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Pliego Técnico Ver licitación
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AYTO DE PARRES Código de Documento Código de Expediente Fecha y Hora SEC18I00GO SEC/2023/59 14-03-2024 Página 1 de 10 Código de Verificación Electrónica (COVE) ²6N0I3E0H5G5P145E0Z9Xv» ²6N0I3E0H5G5P145E0Z9Xv» 6N0I3E0H5G5P145E0Z9X PLIEGO TÉCNICO PARA LA CONCESIÓN DEMANIAL DE USO PRIVATIVO PARA LA INSTALACIÓN DE VARIOS PUNTOS DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS, EN ARRIONDAS. ÍNDICE. Cláusula 1. Objeto. Cláusula 2. Elementos de la concesión. Infraestructuras de recarga. 2.1. Ubicación de los puntos de recarga. 2.2. Infraestructura de recarga. 2.3. Obra civil. 2.4. Señalización y intura. 2.5. Instalación eléctrica. 2.6. Comunicaciones. 2.7. Materiales y recubrimiento. 2.8. Sistema antirrobo de energía. 2.9. Pantalla. 2.10. Indicador luminoso. 2.11. Medida y registro de las recargas. 2.12. Alarmas. 2.13. Marcados. Cláusula 3. Condiciones de operación y prestación de la actividad de recarga. 3.1. Condiciones generales. 3.2. Proyecto de instalación, dirección y supervisión de las obras. 3.3. Duración de la concesión. 3.4. Provisión de la actividad de recarga. 3.5. Legislación específica de obligado cumplimiento. ANEXO I. PLANOS. Ayto de Parres * Plaza Venancio Pando, 1 * 33540 * Arriondas * ASTURIAS * Tel: 985840024 * Fax: 985 840 481 * AYTO DE PARRES Código de Documento Código de Expediente Fecha y Hora SEC18I00GO SEC/2023/59 14-03-2024 Página 2 de 10 Código de Verificación Electrónica (COVE) ²6N0I3E0H5G5P145E0Z9Xv» ²6N0I3E0H5G5P145E0Z9Xv» 6N0I3E0H5G5P145E0Z9X Cláusula 1. Objeto. Constituye el objeto del presente Pliego, de conformidad con lo establecido en el art.80 del Real Decreto 1375/1986, de 13 de junio, que aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (RBEL), fijar las cláusulas de acuerdo con las cuales se otorga el uso privativo del espacio público urbano para la instalación, mantenimiento y explotación de una red de recarga de vehículos eléctricos en la Capital del Ayuntamiento de Parres (Arriondas). Los trabajos objeto de la presente concesión se realizarán bajo el régimen que se detalla a continuación. La concesión se efectuará según los requerimientos y condiciones que se estipulan en el presente Pliego y demás Normativa legal al respecto, en cuanto sea de aplicación. Estas infraestructuras de recarga también comprenderán la instalación completa de todos los elementos necesarios para que las instalaciones puedan prestar la actividad de recarga de vehículos eléctricos, incluyendo las acometidas necesarias. El objetivo del despliegue de una infraestructura de cargadores eléctricos es el de ofrecer al ciudadano la posibilidad de realizar la recarga de sus vehículos eléctricos, fomentar la instalación de estaciones de recarga (rápida, semirrápida y normal) en espacios públicos con el objeto de mejorar la cobertura para la carga de vehículos eléctricos en el ámbito territorial del municipio, fomentando la reducción de las emisiones de gases y la movilidad eléctrica como instrumento esencial de sostenibilidad ambiental. Se considera una ocupación total de 36,60 m², equivalentes al espacio reservado para vehículos y las instalaciones anexas para la recarga eléctrica. Se asignarán un total de 8 plazas de aparcamiento para la recarga. Los códigos nomenclatura CPV para la presente concesión demanial son: 31000000- Máquinas, aparatos, equipos y productos consumibles eléctricos; iluminación. 31158100- Cargadores de baterías. 45311000-Trabajos de instalación de cableado y accesorios eléctricos. 48540000- Paquetes de sotfware de comunicación. Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, el concesionario quedará obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de legislación laboral, seguridad social, y prevención de riesgos laborales. El incumplimiento de dichas obligaciones por parte del concesionario no implicará responsabilidad alguna para ésta Administración. Cláusula 2. Elementos de la concesión. Infraestructuras de recarga. 2.1. Ubicación de los puntos de recarga. Se pretende instalar 10 puntos de recarga de vehículos eléctricos, que se emplazarán sobre suelo de dominio público, con una ocupación total de 10 plazas de aparcamiento, de conformidad con lo establecido en el “ANEXO 1: Situación y emplazamiento” De acuerdo con el Texto Refundido de las Normas Subsidiarias de los suelos urbanos y aptos para urbanizar de Arriondas y Prestín. Aprobación definitiva de 26 de junio de 1998. Publicación en el BOPA nº 224 de 26 de septiembre de 1998, los terrenos objeto del presente pliego denominados “A” y “B” ubicados según “Anexo 1: Situación y emplazamiento” están clasificados como Suelo Urbano, y Calificados como viarios de acuerdo al Plano nº1 Estructura viaria. El terreno denominado “C” de acuerdo con el plano “viarios nº3” de la Reparcelación del POLIGONO IND. CASTAÑERA – ARRIONDAS. UA-12, 1ª FASE, aprobación definitiva de fecha 8 de agosto de 1991. Se deberá solicitar un punto de suministro independiente de baja tensión, conforme a las potencias Ayto de Parres * Plaza Venancio Pando, 1 * 33540 * Arriondas * ASTURIAS * Tel: 985840024 * Fax: 985 840 481 * AYTO DE PARRES Código de Documento Código de Expediente Fecha y Hora SEC18I00GO SEC/2023/59 14-03-2024 Página 3 de 10 Código de Verificación Electrónica (COVE) ²6N0I3E0H5G5P145E0Z9Xv» ²6N0I3E0H5G5P145E0Z9Xv» 6N0I3E0H5G5P145E0Z9X indicadas a continuación. Dirección Potencia solicitada kW N.º de plazas Calle Pozu Lladuengo (Polígono Industrial Santa Rita) 100 4 Calle Juan Carlos Primero 100 3 Calle Príncipe de Asturias 100 3 La adjudicación quedará condicionada a la disponibilidad de potencia de la distribuidora. En caso de no disponer de la potencia solicitada, el adjudicatario deberá ajustar el despliegue a la potencia realmente disponible o junto con el Ayuntamiento buscar ubicaciones alternativas que sean técnicamente viables. La implantación de las estaciones de recarga se realizará en las 3 ubicaciones que se mencionaron anteriormente. A tales efectos en el Anexo I figurará el plano general descriptivo de las ubicaciones de Arriondas y los planos específicos de cada una de las dos zonas en las que deberán instalarse los puntos de recarga y sobre los cuales se procederá la concesión demanial. El concesionario podrá realizar la instalación dentro de un radio no mayor a 50 metros de las ubicaciones relacionadas en función de la disponibilidad de la red eléctrica en los puntos seleccionados. La ubicación definitiva estará sometida a la aprobación por el Ayuntamiento de Parres, a través de los servicios técnicos municipales de Urbanismo y Medio Ambiente. Cualquiera de las ubicaciones anteriores, por razones de interés público, podrán ser cambiadas de emplazamiento por otra ubicación diferente de la Capital Parraguesa, siempre bajo común acuerdo entre el Concesionario y el Ayuntamiento de Parres. Cada cargador de vehículo eléctrico correspondiente a una ubicación, deberá poder suministrar energía a un vehículo.. 2.2. Infraestructura de recarga. Suministro, instalación y legalización de infraestructura de recarga para vehículos eléctricos, consistente en un máximo de 8 puntos de recarga, que garanticen la introducción efectiva de la movilidad eléctrica en Arriondas. 2.3. Obra civil. Los cargadores de los vehículos eléctricos se instalarán en acera, anclados al suelo y estarán debidamente homologados. La instalación eléctrica deberá cumplir con las prescripciones del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión y con las siguientes condiciones: a) No se permite la acometida a las redes municipales de alumbrado público o semafórico. El concesionario deberá presentar en el Ayuntamiento la documentación técnica correspondiente a la instalación de recarga (proyecto, dirección de obra, boletines de instalador e inspección OCA). b) Por parte del adjudicatario se realizarán las correspondientes inspecciones y verificación periódicas señaladas en el Reglamento, que se remitirán al Ayuntamiento. c) Si la medición de toma de tierra no se corresponde con la fijada en el Reglamento citado, deberán realizarse, por el adjudicatario y a su costa, las correcciones necesarias para su cumplimiento. 2.4. Señalización y pintura. Ayto de Parres * Plaza Venancio Pando, 1 * 33540 * Arriondas * ASTURIAS * Tel: 985840024 * Fax: 985 840 481 * AYTO DE PARRES Código de Documento Código de Expediente Fecha y Hora SEC18I00GO SEC/2023/59 14-03-2024 Página 4 de 10 Código de Verificación Electrónica (COVE) ²6N0I3E0H5G5P145E0Z9Xv» ²6N0I3E0H5G5P145E0Z9Xv» 6N0I3E0H5G5P145E0Z9X Pintura: El concesionario pintará las plazas para la reserva de vehículos eléctricos como se indica a continuación. El fondeado será de color con líneas delimitadoras de plazas, simbología y texto en blanco, todo en pintura de dos componentes rigurosos para asfalto. Las dimensiones de las plazas de aparcamiento para recarga de vehículos eléctrico deberán respetar las medidas mínimas legalmente establecidas en las disposiciones normativas vigentes al tiempo de la instalación (actualmente de 5x2,2 m²) , y en todo caso, deberá reservarse, al menos, una plaza de cada cuarenta plazas o fracción, para su uso por personas titulares de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad de conformidad con lo dispuesto en la Orden TMA 21, de accesibilidad en espacios Públicos y urbanizados, en su artículo 35. Las señales y marcas viales deberán cumplir las especificaciones establecidas en el Reglamento General de Circulación y en el Catálogo Oficial de Señales de Circulación y Marcas Viales, Normas 8.1-IC Señal Vertical, 8.2-IC Marcas Viales; 8.3-IC Señalización de Obras y otras (hitos de arista, sistemas de contención...) y demás normativa que resulte de aplicación Señalización: Las plazas de aparcamiento estarán señalizadas horizontal y verticalmente con el símbolo de accesibilidad para la movilidad, cumpliendo lo establecido en el artículo 43 de la Orden TMA 21. El diseño, estilo, forma y proporción del Símbolo de accesibilidad para la movilidad se corresponderá con lo indicado por la Norma UNE 41501 «Símbolo de accesibilidad para la movilidad. Reglas y grados de uso». El concesionario será el responsable de mantener las señalizaciones horizontales en buen estado durante Ayto de Parres * Plaza Venancio Pando, 1 * 33540 * Arriondas * ASTURIAS * Tel: 985840024 * Fax: 985 840 481 * AYTO DE PARRES Código de Documento Código de Expediente Fecha y Hora SEC18I00GO SEC/2023/59 14-03-2024 Página 5 de 10 Código de Verificación Electrónica (COVE) ²6N0I3E0H5G5P145E0Z9Xv» ²6N0I3E0H5G5P145E0Z9Xv» 6N0I3E0H5G5P145E0Z9X todo el periodo de la concesión. 2.5. Instalación eléctrica. Las instalaciones para el suministro de electricidad a vehículos eléctricos se ejecutarán de conformidad con lo establecido en las ITC correspondientes del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, y en particular en la ITC BT-52 “instalaciones con fines especiales. Infraestructuras para la recarga de vehículos eléctrico” del REBT y normativa asociada en vigor, así como con las normas particulares de las diferentes compañías distribuidoras de energía eléctrica. Según el ITC, el tipo de conexión entre el equipo de recarga y el vehículo eléctrico será por medio de la conexión del vehículo eléctrico a la estación de recarga mediante un cable terminado en un conector: el cable forma parte de la instalación fija. • Especificaciones eléctricas • Corriente máxima: 32 A (carga semi-rápida) ampliables a 63 A (carga rápida). • Voltaje: • Monofásico: AC 230V/50HZ (2P+T) • Trifásico: AC 400V/50 Hz (3P+N+T) • Potencia máxima de salida: 11 kW (carga semi-rápida), 50 kW (carga rápida) • Grados IP, IK: Grado de protección (interior o exterior) IP54 o IP55 y grado de protección IK10. • Tomas de corriente: Los puntos de recarga dispondrán de 2 tipos de tomas de corriente: conector para carga Mennekes IEC 62196-2 (Modo 3) y conector Shucko CEE 7/4 Tipo F (Modos 1 y 2). El sistema de protección de las tomas de corriente estará enclavado cuando los equipos de recarga no estarán suministrando energía. Durante la carga del vehículo, las tomas de corriente estarán enclavadas de modo que solo el usuario que ha iniciado la carga pueda desenclavarlas. • Protecciones eléctricas: • Contactos directos: El equipo no tendrán partes activas accesibles para el usuario. Todas las partes activas deberán estar dentro de una envolvente o disponer de medios necesarios para evitar el contacto del usuario con las mismas • Contactos indirectos: Todos los equipos metálicos estarán conectados a tierra, para así proteger al usuario frente a contactos indirectos. Para ello los equipos de recarga deberán disponer de: • Protección diferencial trifásica tipo A de 400 V, 16 A y 30 mA de sensibilidad con rearme automático. • Interruptor magnetotérmico trifásico de 400 V, 16 A y curva C de disparo, con rearme automático. • Empalmes y conexiones. Los empalmes y las conexiones de los conductores se efectuarán siguiendo métodos o sistemas que garanticen una perfecta continuidad del conductor y de su aislamiento. Asimismo, deberá quedar perfectamente asegurada su estanqueidad y resistencia contra la corrosión que pueda originar el terreno. Un método apropiado para la realización de empalmes y conexiones puede ser mediante el empleo de tenaza hidráulica y la aplicación de un revestimiento a base de cinta vulcanizada. • Protecciones mecánicas. Con el objetivo de evitar colisiones entre vehículos y los puntos de recarga instalados, el concesionario se compromete a instalar cuantas protecciones mecánicas sean necearías para evitar a toda costa que se generen estas situaciones, evitando así uno de los tipos de problemas que puedan causar indisponibilidad en el servicio. En todo momento se respetarán las separaciones y distancias de seguridad para los viandantes y para manipular cómodamente los equipos instalados. Ayto de Parres * Plaza Venancio Pando, 1 * 33540 * Arriondas * ASTURIAS * Tel: 985840024 * Fax: 985 840 481 * AYTO DE PARRES Código de Documento Código de Expediente Fecha y Hora SEC18I00GO SEC/2023/59 14-03-2024 Página 6 de 10 Código de Verificación Electrónica (COVE) ²6N0I3E0H5G5P145E0Z9Xv» ²6N0I3E0H5G5P145E0Z9Xv» 6N0I3E0H5G5P145E0Z9X 2.6. Comunicaciones. La carga y el pago se podrá realizar por medio de tarjetas RFID emitidas por el Concesionario o mediante tecnologías de pagos móviles. La aplicación de móvil para las comunicaciones entre cliente y el sistema de gestión de recarga de vehículos eléctricos deberá cumplir la interoperatividad europea y ser multilenguaje. El Software de gestión del sistema tiene que ser interoperable mediante interfaces abiertas de conectividad con protocolos estándar para su futura integración con aplicaciones municipales para pago (tipo tarjeta monedero). Todos los cargadores tendrán que estar monitorizados en tiempo real, pudiéndose acceder a través de la WEB o plataforma telemática a la información del tipo, estado, recargas realizadas, energía suministrada, etc. 2.7. Materiales y recubrimiento. La pintura del recubrimiento será anti-grafiti y aislante eléctrica. 2.8 Sistema antirrobo de energía. Los equipos de recarga, dispondrán de los siguientes sistemas para evitar el robo de energía y el riesgo eléctrico: • Contactores: los cargadores deberán estar revistos de contactores para evitar que el usuario pueda acceder a una toma de corriente energizada, evitando de esta manera cualquier riesgo eléctrico. • Sistema de bloqueo de conectores: para evitar el acceso no autorizado a la toma de corriente y/o el robo de energía, los equipos de incorporación y un sistema de bloqueo de conectores. 2.9.Pantalla. Toda la información que el usuario pueda precisar durante la actividad de recarga, será visible mediante un display en diferentes idiomas. El display mostrará al usuario la energía consumida, así como la potencia instantánea, pudiendo incluirse otros parámetros como el tiempo de duración de la recarga. 2.10. Indicador Luminoso. La estación indicará el estado en que se encuentra mediante una indicación luminosa en su parte superior (disponible, en carga, error, etc.). 2.11. Medida y registro de las cargas. Los terminales de recarga estarán dotados de un sistema de medida que permita medir y registrar para cada carga, los siguientes parámetros: • Energía activa (kWh). • Tensión de salida (V). • Intensidad de salida (A). • Potencia activa (W). • Intervalo horario en el que se ha realizado la recarga. Las medidas de los parámetros que intervienen en la facturación de la actividad de recarga al usuario final se realizarán mediante aparatos de medida debidamente homologados y acreditados conforme a la legislación vigente en la materia. 2.12 Alarmas. Las estaciones de recarga deberán ser capaces de detectar alarmas y mostrarlas en el display. En cao de averías, la estación pasará al estado “avería”, indicando por display la incidencia, no permitiendo la carga a los usuarios. Las averías de los cargadores deberán ser resueltas en plazo de 24 horas como máximo. 2.13.Marcados. Ayto de Parres * Plaza Venancio Pando, 1 * 33540 * Arriondas * ASTURIAS * Tel: 985840024 * Fax: 985 840 481 * AYTO DE PARRES Código de Documento Código de Expediente Fecha y Hora SEC18I00GO SEC/2023/59 14-03-2024 Página 7 de 10 Código de Verificación Electrónica (COVE) ²6N0I3E0H5G5P145E0Z9Xv» ²6N0I3E0H5G5P145E0Z9Xv» 6N0I3E0H5G5P145E0Z9X Los equipos presentados deben incorporar, grabados de forma indeleble y fácilmente legibles, los datos que se indican a continuación: • Potencia. • Voltaje. • Frecuencia. • Intensidad. • Fases (monofásica7trifásica). • Número de serie. • Grado IP. • Grado IK. • Marcado CE. Cláusula 3. Condiciones de operación y prestación de la actividad de recarga. 3.1. condiciones generales. Para la consecución de los objetivos propuestos se precisa la concesión de uso demanial del espacio público para la instalación, mantenimiento y explotación de una red pública de estaciones de recarga de vehículos eléctricos en Arriondas. El Ayuntamiento de Parres (Servicio de Urbanismo y Medio Ambiente), decidirá la ubicación definitiva de las estaciones de recarga. La administración Local gozará de la facultad de inspeccionar el espacio público objeto de la concesión, para garantizar que el mismo es usado de acuerdo con los términos convenidos. Todos los gastos relativos a la implantación, el funcionamiento, el mantenimiento (preventivo, correctivo y reglamentario) y la gestión del sistema correrán a cargo del concesionario, incluidos los gastos de conservación y mantenimiento del asfaltado de las plazas de aparcamiento. Igualmente, correrán a cargo del concesionario los gasto de limpieza y mantenimiento estético, así como el pago de la factura eléctrica. Asimismo, el concesionario tendrá que disponer de un centro de Atención telefónica multilenguaje al cliente las 24 horas, durante los 365 (o 366) días del año. La concesión de Uso Demanial no dará derecho tácito al concesionario a perfilarse como el instalador único de la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos en el municipio. El adjudicatario realizará a su riesgo y ventura la totalidad de los trabajos definidos en el presente Pliego en cumplimiento de la concesión de uso demanial y actuará conforme las directrices que se establezcan en los pliegos de condiciones adminsitrativas. Todos los gastos relativos a la implantación, el funcionamiento, el mantenimiento (preventivo, correctivo y reglamentario) y la gestión del sistema correrán a cargo del concesionario, incluidos los gastos de conservación y mantenimiento del asfaltado de las plazas de aparcamiento (incluida la señalización vertical). Igualmente, correrán a cargo del concesionario los gastos de limpieza y mantenimiento estético, así como el pago de la factura eléctrica. Con el fin de sufragar los gastos, el concesionario podrá explotar publicidad a través de soportes en el sistema de puntos de recarga, y obtendrá igualmente los importes abonados por los usuarios del sistema en concepto de tarifas, una vez que éstas sean de aplicación. La concesión de uso demanial no dará derecho tácito al adjudicatario a perfilarse como instalador único de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos en el municipio. 3.2. Proyecto de instalación, dirección y supervisión de las obras. Los trabajos se realizarán bajo la pertinente licencia municipal de obras, concedida por el departamento de Urbanismo y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Parres, a petición del adjudicatario de la concesión Ayto de Parres * Plaza Venancio Pando, 1 * 33540 * Arriondas * ASTURIAS * Tel: 985840024 * Fax: 985 840 481 * AYTO DE PARRES Código de Documento Código de Expediente Fecha y Hora SEC18I00GO SEC/2023/59 14-03-2024 Página 8 de 10 Código de Verificación Electrónica (COVE) ²6N0I3E0H5G5P145E0Z9Xv» ²6N0I3E0H5G5P145E0Z9Xv» 6N0I3E0H5G5P145E0Z9X demanial. La supervisión de la ejecución de los trabajos, así como el seguimiento de la prestación de la actividad de recarga a realizar por el adjudicatario de la concesión durante el periodo de la misma, será realizada por técnico competente designado por el Ayuntamiento de Parres. Por su parte, antes de iniciar las obras de instalación, y con un mínimo de diez (10) días hábiles de antelación al comienzo de las mismas, el Concesionario designará un representante que será su interlocutor ante el Ayuntamiento de Parres y tendrá poder suficiente para adoptar y ejecutar las decisiones que convengan. Este representante deberá estar permanentemente localizable para despachar con el ayuntamiento de Parres cuando se le requiera. Asimismo, el Concesionario enviará con periodicidad mensual (dentro de los 15 primeros días de cada mes), por medio de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Parres, una relación que contenga los datos y las estadísticas relevantes y relacionadas con la utilización de las estaciones de recarga para cada uno de los equipos (número de cargas realizadas, consumos, incidencias, averías ETC), y demás información que pueda servir para la mejora de la explotación del sistema gracias al conocimiento de los datos de aprovechamiento. Igualmente el concesionario facilitará al Ayuntamiento de Parres un acceso WEB para la consulta de consumos de los cargadores recogidos por la plataforma telemática destinada por el Concesionario para tal fin. A partir de la formalización de la concesión, el concesionario tendrá DOS (2) MESES para solicitar la licencia municipal de obras ante el Ayuntamiento de Parres. La solicitud de licencia irá acompañada del proyecto completo de las estaciones de recarga en las ubicaciones definitivas. Al finalizar la obra, y dentro de la primera semana del mes siguiente, el Concesionario deberá presentar un informe con las unidades realmente instaladas desglosado por unidades independientes en las que se incluirá la información básica relativa a cada estación de recarga (planos de ubicación, situación por coordenadas GPS referidas al sistema ETR-89, elementos que forman cada conjunto con sus características técnicas, puntos de conexión de las instalaciones eléctricas etc). Al término de la concesión el Ayuntamiento decidirá si se conserva la propiedad del conjunto de elementos objeto del mismo, que deberán estar en perfectas condiciones de mantenimiento y de funcionamiento, o si se restaura la realidad física alterada. 3.3. Duración de la concesión. El plazo de duración de la concesión será de15 años. Dicho plazo se contará a partir de la fecha de la resolución de la concesión de la licencia de obras, comprendiéndose en dicho plazo el necesario para la ejecución de la sobras e instalaciones en los términos objeto de la concesión (4 meses). Se determina una posibilidad de prórroga de la concesión de como máximo 5 años más, prorrogables uno a uno bajo acuerdo expreso entre las partes dos meses antes de la finalización de la concesión. Cuando el concesionario, por causas imputables al mismo, hubiera incurrido en demora respecto al plazo d instalación de cuatro meses, el Ayuntamiento podrá optar indistintamente por la resolución de la concesión o por la imposición de las penalidades que se establecen en la legislación vigente. El Ayuntamiento podrá revocar la concesión otorgada cuando existan razones de interés público que así lo aconsejen, y ordenar a la empresa la retirada de los elementos instalados, siendo por cuenta del concesionario la reposición del pavimento y del acerado a su estado original. El Ayuntamiento podrá revocar la concesión otorgada cuando existan razones de interés público que así lo aconsejen y ordenar a la empresa la retirada de los elementos instalados, sin derecho a indemnización de ningún tipo, siendo de su cuenta la reposición del pavimento a su estado original. El adjudicatario deberá presentar un Seguro de Responsabilidad Civil para instalaciones eléctricas de baja tensión que garantice frente a terceros (tanto personales como materiales) el ejercicio de la actividad. Ayto de Parres * Plaza Venancio Pando, 1 * 33540 * Arriondas * ASTURIAS * Tel: 985840024 * Fax: 985 840 481 * AYTO DE PARRES Código de Documento Código de Expediente Fecha y Hora SEC18I00GO SEC/2023/59 14-03-2024 Página 9 de 10 Código de Verificación Electrónica (COVE) ²6N0I3E0H5G5P145E0Z9Xv» ²6N0I3E0H5G5P145E0Z9Xv» 6N0I3E0H5G5P145E0Z9X Dicho seguro garantizará, como mínimo, un capital de 600.000,00 € se presentará dentro de los diez días hábiles a partir del momento de notificación de adjudicación de la concesión. 3.4. Provisión de la actividad de recarga. Las tomas de corriente estarán desactivadas y solo se activarán tras una correcta identificación del usuario y la comprobación de que el vehículo está correctamente conectado (según condiciones descritas en la norma IEC 61851) En caso de avería, la estación interrumpirá el proceso iniciado por el usuario y pasará a indicar la misma. En el caso de desconexión del cable, en el terminal o en el vehículo, se suspenderá el proceso de la carga hasta que el usuario registrado vuelva a activarla. En esta situación, el terminal mantendrá enclavado el conector del cable hasta que el usuario vuelva a identificarse y cierre la sesión con objeto de evitar la sustracción del cable. En el caso de fin de carga, se suspenderá el suministro de energía hasta que se inicie un nuevo proceso de carga. Mientras el terminal de recarga este en uso no se permitirá el acceso o uso de la toma de corriente a nuevos usuarios. 3.5. Legislación específica de obligado cumplimiento. A continuación se adjunta la legislación vigente en la materia más representativa: • Especificación UNE 0048 “infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos. Sistema de protección de la línea general de alimentación (SPL)”. • UNE 62196-1 “Bases, clavijas, acopiadores de vehículos y entradas de vehículo. Carga conductiva de vehículos eléctricos. Parte 1: carga de vehículos eléctricos hasta 250 A en corriente alterna y 400 A en corriente continua. • UNE 62196-2 Bases, clavijas, acopladores de vehículo y entradas de vehículo. Carga conductiva de vehículos eléctricos. Parte 1: Carga de vehículos eléctricos hasta 250 A en corriente alterna y 400 A en corriente continua. • UNE 61851- Sistema conductivo de carga para vehículos eléctricos. Parte 1: Requisitos generales. Diciembre 2022. • UNE 61851-21 Sistema conductivo d carga para vehículos eléctricos. Parte 21: Requisitos del vehículo eléctrico para conexión conductora en c.a./c.c. diciembre 2022. • UNE 61851-22 Sistema conductivo de carga para vehículos eléctricos. Parte 22: estación de carga en c.a. para vehículos eléctricos. Diciembre 2022. • UNE 20324/1M: 2000 Grados de protección proporcionados por las envolventes (códigos IP). • Normas UNE-EN 6100 Compatibilidad electromagnética (CEM) de aplicación. • Real Decreto Ley 15/2018 de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores. • Real Decreto 1053/2014, de 12 de diciembre, por el que se aprueba la nueva instrucción técnica complementaria (ITC) BT 52 “instalaciones con fines especiales. Infraestructura par ala recarga de vehículos eléctricos”, del Reglamento Electrotécnico para baja tensión aprobado por el Real Decreto 842/20225, de 2 de agosto, y se modifican otra instrucciones técnicas complementarias del mismo. • Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para adecuarlas a la ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. • Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Unificado de Ayto de Parres * Plaza Venancio Pando, 1 * 33540 * Arriondas * ASTURIAS * Tel: 985840024 * Fax: 985 840 481 * AYTO DE PARRES Código de Documento Código de Expediente Fecha y Hora SEC18I00GO SEC/2023/59 14-03-2024 Página 10 de 10 Código de Verificación Electrónica (COVE) ²6N0I3E0H5G5P145E0Z9Xv» ²6N0I3E0H5G5P145E0Z9Xv» 6N0I3E0H5G5P145E0Z9X puntos de medida del sistema eléctrico (RPM). • Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto. Por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico para baja tensión (corregido por el Real decreto 1053/2014 y el Real Decreto 560/2010). • Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. • Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector eléctrico. • Directiva 2014/94/UE, Del Parlamento europeo y del consejo, de 22 de octubre del 2014, relativa a la implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos. • Directiva 2015/2366/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, sobre servicios de pago en el mercado interior. • Reglamento 2016/679/UE, del Parlamento europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la directiva 65/46/CE (Reglamento General de Protección de datos). Ayto de Parres * Plaza Venancio Pando, 1 * 33540 * Arriondas * ASTURIAS * Tel: 985840024 * Fax: 985 840 481 *