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Expediente n.º: 17/2020
Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares
Procedimiento: Concesión Administrativa de Uso Privativo de un Bien de Dominio
Público en Régimen de Concurrencia.
Asunto: Electrolinera
Documento firmado por: El Alcalde
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
CLÁUSULA PRIMERA. Objeto del Contrato y calificación
Constituye el objeto del contrato la concesión administrativa de uso privativo
de un bien de dominio público que tenga las siguientes características:
Referencia catastral No catastrado por no estar georreferenciado
Localización Avda de Burgos ( altura nº 7)
Clase: Vía pública
Superficie: 25 m2
Coeficiente: 100%
Uso: Via pública
Año de Construcción: Indeterminada
Considerando la conveniencia de realizar una concesión administrativa de uso
privativo de un bien de dominio público por las siguientes causas1:
El Ayuntamiento de Belorado, sensible con la actual situación de contaminación
ambiental que nos afecta y la forma en que ello afecta a nuestra salud, a a la
naturaleza y a la fauna de nuestro entorno… ha asumido el compromiso de llevar a
cabo cuantas actuaciones estén en sus manos encaminadas a la reducción de la
emisión de gases efecto invernadero como consecuencia de su propia actividad,
impulsando y apoyando ( en el ejercicio de sus competencias) la promoción de todas
actividades que contribuyan a una mejora de calidad ambiental y reducción de la
contaminación ( desde fomento de actividades de reciclaje entre el personal
municipal, vecinos, empresas del municipio, apoyo a compra de vehículos eléctricos o
híbridos, instalaciones de energías limpias, etc).
En este sentido uno de los puntos de mayor interés para este Ayuntamiento en la
lucha contra el cambio climático es la paulatina incorporación de vehículos eléctricos
en sustitución de los vehículos de combustión. Además de fomentar entre la población
de esta localidad y la del conjunto de la ciudadanía burgalesa, castellano leonesa y
española el uso de este medio de comunicación que facilita la reducción de emisiones
de gases de efecto invernadero.
Además se busca facilitar la movilidad de estos medios de comunicación en auge
creciente en estos años, de forma que sea Belorado el anterior punto de recarga a la
1 De conformidad con lo establecido en el artículo 96.2 de la Ley 33/2003, de 3 de
noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas para la iniciación de oficio
de cualquier procedimiento de otorgamiento de una autorización o concesión, el
órgano competente deberá justificar la necesidad o conveniencia de la misma para el
cumplimiento de los fines públicos que le competen, que el bien ha de continuar
siendo de dominio público, y la procedencia de la adjudicación directa, en su caso.
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ciudad de Burgos yendo por la actual N120 o la próxima A12, igualmente no hay otro
punto de recarga hasta Nájera por el camino a Logroño en la A12.
Otra razón de esta inversión, es que durante el tiempo de recarga de 40min o una
hora que el coche tarde en realiza la recarga completa, este tiempo pueda ser
aprovechado por los pasajeros del vehículo para realizar compras o gestiones en los
servicios de la localidad, e incluso realizar turismo y visitar los elementos turísticos del
lugar.
Es obligación del concesionario la ejecución y puesta en marcha y funcionamiento de
la electrolinera citada, su adecuado conservación y mantenimiento periódico durante
la concesión y la obligación de reponer a su estado inicial el bien demanial cuando
finalice la concesión, para su uso como vía pública. Ello implica los costes de retirada
de todos los elementos vinculados a la prestación del servicio de electrolinera.
El bien sujeto a concesión administrativa se destinará a:
Instalación y explotación de un equipo que proporcione carga rápida para dos
vehículos eléctricos, en la ubicación determinada en el pliego de prescripciones
técnicas, para garantizar el abastecimiento eléctrico de la incipiente flota de vehículos
eléctricos que pueden pasar por la localidad con la actual N-120, y en las cercanías
con la futura A-12. Ello se pretende unir al fomento de las posibilidades turísticas y de
servicios del municipio, ofreciendo una herramienta atractiva que “invite” al conductor
a conocer nuestra localidad, nuestra oferta, servicios y comercios , al menos, durante
la recarga.
Dos plazas de aparcamiento de 2,25X5m
Cuadro de protección y maniobra 0,5 X 1,88 m=
Punto recarga 1,05 X 1 m
Total 24,5 m2 .
Por redondeo 25 m2.
Corre por cuenta del concesionario todas las obras, instalaciones, equipos y
elementos adyacentes que permitan la instalación, funcionamiento, conservación y
mantenimiento de la electrolinera durante el tiempo de vigencia de la concesión, así
como los trabajos y actuaciones precisos a la finalización de la concesión para la
retirada y reposición de los bienes demaniales a su estado original.
El contrato definido tiene la calificación de contrato privado, tal y como
establece el artículo 9 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del
Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de
2014.
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CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación
La forma de adjudicación de la concesión será el procedimiento de
concurrencia, en el que cualquier interesado podrá presentar una oferta.
La adjudicación del contrato se realizará utilizando varios criterios de
adjudicación en base a la mejor relación calidad-precio de conformidad con lo que se
establece en el presente clausulado.
La forma de adjudicación del contrato será el procedimiento abierto simplificado,
tramitación ordinaria y contratación por procedimientos electrónicos (plataforma
VORTAL). Todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando
excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores.
El presente contrato y su licitación se tramitará por procedimiento
(exclusivamente) electrónicos a través de la plataforma de contratación VORTAL. Sin
perjuicio de la obligación del Ayuntamiento de Belorado de efectuar la publicación en la
Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP).
CLÁUSULA TERCERA. Perfil de contratante2
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a
su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad,
este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante al que se tendrá acceso según
las especificaciones que se regulan en la página web siguiente:
https://belorado.sedelectronica.es
CLÁUSULA CUARTA. Canon. Importe y características
El canon que sirve de base a la licitación se valora en 475,00 euros/año lo que
trasladado a la duración de la concesión se traduce en un valor de 4750,00
€/concesión. No obstante el Ayuntamiento de Belorado no desea que el importe del
canon sea económico, si no que se traducirá en
A) Creación de un microsite turístico del entorno ligado a los puntos de recarga
instalados. El acceso podrá ser a través de cualquier dispositivo tecnológico e..
B) Instalación de un punto de información turístico en la ubicación del punto de
recarga.
Igualmente se incluye dentro de este valor las actuaciones de mantenimiento,
conservación, actualización, revisión, adaptación de los bienes/servicios en que se
traduce el canon sin coste alguno para el Ayuntamiento de Belorado.
(La equiparación en términos económicos de la obligaciones que constituyen
2
De acuerdo con el artículo 347.3 de la LCSP, los órganos de contratación de las Administraciones locales, así como los
de sus entidades vinculadas o dependientes podrán optar, de forma excluyente y exclusiva, bien por alojar la
publicación de sus perfiles de contratante en el servicio de información que a tal efecto estableciera la Comunidad
Autónoma de su ámbito territorial, o bien por alojarlos en la Plataforma de Contratación del Sector Público.Téngase en
cuenta que el artículo 63.1 de la LCSP indica que los órganos de contratación difundirán exclusivamente a través de
internet su perfil de contratante, como elemento que agrupa la información y documentos relativos a su actividad
contractual al objeto de asegurar la transparencia y el acceso público a los mismos.
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el canon… se basa en valoraciones efectuadas por la Sociedad para el Desarrollo de
la Provincia de Burgos – SODEBUR-)
El canon comportará el deber del concesionario de abonar el importe de los
daños y perjuicios que se causaren a los bienes o al uso general o servicio al que
estuvieren destinados.
CLÁUSULA QUINTA. Duración
El plazo de utilización del bien de dominio público será de 10 años3.
CLÁUSULA SEXTA. Obras o Instalaciones a Realizar por el Concesionario
Las obras o instalaciones a realizar por el concesionario y a su costa, son las
siguientes:
1 ud Máquina de recarga para vehículo eléctrico de 100KW de potencia
unitaria
3 cargadores por máquina (cables). Recarga tipo “rápido” multi-standard. Con
posibilidad de recarga simultánea para dos vehículos ( 1 en DC y 1 en AC)
. Mennekes (Modo 3 tipo 2) (CA) de 43,5 pot unitaria
- CCS (CC) de 50,0 kw de potencia unitaria
- CHAdeMO (CC) de 50 Kw de potencia unitaria.
Se tratará de una instalación a la intemperie
Será preciso la instalación de línea de acometida hasta armario de protección y
medida que se instalará a la intemperie. Armario con puerta en cuyo interior constará
módulo con cuadro de protección y medida; y módulo con cuadro de protección
general de la Estación de Recarga.
Desde el armario a la máquina de recarga se tenderá una línea eléctrica
subterránea (zanja).
(Ver PPT)
CLÁUSULA SÉPTIMA. Deberes y Facultades del Concesionario
— Derecho a usar de forma privativa, limitativa y excluyente la porción del
dominio público objeto de la concesión.
— Obtener las previas licencias y autorizaciones pertinentes para el ejercicio de
la actividad.
— Gestionar y explotar la actividad.
— Obligación de pagar el canon establecido en el presente Pliego. Este
comportará el deber del concesionario de abonar el importe de los daños y perjuicios
que se causaren a los bienes o al uso general o servicio al que estuvieren destinados.
— Obligación de mantener en buen estado la porción del dominio público
utilizado y las obras que construyere.
— Obligación de abandonar y dejar libres a disposición de la Entidad Local,
dentro del plazo fijado, los bienes objeto de la utilización, reconociendo la potestad de
aquella para acordar y ejecutar por sí el lanzamiento.
— Respetar la normativa vigente en protección de datos.
3
El plazo máximo de la concesión será de setenta y cinco años, en virtud de lo dispuesto en el artículo 93 de la Ley
33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
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CLÁUSULA OCTAVA. Facultades de la Corporación
— Dejar sin efecto la concesión antes del vencimiento si lo justificaren
circunstancias sobrevenidas de interés público, mediante resarcimiento de los daños
que causaren, o sin él cuando no procediere.
— Inspeccionar en cualquier momento los bienes objeto de concesión, las
instalaciones y construcciones.
CLÁUSULA NOVENA. Reversión
Al término del plazo de la concesión, revertirán a la Corporación los bienes
objeto de la concesión, debiendo el contratista entregarlos con arreglo al contrato y en
el estado de conservación y funcionamiento adecuados.
Durante un período de tiempo anterior a la reversión, que será de doce meses
el órgano competente de la Administración adoptará las disposiciones encaminadas a
que la entrega de los bienes se verifique en las condiciones convenidas.
CLÁUSULA DÉCIMA. Acreditación de la Aptitud para Contratar
Podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o
extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y no estén incursas en prohibiciones
para contratar.
1. La capacidad de obrar se acreditará:
a) En cuanto a personas físicas, mediante la fotocopia compulsada del
documento nacional de identidad.
b) En cuanto a personas jurídicas, mediante la fotocopia compulsada del CIF
y la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los
que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en
su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de
que se trate.
2. La prueba, por parte de los empresarios, de la no concurrencia de alguna
de las prohibiciones para contratar, podrá realizarse mediante testimonio judicial o
certificación administrativa, según los casos.
Cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente,
podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad
administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
CLÁUSULA DÉCIMOPRIMERA. Presentación de Ofertas y Documentación
Administrativa
7.1 Condiciones previas
Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y
documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación
incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de sus cláusulas o
condiciones, sin salvedad o reserva alguna.
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Cada licitador no podrá presentar más de una oferta.
7.2 Lugar y plazo de presentación de ofertas4
Para la licitación del presente contrato, se exige la presentación de ofertas
utilizando medios electrónicos a través de la Plataforma VORTAL, disponible en
https://www.burgos.es/sede. Aquellos licitadores que no estén dados de alta en esta
plataforma deberán registrarse y para ello deben seguir los pasos que se indican al
final del este pliego pudiendo ser asistidos para ello en el teléfono 902 02 02 90
(Servicio de Gestión de Clientes de VORTAL) – laborables de 9:00 a 19:00 horas- o
bien remitiendo sus dudas al correo electrónico info@vortal.es
La utilización de estos servicios supone:
La preparación y presentación de ofertas de forma telemática por el licitador.
La custodia electrónica de ofertas por el sistema.
La apertura y evaluación de la documentación a través de la plataforma.
La oferta electrónica y cualquier otro documento que la acompañe deberán
estar firmados electrónica o manualmente por alguno de los sistemas de firma
admitidos por el artículo 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones públicas.
Para garantizar la confidencialidad del contenido de los sobres hasta el
momento de su apertura, la herramienta cifrará dichos sobres en el envío.
Una vez realizada la presentación, la Herramienta proporcionará a la entidad
licitadora un justificante de envío, susceptible de almacenamiento e impresión, con el
sello de tiempo.
Las ofertas se presentarán exclusivamente por medios electrónicos en
los términos indicados antes del 26/06/2020 a las 14:00 hora peninsular.
( Sobre el uso y acceso a la Plataforma de contratación electrónica
VORTAL, se anexa documento aclaratorio al final del PCAP).
7.3. Información a los licitadores
Cuando sea preciso solicitar la información adicional o complementaria a que
se refiere el artículo 138 de la LCSP, la Administración contratante deberá facilitarla, al
menos, seis días antes de que finalice el plazo fijado para la presentación de ofertas,
siempre que dicha petición se presente con una antelación mínima de doce días
respecto de aquella fecha. Dicha solicitud se efectuará al número de fax o a la
dirección de correo electrónico previsto en el anuncio de licitación. Igualmente se
insertará en el perfil del contratante del Ayuntamiento de Belorado y en el Tablón de
Edictos situado en el acceso a las oficinas municipales de Plaza Mayor nº 1-1º de
Belorado. Este mismo sistema se utilizará en el caso de que sea preciso, por motivos
justificados, modificar las fechas de apertura de ofertas u otras rectificaciones o
aclaraciones imprescindibles.
4
El Ayuntamiento deberá fijar en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares un plazo para
presentar las ofertas, ya que no hay ninguna referencia en la normativa patrimonial aplicable ni en las normas
generales de adjudicación de la LCSP. Desde esPublico, se recomienda establecer el plazo mínimo de 15 días
–aplicando analógicamente las normas del procedimiento abierto de la LCSP-, con el fin de asegurar la adecuada
preparación y presentación de las ofertas por parte de los licitadores.
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7.4 Contenido de las proposiciones
Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en un sobre/archivo
electrónico en los que se harán constar:
ARCHIVO/SOBRE «A»
DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA Y DEMAS DOCUMENTACION
CUANTIFICABLE AUTOMATICAMENTE
a) Declaración Responsable del licitador indicativa del cumplimiento de las
condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración. (Anexo I. Al
final del pliego.)
La declaración responsable se presentará conforme al modelo incluido en el
Anexo I del presente pliego.
En caso de que la adscripción de medios exigida se cumpla con medios
externos al licitador, deberá presentarse una declaración responsable por el licitador y
por cada uno de los medios adscritos a la ejecución del contrato.
Si varias empresas concurren constituyendo una unión temporal, cada una de
las que la componen deberá acreditar su personalidad, capacidad y solvencia,
presentando todas y cada una presentar la correspondiente declaración responsable.
Como establece el artículo 69.3 de la LCSP, a efectos de la licitación, los
empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar
los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno,
así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal
en caso de resultar adjudicatarios del contrato.
Las empresas licitadoras que formen parte de un mismo grupo
empresarial deberán indicar el Grupo Empresarial al que pertenecen. La omisión
de este requisito, cuando se pruebe que dos o más de las empresas licitadoras
pertenecen a un mismo Grupo Empresarial, dará lugar a la exclusión de las
empresas afectadas de la licitación por entender que se ha incurrido en falsedad
documental, y si ya se hubiera formalizado el contrato… a la rescisión del
mismo sin derecho a indemnización alguna por parte del adjudicatario.
(SE RECUERDA A LOS LICITADORES QUE DESDE EL MOMENTO EN QUE
SE NOTIFIQUE LA PROPUESTA DE ADJUDICACION DISPONDRAN DE SOLO
DIEZ DIAS NATURALES PARA PRESENTAR DOCUMENTACION ACREDITATIVA
DE LOS EXTREMOS QUE SE INDICAN EN PLIEGO DE CONDICIONES POR LO
QUE SE RUEGAN TOMEN LAS MEDIDAS PRECISAS Y VAYAN SOLICITANDO,
POR SI FUERA PRECISO Y SU OFERTA FUERA LA MÁS VENTAJOSA, PARA
SOLICITAR AQUELLA DOCUMENTACIÓN QUE CONSIDEREN SE TARDA MAS
TIEMPO EN OBTENER)
b) Proposición económica y, en su caso, documentación cuantificable
automáticamente. (Anexo II). Se deberá aportar por el licitador documentación
acreditativa de las características técnicas del microsite y punto turístico que
permitan al Ayuntamiento contrastar su valoración económica )
Idioma.-Todos los documentos deberán estar redactados en castellano o
adjuntar una traducción oficial al castellano, o de lo contrario dará lugar a la exclusión
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automática del licitador o bien a la no puntuación de los criterios que no pudieran ser
valorados por la Mesa de Contratación.
Gastos.- Serán de cuenta de los licitadores todos los gastos derivados de
impuestos, tasas, exacciones y cualesquiera otros gastos derivados de la presentación
de proposiciones y de la participación en el procedimiento d elicitación.
Visualización correcta.- Si alguno de los documentos de una oferta no
pudieran visualizarse correctamente se facultará al licitador para que en el plazo de 24
horas a partir del momento en que es notificado para que presente en formato digital el
documento incluido en el fichero erróneo. El documento presentado en formato digital
con posterioridad debe ser de contenido idéntico al original incluido en la oferta ya que
si se comprueba que se han efectuado variaciones.. la oferta del licitador será
automáticamente rechazada.
CLÁUSULA DECIMOSEGUNDA Garantía Provisional5
No será necesaria la constitución de garantía provisional.
CLÁUSULA DÉCIMOTERCERA. Criterios de Adjudicación
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la mejor oferta se
atenderá a una pluralidad de criterios de adjudicación en base a la mejor relación
calidad-precio.
A. Criterios cuantificables automáticamente, se puntuarán en orden
decreciente:
a) Mejor oferta económica ( Canon). ( 0 a 80 puntos): 80% puntuación .
Se asignarán 80 puntos a la empresa que presente una oferta económica superior. La
oferta que iguale el precio de salida tendrá 0 puntos. El resto de las ofertas recibirá la
puntuación que corresponda aplicando una regla de tres directa sobre los importes
que superen el precio de salida (o sea las diferencias al alza sobre el precio de salida)
según la siguiente fórmula.
X= I1 . P
Imax
X= Puntuación a calcular.
Imax. Importe más elevado sobre el precio ofertado obtenido. El mayor importe sobre
el precio de licitación. (Precio ofertado más elevado-precio de licitación). Obtendrá la
mayor puntuación.
P. Puntuación máxima a otorgar por este criterio.
I1.Importe sobre el precio ofertado a valorar (Precio ofertado a valorar - precio de
licitación).
Serán rechazadas todas las ofertas por importe inferior al presupuesto base de
licitación.
b) Experiencia en el sector (0 - 20 puntos): 20% puntuación
5
De conformidad con el artículo 87.2 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto
1372/1986, de 13 de junio, La garantía provisional consistirá en el 2% del valor del dominio público objeto de ocupación
y, además, del presupuesto de las obras que, en su caso, hubieren de realizarse.
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Se puntuará experiencia acreditada en el sector de la siguiente manera:
Por cada punto de recarga que se haya instalado, gestionado y
explotado durante más de medio año, se asignará 2 ptos
No se tendrá en consideración una experiencia inferior a seis meses.
Para acreditar esta experiencia es preciso aportar certificados de adjudicación de
contratos para la empresa, contratos laborales, etc… que acrediten:
a) Inicio y fin de la relación contractual.
b) Constatación de la actividad de explotación del punto de recarga de vehículos
eléctricos por al menos 6 meses.
Si de la documentación aportada no pudiera inferirse la información precisa para
efectuar la valoración… se asignará puntuación 0.
Se sumarán los contratos independientemente de su duración por encima de los seis
meses.
CLÁUSULA DÉCIMOCUARTA. Mesa de Contratación
La Mesa de contratación será el órgano competente para efectuar la valoración
de las ofertas y calificar la documentación administrativa, y actuará conforme a lo
previsto en el artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del
Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las
Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de
febrero de 2014 y en el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla
parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público,
desarrollando las funciones que en estos se establecen.
La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 7 de la
Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del
Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las
Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de
febrero de 2014, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario
de la misma, y formarán parte de ella, como vocales, el Secretario o, en su caso, el
titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el
Interventor, o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuidas la función de
control económico-presupuestario, así como aquellos otros que se designen por el
órgano de contratación entre el personal funcionario de carrera o personal laboral al
servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma, sin que su número, en
total, sea inferior a tres. Los miembros electos que, en su caso, formen parte de la
Mesa de contratación no podrán suponer más de un tercio del total de miembros de la
misma. Actuará como Secretario un funcionario de la Corporación.
Su composición se publicará a través del perfil de contratante al publicar el
anuncio de licitación o bien se hará pública con carácter previo a su constitución a
través de un Anuncio específico en el citado perfil.
CLÁUSULA DÉCIMOQUINTA. Apertura de Ofertas6
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La Mesa de Contratación se constituirá el 29/06/2020), a las 14:00 horas,
procederá a la apertura de los Archivos electrónicos «A» y calificará la documentación
administrativa contenida en los mismos.
Si fuera necesario, la Mesa concederá un plazo de tres días naturales a contar
desde el requerimiento efectuado vía telefónica o por correo electrónico para que el
licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observadas en la documentación
presentada.
Tras la lectura de dichas proposiciones, la Mesa podrá solicitar cuantos
informes técnicos considere precisos, para la valoración de las mismas con arreglo a
los criterios y a las ponderaciones establecidas en este Pliego.
A la vista de las ofertas económicas presentadas y de la valoración de los
criterios de adjudicación, la Mesa de Contratación propondrá al adjudicatario del
contrato.
De conformidad con lo establecido en el artículo 88 del Reglamento de Bienes
de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, el
peticionario inicial tendrá derecho de tanteo si participare en la licitación y entre su
propuesta económica y la que hubiere resultado elegida no existiere diferencia
superior a un diez %.
Si se hiciere uso del derecho de tanteo, se otorgará a quien hubiere presentado
la propuesta más económica, y si existiere empate entre ambas, se resolverá por
pujas a la llana en la forma dispuesta en la normativa reguladora de la contratación de
las Corporaciones Locales, partiendo de la base de la propuesta sobre la que se
ejercitare el indicado privilegio
En el acta de la licitación se hará constar si se hizo uso o no del derecho de
tanteo.
CLÁUSULA DÉCIMOSEXTA. Requerimiento de Documentación
Se efectuará la propuesta a la adjudicación a favor de la empresa/licitador que haya
obtenido la mayor puntuación. Dentro de los diez días naturales siguientes a haber
sido informado de que la oferta presentada es la que obtiene mayor puntuación se
deberá aportar por la empresa propuesta como adjudicataria:
a) Certificado de estar al corriente con Hacienda, con la Tesorería General de la
Seguridad Social, con la Hacienda Municipal.
b) Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en el epígrafe
correspondiente.
c) Documentación acreditativa de la capacidad de obrar, garantía y solvencia
económica y profesional (según clausula décima).
CLÁUSULA DÉCIMOSEPTIMA. Adjudicación del Contrato
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá
adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la
documentación.
6 El Ayuntamiento deberá fijar en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares el plazo de apertura de las
ofertas ya que ni la normativa patrimonial aplicable ni las normas generales de adjudicación de la LCSP no lo
determinan.Desde esPublico, se recomienda aplicar analógicamente las normas del procedimiento abierto de la LCSP, y
establecer un plazo máximo de 20 días para la apertura de proposiciones
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En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exija alguna
oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el
pliego.
La adjudicación deberá ser motivada se notificará a los candidatos o
licitadores, debiendo ser publicada en el perfil de contratante en el plazo de 15 días.
La adjudicación deberá recaer en el plazo máximo de quince días a contar
desde el siguiente al de apertura de las proposiciones.
CLÁUSULA DÉCIMOCTAVA. Formalización del Contrato
La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará no más
tarde de los quince días hábiles siguientes a aquel en que se realice la notificación de
la adjudicación a los licitadores y candidatos7.
No obstante, a continuación se iniciarán los trámites para su elevación a
escritura pública siendo los gastos que se originen de cuenta de la Corporación
contratante.
CLÁUSULA DÉCIMONOVENA. Gastos Exigibles al Adjudicatario
El adjudicatario deberá abonar los gastos correspondientes al presupuesto de
las obras que deben ejecutarse, así como los honorarios de redacción del proyecto.
CLÁUSULA VIGÉSIMA. Penalidades por Incumplimiento
20.1 Penalidades por demora
El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución
del contrato y de los plazos parciales fijados por el órgano de contratación
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido
en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Administración podrá
optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las
penalidades diarias en la proporción de 10,00 € por cada 1.000 euros del precio
del contrato , IVA excluido.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5%
del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para
proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución
con imposición de nuevas penalidades.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere
incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato, la
Administración podrá optar, indistintamente, por su resolución o por la
imposición de las penalidades establecidas anteriormente.
20.2 Penalidades por incumplimiento o cumplimiento defectuoso de
la prestación
7
De acuerdo con el artículo 151.1 de la LCSP «La resolución de adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los
candidatos y licitadores, debiendo ser publicada en el perfil de contratante en el plazo de 15 días»
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Se consideran muy grave los incumplimientos por parte del adjudicatario
de cualquiera de las condiciones especiales de ejecución establecida en la
cláusula 24 de este pliego de cláusulas particulares.
Estos incumplimientos serán causa de resolución del contrato, salvo que
se considere que la actuación es aislada y susceptible de reconducción, y que
la resolución del contrato no resulta conveniente para el interés del servicio en
cuestión, en cuyo caso se sustituirá por la penalización correspondiente.
Estos incumplimientos contractuales muy graves conllevarán la
imposición de las penalidades coercitivas de 35 % del precio de adjudicación
IVA excluido ( ponderado en términos anuales) , por cada infracción y/o día de
incumplimiento de plazos en función de gravedad, reincidencia y mala fe en la
comisión de la infracción.
El incumplimiento por parte del contratista de las obligaciones
establecidas en la cláusula 26 en materia de subcontratación, conllevará una
penalización del 10% del importe de lo subcontratado, siendo su reiteración
causa de resolución del contrato.
El incumplimiento por parte del adjudicatario de cualquier otra de sus
obligaciones contractuales o su cumplimiento defectuoso, conllevará
igualmente una multa coercitiva de entre el 10% y el 20 % del precio del
contrato, en función de su mayor o menor gravedad y reincidencia.
Téngase en cuenta que, de acuerdo con el artículo 192.1.de la LCSP, las
penalidades deberán ser proporcionales a la gravedad del incumplimiento y las
cuantías de cada una de ellas no podrán ser superiores al 10 por ciento del
precio del contrato, IVA excluido, ni el total de las mismas superar el 50 por cien
del precio del contrato.Estos importes se entienden referidos a cómputo
plurianual del contrato ( 4 ejercicios).
Las penalizaciones que se impongan al adjudicatario son independientes
de la obligación del contratista de indemnizar por los daños y perjuicios que su
incumplimiento ocasione al Ayuntamiento o a terceros con derecho a repetir
contra el Ayuntamiento.
En el caso de incumplimientos por parte del adjudicatario de aspectos de
su oferta, la indemnización que se exigirá al contratista incorporará la diferencia
que en su caso haya existido entre su oferta y la del siguiente contratista al que
se hubiese adjudicado el contrato sin tener en cuenta el criterio que no ha
cumplido el adjudicatario.
20.3 Imposición de penalidades
Para la imposición de estas penalizaciones e indemnizaciones por
incumplimientos contractuales se seguirá un expediente contradictorio sumario,
en el que se concederá al contratista un plazo de alegaciones de 5 días
naturales tras formularse la denuncia. Dichas alegaciones y el expediente de
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penalización será resuelto, previo informe del responsable municipal del
servicio e informe jurídico, por el Sr. Alcalde o Concejal en quien delegue,
resolución que pondrá fin a la vía administrativa.
El inicio del expediente para la imposición de estas penalidades por el
Ayuntamiento se realizará en el momento en que tenga conocimiento por
escrito de los hechos. No obstante, si se estima que el incumplimiento no va a
afectar a la ejecución material de los trabajos de manera grave o que el inicio
del expediente de penalización puede perjudicar más a la marcha de la
ejecución del contrato que beneficiarla, podrá iniciarse dicho expediente en
cualquier momento anterior a la terminación del plazo de garantía del contrato.
Las penalidades e indemnizaciones impuestas serán inmediatamente
ejecutivas y se harán efectivas mediante deducción de los pagos
correspondientes que el Ayuntamiento tenga pendientes de abonar al
contratista. Si ya no existiesen cantidades pendientes de pago, se podrán
hacer efectivas contra la garantía definitiva y si ésta no alcanzase el montante
de la penalización, se podrá reclamar por la vía administrativa de apremio por
considerarse ingreso de derecho público.
CLÁUSULA VIGÉSIMOPRIMERA. Extinción de la Concesión
La concesión se extinguirá por las siguientes causas:
a) Muerte o incapacidad sobrevenida del usuario o concesionario individual o
extinción de la personalidad jurídica.
b) Falta de autorización previa en los supuestos de transmisión o modificación,
por fusión, absorción o escisión, de la personalidad jurídica del usuario o
concesionario.
c) Caducidad por vencimiento del plazo.
d) Rescate de la concesión, previa indemnización, o revocación unilateral de la
autorización.
e) Mutuo acuerdo.
f) Falta de pago del canon o cualquier otro incumplimiento grave de las
obligaciones del titular de la concesión, declarados por el órgano que otorgó la
concesión o autorización.
g) Desaparición del bien o agotamiento del aprovechamiento.
h) Desafectación del bien, en cuyo caso se procederá a su liquidación conforme
a lo previsto en el artículo 102 de esta ley.
i) Cualquier otra causa prevista en las condiciones generales o particulares por
las que se rijan.
CLÁUSULA VIGÉSIMOSEGUNDA. Unidad Tramitadora
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 62.1 de la LCSP, la unidad
encargada del seguimiento y ejecución ordinaria del contrato será la Alcaldía.
CLÁUSULA VIGÉSIMOTERCERA. Confidencialidad y tratamiento de
datos
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23.1 Confidencialidad
La empresa adjudicataria (como encargada del tratamiento de datos) y su
personal en cumplimiento de los principios de integridad y confidencialidad deben
tratar los datos personales a los que tengan acceso de forma que garanticen una
seguridad adecuada incluida la protección contra el tratamiento no autorizado o ilícito y
contra su pérdida, destrucción o daño accidental, mediante la aplicación de medidas
técnicas u organizativas apropiadas de conformidad con lo establecido en la Ley
Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Reglamento 2016/679
relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de
datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento general de
protección de datos).
Esta obligación es complementaria de los deberes de secreto profesional y
subsistirá aunque haya finalizado el contrato con el responsable del tratamiento de los
datos (Ayuntamiento).
23.2 Tratamiento de Datos
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de Datos de
Carácter Personal y en el Reglamento general de protección de datos, los licitadores
quedan informados de que los datos de carácter personales que, en su caso, sean
recogidos a través de la presentación de su oferta y demás documentación necesaria
para proceder a la contratación serán tratados por este Ayuntamiento con la finalidad
de garantizar el adecuado mantenimiento, cumplimiento y control del desarrollo del
contrato.
CLÁUSULA VIGÉSIMOCUARTA. Régimen Jurídico del Contrato
Este contrato tiene carácter privado, su preparación y adjudicación se regirá
por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación la Ley
33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas; el
Reglamento de Bienes de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto
1372/1986, de 13 de junio y la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del
Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de
2014; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y,
en su defecto, las normas de derecho privado.
En cuanto a sus efectos y extinción se regirá por las Normas de Derecho
privado.
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente el
conocimiento de las cuestiones que se susciten en relación con la preparación y
adjudicación de este contrato.
El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias
que surjan entre las partes.
Serán competentes los Juzgados y Tribunales de la provincia de Burgos.
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
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ANEXO I: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D/Dª……………………………………………. con DNI…………………
teléfono de contacto ……………………………., actuando en nombre (propio o en
nombre y representación de- tachar lo que no proceda)
…………………………………………………………………………………….. con
CIF…………………………………………….. y domicilio a efectos de notificaciones
en la C/………………………………………………………… nº ………,
piso……………………………… de la localidad de
……………………………………., provincia de ………………………………………..
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
PRIMERO. Que se dispone a participar en la licitación para concesión
administrativo de suelo público con destino a la instalación de electrolinera a la altura
de Avda de Burgos nº 7 de Belorado.
SEGUNDO. Que cumple con todos los requisitos previos exigidos por el
apartado primero del artículo 140 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos
del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las
Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de
febrero de 2014 para ser adjudicatario del contrato de servicios, en concreto:
Que posee personalidad jurídica y, en su caso, representación.
Que la propuesta que presento cumple con todos los requisitos y exigencias
contempladas en los pliegos de condiciones que rigen esta licitación para
concesión administrativa (PCAP y PPT), en especial:
I.- Que las estaciones de recarga y demás elementos que se van a instalar,
cumplen y cumplirán escrupulosamente, con cada uno de los requisitos técnicos
establecidos en el Pliego de Condiciones Técnicas.
II.- Que conjuntamente con este documento, se aportan los certificados o
documentos que acreditan la Solvencia Técnica recogida en el Pliego de Condiciones
Técnicas.
III.- Que conjuntamente con este documento, se aporta un documento emitido
por un Organismo Externo, garantizando el cumplimiento de las normas (UNE’s)
fijadas en el Pliego de Condiciones Técnicas.
Que, en su caso, está debidamente clasificada la empresa o que cuenta con
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los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
Que no está incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el
artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público y se halla al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y
con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Que se somete a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de
cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto
pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional
extranjero que pudiera corresponder al licitador. [Solo en caso de empresas
extranjeras].
Que la dirección de correo electrónico en que efectuar notificaciones es
___________________________________, teléfono móvil _______________
y persona de contacto______________________
TERCERO. Que se compromete a acreditar la posesión y validez de los
documentos a que se hace referencia en el apartado segundo de esta declaración, en
caso de que sea propuesto como adjudicatario del contrato o en cualquier momento en
que sea requerido para ello.
CUARTO.- Que la oferta que presento cumple con los requisitos y exigencias
establecidas en el PCAP y PPT que determinar el carácter admisible de la propuesta.
Y para que conste, firmo la presente declaración.
Fdo: D/Dª…………………………………
ANEXO II. PROPOSICION ECONOMICA.
« _________________________, con domicilio a efectos de notificaciones en
_____________, ____________________, n.º ___, con NIF n.º _________, en
representación de la Entidad ___________________, con CIF n.º ___________,
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enterado del expediente para la concesión de suelo público del Ayuntamiento de
Belorado con la obligación de instalación de electrolinera y hago constar que conozco
el Pliego que sirve de base al contrato (PCAP y PPT) y los acepto íntegramente,
tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del
contrato por el importe de
----------------------------------- ____________ euros/temporada en concepto de canon. El
citado canon se hará efectivo no en metálico, si no a través de :
A) Creación de un microsite turístico del entorno ligado a los puntos de recarga
instalados. El acceso podrá ser a través de cualquier dispositivo tecnológico e..
B) Instalación de un punto de información turístico en la ubicación del punto de
recarga.
( Los solicitantes deberán aportar documentación complementaria descriptiva
con suficiente grado de detalle del microsite turístico y del punto de información
turístico como para permitir al Ayuntamiento su real valoración económica)
En ____________, a ___ de ________ de 20__.
Firma del licitador,
Fdo.: _________________.».
ANEXO III: MODELO ANTE EMPATE DE EMPRESAS LICITADORAS
(sólo cuando las empresas sean requeridas para ello)
_________________________, con domicilio a efectos de notificaciones en
_____________, ____________________, n.º ___, con NIF n.º _________, en
representación de la Entidad ___________________, con NIF n.º ___________, a
efectos de su participación en la licitación ________________________________,
ante el Ayuntamiento de Belorado
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
Nº medio de trabajadores de la plantilla durante los últimos doce meses ( de
1/02/2019 a 31/01/2020) de la empresa arriba indicada es de …………… trabajadores.
Nº de trabajadores (referido a doce meses -01/02/2019 a 31/01/2020-) con
discapacidad de la plantilla ………………………………………… de los cuales tienen
contrato fijo…………………… trabajadores
Nº de trabajadores (referido a doce meses -01/02/2019 a 31/01/2020-) en situación de
exclusión social ……………………..de los cuales tienen contrato fijo ……………
trabajadores.
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Nº de contrato de contratos temporales de la empresa durante los últimos doce meses
( de 01/02/2019 a 31/01/2020) de la empresa arriba indicada es de ……………
trabajadores.
Nº mujeres empleadas en la plantilla de la empresa (referido a doce meses
-01/02/2019 a 31/01/2020-) es de ……………………………….
Lo indicado en la presente declaración se deberá acreditar aportando junto a
esta declaración…
- Certificados de la Seguridad Social acreditativos de esos extremos.
- Informes de cotización (IDC)
- Contratos de trabajo ( pueden ser contratos de trabajo en los que se
oculten aquellos aspectos que estén afectados/amparados por la Ley de
Protección de Datos pero que permitan comprobar los aspectos precisos
manifestados en esta declaración).
Todas las declaraciones/afirmaciones indicadas no serán válidas si no se
acompañan de la documentación emitida por autoridad competente que acredite
su veracidad.
En……………………. a ………… de ……………… de 2020.
Fdo: D/Dª……………………….
INSTRUCCIONES VORTAL
GUIA DE USO DE SERVICIOS DE LICITACIÓN ELECTRÓNICA (VORTAL).
. La relación del Ayuntamiento de Belorado con los licitadores, y una vez adjudicado
el contrato con el contratista se realizará electrónicamente, a través de la Plataforma
de VORTAL, disponible en https://community.vortal.biz/PRODSTS/Users/Login/Index?
SkinName=Burgos y/o https://www.burgos.es/ > Ayuntamientos > Plataforma de
Contratación > Plataforma de Licitación, con la excepción del documento acreditativo
de constitución de la garantía definitiva, el cual se entregará en soporte documental
analógico original.
. El acceso a esta plataforma electrónica es gratuito y permite realizar la consulta y
descarga de los pliegos del procedimiento, notificaciones electrónicas, así como la
presentación de proposiciones.
. Para acceder a la plataforma los licitadores que no están dados de alta, deberán
registrarse en la dirección electrónica
https://community.vortal.biz/PRODSTS/Users/Login/Index?SkinName=Burgos y/o
https://www.burgos.es/ > Ayuntamientos > Plataforma de Contratación > Plataforma de
Licitación:
- Deberá seleccionar “Darse de alta” y cumplimentar el registro de usuario.
- Deberá registrar su empresa, o asociarse a una empresa ya existente en la
plataforma.
- Y, por último, si lo desea, podrá solicita un certificado de autenticación
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emitido por VORTAL (cuya utilidad es la de autenticarse en la propia
plataforma y que es gratuito) para acceder a la misma y a la información
detallada del procedimiento.
. Podrá obtener más información sobre los trámites electrónicos relativos al
registro en el portal de contratación, contactando con el servicio de Gestión de
Clientes de VORTAL en el número 902 02 02 90 los días laborable de 9h a 19h o a
través de la dirección de correo electrónico info@vortal.es.
. Una vez efectuado el registro gratuito en la plataforma la licitación electrónica
VORTAL, tal y como se indica en el presente pliego, siga los pasos que se
describen a continuación para acceder al expediente:
- Diríjase a la página de acceso a la plataforma
https://community.vortal.biz/PRODSTS/Users/Login/Index?
SkinName=Burgos y/o https://www.burgos.es/ > Ayuntamientos >
Plataforma de Contratación > Plataforma de Licitación.
- Pulse sobre la opción “Buscar licitaciones” donde encontrará la información
relativa a este expediente. Localice y copie el número de este expediente.
- Acceda a la plataforma mediante el usuario y la contraseña definidos en el
proceso de registro, e introduzca el número de expediente en el buscador
disponible para tal fin en el Área de trabajo. Pulse sobre la lupa para
realizar la búsqueda.
- Para acceder a toda la información del procedimiento, deberá pulsar en el
botón “Detalle”.
- Tras pulsar en “Estoy interesado”, para enviar una oferta, diríjase a la
carpeta de la oportunidad y pulsar en el botón “Crear oferta” en el bloque
“MIS OFERTAS”.
- En la pestaña Información General, introduzca una referencia para su
oferta.
- En la pestaña Formulario de respuesta deberá contestar a las preguntas en
cada uno de los sobres del procedimiento En este apartado se pueden
efectuar preguntas de respuestas abiertas, listados de precios unitarios, etc.
Y donde tendrá que cumplimentar los precios de su oferta.
- En la pestaña Documentos deberá adjuntar toda la documentación
requerida en el presente pliego en sus Sobres correspondientes.
- Una vez realizados todos los pasos anteriores, deberá pulsar el botón
“Finalizar creación”. Posteriormente deberá pulsar el botón “Firmar todos” y
seleccionar un certificado reconocido para la firma de los documentos.
. Los licitadores deberán firmar mediante firma electrónica reconocida,
válidamente emitida por un Prestador de Servicios de Certificación y que garantice la
identidad e integridad del documento, la oferta y todos los documentos asociados a la
misma, en los que sea necesaria la firma del apoderado, de conformidad con lo
dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, y demás disposiciones de
contratación pública electrónica, a excepción de aquellos documentos que acrediten la
constitución de la garantía provisional, si procede, que deberán ser en todo caso
originales.
- La firma electrónica reconocida según el artículo 3 de Ley 59/2003, de 19
de diciembre, de Firma Electrónica es la firma electrónica avanzada basada
en un certificado reconocido (válidamente emitida por un Prestador de
Servicios de Certificación) y generada mediante un dispositivo seguro de
creación de firma, (por ejemplo, DNIe, u otras tarjetas criptográficas que
reúnan los requisitos establecidos en la norma de referencia).
. Una vez firmada la documentación u oferta, deberá pulsar el botón “Cifrar y
enviar” de tal manera que toda su oferta, junto con la documentación asociada a
la misma, quedará cifrada sin que se pueda acceder a su contenido hasta la
constitución de la mesa de contratación.
- Seguidamente, aparecerá una ventana donde tendrá que aceptar las
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recomendaciones para el envío de la oferta en la plataforma y, para
terminar, deberá pulsar el botón “Enviar oferta”.
- Una vez presentada una oferta a través de la plataforma se generará un
recibo electrónico que garantizará la fecha, hora y contenido de su oferta.
La presentación de proposiciones y documentos para este procedimiento
se realizará exclusivamente a través de la plataforma en la dirección Acceso
siendo https://www.burgos.es/ > Ayuntamientos >Plataforma de Contratación >
Plataforma de Licitación, posible realizarla durante 24 horas al día, hasta las
14,00 horas del décimo (10) día natural siguiente al de la publicación del anuncio
de licitación en el perfil del contratante. Si el último día de plazo de presentación de
la documentación coincidiera en sábado o festivo, se entenderá prorrogado dicho
plazo al primer día hábil siguiente.
INSTRUCCIONES VORTAL
GUIA DE USO DE SERVICIOS DE LICITACIÓN ELECTRÓNICA (VORTAL).
. La relación del Ayuntamiento de Belorado con los licitadores, y una vez adjudicado
el contrato con el contratista se realizará electrónicamente, a través de la Plataforma
de VORTAL, disponible en https://community.vortal.biz/PRODSTS/Users/Login/Index?
SkinName=Burgos y/o https://www.burgos.es/ > Ayuntamientos > Plataforma de
Contratación > Plataforma de Licitación, con la excepción del documento acreditativo
de constitución de la garantía definitiva, el cual se entregará en soporte documental
analógico original.
. El acceso a esta plataforma electrónica es gratuito y permite realizar la consulta y
descarga de los pliegos del procedimiento, notificaciones electrónicas, así como la
presentación de proposiciones.
. Para acceder a la plataforma los licitadores que no están dados de alta, deberán
registrarse en la dirección electrónica
https://community.vortal.biz/PRODSTS/Users/Login/Index?SkinName=Burgos y/o
https://www.burgos.es/ > Ayuntamientos > Plataforma de Contratación > Plataforma de
Licitación:
- Deberá seleccionar “Darse de alta” y cumplimentar el registro de usuario.
- Deberá registrar su empresa, o asociarse a una empresa ya existente en la
plataforma.
- Y, por último, si lo desea, podrá solicita un certificado de autenticación
emitido por VORTAL (cuya utilidad es la de autenticarse en la propia
plataforma y que es gratuito) para acceder a la misma y a la información
detallada del procedimiento.
. Podrá obtener más información sobre los trámites electrónicos relativos al
registro en el portal de contratación, contactando con el servicio de Gestión de
Clientes de VORTAL en el número 902 02 02 90 los días laborable de 9h a 19h o a
través de la dirección de correo electrónico info@vortal.es.
. Una vez efectuado el registro gratuito en la plataforma la licitación electrónica
VORTAL, tal y como se indica en el presente pliego, siga los pasos que se
describen a continuación para acceder al expediente:
- Diríjase a la página de acceso a la plataforma
https://community.vortal.biz/PRODSTS/Users/Login/Index?
SkinName=Burgos y/o https://www.burgos.es/ > Ayuntamientos >
Plataforma de Contratación > Plataforma de Licitación.
- Pulse sobre la opción “Buscar licitaciones” donde encontrará la información
relativa a este expediente. Localice y copie el número de este expediente.
- Acceda a la plataforma mediante el usuario y la contraseña definidos en el
proceso de registro, e introduzca el número de expediente en el buscador
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disponible para tal fin en el Área de trabajo. Pulse sobre la lupa para
realizar la búsqueda.
- Para acceder a toda la información del procedimiento, deberá pulsar en el
botón “Detalle”.
- Tras pulsar en “Estoy interesado”, para enviar una oferta, diríjase a la
carpeta de la oportunidad y pulsar en el botón “Crear oferta” en el bloque
“MIS OFERTAS”.
- En la pestaña Información General, introduzca una referencia para su
oferta.
- En la pestaña Formulario de respuesta deberá contestar a las preguntas en
cada uno de los sobres del procedimiento En este apartado se pueden
efectuar preguntas de respuestas abiertas, listados de precios unitarios, etc.
Y donde tendrá que cumplimentar los precios de su oferta.
- En la pestaña Documentos deberá adjuntar toda la documentación
requerida en el presente pliego en sus Sobres correspondientes.
- Una vez realizados todos los pasos anteriores, deberá pulsar el botón
“Finalizar creación”. Posteriormente deberá pulsar el botón “Firmar todos” y
seleccionar un certificado reconocido para la firma de los documentos.
. Los licitadores deberán firmar mediante firma electrónica reconocida,
válidamente emitida por un Prestador de Servicios de Certificación y que garantice la
identidad e integridad del documento, la oferta y todos los documentos asociados a la
misma, en los que sea necesaria la firma del apoderado, de conformidad con lo
dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, y demás disposiciones de
contratación pública electrónica, a excepción de aquellos documentos que acrediten la
constitución de la garantía provisional, si procede, que deberán ser en todo caso
originales.
- La firma electrónica reconocida según el artículo 3 de Ley 59/2003, de 19
de diciembre, de Firma Electrónica es la firma electrónica avanzada basada
en un certificado reconocido (válidamente emitida por un Prestador de
Servicios de Certificación) y generada mediante un dispositivo seguro de
creación de firma, (por ejemplo, DNIe, u otras tarjetas criptográficas que
reúnan los requisitos establecidos en la norma de referencia).
. Una vez firmada la documentación u oferta, deberá pulsar el botón “Cifrar y
enviar” de tal manera que toda su oferta, junto con la documentación asociada a
la misma, quedará cifrada sin que se pueda acceder a su contenido hasta la
constitución de la mesa de contratación.
- Seguidamente, aparecerá una ventana donde tendrá que aceptar las
recomendaciones para el envío de la oferta en la plataforma y, para
terminar, deberá pulsar el botón “Enviar oferta”.
- Una vez presentada una oferta a través de la plataforma se generará un
recibo electrónico que garantizará la fecha, hora y contenido de su oferta.
La presentación de proposiciones y documentos para este procedimiento
se realizará exclusivamente a través de la plataforma en la dirección Acceso
siendo https://www.burgos.es/ > Ayuntamientos >Plataforma de Contratación >
Plataforma de Licitación, posible realizarla durante 24 horas al día, hasta las
14,00 horas del décimo (10) día natural siguiente al de la publicación del anuncio
de licitación en el perfil del contratante. Si el último día de plazo de presentación de
la documentación coincidiera en sábado o festivo, se entenderá prorrogado dicho
plazo al primer día hábil siguiente.
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