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<!-- image --> INFORME SOBRE EL ESCRITO DE JUSTIFICACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICA POR SU CARÁCTER ANORMALMENTE BAJO, DEL EXPEDIENTE DENOMINADO CONTRATO DE SERVICIOS DENOMINADO 'CAMPAMENTOS DE VERANO EN RÉGIMEN DE PENSIÓN COMPLETA CON PRODUCTOS DE COMERCIO JUSTO EN LA RESIDENCIA NUESTRA SEÑORA DE LA PALOMA', A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO. Nº Expediente: 300/2025/03434 Con fecha 31 de marzo de 2025, tuvo lugar la mesa de contratación del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad de apertura de la documentación para la valoración de 300/2025/03434 los criterios cuantificables en cifras y porcentajes del contrato CAMPAMENTOS DE VERANO EN RÉGIMEN DE PENSIÓN COMPLETA CON PRODUCTOS DE COMERCIO JUSTO EN LA RESIDENCIA NUESTRA SEÑORA DE LA PALOMA '. A la vista de los criterios ofertados, y teniendo en cuenta lo previsto en relación a los parámetros que determinan el umbral de anormalidad, establecidos en el Anexo I del PCAP, en el presente supuesto incurre en presunción de oferta anormalmente baja las dos entidades que siguen: - Laika Ocio, S.L. - NIF.: B67704635 Centro de Actividades Vera, S.L., NIF.: B80333347 Por tal motivo, se requirió a dichas entidades que, en el plazo de 3 días hábiles, justificasen y desglosaran razonada y detalladamente el bajo nivel de los precios, o de costes, mediante la presentación de aquella información y documentos que resulten pertinentes a estos efectos y en particular: a) El ahorro que permita el procedimiento de prestación de los servicios prestados. b) Las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para prestar los servicios. c) La innovación y originalidad de las soluciones propuestas para prestar el servicio. d) El respeto de medioambiental, obligaciones social o que laboral, y resulten de aplicables subcontratación, en no materia siendo justificables precios por debajo de mercado o que incumplan lo establecido en el artículo 201. e) O la posible obtención de una ayuda de Estado o subvención. 1 <!-- image --> Con fecha 9 de abril, en plazo y forma, ha respondido la entidad Centro de Actividades Vera, S.L., NIF.: B80333347, no habiendo atendido a este requerimiento la entidad Laika Ocio, S.L. NIF.: B67704635. Se pasa por lo tanto a analizar el requerimiento aportado por Centro de Actividades Vera, S.L., NIF.: B80333347. Centro de Actividades Vera, S.L., ha aportado un examen económico que recorre los costes sociales, gastos directos y coste de las mejoras ofertadas. En el capítulo de gastos por costes sociales, justifica la aplicación de una categoría profesional inferior al Coordinador y un convenio colectivo diferente del planteado en el estudio económico del contratante. Asimismo, ha realizado los cálculos para 1,8 meses, obteniendo un ahorro con todo ello sobre los costes sociales estimados. Sin embargo, no contempla la figura del auxiliar administrativo, que no puede entenderse incluida en los gastos generales tal y como indica el licitador, ya que se trata de un trabajo a tiempo completo durante 1,5 meses cada año. Por tanto en lo que refiere a este capítulo de costes de personal, se entiende que no se alcanza a dar cumplimiento a las obligaciones recogidas en el pliego con los recursos estimados por el licitador. En cuanto a los gastos directos, obvia el licitador la inclusión de la cuantía destinada a pequeñas reparaciones con lo que tampoco se justifica el cumplimiento que de esta otra obligación con la oferta presentada. Asimismo, el material fungible, calculado a tanto alzado de 5 euros por niño, no aparece justificado, siquiera de forma sucinta, para dar respuesta a todo lo que el licitador ha incluido como tal en el proyecto presentado y que, según el pliego, es vinculante para el contratista, lo cual se muestra a continuación: ## B) Material fungible (por turno) | Tipo | Descripci6n | Cantidad estimada | |----------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------| | Artistico | Pinturas, pinceles, rotuladores, cartulinas, papel continuo | Provision completa para 12 dias | | Escritura | Cuadernos de campo, hojas de registro, fichas ambientales | 1 por participante | | Dinamicas | Tarjetas de rol, pegatinas, distintivos tematicos | Segun grupos | | Higiene | Gel hidroalcoholico, material de limpieza puntual | Segun normativa | | Identificacion | Medallones simbolicos, diplomas, elementos finales de producto | 1 por participante | | Comedor | Envases estériles muestras APPCC, etiquetas identificacion menus especiales, guantes desech.sanitarial | Segun normativa | <!-- image --> | Tipo | Descripcion | Cantidad estimada | |------------------|-------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------| | Comercio justo | Producto certificado de comercio justo (azucar, cacao, galletas u otro autorizado) | Segun numero de participantes | | Cocina | Productos lavavajillas, detergentes especificos cocina, desinfectantes alimentarios | Provision completa por turno | | Limpieza general | Bolsas de basura, productos desinfeccion, detergentes suelos y superficies | Provision completa por turno | | Lavanderia | Detergentes textiles, desinfectantes, suavizantes | Provision completa por turno | | Pediculosis | Champus y tratamientos especificos libres de disruptores endocrinos | Segun necesidad | | Proteccion solar | Cremas solares para actividades exteriores (cuando no aportadas por familias) | Segun numero de menores | | Gestion residuos | Contenedores diferenciados y bolsas reciclaje | normativa ambiental | Por último, en el capítulo de costes directos hay que hacer especial mención a la alimentación para la cual se ha estimado en el estudio económico del contrato 120.000 euros y que en la oferta se reducen a 70.180,00 euros para todo el periodo de ejecución 2026-2027, esto es, un 41,52 % menos. Afirma que esto puede hacerlo 'gracias a la central de compras con la que contamos para la adquisición al por mayor, con un elevado volumen de transacciones anuales, conseguimos alcanzar un food cost muy ventajoso ' . La mera afirmación que hace está lejos de cumplir con la justificación detallada y razonada de 'las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para prestar los servicios' como exige la Ley de Contratos en su artículo 149, y que es absolutamente necesaria en una reducción de costes como la que presenta el licitador. Sin existir justificación económica, este órgano considera que esta reducción del coste de la alimentación no permite atender a las exigencias del pliego de cantidades suficientes y alimentos de primera calidad, con limitación de fritos y con exclusión de ultra procesados. Tan solo de forma ilustrativa, y llevando a cabo un ejercicio de situación, se realizan las siguientes 2 hipótesis que se plantean ante la falta de concreción y justificación insuficiente por el licitador: - 1.- Que con dicho importe alimente en régimen de pensión completa a 115 participantes más el staff durante 40 días completos. El staff se ha estimado en 29 personas, ya que los monitores y el coordinador (21 en total) están presentes de forma continua en el centro y tienen pensión completa: desayunan, comen, meriendan y cenan, a los que se suman 18 personas más a media pensión ya que no están todo el día (o desayunan y comen o meriendan y cenan) por lo que se computan al 50 %, esto es, 9 personas más a pensión completa. Esto hace un total de 144 usuarios que deben atenderse. <!-- image --> - 2.- Que con dicho importe se atiendan únicamente a los niños que participen y no al staff, hecho que debiera haberse señalado expresamente tal y como exige el artículo 149 de la Ley de Contratos del Sector Público y el requerimiento hecho por la mesa de contratación. En este caso se atenderían en pensión completa a 115 niños durante 40 días 1 . 1.- Nótese que en ambos casos se indican 40 días completos ya que el día de entrada no desayunan, que es lo único que hacen el día de salida del campamento. | | PARTICIPANTES ENPENSIÓN COMPLETA | COSTEPORDIA EN2026 | COSTEPORDÍA EN2027 | |------------|------------------------------------|----------------------|----------------------| | SUPUESTO 1 | 144 | 6,09 € | 5,91 € | | SUPUESTO 2 | 115 | 7,62 € | 7,40 € | En el presente cuadro se han estimado ambas opciones para cada año, teniendo en cuenta que a la cuantía asignada al año 2027 (35.090 euros) hay que restarle como mínimo el 2,9 del IPC (según estimaciones del licitador) con lo que queda una cuantía de 34.072,40 euros. Estas cuantías se entienden insuficientes y del todo incompatibles como ya se ha señalado, con los requisitos y calidad fijados en el pliego de prescripciones técnicas. Hay que tener en cuenta que el contrato prevé en el estudio económico aproximadamente entre 10 y 13 euros día para cada participante, según se trate de uno u otro escenario (para 115 o para 144 personas por turno). Si bien es cierto que estas cuantías pueden verse disminuidas por un operador económico, dicha reducción debe justificarse y hacerlo con especial detalle en una rebaja de más del 40 %. En artículo 149.4 de la Ley de Contratos del Sector Público señala que 'Se entenderá en todo caso que la justificación no explica satisfactoriamente el bajo nivel de los precios o costes propuestos por el licitador cuando esta sea incompleta o se fundamente en hipótesis o prácticas inadecuadas desde el punto de vista técnico, jurídico o económico. ' No procede solicitud de aclaración excepcional sobre la practicada habida cuenta que la omisión de algunos conceptos de gasto y la omisión de justificación alguna sobre otros conduce a la imposibilidad de contemplar un segundo requerimiento, dado que las deficiencias apreciadas no se pueden solventar con meras aclaraciones. Dado lo anterior, cabe concluir que el licitador Centro de Actividades Vera, S.L., no ha justificado ni desglosado razonada y detalladamente el bajo nivel de los precios, o de costes, o cualquier otro parámetro en base al cual se haya definido la anormalidad de la oferta, como exige el artículo 149 de la Ley de Contratos del Sector Público. Esto conlleva la conclusión de la inviabilidad económica de la oferta presentada. Asimismo, En virtud de lo manifestado anteriormente y de acuerdo con el art. 149.6 del TRLCSP, este órgano gestor propone a la mesa de contratación <!-- image --> - 1.- El rechazo de la oferta presentada por Laika Ocio, S.L. NIF.: B67704635 por no haber atendido al requerimiento de justificación de la oferta anormalmente baja realizada y no estar justificada la viabilidad económica de la misma con la consiguiente exclusión del licitador. - 2.- El rechazo de la oferta presentada por Centro de Actividades Vera, S.L., NIF.: B80333347 por no haber justificado suficientemente la oferta anormalmente baja realizada y por tanto la viabilidad económica de la misma con la consiguiente exclusión del licitador. ## Firmado electrónicamente EL ADJUNTO AL DEPARTAMENTO Pablo Benítez Llorente LA JEFA DEL SERVICIO DE ACTIVIDADES EDUCATIVAS Ana Isabel Diez Bermejo