Memoria justificativa

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RcLy8Flbsh/se.bog.nur//:sptth:nóiccerid etneiugis al ne otnemucod etse ed dadirgetni al racifirev edeuP | d1e6-9c44-f689-ca26-6c5e-ebea-656a-2510-NEG : .V.S.C | lanigiro otnemucod la eyutitsus on ,AMRIF ED EMROFNI MINISTERIO DIRECCIÓN GENERAL DE DE AGRICULTURA, PESCA ALIMENTACIÓN Y ALIMENTACIÓN JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD DE LA CONTRATACIÓN EN CUMPLIMIENTO DEL ART. 28 DE LA LCSP Y DE LA CLÁUSULA 2ª (PTO. 1.2. DEL PCAP) “ADQUISICIÓN DE UN SISTEMA DE ESPECTROMETRÍA DE MASAS CON PLASMA ACOPLADO INDUCTIVAMENTE (ICP-MS) Y DE SU MANTENIMIENTO PREVENTIVO ANUAL DE 24 MESES PARA EL DEPARTAMENTO DE TÉCNICAS ESPECTROSCÓPICAS Y FERTILIZANTES DEL LABORATORIO ARBITRAL AGROALIMENTARIO DE MADRID” PROCEDIMIENTO: ABIERTO N.º expediente gestor: 2026LAA00063 JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD DEL CONTRATO EN CUMPLIMIENTO DEL ART. 28 DE LA LCSP Y DE LA CLÁUSULA 2ª (PTO. 1.2. DEL PCAP) El Laboratorio Arbitral Agroalimentario de Madrid (LAA), dependiente del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, dirige sus actividades hacia la defensa de la calidad de la producción agroalimentaria, ofreciendo soporte analítico tanto a diferentes Direcciones Generales del Departamento, como a otros organismos de la Administración General del Estado, a las Comunidades Autónomas y a diversos sectores agroalimentarios estratégicos en el marco del control oficial, además de intervenir en tareas de control del comercio exterior. En el marco de los controles oficiales, el Departamento de Técnicas Espectroscópicas y Fertilizantes del LAA es Laboratorio Nacional de Referencia (LNR) para la determinación de elementos químicos y sus especies en alimentos y piensos. Para cumplir con sus funciones como LNR, establecidas en el Reglamento (UE) 625/2017, sobre los controles oficiales efectuados para garantizar la verificación del cumplimiento de la legislación en materia de piensos y alimentos y la normativa sobre salud animal y bienestar de los animales, el laboratorio debe tener acceso a la infraestructura, el equipamiento y los productos necesarios para realizar las tareas que se le asignen y para realizar sus tareas en situaciones de emergencia. El Reglamento (UE) 625/2017 establece, además, que los laboratorios que intervienen en el control oficial deben estar acreditados conforme a la norma UNE-EN ISO/IEC 17025, «Requisitos generales relativos a la competencia de los laboratorios de ensayo y calibración». Por tanto, para cumplir con sus funciones como LNR y llevar a cabo el control oficial de muestras de alimentos, piensos y fertilizantes, el departamento de técnicas espectroscópicas y fertilizantes del LAA está acreditado por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) según norma UNE-EN ISO/IEC 17025 para el análisis de elementos químicos y sus especies en muestras agroalimentarias y para los análisis necesarios para realizar el control de la calidad de productos fertilizantes, mediante un procedimiento que utiliza la técnica espectrometría de masas con plasma acoplado inductivamente (ICP-MS). Por otro lado, para responder a los requisitos del Reglamento (UE) 915/2023 por el que se fija el contenido máximo de determinados contaminantes en los productos alimenticios, a las recomendaciones de análisis solicitadas por la autoridad europea de seguridad alimentaria y a la Directiva CE/2002/32 sobre sustancias indeseables en piensos y sus materias primas, es imprescindible disponer de un equipo ICP-MS que sea capaz de realizar análisis de especiación

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