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Pliego Técnico
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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS, CONSISTENTE EN LA ASISTENCIA TÉCNICA Y APOYO AL SERVICIO DE EXPROPIACIONES Y GESTION PATRIMONIAL, PARA LA GESTIÓN DE LOS EXPEDIENTES DE EXPROPIACIÓN FORZOSA INCOADOS CON MOTIVO DE LAS OBRAS APROBADAS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS Y PROYECTOS URBANOS.
## ÍNDICE DEL PLIEGO
- 1.- OBJETO DEL PLIEGO.
- 2.- NORMATIVA BÁSICA DE APLICACIÓN
- 3.- OBJETO DEL CONTRATO DE SERVICIOS
- 4.- ASISTENCIA TÉCNICA
- 5.- RESPONSABLE DEL CONTRATO.
- 5.1 EL RESPONSABLE DEL CONTRATO
- 5.2. RELACION ENTRE LA ASISTENCIA TÉCNICA Y EL SERVICIO DE EXPROPIACIONES Y GESTION PATRIMONIAL.
- 6.- DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS A DESARROLLAR POR LA ASISTENCIA TÉCNICA APLICACIÓN GESTORA DE LOS EXPEDIENTES DE EXPROPIACIONES
FASE 1.- REVISIÓN DEL ANEJO DE EXPROPIACIONES APROBADO CON EL PROYECTO DE OBRAS.
- A) ESTUDIO PREVIO DEL ANEJO DE EXPROPIACIONES.
- B) SOLICITUD CERTIFICACIÓN URBANÍSTICA.
- C) CONFECCIÓN DE LAS HOJAS DE CAMPO.
- D) RELACION DE BIENES Y DERECHOS.
FASE 2.- ASISTENCIA EN LA TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE DE EXPROPIACIÓN HASTA LA FASE DE JUSTIPRECIO
- A)
- ASISTENCIA AL ACTO Y CONFECCIÓN DE LAS ACTAS PREVIAS A LA OCUPACIÓN.
- B)
- ASISTENCIA AL ACTO Y CONFECCIÓN DE LAS ACTAS DE OCUPACIÓN.
## FASE 3.- ASISTENCIA EN LA TRAMITACIÓN DE LA FASE DE JUSTIPRECIO
- A) INFORME PERICIAL Y JUSTIFICATIVO DEL CUADRO DE PRECIOS- INFORMES DE VALORACIÓN INDIVIDUALIZADOS.
2. B)
3. ASISTENCIA EN LA REDACCIÓN DE LOS CONVENIOS DE ADQUISICIÓN
- C) ASISTENCIA EN EL ESTUDIO DE LAS HOJAS DE APRECIO DE LA PROPIEDAD Y LA ELABORACIÓN DE LAS HOJA DE APRECIO DE LA ADMINISTRACIÓN (VALORACIONES CONTRADICTORIAS)
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- D) ASISTENCIA EN LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE PARA REMITIR AL JURADO PROVINCIAL DE EXPROPIACIONES.
2. FASE 4.- MODIFICACIONES DURANTE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS
3. FASE 5.- ASISTENCIA PARA LA ELABORACIÓN DE:
4. 5.1 DOCUMENTACIÓN DEFINITIVA DEL PROYECTO DE EXPROPIACIONES
5. 5.2 DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LA REGULARIZACIÓN DE LOS DERECHOS ADQUIRIDOS POR LA GENERALITAT ANTE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CATASTRO
6. 5.3 INCORPORACIÓN AL VISOR CARTOGRÁFICO DE LA GENERALITAT
7. 7.- VALORACIÓN DE LOS TRABAJOS Y ABONO
8. 8.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN
9. 9.- FACTURACIÓN DE LOS TRABAJOS
10. 10.- PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
11. 11.- PLAZO DE ENTREGA DE LOS TRABAJOS.
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## 1.- OBJETO DEL PLIEGO
El objeto del pliego es describir los trabajos y establecer las condiciones técnicas que regirán el contrato de servicios de Asistencia Técnica consistente en el apoyo al Servicio de Expropiaciones y Gestión Patrimonial, dependiente de la Subsecretaría, para la gestión de los expedientes de expropiación forzosa en relación con los bienes y derechos afectados por las obras aprobadas por la Dirección General de Infraestructuras y Proyectos urbanos de la Consellería de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio, que deban tramitarse durante las anualidades 2025, 2026, 2027 y 2028.
De acuerdo con el decreto 147/2023, de 5 de septiembre, del Consell, de aprobación del Reglamento Orgánico y funcional de la Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio, se atribuye a la Subsecretaria las competencias para la tramitación de los expedientes de expropiación forzosa en el ámbito competencial de las Conselleria. Dicha competencia, de acuerdo con la Orden 2/2024, de 6 de marzo de la Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio, de desarrollo del citado Reglamento Orgánico y funcional, se ejerce a través del Servicio de Expropiaciones y Gestión Patrimonial.
La tramitación de las expropiaciones necesarias para la ejecución de las obras de infraestructuras por parte del Servicio de Expropiaciones y Gestión Patrimonial consiste en la realización de una sucesión de tareas o trabajos, cuyo procedimiento y contenido resulta de la legislación aplicable en materia de expropiación forzosa, legislación del suelo y legislación sobre procedimiento administrativo común, además de otra normativa sectorial que puede resultar de aplicación.
El mencionado Servicio no dispone de los recursos materiales y humanos suficientes necesarios para llevar a cabo las actuaciones precisas para el normal desarrollo de las competencias asignadas. Se requiere por tanto la asistencia para la ejecución de las mismas mediante la licitación de contrato de servicios, por considerar que este permitirá ́ satisfacer las necesidades de interés público que demanda la tramitación de los expedientes de expropiación forzosa.
El desarrollo de los trabajos relacionados con la gestión de los expedientes de expropiación forzosa que deban tramitarse, con relación a los bienes y derechos afectados por la ejecución de los Proyectos de Obras aprobados por la Dirección General de Infraestructuras y Proyectos Urbanos, se acomodará a las condiciones específicas que se detallan en los apartados siguientes, así́ como a la normativa que en cada caso resulte de aplicación.
## 2.- NORMATIVA BÁSICA DE APLICACIÓN
Además del presente pliego, el encargo estará sujeto con carácter general a la siguiente normativa:
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
- Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.
- Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa.
- Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje.
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- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Publico.
- Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Publicas.
- Ley 14/2003, de 10 de abril de Patrimonio de la Generalitat Valenciana.
- Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.
- Decreto de 8 de febrero de 1946, por el que se aprueba la nueva redacción oficial de la Ley Hipotecaria.
- Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos.
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
- Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
- Real Decreto 1492/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de valoraciones de la Ley de Suelo.
- Ley 49/2003, de 26 de noviembre, de Arrendamientos Rústicos.
- Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.
- Ley 6/1986, de 15 de diciembre, de Arrendamientos Históricos Valencianos.
De igual modo, se tendrán en cuenta las modificaciones introducidas a las anteriores, y cualquier tipo de normas, reglamentos y disposiciones oficiales que, aún no mencionadas de forma expresa en este pliego, puedan afectar al objeto del presente contrato.
## 3.- OBJETO DEL CONTRATO DE SERVICIOS
El objeto del contrato consiste en la asistencia técnica y apoyo al Servicio de Expropiaciones y Gestión patrimonial, para la gestión de los expedientes de expropiación forzosa incoados con motivo de las obras aprobadas por la Dirección general de infraestructuras y proyectos urbanos, de la Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio.
La prestación del servicio de apoyo en la gestión de los procedimientos de expropiación forzosa, en líneas generales, se estructura en las fases que a continuación se relacionan :
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## Subsecretaria
Ciudad Administrativa 9 d'Octubre.
Calle de La Democràcia, 77
| FASE | DESCRIPCIÓN |
|--------|----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| 1 | Revisión y/o estudio del Anejo de Expropiaciones aprobado con el Proyecto de Obras a ejecutar, emisión del Estudio Previo del citado proyecto tras el trabajo de campo y actuaciones pertinentes derivadas del mismo. |
| 2 | Asistencia en la tramitación del expediente de expropiación hasta la fase de justiprecio. |
| 3 | Asistencia en la fase de determinación del justiprecio. |
| 4 | Asistencia en las modificaciones durante la ejecución de las obras. |
| 5 | Asistencia para la elaboración de la documentación definitiva del expediente de Expropiación. Asistencia para la regularización de los derechos adquiridos por la Generalitat ante la Dirección General de Catastro. Confección de los archivos shapefile de las fincas para su incorporación al Visor cartográfico de la Generalitat. |
## 4.- ASISTENCIA TÉCNICA
El licitador que resulte adjudicatario del contrato de servicios recibirá la denominación de Asistencia Técnica o de forma más abreviada, la 'Asistencia'.
La Asistencia será, por tanto, directamente responsable de la correcta realización de los trabajos que se le encomienden de conformidad con lo preceptuado en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas y la legislación vigente.
El personal de la Asistencia desarrollará su labor en función de las atribuciones derivadas de sus títulos profesionales o de sus conocimientos específicos y atendiendo a las directrices establecidas por el Servicio de Expropiaciones y Gestión Patrimonial de la Consellería de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio.
La Asistencia se responsabilizará enteramente de la exactitud de los trabajos que entregue a la Administración.
Ninguna de las prestaciones objeto de este contrato podrá suponer el ejercicio de funciones que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguarda de los intereses generales de la Administración
De acuerdo con las previsiones actuales establecidas por la Dirección General de Infraestructuras y Proyectos Urbanos, los proyectos de obras que se relacionan a continuación se encuentran en distintas fases de tramitación, siendo previsible la tramitación de los correspondientes procedimientos de expropiación forzosa para la obtención de los terrenos necesarios para su ejecución:
- Mejora de la seguridad vial de la Ctra. CV-865, tramo pk 3+600 a 5+500 Elx-Santa Pola (Alicante)
- Mejora de la seguridad vial de la Ctra. CV-865, tramo pk 2+400 a 3+600 Elx-Santa Pola (Alicante)
- Continuidad vía de servicio y carril ciclo-peatonal CV-160. T.M. de Vilafamés.
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- Mejora de la seguridad vial de la intersección de la CV-70 con la CV790. T.M. de Benilloba.
- Aparcamiento Disuasorio en Estación de Horta Vella en Bétera.
- Mejora de la seguridad vial CV-50 Travesía de la Barraca d'Aigües Vives (Alzira).
- Aparcamiento disuasorio Estación de El Clot en Riba-Roja del Turia.
- Itinerario ciclopeatonal Picassent-Alcásser-Silla (Valencia).
- Mejora calidad acústica e integración en entorno CV-30 y CV-31 y FGV en Paterna (Campamento).
- Restauración de taludes CV-755, P.K. 4+000 Castell de Guadalest.
- Ronda oeste de Vilamarxant.
- Mejora drenaje paso sobre Rambla Derramador CV-920. Jacarilla.
- Mejora de la seguridad vial CV-820. P.K. 0+000 al 1+900. Alacant.
- Mejora de la seguridad vial de la carretera CV-865, tramo P.K. 0+000 al 1+500. Elx-Santa Pola.
- Mejora de la seguridad vial en CV-590 del P.K. 50+000 al 52+100. T.M. Enguera y Anna
- Mejora de la seguridad vial y reordenación de accesos entre el P.K. 15+650 y el P.K. 21+000 de la CV-81. T.M. de Bocairent y Banyeres de Mariola
- Mejora de la seguridad vial del P.K. 51+000 al P.K. 52+000 de la CV-35. T.M. de Losa del Obispo.
- Vía Verde del Serpis I: Tramo Muro d´Alcoi-L'Orxa (Alicante)
- Vía Verde del Serpis II: Tramo L'Orxa (Alicante)-Villalonga (Valencia)
- Itinerario ciclopeatonal Potries-Gandia (Vía Verde del Serpis)
- Itinerario ciclopeatonal en CV-50 entre el p.k. 18+800 y el Camí Natural del Antic Trenet. Alzira.
- Mejora de la seguridad vial en la CV-50 P.K. 48+500 al 49+500 en Real.
La anterior relación se formula a título meramente enunciativo, no vinculando ni a la Administración ni a la empresa que resulte adjudicataria. Tanto más cuanto, a raíz de los daños producidos por el fenómeno de la DANA ocurrido en la provincia de Valencia el 29 de octubre, son muchas las infraestructuras públicas que han quedado afectadas, lo que probablemente dará lugar a nuevos proyectos de obra.
En cuanto a los medios personales y materiales, la Asistencia técnica deberá contar con todos aquellos que se relacionan en el apartado L del Anexo I del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
## 5.- RESPONSABLE DEL CONTRATO. RELACION ENTRE LA ASISTENCIA TÉCNICA Y EL SERVICIO DE EXPROPIACIONES Y GESTION PATRIMONIAL.
## 5.1.- EL RESPONSABLE DEL CONTRATO
- El Responsable del contrato será designado por el órgano de contratación de la Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio.
- [ ] El Responsable del contrato, para cada uno de los expedientes de expropiación, se apoyará en el equipo técnico del Servicio de Expropiaciones y Gestión Patrimonial.
- El Responsable del contrato desempeñará las siguientes funciones, de conformidad con el artículo 62 de la LCSP:
- a) Supervisar la ejecución del contrato, estableciendo criterios y líneas generales de actuación de la Asistencia, a fin de que los trabajos sirvan de la mejor forma a los intereses y objetivos de la Generalitat.
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- b) Realizar todas las acciones necesarias para el buen cumplimiento del contrato dictando las instrucciones necesarias para la correcta realización de los trabajos.
- c) Podrá recabar de la Asistencia toda aquella información que precise sobre el desarrollo de los trabajos e indicar la conveniencia de introducir las variaciones específicas que considere necesarias para su correcto desarrollo, convocando las reuniones precisas, de las que se levantarán las correspondientes actas.
d) Las funciones que el artículo 14 del Decreto 118/2022 /2022, de 5 de agosto, del Consell, por el que se regula la inclusión de cláusulas de responsabilidad social en la contratación pública y en las convocatorias de ayudas y subvenciones atribuye al Responsable del contrato, en orden a efectuar el seguimiento del cumplimiento de las cláusulas de responsabilidad social, así como de las prescripciones de los pliegos y los compromisos asumidos en estos ámbitos.
## 5.2.- RELACION ENTRE LA ASISTENCIA TÉCNICA Y EL SERVICIO DE EXPROPIACIONES Y GESTIÓN PATRIMONIAL
Sin perjuicio de las funciones propias del Responsable del contrato respecto a la ejecución y seguimiento del Contrato, cada expediente de expropiación será encomendado a un técnico del Servicio de Expropiaciones y Gestión Patrimonial, con quien podrá entenderse directamente la Asistencia técnica, y quien desarrollará, a título enunciativo, las siguientes funciones:
- a) Canalización de documentos entre la Asistencia y la Dirección General de Infraestructuras y Proyectos Urbanos, en caso de que sea necesario.
- b) Revisión y corrección de los aspectos técnicos de la documentación tramitada en cada fase del procedimiento de expropiación del proyecto que se le asigne, recabando, en su caso, la intervención de otros técnicos especialistas del Servicio.
## 6.- DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS A DESARROLLAR POR LA ASISTENCIA TÉCNICA
Los trabajos y trámites a desarrollar por parte de la Asistencia son los que a continuación se relacionan, con carácter meramente enunciativo y no exhaustivo, ya que, en términos generales, el adjudicatario asume el compromiso de ejecutar todas las gestiones y actuaciones necesarias para garantizar que se lleve a cabo el procedimiento de expropiación consistentes en conseguir:
- -la ocupación definitiva o temporal, según proceda, de los bienes, derechos y servicios afectados necesarios para ejecución de las obras.
- -la determinación de justiprecios e indemnizaciones hasta la fijación de unos u otros por convenio o resolución del Jurado Provincial de Expropiación.
- -la regularización de los derechos adquiridos por la Generalitat ante la Dirección General del Catastro y la elaboración de la documentación técnica precisa para su inclusión en el Visor Cartográfico de la Generalitat.
Todas las actuaciones descritas a continuación en las diferentes fases enumeradas se llevarán a cabo por el adjudicatario conforme a los plazos y prioridades que correspondan al calendario de trabajo que señale el Responsable del contrato o el técnico designado del Servicio de Expropiaciones y Gestión Patrimonial, sin perjuicio de las instrucciones concretas que durante la tramitación del expediente pueda
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emitir aquel. Los documentos y archivos resultantes deberán ser emitidos según instrucciones del Servicio de Expropiaciones y Gestión Patrimonial.
Todos los trabajos relacionados en el apartado anterior se considerarán entregados cuando se encuentren debidamente introducidos en la aplicación de expropiaciones del Servicio de Expropiaciones y Gestión Patrimonial, previa revisión de los mismos.
## APLICACIÓN GESTORA DE LOS EXPEDIENTES DE EXPROPIACIONES: ' EXPROPIA'
El Servicio de Expropiaciones y Gestión Patrimonial dispone de la herramienta informática denominada 'EXPROPIA', la cual sustituye a la anterior aplicación ERU, para la gestión y tramitación de expedientes de expropiaciones.
La estructura de la aplicación permite a los usuarios una visión de la situación del expediente en sus diferentes fases: Actas Previas, Actas de Ocupación, Justiprecio, Hoja de Aprecio, Jurado de Expropiaciones, Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana y Tribunal Supremo.
Toda la información del expediente consta en la aplicación, y es consultable en tiempo real por los usuarios del Servicio, no teniéndose que realizar cargas periódicas de información para actualizar los expedientes.
Los expedientes de expropiaciones se tramitarán de manera telemática, incorporando funcionalidades como la vinculación de los documentos con el nuevo sistema de gestión documental, la firma electrónica a través el Portafirmas, y la notificación electrónica y dual a través del Registro de Entrada y Salida de la Generalitat.
Los usuarios conectados a EXPROPIA podrán crear y gestionar los expedientes de expropiaciones de acuerdo con un rol predeterminado, y sólo podrán acceder a las funcionalidades que el mismo tenga asignado en la aplicación.
EXPROPIA se ha integrado con el nuevo sistema de gestión económico-financiera de la GVA, NEFIS. La integración con NEFIS permitirá crear expedientes contables y realizar pagos tanto ordinarios como a justificar desde la aplicación. Además, se automatizará la notificación de cambio de estado de dichos expedientes y pagos por parte de NEFIS, de manera que se mantendrá la trazabilidad de dichos expedientes en EXPROPIA.
Toda la documentación generada desde la aplicación se realiza mediante integración con el sistema SFORMS, una potente herramienta de generación de documentos dinámicos.
La Asistencia será autorizada para utilizar la aplicación EXPROPIA para llevar a cabo todas sus funciones, es decir , será su herramienta de gestión en todas las fases del procedimiento expropiatorio.
En este punto, cabe hacer una distinción:
## -Documentación generada a través de EXPROPIA
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La Asistencia introducirá los datos en la aplicación EXPROPIA y generará la documentación que corresponda en cada fase.
## -Documentación generada fuera de EXPROPIA
La Asistencia deberá subir a EXPROPIA la documentación que haya elaborado, para su posterior gestión por parte del Servicio de Expropiaciones y Gestión patrimonial.
En relación con el manejo de EXPROPIA, se facilitará a la Asistencia técnica un Manual de Usuario.
## FASE 1.- REVISIÓN DEL ANEJO DE EXPROPIACIONES APROBADO CON EL PROYECTO DE OBRAS.
## A) ESTUDIO PREVIO DEL ANEJO DE EXPROPIACIONES.
La Asistencia Técnica, tras el análisis y estudio de la documentación que le haya sido entregada por el Servicio de Expropiaciones y Gestión Patrimonial, deberá redactar y suscribir inicialmente un 'Estudio Previo' que analizará, entre otros, los siguientes extremos:
1. Comprobación y rectificación, en su caso, de los titulares de los bienes, derechos y servicios afectados respecto a los recogidos en el Anejo de Proyecto de Expropiaciones mediante las necesarias verificaciones e investigaciones tanto en campo como en gabinete, teniendo en cuenta la prelación establecida en el artículo 3 de la Ley de Expropiación Forzosa.
2. Comprobación de la documentación gráfica recogida en el proyecto de obras tanto en campo como en gabinete: linderos de las fincas, edificaciones, construcciones, instalaciones y otros servicios afectados, por expropiaciones de dominio, constitución de servidumbres u ocupaciones temporales, rectificando lo que proceda y reflejándolo, en su caso, en nuevos planos parcelarios.
3. Comprobación de las expropiaciones anteriores realizadas por cualquier Administración que interfieran con la obra.
4. Superposición de los planos de expropiación, planos de obra o construcción, catastrales y planos de planeamiento general o de desarrollo que afecten a la obra.
5. Propuesta de expropiación de restos que por su tamaño u otras circunstancias pueda interesar incluir en las parcelas determinadas en el proyecto.
6. Resultado de la superposición de los planos de construcción y de expropiación del proyecto, propuesta valorando las zonas de dominio afectadas y su aconsejable racionalización.
7. La afectación del proyecto a suelos con clasificación urbanística distinta a no urbanizable y situación de la gestión de dichos suelos.
8. Afectación a suelos 'urbanizados', según se definen por el TRLS, de titularidad privada.
9. Comprobación de la previsión de reposición de accesos, servicios y otras afectaciones contempladas en el Proyecto de Obra.
10. Elaboración del presupuesto razonado estimativo del importe que conllevará el procedimiento expropiatorio
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- El 'Estudio Previo' deberá contener, como mínimo, los siguientes epígrafes y documentación:
## I. MEMORIA
- a) Descripción de las obras proyectadas.
- b) Expropiaciones anteriores.
- c) Afectaciones de obra.: Suelo / vuelo (arbolado, edificaciones, construcciones e instalaciones)
Expropiación de dominio; Constitución de servidumbre (especificar las limitaciones a la propiedad); Ocupación Temporal (especificar el tiempo de ocupación necesaria)
- d) Superposición del trazado sobre expropiaciones.
- e) Restos de parcelas y posibles desafectaciones.
- f) Reposición de cerramientos, accesos y otros servicios.
- g) Clasificación urbanística de las parcelas afectadas. Estimación sobre su situación básica
## II.- PLANOS
- a) Planos de situación y emplazamiento.
- b) Planos parcelarios sobre ortofotos, actuales e históricas en su caso.
- c) Planos de superposición de trazado sobre expropiaciones.
- d) Planos superposición expropiaciones sobre catastrales.
- e) Planos de reposición de servicios afectados.
- f) Planos superposición planos parcelarios sobre planeamiento urbanístico.
## III.- INFORME SOBRE INCIDENCIAS DETECTADAS
Elaborado el 'Estudio Previo' por la Asistencia, y tras el visto bueno del técnico del Servicio de Expropiaciones y Gestión Patrimonial, la Asistencia elaborará un informe identificando todas y cada una de las incidencias detectadas para las cuales sea necesaria aclaración o toma de decisiones, proponiendo las posibles soluciones. Dicho informe será remitido por el Servicio de Expropiaciones y Gestión Patrimonial a la Dirección de Obra.
Si dicho informe implicara la modificación del Proyecto de Expropiaciones, la Asistencia lo adaptará al mismo.
La Asistencia adaptará la documentación del Proyecto de Obras a partir del informe elaborado por la Dirección de las Obras sobre la base del anterior Estudio Previo, una vez haya sido supervisado y corregido en el Servicio de Expropiación y Gestión Patrimonial.
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## B) SOLICITUD CERTIFICACIÓN URBANÍSTICA
A partir de la documentación urbanística y de gestión recabada por la Asistencia, ésta preparará las correspondientes solicitudes de certificación urbanística, dirigidas a cada uno de los Ayuntamientos de los municipios afectados por las obras, sobre la clasificación del suelo afectado y, en suelos urbanizables o urbanos, el estado de gestión de los mismos.
La solicitud se acompañará de la siguiente documentación:
- -Planos de expropiación superpuestos con los del planeamiento vigente que definan clasificación y calificación de suelo y gestión, en su caso,
- -Asignación parcela/clase de suelo, bien parcela a parcela, bien por grupos de parcelas de clasificación homogénea.
La solicitud indicará que el Ayuntamiento confirme o corrija, en su caso, la relación de parcela/clase de suelo aportada.
De igual modo se solicitará información y documentación sobre los bienes de titularidad de los ayuntamientos afectados (dominio público, bien patrimonial, …), con objeto de proceder a actuar del modo adecuado en su posterior gestión.
Una vez preparada la solicitud de Certificación urbanística en los términos expuestos, la Asistencia la remitirá al Servicio de Expropiaciones y Gestión Patrimonial, quien la cursará ante el Ayuntamiento correspondiente.
## C) CONFECCIÓN DE LAS HOJAS DE CAMPO
Una vez que la Dirección de Obra haya manifestado lo que proceda respecto a lo instado por parte del Servicio de Expropiaciones y Gestión Patrimonial de acuerdo con la valoración realizada tras el 'Estudio Previo', la Asistencia procederá a confeccionar las 'Hojas de Campo' individualizadas para cada una de las fincas o agrupaciones de derechos afectados, en las que deberán constar todos los extremos necesarios para la redacción de las 'Actas Previas a la Ocupación' y los informes emitidos por la Dirección de Obra.
En cada Hoja de Campo se especificará:
- Nº Expediente de expropiación.
- Nº de finca y agrupación.
- Municipio en el que se ubica el derecho afectado.
- Declaración de Urgencia de la Obra.
- Titular (fuente de la que se ha obtenido, datos identificativos y derecho afectado)
- Referencia catastral y datos catastrales de la parcela afectada.
- Datos registrales y código IDUFIR, en su caso.
- Lindes de la porción expropiada y de la parcela catastral afectada.
- ✓
- Bienes y derechos afectados.
Suelo: Pleno dominio, constitución servidumbre, ocupación temporal…
Vuelo: Edificaciones, construcciones, instalaciones, plantaciones …
- Clasificación, calificación y situación básica del suelo afectado.
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- Planeamiento urbanístico vigente en el municipio en que se ubica el derecho.
- Observaciones. En este apartado se recogerá si la finca ha sido objeto de expropiación anterior, en qué expediente, finca y superficie afectada. Además, se reflejará todas aquellas circunstancias relevantes y que sean importantes y reseñables para el procedimiento de expropiación.
Además, contará con los siguientes documentos anexos:
- Situación de la finca en el conjunto de la obra y plano de expropiación georreferenciado de la finca.
- Certificación catastral descriptiva y gráfica.
- Documentación fotográfica:
Vista de la finca
Reportaje fotográfico de los bienes indemnizables.
- En el supuesto de existir expropiaciones anteriores, plano de expropiación y toda la documentación de la misma relevante: actas, convenios, resoluciones de Jurado, ….
Las 'Hojas de Campo' deberán estar disponibles en formato digital y en soporte papel en el Servicio de Expropiaciones y Gestión Patrimonial con una antelación mínima de quince días respecto de la fecha señalada para el levantamiento de las actas previas, salvo que desde la Consellería se requiera su presentación anticipada.
## D) RELACION DE BIENES Y DERECHOS.
La Asistencia elaborará la relación completa e individualizada de todos los bienes y derechos afectados en su versión definitiva, incluyendo la relación de las parcelas que se han desafectado respecto del proyecto inicial, con la descripción de los aspectos materiales y jurídicos, según previene el artículo 52.2 de la Ley de Expropiación Forzosa concordante con el 17 de su Reglamento, de modo que sirvan para los trámites de información pública ante la Administración Expropiante.
Asimismo, confeccionará desde EXPROPIA los correspondientes anuncios que sean legalmente necesarios a fin de dar comienzo a la fase de Información Pública, así como los oficios para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, Boletín Oficial de la provincia, Periódicos locales y Ayuntamientos. La tramitación de la fase de información pública se llevará a cabo por el Servicio de Expropiaciones y Gestión Patrimonial.
## FASE 2.- ASISTENCIA EN LA TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE DE EXPROPIACIÓN HASTA LA FASE DE JUSTIPRECIO.
## A) ASISTENCIA AL ACTO Y CONFECCIÓN DE LAS ACTAS PREVIAS A LA OCUPACIÓN
La Asistencia pondrá a disposición del Servicio de Expropiaciones y Gestión Patrimonial, todos los medios materiales y humanos necesarios para el levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación.
La Asistencia deberá:
- Asistir al representante de la Administración expropiante en el acto de levantamiento de actas previas, a los efectos de informar a la persona expropiada sobre el objeto y alcance de la expropiación.
- Entregar plano georreferenciado a los titulares de las fincas con la delimitación de la zona afectada por la expropiación.
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- Escanear toda la documentación relativa a la titularidad de las fincas
- Custodiar todas las actas previas tras su firma por los comparecientes.
Una vez finalizadas las Actas Previas a la Ocupación, la Asistencia Técnica deberá:
- 1 .Entregar todas las Actas firmadas en papel al Servicio de Expropiaciones y Gestión Patrimonial.
2. - Garantizar que toda la documentación relativa a la titularidad de las fincas recogida en el Acta, se encuentra adecuadamente escaneada.
3. - Obtener del Registro de la Propiedad la correspondiente Nota Simple del asiento registral de la finca expropiada. Cuando existiendo aparente título contradictorio, lo requiera de forma expresa el Servicio de Expropiaciones y Gestión Patrimonial, la Asistencia solicitará ante el Registro de la Propiedad certificación de dominio y cargas a efectos de la expropiación (art. 32.1ª del Reglamento Hipotecario). Los costes de dichos trámites serán de cargo de la Asistencia.
- 4.Elaborar un informe que deberá incorporar como mínimo:
- Relación de titulares y de ocupantes por cualquier título: precaristas, aparceros o arrendatarios de las fincas afectadas por la expropiación u ocupación temporal. Precisando de todos ellos: nombre, apellidos y domicilio y, en su caso, de los representantes legales; los datos catastrales, los datos registrales y los de los contratos relativos a las fincas que puedan tener relevancia a los efectos de la expropiación. Así mismo habrá de identificarse a los titulares de derechos reales e intereses económicos directos sobre el bien expropiable, verificando su título y condición en los registros públicos correspondientes.
- Relación de titulares incomparecientes, desconocidos o incapacitados sin representante legal con expresión de las circunstancias que concurran, con todos los datos necesarios para que el técnico de la Administración pueda realizar la remisión de los respectivos documentos al Ministerio Fiscal, a los efectos previstos en el artículo 5 de la Ley de Expropiación Forzosa y concordantes de su Reglamento.
- Relación de propiedades de titularidad litigiosa.
- Relación detallada de las diligencias de la Administración hechas constar en las Actas previas a la Ocupación.
- Relación detallada de las alegaciones recogidas durante el levantamiento de Actas Previas a la Ocupación:
En relación con las alegaciones formuladas por los interesados en las Actas Previas a la Ocupación, la Asistencia comunicará al Servicio de Expropiaciones y Gestión Patrimonial, mediante un informe, las observaciones que considere oportunas. Tras su examen por el mencionado Servicio, dicho informe será remitido a la Dirección General de Infraestructuras y Proyectos Urbanos y a la Dirección de las Obras, para que, a su vez, informen sobre las cuestiones planteadas.
- 5 .- Cuando las circunstancias lo requieran, se concertará visita con las personas expropiadas para realizar las actuaciones técnicas necesarias de medición u otras, que permitan disponer de todos los datos necesarios para proceder a la valoración de los bienes y derechos afectados. En la misma Acta Previa se dejará constancia, mediante diligencia de la Administración, del día y hora señalado a tal fin. El día señalado para la visita, la Asistencia deberá asistir al representante de la Administración para el desarrollo de las actuaciones necesarias.
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- 6 .- Elaborar el Informe pericial que recoja el cálculo del depósito previo a la ocupación a partir de una propuesta inicial de precios, que contendrá los siguientes puntos:
- Estimación de precios, aplicable al cálculo de los depósitos previos, suscrita por técnico competente.
- Criterios generales a adoptar para el cálculo de los importes de los depósitos previos e indemnizaciones por rápida ocupación, con individualización del cálculo para cada agrupación, tomando las debidas precauciones que impidan que el depósito pueda ser superior al justiprecio.
## B) ASISTENCIA AL ACTO Y CONFECCIÓN DE LAS ACTAS DE OCUPACIÓN
La Asistencia pondrá a disposición del Servicio de Expropiaciones y Gestión Patrimonial, todos los medios materiales y humanos necesarios para el levantamiento de las Actas de Ocupación.
Durante el levantamiento de las mismas, la Asistencia deberá:
- Asistir al representante de la Administración expropiante en el acto de levantamiento de actas de ocupación, a los efectos de informar a la persona expropiada sobre el objeto y alcance de la expropiación
- Entregar plano georreferenciado a los titulares de las fincas con la delimitación de la zona afectada por la expropiación.
- Escanear toda la documentación relativa a la titularidad de las fincas
- Custodiar todas las actas de ocupación tras su firma por los comparecientes.
Una vez finalizadas las Actas de Ocupación, la Asistencia Técnica deberá:
- 1.Proporcionar todas las Actas debidamente firmadas en papel a Servicio de Expropiaciones y Gestión Patrimonial.
- 2 .- Garantizar que toda la documentación relativa a la titularidad de las fincas recogida en el Acta se encuentra adecuadamente escaneada.
3. - Obtener del Registro de la Propiedad la correspondiente Nota Simple del asiento registral de la finca expropiada, cuando no se hubiese obtenido la misma tras el levantamiento de actas previas. Cuando existiendo aparente título contradictorio, lo requiera de forma expresa el Servicio de Expropiaciones y Gestión Patrimonial, la Asistencia solicitará ante el Registro de la Propiedad certificación de dominio y cargas a efectos de la expropiación (art. 32.1ª del Reglamento Hipotecario). Los costes de dichos trámites serán de cargo de la Asistencia.
- 4.Elaborar un informe que deberá incorporar como mínimo:
- Relación de titulares y de ocupantes por cualquier título: precaristas, aparceros o arrendatarios de las fincas afectadas por la expropiación u ocupación temporal. Precisando de todos ellos: nombre, apellidos y domicilio y, en su caso, de los representantes legales; los datos catastrales, los datos registrales y los de los contratos relativos a las fincas que puedan tener relevancia a los efectos de la expropiación.
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Así mismo habrá de identificarse a los titulares de derechos reales e intereses económicos directos sobre el bien expropiable, verificando su título y condición en los registros públicos correspondientes.
- Relación de titulares incomparecientes, desconocidos o incapacitados sin representante legal con expresión de las circunstancias que concurran, con todos los datos necesarios para que el técnico de la administración pueda realizar la remisión de los respectivos documentos al Ministerio Fiscal, a los efectos previstos en el artículo 5 de la Ley de Expropiación Forzosa y concordantes de su Reglamento.
- Relación de propiedades de titularidad litigiosa.
- Relación detallada de las diligencias de la Administración.
- Relación detallada de las alegaciones.
- 5.Elaborar los planos de expropiaciones posteriores a Actas de Ocupación, en los que se recogerán las modificaciones si han existido.
## FASE 3.- ASISTENCIA EN LA TRAMITACIÓN DE LA FASE DE JUSTIPRECIO
## A) ELABORACIÓN DE INFORME PERICIAL Y JUSTIFICATIVO DEL CUADRO DE PRECIOS. INFORMES DE VALORACIÓN INDIVIDUALIZADOS.
La Asistencia elaborará un informe pericial y justificativo del cuadro de precios aplicable a las valoraciones de los bienes y derechos afectados, según las normas de valoración previstas en la legislación aplicable, a efectos de fijación de los precios por parte de la Administración . El informe deberá ir suscrito por profesional competente . El técnico del Servicio de Expropiaciones y Gestión Patrimonial dará el visto bueno al informe una vez revisado, el cual se incorporará al Informe propuesta de Cuadro de precios.
La Asistencia aportará informes individualizados de valoración, suscritos por profesional competente, para la valoración de:
- Edificaciones o construcciones cuya superficie construida sea igual o superior a 25 m 2
- Actividades o Industrias, bien sea su extinción o traslado, teniendo en cuenta lucro cesante y daño emergente.
Dichos informes individualizados se incorporarán al Informe propuesta de Cuadro de precios que formule el Servicio de Expropiaciones y Gestión Patrimonial.
En caso de que se requiera, por tratarse de fincas urbanas, rústicas y arrendamientos existentes en la zona, la Asistencia deberá acompañar estudio de mercado .
## B) ASISTENCIA EN LA REDACCIÓN DE LOS CONVENIOS DE ADQUISICIÓN
La Asistencia confeccionará los Convenios de Adquisición de todas las fincas afectadas de acuerdo con el informe justificativo del cuadro de precios aprobado por la Administración.
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Una vez confeccionados, la Asistencia remitirá los Convenios de Adquisición al Servicio de Expropiaciones y Gestión Patrimonial quien, tras su revisión, los someterá a firma del órgano competente y los notificará.
De igual modo, la Asistencia elaborará los convenios complementarios en caso de ampliación de superficie o de afecciones, expropiación de restos, incrementos de ocupación o errores en medición, así como cualesquiera otros supuestos similares no contemplados en las anteriores fases de la expropiación.
## C) ASISTENCIA EN EL ESTUDIO DE LAS HOJAS DE APRECIO DE LA PROPIEDAD Y LA ELABORACIÓN DE LAS HOJA DE APRECIO DE LA ADMINISTRACIÓN (VALORACIONES CONTRADICTORIAS)
La Asistencia, en coordinación con los técnicos competentes de la Consellería, evaluará las Hojas de Aprecio presentadas por los titulares de bienes y derechos, emitirá la propuesta de Hoja de Aprecio de la Administración, contestando a todos y cada uno de los puntos alegados por la propiedad, y la remitirá al Servicio de Expropiaciones y Gestión Patrimonial.
Tras su revisión, el Servicio de Expropiaciones y Gestión Patrimonial someterá la Hoja de aprecio de la Administración a firma del órgano competente y la notificará a los interesados.
En caso de conformidad de una de las partes con la Hoja de Aprecio de la otra parte, la Asistencia emitirá Acta de Avenencia la cual será revisada por el Servicio de Expropiaciones y Gestión Patrimonial, que la someterá a firma del órgano competente y la notificará a los interesados.
## D) ASISTENCIA EN LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE PARA REMITIR AL JURADO PROVINCIAL DE EXPROPIACIONES.
En el supuesto en que los propietarios no acepten la valoración realizada por la Administración en su Hoja de Aprecio, la Asistencia Técnica preparará el expediente de expropiación y lo introducirá en EXPROPIA. Posteriormente, el Servicio de Expropiaciones y Gestión Patrimonial lo enviará al Jurado Provincial de Expropiación Forzosa.
Una vez el Jurado Provincial correspondiente emita Resolución, el Servicio de Expropiaciones y Gestión Patrimonial podrá requerir el apoyo de la Asistencia Técnica al objeto de estudiar la misma, para, en su caso, interponer los recursos procedentes.
## FASE 4.- MODIFICACIONES DURANTE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS
Posteriormente a las Actas de Ocupación, durante la ejecución de las obras, la Asistencia atenderá, de acuerdo con las indicaciones del Servicio de Expropiaciones y Gestión Patrimonial, todas aquellas incidencias que sean comunicadas por parte del director de las Obras.
En función de la entidad de las modificaciones, el Responsable del contrato decidirá las unidades de trabajo a realizar por parte de la Asistencia.
La existencia de incrementos o desafectaciones de superficies expropiadas exigirá de la Asistencia la actualización de los planos de expropiaciones.
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## FASE 5.- ASISTENCIA PARA LA ELABORACIÓN DE:
- DOCUMENTACIÓN DEFINITIVA DEL EXPEDIENTE DE EXPROPIACIÓN.
- DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LA REGULARIZACIÓN DE LOS DERECHOS ADQUIRIDOS POR LA GENERALITAT ANTE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CATASTRO.
- INCORPORACIÓN AL VISOR CARTOGRÁFICO DE LA GENERALITAT
## 5.1.- DOCUMENTACIÓN DEFINITIVA DEL EXPEDIENTE DE EXPROPIACION.
La Asistencia, tras el levantamiento de las Actas de Ocupación, preparará:
- Un Informe sobre la disponibilidad de los terrenos, el cual recogerá la identificación de todas las fincas de las que se ha levantado acta de Ocupación.
- Un Dossier de Obra que recopilará:
- a. Plano parcelario, con referencias catastrales, además en soporte digital.
- b. Memoria de las variaciones sobre el parcelario del proyecto inicial.
- c. Copia de las actas previas a la Ocupación
- d. Copia de las Actas de Ocupación
## 5.2.- DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LA REGULARIZACIÓN DE LOS DERECHOS ADQUIRIDOS POR LA GENERALITAT ANTE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CATASTRO
La Asistencia recopilará todos los documentos necesarios para proceder a la actualización en el Catastro de la base gráfica catastral por parte de la Consellería.
Sobre la base de la Cartografía Catastral, se aportará lo siguiente:
- Certificaciones catastrales, descriptivas y gráficas de cada una de las parcelas afectadas, previamente a la tramitación de la expropiación.
- Actas previas, actas de pago de la fase previa, actas de ocupación todo ello en formato digital.
- Planos definitivos de la expropiación en formato digital.
- Archivo GML , según especificaciones catastrales, que discrimine entre:
1. Superficie total expropiada en el proyecto, necesaria para el dominio público.
2. Restos no expropiados de cada una de las parcelas afectadas.
3. Cada una de las superficies expropiadas, innecesaria para el dominio público.
4. Certificado positivo, excepto cuando sea negativo debido a deficiencias técnicas de la propia base catastral, de validación gráfica alternativa.
## 5.3. INCORPORACIÓN AL VISOR CARTOGRÁFICO DE LA GENERALITAT
Con objeto de que el Servicio de Expropiaciones y Gestión Patrimonial proceda a la incorporación al Visor cartográfico de la Generalitat cada una de las fincas con derechos con trascendencia patrimonial, así como los atributos pertinentes, la Asistencia deberá aportar el correspondiente archivo shapefile (*.shp, *.shx, *.dbf *.prj) que contenga la definición geométrica (en el Sistema de Referencia ETRS89, UTM, huso 30 o 31.
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## 7.- VALORACIÓN DE LOS TRABAJOS Y ABONO
La valoración de los trabajos se realizará por precios unitarios. Las valoraciones se efectuarán aplicando los precios de cada una de las unidades de ejecución de trabajo, al número de las mismas ejecutadas.
La Asistencia remitirá al Responsable del contrato, propuesta de certificación valorada y justificada, a los efectos de su conformidad o reparos.
Los abonos se efectuarán por medio de certificaciones mensuales, en función de los trabajos efectuados durante el mes natural anterior, correspondientes a las fases del procedimiento desarrolladas conforme a las cláusulas del presente Pliego y del PCAP, y atendiendo a los precios estipulados.
La valoración de los trabajos realizados se determinará multiplicando los correspondientes precios unitarios aplicables a cada tipo de unidad por el número de las homogéneas ejecutadas. Seguidamente, al importe global resultante de la operación anterior, deberá restarse el producto de dicho importe por el índice representativo de la baja que ha experimentado, en su caso, la cuantía de la adjudicación del contrato sobre la cuantía sometida a licitación.
## 8.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN
Al objeto de calcular el presupuesto base de licitación y partiendo del número de actividades a realizar con motivo de los proyectos de obras aprobados por la Dirección General de Dirección General de Infraestructuras y Proyectos Urbanos durante el presente ejercicio y los que se prevé desarrollar durante las anualidades 2025, 2026, 2027 y 2028, se ha considerado en términos estimativos los siguientes precios unitarios (sin IVA) de las unidades de trabajo:
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| UNIDAD DE TRABAJO | DESCRIPCIÓN TRABAJOS A REALIZAR POR LA ASIS- TENCIA TÉCNICA | PRECIO UNITA- RIO |
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| Obra | Estudio Previo del Anejo de Expropiaciones, incluyendo la elaboración del informe con la propuesta de correcciones o modificaciones. | 3.148 € |
| Finca | Confección de las Hojas de Campo de cada finca incluyendo la comprobación de los lindes reales e introducción de datos en el programa de gestión de expropiaciones de la Generali- tat Valenciana que sean necesarios para la elaboración de las relaciones iniciales. | 157 € |
| Agrupación | Asistencia al acto y confección de las Actas Previas a la Ocu- pación, confección de un listado y planos derivados de las actas previas, relación de bienes y derechos definitiva, rela- ción de incomparecientes, relación de alegaciones, relación de afecciones y obtención de notas simples del Registro de la Propiedad y comprobación de las cargas y titularidades de las fincas levantadas. | 170 € |
| Agrupación | Asistencia al acto y confección de las Actas de Ocupación incluyendo: confección de un listado y planos derivados de las actas de ocupación, relación de incomparecientes, rela- ción de alegaciones y relación de afecciones. | 170 € |
| Obra | Informe Pericial y Justificativo del Cuadro de Precios - Infor- mes de Valoración Individualizados. | 3.148 € |
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## Subsecretaria
Ciudad Administrativa 9 d'Octubre.
Calle de La Democràcia, 77
46018 València www.gva.es
| UNIDAD DE TRABAJO | DESCRIPCIÓN TRABAJOS A REALIZAR POR LA ASIS- TENCIA TÉCNICA | PRECIO UNITA- RIO |
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| Agrupación | Valoraciones contradictorias. | 72 € |
| Agrupación | Informe valoración edificaciones de superficie construida ma- yor o igual a 25 m² / Informe de valoración de actividades económicas, instalaciones específicas,… | 303 € |
| Agrupación | Asistencia en la elaboración de los Convenios de Mutuo Acuerdo o Actas de Avenencia. | 39 € |
| Agrupación | Tramitación de ampliación de expropiación por necesidades de la obra, en la que se incluirá todas las fases del procedi- miento expropiatorio necesarias para la adjudicación. | 145 € |
| Agrupación | Asistencia en la tramitación de los documentos de cálculo del Justiprecio, incluyendo estudio y contestación de las hojas de aprecio de la propiedad. | 145 € |
| Finca | Confección de un dossier para el director de la obra en so- porte digital y en soporte en papel con los planos definitivos, copia de las actas de ocupación y relación de propietarios. | 30 € |
| Finca | Confección de un dossier para actualización en la Dirección General del Catastro.Confección de los archivos shapefile de las fincas para su incorporación al visor cartográfico de la Generalitat. | 30 € |
Con el fin de justificar la terminología utilizada para definir las unidades bases de trabajo, 'Finca', 'Agrupación' y 'Obra', se indica lo siguiente:
- a) Fincas: Se consideran fincas cada una de las parcelas catastrales indicadas en el Proyecto de Obra que motiva la incoación del procedimiento expropiatorio. Las fincas se numerarán correlativamente de forma que en un mismo proyecto no existan dos fincas con numeración repetida.
- b) Agrupación: Los derechos existentes sobre cada una de las realidades físicas llamadas fincas reciben el nombre de agrupación. El derecho de propiedad recayente sobre una finca dará lugar a que se cree la Agrupación nº 1, cada uno de los restantes derechos recayentes sobre una misma finca se numeraran sucesivamente de manera correlativa.
- c) Obra: Conjunto de fincas incluidas en el procedimiento de expropiación.
## 9.- FACTURACIÓN DE LOS TRABAJOS
Por la realización de los trabajos objeto del presente contrato, la Administración abonará al contratista mediante certificaciones mensuales y presentación de la correspondiente factura, el importe resultante de la aplicación de los precios unitarios a las unidades realmente ejecutadas.
## 10.- PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
El plazo de ejecución del contrato será de 3 años.
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Subsecretaria Ciudad Administrativa 9 d'Octubre. Calle de La Democràcia, 77 46018 València www.gva.es
## 11.- PLAZO DE ENTREGA DE LOS TRABAJOS.
Todos los trabajos realizados por la Asistencia Técnica se desarrollarán de acuerdo con las instrucciones del Servicio de Expropiaciones y Gestión Patrimonial de la Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio y se supeditarán a los plazos establecidos en la legislación de expropiación forzosa.
- [ ] El adjudicatario deberá informar sistemáticamente por escrito del estado de tramitación del procedimiento expropiatorio (fase, previsión,.) al finalizar cada una de las fases indicadas en el presente pliego y en cualquier momento a requerimiento del Servicio de Expropiaciones y Gestión Patrimonial contratante, deberá elaborar un cuadro de rápida lectura en el que deberá constar el estado real de cada expediente de expropiación.
En Valencia,
LA JEFA DE UNIDAD DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DE EXPROPIACIONES Y GESTIÓN PATRIMONIAL