05_ANEXO_PCAP_ACUERDO_MARCO_2026_2028_v1.pdf

Documento Adicional Ver licitación
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<!-- image --> ## 2026/CNS\_01/000008 ANEXO AL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DEL EXPEDIENTE DEL ACUERDO MARCO PARA LA CONTRATACIÓN DE ESPACIOS EN MEDIOS DE COMUNICACIÓN PARA LA INSERCIÓN DE ANUNCIOS Y CAMPAÑAS DE PUBLICIDAD DE ÁMBITO PROVINCIAL 2026-2028. El procedimiento de contratación elegido es el acuerdo marco como sistema de racionalización de la contratación (art. 218 LCSP). El Acuerdo Marco tiene por finalidad fijar las condiciones a que habrán de ajustarse los contratos que pretendan adjudicar durante un período determinado, en particular por lo que respecta a los precios, y en su caso, a las cantidades previstas, siempre que el recurso a estos instrumentos no se efectúe de forma abusiva o de modo que la competencia se vea obstaculizada, restringida o falseada (art. 219.1 LCSP). Con el mismo se conseguiría, entre otros objetivos : - a) Garantizar el acceso a los espacios en medios de comunicación de las campañas de publicidad institucional de la Diputación de Salamanca y, de esta forma, permitir la materialización y cumplimiento de los objetivos de difusión previstos en el plan anual de publicidad y en las campañas publicitarias confeccionadas por su Departamento de Comunicación. - a) Agilizar el proceso de contratación. - b) Reducir costes. - c) Integrar a los medios de comunicación de ámbito o repercusión provincial en el plan estratégico de difusión publicitaria de la Diputación de Salamanca. Respecto al plazo de duración del Acuerdo Marco, tal y como ya se ha expuesto anteriormente al objeto de mostrar que el plazo previsto se encuentra dentro de los límites legales, va a tener una duración de dos años, prorrogables por otros dos más. La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario, siempre que su preaviso se produzca al menos con dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato (art. 29.2 LCSP). El procedimiento que debe utilizarse para adjudicar un Acuerdo Marco es el mismo que el que se sigue para la contratación administrativa general (art. 220.1 LCSP). Para los acuerdos marco y para los sistemas dinámicos de adquisición se tendrá en cuenta el valor máximo estimado, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, del conjunto de contratos previstos durante la duración total del acuerdo marco o del sistema dinámico de adquisición (art. 101.13 LCSP). Atendiendo a su valor estimado, el contrato está sujeto a regulación armonizada y por tanto le resulta aplicable el régimen del recurso especial en materia de contratación. A través del presente Acuerdo Marco se pretende seleccionar a empresas propietarias de medios de comunicación con difusión en la provincia de Salamanca para la materialización de las campañas institucionales de publicidad que se determinen por el Departamento de Comunicación de la Diputación, de acuerdo con la planificación anual. | Código Seguro de Verificación | IV7QGP7N2B45YWF2YJOXAXTGMM | Fecha | 30/01/2026 14:16:48 | |---------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | | Firmante | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | | Url de verificación | https://sede.diputaciondesalamanca.gob.es/moad/verifirma- moad/code/IV7QGP7N2B45YWF2YJOXAXTGMM | Página | 1/17 | <!-- image --> <!-- image --> ## 2026/CNS\_01/000008 ## Podrán participar en el Acuerdo Marco las empresas propietarias de los siguientes medios de comunicación: - Prensa diaria impresa en papel con edición provincial y tirada diaria durante toda la semana. - Prensa escrita diaria en soporte digital y difusión por Internet de ámbito provincial y comarcal. Deberán disponer en su home principal del medio de una sección específica, estructurada y destacada destinada a la Información general de Salamanca, su provincia y/o sus comarcas. El contenido informativo de estas secciones específicas deberá ser actualizado diariamente, conforme la actualidad lo demande. - Emisoras de radio nacionales con emisión y cobertura provincial y/o comarcal y delegación en la provincia de Salamanca, que dispongan de programación informativa y magazines diarios de ámbito local y/o comarcal en su caso, en los que se destaque su ámbito de cobertura. - Televisión incluidas en la plataforma TDT y con programación provincial. Podrán presentar ofertas, por sí mismas o por medio de representantes, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que tengan plena capacidad para ello en los términos previstos en el art. 65 LCSP y no se encuentren incluidas en alguno de los supuestos de prohibición para contratar con las Administraciones Públicas recogidos en el art. 71 LCSP. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del presente contrato si las prestaciones que constituyen su objeto están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Las empresas deberán disponer de la habilitación legal necesaria (concesión, autorización o licencia) para el desarrollo de su actividad. En particular, este requisito será exigido a las cadenas de radio y televisión que deberán contar con la preceptiva autorización o licencia de uso del espacio radioeléctrico otorgada por la Comunidad Autónoma. ## REQUISITOS RELATIVOS A LA SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA, TÉCNICA Y PROFESIONAL ## 1. SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA. Acreditar una cifra anual de negocios, referida al mejor ejercicio dentro de los tres últimos (o desde la fecha de inicio de actividad de la empresa si es menor) por importe igual o superior al 50% del valor estimado de los lotes 1 y 4. En el caso de los lotes 2 y 3, el importe a acreditar se calcula de forma proporcional a los valores estimados de los lotes, de acuerdo a los tramos de audiencia establecidos en la cláusula de criterios de adjudicación. De este modo el importe MÍNIMO a justificar será: LOTE 1--- 143.0008,26 euros. | Código Seguro de Verificación | IV7QGP7N2B45YWF2YJOXAXTGMM | Fecha | 30/01/2026 14:16:48 | |---------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | | Firmante | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | | Url de verificación | https://sede.diputaciondesalamanca.gob.es/moad/verifirma- moad/code/IV7QGP7N2B45YWF2YJOXAXTGMM | Página | 2/17 | <!-- image --> <!-- image --> ## 2026/CNS\_01/000008 ## LOTE 2 -se distribuirá de la siguiente forma: a-Para audiencias medias igual o superiores a 1 millón usuarios únicos: (23,5% del valor estimado del lote). Importe a justificar: 102.157,03 euros. b-Para audiencias medias inferiores a 1 millón e iguales o superiores a 400.000 usuarios únicos. (14,5 % del valor estimado del lote). Importe a justificar: 63.033,06 euros. c-Para audiencias medias inferiores a 400.000 e iguales o superiores a 100.000 usuarios únicos. (6,5% del valor estimado del lote). Importe a justificar: 28.256,20 euros. d-Para audiencias medias inferiores a 100.000 usuarios únicos. (2% del valor estimado del lote). Importe a justificar: 8.694,21 euros. ## LOTE 3 -se distribuirá de la siguiente forma: a-Para audiencias medias igual o superiores a 35.000 oyentes únicos: (30,5% del valor estimado del lote). Importe a justificar: 64.528,92 euros. b-Para audiencias medias inferiores a 35000 e iguales o superiores a 15000 oyentes únicos. (16% del valor estimado del lote). Importe a justificar: 33.851,24 euros. c-Para audiencias medias inferiores a 15000 oyentes únicos. (4,58% del valor estimado del lote). Importe a justificar: 9.689,92 euros. LOTE 4 -82.664,62 euros. La acreditación de este requisito se realizará por unos de estos dos medios: Mediante las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro, y en caso contrario por las depositadas en el Registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil, acreditarán su volumen anual de negocios, mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil. | Código Seguro de Verificación | IV7QGP7N2B45YWF2YJOXAXTGMM | Fecha | 30/01/2026 14:16:48 | |---------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | | Firmante | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | | Url de verificación | https://sede.diputaciondesalamanca.gob.es/moad/verifirma- moad/code/IV7QGP7N2B45YWF2YJOXAXTGMM | Página | 3/17 | <!-- image --> <!-- image --> ## 2026/CNS\_01/000008 ## SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL - 2.1. Relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, en el curso de los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha, y el destinatario público o privado de los mismos. Dicha relación deberá justificar un importe anual igual o superior al 50% del valor estimado de los lotes 1 y 4. En el caso de los lotes 2 y 3, el importe a acreditar se calcula de forma proporcional a los valores estimados de los lotes, de acuerdo a los tramos de audiencia establecidos en la cláusula de criterios de adjudicación. De este modo el importe MÍNIMO a justificar será: LOTE 1--- 143.0008,26 euros. LOTE 2 - se distribuirá de la siguiente forma: LOTE 1--- 143.0008,26 euros. LOTE 2 - se distribuirá de la siguiente forma: a-Para audiencias medias igual o superiores a 1 millón usuarios únicos: (23,5% del valor estimado del lote). Importe a justificar: 102.157,03 euros. b-Para audiencias medias inferiores a 1 millón e iguales o superiores a 400.000 usuarios únicos. (14,5 % del valor estimado del lote). Importe a justificar: 63.033,06 euros. c-Para audiencias medias inferiores a 400.000 e iguales o superiores a 100.000 usuarios únicos. (6,5% del valor estimado del lote). Importe a justificar: 28.256,20 euros. d-Para audiencias medias inferiores a 100.000 usuarios únicos. (2% del valor estimado del lote). Importe a justificar: 8.694,21 euros. LOTE 3 - se distribuirá de la siguiente forma: a-Para audiencias medias igual o superiores a 35.000 oyentes únicos: (30,5% del valor estimado del lote). Importe a justificar: 64.528,92 euros. b-Para audiencias medias inferiores a 35000 e iguales o superiores a 15000 oyentes únicos. (16% del valor estimado del lote). Importe a justificar: 33.851,24 euros. c-Para audiencias medias inferiores a 15000 oyentes únicos. (4,58% del valor estimado del lote). Importe a justificar: 9.689,92 euros. LOTE 4 - 82.664,62 euros. | Código Seguro de Verificación | IV7QGP7N2B45YWF2YJOXAXTGMM | Fecha | 30/01/2026 14:16:48 | |---------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | | Firmante | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | | Url de verificación | https://sede.diputaciondesalamanca.gob.es/moad/verifirma- moad/code/IV7QGP7N2B45YWF2YJOXAXTGMM | Página | 4/17 | <!-- image --> <!-- image --> ## 2026/CNS\_01/000008 Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos del código CPV. - 2.2. Se establecen, asimismo, las siguientes condiciones de solvencia técnica y profesional relativa a contenidos y programación informativos: - LOTE 1: Prensa escrita diaria impresa en papel: Deberán contar con sección específica y destacada de información general diaria de Salamanca de la provincia o de sus comarcas. Esta condición deberá ser acreditada mediante una declaración jurada. - LOTE 2: Prensa escrita diaria en soporte digital y difusión por Internet: Deberán disponer en la home principal de una sección específica y destacada destinada a la información general de Salamanca, su provincia o sus comarcas. El contenido informativo de estas secciones específicas deberá ser actualizado diariamente, conforme la actualidad lo demande. Esta condición deberá ser acreditada, en todos los casos, mediante una declaración jurada. - LOTE 3: Emisoras de radiodifusión: deberán disponer de emisión de informativos específicos y destacados dentro de su programación diaria con contenido general dedicado a Salamanca, la provincia o sus comarcas. Esta condición deberá ser acreditada mediante una declaración jurada. - LOTE 4: Televisión: habrán de disponer de programación diaria con informativos específicos y destacados de contenido general dedicado a Salamanca, la provincia o sus comarcas. Esta condición deberá ser acreditada mediante una declaración jurada. Estos criterios de solvencia han sido fijados teniendo en cuenta que están vinculados al objeto del contrato y son proporcionales al mismo en función del lote al que se licite distribuido por anualidades. ## ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS BASADO EN EL ACUERDO MARCO. A efectos de adjudicación del acuerdo marco se tendrá en cuenta lo siguiente: Se adjudicarán los contratos basados según las condiciones que se establecen a continuación, de forma que no sea preciso realizar nuevas licitaciones, determinándose el número de las empresas seleccionadas que, formando parte del acuerdo marco, serían las adjudicatarias del contrato basado y ejecutarían las prestaciones de publicidad en cada una de las campañas. | Código Seguro de Verificación | IV7QGP7N2B45YWF2YJOXAXTGMM | Fecha | 30/01/2026 14:16:48 | |---------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | | Firmante | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | | Url de verificación | https://sede.diputaciondesalamanca.gob.es/moad/verifirma- moad/code/IV7QGP7N2B45YWF2YJOXAXTGMM | Página | 5/17 | <!-- image --> <!-- image --> ## 2026/CNS\_01/000008 En este sentido, se seleccionarán las empresas, de acuerdo con las siguientes indicaciones: - Lote 1: La empresa que haya obtenido mayor puntuación. - Lote 2: Las 9 empresas propietarias de medios de comunicación que hayan obtenido mayor puntuación. - Lote 3: Las 8 empresas propietarias de medios de comunicación que hayan obtenido mayor puntuación - Lote 4: La empresa que haya obtenido mayor puntuación. En caso de que el número de empresas que se presentaran a participar en el acuerdo marco fuera menor de las citadas anteriormente, se seguirá el orden descendente desde el primer lugar hasta el último adjudicado, quedando desiertos los puestos de cada uno de los lotes que no se cubran. Durante la vigencia del acuerdo marco sólo podrán celebrarse contratos basados con las empresas que hayan sido parte en el mismo. ## CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. Por otra parte, y ahondando en la necesidad que tiene la Diputación la transmisión a los ciudadanos de mensajes de interés público, de informaciones o explicaciones sobre elementos que afectan en su vida cotidiana, finalidad de la publicidad institucional, podemos señalar que es pues una utilidad pública. Para que sea eficaz debe emitirse a través del máximo de medios posibles, (periódicos, radios, t elevisiones…) y, debe realizarse de forma transparente y honesta. Estas tres notas (utilidad pública; pluralidad de medios como garantía de eficacia, y transparencia y honestidad en la difusión de mensajes a la población) configuran el concepto de publicidad institucional y con ello el objeto del contrato. Se marca así, con el objeto del contrato -caracterizado por sus notas distintivas-, la pauta para la elección de los criterios de adjudicación. El art. 145.4 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, establece que: «Los órganos de contratación velarán por que se establezcan criterios de adjudicación que permitan obtener obras, suministros y servicios de gran calidad que respondan lo mejor posible a sus necesidades.» . - a) La necesidad, en este caso, es conseguir que la información llegue a los habitantes de la provincia. Para ello es necesario utilizar todos los medios de difusión de ámbito provincial ya que dependiendo de las circunstancias personales (edad, nivel educativo, … ) y de localización (cobertura de internet, especialización en noticias de las comarcas concretas…), lo s habitantes de la provincia utilizan unos u otros. | Código Seguro de Verificación | IV7QGP7N2B45YWF2YJOXAXTGMM | Fecha | 30/01/2026 14:16:48 | |---------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | | Firmante | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | | Url de verificación | https://sede.diputaciondesalamanca.gob.es/moad/verifirma- moad/code/IV7QGP7N2B45YWF2YJOXAXTGMM | Página | 6/17 | <!-- image --> <!-- image --> ## 2026/CNS\_01/000008 Uno de los criterios reveladores de la eficacia en el cumplimiento del objeto, es la audiencia. Mayor índice de audiencia revela mayor difusión. Es por tanto este el criterio preponderante que se va a tener en cuenta. La experiencia con anteriores licitaciones de este tipo de acuerdo marco ha llevado al Órgano de Contratación a considerar la introducción del criterio precio para la adjudicación de esta licitación, se ha tenido en cuenta la posibilidad de obtener una rebaja en los precios y por tanto una utilización más eficiente de los recursos públicos, sin menoscabar la finalidad última del acuerdo que no es otra que conseguir la mayor difusión, pero con las mejores ofertas en relación calidad-precio tal y como establece la propia legislación contractual. Sin embargo, las peculiaridades tanto de índole personal de la población, como de localización que hemos referido, unido a la transparencia y a la utilidad pública de la información, aconsejan ampliar el abanico de medios informativos no solo al tipo de medio (pr ensa, radio…) si no a un amplio número de medios de cada tipo, en los supuestos en los que coexisten. Por eso, se fija la audiencia como criterio de licitación más importante, pero utilizándolo como elemento de ordenación; faculta para obtener mayor número de publicaciones, pero no impide que con una audiencia menor se seleccione a un medio para insertar determinadas noticias de publicidad institucional (según la programación de la Dirección de Comunicación). - b) Justificada la elección del criterio de audiencia, es necesario explicar porque se considera como preponderante en la puntuación. La argumentación anteriormente expuesta refleja que, en este contrato, la necesidad a cubrir es la eficacia en la recepción de la información. Esto podría verse comprometido si la puntuación concedida al criterio precio tuviera relevancia decisiva. Podrían seleccionarse medios con escasísima difusión y no seleccionarse otros de gran audiencia. Se pondría en peligro el propio objeto del contrato con las notas que lo definen (utilidad pública; pluralidad de medios como garantía de eficacia, transparencia y honestidad en la difusión de mensajes la población). Para conciliar la eficacia en el objeto del contrato con la eficiencia en la gestión de fondos públicos, se ha optado por otorgar una puntuación mínima al criterio precio. La determinación de estos precios, se ha efectuado de modo objetivo, utilizando parámetros de años anteriores (y del Banco de España), de tal modo que son precios de mercado. De este modo se consigue eficiencia en la gestión de fondos públicos sin desvirtuar el objeto del contrato. La Administración no queda en materia de precios al arbitrio del contratista ya que este debe respetar el precio fijado objetivamente en el pliego o en su caso el porcentaje de baja ofertado y a la vez, es la eficacia en la difusión transparente y plural la que dirime la adjudicación, asegurando la calidad del servicio al estar perfectamente definido sin que se desvirtúe con una valoración inadecuada del criterio precio que finalmente no sería operativa. | Código Seguro de Verificación | IV7QGP7N2B45YWF2YJOXAXTGMM | Fecha | 30/01/2026 14:16:48 | |---------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | | Firmante | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | | Url de verificación | https://sede.diputaciondesalamanca.gob.es/moad/verifirma- moad/code/IV7QGP7N2B45YWF2YJOXAXTGMM | Página | 7/17 | <!-- image --> <!-- image --> ## 2026/CNS\_01/000008 Por ello, a efectos de adjudicación del Acuerdo Marco se tendrán en cuenta los siguientes criterios de adjudicación: - 1.- CRITERIO DE LA AUDIENCIA DE CADA MEDIO: hasta 90 puntos. - 2.- CRITERIO DE PORCENTAJE DE BAJA EN LOS PRECIOS DE INSERCIÓN DE LA PUBLICIDAD: hasta 10 puntos. ## 1.- CRITERIO DE LA AUDIENCIA DE CADA MEDIO. Se valorará hasta 90 puntos de acuerdo con la siguiente fórmula: $$Dato de la audiencia a valorar Puntuación audiencia = _____________________________________ x 90 Dato de la mayor audiencia presentada$$ Los datos de audiencia son los referidos a continuación, teniendo en cuenta los siguientes medidores para cada tipo de medio que integran los diferentes lotes y según el siguiente detalle: - Prensa escrita diaria impresa en papel : dato de usuarios únicos calculados desde el 1 de febrero de 2025 hasta el 31 de enero de 2026, acreditados por la Oficina de Justificación y Difusión OJD. - Prensa escrita diaria en soporte digital y difusión por internet: datos de usuarios únicos calculados desde el 1 de febrero de 2025 hasta el 31 de enero de 2026, aportado por un medidor de los siguientes: OJD, GfK, GoogleAnalitycs, ComScor y EGM, siendo la audiencia media mensual, el valor de referencia para incluir a cada medio en su tramo de audiencia. - Emisoras de Radio : datos de oyentes únicos de las 3 últimas oleadas de audiencia del año 2025, siendo la audiencia media de las tres oleadas, el valor de referencia para incluir a cada medio en su tramo de audiencia, acreditadas mediante el medidor Estudio General de Medios EGM. - Televisión: los datos de audiencia calculados desde el 1 de febrero de 2025 hasta el 31 de enero de 2026, acreditados por el medidor, Estudio General de Medios EGM. El Órgano de Contratación se reserva el derecho de comprobar la veracidad de los datos incluidos en los medidores aportados por los licitadores. ## 2.- CRITERIO DE PORCENTAJE DE BAJA EN LOS PRECIOS DE INSERCIÓN DE LA PUBLICIDAD. Se valorará hasta 10 puntos el porcentaje de baja sobre los precios de inserción de la publicidad establecidos en la Cláusula 6.1 del Pliego de Prescripciones Técnicas, de acuerdo con la | Código Seguro de Verificación | IV7QGP7N2B45YWF2YJOXAXTGMM | Fecha | 30/01/2026 14:16:48 | |---------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | | Firmante | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | | Url de verificación | https://sede.diputaciondesalamanca.gob.es/moad/verifirma- moad/code/IV7QGP7N2B45YWF2YJOXAXTGMM | Página | 8/17 | <!-- image --> <!-- image --> ## 2026/CNS\_01/000008 siguiente fórmula: Porcentaje de baja a valorar Puntuación del porcentaje de baja = \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ x 10 Mayor porcentaje de baja ofertado Para determinar si hay ofertas inviables por haber sido formuladas en términos que las hacen anormalmente bajas, para el criterio de porcentaje de baja en los precios de inserción de la publicidad de cada uno de los licitadores, se estará a lo establecido en el art. 149 de la LCSP y en el artículo 85 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. A efectos de la distribución de los lotes entre los medios de comunicación, se seguirán las siguientes reglas: ## LOTE Nº 1. PRENSA ESCRITA DIARIA IMPRESA EN PAPEL. El medio de comunicación clasificado en primer y único lugar en el acuerdo marco publicitaría, a lo largo de la vigencia del mismo, como máximo la totalidad del importe del lote, conforme al Plan de Medios anual y los formatos y los precios establecidos. ## LOTE Nº 2 PRENSA ESCRITA DIARIA EN SOPORTE DIGITAL Y DIFUSIÓN POR INTERNET Este lote se distribuirá en función de la puntuación obtenida al aplicar los criterios de adjudicación, siendo la audiencia media mensual, el valor de referencia para conocer el tramo de audiencia en el que se incluye a cada medio. Para este lote se seleccionará un máximo de 9 licitadores (los 9 con mayor puntuación), garantizando para todos ellos una ejecución mínima de un 1,5%, a la que se unirá un porcentaje de ejecución variable calculado en función del orden obtenido y del tramo de audiencia. La puntuación otorgará el orden de clasificación, y una vez clasificados, se otorgará el % variable que se indica según el tramo de audiencia. ## a- Para audiencias medias igual o superiores a 1 millón usuarios únicos: 1º clasificado: un 24%, adicional al fijo 2º clasificado: un 22%, adicional al fijo 3º clasificado: un 20%, adicional al fijo A partir del 4º, se irá minorando en un 0.5%, a tenor del orden alcanzado, y ello siempre que se encuentre en este tramo de audiencia. | Código Seguro de Verificación | IV7QGP7N2B45YWF2YJOXAXTGMM | Fecha | 30/01/2026 14:16:48 | |---------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | | Firmante | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | | Url de verificación | https://sede.diputaciondesalamanca.gob.es/moad/verifirma- moad/code/IV7QGP7N2B45YWF2YJOXAXTGMM | Página | 9/17 | <!-- image --> <!-- image --> ## 2026/CNS\_01/000008 ## b-Para audiencias medias inferiores a 1 millón e iguales o superiores a 400.000 usuarios únicos 1º clasificado en este tramo de audiencia: un 15 % ,adicional al fijo 2º clasificado en este tramo de audiencia: un 13%, adicional al fijo 3º clasificado en este tramo de audiencia: un 11%, adicional al fijo A partir del 4º y hasta el 8º (ambos incluidos), se ira minorando en un 2% a tenor del orden alcanzado. El 9º descenderá un 0.5% respecto al 8ª. Todo ello siempre que se encuentren en este tramo de audiencia. ## c-Para audiencias medias inferiores a 400.000 e iguales o superiores a 100.000 usuarios únicos 1º clasificado en este tramo de audiencia: un 8 %, adicional al fijo 2º clasificado en este tramo de audiencia: un 6%, adicional al fijo 3º clasificado en este tramo de audiencia: un 4%, adicional al fijo 4º clasificado en este tramo de audiencia: un 2%, adicional al fijo Del 4º a 9º (ambos incluidos), se irá minorando 0.25% a tenor del orden alcanzado, y ello siempre que se encuentre en este tramo de audiencia ## d-Para audiencias medias inferiores a 100.000 usuarios únicos Se otorgará a todos un 0.5%, adicional al fijo, por orden de puntuación hasta llegar a los 9 medios seleccionados como máximo en la totalidad del lote. La fórmula para el cálculo del importe máximo de ejecución para cada uno de los nueve licitadores seleccionados será: ## Importe máximo de ejecución del licitador= (CTL- CTf) *%V + Cfi ## Donde: CTL =coste total del lote Cfi= coste fijo individual (CTL*0.015) CTf = coste total fijo (Cfi * nº de licitadores propuestos como adjudicatarios en el citado Lote). %V =porcentaje variable aplicable (por el orden de clasificación y en función de los tramos de audiencia). El porcentaje variable se aplicará a la diferencia resultante entre el Coste Total del Lote menos el Coste Total fijo. Obtención %V de cada licitador : Los datos de audiencia permiten la selección y ordenación. Una vez ordenados, según los tramos establecidos se aplicará el % variable. En el hipotético caso de que, como consecuencia de la aplicación de los porcentajes fijo y variable, según el tramo de audiencia, establecidos anteriormente, se obtuviera como resultado un | Código Seguro de Verificación | IV7QGP7N2B45YWF2YJOXAXTGMM | Fecha | 30/01/2026 14:16:48 | |---------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | | Firmante | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | | Url de verificación | https://sede.diputaciondesalamanca.gob.es/moad/verifirma- moad/code/IV7QGP7N2B45YWF2YJOXAXTGMM | Página | 10/17 | <!-- image --> <!-- image --> ## 2026/CNS\_01/000008 porcentaje total aplicable al contrato, superior al 100%, deberán prorratearse los porcentajes para no superar el 100 % del importe total del contrato. ## LOTE Nº 3. EMISORAS DE RADIO Este lote se distribuirá en función de la puntuación obtenida al aplicar los criterios de adjudicación, siendo la audiencia media, el valor de referencia para conocer el tramo de audiencia en el que se incluye a cada medio. Para este lote se seleccionará un máximo de 8 licitadores (los 8 con mayor puntuación), garantizando para todos ellos una ejecución mínima de un 6%, a la que se unirá un porcentaje de ejecución en función del tramo de audiencia y del orden obtenido. ## a-Para audiencias medias igual o superiores a 35.000 oyentes únicos: 1º clasificado: un 25.5%, adicional al fijo 2º clasificado: un 24,5%, adicional al fijo 3º clasificado: un 23,5%, adicional al fijo A partir del 4º (incluido), irá descendiendo un 1% a tenor del orden alcanzado siempre que se encuentre en este tramo de audiencia. ## b-Para audiencias medias inferiores a 35000 e iguales o superiores a 15000 oyentes únicos 1º clasificado en este tramo de audiencia: un 12%, adicional al fijo 2º clasificado en este tramo de audiencia: un 10 %, adicional al fijo 3º clasificado en este tramo de audiencia: un 8 %, adicional al fijo A partir del 4º (incluido), irá descendiendo 0.5%, a tenor del orden alcanzado, siempre que se encuentre en este tramo de audiencia. ## c-Para audiencias medias inferiores a 15000 oyentes únicos 1º clasificado en este tramo de audiencia: un 4 %, adicional al fijo 2º clasificado en este tramo de audiencia: un 3%, adicional al fijo A partir del 3ª (incluido), irá descendiendo 0.5%, a tenor del orden alcanzado, siempre que se encuentre en este tramo de audiencia hasta llegar a los 8 medios seleccionados como máximo en la totalidad del lote. La fórmula para el cálculo del importe máximo de ejecución para cada uno de los ocho licitadores seleccionados será: | Código Seguro de Verificación | IV7QGP7N2B45YWF2YJOXAXTGMM | Fecha | 30/01/2026 14:16:48 | |---------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | | Firmante | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | | Url de verificación | https://sede.diputaciondesalamanca.gob.es/moad/verifirma- moad/code/IV7QGP7N2B45YWF2YJOXAXTGMM | Página | 11/17 | <!-- image --> <!-- image --> ## 2026/CNS\_01/000008 ## Importe máximo de ejecución del licitador = (CTL- CTf) *%V + Cfi ## DONDE: CTL =coste total del lote Cfi= coste fijo individual (CTL*0.06) CTf= coste total fijo (Cfi * nº de licitadores propuestos como adjudicatarios en el citado Lote). %V =porcentaje variable aplicable (por el orden de clasificación y en función de los tramos de audiencia). El porcentaje variable se aplicará a la diferencia resultante entre el Coste Total del Lote menos el Coste Total fijo. Obtención %V de cada licitador : Los datos de audiencia permiten la selección y ordenación. Una vez ordenados, según los tramos establecidos se aplicará el % variable. En el hipotético caso de que, como consecuencia de la aplicación de los porcentajes fijo y variable, según el tramo de audiencia, establecidos anteriormente, se obtuviera como resultado un porcentaje total aplicable al contrato, superior al 100%, deberán prorratearse los porcentajes para no superar el 100 % del importe total del contrato. ## LOTE Nº4 TELEVISION El medio de comunicación clasificado en primer y único lugar en el acuerdo marco publicitaría, a lo largo de la vigencia del mismo, como máximo la totalidad del importe del lote, conforme al Plan de Medios anual y los formatos y precios establecidos. Con este planteamiento se da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 145 de la LCSP en tanto ha quedado justificado que se obtiene la mejor relación calidad precio, al estar el precio perfectamente fijado y justificado, pretendiendo la calidad del servicio a través de la difusión y del porcentaje de baja sobre los precios de inserción, al venir perfectamente determinados en el objeto del contrato. De ahí que la Diputación Provincial de Salamanca se atenga al tenor del precepto mencionado, más concretamente a lo establecido en el apartado 4, anteriormente transcrito pues de esta forma se obtiene servicios de gran calidad que respondan lo mejor posible a sus necesidades. El Gabinete de Prensa de la Diputación de Salamanca determinará el número concreto de los tipos de inserción detallados, con los precios fijados, con arreglo a la planificación anual. El importe total publicitado por cada licitador no podrá superar las cantidades máximas que hemos referenciado en los diferentes lotes objeto del contrato. | Código Seguro de Verificación | IV7QGP7N2B45YWF2YJOXAXTGMM | Fecha | 30/01/2026 14:16:48 | |---------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | | Firmante | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | | Url de verificación | https://sede.diputaciondesalamanca.gob.es/moad/verifirma- moad/code/IV7QGP7N2B45YWF2YJOXAXTGMM | Página | 12/17 | <!-- image --> <!-- image --> ## 2026/CNS\_01/000008 ## DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA A EXIGIR A LOS LICITADORES PROPUESTOS PARA LA ADJUDICACIÓN DE CADA LOTE. El apartado 9 del artículo 8 de la Ley 4/2009, de 28 de mayo, de publicidad institucional de Castilla y León, en la redacción dada por la Ley 1/2025, de 3 de julio establece que: en ningún caso el conjunto de los contratos que tengan por objeto acciones de publicidad institucional que se celebren con una persona o entidad propietaria de un medio de comunicación podrá suponer un ingreso para las mismas que supere el 33 % del importe neto de su cifra anual de negocio. Para garantizar el cumplimiento de esta obligación legal, los licitadores propuestos como adjudicatarios de cada uno de los lotes, deben presentar una declaración responsable con carácter previo a la adjudicación. ## CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN. Las empresas licitadoras se comprometen, en caso de resultar adjudicatarias, a cumplir las siguientes condiciones especiales de carácter medio ambiental y social: - a) Los adjudicatarios del LOTE 1 de prensa diaria impresa deberán utilizar en la impresión de las ediciones del periódico, papel reciclado al menos al 50 por ciento. - b) Todos los adjudicatarios de los lotes 1, 2, 3 y 4, deberán excluir de sus medios de comunicación la publicación de todo tipo de anuncios publicitarios que puedan fomentar la violencia de género y la prostitución. El cumplimiento de estas condiciones especiales deberá ser acreditado mediante una declaración responsable. Estas condiciones especiales de ejecución tendrán el carácter de obligación contractual esencial por lo que su incumplimiento constituye causa de resolución del contrato en los términos previstos en el artículo 211.1 f) de la LCSP. Al objeto de verificar el cumplimiento de las mencionadas condiciones especiales de ejecución, el responsable del contrato, siendo este el responsable de la Dirección de comunicación, realizará las comprobaciones que estime oportunas emitiendo el informe que a tal efecto corresponda. Este documento será objeto de publicidad en el perfil de contratante en cumplimiento del artículo 63 LCSP. | Código Seguro de Verificación | IV7QGP7N2B45YWF2YJOXAXTGMM | Fecha | 30/01/2026 14:16:48 | |---------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | | Firmante | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | | Url de verificación | https://sede.diputaciondesalamanca.gob.es/moad/verifirma- moad/code/IV7QGP7N2B45YWF2YJOXAXTGMM | Página | 13/17 | <!-- image --> <!-- image --> ## 2026/CNS\_01/000008 ## MODELO DE OFERTA Dº/Dª \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, con DNI nº \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, con domicilio en \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, en nombre (1)\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, con CIF nº\_\_\_\_\_\_\_, y con domicilio fiscal en \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del Acuerdo Marco 2026-2028 para la CONTRATACIÓN DE ESPACIOS EN MEDIOS DE COMUNICACIÓN PARA LA INSERCIÓN DE ANUNCIOS Y CAMPAÑAS DE PUBLICIDAD DE ÁMBITO PROVINCIAL, ofrece realizar dicho servicio conforme a los precios indicados en el PPT y en la presente oferta, en el caso de ofertar una baja y conforme a la audiencia que se detalla, con indicación expresa del medidor utilizado de entre los previstos en el presente pliego. ## LOTE Nº 1. PRENSA ESCRITA DIARIA IMPRESA EN PAPEL. - [ ] □ Audiencia (DATO DEL SUMATORIO DE USUARIOS ÚNICOS CALCULADOS DESDE EL 1 DE FEBRERO DE 2025 HASTA EL 31 DE ENERO DE 2026): \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ Medidor: …………………………………………………………………………… - [ ] □ Porcentaje de baja sobre los precios de inserción, con dos decimales (%): \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_. LOTE Nº 2 PRENSA ESCRITA DIARIA EN SOPORTE DIGITAL Y DIFUSIÓN POR INTERNET. - [ ] □ Audi encia (DATO DEL SUMATORIO DE USUARIOS ÚNICOS CALCULADOS DESDE EL 1 DE FEBRERO DE 2025 HASTA EL 31 DE ENERO DE 2026): \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ Medidor:………………………………………… - [ ] □ Porcentaje de baja sobre los precios de inserción, con dos decimales (%): \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_. ## LOTE Nº 3. EMISORAS DE RADIO. - [ ] □ Audiencia (DATO DE L SUMATORIO DE OYENTES ÚNICOS DE LAS TRES ÚLTIMAS OLEADAS DE AUDIENCIA DEL AÑO 2025): \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ Medidor:………………………………………… - [ ] □ Porcentaje de baja sobre los precios de inserción, con dos decimales (%): \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_. | Código Seguro de Verificación | IV7QGP7N2B45YWF2YJOXAXTGMM | Fecha | 30/01/2026 14:16:48 | |---------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | | Firmante | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | | Url de verificación | https://sede.diputaciondesalamanca.gob.es/moad/verifirma- moad/code/IV7QGP7N2B45YWF2YJOXAXTGMM | Página | 14/17 | <!-- image --> <!-- image --> ## LOTE Nº4 TELEVISION. - [ ] □ Audiencia (DATO DEL SUMATORIO DE USUARIOS ÚNICOS CALCULADOS DESDE EL 1 DE FEBRERO DE 2025 HASTA EL 31 DE ENERO DE 2026): \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ Medid or:………………………………………… - [ ] □ Porcentaje de baja sobre los precios de inserción, con dos decimales (%): \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_. En \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, a \_\_\_\_\_, de \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_de 2026 Fdo.: La falta de indicación del medidor, así como la ausencia del documento que acredita la audiencia indicada, dará lugar al rechazo de la oferta, sin que pueda ser objeto de subsanación la oferta que no aporte dicha información acreditativa, en el momento de realización de la oferta. (1) Indicar si la oferta se realiza en nombre propio o de la empresa que representa. | Código Seguro de Verificación | IV7QGP7N2B45YWF2YJOXAXTGMM | Fecha | 30/01/2026 14:16:48 | |---------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | | Firmante | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | | Url de verificación | https://sede.diputaciondesalamanca.gob.es/moad/verifirma- moad/code/IV7QGP7N2B45YWF2YJOXAXTGMM | Página | 15/17 | ## 2026/CNS\_01/000008 <!-- image --> <!-- image --> ## 2026/CNS\_01/000008 ## MODELOS DE DECLARACIONES RESPONSABLES PARA LAS CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO ## DECLARACIÓN RESPONSABLE ADJUDICATARIO LOTE 1 Dº/Dª \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, con DNI nº \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, con domicilio en \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, en nombre (1)\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, con CIF nº\_\_\_\_\_\_\_, y con domicilio fiscal en \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, habiendo sido propuesto como adjudicatario del Lote 1 del Acuerdo Marco 2026-2027 de CONTRATACIÓN DE ESPACIOS EN MEDIOS DE COMUNICACIÓN PARA LA INSERCIÓN DE ANUNCIOS Y CAMPAÑAS DE PUBLICIDAD DE ÁMBITO PROVINCIAL, ## DECLARO RESPONSABLEMENTE QUE, En la impresión de las ediciones del periódico, se va a utilizar papel reciclado al menos en un 50 por ciento. En \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, a \_\_\_\_\_, de \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_de 2026 Fdo.: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ ## DECLARACIÓN RESPONSABLE ADJUDICATARIOS LOTES 1,2.3 Y 4 Dº/Dª \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, con DNI nº \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, con domicilio en \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, en nombre (1)\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, con CIF nº\_\_\_\_\_\_\_, y con domicilio fiscal en \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, habiendo sido propuesto como adjudicatario del Lote (1,2,3 o 4, según corresponda) del Acuerdo Marco 2026-2027 de CONTRATACIÓN DE ESPACIOS EN MEDIOS DE COMUNICACIÓN PARA LA INSERCIÓN DE ANUNCIOS Y CAMPAÑAS DE PUBLICIDAD DE ÁMBITO PROVINCIAL, ## DECLARO RESPONSABLEMENTE QUE, En el medio de comunicación que represento se excluye la publicación de todo tipo de anuncios publicitarios que puedan fomentar la violencia de género y la prostitución. En \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, a \_\_\_\_\_, de \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_de 2026 Fdo.: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ <!-- image --> | Código Seguro de Verificación | IV7QGP7N2B45YWF2YJOXAXTGMM | Fecha | 30/01/2026 14:16:48 | |---------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | | Firmante | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | | Url de verificación | https://sede.diputaciondesalamanca.gob.es/moad/verifirma- moad/code/IV7QGP7N2B45YWF2YJOXAXTGMM | Página | 16/17 | <!-- image --> ## 2026/CNS\_01/000008 ## MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL APARTADO 9 DEL ARTÍCULO 8 DE LA LEY 4/2009, DE 28 DE MAYO, DE PUBLICIDAD INSTITUCIONAL DE CASTILLA Y LEÓN, EN LA REDACCIÓN DADA POR LA LEY 1/2025, DE 3 DE JULIO. Dº/Dª \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, con DNI nº \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, con domicilio en \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, en nombre (1)\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, con CIF nº\_\_\_\_\_\_\_, y con domicilio fiscal en \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, habiendo sido propuesto como adjudicatario del Lote (1,2,3 o 4, según corresponda) del Acuerdo Marco 2026- 2027 de CONTRATACIÓN DE ESPACIOS EN MEDIOS DE COMUNICACIÓN PARA LA INSERCIÓN DE ANUNCIOS Y CAMPAÑAS DE PUBLICIDAD DE ÁMBITO PROVINCIAL, ## DECLARO RESPONSABLEMENTE QUE, En ningún caso esta contratación va a suponer un ingreso que supere el 33 % del importe neto de la cifra anual de negocios. En \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, a \_\_\_\_\_, de \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_de 2026 Fdo.: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ Es lo que procede informar y firmar por parte de la Dirección de Comunicación en la fecha que figura junto a la firma <!-- image --> | Código Seguro de Verificación | IV7QGP7N2B45YWF2YJOXAXTGMM | Fecha | 30/01/2026 14:16:48 | |---------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza | | Firmante | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | Pedro Martin Becerro (Director Comunicacion 1 Area de Presidencia. 142 Comunicacion Diputación Provincial de Salamanca) | | Url de verificación | https://sede.diputaciondesalamanca.gob.es/moad/verifirma- moad/code/IV7QGP7N2B45YWF2YJOXAXTGMM | Página | 17/17 |