2358 2025 PCAP Anexo 2.pdf

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<!-- image --> 2358/2025 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE MATERIAL DE FONTANERÍA PARA GIAHSA (HUELVA) ## ANEXO 2 Compromiso Social, Medioambiental y Laboral <!-- image --> ## COMPROMISOS DE CARÁCTER SOCIAL, MEDIOAMBIENTAL Y LABORAL GIAHSA en su día a día en concordancia con las políticas de la Unión Europea respeta toda la legislación Medioambiental y Laboral promoviendo todas las acciones sociales para una mejor integración con todo lo que nos rodea. En todo caso la empresa licitante suscribe: - 1.- La empresa contratada deberá conocer la Política Social, medioambiental y de respeto de los requisitos de seguridad y salud laborales de GIAHSA, pudiendo acceder a ella a través de la página web de GIAHSA. - 2.- La empresa contratada se encargará de que todo el personal bajo su cargo conozca todas las normas y requisitos sociales, medioambientales y laborales establecidos. - 3.- La empresa contratada contemplará el cumplimiento de los requisitos legales medioambientales y laborales que en cada momento se establezcan en los distintos ámbitos: europeo,estatal, autonómico y municipal y en concreto con los procedimientos generales y/o específicos establecidos por GIAHSA. En todo caso la empresa será responsable de cualquier incumplimiento legal que se pueda derivar de la mala gestión medioambiental o laboral relativa a la actividad o servicio contratado. - 4.- GIAHSA podrá efectuar inspecciones sobre los aspectos medioambientales con las actividades a realizar o de las condiciones laborales de la empresa adjudicataria, al inicio, al finalizar y/o sin planificación previa durante el desarrollo delos trabajos contratados, debiendo la empresa facilitar al personal de GIAHSA, el acceso a sus instalaciones. - 5.- La empresa contratada se asegurará de que las instalaciones utilizadas en el desarrollo de sus actividades como: oficinas, aparcamiento de coches y maquinaria, almacenes, acopio de materiales…, estén dispuestas de forma ordenada y exentas de basuras. - 6.- Queda prohibido realizar cualquier vertido de Residuos ya sea sólidos y líquidos a redes de saneamiento sin la pertinente autorización. - 7.- En caso de fuga o vertido accidental de residuos o sustancias peligrosas, líquidos contaminados, combustibles, la empresa contratada está obligada a su recogida inmediata evitando en lo posible la contaminación del suelo o la incorporación a las redes de saneamiento. - 8,- Las máquinas, vehículos, y equipos que utilicen motores diésel o gasolina deberán ser revisados y puestos a punto periódicamente, con objeto de mejorar la eficacia de la combustión y evitar combustiones incorrectas. - 9.- La empresa contratada deberá realizar correctamente la gestión de los Residuos: RESIDUOS SÓLIDOS MINICIPALES (RSM). <!-- image --> ## 2358/2025 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE MATERIAL DE FONTANERÍA PARA GIAHSA (HUELVA) 10.- Queda prohibido el depósito de los residuos fuera de los contenedores dispuestos por GIAHSA para tal fin. 11.- Sólo se almacenarán residuos urbanos en los contenedores destinados a tal efecto, no depositándose pilas, baterías, envases vacíos de sustancias peligrosas, trapos y/o material impregnados de grasa/aceites,... en general ningún residuo de los considerados como peligrosos. - 12.- Queda prohibido el depósito de residuos líquidos en los contenedores de RSM. 13.- Cuando se utilicen contenedores propios de la empresa, éstos se dispondrán de manera ordenada y se mantendrán en condiciones adecuadas de limpieza, no deteriorados evitándose que rebosen. La empresa contratada deberá asegurarse que dichos residuos sean gestionados por empresa autorizada por el órgano ambiental competente. 14.- Queda prohibido el depósito de material inservible, chatarra metálica, palets o cualquier otro tipo de objetos en lugares no destinados para ello. - 15.- Queda terminantemente prohibida la quema de cualquier tipo de RESIDUOS PELGROSOS (RP). - 16.La empresa contratada deberá asegurarse la adecuada identificación, almacenamiento temporal (no más de seis meses) y gestión final de sus propios RP. 17.- Cada tipo de RP se almacenará en contenedores apropiados, debidamente identificados según se especifica en la legislación vigente. 18.- Queda prohibido el almacenamiento de RP en el exterior a la intemperie y en suelo no asfaltado de forma que se eviten posibles vertidos accidentales y posterior contaminación del suelo o redes de saneamiento. 19.- Cuando se vayan a realizar trabajos que lleven consigo la generación de RP y exista riesgo de vertidos, derrames o salpicaduras se tomarán las medidas precisas para impedir su incorporación al medio. 20.- La empresa contratada tomará todas las medida a su alcance para evitar la contaminación del suelo y aguas durante el desarrollo de sus actividades, para ello tendrá especial cuidado con: - El acopio de materiales que se realizará de manera que estén controladas las molestias ♦ a la población así como el posible arrastre al medio hídrico. - La maquinaria y vehículos de manera que se ubicarán en lugares habilitados para ello. ♦ - Las albores de mantenimiento, engrase, cambios de aceite, limpieza y lavado de ♦ vehículos, piezas o cualquier tipo de equipamiento no se realizarán in situ y en la medida de lo posible se llevarán a cabo en lugares externos. Sólo en especiales circunstancias <!-- image --> ## 2358/2025 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE MATERIAL DE FONTANERÍA PARA GIAHSA (HUELVA) estas operaciones se podrán realizar in situ siempre y cuando cuenten con el correspondiente permiso de GIAHSA. - Cualquier almacenamiento fijo de combustible deberá pasar todas las inspecciones, ♦ revisiones, pruebas, etc. que marque la legislación que le sea de aplicación. - 21.- La empresa contratante desarrollará todas las actividades estableciendo como requisito la seguridad y salud de nuestros empleados, así como la prevención de los posibles riesgos generados durante la actividad y la prevención de la contaminación del entorno. - 22.- Fomentar la actitud de colaboración y el trabajo en equipo como patrón de comportamiento a todos los niveles organizativos. Potenciar la motivación de los empleados por medio de la comunicación interna, la comunicación, y la formación permanente. <!-- image --> En \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, a \_\_\_ de \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ de 2026 ## Licitador, (Firma electrónica) Fdo. \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_