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MEMORIA JUSTIFICATIVA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE REDACCIÓN DEL PROYECTO, DIRECCIÓN DE OBRAS Y COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD
## DENOMINADO 'POLIDEPORTIVO DE COSTA CALAMA'.
## Expediente 22/2025SER
Se redacta la presente memoria para dar cumplimiento a las exigencias legales establecidas en el artículo 63.3 a) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. De conformidad con lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (en adelante LBRL), el Municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal en los términos previstos en este artículo. En concreto, su artículo 25.1.l), establece que el municipio ejercerá su competencia en la promoción del deporte e instalaciones deportivas y de ocupación del tiempo libre.
La necesidad de dotar a la población de Costa Calma de un polideportivo, surge de la demanda actual de infraestructuras deportivas por parte de los vecinos. Asimismo, la construcción del polideportivo supondrá un avance significativo en la mejora de los servicios públicos del municipio, generando beneficios sociales, económicos y estratégicos a corto y largo plazo. Entre los principales impactos previstos se destacan los siguientes:
- -El nuevo polideportivo permitirá cubrir la creciente demanda de infraestructuras deportivas en el municipio, ofreciendo espacios modernos, funcionales y adaptados a las necesidades de todos los sectores de la población. La puesta en marcha de estas instalaciones fomentará la práctica del deporte de manera accesible y segura, contribuyendo a la mejora de la calidad de vida de los vecinos y potenciando hábitos saludables entre todas las franjas de edad.
- -Las nuevas instalaciones estarán diseñadas para garantizar la accesibilidad universal, eliminando barreras arquitectónicas y fomentando el uso inclusivo.
- -Además, el polideportivo se posicionará como un espacio de encuentro y cohesión social, favoreciendo la integración de distintos grupos y el fortalecimiento del tejido comunitario.
En el marco de dichas competencias, el Ayuntamiento de Pájara considera necesario que previamente se contrate los servicios de redacción del proyecto, dirección de obras y coordinación de seguridad y salud del denominado 'Polideportivo de Costa Calma', según
las reglas de la buena construcción y la reglamentación aplicable. La redacción del proyecto es una fase crucial en el desarrollo de cualquier infraestructura, ya que en ella se definen las características técnicas, funcionales y estéticas de la obra a realizar. Un proyecto técnico de calidad es aquel que se ajusta a las necesidades
y expectativas de la población local y visitante, cumple con la normativa aplicable y garantiza la adecuada ejecución de las obras. La contratación del servicio de redacción del proyecto asegura que el 'Polideportivo de Costa Calma' cuente con un proyecto técnico que cumpla con estos requisitos, al tiempo que se eviten posibles errores o deficiencias que puedan generar sobrecostes o retrasos en la ejecución de las obras. Asimismo, la dirección de obras es una figura clave en el desarrollo de cualquier proyecto de infraestructura, ya que es la responsable de supervisar y controlar la correcta ejecución de las obras conforme al proyecto técnico aprobado. La dirección de obras garantiza que los materiales, técnicas constructivas y plazos de ejecución se ajusten a lo establecido en el proyecto, evitando así posibles desviaciones y garantizando la calidad final de la obra. La contratación del servicio de dirección de obras proporciona al Ayuntamiento de Pájara la seguridad de que el 'Polideportivo de Costa Calma' se ejecute de acuerdo con los estándares de calidad y eficiencia definidos en el proyecto técnico. Por otro lado, la coordinación de seguridad y salud resulta necesaria para la prevención de riesgos laborales y la promoción de la seguridad y salud en la construcción de infraestructuras, aspecto de suma importancia tanto desde el punto de vista legal como ético. La contratación del servicio de coordinación de seguridad y salud garantiza que se cumplan las medidas de prevención y protección necesarias para minimizar los riesgos laborales asociados a la ejecución del 'Polideportivo de Costa Calma'. Además, la figura del coordinador de seguridad y salud se encarga de supervisar el cumplimiento de la normativa aplicable en materia de prevención de riesgos laborales, asegurando así un entorno de trabajo seguro y saludable para los trabajadores involucrados en la obra. No obstante, el Ayuntamiento de Pájara carece de los medios materiales y personales para la redacción del proyecto, dirección facultativa de las obras y coordinación de seguridad y salud, debido a que los técnicos municipales actualmente se encuentran ya sobrecargados con otros proyectos y actuaciones prioritarias del municipio. En los últimos años, las demandas de los servicios públicos han crecido de manera significativa, y los recursos disponibles para atenderlas han permanecido limitados. Por esta razón, asignar al personal propio las tareas relacionadas con el polideportivo podría comprometer no solo la calidad del nuevo proyecto, sino también el adecuado cumplimiento de los trabajos ya en curso. Por otro lado, el hecho de externalizar estos trabajos asegura que el proyecto se beneficie de la experiencia y conocimientos de profesionales especializados que hayan trabajado en proyectos similares. Contar con expertos en la redacción de proyectos y en la dirección de obras de infraestructura deportiva incrementa notablemente las garantías de éxito, ya que aportarán soluciones técnicas innovadoras y asegurarán que las instalaciones cumplan los estándares más exigentes en funcionalidad, seguridad y sostenibilidad. En cuanto al marco jurídico aplicable, la presente contratación se rige por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, norma que establece las bases y procedimientos a seguir por las administraciones públicas para garantizar la transparencia, igualdad y libre competencia en los procesos de adjudicación. Atendiendo a la naturaleza de la prestación a contratar, y en virtud del artículo 17 de la LCSP, nos encontramos ante un contrato de servicios, que se entiende como 'Son contratos de servicios aquellos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o suministro, incluyendo aquellos en que el adjudicatario se obligue a ejecutar el servicio de forma sucesiva y por precio unitario'. En virtud de los motivos expuestos, y con fundamento en las disposiciones legales mencionadas, se considera plenamente justificada la necesidad de proceder a la contratación del servicio de redacción de proyecto, dirección de obras y coordinación de seguridad y salud denominado 'Polideportivo de Costa Calma', tanto por la imperiosa necesidad de dotar a la ciudadanía de estas nuevas instalaciones, como por el cumplimiento de las competencias municipales establecidas en la LBRL y de los requisitos exigidos por la LCSP. Por todo lo anterior, RESUELVO Primero.Justificar la celebración del contrato de 'Servicio para la redacción de proyecto, dirección de obras y coordinación de seguridad y salud denominado 'Polideportivo de Costa Calma', por lo expuesto en la presente memoria. Segundo.Que previos los trámites que se estimen oportunos se realice la contratación propuesta por esta Concejalía, mediante elaboración de la propuesta técnica al efecto que dimensione adecuadamente el contrato, proponga los criterios de adjudicación procedentes y demás elementos discrecionales de cara a la aprobación del expediente, así como posteriormente se redacten los oportunos Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas. Tercero.Una vez dimensionado el contrato, remítase al Departamento de Intervención notificación para que informe sobre el porcentaje que supone la contratación en relación con los recursos ordinarios del presupuesto vigente, a los efectos de determinar el órgano competente para contratar, así como se proceda a fiscalizar el expediente administrativo. En Pájara en la fecha que figura "ut infra". El Concejal de Urbanismo, Planeamiento, Planificación, Obras Municipales, Obras Públicas, Agua, Parques y Jardines y Parque
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