Memoria justificativa

Otros Documentos Ver licitación
{# full_text keeps real newlines; whitespace-pre-wrap renders them (so no |linebreaks filter, which would double the spacing). #}
<!-- image --> Expediente: 300/2025/02842 ## INFORME DE NECESIDAD, IDONEIDAD Y EFICIENCIA ACUERDO MARCO PARA EL SUMINISTRO DE DIVERSO MATERIAL SANITARIO CON DESTINO AL SERVICIO DE SAMUR-PROTECCIÓN CIVIL DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID. (4 LOTES) SAMUR-Protección Civil es un servicio de emergencias médicas y sanitarias extrahospitalario mixto, compuesto por personal funcionario y personal voluntario. Este servicio asume la responsabilidad de la asistencia sanitaria a las urgencias y emergencias, así como de la organización y atención sanitaria de catástrofes y situaciones de calamidad pública, ocurridas en la vía y locales públicos dentro del ámbito municipal de Madrid y en aquellos casos excepcionales en que su presencia sea necesaria fuera del mismo. Se trata de un servicio que se presta 365 días al año durante 24 horas, a través del que pretende proporcionar una respuesta eficaz y coordinada a las situaciones de emergencia, asegurando en los casos necesarios la adecuada evacuación de las personas atendidas a los hospitales de referencia u hospital útil en las patologías más graves. Para la prestación de este servicio es necesario que el servicio operativo cuente con el material sanitario adecuado en cada actuación, y por ello, es objeto del presente expediente el Acuerdo Marco para el suministro de diverso material sanitario con destino al servicio SAMUR Protección Civil, de la Dirección General de SAMUR Protección Civil. En el pliego de condiciones técnicas de este contrato se fijan las características técnicas que deben que deben cumplir los artículos a suministrar, lo cual se llevará a cabo previa la adjudicación de los contratos basados en el Acuerdo Marco, todo ello de conformidad con el artículo 219 y siguientes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante, LCSP). Los artículos incluidos en el acuerdo marco forman parte de la dotación material de los operativos de SAMUR-Protección Civil y, por tanto, necesarios para la prestación del Servicio que tiene encomendado, lo que conlleva unas determinadas exigencias de compatibilidad con los protocolos del Servicio. Teniendo en cuenta las intervenciones y los productos necesarios para la operativa de SAMUR Protección Civil, se han definido los diferentes artículos, y se han estimado las unidades anuales de bienes a suministrar de cada uno de ellos, con el fin de dotar al operativo de los medios necesarios para el correcto funcionamiento del servicio. <!-- image --> Así, se han establecido 4 lotes en base la singularidad de las características técnicas, normativa aplicable y disponibilidad en el mercado de los diferentes productos, conforme a la siguiente distribución: - LOTE 1. MATERIAL SANITARIO FUNGIBLE - LOTE 2. MATERIAL FUNGIBLE PARA DIVERSOS EQUIPOS DE ELECTROMEDICINA - LOTE 3. MATERIAL FUNGIBLE PARA EQUIPOS ELECTROMEDICINA ESPECIALIZADOS - LOTE 4. MATERIAL SANITARIO PARA DIAGNÓSTICO Y TERAPIA Se han configurado cuatro lotes atendiendo a las características de los artículos, todas ellas completamente definidas en el PPTP. ## Justificación de la división en lotes: En relación con el objeto del acuerdo marco, y de conformidad con lo establecido en los artículos 28 y artículo 99 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), la naturaleza de este Acuerdo Marco permite su división en cuatro lotes, agrupando en cada lote los productos de material sanitario fungible y no fungible en el presente Acuerdo Marco, conforme a los requisitos reglamentarios que les resulten de aplicación en cada caso, y todo ello en el marco de la legislación europea y nacional. Por tanto, cada lote previsto en el Acuerdo Marco se ha establecido en base a la singularidad de sus características técnicas, normativa aplicable y disponibilidad en el mercado de los diferentes productos. ## Código CPV: A continuación, se enumeran los establecidos en el citado Acuerdo Marco: - 33690000-3 - Medicamentos diversos. - 33141000-0 - Productos consumibles médicos no químicos desechables y productos consumibles hematológicos Por otra parte y, consultados los Catálogos de bienes declarados de Adquisición Centralizada de la Junta de Compras de la Comunidad de Madrid y de la Dirección General de Patrimonio del Estado, se ha comprobado que no constan en los mismos esta clase de productos, que son objeto de la presente contratación, no siendo, por tanto, necesaria la autorización expresa del Delegado del Área de Gobierno de Economía y Hacienda para su adquisición fuera de homologación, por lo que ha de acudirse a un expediente de contratación abierto. Las prestaciones correspondientes a esta contratación no están incluidas en ningún otro contrato ni se realizan directamente por el Ayuntamiento de Madrid. Es de significar que el Acuerdo Marco responde a la necesidad de racionalizar y ordenar los suministros de determinados materiales necesarios para la prestación de servicios de asistencia sanitaria a las urgencias y emergencias, ya que a pesar de las previsiones del Servicio, muchas veces se producen alteraciones en las necesidades de material por fluctuaciones en el número de sucesos que deben ser atendidos por SAMUR Protección Civil, frecuencia de cada tipo de intervención y tipo de productos sanitarios necesarios en cada una de ellas, cambios en los protocolos de actuación… y otras circunstancias, que impiden abordar un contrato de suministro cerrado en el que se definan exactamente las unidades de cada uno de los artículos necesarios para la operativa. <!-- image --> Se fija la duración del acuerdo marco en 24 meses, prorrogable por otros 24 meses por ser el que mejor se adapta a las necesidades del servicio, justificándose dicho plazo, de conformidad con lo establecido en artículo 219.2 de la LCSP, en que las características técnicas de los artículos están perfectamente definidas de forma objetiva, y deben mantenerse invariables al haber sido determinadas conforme a las necesidades de un servicio de emergencias extrahospitalarias y la operativa de SAMUR Protección Civil, ya que tratándose de un servicio de emergencias que requiere en todo momento de productos sanitarios, el plazo de duración considerado resulta adecuado para garantizar la operativa del servicio de atención directa a los ciudadanos de Madrid al mejor precio de mercado. En cuanto a la idoneidad, eficacia y eficiencia , se ha considerado que el acuerdo marco es el sistema más idóneo y adecuado para este suministro ya que permite adaptarse a las necesidades de material en cada momento y evita la repetición de la totalidad del procedimiento de adjudicación en contratos que tienen naturaleza cíclica, además de posibilitar la adopción de medidas eficaces e inmediatas ante previsiones de rotura de estocaje y abordar los suministros con mayor eficiencia, contemplando las distintas fechas de caducidad del material. Firmado electrónicamente LA SUBDIRECTORA GENERAL DE SAMUR PROTECCION CIVIL Carmen Camacho Leis