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Pliego Técnico Ver licitación
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<!-- image --> PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EL CONTRATO DE COMPRAVENTA (PRIMERA FASE) DE INMUEBLES UBICADOS EN AVENIDA CARLET, NÚMEROS, 4, Y 21 EN EL MUNICIPIO DE ALGEMESÍ. ## 1.1. RÉGIMEN JURÍDICO El Ayuntamiento tiene capacidad jurídica plena para adquirir bienes y derechos a título oneroso, de derecho público o privado, de conformidad con lo previsto en los artículos 5.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (en adelante, LRBRL), el artículo 3 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (en adelante, ROF), el artículo 1.1 Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local (en adelante, TRRL), y los artículos 9 y 10 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (en adelante, RB). Del artículo 9.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, se deduce que queda excluido del ámbito aplicación de dicha ley, entre otros, los contratos de compraventa, donación, permuta, arrendamiento y mañana negocios jurídicos análogos sobre bienes Inmuebles. El Ayuntamiento, a través de este procedimiento, cumple con los principios básicos establecidos en en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, eficacia,económica, publicidad, transparencia, concurrencia y objetividad en la adquisición de estos bienes. Nos encontramos ante un procedimiento para la adquisición de inmuebles, regida por el derecho privado, cuya preparación y adjudicación se regirá por el contenido del presente Pliego, y en todo caso, , y sus efectos y extinción se regirán por el contenido del presente Pliego de condiciones, los Artículos 1445 y siguientes del Código civil y las normas de Derecho Privado que le sean de aplicación. La relación contractual que se derive de este procedimiento tendrá carácter privado. Las partes quedan sometidas expresamente a establecido en el presente Pliego sometiéndose Igualmente en la documentación técnica y la oferta económica contenido en la proposición presentada por quien resulte adjudicatario, documentos todos ellos que, en prueba de conformidad, serán firmados por el mismo en el acto de formalización del Contrato. <!-- image --> ## 1.2.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR Podrán optar a la adjudicación del presente contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad jurídica y de obrar con arreglo a las normas contenidas en el Código Civil sobre capacidad general para toda clase de contratos y en particular, para el de compraventa. Además, se precisa que no se encuentren incursas en las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con el sector público establecidas en la LCSP y no tener deudas de naturaleza tributaria con el Ayuntamiento, que acrediten sume solvencia económica, financiera y técnica, de Conformidad con el previsto en el Apartado 1.7 al presente Pliego. ## 1.3.-PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN El contrato se adjudicará por procedimiento negociado (adquisición directa), tal y como prevé el artículo 116.4 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas; en el que la adjudicación recaerá en el licitador justificadamente elegido por el órgano de contratación; y esto en base a las peculiaridades de las necesidades a satisfacer y la especial idoneidad del bien. De esta forma, se solicitará oferta exclusivamente a las personas propietarias del bien cuya adquisición se pretende, al tratarse de lo único que satisface las características y necesidades requeridas por el Ayuntamiento. ## 1.4.- OBJETO DEL CONTRATO El objeto del contrato al que se refiere el presente Pliego es la adquisición de inmueble sitos en Algemesí, fuera de ordenación,libres de cargas y gravámenes, incluidas las urbanísticas, arrendatarios, ocupantes y precaristas, con la finalidad de proceder a su demolición y adecuar la zona a los usos previstos en el planeamiento, en parte uso deportivo y en parte vía pública; se formalizará una escritura pública de compraventa con el licitador cuya proposición haya sido seleccionada, entendiéndose pues, todas las referencias que en el presente Pliego se realicen al adjudicatario a cada uno de los licitadores seleccionados. El inmueble deberá estar al corriente de pago de todos los impuestos en el momento de la firma de la escritura de compraventa. Si se encuentran pendientes deudas económicas se podrán deducir las mismas del precio mutuamente aceptado. Igualmente se podrá proceder en el supuesto de tener deudas con la administración municipal. <!-- image --> | Referencia Catastral | localizacion | Clase | Superficie m2 Solar | inscripcion | |---------------------------|--------------------------------------|---------|-------------------------------|-------------------------------| | R C 0914823YJ2401S00 01IJ | Avenida Carlet ,4 Urbano residencial | 144 | Finca 34792 Inscripció segona | Finca 34792 Inscripció segona | | R C 0914840YJ2401S00 01GJ | Avenida Carlet 21 Urbano residencial | 135 | Tomo 1721 34802 | lib 495Folio 34 finca | ## 1.5.- LOCALIZACIÓN Los inmuebles estan localizados en Avenida Carlet de Algemesí, nums, 4y 21 ## 1.6.- PERFIL DEL CONTRATANTE Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la siguiente página web: https://contrataciondelestado.es ## 1.7.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN. EXISTENCIA DE CRÉDITO El presupuesto máximo para la presente licitación asciende a las cantidades expresadas en la tabla adjunta, ITP no incluido,según valoración realizada por los técnicos municipales, no admitiéndose proposiciones económicas por encima de la citada cantidad. ## INMUEBLE ## TIPO DE LICITACIÓN EUROS | Avenida Carlet ,4 | 23.688'95 | |---------------------|-------------| | Avenida Carlet 21 | 22.741'98 | El Ayuntamiento está exento del ITP. Los gastos de notaría y registro serán a cargo del Ayuntamiento. <!-- image --> Las obligaciones económicas del contrato se abonarán con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria: 15321.60006. El contrato se abonará con cargo a la aplicación arriba indicada del presupuesto municipal, en la que existe crédito suficiente que se retiene. ## 1.8.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES La proposición del interesado deberá ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el licitador del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin excepción o reserva alguna. ## 1.8.1 Lugar y plazo de presentación de ofertas Presentación Manual Para la licitación del contrato actual, no se exige la presentación de ofertas utilizando medios electrónicos debido a que a pesar de este Ayuntamiento utiliza las herramientas electrónicas la utilización de medios electrónicos con arreglo a lo establecido en el punto tercero de la Disposición adicional decimoquinta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, dificultaría la tramitación ya que los vendedores no disponen de estos medios. Sin embargo se incorporarán los documentos a la Plataforma de Contratación del Sector Público donde está alojado el Perfil del Contratante del Ayuntamiento. La oferta se presentará en el Ayuntamiento con domicilio en plaza Major, 3,46680 en horario de 9.00 a 14.00, dentro del plazo de 10 días naturales contados a partir del día siguiente al que reciban la invitación a participar. La proposición podrá presentarse en cualquiera de los sitios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Cuando la proposición se envíe por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en ese día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador. La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en éste por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, ésta no será admitida. <!-- image --> ## 1.8.2 Información a los licitadores Cuando sea necesario solicitar la información adicional o complementaria a que se refiere el artículo 138 de la LCSP, la Administración contratante deberá facilitarla, al menos, seis días antes de que finalice el plazo fijado para la presentación de ofertas, siempre que esta petición se presente con una antelación mínima de doce días respecto de esa fecha. Esta solicitud se efectuará en el número de fax o en la dirección de correo electrónico previsto en el anuncio de licitación. ## 1.8.3 Contenido de las proposiciones Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en dos archivos electrónicos, firmados por el licitador, en los que se hará constar la denominación del archivo electrónico y la leyenda «Proposición para licitar la adquisición por el Ayuntamiento de Algemesí del bien inmueble en Avenida Carlet, núm. ». La denominación de los sobres es la siguiente: - Sobre "A": Documentación Administrativa. - Sobre "B": Oferta Económica y Documentación que permita la valoración de las ofertas según los criterios de adjudicación. Los documentos a incluir en cada sobre tendrán que ser originales o copias autenticadas, conforme a la Legislación en vigor. Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de éstos: ## ARCHIVO ELECTRÓNICO «A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA - a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario, y en su caso, la representación. <!-- image --> - Los que comparezcan o firmen ofertas en nombre de otro, acreditarán la representación de cualquier modo adecuado en Derecho. - Si el licitador fuese persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente. - Igualmente la persona con poder validado a efectos de representación, deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento nacional de identidad. - b) Una declaración responsable de no estar incursa en la prohibición de contratar y que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, incluidas las del Ayuntamiento, y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Se presentará conforme al siguiente modelo: ## «MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE D ............................... .........., con NIF nº .................., en nombre propio / en número y representación de D .................. con NIF nº ........................... .., y domicilio a efecto de notificaciones en .........................................................., a efectos de poder participar en la licitación ....... ...... .... ...., cuyo Pliego conozco y acepto plenamente en su integridad: DECLARO, bajo mi responsabilidad: - 1º.- Que dispongo de capacidad de obrar y jurídica, y que soy titular del inmueble que ofrezco libres de cargas y gravámenes y de arrendatarios, ocupantes y / o precaristas y que reúno los requisitos de solvencia establecido en en el Pliego de condiciones. En este sentido declaro Igualmente que el inmueble que ofrezco en la presente licitaciones: - a) Se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad a mi nombre o persona a la que represento y que tengo, en este caso, poderes suficientes para vender sobre la misma. - b) Se encuentra libre de cargas y gravámenes y en condiciones jurídicas que permitan su inmediata formalización en escritura publica e inscripción en el Registro de la Propiedad. - c) Se encuentra libres de arrendatarios, ocupantes o precaristas. <!-- image --> - 2º.- Igualmente declaro bajo mi responsabilidad que el inmueble que ofrezco se encuentra dentro de los criterios exigidos en el Pliego en relación a la tipología y características. - 3º.- Que no estoy incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar con la administración establecidas en la Ley de Contratos del Sector Público. - 4º.- Que estoy al corriente en mis obligaciones Tributarias y con la Seguridad Social y de que no existen deudas de naturaleza tributaria en períodos ejecutivo con el Ayuntamiento. - 5º.- Que autorizo expresamente al personal del Ayuntamiento de Algemesí, a acceder al inmueble de mi propiedad objeto de mí oferta de venta con la finalidad de inspeccionar y comprobar el estado de conservación de la finca cuantas veces estime oportunos, previa solicitud. Esta autorización incluye la toma de fotografías o videos. Lo que declaro a los efectos de lo previsto en el Pliego de condiciones que rigen la licitación, comprometiéndome a presentar la justificación acreditativa de tales requisitos en el plazo que sea requerido por la misma en el caso de que vaya a resultar seleccionado para la transmisión de cualquier inmueble ofertado, indicando que dispongo de todos estos requisitos en el momento de presentación de la presente declaración responsable y autorizando expresamente al ayuntamiento a su verificación directa. Fdo .: ............................................. .. ...................... ..., a .... de ............... de ......... ## ARCHIVO ELECTRÓNICO «B» OFERTA ECONÓMICA - a) Oferta económica. Se presentará conforme al siguiente modelo: <!-- image --> «\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, con domicilio a efectos de notificaciones en \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, núm. \_\_\_, con NIF núm. \_\_\_\_\_\_\_\_\_, en representación de la Entidad \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, con NIF núm. \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, enterado del expediente para la adquisición del bien » Inmueble en Avenida Carlet núm.,…..» anunciado en el perfil de contratante, hago constar que conozco el pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y ofreciendo el bien por la cantidad de \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ euros. En \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, en \_\_\_ de \_\_\_\_\_\_\_\_ de 20\_\_. Firma del candidato, Firmado: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_.». b) Nota simple del Registro de la Propiedad que describa los datos referentes a la inscripción registral de dicho bien inmueble. ## 1.9.-APTITUD PARA CONTRATAR Sólo podrán contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar, y no estén incursas en prohibiciones para contratar señaladas en el art. 71 de la LCSP, y acreditan su solvencia económica, financiera y técnica a través de los siguientes medios: Solvencia económica y técnica: Aportaciones de Escritura pública de propiedad donde conste la descripción del inmueble ofertado así como la titularidad del mismo, certificado de que el inmueble está libre de cargas y gravámenes así como de inquilinos u ocupantes en el mismo. ## 1.10 COMISIÓN NEGOCIADORA El órgano de contratación será asistido por una Comisión negociadora, que estará compuesta por al menos dos técnicos competentes, en función del objeto del contrato, que procederán al estudio y negociación , en su caso,del contenido de las ofertas y formularán propuesta de adjudicación. De todo lo actuado se dejará constancia en el expediente. ## 1.11 APERTURA Y NEGOCIACIÓN DE LA OFERTA <!-- image --> La apertura de la oferta se efectuará al día siguiente a contar desde la fecha de finalización del plazo para presentarla. En primer lugar, el órgano competente procederá a la apertura del sobre 'A' y calificará la documentación administrativa contenida en éste. Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación administrativa presentada, se otorgará un plazo no superior a tres días naturales para que el propietario los corrija o subsane. Posteriormente, se procederá a la apertura y examen del sobre "B", que contiene la oferta económica. La Comisión negociadora negociará con el licitador la oferta presentada para adaptarla a los requisitos indicados en el presente pliego, proponiendo, en su caso, al órgano de contratación la adjudicación del contrato. Para la valoración y negociación de la oferta se atenderá únicamente al precio ofertado. ## 1.12.REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN El órgano de contratación requerirá al licitador para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos, en concreto la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al Ayuntamiento a verificarlo, así como aquella documentación que acredite la titularidad y las condiciones de la titularidad. Certificado de la Agencia Tributaria en vigor, acreditativo de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sobre obligaciones Tributarias. - Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativo de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sobre obligaciones de Seguridad Social. - Nota simple del Registro de la Propiedad de que la finca no se encuentra grabada con cargas ni gravámenes. - Acreditación de estar al corriente en el pago del IBI. De no cumplir el requerimiento en el plazo señalado, o en el que se le señale para subsanar los defectos en dicha documentación, o, en su caso el de presentación de documentación complementaria, se entenderá que el licitador ha retirada su oferta y se le impondrá una penalidad económica, por importe del 3% del presupuesto base de licitación. <!-- image --> ## 2.ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. La adjudicación deberá ser motivada se notificará al candidato, debiendo ser publicada en el perfil de contratante en el plazo de 15 días. La adjudicación deberá recaer en el plazo máximo de quince días a contar desde el siguiente al de apertura de proposiciones. ## 3.- FORMALIZACIÓN DE LA COMPRAVENTA El contrato se formalizará en escritura pública, inscribiéndose posteriormente el bien en el Registro de la Propiedad a favor del Ayuntamiento. El plazo para la formalización será el que se fije en la notificación de la adjudicación, que no podrá ser superior a 1 mes a contar desde aquélla. En dicho acto el vendedor deberá entregar los boletines de suministros que posea en dicho momento. La escritura pública de compraventa será otorgada ante el Notario que se designe por el Ayuntamiento y en la fecha en que se indique por éste, sin perjuicio del posible aplazamiento, expresamente autorizado por el Ayuntamiento, y previa solicitud del adjudicatario, justificando las circunstancias excepcionales en que se fundamente el mismo. Dicho aplazamiento no podrá ampliar en más de 15 días hábiles el plazo máximo de 1 mes fijado en el presente apartado. Con anterioridad a la fecha en que se proceda a la formalización en documento público notarial de la transmisión del inmueble, y con la antelación suficiente, se personarán técnicos del Ayuntamiento con el vendedor en el inmueble objeto de transmisión, con la finalidad de verificar que el estado y su contenido coincide con el ofertado y valorado, que se encuentra libre de ocupantes y al objeto de proceder a la entrega de llaves y sustitución del llavín o puerta de acceso a la misma. En el caso de existir cargas, gravámenes o ocupantes los vendedores se hacen responsables de los costes y gestiones derivados de su liberación, pago o cancelación antes de formalizar la compraventa en documento administrativo, salvo lo previsto en la clausula 3.1 punto cuatro. <!-- image --> Se podrán detraer del precio acordado aquellos gastos necesarios para la restitución de la cosa vendida al estado ofertado. En el momento del otorgamiento de la escritura pública, deberán acreditarse que se ha procedido el levantamiento y cancelación registral de las cargas que pudiesen existir, pudiendo el Ayuntamiento, constatando su efectiva eliminación, detraer una cantidad suficiente que garantice las cancelaciones formal por el vendedor de aquellas,hasta la acreditación de la eliminación de las mismas. También asumirán, COMO CONDICIÓN RESOLUTORIA, la devolución del precio de la compraventa, tributos y gastos en el caso de que una vez formalizada la escritura de compraventa no sea posible inscribir en el Registro de la propiedad la escritura publica de compraventa del inmueble a favor de Ayuntamiento de Algemesí sin cargas, gravámenes y ocupantes y coincidente con la realidad física. Todos los gastos e impuestos que el otorgamiento de la escritura pública pudiera generar serán satisfechos por lel Ayuntamiento. De las posibles incidencias que procedan para la consecuciones de la adquisiciones en los términos expuestos se da por facultado el órgano de contratación. ## 3.1.- DERECHOS Y OBLIGACIONES Las partes están sometidas a los derechos y obligaciones generales fijados por el presente, Pliego y por la legislación civil; así, el adjudicatario habrá de someterse, fundamentalmente, a establecido en los artículos 1461 y ss. del Código Civil. El propietario del inmueble se obliga a poder entregar la documentación requerida por el Ayuntamiento dentro del plazo de los 7 días hábiles desde la notificación del requerimiento,. Cualquier incumplimiento de las condiciones establecidas en la presente oferta, una vez aprobada la misma por el órgano de contratación, faculta al Ayuntamiento para no adquirir el inmueble ofertado, entendiendo que el vendedor desiste de su petición sin que quepa exigencia de responsabilidad ni reclamación alguna. Igualmente el Ayuntamiento podrá no adquirir el inmueble si en cualquier momento detecta inexactitud, error, falsedad en la oferta o que no se ajusta a las obligaciones contenidas en el Pliego, sin que quepa reclamación alguna por el ofertante de la misma. El adjudicatario se obliga a la entrega del inmueble en la forma y plazos en los que haya resultado la adjudicación y, a cumplir el resto de los compromisos derivados del presente Pliego, de su oferta, y en particular a: <!-- image --> - -Acudir el día y hora que se señale para otorgar la correspondiente formalización en escritura pública, teniendo en cuenta que el incumplimiento de dicha obligación dará lugar a que se entienda por retirada su oferta. - Si en el momento del otorgamiento de la escritura pública de compraventa el inmueble a adquirir no se encontrara libre de ocupantes o no se acreditase que el inmueble se encuentra libre de cargas, se desistirá de la compra. - Las partes contratantes se comprometen y obligan a realizar cuantas escrituras de subsanación, rectificaciones y cualesquiera otras fueran precisas para la inscripción de la misma en los Registros de la Propiedad correspondiente. El contrato debe contener obligatoriamente, al menos, los siguientes aspectos: - El pago del precio al vendedor del inmueble adjudicado será abonado mediante cheque bancario en el acto de formalización en escritura pública, en el caso que no proceda ninguna compensación o deducción por cargas y/ o deberes del inmueble pendientes de ejecución. - -Todos los gastos e impuestos derivados de la transmisión serán satisfechos por las partes según ley. - El vendedor se obliga, a la entrega y saneamiento de la finca objetos de adquisiciones, de acuerdo con el artículo 1.461 del Código Civil. - -La finca objeto de adquisición deberá entenderse como "cuerpo cierto". ## 3.2.- Deber de confidencialidad El adjudicatario deber respetar el carácter confidencial de aquella información a la que pretenda acceso y en la que se le hubiese dado el referido carácter en el pliego o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante el plazo de 5 años desde el conocimiento de la información. Los órganos de contratación no podrán divulgar la información facilitada por los adjudicatarios que estos hayan designación como confidencial. A estos efectos, los licitadores deberán incorporar en cada uno de los sobres una relación con la documentación a la que hayan dado ese carácter. ## 3.3.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL El adjudicatario está obligada a guardar secreto profesional respecto a los datos de carácter personal de los que haya podido tener conocimiento miedo razón de la celebración del contrato, obligaciones que subsistirá aún después de la finalización del mismo, de conformidad con el artículo 10 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, de 13 de diciembre de 2018. Si el contrato adjudicado implica el Tratamiento de datos de carácter personal se deberá respetar en su integridad la Ley Orgánica 3/2018, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo. Con la finalidad de dar cumplimiento al Reglamento General de Protección de Datos (Reglamento (UE) 2016/679). <!-- image --> ## 4.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO ## 4.1.- Resoluciones El incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente pliego y sus anexos, así como de los términos de la oferta presentada, podrán dar lugar a la resolución del contrato con los efectos previstos en la legislación aplicable. Asimismo, serán causas de resolución del contrato las previstas en el Código Civil en relación con el contrato de compraventa de bienes Inmuebles, y en particular la resolución con la devolución del precio de la compraventa, tributos y gastos en el caso de no formalizacion de la compraventa en escritura publica y que una vez formalizada la escritura de compraventa no sea posible inscribir en el Registro de la propiedad la escritura publica de compraventa del inmueble con la obra nueva a favor de Ayuntamiento de Algemesí sin cargas, gravámenes y ocupantes y coincidente con la realidad física. El Ayuntamiento se reserva la posibilidad de desistir del procedimiento de contratación antes de la adjudicación cuando por razones de interés publico, vinculado al uso previsto del inmueble, así lo aconsejen. En este caso no se abonará a los licitadores cantidad alguna en conceptos de indemnización ni compensación por haberse presentación al proceso de licitación. ## 4.2.-Tribunales Para resolver cualquier litigio derivado del cumplimiento del contrato de compraventa regulación en el presente procedimiento, las partes, con renuncia expresa a su propio fuero, se someten expresamente a la jurisdicción civil ordinaria y la competencia de los Juzgados de Alzira y Valencia. No obstante, se considera actos jurídicos separables los que se dictan en relaciones con su Preparación y adjudicación y, en consecuencia, podrán ser impugnados ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo de conformidad con la legislación de aplicación.