Arrendamiento de parcelas de terreno situadas en el término municipal de Ingenio, destinadas a su utilización como aparcamientos públicos disuasorios, con la finalidad de mejorar la ordenación del tráfico rodado y reducir la congestión circulatoria en las zonas urbanas con déficit de estacionamiento.
Objeto y condiciones del contrato
Alcaldía del Ayuntamiento de la Villa de Ingenio convoca la licitación «Arrendamiento de parcelas de terreno situadas en el término municipal de Ingenio, destinadas a su utilización como aparcamientos públicos disuasorios, con la finalidad de mejorar la ordenación del tráfico rodado y reducir la congestión circulatoria en las zonas urbanas con déficit de estacionamiento», un contrato de privado con un valor estimado de 168.127,07 EUR (sin impuestos) con lugar de ejecución en Canarias. Clasificación CPV: Servicios de alquiler o venta de terrenos desocupados.. El plazo de presentación de ofertas finalizó el 28 de agosto de 2026 a las 15:00. Estado actual del expediente: Evaluación.
Plazo de presentación
La hora señalada para obtención de pliegos y presentación de ofertas debe entenderse horario peninsular.
Requisitos de los licitadores
- Capacidad de obrar
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- No prohibición para contratar
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- No estar incurso en incompatibilidades
Solvencia económica y financiera
PCAP: CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA. Aptitud y acreditación para contratar.
Presupuesto
Valor estimado (sin impuestos)
Valor global estimado
Total (con impuestos)
Códigos CPV
Clasificación de productos y servicios
Lotes
5 lotes
| Criterio | Tipo | Peso |
|---|---|---|
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Meno grado de inversión municipal
CLÁUSULA NOVENA. Criterios de adjudicación.
El procedimiento de adjudicación será en concurrencia competitiva y los criterios que servirán de base para la adjudicación serán valorables mediante cifras o porcentajes unos, y otro no evaluable mediante fórmula con un máximo de 100 puntos.
1.- Oferta económica: Se otorgará 30 puntos al menor precio ofertado tomando como referencia el siguiente valor en euros/anuales, sin IGIC, entendiendo que este es el precio máximo que pagará el arrendatario por el señalado arriendo. La oferta que no realice ninguna baja recibirá 0 puntos, valorándose el resto de acuerdo con la formula expresada en el PPT.
2.- Mayor superficie útil de la parcela de terreno ofertada. Hasta un máximo de 50 puntos. Este criterio se regirá por lo dispuesto en el PPT.
3.- Menor grado de intervención municipal para el acondicionamiento de la parcela: Hasta un máximo de 20 puntos. Se seguirán las reglas de valoración contenidas en el PPT. Se entenderá como vía pública aquella recogida en el Inventario General de Bienes y Derechos de esta Corporación o de cualquier otra entidad pública.
En caso de empate se estará a lo previsto en el apartado segundo del artículo 147 de la LCSP.
*PUNTUACIÓN TOTAL DE LA OFERTA PTi= P1i + P2i + P3i
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Objetivo / Automático | 20,00% |
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Oferta Económica
CLÁUSULA NOVENA. Criterios de adjudicación.
El procedimiento de adjudicación será en concurrencia competitiva y los criterios que servirán de base para la adjudicación serán valorables mediante cifras o porcentajes unos, y otro no evaluable mediante fórmula con un máximo de 100 puntos.
1.- Oferta económica: Se otorgará 30 puntos al menor precio ofertado tomando como referencia el siguiente valor en euros/anuales, sin IGIC, entendiendo que este es el precio máximo que pagará el arrendatario por el señalado arriendo. La oferta que no realice ninguna baja recibirá 0 puntos, valorándose el resto de acuerdo con la formula expresada en el PPT.
2.- Mayor superficie útil de la parcela de terreno ofertada. Hasta un máximo de 50 puntos. Este criterio se regirá por lo dispuesto en el PPT.
3.- Menor grado de intervención municipal para el acondicionamiento de la parcela: Hasta un máximo de 20 puntos. Se seguirán las reglas de valoración contenidas en el PPT. Se entenderá como vía pública aquella recogida en el Inventario General de Bienes y Derechos de esta Corporación o de cualquier otra entidad pública.
En caso de empate se estará a lo previsto en el apartado segundo del artículo 147 de la LCSP.
*PUNTUACIÓN TOTAL DE LA OFERTA PTi= P1i + P2i + P3i
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Objetivo / Automático | 30,00% |
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Superficie Útil
CLÁUSULA NOVENA. Criterios de adjudicación.
El procedimiento de adjudicación será en concurrencia competitiva y los criterios que servirán de base para la adjudicación serán valorables mediante cifras o porcentajes unos, y otro no evaluable mediante fórmula con un máximo de 100 puntos.
1.- Oferta económica: Se otorgará 30 puntos al menor precio ofertado tomando como referencia el siguiente valor en euros/anuales, sin IGIC, entendiendo que este es el precio máximo que pagará el arrendatario por el señalado arriendo. La oferta que no realice ninguna baja recibirá 0 puntos, valorándose el resto de acuerdo con la formula expresada en el PPT.
2.- Mayor superficie útil de la parcela de terreno ofertada. Hasta un máximo de 50 puntos. Este criterio se regirá por lo dispuesto en el PPT.
3.- Menor grado de intervención municipal para el acondicionamiento de la parcela: Hasta un máximo de 20 puntos. Se seguirán las reglas de valoración contenidas en el PPT. Se entenderá como vía pública aquella recogida en el Inventario General de Bienes y Derechos de esta Corporación o de cualquier otra entidad pública.
En caso de empate se estará a lo previsto en el apartado segundo del artículo 147 de la LCSP.
*PUNTUACIÓN TOTAL DE LA OFERTA PTi= P1i + P2i + P3i
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Objetivo / Automático | 50,00% |
| Criterio | Tipo | Peso |
|---|---|---|
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Meno grado de inversión municipal
CLÁUSULA NOVENA. Criterios de adjudicación.
El procedimiento de adjudicación será en concurrencia competitiva y los criterios que servirán de base para la adjudicación serán valorables mediante cifras o porcentajes unos, y otro no evaluable mediante fórmula con un máximo de 100 puntos.
1.- Oferta económica: Se otorgará 30 puntos al menor precio ofertado tomando como referencia el siguiente valor en euros/anuales, sin IGIC, entendiendo que este es el precio máximo que pagará el arrendatario por el señalado arriendo. La oferta que no realice ninguna baja recibirá 0 puntos, valorándose el resto de acuerdo con la formula expresada en el PPT.
2.- Mayor superficie útil de la parcela de terreno ofertada. Hasta un máximo de 50 puntos. Este criterio se regirá por lo dispuesto en el PPT.
3.- Menor grado de intervención municipal para el acondicionamiento de la parcela: Hasta un máximo de 20 puntos. Se seguirán las reglas de valoración contenidas en el PPT. Se entenderá como vía pública aquella recogida en el Inventario General de Bienes y Derechos de esta Corporación o de cualquier otra entidad pública.
En caso de empate se estará a lo previsto en el apartado segundo del artículo 147 de la LCSP.
*PUNTUACIÓN TOTAL DE LA OFERTA PTi= P1i + P2i + P3i
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Objetivo / Automático | 20,00% |
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Oferta Económica
CLÁUSULA NOVENA. Criterios de adjudicación.
El procedimiento de adjudicación será en concurrencia competitiva y los criterios que servirán de base para la adjudicación serán valorables mediante cifras o porcentajes unos, y otro no evaluable mediante fórmula con un máximo de 100 puntos.
1.- Oferta económica: Se otorgará 30 puntos al menor precio ofertado tomando como referencia el siguiente valor en euros/anuales, sin IGIC, entendiendo que este es el precio máximo que pagará el arrendatario por el señalado arriendo. La oferta que no realice ninguna baja recibirá 0 puntos, valorándose el resto de acuerdo con la formula expresada en el PPT.
2.- Mayor superficie útil de la parcela de terreno ofertada. Hasta un máximo de 50 puntos. Este criterio se regirá por lo dispuesto en el PPT.
3.- Menor grado de intervención municipal para el acondicionamiento de la parcela: Hasta un máximo de 20 puntos. Se seguirán las reglas de valoración contenidas en el PPT. Se entenderá como vía pública aquella recogida en el Inventario General de Bienes y Derechos de esta Corporación o de cualquier otra entidad pública.
En caso de empate se estará a lo previsto en el apartado segundo del artículo 147 de la LCSP.
*PUNTUACIÓN TOTAL DE LA OFERTA PTi= P1i + P2i + P3i
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Objetivo / Automático | 30,00% |
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Superficie Útil
CLÁUSULA NOVENA. Criterios de adjudicación.
El procedimiento de adjudicación será en concurrencia competitiva y los criterios que servirán de base para la adjudicación serán valorables mediante cifras o porcentajes unos, y otro no evaluable mediante fórmula con un máximo de 100 puntos.
1.- Oferta económica: Se otorgará 30 puntos al menor precio ofertado tomando como referencia el siguiente valor en euros/anuales, sin IGIC, entendiendo que este es el precio máximo que pagará el arrendatario por el señalado arriendo. La oferta que no realice ninguna baja recibirá 0 puntos, valorándose el resto de acuerdo con la formula expresada en el PPT.
2.- Mayor superficie útil de la parcela de terreno ofertada. Hasta un máximo de 50 puntos. Este criterio se regirá por lo dispuesto en el PPT.
3.- Menor grado de intervención municipal para el acondicionamiento de la parcela: Hasta un máximo de 20 puntos. Se seguirán las reglas de valoración contenidas en el PPT. Se entenderá como vía pública aquella recogida en el Inventario General de Bienes y Derechos de esta Corporación o de cualquier otra entidad pública.
En caso de empate se estará a lo previsto en el apartado segundo del artículo 147 de la LCSP.
*PUNTUACIÓN TOTAL DE LA OFERTA PTi= P1i + P2i + P3i
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Objetivo / Automático | 50,00% |
| Criterio | Tipo | Peso |
|---|---|---|
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Meno grado de inversión municipal
CLÁUSULA NOVENA. Criterios de adjudicación.
El procedimiento de adjudicación será en concurrencia competitiva y los criterios que servirán de base para la adjudicación serán valorables mediante cifras o porcentajes unos, y otro no evaluable mediante fórmula con un máximo de 100 puntos.
1.- Oferta económica: Se otorgará 30 puntos al menor precio ofertado tomando como referencia el siguiente valor en euros/anuales, sin IGIC, entendiendo que este es el precio máximo que pagará el arrendatario por el señalado arriendo. La oferta que no realice ninguna baja recibirá 0 puntos, valorándose el resto de acuerdo con la formula expresada en el PPT.
2.- Mayor superficie útil de la parcela de terreno ofertada. Hasta un máximo de 50 puntos. Este criterio se regirá por lo dispuesto en el PPT.
3.- Menor grado de intervención municipal para el acondicionamiento de la parcela: Hasta un máximo de 20 puntos. Se seguirán las reglas de valoración contenidas en el PPT. Se entenderá como vía pública aquella recogida en el Inventario General de Bienes y Derechos de esta Corporación o de cualquier otra entidad pública.
En caso de empate se estará a lo previsto en el apartado segundo del artículo 147 de la LCSP.
*PUNTUACIÓN TOTAL DE LA OFERTA PTi= P1i + P2i + P3i
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Objetivo / Automático | 20,00% |
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Oferta Económica
CLÁUSULA NOVENA. Criterios de adjudicación.
El procedimiento de adjudicación será en concurrencia competitiva y los criterios que servirán de base para la adjudicación serán valorables mediante cifras o porcentajes unos, y otro no evaluable mediante fórmula con un máximo de 100 puntos.
1.- Oferta económica: Se otorgará 30 puntos al menor precio ofertado tomando como referencia el siguiente valor en euros/anuales, sin IGIC, entendiendo que este es el precio máximo que pagará el arrendatario por el señalado arriendo. La oferta que no realice ninguna baja recibirá 0 puntos, valorándose el resto de acuerdo con la formula expresada en el PPT.
2.- Mayor superficie útil de la parcela de terreno ofertada. Hasta un máximo de 50 puntos. Este criterio se regirá por lo dispuesto en el PPT.
3.- Menor grado de intervención municipal para el acondicionamiento de la parcela: Hasta un máximo de 20 puntos. Se seguirán las reglas de valoración contenidas en el PPT. Se entenderá como vía pública aquella recogida en el Inventario General de Bienes y Derechos de esta Corporación o de cualquier otra entidad pública.
En caso de empate se estará a lo previsto en el apartado segundo del artículo 147 de la LCSP.
*PUNTUACIÓN TOTAL DE LA OFERTA PTi= P1i + P2i + P3i
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Objetivo / Automático | 30,00% |
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Superficie Útil
CLÁUSULA NOVENA. Criterios de adjudicación.
El procedimiento de adjudicación será en concurrencia competitiva y los criterios que servirán de base para la adjudicación serán valorables mediante cifras o porcentajes unos, y otro no evaluable mediante fórmula con un máximo de 100 puntos.
1.- Oferta económica: Se otorgará 30 puntos al menor precio ofertado tomando como referencia el siguiente valor en euros/anuales, sin IGIC, entendiendo que este es el precio máximo que pagará el arrendatario por el señalado arriendo. La oferta que no realice ninguna baja recibirá 0 puntos, valorándose el resto de acuerdo con la formula expresada en el PPT.
2.- Mayor superficie útil de la parcela de terreno ofertada. Hasta un máximo de 50 puntos. Este criterio se regirá por lo dispuesto en el PPT.
3.- Menor grado de intervención municipal para el acondicionamiento de la parcela: Hasta un máximo de 20 puntos. Se seguirán las reglas de valoración contenidas en el PPT. Se entenderá como vía pública aquella recogida en el Inventario General de Bienes y Derechos de esta Corporación o de cualquier otra entidad pública.
En caso de empate se estará a lo previsto en el apartado segundo del artículo 147 de la LCSP.
*PUNTUACIÓN TOTAL DE LA OFERTA PTi= P1i + P2i + P3i
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Objetivo / Automático | 50,00% |
| Criterio | Tipo | Peso |
|---|---|---|
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Meno grado de inversión municipal
CLÁUSULA NOVENA. Criterios de adjudicación.
El procedimiento de adjudicación será en concurrencia competitiva y los criterios que servirán de base para la adjudicación serán valorables mediante cifras o porcentajes unos, y otro no evaluable mediante fórmula con un máximo de 100 puntos.
1.- Oferta económica: Se otorgará 30 puntos al menor precio ofertado tomando como referencia el siguiente valor en euros/anuales, sin IGIC, entendiendo que este es el precio máximo que pagará el arrendatario por el señalado arriendo. La oferta que no realice ninguna baja recibirá 0 puntos, valorándose el resto de acuerdo con la formula expresada en el PPT.
2.- Mayor superficie útil de la parcela de terreno ofertada. Hasta un máximo de 50 puntos. Este criterio se regirá por lo dispuesto en el PPT.
3.- Menor grado de intervención municipal para el acondicionamiento de la parcela: Hasta un máximo de 20 puntos. Se seguirán las reglas de valoración contenidas en el PPT. Se entenderá como vía pública aquella recogida en el Inventario General de Bienes y Derechos de esta Corporación o de cualquier otra entidad pública.
En caso de empate se estará a lo previsto en el apartado segundo del artículo 147 de la LCSP.
*PUNTUACIÓN TOTAL DE LA OFERTA PTi= P1i + P2i + P3i
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Objetivo / Automático | 20,00% |
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Oferta Económica
CLÁUSULA NOVENA. Criterios de adjudicación.
El procedimiento de adjudicación será en concurrencia competitiva y los criterios que servirán de base para la adjudicación serán valorables mediante cifras o porcentajes unos, y otro no evaluable mediante fórmula con un máximo de 100 puntos.
1.- Oferta económica: Se otorgará 30 puntos al menor precio ofertado tomando como referencia el siguiente valor en euros/anuales, sin IGIC, entendiendo que este es el precio máximo que pagará el arrendatario por el señalado arriendo. La oferta que no realice ninguna baja recibirá 0 puntos, valorándose el resto de acuerdo con la formula expresada en el PPT.
2.- Mayor superficie útil de la parcela de terreno ofertada. Hasta un máximo de 50 puntos. Este criterio se regirá por lo dispuesto en el PPT.
3.- Menor grado de intervención municipal para el acondicionamiento de la parcela: Hasta un máximo de 20 puntos. Se seguirán las reglas de valoración contenidas en el PPT. Se entenderá como vía pública aquella recogida en el Inventario General de Bienes y Derechos de esta Corporación o de cualquier otra entidad pública.
En caso de empate se estará a lo previsto en el apartado segundo del artículo 147 de la LCSP.
*PUNTUACIÓN TOTAL DE LA OFERTA PTi= P1i + P2i + P3i
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Objetivo / Automático | 30,00% |
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Superficie Útil
CLÁUSULA NOVENA. Criterios de adjudicación.
El procedimiento de adjudicación será en concurrencia competitiva y los criterios que servirán de base para la adjudicación serán valorables mediante cifras o porcentajes unos, y otro no evaluable mediante fórmula con un máximo de 100 puntos.
1.- Oferta económica: Se otorgará 30 puntos al menor precio ofertado tomando como referencia el siguiente valor en euros/anuales, sin IGIC, entendiendo que este es el precio máximo que pagará el arrendatario por el señalado arriendo. La oferta que no realice ninguna baja recibirá 0 puntos, valorándose el resto de acuerdo con la formula expresada en el PPT.
2.- Mayor superficie útil de la parcela de terreno ofertada. Hasta un máximo de 50 puntos. Este criterio se regirá por lo dispuesto en el PPT.
3.- Menor grado de intervención municipal para el acondicionamiento de la parcela: Hasta un máximo de 20 puntos. Se seguirán las reglas de valoración contenidas en el PPT. Se entenderá como vía pública aquella recogida en el Inventario General de Bienes y Derechos de esta Corporación o de cualquier otra entidad pública.
En caso de empate se estará a lo previsto en el apartado segundo del artículo 147 de la LCSP.
*PUNTUACIÓN TOTAL DE LA OFERTA PTi= P1i + P2i + P3i
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Objetivo / Automático | 50,00% |
| Criterio | Tipo | Peso |
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Meno grado de inversión municipal
CLÁUSULA NOVENA. Criterios de adjudicación.
El procedimiento de adjudicación será en concurrencia competitiva y los criterios que servirán de base para la adjudicación serán valorables mediante cifras o porcentajes unos, y otro no evaluable mediante fórmula con un máximo de 100 puntos.
1.- Oferta económica: Se otorgará 30 puntos al menor precio ofertado tomando como referencia el siguiente valor en euros/anuales, sin IGIC, entendiendo que este es el precio máximo que pagará el arrendatario por el señalado arriendo. La oferta que no realice ninguna baja recibirá 0 puntos, valorándose el resto de acuerdo con la formula expresada en el PPT.
2.- Mayor superficie útil de la parcela de terreno ofertada. Hasta un máximo de 50 puntos. Este criterio se regirá por lo dispuesto en el PPT.
3.- Menor grado de intervención municipal para el acondicionamiento de la parcela: Hasta un máximo de 20 puntos. Se seguirán las reglas de valoración contenidas en el PPT. Se entenderá como vía pública aquella recogida en el Inventario General de Bienes y Derechos de esta Corporación o de cualquier otra entidad pública.
En caso de empate se estará a lo previsto en el apartado segundo del artículo 147 de la LCSP.
*PUNTUACIÓN TOTAL DE LA OFERTA PTi= P1i + P2i + P3i
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Objetivo / Automático | 20,00% |
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Oferta Económica
CLÁUSULA NOVENA. Criterios de adjudicación.
El procedimiento de adjudicación será en concurrencia competitiva y los criterios que servirán de base para la adjudicación serán valorables mediante cifras o porcentajes unos, y otro no evaluable mediante fórmula con un máximo de 100 puntos.
1.- Oferta económica: Se otorgará 30 puntos al menor precio ofertado tomando como referencia el siguiente valor en euros/anuales, sin IGIC, entendiendo que este es el precio máximo que pagará el arrendatario por el señalado arriendo. La oferta que no realice ninguna baja recibirá 0 puntos, valorándose el resto de acuerdo con la formula expresada en el PPT.
2.- Mayor superficie útil de la parcela de terreno ofertada. Hasta un máximo de 50 puntos. Este criterio se regirá por lo dispuesto en el PPT.
3.- Menor grado de intervención municipal para el acondicionamiento de la parcela: Hasta un máximo de 20 puntos. Se seguirán las reglas de valoración contenidas en el PPT. Se entenderá como vía pública aquella recogida en el Inventario General de Bienes y Derechos de esta Corporación o de cualquier otra entidad pública.
En caso de empate se estará a lo previsto en el apartado segundo del artículo 147 de la LCSP.
*PUNTUACIÓN TOTAL DE LA OFERTA PTi= P1i + P2i + P3i
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Objetivo / Automático | 30,00% |
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Superficie Útil
CLÁUSULA NOVENA. Criterios de adjudicación.
El procedimiento de adjudicación será en concurrencia competitiva y los criterios que servirán de base para la adjudicación serán valorables mediante cifras o porcentajes unos, y otro no evaluable mediante fórmula con un máximo de 100 puntos.
1.- Oferta económica: Se otorgará 30 puntos al menor precio ofertado tomando como referencia el siguiente valor en euros/anuales, sin IGIC, entendiendo que este es el precio máximo que pagará el arrendatario por el señalado arriendo. La oferta que no realice ninguna baja recibirá 0 puntos, valorándose el resto de acuerdo con la formula expresada en el PPT.
2.- Mayor superficie útil de la parcela de terreno ofertada. Hasta un máximo de 50 puntos. Este criterio se regirá por lo dispuesto en el PPT.
3.- Menor grado de intervención municipal para el acondicionamiento de la parcela: Hasta un máximo de 20 puntos. Se seguirán las reglas de valoración contenidas en el PPT. Se entenderá como vía pública aquella recogida en el Inventario General de Bienes y Derechos de esta Corporación o de cualquier otra entidad pública.
En caso de empate se estará a lo previsto en el apartado segundo del artículo 147 de la LCSP.
*PUNTUACIÓN TOTAL DE LA OFERTA PTi= P1i + P2i + P3i
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Objetivo / Automático | 50,00% |
Documentación
8 documentos
Organismo Contratante
Plazo de Presentación
Procedimiento
Fechas
Licitaciones Relacionadas
Basadas en organismo contratante, CPV y tipo de contrato