Informe sobre las ofertas incursas en presunción de anormalidad
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ASUNTO:
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## INFORME
INFORME QUE EMITE EL TENIENTE CORONEL CIEA/EOF D. ÁLVARO ORTEGA DE LA ROSA, JEFE DEL ESCUADRÓN DE INFRAESTRUCTURA DE LA AGRUPACIÓN DEL CUARTEL GENERAL DEL MANDO AÉREO DE CANARIAS, SOBRE EL EXPTE. 2026/EA14/00000506E 'ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE AIRES ACONDICIONADOS PARA LA ACGMACAN'.
## 1. EXPOSICIÓN
El objeto del presente informe es valorar la justificación de la oferta incursa en presunción de anormalidad del expediente 2026/EA14/00000506E 'Adquisición e instalación de aires acondicionados para la ACGMACAN'.
## 2. ANTECEDENTES
- A. Pliego de Prescripciones Técnicas relativo al expediente 2026/EA14/00000506E 'Adquisición e instalación de aires acondicionados para la ACGMACAN'.
- B. Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que ha de regir en el contrato de suministro de: Adquisición e instalación de aires acondicionados para la ACGMACAN. A adjudicar por el procedimiento abierto simplificado.
- C. Justificación de la oferta de licitación presentada por la empresa ELECTRO QUESADA S.L.
## 3. ESTUDIO
Se procede al estudio de la documentación de la referencia C.
La empresa ELECTRO QUESADA S.L. procede a la realización de la justificación de la baja llevada a cabo en la oferta de licitación del expediente 2026/EA14/00000506E, mediante el aporte de un informe, en el cuál señala un desglose general de su oferta.
En el apartado de costes de suministro, que valora en 19.075,00 € (sin IGIC) no aporta ningún detalle desglosado que permita la justificación de precios, ni por equipos ni por material auxiliar. Aduce únicamente tener relación directa con proveedores y eliminación de intermediarios para poder ofertar a ese precio. Se considera por tanto que la información es incompleta e insuficiente en este punto.
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USO OFICIAL
EJÉRCITO DEL AIRE Y DEL ESPACIO
ACGMACAN
ESCUADRÓN DE INFRAESTRUCTURA
MINISTERIO DE DEFENSA
ESTADO MAYOR
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## USO OFICIAL
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En el siguiente apartado sobre costes de instalación, lo valora en 19.905,00 € (sin IGIC), detallando los costes de personal, de transporte y alojamiento para su personal al ser una empresa que no tiene sede fija en las Islas Canarias, de desmontaje de equipos y de la propia instalación de los equipos. Justifica el bajo coste asumiendo un periodo de trabajo de 10 días consecutivos, donde realizaría el desmontaje de equipos antiguos y el montaje de los equipos suministrados.
El plazo de ejecución señalado en el PCAP (referencia B) es de 60 días desde la formalización. El PPT (referencia A) establece en el apartado 2 que el Responsable del Expediente podrá solicitar la instalación de cualquiera de los equipos relacionados en el expediente durante el periodo de vigencia. En dicho punto no se obliga a señalarlos dentro del plazo de 10 días que presupone la empresa para ahorrar costes, por lo que la hipótesis que utiliza para la justificación es inadecuada.
El PPT establece también en el punto 6.1 que el adjudicatario es el único responsable de la correcta realización del servicio y programará todas las tareas a ejecutar que deberán ajustarse a las condiciones que fije el Responsable del Expediente en cuanto a horarios y características del lugar. Por razones organizativas y de seguridad en instalaciones militares, la empresa no puede contar con la certeza de poder trabajar en días festivos o de forma continua, sino que estaría sujeta a la limitación de fechas y horarios que rige en la ACGMACAN para empresas externas. En consecuencia, el plazo de 10 días que justifica el ahorro de costes no es válido como hipótesis para fundamentar el presupuesto.
Estos dos apartados constituyen el presupuesto base de ejecución. A continuación, la empresa imputa el 13% de este presupuesto a gastos generales y el 6% al beneficio industrial.
## 4. CONCLUSIONES
Del estudio de la documentación anterior se concluye que la información aportada por la empresa ELECTRO QUESADA S.L. es insuficiente para justificar la baja realizada en la licitación del expediente 2026/EA14/00000506E 'Adquisición e instalación de aires acondicionados para la ACGMACAN'.
## 5. PROPUESTA
A la vista de lo anterior, se propone que la empresa ELECTRO QUESADA S.L. no continúe en el proceso de licitación, al no quedar justificada su oferta anormalmente baja.
Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de abril de 2026
El Teniente Coronel
Fdo.: Álvaro Ortega de la Rosa
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