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DECRETO
Documento: RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA RECTIFICACIÓN PLIEGO
DE CONDICIONES
Asunto: VA/25 CONCESIÓN DEMANIAL CARGADOR VEHÍCULOS
ELÉCTRICOS
AYUNTAMIENTO Expediente Nº: 151/2025 (VA.-05/25)
DE MORATALLA
Servicio: Secretaría General
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Considerando lo dispuesto en el artículo 109.2, “Revocación de actos y rectificación de errores”, de la
Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, “2.
Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los
interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.
Visto el Pliego de condiciones de la concesión demanial de un cargador de vehículos eléctricos, expe-
diente nº 151/2025 (VA-. 05/25),
Donde dice: CLÁUSULA PRIMERA. Objeto del Contrato y calificación
Constituye el objeto del contrato la concesión administrativa de uso privativo del bien de dominio pú-
blico, propiedad del Ayuntamiento de Moratalla, sito en:
Carretera de Caravaca, 43, 30.440, Moratalla (Murcia); coordenadas: 38.18459413005791,
1.8906265489349325.
Para la instalación, mantenimiento, gestión y explotación de un punto de recarga de 2 vehículos eléc-
tricos (a 22kW en AC simultáneamente).
El contrato definido tiene la calificación de contrato privado, tal y como establece el artículo 9 de la Ley
9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico
español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de
2014.
Debe decir:
CLÁUSULA PRIMERA. Objeto del Contrato y calificación
Constituye el objeto del contrato la concesión administrativa de uso privativo del bien de dominio pú-
blico, propiedad del Ayuntamiento de Moratalla, sito en:
Carretera de Caravaca, 43, 30.440, Moratalla (Murcia); coordenadas: 38.18459413005791,
1.8906265489349325.
Para la instalación, mantenimiento, gestión y explotación de un punto de recarga de 2 vehículos eléc-
tricos (a 22kW en AC simultáneamente).
Estas características del punto de recarga tienen la condición de mínimos, pero es posible me-
jorar las citadas condiciones del equipo para optimizar la experiencia de los usuarios.
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Documento firmado por: Cargo: Fecha/hora:
VICTOR MORCILLO SORIANO (AYUNTAMIENTO DE MORATALLA) SECRETARIO GENERAL 14/03/2025 13:48
JUAN PASCUAL SORIA MARTINEZ ALCALDE 14/03/2025 13:49
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DECRETO
El contrato definido tiene la calificación de contrato privado, tal y como establece el artículo 9 de la Ley
9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico
español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de
2014.
Visto el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, esta Alcaldía,
en uso de las atribuciones que tiene conferidas
RESUELVE
PRIMERO. - Rectificar la Cláusula Primera: Objeto del contrato y calificación, en el sentido arriba indicado.
SEGUNDO. - Publicar la presente Resolución en la Plataforma de Contratación del Sector Público Estatal.
Documento firmado digitalmente en la fecha y por el/los cargo/s indicado/s a pie de página, hacién-
dolo el Secretario a los efectos de fe pública y para su transcripción al Libro de Resoluciones.
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Documento firmado por: Cargo: Fecha/hora:
VICTOR MORCILLO SORIANO (AYUNTAMIENTO DE MORATALLA) SECRETARIO GENERAL 14/03/2025 13:48
JUAN PASCUAL SORIA MARTINEZ ALCALDE 14/03/2025 13:49