Composición de la mesa de contratación
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## Sotssecretaria Servici de Contractació
Ciutat Administrativa 9 d'Octubre Carrer de la Democràcia, 77 · 46018 València Tlf. 012 contrataciontorre1@gva.es · www.gva.es
## RESOLUCIÓN POR LA QUE SE DESIGNA LA COMPOSICIÓN DE LOS MIEMBROS DE LAS MESAS DE CONTRATACIÓN
De conformidad con lo establecido en el artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
## RESUELVO:
## ÚNICO:
Nombrar con carácter general para las mesas de contratación, salvo el nombramiento de mesas de contratación específicas para determinados expedientes y sin perjuicio del funcionamiento de una Junta de Contratación, a los siguientes miembros:
## 1. Presidencia:
- Presidente/a titular : la persona titular de la Secretaría General Administrativa.
- 1er. suplente : la persona titular de una Subdirección General perteneciente a la unidad proponente del contrato.
- 2.º suplente : la persona titular de la Jefatura del Servicio de Contratación.
- 3er. suplente : la persona titular de una jefatura de servicio perteneciente a la unidad proponente del contrato.
- 4.º suplente: la persona titular de la Jefatura de Unidad de Contratación.
- 5.º suplente la persona titular de la Jefatura de Sección con funciones de Contratación.
## 2. Vocal técnico:
- Vocal Titular: la persona titular de una jefatura de servicio perteneciente a la unidad proponente del contrato.
- 1er suplente : la persona titular de una jefatura de sección perteneciente a la unidad proponente del contrato.
- 2.º suplente: una persona del grupo A1 o A2 de la unidad proponente del contrato.
3. Un representante de la Abogacía General de la Generalitat.
4. Un representante de la Intervención Delegada.
## 5. Secretaría:
- Secretario/a titular: la persona titular de la Jefatura del Servicio de Contratación, cuando no ostente la presidencia.
- 1er. suplente: la persona titular de la Jefatura de Unidad de Contratación, cuando no ostente la presidencia.
- 2º. suplente : la persona titular de la Jefatura de Sección con funciones de Contratación, cuando no ostente la presidencia.
- 3er. suplente : una persona del grupo A1/A2 perteneciente al Servicio de Contratación.
En ningún caso podrán formar parte de las Mesas de contratación ni emitir informes de valoración de las ofertas los cargos públicos representativos ni el personal eventual. Podrá formar parte de la Mesa personal funcionario interino únicamente cuando no existan funcionarios de carrera suficientemente cualificados y así se acredite en el expediente.
Tampoco podrá formar parte de las Mesas de contratación el personal que haya participado en la redacción de la documentación técnica del contrato de que se trate.
El conseller de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio
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