión de la licencia, así como los honorarios facultativos de la mencionada dirección técnica serán a cargo del adjudicatario. En dos meses, a partir de la formalización del contrato, el Concesionario deberá solicitar la licencia municipal al Ayuntamiento. La solicitud irá acompañada del proyecto completo de las estaciones de recarga en sus ubicaciones definitivas. Desde la concesión de la licencia municipal por el Ayuntamiento de Onda, el concesionario dispondrá de cuatro (4 meses) para la ejecución de las obras e instalaciones conforme al cronograma que deberá incluirse en el proyecto correspondiente. Una vez finalizados los adilav/se.adno.ues//:sptth :nóicacifireV | zQ0N FVkN 3Q0M zIzN 2MkV :nóicadilaV .doC 13 ed 31 anigáP | ADNO ed OTNEIMATNUYA led acinórtcele edes al a etneicenetrep otnemucoD AJUNTAMENT D'ONDA El Pla, 1 Tel: 964 600 050 12200 ONDA (CASTELLÓ) Fax: 964 604 133 NIF: P-1208400-J trabajo e instalación, dentro de la primera semana del mes siguiente, el concesionario deberá presentar un informe con las unidades realmente instaladas, con un desglose de información por cada punto de recarga en el que se incluirá: planos de ubicación, situación mediante coordenadas UTM referidas al huso 30 de la proyección 25830 de la referencia espacial ETRS89, fichero SHP con la información detallada en el apartado 2.3. de este Pliego, elementos que forman cada punto, características técnicas, puntos de conexión de las instalaciones eléctricas, etc. Los trabajos a llevar a cabo son los siguientes para cada uno de los puntos de recarga a instalar: 1. Instalación de dispositivos de protección y medida CAJA GENERAL DE PROTECCIÓN Y EQUIPO DE MEDIDA (CGPM). La frontera de inicio de la instalación la marca la caja general de protección. Ésta será acorde a las exigencias de la compañía distribuidora, y constará de los siguientes elementos: • Caja de seccionamiento con bases fusibles • Caja de medida En caso de ser acometida subterránea, se instalará siempre un nicho, revestido exteriormente de acuerdo con las características del entorno y estará protegido contra la corrosión disponiendo de cerradura normalizada por la empresa suministradora. La parte inferior de la puerta estará a un mínimo de 30 cm del suelo. Quedará emplazada en la acera, con acceso desde la vía pública. En el nicho se dejarán previstos los orificios necesarios para alojar los conductos para la entrada de las acometidas subterráneas de la red general. CUADRO DE MANDO Y PROTECCIÓN Albergará todos los elementos necesarios para la protección y maniobra de los circuitos de alimentación al punto de recarga. Las protecciones instaladas serán las necesarias para el cumplimiento del REBT y se enumeran a continuación: a) Protección contra contactos : Toda la instalación estará protegida y se evitará la posibilidad de contacto directo con partes no aisladas en tensión. Para ello, todos los conductores utilizados en la instalación presentarán un nivel de aislamiento 0,6/1kV y todas las conexiones se realizarán en el interior de envolventes. En cuanto a la protección contra contactos indirectos, se instalará un sistema consistente en la puesta a tierra de las masas y la instalación de un interruptor diferencial. b) Protección contra sobreintensidades y sobretensiones : Todos los circuitos de alimentación de los puntos de recarga se protegen en cabecera, dentro del cuadro de mando y protección, por medio de interruptores magnetotérmicos, de modo que el límite de intensidad de corriente admisible de cualquier cable quede en todo momento garantizado por el calibre del interruptor utilizado. En cuanto a la protección contra sobretensiones, obligatoria en este tipo de instalaciones según lo dispuesto en la ITC-BT 52, se garantizará con la instalación de un descargador de sobretensiones en el cuadro de mando y protección, además de dispositivos de protección contra sobretensiones temporales incluido sen el propio punto de recarga. 2. Línea de derivación desde la CGPM hasta el punto de recarga La alimentación del punto de recarga se hará a través de circuitos trifásicos con cables de cobre unipolares (tres fases más neutro) de aislamiento TZ1-K (AS) 0,6/1 KV que, partiendo de la CGPM, discurrirán instalados bajo tubo soterrado de nueva construcción hasta el adilav/se.adno.ues//:sptth :nóicacifireV | zQ0N FVkN 3Q0M zIzN 2MkV :nóicadilaV .doC 13 ed 41 anigáP | ADNO ed OTNEIMATNUYA led acinórtcele edes al a etneicenetrep otnemucoD AJUNTAMENT D'ONDA El Pla, 1 Tel: 964 600 050 12200 ONDA (CASTELLÓ) Fax: 964 604 133 NIF: P-1208400-J embornado del punto de recarga. Los trabajos de obra civil incluirán apertura y cierre de zanjas en acera, calzada o similar hasta una profundidad de 0,70 m, incluido protección de conductor con capa de hormigón de 10 cm de espesor, canalización con un tubo de 160 mm de diámetro, doble capa liso interior, corrugado exterior, no propagador de la llama y con resistencia a la compresión de 250N, con reposición de pavimento o calzada. 3. Suministro, instalación, conexión y puesta en servicio del punto de recarga El punto de recarga se instalará sobre una bancada construida conforme a las directrices marcadas por el fabricante. Al igual que para la instalación y conexionado del mismo que también seguirá las pautas de éste. Las principales características de los puntos de recarga se detallan en el Anexo II. 3.4. Mantenimiento: servicio de asistencia técnica Para asegurar la infraestructura y disponibilidad de los puntos de recarga es necesario disponer de un correcto plan de mantenimiento y supervisión de los mismos de tal forma que se garantice el correcto funcionamiento del equipo y se prevea las incidencias que pudieran ocurrir. El concesionario se compromete a disponer de un Servicio de Asistencia Técnica implantado en Onda, que pueda efectuar el mantenimiento preventivo y correctivo de la red de puntos de recarga atendiendo las incidencias con un tiempo de respuesta máximo de 48 horas, disponiendo además, de un stock de piezas de repuesto esenciales a detallar en la oferta, sin coste alguno para el Ayuntamiento. La empresa concesionaria deberá proporcionar el plan de mantenimiento de la instalación en el que se deberá detallar claramente las actuaciones que engloban todas las operaciones necesarias durante la vida útil de la instalación que asegure su funcionamiento y prolongue la vida de la misma mediante la realización de acciones preventivas y correctivas de toda la instalación. El plan de mantenimiento deberá incluir los siguientes tipos de mantenimiento: 1) MANTENIMIENTO PREVENTIVO Serán operaciones de inspección visual, verificación de actuaciones, limpieza y otros que, aplicados a la instalación, deben permitir mantener las condiciones de funcionamiento, prestaciones, protección y durabilidad dentro de los límites aceptables. La empresa concesionaria agrupará las actividades de mantenimiento preventivo en torno a diversas gamas de mantenimiento y planificará las diferentes intervenciones en los periodos previstos. El mantenimiento preventivo incluirá la periodicidad de las visitas en las que se realizará la actividades requeridas. 2) MANTENIMIENTO CORRECTIVO Incluye todas las operaciones de reparación y/o sustituciones necesarias para asegurar que el sistema funciona correctamente durante su vida útil. • La visita para identificación de cualquier avería deberá cumplir con los siguientes plazos: máximo de 48 horas por avería que al funcionamiento (72 h caso de ser viernes o festivo); máximo de 72 horas si la avería no afecta al funcionamiento (96 h en el caso de ser viernes o festivo), desde la detección de la avería. • En la visita de identificación de la avería, los técnicos desplazados a la instalación irán dotados del material necesario para identificar convenientemente y por completo la avería. En caso de que las actuaciones necesarias sean de pequeño adilav/se.adno.ues//:sptth :nóicacifireV | zQ0N FVkN 3Q0M zIzN 2MkV :nóicadilaV .doC 13 ed 51 anigáP | ADNO ed OTNEIMATNUYA led acinórtcele edes al a etneicenetrep otnemucoD AJUNTAMENT D'ONDA El Pla, 1 Tel: 964 600 050 12200 ONDA (CASTELLÓ) Fax: 964 604 133 NIF: P-1208400-J mantenimiento, realizarán, en ese momento, las reparaciones o actuaciones necesarias. A modo de ejemplo, se incluyen operaciones de pequeño mantenimiento: rearme de protecciones, reinicio de equipos, sustitución de equipamiento electrónico, reconfiguraciones de sistemas de comunicación, reapriete de conexiones, etc. Todo el mantenimiento será sin coste alguno para el Ayuntamiento de Onda, incluidas las piezas o reposición por mantenimiento correctivo. 3.5. Pruebas y puesta en servicio de la instalación Para cada punto de recarga se efectuará la puesta en servicio de la instalación y se efectuarán diversas pruebas de la instalación de cada uno de ellos, que incluirá como mínimo las siguientes: • Recarga de un mínimo de tres modelos diferentes de vehículos eléctricos para todos los tipos de carga. Los vehículos necesarios para las pruebas deberán ser aportados por el adjudicatario. • Comprobación del correcto funcionamiento de los puntos de recarga así como de todas las diferentes funcionalidades de los mismos. • Verificación de la comunicación remota de cada punto de recarga con el software específico del fabricante. Además de cuanto antecede, el adjudicatario deberá suministrar a su cargo: • Todos los logotipos en los puntos de recarga que indique el Ayuntamiento, así como los procedimientos de operación y funcionamiento del sistema, teléfonos de avisos de incidencias, página web, etc. • Todos los accesorios de anclajes parta su completa instalación y protecciones magnetotémicas y diferenciales autorearmables en los cuadro eléctricos. • La legalización (Boletines eléctricos a Industria, etc.) de la conexión a los cuadros eléctricos. • El suministro e instalación del cableado para la instalación de los puntos de recarga. 3.6. Plataforma de gestión y monitorización de la red EL sistema de Gestión de Puntos de Recarga (SPGR) centralizará toda la información de cada uno de ellos, almacenando en servidores, periódicamente de manera segura, la información de valor para la explotación de la red. Se usarán métricas tipo KPI (Key Performance Indicator), que ayudan a identificar el rendimiento y uso de los puntos de recarga. El conjunto de los diferentes KPIs genera información en tiempo real sobre la estadística descriptiva, tendencias o anomalías matemáticas en el valor de cada una de las señales, de los diferentes puntos de recarga. Los mínimos KPIs a indicar son: ● KPIs por cada equipo o punto de recarga: ➔ Horas de funcionamiento/Dia ➔ Límites de funcionamiento ➔ Rendimientos ● KPIs del total de puntos de recarga que integran la red de recarga pública: ➔ Consumo de energía total ➔ Consumo energético por instalación o zona que disponga de contador. adilav/se.adno.ues//:sptth :nóicacifireV | zQ0N FVkN 3Q0M zIzN 2MkV :nóicadilaV .doC 13 ed 61 anigáP | ADNO ed OTNEIMATNUYA led acinórtcele edes al a etneicenetrep otnemucoD AJUNTAMENT D'ONDA El Pla, 1 Tel: 964 600 050 12200 ONDA (CASTELLÓ) Fax: 964 604 133 NIF: P-1208400-J ➔ Consumo energético en el tiempo, distinguiendo entre dias laborables y festivos y horas con y sin actividad productiva. ➔ Coste total de energía consumida. ➔ Energía residual por hora de no actividad. ➔ Coste de energía residual por hora de no actividad. ➔ Consulta de históricos. ● Consulta de incidencias que se podrán visualizar por: ➔ Selector de tiempo ➢ Año/Mes/Semana completa ➢ Día puntual ➢ Rango de fechas ➔ Selector de tipo de anomalía ➔ Selector de punto de recarga 3.7. Condiciones de acceso electrónico El acceso a los puntos de recarga será, preferentemente, a través de una aplicación para dispositivos móviles (App) que permitirá al usuario: ● Registrase ● Obtener información de los puntos de recarga a través de un mapa con visualización de los mismos, con información detallada de cada uno (tipos de conectores disponibles, potencia de carga, características técnicas, etc) el estado en que se encuentra en tiempo real y el coste de la recarga. ● Reservar un punto de recarga antes de desplazarse hasta el mismo, para asegurarse que estará disponible cuando llegue. ● Recargar su vehículo eléctrico en los puntos de recarga establecidos, seleccionando para ello la cantidad de energía o importe que quiere gastar. ● Obtener información de uso de la App, en concreto el detalle de cada una de sus recargas. La interfaz de usuario será accesible desde cualquier navegador a través de la web o de aplicaciones para dispositivos móviles, tanto en sistemas operativos Android o IOS. El concesionario deberá proveer toda la información al Ayuntamiento de tal manera que se pueda integrar en la plataforma Smart City y por consiguiente en la App municipal. Las condiciones de acceso electrónico al servicio de recarga mediante la aplicación de dispositivos móviles serán las siguientes: ✔ Identificación y acceso a los puntos de recarga ✔ Suministro de energía eléctrica ✔ Acceso a la aplicación de recarga desde dispositivo móvil, mediante la que se permite conocer la ubicación y disponibilidad de la red de puntos de recarga, conocer sus características técnicas, reservar con anticipación su uso, visualizar los consumos, realizar recargas de saldo, consultar el histórico de recargas o recibir aviso de interrupción imprevista o finalización de las recargas, entre otras funcionalidades ✔ Servicio de atención al cliente, por vía telemática o telefónica (24h), para atender cualquier consulta o incidencia en la prestación del servicio. adilav/se.adno.ues//:sptth :nóicacifireV | zQ0N FVkN 3Q0M zIzN 2MkV :nóicadilaV .doC 13 ed 71 anigáP | ADNO ed OTNEIMATNUYA led acinórtcele edes al a etneicenetrep otnemucoD AJUNTAMENT D'ONDA El Pla, 1 Tel: 964 600 050 12200 ONDA (CASTELLÓ) Fax: 964 604 133 NIF: P-1208400-J 3.8. Canon de la concesión El artículo 80 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, establece: En toda concesión sobre bienes de dominio público se fijarán las cláusulas con arreglo a las cuales se otorgare, y sin perjuicio de las que se juzgaren convenientes, constarán de: … 7ª Canon que hubiere de satisfacer a la Entidad Local que tendrá el carácter de tasa y comportará el deber del concesionario o autorizado de abonar el importe de los daños y perjuicios que se causaren a los mismos bienes o al uso general o servicio al que estuvieren destinados. … Para el cálculo del canon se tendrá en cuenta el estudio de Viabilidad Económica y Financiera que presentará el licitador. No obstante, a tenor de lo dispuesto en el artículo 93.4 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas las concesiones de uso privativo o aprovechamiento especial del dominio público podrán ser gratuitas, otorgarse con contraprestación o condición o estar sujetas a la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial de bienes del dominio público. Además, el mismo precepto legal citado prevé que no estarán sujetas a la tasa en el caso que la utilización o aprovechamiento especial de bienes de dominio público no lleve aparejada una utilidad económica para el concesionario o, aún existiendo dicha utilidad, el uso o aprovechamiento entrañe condiciones o contraprestaciones para el beneficiario que anulen o hagan irrelevante aquella. En el objeto de la presente concesión se prevé que es contraprestación suficiente la inversión a realizar y, durante la vigencia de la presente concesión, no se gravará canon de la misma, salvo que ésta se presente, por los licitadores, como mejora en los criterios de adjudicación, dado que se requerirá un estudio de viabilidad económico-financiero en presentación de las plicas. Tampoco se derivará ninguna obligación económica para el Ayuntamiento siendo de cuenta del concesionario cualquier gasto que se pueda originar por la misma. El canon de la concesión no exime al adjudicatario del pago de los tributos municipales que graven su actividad (IAE) o que se deriven de las licencias y autorizaciones que se vea obligado a obtener como consecuencia de su instalación. Para el cálculo del canon anual de la concesión, se considerará una ocupación total de 1008 m2, correspondientes al espacio reservado para los vehículos y las instalaciones anexas para la recarga eléctrica. Se asignaran un total de 14 plazas de aparcamiento, dos de ellas de dimensiones mínimas para vehículos de personas con movilidad reducida. El cálculo del canon de la concesión se basa en el valor del suelo afectado a la concesión. Según lo indicado en el Art. 92.2 del REBEL, el importe mínimo del canon de la concesión será el 6% del valor de la superficie de suelo afectada. Valor del suelo: 28.085,40 € adilav/se.adno.ues//:sptth :nóicacifireV | zQ0N FVkN 3Q0M zIzN 2MkV :nóicadilaV .doC 13 ed 81 anigáP | ADNO ed OTNEIMATNUYA led acinórtcele edes al a etneicenetrep otnemucoD AJUNTAMENT D'ONDA El Pla, 1 Tel: 964 600 050 12200 ONDA (CASTELLÓ) Fax: 964 604 133 NIF: P-1208400-J Se establece un Canon mínimo anual de 1.685,12 euros, susceptibles de mejorar al alza. Éste canon tendrá naturaleza de tasa y estará exento de IVA. El importe del canon se revisará anualmente conforme al IPC. 4. SOLVENCIA TÉCNICA Y REQUISITOS Los licitadores, tanto nacionales como extranjeros deberán justificar su solvencia económica, financiera y técnica conforme a los criterios definidos a continuación. A efectos de la acreditación de la solvencia, en las uniones temporales de empresas se tendrá en cuenta la acumulación de los extremos acreditados por cada uno de los miembros que integren la agrupación, con las particularidades que se establecen en el presente pliego. 4.1. SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA De acuerdo con el artículo 87 de la LCSP, la solvencia económica y financiera se acreditará a través del volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos. En caso de que la oferta sea presentada por una agrupación de licitadores, el volumen global de negocios requerido podrá acreditarse mediante la suma del obtenido por cada una de las entidades partícipes, si bien únicamente se computará en este sentido la cifra de aquellas empresas que participen en, al menos, un 10% en la futura UTE. La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del empresario se efectuará mediante la aportación de los certificados y documentos que para cada caso se determinen reglamentariamente, de entre plos siguientes: certificación bancaria, póliza o certificado de seguro por roeso profesionales, cuentas anuales y declaración del empresario indicando el volumen de negocios global de la empresa. 4.2. SOLVENCIA TÉCNICA La solvencia técnica de los empresarios se acrediatrá, en aplicación de lo dispuesto en los artículo 90 y 91 de la LCSP, mediante la relación de los principales trabajos o servicios realizados en los últimos tres años. Al menos uno de ellos deberá tener un importe igual o mayor de 30.000 euros. Los servicios o trabajos se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; o cuando sea un sujeto privado, mediante certificado expedido por éste o, a falta de dicho certificado, mediante una declaración del empresario. 4.3. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO OFICIAL DE LICITADORES Y EMPRESAS CLASIFICADAS DEL SECTOR PÚBLICO La inscripción en el mencionado Registro acreditará frente a todos los órganos de ocntratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera, y adilav/se.adno.ues//:sptth :nóicacifireV | zQ0N FVkN 3Q0M zIzN 2MkV :nóicadilaV .doC 13 ed 91 anigáP | ADNO ed OTNEIMATNUYA led acinórtcele edes al a etneicenetrep otnemucoD AJUNTAMENT D'ONDA El Pla, 1 Tel: 964 600 050 12200 ONDA (CASTELLÓ) Fax: 964 604 133 NIF: P-1208400-J clasificación, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de ocntratar que deban constar en el mismo. 5. DURACIÓN El plazo de duración de la concesión demanial se establece en diez (10) años contados desde la fecha en que se formalice la concesión, pudiéndose prorrogar anualmente a su vencimiento, hasta un máximo de cinco (5) prórrogas anuales. La fecha de inicio de la ejecución del contrato será el primer día del mes siguiente al de su formalización. A la finalización del contrato, quedarán extinguidos cuantos derechos y obligaciones nazcan del mismo para el contratista y el Ayuntamiento. Las mejoras introducidas en las instalaciones durante la ejecución del contrato, revertirán al Ayuntamiento a la finalización del mismo. 6. RETRIBUCIÓN DEL CONCESIONARIO La contraprestación económica a percibir por el concesionario procederá, exclusivamente, de los ingresos por tarifas en los puntos de recarga en concepto de pago por la energía eléctrica consumida en cada acción de recarga por cada vehículo. 7. REVERSIÓN Al finalizar el plazo de adjudicación o de sus prórrogas estipulado en el presente Pliego, los espacios y elementos cedidos, existentes al momento de adjudicar la concesión, así como los nuevos elementos instalados durante su vigencia, conforme a la oferta del concesionario, revertirán al Ayuntamiento. 8. LEGISLACIÓN ESPECIFICA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO Real Decreto Ley 15/2018 de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores. Real Decreto 1053/2014, de 12 de diciembre, por el que se aprueba una nueva Instrucción Técnica Complementaria (ITC) BT 52 "Instalaciones con fines especiales. Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos", del Reglamento electrotécnico para baja tensión, aprobado por Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, y se modifican otras instrucciones adilav/se.adno.ues//:sptth :nóicacifireV | zQ0N FVkN 3Q0M zIzN 2MkV :nóicadilaV .doC 13 ed 02 anigáP | ADNO ed OTNEIMATNUYA led acinórtcele edes al a etneicenetrep otnemucoD AJUNTAMENT D'ONDA El Pla, 1 Tel: 964 600 050 12200 ONDA (CASTELLÓ) Fax: 964 604 133 NIF: P-1208400-J técnicas complementarias del mismo. Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión (Corregido por el Real Decreto 1053/2014 y el Real Decreto 560/2010). Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. Ley 33/2003 del Patrimonio de la Adminsitración Pública en lo que resulte de aplicación a la Administración local. RD 1373/2009, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 33/2003. La legislación de régimen local y en especial Reglamento de Bienes de las Entidades Locales aprobado RD 1372/1983. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos del Sector Publico PGMOU vigente del municipio de Onda. Así como otras normas de aplicación que no hayan sido listadas en este apartado. 9. FINANCIACIÓN Y GESTIÓN ECONÓMICA Una vez formalizada la concesión, el operador Concesionario tiene que prestar la actividad de recarga bajo su estricta responsabilidad, a su riesgo y ventura. En cualquier caso, el Ayuntamiento de Onda velará por la disciplina en la prestación de la actividad de recarga, ejerciendo funciones de dirección, tutela y sanción con la finalidad de asegurar el cumplimiento de la concesión. El Ayuntamiento de Onda no realizará aportación económica alguna para el sostenimiento de la concesión, consistiendo su aportación en la concesión para el uso de los terrenos públicos que se señalen expresamente al objeto de emplazar los cargadores necesarios para la prestación de la actividad de recarga pública de vehículos eléctricos durante la vigencia de la concesión. El Concesionario asumirá la financiación de la totalidad de las obras de la instalación y explotación objeto de la presente concesión. La ejecución de la concesión deberá ser sostenible económicamente. La empresa adjudicataria no podrá requerir, en ningún caso, un restablecimiento del equilibrio económico ni durante ni tras el periodo de concesión. Al objeto de demostrar la sostenibilidad económica de la concesión, cada licitador deberá presentar un Plan financiero con la inversión a realizar, incluyendo la inversión inicial y anual. El licitador tendrá que detallar la inversión inicial que se compromete a realizar y los gastos de explotación anual del sistema. adilav/se.adno.ues//:sptth :nóicacifireV | zQ0N FVkN 3Q0M zIzN 2MkV :nóicadilaV .doC 13 ed 12 anigáP | ADNO ed OTNEIMATNUYA led acinórtcele edes al a etneicenetrep otnemucoD AJUNTAMENT D'ONDA El Pla, 1 Tel: 964 600 050 12200 ONDA (CASTELLÓ) Fax: 964 604 133 NIF: P-1208400-J 10 . SECUESTRO DE LA CONCESIÓN Si el adjudicatario incurriera en infracciones de carácter muy grave que pusieran en peligro la prestación del servicio objeto del presente Pliego de Condiciones, el Ayuntamiento de Onda podrá secuestrar la concesión del servicio, de acuerdo con el Reglamento de servicios delas Corporaciones Locales. 11 . INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO La interpretación administrativa del contrato corresponderá única y exclusivamente al Ayuntamiento de Onda, el cual resolverá las dudas que puedan producirse en base a la Ley de Régimen Local, reglamentos dictados para su aplicación y demás disposiciones legales que le sean de aplicación. La interpretación técnica de la ejecución del contrato corresponderá única y exclusivamente al Ayuntamiento de Onda, quedando por tanto la empresa o contratista adjudicatario obligado a ejecutar todos los trabajos y servicios que aquél le ordene, aun cuando no se hallen expresamente definidos en el presente Pliego de Condiciones o en el contrato, siempre que sin separarse de su espíritu y recta interpretación no se opongan manifiestamente al mismo. Onda, fecha al margen DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE adilav/se.adno.ues//:sptth :nóicacifireV | zQ0N FVkN 3Q0M zIzN 2MkV :nóicadilaV .doC 13 ed 22 anigáP | ADNO ed OTNEIMATNUYA led acinórtcele edes al a etneicenetrep otnemucoD AJUNTAMENT D'ONDA El Pla, 1 Tel: 964 600 050 12200 ONDA (CASTELLÓ) Fax: 964 604 133 NIF: P-1208400-J A NEXO I – LOCALIZACIÓN EN PLANOS DE LOS DIFERENTES APARCAMIENTOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD Plano ubicación puntos de recargas CASCO URBANO adilav/se.adno.ues//:sptth :nóicacifireV | zQ0N FVkN 3Q0M zIzN 2MkV :nóicadilaV .doC 13 ed 32 anigáP | ADNO ed OTNEIMATNUYA led acinórtcele edes al a etneicenetrep otnemucoD AJUNTAMENT D'ONDA El Pla, 1 Tel: 964 600 050 12200 ONDA (CASTELLÓ) Fax: 964 604 133 NIF: P-1208400-J ZONA APEADERO adilav/se.adno.ues//:sptth :nóicacifireV | zQ0N FVkN 3Q0M zIzN 2MkV :nóicadilaV .doC 13 ed 42 anigáP | ADNO ed OTNEIMATNUYA led acinórtcele edes al a etneicenetrep otnemucoD AJUNTAMENT D'ONDA El Pla, 1 Tel: 964 600 050 12200 ONDA (CASTELLÓ) Fax: 964 604 133 NIF: P-1208400-J A NEXO II - EMPLAZAMIENTO DE LOS DIFERENTES PUNTOS DE RECARGA 1.- Aparcamiento MONTÍ Punto conexión a red eléctrica Emplazamiento en la zona de parking Punto de conexión Plazas para vehículos eléctricos adilav/se.adno.ues//:sptth :nóicacifireV | zQ0N FVkN 3Q0M zIzN 2MkV :nóicadilaV .doC 13 ed 52 anigáP | ADNO ed OTNEIMATNUYA led acinórtcele edes al a etneicenetrep otnemucoD AJUNTAMENT D'ONDA El Pla, 1 Tel: 964 600 050 12200 ONDA (CASTELLÓ) Fax: 964 604 133 NIF: P-1208400-J 2.- Aparcamiento PABELLÓN VÍCTOR CABEDO Punto conexión a red eléctrica Emplazamiento en la zona de parking Punto de conexión a la red eléctrica Plazas para vehículos eléctricos adilav/se.adno.ues//:sptth :nóicacifireV | zQ0N FVkN 3Q0M zIzN 2MkV :nóicadilaV .doC 13 ed 62 anigáP | ADNO ed OTNEIMATNUYA led acinórtcele edes al a etneicenetrep otnemucoD AJUNTAMENT D'ONDA El Pla, 1 Tel: 964 600 050 12200 ONDA (CASTELLÓ) Fax: 964 604 133 NIF: P-1208400-J 3.- Aparcamiento PANDEROLA Punto conexión a red eléctrica Emplazamiento en la zona de parking Punto conexión a la red eléctrica (C/. Alfonso Pallares) Plazas para vehículos eléctricos adilav/se.adno.ues//:sptth :nóicacifireV | zQ0N FVkN 3Q0M zIzN 2MkV :nóicadilaV .doC 13 ed 72 anigáP | ADNO ed OTNEIMATNUYA led acinórtcele edes al a etneicenetrep otnemucoD AJUNTAMENT D'ONDA El Pla, 1 Tel: 964 600 050 12200 ONDA (CASTELLÓ) Fax: 964 604 133 NIF: P-1208400-J 4.- Aparcamiento PLAZA 8 DE MARZO Punto conexión a red eléctrica Emplazamiento en la zona de parking Punto conexión a la red eléctrica (C/. 8 de Març) Plazas para vehículos eléctricos adilav/se.adno.ues//:sptth :nóicacifireV | zQ0N FVkN 3Q0M zIzN 2MkV :nóicadilaV .doC 13 ed 82 anigáP | ADNO ed OTNEIMATNUYA led acinórtcele edes al a etneicenetrep otnemucoD AJUNTAMENT D'ONDA El Pla, 1 Tel: 964 600 050 12200 ONDA (CASTELLÓ) Fax: 964 604 133 NIF: P-1208400-J 5.- Aparcamiento - Av. Montanejos (zona Ciudad Deportiva) P a re d u e n l t é o c c tr o ic n a e x ió n Emplazamiento en la zona de parking Punto conexión a la red eléctrica (Av Montanejos) Plazas para vehículos eléctricos adilav/se.adno.ues//:sptth :nóicacifireV | zQ0N FVkN 3Q0M zIzN 2MkV :nóicadilaV .doC 13 ed 92 anigáP | ADNO ed OTNEIMATNUYA led acinórtcele edes al a etneicenetrep otnemucoD AJUNTAMENT D'ONDA El Pla, 1 Tel: 964 600 050 12200 ONDA (CASTELLÓ) Fax: 964 604 133 NIF: P-1208400-J 6.- Aparcamiento APEADERO P a re d u e n l t é o c c tr o ic n a e x ió n Emplazamiento en la zona de parking Punto conexión a la red eléctrica Plazas para vehículos eléctricos adilav/se.adno.ues//:sptth :nóicacifireV | zQ0N FVkN 3Q0M zIzN 2MkV :nóicadilaV .doC 13 ed 03 anigáP | ADNO ed OTNEIMATNUYA led acinórtcele edes al a etneicenetrep otnemucoD AJUNTAMENT D'ONDA El Pla, 1 Tel: 964 600 050 12200 ONDA (CASTELLÓ) Fax: 964 604 133 NIF: P-1208400-J 7.- Aparcamiento COL. BALTASAR RULL Punto conexión a red eléctrica Emplazamiento en la zona de parking Punto conexión a la red eléctrica Plazas para vehículos eléctricos adilav/se.adno.ues//:sptth :nóicacifireV | zQ0N FVkN 3Q0M zIzN 2MkV :nóicadilaV .doC 13 ed 13 anigáP | ADNO ed OTNEIMATNUYA led acinórtcele edes al a etneicenetrep otnemucoD