LA SECRETARIA TÉCNICA DEL CONSEJO DE GOBIERNO INSULAR DEL
CABILDO DE FUERTEVENTURA
CERTIFICA: Que por el Sr./Sra. Consejera Delegado de Accesibilidad, Informática,
NN.TT. y Planific y Proy. Estratégicos se ha dictado el Decreto/Resolución que seguidamente
se transcribe literalmente y que ha quedado registrada en el libro de resoluciones o decretos
con el número de orden 6993/2026:
Servicio de Contratación
Nº Exp.: 2026/13017
Ref.: RCHO/mcs
Primero.- Mediante providencia del Sra. Consejera Delegada de Accesibilidad, Informática y
Nuevas tecnologías, Planificación y Proyectos Estratégicos de fecha 06.10.2026 se ordena
redactar propuesta de resolución para aprobar el expediente de contratación denominado
“ADQUISICIÓN DE MATERIAL INFORMÁTICO - MODERNIZACION ADMINISTRACION”,
mediante procedimiento abierto sujeto a regulación armonizada.
Segundo.- El objeto del presente contrato consiste en el suministro de ordenadores y software
ofimático para dichos ordenadores, de conformidad con el contenido del Pliego de
Prescripciones Técnicas Particulares, Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y demás
documentación que rija el contrato.
Tercero.- Consta en el expediente resolución nº 5052/2026 de la Consejera Delegada de
Accesibilidad, Informática y Nuevas tecnologías, Planificación y Proyectos Estratégicos de
fecha 10.07.2026 aprobando la necesidad del contrato, memoria justificativa del contrato de
fecha 12.08.2026, estudio económico de fecha 09.07.2026, pliego de prescripciones técnicas
de fecha 09.07.2026 y pliego de clausulas administrativas particulares de fecha 19.08.2026.
Cuarto.- Con fecha 02.10.2026 se emite el preceptivo informe jurídico por el Técnico de la
Asesoría Jurídica y por la Directora de la Asesoría Jurídica y Defensa en Juicio de la
Corporación, se cita literal:
“INFORME ASEORÍA JURÍDICA
En relación con el expediente de contratación denominado “ADQUISICIÓN DE MATERIAL
INFORMÁTICO – MODERNIZACIÓN ADMINISTRACIÓN”, remitido por el Servicio de Contratación, y de
conformidad con lo previsto en el apartado 8 de la Disposición Adicional Tercera de la Ley 9/2017, de 8 de
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noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante, LCSP), se emite el presente INFORME
JURÍDICO, en base a los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 8 de junio de 2026, por la Consejera Delegada de Accesibilidad, Informática y
Nuevas Tecnologías, Planificación y Proyectos Estratégicos se dicta Providencia instando al Servicio de
Informática y Nuevas Tecnologías a iniciar expediente para la adquisición de material informático
destinado a la modernización de la Administración.
SEGUNDO.- Mediante Resolución n.º 5052/2026, de 10 de julio de 2026, se declara la necesidad de
contratar el suministro denominado “ADQUISICIÓN DE MATERIAL INFORMÁTICO – MODERNIZACIÓN
ADMINISTRACIÓN”, destinado a dotar a los diferentes Servicios del Cabildo Insular de Fuerteventura del
material adecuado para el desarrollo de sus funciones.
TERCERO.- Consta incorporada al expediente la documentación preparatoria de la contratación, entre la
que se encuentra el Pliego de Prescripciones Técnicas, memoria justificativa, estudio económico,
justificación de la no división en lotes, Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y documento de
retención de crédito.
El contrato cuenta con un presupuesto máximo de gasto de 319.357,00 euros, IGIC incluido,
proponiéndose su adjudicación mediante procedimiento abierto.
CUARTO.- Una vez realizadas las actuaciones preparatorias previstas en el artículo 116 de la LCSP, el
Servicio de Contratación remite el expediente a esta Asesoría Jurídica, solicitando la emisión del informe
jurídico preceptivo, de conformidad con el apartado 8 de la Disposición Adicional Tercera de la LCSP.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
PRIMERA.- Naturaleza y necesidad del contrato.
El presente contrato tiene la consideración de un contrato administrativo de suministro, de conformidad
con los artículos 16 y 25 de la LCSP, al tener por objeto el suministro de ordenadores y software ofimático
para el personal del Cabildo Insular de Fuerteventura.
La necesidad e idoneidad de la contratación se encuentran justificadas en el expediente, de conformidad
con los artículos 28 y 116 de la LCSP, atendiendo a la necesidad de renovar el equipamiento informático
existente y adaptar los medios de la Corporación a las nuevas necesidades de tramitación electrónica.
SEGUNDA.- Presupuesto y existencia de crédito.
El presupuesto máximo de gasto asciende a 319.357,00 euros, IGIC incluido, correspondiendo
298.464,49 euros al importe sin IGIC y 20.892,51 euros al impuesto. El valor estimado del contrato
asciende a 298.464,49 euros.
Consta asimismo incorporado al expediente documento contable de Retención de Crédito n.º
220260031243, por importe de 319.357,00 euros, acreditándose la existencia de crédito adecuado y
disponible. RC 220260031243
TERCERA.- Procedimiento de adjudicación.
Atendiendo a la naturaleza y valor estimado del contrato, se prevé su adjudicación mediante
procedimiento abierto sujeto a regulación armonizada, de conformidad con los artículos 21, 131 y 156 y
siguientes de la LCSP.
Asimismo, consta justificada en el expediente la no división en lotes, atendiendo a la vinculación existente
entre los equipos informáticos y el software objeto del suministro.
CUARTA.- Pliegos y criterios de adjudicación.
Constan incorporados al expediente el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de
Prescripciones Técnicas, en los que se establecen las condiciones administrativas y técnicas que han de
regir la licitación y posterior ejecución del contrato.
La adjudicación se realizará atendiendo a una pluralidad de criterios objetivos, consistentes en precio
unitario, ampliación de la garantía y mejora del monitor tipo A, de acuerdo con lo establecido en la
documentación preparatoria.
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QUINTA.- Órgano de contratación.
De acuerdo con la documentación obrante en el expediente, el órgano de contratación es la Consejera
Delegada de Accesibilidad, Informática, Nuevas Tecnologías, Planificación y Proyectos Estratégicos, de
conformidad con el Decreto de la Presidencia n.º 885/2024, de 23 de febrero de 2024, y el Acuerdo del
Consejo de Gobierno Insular de 27 de febrero de 2024.
Por todo lo expuesto, y a la vista de las consideraciones jurídicas expuestas, procede continuar con la
tramitación del expediente de contratación.
Este es mi informe que, no obstante, someto a otro mejor fundado en Derecho.
(…)”
En virtud de lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el Decreto de la Presidencia
número 885/2024 de fecha 23.02.2024, por el que se nombra a la Consejera Delegada de
Accesibilidad, Informática y Nuevas tecnologías, Planificación y Proyectos Estratégicos y el
acuerdo del Consejo de Gobierno Insular de fecha 27.02.2024, en que se le atribuyen las
competencias del Consejo de Gobierno Insular.
Visto que la propuesta ha sido fiscalizada de conformidad por la Intervención.
RESUELVO:
PRIMERO.- Aprobar el expediente de contratación denominado “ADQUISICIÓN DE
MATERIAL INFORMÁTICO - MODERNIZACION ADMINISTRACION”, mediante
procedimiento abierto sujeto a regulación armonizada, con un presupuesto máximo de gasto
que asciende a la cantidad de trescientos diecinueve mil trescientos cincuenta y siete euros
(319.357,00€), incluido el IGIC, que asciende a la cantidad de veinte mil ochocientos noventa y
dos euros con quince céntimos (20.892,51€).
El valor estimado del contrato asciende a la cantidad de doscientos noventa y ocho mil
cuatrocientos sesenta y cuatro euros con cuarenta y nueve céntimos (298.464,49 €).
SEGUNDO.- Aprobar el Pliego de Prescripciones Técnicas de fecha 09.07.2026 y el Pliego de
Cláusulas Administrativas Particulares de fecha 19.08.2026 que habrá de regir la contratación.
TERCERO.- Autorizar el gasto del expediente de contratación por la cantidad de trescientos
diecinueve mil trescientos cincuenta y siete euros (319.357,00€), incluido el IGIC, con cargo a
las siguientes aplicaciones presupuestarias:
Aplicación Denominación Nº de Nº de Importe
Presupuestaria referencia operación
61720 4910S 6260025 equipos para 22026004959 220260031243 200.000,00€
procesos de
información
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aplicaciones
informáticas
61720 4910S 6410025 gastos en 22026004961 220260031243 78.167,08€
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aplicaciones
informáticas
CUARTO.- Ordenar la apertura del procedimiento de adjudicación mediante procedimiento
abierto de conformidad con el artículo 156 de la LCSP.
QUINTO.- Publicar el anuncio de licitación en el Perfil de Contratante, así como el Pliego de
Cláusulas Administrativas Particulares y el de Prescripciones Técnicas.
SEXTO.- El plazo de admisión de las proposiciones finalizará el trigésimo primer (31) día
natural a las 12:00h pm, a contar desde la fecha de envío del anuncio de licitación a la Oficina
de Publicaciones de la Unión Europea. (art.156.3 c) de la LCSP).
SÉPTIMO.- La fecha de celebración de la Mesa de Contratación se publicará en el Perfil del
contratante.
OCTAVO.- Dar traslado de la presente resolución al Servicio de Contabilidad, para proceder a
su contabilización y al Pleno de la Corporación en la primera sesión ordinaria que celebre.
Contra la presente resolución cabe la interposición de recurso especial en materia de
contratación regulado en los artículos 44 y siguientes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público, el cual, podrá presentarse en los lugares establecidos en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, en el registro del órgano de contratación, o en el Tribunal
Administrativo de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el plazo de
quince días hábiles a contar desde el siguiente a la remisión de este acuerdo y su publicación
en el Perfil del contratante.; o bien con arreglo a lo dispuesto en os artículos 11.1 f) y 46.1 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, puede
interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses
contados a partir del día siguiente a aquel en que se produzca la notificación del presente
acuerdo.
Contra la presente resolución no procede la interposición de recursos administrativos
ordinarios regulados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Y para que así conste y surta los efectos que procedan, se expide la presente, en
Puerto del Rosario, en la fecha de la firma digital, firmado digitalmente, mediante sistema de
actuación administrativa automatizada del Sello de Órgano de la Secretaria Técnica del
Consejo de Gobierno Insular , según resolución de fecha de 12 de agosto de 2022, publicada
en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, Número 100, de 19 de agosto de 2022.
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