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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS ACUERDOS MARCO PARA EL SERVICIO DE TRANSPORTE MARÍTIMO EN OBRAS DE TRAGSA EN EL PARQUE NACIONAL MARÍTIMO-TERRESTRE DE LAS ISLAS ATLÁNTICAS, FINANCIADAS SIN FONDOS EUROPEOS O CON FONDOS EUROPEOS (PRTR, FEADER O CUALQUIER FINANCIACIÓN EUROPEA), A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO MEDIANTE LICITACIÓN ELECTRÓNICA.
## Ref.: TSA0083141
## 1. OBJETO DEL PLIEGO
El presente Pliego tiene por objeto la celebración de un Acuerdo Marco por la Empresa de Transformación Agraria, S.A., S.M.E., M.P. (en lo sucesivo Tragsa), con distintas empresas para fijar las condiciones a las que habrán de ajustarse los contratos de servicio de transporte marítimo para distintas actividades de Tragsa dentro del Parque Nacional Marítimo-Terrestre de las Islas Atlánticas , a realizar durante el plazo señalado en el presente Pliego.
Este pliego junto con el Pliego de Prescripciones Técnicas rige la adjudicación del contrato, su contenido y efectos, de acuerdo con lo establecido, asimismo, en la Ley 9/2017 de 9 de noviembre. por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (En adelante LCSP).
Dichas condiciones serán de aplicación a la totalidad de la prestación y serán supervisadas y evaluadas por personal técnico de Tragsa. La presentación de la proposición por el licitador supondrá la aceptación incondicionada de todas las cláusulas del presente pliego y del Pliego de Prescripciones Técnicas, sin salvedad o reserva alguna
La presente licitación para la conclusión de Acuerdos Marco se divide en DOS (2) LOTES :
- -Código CPV: 60640000 'Transportes marítimos'
2. CONDICIONES ESENCIALES Y ESPECIALES DE EJECUCIÓN
Se consideran condiciones esenciales de ejecución del presente pliego las que a continuación se enumeran:
- -Forma de facturación y de pago.
- -Los requerimientos contemplados en la solvencia.
- -El cumplimiento de todas las especificaciones indicadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
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- -Condiciones de la embarcación: La embarcación deberá cumplir todos los requisitos exigidos por la legislación aplicable, ya sean administrativos, técnicos o de seguridad.
- -Se considera condición especial de ejecución de carácter social:
- o Se establece como condición especial, de carácter social, en relación con la ejecución del contrato la garantía de la seguridad y la protección de la salud para prevenir la siniestralidad laboral durante la ejecución de los servicios.
- o Se establece como condición especial de ejecución del contrato, de carácter medioambiental, que toda la documentación que se genere durante el desarrollo del contrato, así como las facturas firmadas electrónicamente, serán remitidas vía email, para ahorro de los consumos de papel dentro de la gestión administrativa de los trabajos a realizar.
Sistema de seguimiento : TRAGSA supervisará y verificará de forma periódica y efectiva el cumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por el adjudicatario respecto a las condiciones especiales de ejecución del contrato indicadas en el apartado anterior. A estos efectos, el adjudicatario podrá ser requerido en cualquier momento de la vigencia del contrato para verificar su cumplimiento antes del abono de la totalidad del importe del contrato.
## 3. DISPOSICIONES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN
Se divide este procedimiento en dos fases diferenciadas:
## 3.1. FASE I:
Consiste en la acreditación del cumplimiento de requisitos mínimos y solvencia exigida en el presente pliego para celebrar Acuerdos Marco con los licitadores que cumplan dichas exigencias. En estos Acuerdos Marco no quedarán establecidos todos los términos de los contratos derivados. Los licitadores presentarán la Declaración Responsable ( Anexo I del Pliego ) respecto a ostentar la representación de la sociedad que presenta la oferta; a contar con la adecuada solvencia económica, financiera y técnica, a no estar incurso en prohibición de contratar alguna; y pronunciarse sobre la existencia del compromiso a que se refiere el
artículo 75.2 de la LCSP (integración de la solvencia con medios externos).
## 3.2. FASE II:
Para cada necesidad concreta del servicio de transporte marítimo se realizará un contrato derivado, invitando exclusivamente a todas las empresas con las que se haya celebrado el Acuerdo Marco, conforme a lo dispuesto en
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## el Artículo 221.4.b de la LCSP.
En cada petición de oferta se determinará el tipo de embarcación necesario para la prestación del servicio:
- -Tipo de embarcación, lista, potencia motora (kW), eslora, lista y en función de la necesidad (transporte de personal o material): capacidad mínima de la grúa según fabricante (material) o capacidad mínima de pasajeros (personal).
- -Puerto de carga e isla de destino.
- -Identificador del Patrón.
La licitación para la adjudicación de los contratos basados en un acuerdo marco tendrán lugar con arreglo al procedimiento siguiente:
1. Por cada contrato que haya de adjudicarse se invitará a la licitación a todas las empresas que formen parte del Acuerdo Marco.
2. El licitador, de estar interesado en ofertar el servicio de transporte marítimo, dispondrá de dos (2) días hábiles para presentar su oferta.
3. La oferta presentada por el licitador indicará: Tipo de embarcación, marca, modelo, matrícula, lista, potencia motora (kW), eslora y en función la tipología de transporte: capacidad mínima de la grúa según fabricante (material) o capacidad mínima de pasajeros (personal); precio por unidad de traslado.
4. Los contratos se adjudicarán por orden decreciente de la puntuación específica obtenida para la unidad ofertada valorada según los criterios fijados en el apartado 8º de este Pliego.
La adjudicación de los contratos derivados del Acuerdo Marco se realizará por el Órgano de Contratación a propuesta de la Mesa de Contratación.
## 4. PRESUPUESTO Y VALOR ESTIMADO
El presupuesto global máximo de licitación es estimado por estar éste condicionado a los servicios solicitados por Tragsa durante el período de vigencia del Acuerdo Marco, si bien, a título meramente orientativo se estima que durante el período de vigencia del mismo el importe del contrato podría ascender a la cantidad El presupuesto base de la presente licitación asciende a la cantidad de DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA EUROS (244.750,00 €) I.V.A. incluido , de los que DOSCIENTOS QUINCE MIL EUROS (215.000,00 €) corresponden al presupuesto base de licitación IVA no incluido, y VEINTINUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA EUROS (29.750,00 €) corresponden al IVA ; conforme al siguiente Cuadro
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## de Unidades y Precios:
La estimación de los importes de los servicios para el período de vigencia inicial del Acuerdo Marco, en función de los datos de proyecto para cada lote, es la siguiente:
LOTE 1: TRASLADO MARÍTIMO PERSONAL
| nº | descripción | Precio Unitario | Importe Total |
|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| 1.1 | Ud. Servicio de traslado (ida y vuelta), mediante transporte marítimo de PERSONAL , desde el puerto designado por TRAGSA hasta las diferentes islas que conforman el Parque Nacional Marítimo-Terrestre de las Islas Atlánticas. El servicio será realizado mediante embarcación inscrita en la lista 2ª, 5ª o 6ª con autorización excepcional para transporte de personal ajeno a la embarcación . Las operaciones de carga y descarga serán responsabilidad del adjudicatario, conforme a lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. | 140.000,00 | 140.000,00 |
| TOTALPRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (IVA no incluido) | TOTALPRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (IVA no incluido) | | 140.000,00 |
| Impuesto sobre el Valor Añadido | Impuesto sobre el Valor Añadido | 10% | 14.000,00 |
| IMPORTE TOTAL DEL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN 154.000,00 LOTE 2: TRANSPORTE MARÍTIMO DE MATERIAL, MEDIOS AXULIARES Y MAQUINARIA PESADA | IMPORTE TOTAL DEL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN 154.000,00 LOTE 2: TRANSPORTE MARÍTIMO DE MATERIAL, MEDIOS AXULIARES Y MAQUINARIA PESADA | IMPORTE TOTAL DEL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN 154.000,00 LOTE 2: TRANSPORTE MARÍTIMO DE MATERIAL, MEDIOS AXULIARES Y MAQUINARIA PESADA | IMPORTE TOTAL DEL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN 154.000,00 LOTE 2: TRANSPORTE MARÍTIMO DE MATERIAL, MEDIOS AXULIARES Y MAQUINARIA PESADA |
| nº | descripción | Precio Unitario | Importe Total |
| 2.1 | Ud. Servicio de traslado (ida y vuelta), mediante transporte marítimo de DISTINTOS MATERIALES, MEDIOS AUXILIARES O MAQUINARIA PESADA, desde el puerto designado por TRAGSA hasta las diferentes islas que conforman el Parque Nacional Marítimo-Terrestre de las Islas Atlánticas. El servicio será realizado mediante embarcación inscrita en la lista 2ª o 5ª. Se contempla el aprovechamiento del viaje de retorno. Las operaciones de carga y descarga serán responsabilidad del adjudicatario, conforme a lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. | 75.000,00 | 75.000,00 |
| TOTALPRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (IVA no incluido) | TOTALPRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (IVA no incluido) | | 75.000,00 |
| Impuesto sobre el Valor Añadido | Impuesto sobre el Valor Añadido | 21% | 15.750,00 |
| IMPORTE TOTAL DEL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN | IMPORTE TOTAL DEL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN | | 90.750,00 |
Se entenderán incluidos en dicho/s importe/s los gastos accesorios o complementarios necesarios relativos a la empresa adjudicataria para la correcta realización del objeto del presente pliego tales como transporte, gastos de desplazamiento, dietas, seguros, tributos, gastos de aduana y cualquier otro coste que se estime necesario para la correcta ejecución del objeto del presente pliego.
El valor estimado del contrato asciende a la cantidad de DOSCIENTOS QUINCE MIL EUROS (215.000,00 €) I.V.A. no incluido , conforme al siguiente desglose. En este importe se han tenido en cuenta los requerimientos contemplados en el Artículo 101 de la LCSP, y, en concreto, las posibles prórrogas y la totalidad de las modificaciones previstas.:
| LOTE 1: TRASLADO MARÍTIMO PERSONAL | LOTE 1: TRASLADO MARÍTIMO PERSONAL |
|--------------------------------------------------------|--------------------------------------|
| Descripción | Importe Total (Sin IVA) |
| TOTAL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (IVA no incluido) | 140.000,00€ |
| IMPORTE PRÓRROGAS | 0,00 € |
| IMPORTE MODIFICACIONES RECOGIDAS EN EL PLIEGO | 0,00 € |
| VALOR ESTIMADO DEL LOTE 1 (IVA no incluido) | 140.000,00€ |
| LOTE 2: TRANSPORTE MARÍTIMO DE MATERIAL, MEDIOS AXULIARES Y MAQUINARIA PESADA | LOTE 2: TRANSPORTE MARÍTIMO DE MATERIAL, MEDIOS AXULIARES Y MAQUINARIA PESADA |
|---------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------|
| Descripción | Importe Total (Sin IVA) |
| TOTAL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (IVA no incluido) | 75.000,00€ |
| IMPORTE PRÓRROGAS | 0,00 € |
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| IMPORTE MODIFICACIONES RECOGIDAS EN EL PLIEGO | 0,00 € |
|-------------------------------------------------|------------|
| VALOR ESTIMADO DEL LOTE 2 (IVA no incluido) | 75.000,00€ |
## No se prevén prórrogas que supongan aumento de importe ni modificaciones
## 5. FORMA, PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y COMUNICACIONES
## Esta licitación tiene carácter electrónico
.
Los pliegos y demás documentación complementaria se pondrán a disposición de los licitadores a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público, en adelante PLACSP https://contrataciondelestado.es , garantizando así el acceso a los mismos por medios electrónicos. No se admitirán aquellas ofertas que no sean presentadas a través de los medios descritos en el presente pliego . Los licitadores deberán preparar y presentar sus ofertas de forma electrónica a través de la PLACSP, debiendo presentar los sobres electrónicos "A" y "B" , firmados electrónicamente hasta las 12:00 horas del día 08 de junio de 2026, sin perjuicio de lo establecido en el apartado h) de la disposición adicional decimosexta de la LCSP. No se admitirá la presentación de forma manual o en soporte físico electrónico salvo en el caso establecido en la LCSP para la Huella digital. En el Sobre electrónico 'A' los licitadores incluirán el Anexo I (DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS MÍNIMOS PARA LICITAR) de este Pliego cumplimentando en todos sus apartados la plantilla suministrada por Tragsa y con ella se generará un pdf que se presentará firmado electrónicamente por el representante legal de la empresa a través de la herramienta de preparación y presentación de ofertas facilitada por la PLACSP. En el Sobre electrónico 'B' puesto que no hay criterios para valorar las ofertas se incluirá un documento con la frase 'NO APLICA'. Fecha de apertura de ofertas: La fecha de apertura aproximada de las ofertas se publicará en el anuncio de la Licitación de la Plataforma de Contratación del Sector Público, no obstante, se preavisará con la suficiente antelación a los licitadores interesados. Dirección de correo habilitado: licitacionE@hacienda.gob.es Perfil del Contratante:
[https://contrataciondelestado.es/wps/poc?uri=deeplink:perfilContratante&idBp=4EFIKYrK%2FKY%3D&pestanya](https://contrataciondelestado.es/wps/poc?uri=deeplink:perfilContratante&idBp=4EFIKYrK%2FKY%3D&pestanyaLicitaciones=fO%2Fnl6E8oEQ%25)
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## [Licitaciones=fO%2Fnl6E8oEQ%](https://contrataciondelestado.es/wps/poc?uri=deeplink:perfilContratante&idBp=4EFIKYrK%2FKY%3D&pestanyaLicitaciones=fO%2Fnl6E8oEQ%25)
No se admitirá la presentación de forma manual o en soporte físico electrónico salvo en el caso establecido en la LCSP para la Huella digital. Comunicaciones y notificaciones Las comunicaciones y notificaciones que realice el Grupo Tragsa derivadas del procedimiento de adjudicación se realizarán por medios exclusivamente electrónicos. Así mismo las contestaciones que realicen los licitadores a dichos requerimientos deberán realizarse por el mismo cauce. Los plazos a contar desde la notificación se computarán desde la fecha de envío de la misma o del aviso de notificación, si fuera mediante comparecencia electrónica, siempre que el acto objeto de notificación se haya publicado el mismo día en el Perfil de contratante del Grupo Tragsa. En caso contrario los plazos se computarán
desde la recepción de la notificación por el interesado.
## Ayuda al licitador
La PLACSP dispone para el licitador de unas Guías de Ayuda que explican a las empresas cómo hacer uso de los servicios que les ofrece la Plataforma de Contratación del Sector Público y cómo deben preparar la documentación y los sobres que componen sus ofertas mediante la Herramienta de Preparación y Presentación de ofertas.
No obstante, a continuación, se dan unas indicaciones básicas, sin perjuicio de la lectura de las referidas guías:
- Para la presentación de la oferta deberán registrarse, si todavía no lo estuvieran, en la PLACSP indicando los datos básicos y adicionales que se solicitan, siguiendo las instrucciones de la Guía de los Servicios de Licitación Electrónica para Empresas si fuese necesario.
- Tras añadir este expediente a ' Mis Licitaciones ', deberán seleccionar esta l icitación, y una vez dentro de ' Licitaciones -Detalle ', pulsar el enlace ' Preparación de Oferta/solicitud de participación ' con el que abrirá la Herramienta de Preparación y Presentación de Ofertas una vez instalada siguiendo las instrucciones de la Guía de los Servicios de Licitación Electrónica para Empresas
Para resolver incidencias en la preparación o envío de la oferta se debe contactar, con la debida antelación, con el servicio de soporte de la PLACSP en licitacionE@hacienda.gob.es indicando el número de expediente, órgano de contratación y detalle del error, adjuntando captura de pantalla si es posible, o bien llamando al teléfono de atención 91 524 12 42.
Cualquier consulta relativa a los Pliegos deberá real izarse a través de la pestaña 'Solicitar Información' de 'Mis Licitaciones' en el Acceso para Empresas de la PLACSP .
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## 6. REQUISITOS MÍNIMOS Y SOLVENCIA ( DOCUMENTACIÓN A INCLUIR EN EL SOBRE ELECTRÓNICO 'A' )
El ofertante incluirá en este sobre la Declaración Responsable de cumplimiento de requisitos mínimos (Anexo I). Con carácter previo a la adjudicación Tragsa, en cualquier momento del procedimiento antes de la adjudicación, podrá requerir la documentación que acredite la veracidad de la declaración del Anexo I si estima que la información consignada no es veraz, salvo que se haya justificado en la propia oferta. Todos los requisitos que se solicitan a continuación serán incluidos en la declaración responsable de cumplimiento de requisitos mínimos (Anexo I) bastando ésta para la admisión de la oferta del licitador, siempre y cuando se cumplimente toda la información solicitada y con los niveles requeridos en el presente pliego, salvo en los requisitos referidos a las agrupaciones de empresarios y a los licitadores extranjeros que no estén recogidos en dicha declaración. No obstante, la Mesa de Contratación podrá solicitar la presentación de la documentación que acredita la veracidad de dicha declaración si presume la inviabilidad de la oferta en lo referente a estos extremos. La presentación del ANEXO I y de cualquier otro documento solicitado por el Grupo Tragsa se realizará por el licitador a través de la herramienta de preparación y presentación de ofertas de la Plataforma de
contratación del Sector público, de acuerdo con los formatos y lo establecido en el presente pliego.
## 5.1 Capacidad de obrar del licitante y prohibición para contratar
Podrán tomar parte en el procedimiento de licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. El licitador deberá presentar la siguiente documentación que acredite su capacidad de obrar y resto de requisitos, a solicitud de Tragsa:
1. Los licitadores españoles individuales deberán presentar el Anexo I: Declaración responsable de cumplimiento de los requisitos mínimos para licitar debidamente cumplimentada (Anexo I).
Los licitadores no españoles de estados miembros de la Unión Europea o firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo no estarán obligados a estar clasificados de acuerdo a lo establecido en el
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- presente pliego sin perjuicio de que deban aportar la declaración responsable de cumplimiento de requisitos mínimos del Anexo I del presente pliego y, a requerimiento de Tragsa de la documentación que acredite su capacidad y solvencia equivalente a la requerida con dicha clasificación a requerimiento de Tragsa antes de la adjudicación del contrato.
2. Los empresarios que concurran integrados en UTE deberán, mediante documento firmado por sus representantes, recoger el compromiso de constituirse formalmente en UTE en caso de resultar adjudicatarios del contrato.
3. Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea deberán estar habilitadas para realizar la prestación objeto del contrato con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder ejecutar la prestación de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
4. Los licitadores no españoles de estados miembros de la Unión Europea o firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo no estarán obligados a estar clasificados de acuerdo a lo establecido en el presente pliego sin perjuicio de que deben aportar la documentación que acredite una solvencia equivalente a la requerida con dicha clasificación.
5. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea empresarios extranjeros deberán presentar informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, en el que se haga constar previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo, o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato. Así mismo, deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española en el que conste que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables, en forma sustancialmente análoga. Tratándose de empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio se prescindirá del informe de reciprocidad.
No podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto a las empresas licitadoras.
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## 5.2 Solvencia Económica y Financiera
Para ser admitido el licitador indicará en el Anexo I (Declaración responsable suscrita por el representante legal) su cifra anual de negocios referida al mejor ejercicio dentro de los últimos tres años disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del licitador y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a LOTE 1: CINCUENTA Y DOS MIL EUROS (5 2.000,00 €) IVA no incluido y LOTE 2: VEINTIOCHO MIL EUROS (28.000,00 €) IVA no incluido . En caso de ofertar a más de un lote la cifra de negocio será igual o superior al importe acumulado de los lotes a los que opte el licitador .
A efectos de acreditar el cumplimiento de la solvencia económica requerida en el párrafo anterior, el licitador aportará fotocopia simple de las Cuentas Anuales correspondientes al mejor de los últimos tres ejercicios disponibles, debidamente auditadas, en el supuesto de que este requisito fuera legalmente exigible (en todo caso la acreditación se solicitará en la fase previa a la adjudicación del contrato), aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil que corresponda, dentro del plazo legal establecido. En el caso de empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocio mediante sus libros de inventario y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil (según articulo 87 apartado 3.a de LCSP). (En todo caso la acreditación se solicitará en la fase previa a la adjudicación del Acuerdo Marco).
## 5.3 Solvencia técnica.
## 5.3.1 Trabajos realizados:
Para ser admitido el licitador indicará en el Anexo I (Declaración responsable suscrita por el representante legal) relación de servicios relativos al CPV: 60640000 'Transportes marítimos' en los últimos tres años cuyo importe anual acumulado en el año natural (desde 1 de enero al 31 de diciembre) de mayor ejecución sea igual o superior a LOTE 1: CUARENTA Y NUEVE MIL EUROS (49.000,00 €) IVA no incluido y LOTE 2: VEINTISIETE MIL EUROS (27.000,00 €) IVA no incluido . En caso de ofertar a más de un lote el importe de los servicios en el mejor ejercicio será igual o superior al importe acumulado de los lotes a los que opte el licitador.
Dicha declaración deberá incluir relación de servicios, alcance, año natural de la ejecución, el importe y el destinatario de los mismos.
Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, o cuando el destinatario sea un sujeto privado mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario, acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación (en todo caso la acreditación se solicitará en la fase previa a la adjudicación del Acuerdo Marco).
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## 5.3.2 Maquinaria para la ejecución del contrato
Para ser admitido el licitador indicará en el Anexo I ((Declaración responsable suscrita por el representante legal), que dispone de los siguientes medios mínimos:
- Para el Lote 1-Transporte marítimo de personal: el licitador deberá disponer de, al menos, una embarcación inscrita en la lista 2ª, 5ª o 6ª.
➢
5.4
Para el Lote 2- Transporte marítimo de material/maquina: el licitador deberá disponer de, al menos, una
embarcación inscrita en la lista 2ª o 5ª.
Integración de la solvencia con medios externos
Los licitadores podrán basarse en la solvencia y medios de otra entidad para acreditar su solvencia si presentan,
antes de la formalización del contrato correspondiente, compromiso escrito firmado por ésta última indicando
que durante la duración de la ejecución del contrato dispondrá de dicha solvencia y medios, y la entidad a la que
recurra no esté incursa en prohibición de contratar, en el plazo indicado para la presentación de la
documentación que acredita su capacidad. En el caso de que se haya requerido en el presente pliego una
cualificación y experiencia profesional respecto del personal que realizará los trabajos, sólo podrá recurrirse a
estos medios externos si van a realizar las obras o servicios que requieren dichas capacidades.
En este caso, el contratista deberá dejar constancia de ello en la declaración de cumplimiento de requisitos
mínimos, comprometiéndose a presentar a tal efecto, en el plazo establecido en el punto referente a
ADJUDICACIÓN del presente pliego, el compromiso por escrito de dichas entidades en el plazo establecido de
presentación de la documentación que acredita su aptitud y capacidad previamente salvo que se le solicite
previamente por existir dudas al respecto de la misma, así como una declaración responsable individual de cada
uno de ellos de cumplimiento de los requisitos mínimos.
7.
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DE LAS PROPOSICIONES PARA LA SELECCIÓN DE EMPRESARIOS CON
LOS QUE SE CELEBRARÁ EL ACUERDO MARCO (
## No aplica.
Al no ser objeto de valoración en esta primera fase de selección de empresarios para la conclusión del acuerdo
marco,
la propuesta económica no deberá presentarse en el sobre de la propuesta (sobre electrónico B)
.
El Acuerdo Marco se concluirá con todos aquellos empresarios, siempre que exista un número suficiente de interesados, que se ajusten a los criterios de selección o de ofertas admisibles que respondan a los siguientes criterios de adjudicación.
SOBRE ELECTRÓNICO 'B'
).
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## 8. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS PROPOSICIONES PARA LA ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS DERIVADOS DEL ACUERDO MARCO
Con independencia de que el acuerdo marco se concluya con uno, dos, tres o más empresarios, la adjudicación de los contratos basados en este Acuerdo Marco se efectuará convocando a las partes a una nueva licitación
Para la valoración de las ofertas presentadas por los licitadores con los que se hubiera celebrado un acuerdo marco, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
Precio : Se otorgarán un máximo de 100 puntos a la oferta más económica, valorándose las demás con un mínimo de cero puntos, conforme al resultado, redondeado a dos decimales, de la fórmula: 𝑷𝒙 = 𝟏𝟎𝟎 × (𝟐 𝑶𝑬𝒊 𝑶𝑬𝒎 ) Siendo Px la puntuación obtenida por el licitador, 𝑶𝑬𝑖 el importe de la oferta del licitador que se valora, y 𝑶𝑬𝒎 el importe de la oferta más económica. Las ofertas que se presenten deberán acompañar una valoración económica desglosada según el modelo del Anexo I: SOBRE ELECTRÓNICO: OFERTA CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA. No se admitirán las ofertas que oferten un importe total de 0€ (CERO euros), ni las que superen el Presupuesto base de Licitación para cada lote, ni aquellas que no oferten el precio unitario de todas y cada una de las partidas de cada lote. En caso de error aritmético en la valoración total de la oferta se atenderá a los precios unitarios ofertados Los empresarios con los que se hubiera concluido un acuerdo marco presentarán sus ofertas en el plazo indicado en la petición de oferta, que como mínimo será de dos días naturales, a contar desde el siguiente al de la petición cursada por Tragsa. Las ofertas se presentarán mediante la herramienta preparación y presentación de ofertas de la PLASCP.
Cada petición de oferta (contrato derivado del Acuerdo Marco) será objeto de una solicitud concreta para los proveedores seleccionados en el acuerdo marco en la que se definirán: Tipo de embarcación, marca, modelo, matrícula, lista, potencia motora (kW), eslora, lista y en función de la necesidad (transporte de personal o material): capacidad mínima de la grúa según fabricante (material) o capacidad mínima de pasajeros (personal); Puerto de carga e isla de destino; Identificador del Patrón.
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El adjudicatario del contrato derivado deberá presentar en obra los certificados y la documentación necesarios, tanto de la embarcación como del patrón, para la correcta prestación del servicio. La adjudicación de los contratos derivados del Acuerdo Marco se realizará por el Órgano de Contratación a propuesta de la Mesa de Contratación. El contrato se adjudicará al licitador que haya presentado la mejor oferta, valorada según los criterios detallados en este apartado. En caso de que se produzca un empate en la puntuación entre varias ofertas tras la aplicación de los criterios de adjudicación del contrato se resolverá mediante la aplicación por orden de los siguientes criterios sociales,
referidos al momento de finalizar el plazo de presentación de ofertas:
- a) Mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad o en situación de exclusión social en la plantilla de cada una de las empresas, primando en caso de igualdad, el mayor número de trabajadores fijos con discapacidad en plantilla, o el mayor número de personas trabajadoras en inclusión en la plantilla.
- b) Menor porcentaje de contratos temporales en la plantilla de cada una de las empresas.
- c) Mayor porcentaje de mujeres empleadas en la plantilla de cada una de las empresas.
- d) El sorteo, en caso de que la aplicación de los anteriores criterios no hubiera dado lugar a desempate.
Para ello deberán rellenar el apartado correspondiente en el Anexo I, en caso de que no lo cumplimenten se entenderá que es el mínimo legal y si no estuviera obligado a un mínimo se considerará que es cero el valor. No obstante, en caso de empate, tendrán que acreditar el criterio que se utilice para desempatar antes de la formalización del contrato. Tragsa tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el contrato a la proposición con una mejor relación calidad-precio, conforme a los criterios establecidos, o declarar desierto el procedimiento. En todo caso, y con independencia de la notificación de la adjudicación al adjudicatario, no se generará derecho económico alguno a favor de éste hasta que se formalice el correspondiente contrato
9. OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS
Se considerarán anormalmente bajas las ofertas que se encuentren en los siguientes supuestos:
- En el caso de presentarse una única oferta no se considerará la posibilidad de que ésta oferta se considere anormalmente baja.
- Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 40 unidades porcentuales a la otra oferta.
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- Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 30 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media.
- Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 30 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía.
Si se identificara una proposición como desproporcionada o anormal, deberá darse audiencia al licitador que la haya presentado para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma, en particular en lo que se refiere al ahorro que permita el procedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para ejecutar la prestación. En el procedimiento se solicitará el asesoramiento técnico del servicio correspondiente.
En el caso de no presentar la documentación requerida, ser ésta incompleta o insatisfactoria, o se fundamenta en hipótesis o prácticas inadecuadas desde el punto de vista técnico, jurídico o económico, el licitador quedará excluido del proceso de valoración. A estos efectos en el caso de que se realicen varias ofertas por licitadores que formen grupo de acuerdo a lo establecido en el art. 42.1 del Código de Comercio sólo se tomará para la identificación de ofertas anormales la menor de todas ellas independientemente de que dicho licitador presente la oferta en solitario o en unión con
otros.
## 10. ADJUDICACIÓN
La Mesa de Contratación efectuará la calificación administrativa del Anexo I (sobre electrónico único), admitiendo o excluyendo a los licitadores una vez realizada dicha calificación de cumplimiento de requisitos mínimos y solvencia de conformidad con el presente Pliego. Los licitadores admitidos deberán aportar la documentación que se relaciona a continuación, si esta no ha sido aportada previamente, en el plazo de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES , desde la fecha de recepción de la comunicación de este requerimiento. Se admitirá que los licitadores soliciten a Tragsa que recupere la documentación requerida de otro expediente de contratación tramitado en la Unidad Territorial Noroeste UT1 siempre y cuando la documentación esté vigente en el momento de la solicitud de documentación.
- D.N.I. del representante de la empresa firmante del contrato
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- Escritura de poder del representante de la empresa firmante del contrato.
- N.I.F. de la empresa.
- Escritura que recoja la última redacción del objeto social de la empresa firmante del contrato.
- Documento de constitución de la UTE , en su caso
## · DOCUMENTACIÓN QUE ACREDITE LA SOLVENCIA ECONÓMICA
- o Fotocopia simple de las cuentas anuales y resguardo de presentación, del mejor de los últimos tres años aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil que corresponda, dentro del plazo legal establecido, acreditando una cifra anual de negocios por importe igual o superior a LOTE 1: CINCUENTA Y DOS MIL EUROS (52.000,00 €) IVA no incluido y LOTE 2: VEINTIOCHO MIL EUROS (28.000,00 €) IVA no incluido . En caso de ofertar a más de un lote la cifra de negocio será igual o superior al importe acumulado de los lotes a los que opte el licitador. En el caso de empresarios individuales mediante copia de sus libros de inventarios y de sus cuentas anuales legalizadas. En el caso de empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocio mediante sus libros de inventario y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil (según articulo 87 apartado 3.a de LCSP)
## · DOCUMENTACIÓN QUE ACREDITE LA SOLVENCIA TÉCNICA
- o Certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, o cuando el destinatario sea un sujeto privado mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario, acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo, que acrediten la realización de código Código CPV: 60640000 'Transportes marítimos' en los últimos tres años cuyo importe anual acumulado en el año natural (desde 1 de enero al 31 de diciembre) de mayor ejecución sea igual o superior a: LOTE 1: CUARENTA Y NUEVE MIL EUROS (49.000,00 €) IVA no incluido y LOTE 2: VEINTISIETE MIL EUROS (27.00 0,00 €) IVA no incluido . En caso de ofertar a más de un lote el importe de los servicios en el mejor ejercicio será igual o superior al importe acumulado de los lotes a los que opte el licitador . En ambos casos se indicará el año natural de la ejecución del servicio, el importe y el destinatario y se precisará si se llevaron normalmente a buen término.
- o Documentación de las embarcaciones para la ejecución del contrato, al menos una por lote, conforme al Anexo I, apartado 4.2:
- LOTE 1: Certificado de Registro Marítimo Español (Hoja de asiento actualizada) que acredite la inscripción de la embarcación declarada en la lista 2ª, 5ª o 6ª.
- LOTE 2: Certificado de Registro Marítimo Español (Hoja de asiento actualizada) que acredite la
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inscripción de la embarcación declarada en la lista 2ª o 5ª.
- En caso de haber recurrido a la solvencia y medios de otras empresas, compromiso por escrito de dichas entidades, debidamente firmado por sus representantes legales que demuestre que el futuro adjudicatario va a disponer de los recursos necesarios para la ejecución del contrato.
- Testimonio judicial o certificación administrativa , según el caso, acreditativa de no estar incurso en supuesto de prohibición de contratar. Cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado (Acta de Manifestaciones Notarial de no estar incurso en ninguna de las circunstancias que determinan la prohibición de contratar previstas en el Art. 71 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público).
- Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativa de que la empresa se encuentra al corriente del cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
- Certificado de Contratistas y Subcontratistas de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria por un periodo de vigencia de 12 meses, incluyendo a TRAGSA como entidad con la que se contrata (CIF A28476208), certificado acreditativo de que la empresa se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones.
- Certificación Bancario que acredite la titularidad de la cuenta bancaria de abono de las facturas correspondientes.
- Anexo III de Prevención de Riesgos Laborales (Declaración de cumplimiento de empresas colaboradoras) debidamente cumplimentado y firmado electrónicamente por el representante legal del licitador.
De acuerdo con lo establecido en el Art. 95 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, Tragsa podrá recabar del licitador aclaraciones sobre los certificados o documentos presentados, así como requerirles de otros complementarios.
El órgano de contratación adjudicará el contrato en un plazo no superior a los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación válida anterior. Tragsa podrá desistir en cualquier momento previo a la formalización del contrato de forma justificada de acuerdo a
lo establecido en la art 152 de la LCSP.
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## 11. FORMALIZACIÓN DEL ACUERDO MARCO Y DE LOS CONTRATOS DERIVADOS DEL MISMO
Seleccionada por Tragsa las ofertas que cumplen los requisitos del pliego del Acuerdo Marco, tras la publicación de la adjudicación y la comunicación de esta circunstancia a los licitadores, se solicitará a los adjudicatarios de los Acuerdos Marco que formalicen el contrato correspondiente. En caso de no formalizarse el contrato por causa imputable al adjudicatario en los plazos anteriores se le exigirá una penalidad del 3% del importe de licitación (IVA excluido) como penalidad, haciéndose efectiva contra la garantía provisional, caso de haberse constituido, o requiriendo al proveedor para que la deposite. No podrá iniciarse la ejecución del Acuerdo Marco sin su previa formalización. Las diferentes peticiones de oferta serán formalizadas con el adjudicatario de las mismas mediante un contrato que será incorporado al contrato del Acuerdo Marco. La formalización del contrato se hará en documento privado o en escritura pública, en el supuesto de que así lo solicitase el adjudicatario. En este último caso, los gastos derivados de la formalización del contrato y del otorgamiento de la escritura pública serán de cuenta del adjudicatario. La formalización del contrato se realizará en cualquier caso de forma digital. Formará parte del documento en que se formalice el contrato, un ejemplar de los Pliegos, que serán firmados por el
adjudicatario.
## 12. REVISIÓN DE PRECIOS
El adjudicatario renuncia a la revisión de los precios ofertados de los contratos derivados del Acuerdo Marco.
## 13. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
La ejecución del contrato se verificará durante la ejecución de los servicios de transporte marítimo para cada lote en obras del Grupo Tragsa dentro del Parque Nacional Marítimo-Terrestre de las Islas Atlánticas.
El adjudicatario se obliga expresamente al cumplimiento de los requisitos exigidos por la legislación vigente con relación al objeto de su actividad y del contrato, así como al cumplimiento de los requisitos técnicos, y de calidad y cantidad, que se sean exigidos por Tragsa y que se especifiquen en el contrato, en atención a lo establecido en estos pliegos y en lo ofertado por el adjudicatario. Para acreditar el cumplimiento de tales obligaciones, Tragsa podrá requerir al adjudicatario la presentación de los documentos que considere necesarios para tal fin.
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El adjudicatario responderá, en todo caso y directamente, de aquellos daños que puedan causarse a Tragsa o a terceros como consecuencia de defectos o de cualquier otro vicio en la prestación realizada; aun cuando se haya cumplido la reglamentación vigente, debiendo el adjudicatario proceder a la reparación o sustitución de las mismas, asumiendo todos los importes económicos que se deriven de las posibles actuaciones anteriormente citadas. Concluido el servicio que integra el contrato correspondiente, las partes suscribirán el oportuno DOCUMENTO DE CONFORMIDAD, que se realizará en los 15 días siguientes a la prestación del servicio en el que constará la conformidad o disconformidad de Tragsa. Si los servicios realizados son conformes con el contrato, se devolverá la garantía definitiva al adjudicatario. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, salvo lo en lo establecido en el artículo 239 de la LCSP para el caso de fuerza mayor. El adjudicatario se obliga asimismo al cumplimiento de la legislación medioambiental vigente, así como con la normativa interna de Tragsa en materia de medioambiente. Dicha normativa se encuentra a disposición en la página web de Tragsa. El adjudicatario deberá estar al corriente de pago de los salarios y cuotas de Seguridad social del personal que, dependiente de él, realice los trabajos objeto del contrato, y especialmente estar al corriente de pago en materia de seguridad laboral. Asimismo, deberá adoptar y cumplir las normas sobre prevención de riesgos laborales, no sólo las exigidas por los textos legales, sino las que sean precisas como consecuencia de la clase de trabajos que deban realizarse, dotando a su personal de los elementos de protección necesarios a tal efecto. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario no implicará responsabilidad alguna para Tragsa. La empresa adjudicataria contará con los recursos técnicos necesarios para la correcta ejecución del contrato y para mantener el nivel de servicio requerido. Dichos recursos dependerán exclusivamente del adjudicatario, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empleador respecto de los mismos, siendo Tragsa del todo ajena a dichas relaciones laborales, así como a las responsabilidades que de tales relaciones puedan derivarse, que el adjudicatario acepta expresamente de su cuenta y cargo. El personal que haya de efectuar los trabajos estará vinculado laboralmente al adjudicatario que, a todos los efectos, asume con respecto a los mismos, el carácter legal de empresario con todos los derechos y obligaciones inherentes a esta condición, con arreglo a la legislación vigente, sometiéndose en todo momento dicho personal a las instrucciones y órdenes del adjudicatario. Tragsa en modo alguno ni bajo ningún título ostentará la condición de empleador respecto de los trabajadores contratados por el adjudicatario, que presten directa o indirectamente servicios para Tragsa.
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El adjudicatario deberá asumir totalmente la organización de sus propios recursos y de dirección y coordinación de las actividades que lo componen, ejerciendo en exclusiva el poder organizativo y de dirección de sus recursos humanos que constituyan los equipos de trabajo, para el cumplimiento de los fines que se le encomiendan. La empresa contratista deberá designar un coordinador técnico o responsable integrado en su propia plantilla, que
tendrá entre sus obligaciones las siguientes:
- Actuar como interlocutor de la empresa contratista frente a Tragsa, canalizando toda la información entre el adjudicatario y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al contrato, de un lado, y Tragsa, de otro lado, en todo lo relativo a cuestiones derivadas de la ejecución del contrato.
- Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado.
- Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tiene encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo.
- Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato, debiendo a tal efecto coordinarse el adjudicatario con Tragsa, a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio.
- Informar a Tragsa acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato.
Corresponde a la empresa contratista la selección del personal que, reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos en este pliego, formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte de Tragsa del cumplimiento de dichos requisitos. El adjudicatario deberá remitir a Tragsa una relación nominal del personal que vaya a prestar sus servicios.
El contratista procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio, informando
en todo momento a Tragsa.
## Cumplimiento Orden HFP/1030/2021
En caso de que los contratos derivados de este acuerdo marco correspondan a contratos financiados con cargo a fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea -NextGenerationEU establecido en el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por el que establece un instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19, y regulado según Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. En cumplimiento de las obligaciones relacionadas con esta fuente de financiación se establecen condiciones que se indicarán en el Anexo VII de la petición de oferta del contrato derivado correspondiente. Será obligatorio por el adjudicatario la cumplimentación de la Declaración de Ausencia de Conflictos de Intereses (DACCI) antes de la formalización del contrato tal como establece la Orden HFP/1030/2021 de 29 de septiembre (Anexo X) con el compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión, así como el Anexo IX 'Declaración de Cesión y Tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones de l Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia'
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## Cumplimiento Orden HFP/55/2023
Tal como se establece en el artículo 7 de la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en el caso de que para el licitador no existan datos de titularidad real en las bases de datos de la AEAT y así se lo haya indicado al responsable de operación mediante la correspondiente bandera negra, se habilita a los órganos de contratación a solicitar a los participantes en los procedimientos, la información de su titularidad real. La falta de entrega de dicha información en el plazo de cinco días hábiles desde que se formule la solicitud de información, será motivo de exclusión del procedimiento en el que esté participando. A tal fin se le solicitará a la empresa que resulte como mejor oferta y no existan datos de titularidad real en las bases de datos de la AEAT, la titularidad real mediante el Anexo XI.
## Plazo de Garantía
La garantía será automáticamente devuelta a la finalización del período del servicio si no resultaran responsabilidades o penalidades que hayan de ejercitarse sobre la misma.
## Seguros
La empresa contratista contará con: Certificación de compañía o de correduría de seguros acreditativa de que la empresa cuenta con una póliza de seguros vigente que cubre la responsabilidad de la empresa por Responsabilidad civil marítima y Seguro de accidentes:
- Responsabilidad civil marítima conforme a los requisitos exigibles por el Reglamento del Seguro de Responsabilidad Civil de suscripción obligatoria para embarcaciones de recreo o deportivas (Real Decreto
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- 607/1999 del 16 de abril) para daños materiales, personales y sus perjuicios consecutivos causados a un tercero durante la prestación de servicio objeto del contrato.
- Seguro de accidentes SOV o en su defecto accidentes con los límites exigidos en el Real Decreto 1575/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Seguro Obligatorio de Viajeros.
- Estas entidades deberán estar autorizadas para operar en España.
## 14. PLAZO DE VIGENCIA DEL ACUERDO MARCO
El plazo de vigencia del acuerdo marco será de DOS (2) AÑOS desde la fecha de firma del mismo, sin perjuicio de las prórrogas que pudieran pactarse, previo acuerdo escrito de las partes, no pudiendo exceder su duración total de cuatro años.
El representante de TRAGSA avisará con un mínimo de 2 días laborables de antelación, de cada una de las retiradas a realizar. En el caso de que TRAGSA realice el transporte, entregará los residuos en la planta del adjudicatario de lunes a viernes en horario laboral, avisando al responsable de la recepción con al menos 24 horas de antelación a la llegada del primer camión.
## 15. PENALIDADES ADMINISTRATIVAS
Si el adjudicatario, se encontrara, a lo largo de la vigencia del contrato, en uno de los supuestos que a continuación se indican, por causas imputables al mismo , una vez atendidas sus alegaciones, Tragsa podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de las siguientes penalidades:
## 1) Incumplimiento de las condiciones especiales/esenciales de ejecución:
- a) Incumplimientos sobre la garantía de la seguridad y la protección de la salud y las medidas para prevenir la siniestralidad laboral, lleva aparejada una penalidad de 1 % del importe de adjudicación, por cada incumplimiento.
- b) No respetar la emisión de toda la documentación que se genere durante el desarrollo del contrato en formato electrónico , lleva aparejada una penalidad de 0,1% del importe de adjudicación, por cada incumplimiento.
## 2) Incumplimiento de otras condiciones esenciales de ejecución:
- a) Incumplimiento por cada hora de retraso sobre la hora pactada de servicio , lleva aparejada una penalidad del 2 % del importe de adjudicación, por cada no conformidad.
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- b) Incumplimiento por cada cancelación o incumplimiento del servicio efectuada por el adjudicatario sin causa justificada, siempre que el servicio haya sido debidamente comunicado en tiempo y forma por el interlocutor de Tragsa , lleva aparejada una penalidad del 2 % del importe de adjudicación, por cada no conformidad.
Cada vez que las penalidades antes enumeradas, por separado o en conjunto, alcancen un 10% del importe del contrato (IVA excluido) Tragsa estará facultada para resolver el contrato o acordar la continuación de la ejecución del mismo con nuevas penalidades. Si las penalidades así definidas, o las demoras en la ejecución, aun no estando previstas penalidades para este hecho, no fueran suficientes para cubrir los daños ocasionados a Tragsa por la actuación del adjudicatario, ésta exigirá al adjudicatario la indemnización por los daños y perjuicios no cubiertos. Las presentes penalidades serán inmediatamente ejecutivas y se harán efectivas contra los pagos de las cantidades pendientes de abonar al adjudicatario o contra la garantía que, en su caso, se haya constituido, si no es posible
deducirla de dichos pagos.
## 16. SUBCONTRATACIÓN
## 16.1. Régimen de subcontratación
Se permite la subcontratación parcial de la prestación objeto del presente pliego salvo la siguiente tarea considerada crítica: coordinación del servicio y la interlocución directa con Tragsa por parte del adjudicatario.
Para la realización de los subcontratos, el licitador deberá cumplir con los siguientes requisitos:
- -Deberán indicarlo en su oferta y en la declaración responsable de cumplimiento de los requisitos mínimos
- -El adjudicatario deberá comunicar por escrito, tras la adjudicación, y, a más tardar cuando se inicie la ejecución del contrato, a Tragsa la intención de subcontratar y la identidad, datos de contacto y representante/s legal/es del subcontratista, debiendo justificar de acuerdo a lo establecido en este pliego la aptitud de este para ejecutar la parte del contrato a subcontratar acreditándolo por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone, su experiencia y que no se encuentra incurso en prohibición para contratar.
Cualquier modificación que sufra la información suministrada a Tragsa durante la ejecución del contrato principal, deberá ser comunicada por escrito a ésta y toda la información adicional sobre los nuevos subcontratistas.
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Si el subcontratista tuviera clasificación adecuada para realizar la parte del contrato a subcontratar, la
comunicación fehaciente de esta circunstancia será suficiente para acreditar la aptitud del mismo.
La acreditación para subcontratar podrá realizarse inmediatamente tras la celebración del subcontrato si es necesaria para atender una situación de emergencia o que exija la adopción de medidas urgentes y así lo justifica suficientemente el contratista principal.
- -Los subcontratistas que no se ajusten a lo indicado en la oferta del contratista principal, por ser empresarios distintos de los indicados nominativamente en la misma o por subcontratar partes de la prestación principal diferentes de las señaladas en la oferta, no podrán celebrarse hasta transcurridos 20 días desde que se hubiese cursado la notificación y aportado las justificaciones anteriores, salvo que con anterioridad se hubiera autorizado expresamente por Tragsa. No obstante, no se podrán celebrar las subcontrataciones si Tragsa comunica al contratista su oposición justificadamente.
- -Bajo la responsabilidad del contratista principal, podrán concluirse subcontrataciones sin respetar el plazo anterior si su celebración es necesaria para atender una situación de emergencia o que exija la adopción de medidas urgentes y así lo justifica suficientemente el contratista principal. Este régimen será igualmente aplicable si los subcontratistas hubiesen sido identificados en la oferta mediante la descripción de su perfil profesional.
La infracción de las condiciones anteriores, la falta de acreditación de la aptitud del contratista o de las circunstancias
determinantes de emergencia o de las que hacen urgente la subcontratación supondrá la imposición de una
penalidad de hasta el 50% del importe del subcontrato
Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante el contratista principal que asumirá la total responsabilidad de la ejecución del contrato con arreglo a los pliegos y los términos del contrato. La comunicación o la autorización de la celebración de los subcontratos de acuerdo a lo anterior no alterarán la responsabilidad exclusiva del contratista principal.
En ningún caso podrá concertarse por el contratista principal la ejecución parcial del contrato con personas inhabilitadas para contratar de acuerdo con el art 71 de la LCSP.
## 16.2. Pagos a subcontratistas y suministradores
El contratista principal estará obligado a abonar a los suministradores el precio pactado en los plazos y condiciones que se indican a continuación.
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Los plazos pactados no podrán ser más desfavorables que los previstos en la ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, y se computarán desde la fecha en la que tiene lugar la aceptación o verificación de los bienes o servicios por el contratista principal, siempre que el suministrador haya entregado la factura en los plazos legalmente establecidos. La aceptación por el contratista principal de los suministros realizados por los suministradores deberá realizarse en un plazo máximo de 30 días desde la entrega de los bienes o deberán formularse los motivos de disconformidad de la misma. Si no se realiza en este plazo se entenderá que se ha producido su aceptación. En caso de demora en el pago, el suministrador tendrá derecho al cobro de intereses de demora y a la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004 de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
17. FACTURACIÓN Y PAGO
Con periodicidad mensual se emitirá una factura por el adjudicatario, por los trabajos efectivamente realizados y aceptados por Tragsa, de conformidad con lo establecido en el presente pliego. El adjudicatario expedirá las facturas en la que se detallarán el período de facturación, los correspondientes conceptos aceptados por el Grupo Tragsa, el número de cuenta bancaria en la que se efectuará el pago de la factura, el cual deberá corresponder con el número de cuenta que figure en el certificado de titularidad bancaria proporcionado por el adjudicatario , y la cantidad y el importe de cada uno de ellos, todo en base a los albaranes firmados por los responsables del Grupo Tragsa. Dichas facturas deberán cumplir las exigencias legales vigentes, desglosando, en todo caso, el importe correspondiente al objeto del contrato, del impuesto repercutible al mismo. debiendo remitirse por el adjudicatario a la siguiente dirección:
## TRAGSA AVDA. VIRXINIA PEREIRA RENDA, Nº6-8 BAJO 36004 PONTEVEDRA PONTEVEDRA administracion.pontevedra@tragsa.es
Las facturas se enviarán preferiblemente por correo electrónico a la cuenta indicada, firmadas electrónicamente, también se permite el envío o presentación presencial de la factura firmada y sellada. Todas las firmas deberán ser realizadas por el responsable legal de la empresa. El importe de las facturas será abonado mediante transferencia bancaria de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, según redacción introducida por el Real Decreto-Ley 4 /2013 de 22
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de febrero de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo y a los plazos establecidos en la Ley 9/2017, de 9 de noviembre, de contratos del sector público. Si el adjudicatario, a lo largo de la ejecución del contrato, incurriese en penalidades conforme a lo dispuesto en el apartado 14 se retendrá de las facturas el correspondiente importe. Queda expresamente prohibida la cesión de créditos derivados de la facturación originada en el trabajo realizado, por cualquiera de las modalidades válidas en derecho, incluida el factoring, sin que previamente a la cesión, Tragsa expresamente lo autorice. En el caso de existir autorización, ésta se realizará, crédito a crédito, y nunca de la totalidad de ellos. El contratista deberá solicitar por escrito a TRAGSA autorización para realizar la cesión, identificando los créditos afectados por la misma. El Órgano de Contratación de TRAGSA responderá a la solicitud de autorización en el plazo de dos meses, transcurrido el cual, si no ha habido contestación expresa, se entenderá NO autorizada. En caso de que TRAGSA autorice la cesión, ésta podrá formalizarse en escritura pública o en documento privado, debiéndose especificar, en todo caso, los datos y facultades de los firmantes del documento de cesión y a qué créditos alcanza la misma. La cesión no será vinculante para TRAGSA hasta que se le notifique fehacientemente con la inclusión de todos los datos de la misma, debiéndose adjuntar a dicha notificación copia del documento de cesión y de las escrituras públicas acreditativas de las facultades de los firmantes del contrato de cesión. TRAGSA se reserva el derecho a solicitar la documentación que considere necesaria para verificar la realidad de la cesión y las facultades de los
firmantes para la realización de la misma.
## 18. RESOLUCIÓN DEL ACUERDO MARCO Y DE LOS CONTRATOS DERIVADOS DEL MISMO
Serán causas de resolución:
- a) La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista, sin perjuicio de lo previsto para la sucesión del contratista en el art 98 de la LCSP.
- b) La declaración de concurso o la declaración de insolvencia en cualquier otro procedimiento.
- c) El mutuo acuerdo entre Tragsa y el contratista.
- d) La demora en el cumplimiento de los plazos previstos por el contratista de acuerdo a lo establecido en el presente pliego.
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- e) El incumplimiento de la obligación principal establecida en el contrato o de las condiciones esenciales de ejecución calificadas como tales en los pliegos o en el contrato.
- f) El impago, durante la ejecución del contrato, de los salarios por parte del contratista a los trabajadores que estuvieran participando en la misma, o el incumplimiento de las condiciones establecidas en los Convenios Colectivos de aplicación en vigor para estos trabajadores también durante la ejecución del contrato
- g) Asimismo, serán causa inmediata de resolución del contrato, el incumplimiento por parte del adjudicatario de sus obligaciones en materia de seguridad y salud laboral para con el personal de él dependiente, así como la falta de adecuación a la normativa vigente de seguridad de la maquinaria y equipos que intervengan en la actuación objeto del contrato.
- h) Tragsa se reserva el derecho a resolver unilateralmente el contrato total o parcialmente, en caso de que se anulase, suspendiese o modificase total o parcialmente el encargo por parte de la Administración, sin perjuicio de la liquidación de los trabajos efectivamente realizados por el contratista de conformidad con lo dispuesto en el presente Pliego y en el contrato.
- i) El contrato podrá ser resuelto a instancia de Tragsa, si ésta detectara la comisión, o intento, por parte de la contratado, o cualquiera de sus colaboradores, de cualquier acto que pudiera ser calificado como ilícito penal, o que pudiera dar lugar al mismo, ya sea por dolo, culpa o negligencia
j)
Aquellas que se establezcan expresamente en el contrato.
- k) El incumplimiento de las medidas de protección que, de acuerdo con la legislación vigente o a juicio de Tragsa, sean necesarias para salvaguardar la salud de los trabajadores del contratista, de los de sus subcontratistas, de los trabajadores de Tragsa y de terceros de los efectos sobre la salud de los mismos que pudiera tener el COVID-19.
La resolución del Acuerdo Marco y de los contratos derivados del mismo se acordará por el órgano de contratación. En el plazo no superior a un mes desde el acuerdo de resolución del Acuerdo Marco o de sus contratos, el órgano de contratación adoptará las medidas oportunas para la liquidación de los mismos.
Cuando el Acuerdo Marco o de los contratos que de él se deriven se resuelvan por incumplimiento culpable del contratista, éste deberá indemnizar a TRAGSA los daños y perjuicios ocasionados. La indemnización se hará efectiva, en primer término, sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, sin perjuicio de la subsistencia de la responsabilidad del contratista en lo que se refiere al importe que exceda del de la garantía incautada.
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## 19. CESIÓN DEL ACUERDO MARCO Y DE LOS CONTRATOS DERIVADOS DEL MISMO
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 214 de la LCSP, al margen de los supuestos de sucesión del contratista del artículo 98 de la LCSP, la modificación subjetiva de los contratos solamente será posible por cesión contractual. Los derechos y obligaciones dimanantes del acuerdo marco y de los contratos derivados del mismo podrán ser cedidos por el adjudicatario a un tercero siempre que las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón determinante de la adjudicación del Acuerdo Marco, y de la cesión no resulte una restricción efectiva de la competencia en el mercado. No podrá autorizarse la cesión a un tercero cuando ésta suponga una alteración sustancial de las características del contratista si éstas constituyen un elemento esencial del contrato. Para que los adjudicatarios puedan ceder sus derechos y obligaciones a terceros deberán cumplirse los siguientes
requisitos:
- a) Que el órgano de contratación autorice, de forma previa y expresa, la cesión. Dicha autorización se otorgará siempre que se den los requisitos previstos en las letras siguientes.
- b) Que el cedente tenga ejecutado al menos un 20 por ciento del importe del Acuerdo Marco. No será de aplicación este requisito si la cesión se produce encontrándose el contratista en concurso, aunque se haya abierto la fase de liquidación, o ha puesto en conocimiento del juzgado competente para la declaración del concurso que ha iniciado negociaciones para alcanzar un acuerdo de refinanciación, o para obtener adhesiones a una propuesta anticipada de convenio, en los términos previstos en la legislación concursal.
- c) Que el cesionario tenga capacidad de contratar con TRAGSA y la solvencia que resulte exigible en función de la fase de ejecución del Acuerdo Marco, debiendo estar debidamente clasificado si tal requisito se le hubiera exigido al cedente, y no estar incurso en una causa de prohibición de contratar.
- d) Que la cesión se formalice, entre el adjudicatario y el cesionario, en escritura pública.
El cesionario quedará subrogado en todos los derechos y obligaciones que correspondan al cedente.
## 20. MODIFICACIÓN DEL ACUERDO MARCO
La modificación del contrato deberá efectuarse de conformidad con lo establecido en los artículos 203 a 205 de la subsección 4ª de la sección 3ª del capítulo I del Título I de la LCSP.
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Las modificaciones se propondrán mediante informe emitido por las Direcciones o Delegaciones solicitantes de Tragsa de las que dependa funcionalmente la contratación, debiéndose autorizar la modificación por el órgano de contratación, así como formalizarse el acuerdo expreso de modificación entre las partes a través de adenda al contrato correspondiente y la posterior publicación del mismo en el perfil del contratante de Tragsa. No tendrán la consideración de modificaciones contractuales los siguientes incrementos:
- Se podrá variar durante la correcta ejecución de la prestación el número de unidades contratadas realmente ejecutadas sobre las previstas en el contrato, las cuales podrán ser recogidas en la liquidación, siempre que no representen un incremento del gasto superior al 10 por ciento del precio del contrato. Todo ello sin que sea preciso tramitar el correspondiente expediente de modificación.
## 21. DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
En cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD)y de la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDYGDD), así como de lo previsto en el art. 122 apart. 2 de la LCSP se incorpora al presente Pliego el Anexo VI (CLAUSULA DE PROTECCIÓN DE DATOS Y CONFIDENCIALIDAD) que formará parte integrante del clausulado del Acuerdo marco. En los supuestos en que la ejecución del contrato requiera la cesión de datos por parte de las entidades del sector público, TRAGSA al contratista, se determina expresamente la obligación del sometimiento por parte del futuro contratista de la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos. Así mismo, y sin perjuicio de lo establecido en el art. 28.2 del Reglamento UE 2016/679, si el contrato requiere para su ejecución el tratamiento por el contratista de datos personales por cuenta del responsable del tratamiento (TRAGSA), en el Anexo VI se harán constar las siguientes obligaciones que se califican como
- esenciales a los efectos de lo previsto en la letra f) del art. 211apart. 1 de la LCSP: a) respetar la finalidad para la cual se cederán dichos datos. b) la obligación del futuro contratista de someterse en todo caso a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos, sin perjuicio de lo previsto en el art. 202. Apart.1 de la LCAP, que constituye una obligación esencial del contratista, y que en el contrato se trata de condición especial de ejecución. c) la obligación de la empresa adjudicataria de presentar antes de la formalización del contrato de una declaración responsable en la que se pongan de manifiesto donde van a estar ubicados los servidores y desde
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donde se van a prestar los servicios asociados a los mismos, que habrán de ser en el ámbito de la Unión Europea o del territorio nacional en los casos del art 46 bis de la Ley 40/2015, de RJSP
- d) la obligación de comunicar cualquier cambio que se produzca a lo largo de la vida del contrato, de la información facilitada en la declaración a que se refiere la letra c) anterior.
- e) la obligación del licitador de indicar en la oferta, si tiene previsto subcontratar servidores o los servicios asociados a los mismos, en nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización.
Lo indicado anteriormente, tendrá la consideración de condición especial de ejecución del contrato a formalizar. Igualmente en los supuestos de tratamiento de datos personales por futuro contratista por cuenta del responsable del tratamiento, TRAGSA, y con objeto de dar cumplimiento a lo previsto en la D.A. Primera de la Ley 3/2018, el adjudicatario aplicará las medidas de seguridad equivalentes y/o compensatorias que correspondan a las del Esquema Nacional de Seguridad, con objeto de evitar la pérdida, alteración o acceso no autorizado en el caso de tratamiento de datos de carácter personal, adaptando los criterios de determinación del riesgo a lo dispuesto en el artículo 32 del Reglamento (UE) 2016/679. El cumplimiento de los requisitos exigidos deberá demostrarse por el adjudicatario, entre otros medios, a través de adhesión a mecanismos de certificación aprobados, adopción de certificaciones aprobadas, a, Auditoría por terceros de reconocido prestigio de los 2 últimos ejercicios en el ámbito de protección de datos, cumplimiento de estándares internacionales (ISO 27001, 27701, ENS, etc), que deberán ser aportadas a requerimiento de TRAGSA, una vez adjudicado el contrato.
El adjudicatario responderá directamente frente a TRAGSA de cualquier daño o perjuicio ocasionado a cualquier interesado afectado, así como de las posibles sanciones que pudiera ocasionar su incumplimiento o el de los subcontratistas por él contratados, en los casos de incumplimiento de sus obligaciones de protección de datos y relativas a las medidas de seguridad y cumplimiento de los tratamientos con datos personales. En el Anexo VI se establece la regulación de forma detallada.
## 22. PREVENCIÓN DE RIESGOS PENALES
Grupo Tragsa cuenta con un Plan de prevención de riesgos penales y antifraude de conformidad con los exigido en el art. 31 bis del Código Penales y con las Órdenes Ministeriales HFP 130/2021 y 1031/2021 y el Real Decreto-ley 36/2020 para el control de los fondos Next Generation. A tal efecto Grupo Tragsa declara y garantiza que, en su ámbito de actuación, los fondos recibidos se han utilizado de conformidad con la normativa aplicable y, en particular, con la que se refiere a prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de interés. Por su parte, las personas de Grupo Tragsa implicadas en el presente contrato han firmado la correspondiente Declaración de Ausencia de Conflicto de Interés (DACI) que también deberá ser firmada por el contratado en el momento de formalización del contrato. Asimismo, el contratado se comprometerá a conocer y aceptar el Código Ético del Grupo Tragsa, el cual se puede consultar en la página web: https://r.tragsa.es/codigo-etico y compartirá los principios básicos recogidos en el mismo, así como el compromiso de buen gobierno corporativo y políticas de trasparencia del Grupo Tragsa, cumpliendo con los estándares internacionalmente aceptados respecto a estas materias. Asimismo, el contratado se someterá al cumplimiento del Código Ético del Grupo Tragsa, comprometiéndose a comunicar cualquier riesgo o incumplimiento del que tenga conocimiento durante la vigencia del contrato.
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23. CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN.
Se garantiza que los fondos europeos se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, en particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses. A tal efecto, el contratado se compromete a comunicar cualquier riesgo de fraude o corrupción, así como de posibles conflictos de interés o incumplimiento del que tenga conocimiento durante la vigencia del contrato El contratado se comprometerá y asumirá en el contrato a que, en la fecha de su entrada en vigor, ni la empresa adjudicataria, ni sus directivos, administradores, empleados o colaboradores, por si o por persona interpuesta habrá ofrecido, prometido, entregado, autorizado, solicitado o aceptado ningún beneficio, ventaja indebida, económica o de otro tipo, o insinuado que lo haría o podría hacerlo en algún momento futuro, o a llevarlo a cabo en el futuro, a una autoridad o funcionario público relacionado de algún modo con el contrato, o realizado o a realizar cualquier otro acto que pudiera suponer cualquier conducta contraria al Convenio OCDE, o al Código Penal Español. A tal efecto, los representantes legales firmantes deberán aportar firmada la correspondiente declaración de ausencia de conflicto de interés
## 24. RÉGIMEN JURÍDICO
El contrato derivado de la presente licitación se sujetará, en lo que sea de aplicación, a lo establecido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP). Así mismo se sujetará a lo dispuesto en este Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas y, para lo no previsto en ellos se regirá, en cuanto a sus efectos y extinción, por el derecho privado, salvo por lo dispuesto en cuanto a sus efectos y extinción en el Artículo 319 de la LCSP.
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25. JURISDICCIÓN COMPETENTE
Son competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo las cuestiones relativas a la preparación, adjudicación, y modificaciones contractuales derivadas de este procedimiento de licitación, cuando la impugnación de estas últimas se base en el incumplimiento de lo establecido en la LCSP cuando se entienda que dicha modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación, sin perjuicio de que, en su caso, proceda la interposición del recurso especial en materia de contratación regulado en el artículo 44 de la LCSP, ante al el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales Son competencia del orden jurisdiccional civil las controversias que se susciten entre las partes en relación con los efectos y extinción del contrato derivado del presente procedimiento de licitación, con excepción de las modificaciones contractuales a que se refiere el párrafo anterior, con sometimiento expreso a los jueces y tribunales de Santiago de Compostela.
Santiago de Compostela, a 22 de mayo de 2026
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## ANEXO I: SOBRE ELECTRÓNICO A
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS MÍNIMOS PARA SER ADMITIDO EN LA LICITACIÓN PARA LA CONCLUSIÓN DE ACUERDOS MARCO PARA EL SERVICIO DE TRANSPORTE MARÍTIMO EN OBRAS DE TRAGSA EN EL PARQUE NACIONAL MARÍTIMO-TERRESTRE DE LAS ISLAS ATLÁNTICAS, FINANCIADAS SIN FONDOS EUROPEOS O CON FONDOS EUROPEOS (PRTR, FEADER O CUALQUIER FINANCIACIÓN EUROPEA), A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO MEDIANTE LICITACIÓN ELECTRÓNICA.
Ref.: TSA0083141
Don , como , de la Empresa DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD: Que la información consignada en la presente declaración es exacta y veraz y ha sido facilitada con pleno conocimiento de las consecuencias de una falsa declaración de carácter grave. Se declara formalmente que podrá aportar los certificados y las pruebas documentales contemplados sin tardanza , cuando se soliciten, salvo de que la Empresa de Transformación Agraria, S.A., S.M.E., M.P. tenga la posibilidad de obtener los documentos justificativos de que se trate directamente, accediendo a una base de datos nacional de cualquier Estado miembro que pueda consultarse de forma libre y gratuita, de los facilitados en la presente declaración, que permita a la Empresa de Transformación Agraria, S.A., S.M.E., M.P. a hacerlo; si fuera preciso, deberá otorgarse el oportuno consentimiento para acceder a dicha base de datos.
A estos efectos sirva la presente para dar consentimiento expreso a la Empresa de Transformación Agraria, S.A., S.M.E., M.P., para que tenga acceso a los documentos justificativos de la información que se ha facilitado en la presente declaración a efectos de la contratación de la licitación ACUERDOS MARCO PARA EL SERVICIO DE TRANSPORTE MARÍTIMO EN OBRAS DE TRAGSA EN EL PARQUE NACIONAL MARÍTIMO- TERRESTRE DE LAS ISLAS ATLÁNTICAS, FINANCIADAS SIN FONDOS EUROPEOS O CON FONDOS EUROPEOS (PRTR, FEADER O CUALQUIER FINANCIACIÓN EUROPEA) Ref.: TSA0083141 por parte de la Empresa de Transformación Agraria, S.A., S.M.E., M.P.,
## 1.1.- DATOS GENERALES DEL LICITADOR
Razón Social: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
N.I.F.: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Objeto Social:\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Dirección: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ Localidad: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ C.P.: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ Provincia: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ País: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Dirección de internet (página web en su caso): \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Correo electrónico de contacto: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_@\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Teléfono: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Persona/s de contacto: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Microempresa o una PYME: (Marcar la opción correcta)
- [ ] SI ☐
- [ ] NO ☐
## I1 INFORMACION DEL LICITADOR
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El licitador declara que el número de trabajadores es mayor a 49:
- [ ] SI ☐ NO ☐ (Marcar la opción correcta)
( En caso de que la respuesta sea afirmativa )
## Trabajadores discapacitados
El licitador declara que cumple con el requisito de que al menos el 2% de sus empleados son trabajadores con discapacidad, de conformidad con el artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social:
- [ ] SI ☐
- [ ] NO ☐
( Señalar la opción correcta )
En caso que la empresa tenga 49 o más de trabajadores y haya indicado un porcentaje de discapacitados inferior al 2%, se compromete a presentar a TRAGSA con carácter previo a la formalización del contrato documento de exención a requerimiento de ésta:
- [ ] SI ☐
- [ ] NO ☐
( Señalar la opción correcta )
Igualdad
Conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres, cuenta con un plan de igualdad:
- [ ] SI ☐
- [ ] NO ☐
( Señalar la opción correcta )
## 1.2.-OFERTAS DE AGRUPACIONES DE ENTIDADES / UTEs
Participo en la licitación conjuntamente con otro/s operadores económicos: SI
- [ ] ☐
- [ ] NO ☐
( Señalar la opción correcta )
Nombre del grupo/UTE:
- Los operadores que presentamos proposición conjunta somos (Identificar todos):
- El Responsable principal es \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ su participación en el grupo es \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
- El Responsable de realizar \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ es \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ su participación en el grupo es \_\_\_\_\_\_\_\_ (Se incluirán
todos los integrantes con sus funciones y participaciones)
- Representante del grupo/UTE:
- o
Nombre: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ Apellidos: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
- o
Dirección: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
- o Correo Electrónico: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
- [ ] o Teléfono: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
- o
- [ ] Cargo en el grupo/Calidad en la que actúa: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
- o Alcance de su representación: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
En el Sobre de la presente licitación adjunto:
- -Declaración responsable firmada por todos los miembros de su compromiso de formalizar la UTE/agrupación en caso de resultar adjudicataria
- -Una Declaración Responsable de cumplimiento de requisitos mínimos por cada uno de los participantes en la UTE / Agrupación.
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## 1.3.- INDICACIÓN DE LOS LOTES A LOS QUE SE PRESENTA EL LICITADOR
LOTE 1: TRANSPORTE DE PERSONAL
- [ ] SI ☐
- [ ] NO ☐
LOTE 2: TRANSPORTE DE MATERIAL/MEDIOS AUXILIARES/MAQUINARIA
- [ ] SI ☐
- [ ] NO ☐
## 1.4.- REPRESENTANTE DEL LICITADOR EN EL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN
( APODERADO QUE FIRMA ELECTRÓNICAMENTE LA OFERTA )
Nombre y Apellidos: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
D.N.I.: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Dispone de poder único o solidario para presentar ofertas SI
☐
- [ ] NO ☐
(Marcar la opción correcta)
Notario otorga poder: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Nº Protocolo: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Fecha poder: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Dispone de poder único o solidario para firmar contratos SI
- [ ] ☐
- [ ] NO ☐
(Marcar la opción correcta)
## 1.5.- ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA CON MEDIOS EXTERNOS
Recurro para acreditar la solvencia económica y financiera; y técnica y profesional a la capacidad de otras entidades:
- [ ] SI ☐
- [ ] NO ☐
(Marcar la opción correcta, , en caso afirmativo rellenar la Razón Social de la Empresa/Entidad a la que recurre)
Razón Social Empresa/Entidad: :\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
CIF:\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
En caso de haber señalado afirmativamente la cuestión anterior, me comprometo, a solicitud de Tragsa a:
- Facilitar una declaración de cumplimiento de requisitos mínimos de los apartados anteriores y de los referentes a Motivos de Exclusión debidamente cumplimentado por las entidades a las que se recurra para ésta acreditación. Incluyendo el personal técnico u organismos técnicos no integrados directamente en la organización del licitador y especialmente los responsables del control de calidad y en contratos de obras el personal técnico o los organismos técnicos de que disponga el licitador para la ejecución de las mismas.
- Si resulta pertinente, incluir la información exigida para la solvencia económica y financiera; y técnica y profesional de las actividades que realizarán en la ejecución del contrato.
- Presentar el compromiso de utilización de dichos medios para la realización de dicho contrato a lo largo de la vigencia del contrato correspondiente caso de resultar adjudicatario.
## 1.6.- SUBCONTRATISTAS
(Se rellenará sólo en el caso de que se pretenda subcontratar parte de la ejecución del contrato, caso contrario se presumirá que el licitador declara que no celebrará subcontrataciones en la ejecución del contrato )
El licitador subcontratará parte de la ejecución del contrato derivado de la presente licitación, en un porcentaje del \_\_\_\_\_\_\_\_\_ de acuerdo con el siguiente detalle:
(Se procederá a enumerar los subcontratistas previstos, indicando Razón Social y NIF los trabajos que realizarán y el porcentaje que éstos suponen sobre el total del valor estimado ofertado)
\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
En caso de que Tragsa solicite información de los mismos por resultar adjudicador el licitador adjuntaré la información y documentación correspondiente a los puntos 1.1, 1.2, y 1.5. y la solvencia exigible a los mismos de acuerdo con los pliegos, mediante la presentación de esta declaración por cada uno de los contratistas o categorías de subcontratistas.
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## 2.1.- CONDENAS PENALES
El licitador al que represento, las personas miembros de su órgano de administración, de dirección o de supervisión o que tienen poderes de representación, decisión o control en él,
SI ☐ NO ☐ han sido objeto, de una condena en sentencia firme que se haya dictado, como máximo, en los cinco años anteriores o en la que haya establecido directamente un periodo de exclusión que siga siendo aplicable:
- Por participar en una organización delictiva tal como se define en el art 2 de la Decisión marco 2008/841/JAI del Consejo, de 24 de Octubre de 2008, relativa a la lucha contra la delincuencia organizada (DO L300 de 11.11.2008 p.42). La información anterior se halla disponible sin coste en una base de datos de un Estado Miembro de la UE: Si / No (Señalar la opción correcta, si se ha marcado afirmativamente se rellenarán los 3 apartados siguientes) Url: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Código: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Expedidor: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
- Por corrupción tal como se define en el art 3 del Convenio relativo a la lucha contra los actos de corrupción en los que estén implicados funcionarios de las Comunidades Europeas o de los Estados miembros de la UE (DOC 195 de 25.6.19997, p.1) y en el art. 2 apartado 1, de la Decisión marco 2003/568/JAI del Consejo, de 22 de Julio de 2003, relativa a la lucha contra la corrupción en el sector privado (DO L 192 de 31.7.2003 p.54). Este motivo de exclusión también la corrupción tal como se defina en la legislación nacional del poder adjudicador (entidad adjudicadora) o del licitador. La información anterior se halla disponible sin coste en una base de datos de un Estado Miembro de la UE: Si / No (Señalar la opción correcta, si se ha marcado afirmativamente se rellenarán los 3 apartados siguientes)
Url: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Código: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Expedidor: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
- Por fraude en el sentido del art 1 del Convenio relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas (DO C 316 de 27.11.1995, p.48). La información anterior se halla disponible sin coste en una base de datos de un Estado Miembro de la UE: Si / No (Señalar la opción correcta, si se ha marcado afirmativamente se rellenarán los 3 apartados siguientes)
Url: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Código: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Expedidor: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
- Por delitos de terrorismo o ligados con el terrorismo tal como se define en los arts. 1 y 3 de la Decisión Marco del Consejo, de 13 de Junio de 2002, sobre lucha contra el terrorismo (DO L 164 de 22.6.2002, p.3). Este motivo engloba también la inducción, complicidad para cometer un delito o la tentativa de cometerlo, tal como se contempla en el art 4 de la citada Decisión Marco.
- La información anterior se halla disponible sin coste en una base de datos de un Estado Miembro de la UE: Si / No (Señalar la opción correcta, si se ha marcado afirmativamente se rellenarán los 3 apartados siguientes)
Url: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Código: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Expedidor: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
- Por blanqueo de capitales o financiación del terrorismo, tal como se definen en el art 1 de la Directiva 2005/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de Octubre de 2005, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el bloqueo de capitales y para la financiación del terrorismo (DO L 309 de 25.11.2005, p.15).
- La información anterior se halla disponible sin coste en una base de datos de un Estado Miembro de la UE: Si / No (Señalar la opción correcta, si se ha marcado afirmativamente se rellenarán los 3 apartados siguientes) Url: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Código: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Expedidor: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
- Por trabajo infantil y otras formas de trata de seres humanos, tal como se definen en el art 2 de la Directiva 2011/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de Abril de 2011, relativa a la prevención y la lucha contra la trata de seres humanos y a la protección de las víctimas y por la que se sustituye la Decisión marco 2002/629/JAI del Consejo (DO L 101 de 15.4.2011, p.1)
- La información anterior se halla disponible sin coste en una base de datos de un Estado Miembro de la UE: Si / No (Señalar la opción correcta, si se ha marcado afirmativamente se rellenarán los 3 apartados siguientes)
Url: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Código: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Expedidor: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
## 2.2.- PAGO DE IMPUESTOS O DE COTIZACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL
## 2.2.1.- Pago de impuestos
El licitador al que represento ha cumplido con sus obligaciones relativas al pago de impuestos, en el país en el que está establecido o en España:
- [ ] SI ☐
- [ ] NO ☐
(Marcar la opción correcta)
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- Sólo en el caso de no estar al corriente con el pago de impuestos:
Importe: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
País o Estado de que se trata: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
-El incumplimiento ha quedado establecido por medios distintos de una resolución judicial o administrativa: SI
☐
NO
☐
(Marcar la opción correcta)
Descripción de los medios utilizados \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
(En caso de que se haya establecido por medios distintos a la resolución judicial o administrativa).
La resolución anterior es firme y vinculante: SI
☐
NO
☐
(Marcar la opción correcta)
Fecha de la condena o resolución: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ ( En caso de que sea firme y vinculante)
En la condena se establece una duración del periodo de exclusión de: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
La información anterior se halla disponible sin coste en una base de datos de un Estado Miembro de la UE: SI ☐ NO ☐ (Señalar la opción correcta, si se ha marcado afirmativamente se rellenarán los 3 apartados siguientes)
Url: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Código: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Expedidor: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
El licitador al que represento ha cumplido con sus obligaciones relativas al pago de impuestos, en el país en el que está establecido y en España: SI ☐ NO ☐ (Marcar la opción correcta)
Importe: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
País o Estado de que se trata: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
## 2.2.2.- Pago de cotizaciones a la seguridad social
El licitador al que represento ha cumplido con sus obligaciones relativas al pago de las cotizaciones a la seguridad social, en el país en el que está establecido o en el España:
- [ ] SI ☐
- [ ] NO ☐
(Marcar la opción correcta)
- Sólo en el caso de no estar al corriente con el pago de las cotizaciones a la seguridad social:
Importe: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ País o Estado de que se trata: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ La resolución anterior es firme y vinculante:
El incumplimiento ha quedado establecido por medios distintos de una resolución judicial o administrativa: SI ☐ NO ☐ (Marcar la opción correcta) Descripción de los medios utilizados \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ (En caso de que se haya establecido por medios distintos a la resolución judicial o administrativa)
- [ ] SI ☐
- [ ] NO ☐
(En caso de haberse establecido por resolución judicial o administrativa)
Fecha de la condena o resolución: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ (En caso de que sea firme y vinculante)
En la condena se establece una duración del periodo de exclusión de: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
La información anterior se halla disponible sin coste en una base de datos de un Estado Miembro de la UE: SI ☐ NO ☐ (Señalar la opción correcta, si se ha marcado afirmativamente se rellenarán los 3 apartados siguientes)
Url: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Código: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Expedidor: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
El licitador al que represento ha cumplido con sus obligaciones relativas al pago de las cotizaciones a la seguridad social, en el país en el que está establecido y en España, si no coincide con su país de establecimiento:
- SI ☐ NO ☐ ( En caso de incumplimiento se rellenan los 2 apartados sig.)
Importe: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
País o Estado de que se trata: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
## 2.3-. INSOLVENCIA, CONFLICTOS DE INTERESES O LA FALTA PROFESIONAL
El licitador a la que represento; respecto de sus obligaciones en el ámbito del Derecho ambiental, Derecho social y el Derecho Laboral tal como se contemplan a efectos de la presente contratación en la legislación nacional, en el anuncio de licitación o los pliegos de la contratación o en el art. 18, ap. 2 de la Directiva 2014/24/UE, ha CUMPLIDO sus obligaciones en el ámbito del Derecho ambiental, Derecho social y el Derecho Laboral:
- [ ] SI ☐
- [ ] NO ☐
(En caso de incumplimiento, se indicará lo siguiente)
Ámbito incumplido: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ Preceptos incumplidos: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ Medidas adoptadas para demostrar su credibilidad: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
## 2.4.- SOMETIMIENTO A FUERO NACIONAL
El licitador por la presente renuncia a cualquier fuero que pudiera corresponderme en las controversias que se produzcan con motivo de la contratación referida, sometiéndome para estos asuntos y cualesquiera otros relacionados con el correspondiente contrato a los Juzgados y Tribunales Españoles.
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## 2.5.- MOTIVOS DE EXCLUSIÓN NACIONALES
El licitador declara que no se encuentra incurso en ninguno de los supuestos incluidos en el art. 71 referente a las Prohibiciones de Contratar recogido en la Subsección 2ª del Capítulo II del Título II de la Ley 9/2017, de 9 de noviembre. por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
## 2.6.- PERTENENCIA A GRUPO EMPRESARIAL
El licitador declara su pertenencia al siguiente Grupo empresarial \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, de conformidad con lo dispuesto en el art 42.1 del Código de Comercio. Así mismo declaro que respecto de la presente licitación, presentan proposiciones a dicha licitación otras empresas del mismo grupo: SI ☐ NO ☐ (En caso afirmativo incluir el nombre de dichas empresas)
\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
## 3.1.- VOLUMEN ANUAL MEDIO DE NEGOCIO:
Cifra anual de negocios referida al mejor ejercicio dentro de los últimos tres años disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del licitador y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a LOTE 1: CINCUENTA Y DOS MIL EUROS (52.000,00 €) IVA no incluido y LOTE 2: VEINTIOCHO MIL EUROS (28.000,00 €) IVA no incluido. En caso de ofertar a más de un lote la cifra de negocio será igual o superior al importe acumulado de los lotes a los que opte el licitador.
Anualidad de mayor ejecución
Importe de la anualidad de mayor ejecución (En Euros)
La información anterior se halla disponible sin coste en una base de datos de un Estado Miembro de la UE:
- [ ] SI ☐
NO ☐ (Señalar la opción correcta, si se ha marcado afirmativamente se rellenarán los 3 apartados siguientes)
Url: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Código: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Expedidor: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
## 4.1.- TRABAJOS REALIZADOS
Relación de servicios similares relativos al mismo código CPV: 60640000 'Transportes marítimos' cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución de los últimos tres años, sea igual o superior a LOTE 1: CUARENTA Y NUEVE MIL EUROS (49.000,00 €) IVA no incluido y LOTE 2: VEINTISIETE MIL EUROS (27.000,00 €) IVA no incluido . En caso de ofertar a más de un lote el importe de los suministros en el mejor ejercicio será igual o superior al importe acumulado de los lotes a los que opte el licitador. Dicha declaración deberá incluir relación de servicios, alcance, año natural de la ejecución, el importe y el destinatario de los mismos.
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| CPV del servicio | Fecha inicio | Fecha Fin | Destinatario | Importe (Sin IVA) |
|--------------------|----------------|-------------|----------------|---------------------|
| _____ | _____ | _____ | _____ | _____ |
| _____ | _____ | _____ | _____ | _____ |
| _____ | _____ | _____ | _____ | _____ |
| _____ | _____ | _____ | _____ | _____ |
| _____ | _____ | _____ | _____ | _____ |
| _____ | _____ | _____ | _____ | _____ |
| _____ | _____ | _____ | _____ | _____ |
## 4.1.- MAQUINARIA PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El licitador al que represento declara disponer de los siguientes medios para la ejecución del servicio:
## LOTE 1: TRASLADO MARÍTIMO PERSONAL
| Nº | Matrícula (*) | Eslora (m) (*) | Potencia motora (Kw) (*) | Lista embarcación (**) |
|------|-----------------|------------------|----------------------------|--------------------------|
| 1 | _____ | _____ | _____ | 2ª ☐ 5ª ☐ 6ª ☐ |
| 2 | _____ | _____ | _____ | 2ª ☐ 5ª ☐ 6ª ☐ |
| 3 | _____ | _____ | _____ | 2ª ☐ 5ª ☐ 6ª ☐ |
## LOTE 2: TRANSPORTE MARÍTIMO DE MAQUINARIA/MATERIAL
| Nº | Nº serie/matrícula (*) | Eslora (m) | Potencia motora (Kw) (*) | Lista embarcación (**) |
|------|--------------------------|--------------|----------------------------|--------------------------|
| 1 | _____ | _____ | _____ | 2ª ☐ 5ª ☐ |
| 2 | _____ | _____ | _____ | 2ª ☐ 5ª ☐ |
| 3 | _____ | _____ | _____ | 2ª ☐ 5ª ☐ |
## V.- OTROS: CRITERIOS DE DESEMPATE
A efectos de lo dispuesto en el artículo 147.2 de la LCSP, se solicitan los siguientes datos a fin de poder resolver los empates en caso de que se produzcan:
Porcentaje de trabajadores discapacitados en la plantilla de la empresa: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_%
Porcentaje de contratos temporales en la plantilla de la empresa: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_%
Porcentaje de mujeres empleadas en la plantilla de la empresa: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_%
Firma electrónica del representante legal de la empresa licitante
Sra. Presidenta de la Mesa Territorial de Contratación de la UT1 de la Empresa de Transformación Agraria, S.A., S.M.E., M.P.,
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## Condiciones de presentación del sobre electrónico A para que la oferta sea válida:
- -Esta plantilla se cumplimentará en todos sus apartados y con ella se generará un PDF que se firmará electrónicamente por el representante legal de la empresa a través de la herramienta de preparación y presentación de ofertas facilitada por la PLACSP. No se admitirá la presentación de forma manual o en soporte físico electrónico salvo en el caso establecido en el LCSP para la Huella digital.
- -Además, el Sobre A deberá presentarse firmado electrónicamente por el representante legal de la empresa.
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## ANEXO III PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DECLARACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE EMPRESAS COLABORADORAS
Con el fin de dar cumplimiento al R.D. 171/2004, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales, les rogamos que cumplimenten debidamente el siguiente documento y marque las casillas de la columna 'DECLARADO' si cumple y le son de aplicación.
El firmante, declara bajo su responsabilidad, que los datos indicados en este documento son ciertos, y se compromete a justificarlo documentalmente cuando le sea requerido por esta empresa para la firma del contrato (según notas al pie de página del presente documento).
| 1. DATOS GENERALES | 1. DATOS GENERALES | 1. DATOS GENERALES | 1. DATOS GENERALES |
|------------------------|----------------------------------------------|----------------------------------------------|----------------------------------------------|
| Nombre o Razón Social: | Nombre o Razón Social: | Nombre o Razón Social: | |
| Domicilio Social: | Domicilio Social: | Domicilio Social: | |
| Teléfono: Fax: | Teléfono: Fax: | E-mail: | |
| Actividad: | Actividad: | Actividad: | Actividad: |
| Nº Trabajadores: | Mutua de Accidentes de Trabajo y Enf. Prof.: | Mutua de Accidentes de Trabajo y Enf. Prof.: | Mutua de Accidentes de Trabajo y Enf. Prof.: |
| 2. RESPONSABLE / INTERLOCUTOR DE PREVENCIÓN | 2. RESPONSABLE / INTERLOCUTOR DE PREVENCIÓN |
|-----------------------------------------------|-----------------------------------------------|
| Nombre: | Teléfono: |
| Cargo en la empresa: | Correo electrónico: |
| 3. ORGANIZACIÓN PREVENTIVA | 3. ORGANIZACIÓN PREVENTIVA | 3. ORGANIZACIÓN PREVENTIVA | 3. ORGANIZACIÓN PREVENTIVA | VERIFICADO (a cumplimentar por el Grupo Tragsa) |
|-------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------|
| 3.1. Marcar lo que proceda | 3.1. Marcar lo que proceda | 3.1. Marcar lo que proceda | 3.1. Marcar lo que proceda | a |
| Se deberá acreditar la modalidad preventiva asumida (p.ej: con el contrato | | | de la actividad preventiva con el SPA, en su caso) b. | DECLARADO |
| a) Trabajador autónomo | a) Trabajador autónomo | a) Trabajador autónomo | a) Trabajador autónomo | |
| b) Asunción personal por el empresario | b) Asunción personal por el empresario | b) Asunción personal por el empresario | b) Asunción personal por el empresario | |
| c) Designación de uno o varios trabajadores | c) Designación de uno o varios trabajadores | c) Designación de uno o varios trabajadores | c) Designación de uno o varios trabajadores | |
| d) Servicio de Prevención Propio (SPP) y/o Servicio de Prevención Ajeno (SPA) | d) Servicio de Prevención Propio (SPP) y/o Servicio de Prevención Ajeno (SPA) | d) Servicio de Prevención Propio (SPP) y/o Servicio de Prevención Ajeno (SPA) | d) Servicio de Prevención Propio (SPP) y/o Servicio de Prevención Ajeno (SPA) | |
| Especialidad | S.P.P. | S.P.A. | Entidad | |
| Seguridad en el Trabajo | | | | |
| Higiene Industrial | | | | |
| Ergonomía y Psicosociología | | | | |
| Medicina del Trabajo | | | | |
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4. GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN
DECLARADO
(a cumplimentar
por el Colaborador)
VERIFICADO
(a cumplimentar por
el Grupo Tragsa)
¿
Personal
de su empresa
va a trabajar en centros de trabajo del Grupo Tragsa o realizar trabajos de campo
?
Sólo en caso afirmativo deberá aportar documentación acreditativa de las siguientes preguntas:
Se aportará listado de personal que va a trabajar con el Grupo Tragsa (nombre y apellidos, DNI y categoría profesional)
SÍ
NO
c
4.1. ¿Dispone de Evaluación de Riesgos y Planificación Preventiva para todas las actividades objeto de la presente
oferta?
Se entregará Evaluación de Riesgos y Planificación de la Actividad Preventiva para los trabajos subcontratados e
información sobre los riesgos inducidos a terceros por la empresa en el desarrollo de los trabajos encomendados por el
Grupo TRAGSA.
b
a
¿
Personal
de su empresa
va a trabajar en centros de trabajo del Grupo Tragsa d o realizar trabajos de campo o
en centros diferentes al suyo e
? Sólo en caso afirmativo deberá aportar documentación acreditativa de las siguientes
preguntas:
Se aportará listado de personal que va a trabajar con el Grupo Tragsa (nombre y apellidos, DNI y categoría profesional)
SÍ
NO
c
4.2. ¿Se garantiza la
Formación e información
en materia preventiva de su puesto de trabajo a los trabajadores
objeto de esta oferta? (art.18-19-20 de la Ley PRL)
Se aportará Certificado acreditativo, con firma de cada trabajador y entidad formadora de Prevención
b
c
4.3. ¿Se facilitan
Equipos de Protección Individual
, en función del riesgo de los trabajos, a cada trabajador?
Se aportará Certificación de entrega de los EPIs (documento con firma de cada trabajador)
b
c
4.4. ¿Se garantiza la protección especial a
Trabajadores Sensibles, Menores y Embarazadas
?
b
a
4.5. ¿Se realiza la
Vigilancia de la Salud
en función de los riesgos inherentes a los puestos de trabajo?
Certificado de la Aptitud médica de todos los trabajadores para el puesto de trabajo encomendado (
si se encuadran en el
Anejo 1 del R.D. 39/1997)
, firmado por médico del trabajo
o
Renuncia
.
b
c
4.6. DOCUMENTACIÓN DE MAQUINARIA Y EQUIPOS DE TRABAJO
Todos los
equipos de trabajo
a utilizar para la realización de los trabajos poseen
Marcado CE
¿
Va a utilizar maquinaria
en obras del Grupo Tragsa? Sólo en caso afirmativo, deberá contestar las siguientes 3
cuestiones:
Se aportará listado de maquinaria autopropulsada que va a trabajar en actuación del Grupo Tragsa (tipo de máquina,
,marca y modelo DNI y matrícula, en su caso) Se aportará
Acreditación Propiedad
, si no queda suficientemente
justificado con la documentación siguiente
SÍ
NO
c
4.6.1. La maquinaria a utilizar para la realización de los trabajos, ¿posee
Declaración de Conformidad
y
Marcado
CE
? En caso contrario, ¿dispone de
Certificado de Adaptación al R.D. 1215/1997
?
Se aportará Declaración de Conformidad o Marcado CE (o, en su lugar, Justificación documental que acredite la
adecuación al R.D. 1215/1997) de toda la maquinaria a emplear en la actuación objeto del contrato
c
4.6.2. El personal que maneja estos equipos ¿dispone de
Autorización de Uso de Maquinaria
por parte de la
empresa?
Se aportará Certificado de Autorización que relacione a cada trabajador con las máquinas para las que está autorizado su
manejo en función de la formación en manejo seguro recibida
c
4.6.3. ¿Todas las máquinas tienen a disposición el
Manual del Operador
y el
Libro de Mantenimiento?
Se aportarán ambos documentos y un Autocertificado de Mantenimiento
c
4.7. OTROS:
¿Se entregan a los trabajadores las
Fichas de Seguridad
de los productos químicos a utilizar?
Aportará relación de Fichas de Datos de Seguridad de los productos químicos que, en su caso, se vayan a emplear
c
Si va a subcontratar parte del objeto de su contrato, maque esta casilla
Debe aportar este mismo anexo cumplimentado por cada empresa y aportar toda la documentación descrita en el mismo.
c
5. RESPONSABLE DE LA EMPRESA
Nombre:
Fecha, Sello y Firma:
Cargo en la empresa:
Teléfono:
Correo electrónico:
a Obligatorio con la firma del contrato
b No es de aplicación a Trabajadores Autónomos (excepto si tiene personal a su cargo)
- c Obligatorio antes del inicio de las actividades contratadas
d En contratos de Servicios sólo aplica si su personal va a tener una presencia continuada en el centro.
e Por ejemplo: Laboratorios, oficinas ajenas, industrias.
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## ANEXO VI
## CLAUSULA DE PROTECCIÓN DE DATOS Y CONFIDENCIALIDAD CUANDO NO SE CONTEMPLE ENCARGADO DEL TRATAMIENTO POR EL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN (A INCORPORAR AL CONTRATO)
En virtud del contrato, ambas entidades se ceden mutuamente datos personales de contacto, para los fines perseguidos por TRAGSA, de conformidad con lo previsto en el art.19 de la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDYGDD):
- -Datos incorporados en correos electrónicos para el contacto diario, incluidos los contactos de presidencia, y otros datos de contacto de representantes
- -Contactos de redes sociales
- -Datos necesarios para otras funciones relacionadas entre ambas entidades para la gestión del contrato
- -Otros datos tratados en actas y reuniones
Con el objeto de regular la comunicación de datos entre las partes, estas suscriben el presente acuerdo de comunicación de datos personales para las finalidades fijadas en el propio contrato. En cumplimiento de lo previsto en el Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y LOPDYGDD, ambas partes quedan informadas que los datos personales facilitados o proporcionados entre éstas como consecuencia de la firma del presente contrato, serán destinados a la gestión y ejecución acordada para el cumplimiento de los fines del mismo. Las partes en cuanto responsables o destinatarios, respectivamente de dichos datos declaran haber informado a los interesados de la finalidad del uso de la información recogida y de los demás aspectos relativos a los tratamientos de datos personales, en virtud de lo dispuesto en los artículos 13 y 14 del RGPD, así como facilitar a los interesados el ejercicio de los derechos previstos en los artículos 15 a 22 del RGPD en la dirección de correo electrónico que más adelante se indica. Cada parte, en cuanto responsable o destinatario de los datos, además de asegurar que los datos personales comunicados se ajustan a los principios del art. 5 del RGPD y se tratan de acuerdo al art. 6 del mismo texto legal, deberán cumplir entre otros extremos, con lo dispuesto en el RGPD y LOPDYGDD, y en particular, cuando se tratarán datos personales estarán sujetos a lo previsto en los artículos26, 28, 29 y 30 del RGPD, en lo relativo a: 1.- La realización del correspondiente registro de actividades de tratamientos de carácter personal, con los requisitos establecidos al efecto, y que mantendrán a disposición de la AEPD, siendo la finalidad del tratamiento la adecuada gestión de la relación contractual, consintiendo expresamente el tratamiento de los mismos para las finalidades informadas. En caso de facilitarse datos personales de trabajadores o de terceras personas, ambas partes asumen el compromiso de informar a éstos de los extremos referidos, solicitando el consentimiento expreso de los mismos, salvo que existiese otra base legal para ello y facilitando en su caso a los mismo el derecho de información previsto en los artículos 13 y 14 del RGPD, al igual que el ejercicio de los derechos del artículo 15 a 22 del RGPD a la dirección de correo electrónico más adelante indicada. 2.-El acceso por ambas partes a los soportes de datos de carácter personal no tendrá la consideración legal de comunicación o cesión de datos, sino en su caso, de simple acceso a los mismos como elemento necesario para la realización del objeto contractualmente establecido. 3.-Con respecto a las obligaciones de las partes en los supuestos de corresponsabilidad en el tratamiento de los datos personales a que se refiere el art. 29 de la LOPDYGDD en relación con el art. 26.1 del RGPD, si se comunicaran entre las partes datos personales de los que fueran responsables del tratamiento cada una de las mismas, se realizarán atendiendo a las actividades que efectivamente desarrolle cada uno de los corresponsables del tratamiento, que fijarán los medios y los fines de los respectivos tratamientos de datos, sirviendo la presente cláusula de documento a que se refiere el citado precepto, y debiendo dar cumplimiento a lo previsto en el citado RGPD y LOPDYGDD, sin perjuicio de la posibilidad de ser cumplimentado, en su caso, con el anexo correspondiente. 4.-En el supuesto de que cualquiera de las partes, trasmitiera a la otra datos de carácter personal para su tratamiento en nombre y por cuenta de la otra, se aplicará lo previsto en el art. 28.3 del RGPD, con el cumplimiento de las obligaciones previstas tanto para responsable como encargado del tratamiento en la citada norma, así como de lo dispuesto en el art. 33 de la LOPDYGDD y lo previsto en el art.32 del RGPD para las garantías y medidas de seguridad necesarias para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo, a los efectos de asegurar la confidencialidad, disponibilidad, integridad, autenticidad y trazabilidad de los datos. El presente documento tendrá la consideración de clausulado de encargado de tratamiento, sin perjuicio de que se pudiera anexar por las partes las condiciones que expresamente pactaran para el tratamiento. Así mismo, en el supuesto de tratamiento de datos personales en virtud de lo previsto en el art.28.3 del RGPD, las partes en cuanto responsables o encargados de los datos, respectivamente quedan obligadas a facilitar a los interesados tanto el derecho de información, como el ejercicio de los correspondientes derechos de acceso, rectificación, cancelación, limitación, portabilidad, oposición y olvido de los datos facilitados, pudiéndose dirigir los interesados a los correspondientes domicilios establecidos en el contrato, así como a las direcciones de correo electrónico que se indican. En caso de facilitar datos de terceras personas, que no estuvieran amparadas por alguna de las bases legitimadoras, ambas partes asumen el compromiso de informar a éstos de los extremos referidos, con carácter previo al tratamiento o la cesión de los datos. Así mismo en todo lo no pactado para el supuesto de clausulado de encargado, se seguirán las instrucciones del responsable de acuerdo con lo previsto en el art. 29 del RGPD, y las obligaciones previstas legalmente para el encargado. Respecto del régimen para las transferencias internacionales de datos, en su caso, se estará a lo dispuesto en el RGPD, artículos 40 a 43 LOPDYGDD, normas de desarrollo y circulares o/ de las autoridades de control que correspondieran, así como las normas que aplicarán en el ámbito del Derecho nacional e internacional. 5.-En el momento de la finalización del contrato ambas partes destruirán o devolverán los datos de carácter personal, y destruirán y borrarán o inutilizarán sin posible impresión futura todos los soportes en los que hubiesen sido insertados estos datos sin conservar copia alguna de los mismos, salvo la necesidad de conservación de los mismos de forma bloqueada, por existir obligaciones legales y por el plazo previstos para ello o con arreglo a los criterios que se hubieren establecido. 6.-Cada una de las partes se compromete a no difundir, bajo ningún aspecto, las informaciones pertenecientes a la otra parte a las que haya podido tener acceso en el desarrollo del objeto del contrato , así como al cumplimiento de lo previsto en el art. 5 de la LOPDYGDD para responsables, encargados y personal de las respectivas entidades que trataran datos de carácter personal. La Parte que reciba información confidencial de la otra Parte no podrá revelarla, salvo cuando tal revelación obedezca a un requerimiento o petición formal por parte de una autoridad judicial o cualquier otra autoridad gubernamental, siempre que previamente se le haya notificado tal petición a la Parte que la haya revelado y se le haya dado a la misma, de ser posible, la oportunidad de oponerse a la necesidad de dicha revelación y/o se le haya permitido solicitar una orden protectora o medida cautelar al objeto de que la Información Confidencial revelada en virtud de esa petición se utilice única y exclusivamente para el objeto que se dictó en dicho requerimiento legal. 7.-Toda notificación entre las partes se realizará a los respectivos domicilios indicados en los encabezamientos del contrato . Cualquier notificación que se efectúe entre las partes se hará por escrito y será entregada de cualquier forma que certifique la recepción por la parte notificada. 8.-La no exigencia por cualquiera de las partes del contrato de sus derechos, de conformidad con lo establecido en el mismo, no se considerará que constituye una renuncia de dichos derechos para el futuro. 9.-Si alguno o algunos de los apartados o estipulaciones del contrato fuesen declarados nulos o inaplicables, dichos apartados o estipulaciones se considerarán excluidos del mismo, sin que impliquen la nulidad de todo el resto del presente clausulado 10.-El contrato en lo relativo a la protección de datos personales, se regirá por la normativa de protección de datos aplicable en España. 11.-El presente clausulado por el que se regula lo relativo a la protección de datos de carácter personal, entrará en vigor en los términos fijados en el contrato de que se trata que vincula a las partes intervinientes. 12. A los efectos previstos en este documento, la dirección de correo es: dpd@tragsa.es
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