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MEMORIA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE EQUIPOS CRIOGÉNICOS (CONGELADORES DE RESIDUOS BIOSANITARIOS Y CITOTÓXICOS) UBICADOS EN EL HOSPITAL VIRGEN DE LA CONCHA Y HOSPITAL PROVINCIAL, PERTENECIENTES A LA GERENCIA DE ASISTENCIA SANITARIA DE ZAMORA
EXPEDIENTE: 084/2026/16607 (SATURNO: 9301-932-1-2026-16607)
## ÍNDICE
| 1. | OBJETO DEL CONTRATO. ..............................................................................................................2 |
|----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| 1.1. Protección de datos personales. De acuerdo con la | normativa vigente: ...............................................2 |
| 1.2. Códigos de Clasificación | .................................................................................................................2 |
| 2. DIVISIÓN DE LOTES. | ......................................................................................................................2 |
| 3. JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD | ...............................................................................................2 |
| 4. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN | ............................................................................................2 |
| 5. PLAZO DE EJECUCIÓN | ..................................................................................................................2 |
| 6. CREDITO PRESUPUESTARIO | ........................................................................................................3 |
| 7. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN | ...........................................................................................3 |
| 8. PRECIO DEL CONTRATO | ...............................................................................................................4 |
| 9. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO | ...............................................................................................4 |
| 10. SOLVENCIA Y CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA | .......................................................................4 |
| 10.1. Solvencia económica y financiera: .................................................................................................4 | 10.1. Solvencia económica y financiera: .................................................................................................4 |
| 10.2. Solvencia técnica o profesional:.....................................................................................................5 | |
| 10.3. Justificación de la solvencia económica | ..........................................................................................5 |
| 10.4. Justificación de la solvencia | técnica ...............................................................................................5 |
| 11. ASPECTOS A NEGOCIAR ...............................................................................................................5 | |
| Consideración | del carácter de ofertas anormales o desproporcionadas ......................................................6 |
| 12. | GARANTÍA DEFINITIVA ..................................................................................................................6 |
| 13. | PLAZO DE GARANTÍA ....................................................................................................................6 |
| 14. | RESPONSABLE DEL CONTRATO ...................................................................................................6 |
| 15. | CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO (ART. 202 LCSP) ............................6 |
| 16. | PENALIDADES ADMINISTRATIVAS .................................................................................................7 |
| 16.1. Penalidades por demora en la ejecución:........................................................................................7 | |
| 16.2. Penalidades por incumplimiento de la condición | especial de ejecución del contrato: ...........................7 |
| 16.3. Procedimiento: | ............................................................................................................................7 |
| 17. | MODIFICACIÓNES CONTRACTUALES PREVISTAS .........................................................................7 |
| 18. | CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO ..................................................................................7 |
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## 1. OBJETO DEL CONTRATO.
El objeto de este contrato es la contratación del servicio de mantenimiento de equipos criogénicos (congeladores de residuos biosanitarios y citotóxicos) ubicados en el Hospital Virgen de la Concha y en el Hospital Provincial perteneciente a la Gerencia de Asistencia Sanitaria de Zamora.
## 1.1. Protección de datos personales. De acuerdo con la normativa vigente:
El objeto del contrato conlleva el tratamiento de datos personales: NO
La obligación de la finalidad del tratamiento de datos personales tiene carácter esencial a los efectos de lo previsto en la letra f) del apartado 1 del artículo 211 de la Ley de Contratos del Sector Público.
## 1.2. Códigos de Clasificación
Código CPA: 33.13.29
- Servicios de reparación y mantenimiento maquinaria para usos específicos .
Código CPV: 50730000-1
- Servicios de reparación y mantenimiento de grupos refrigerados .
## 2. DIVISIÓN DE LOTES.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 99.3, de la LCSP, este expediente no admite su división en lotes, porque el objeto del contrato constituye una unidad funcional indivisible. Dado el carácter exclusivo de la contratación no se hace necesaria la división del contrato en lotes ya que sólamente puede ser una única adjudicataria.
## 3. JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD
La contratación del Servicio de mantenimiento de equipos de bioseguridad sanitaria por frío, viene motivado por la necesidad de asegurar un perfecto estado de uso de los equipos de aislamiento y contención de residuos infecciosos sanitarios y citotóxicos en las áreas productoras de estos residuos. Con el objetivo de proteger a los trabajadores y pacientes aumentando la calidad y bienestar de los puestos de trabajo afectados, así como mejorar la gestión medioambiental del residuo.
Dar cumplimiento al Real Decreto 192/2023, de 21 de marzo, por el que se regulan los productos sanitarios, cuya obligación en su cumplimiento se extiende al adecuado mantenimiento y conservación de los equipos con objeto de garantizar la seguridad de pacientes y usuarios, así como, mantener las prestaciones de los equipos estipuladas por el fabricante.
## 4. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 131 y 168 a) 2º de la Ley 9/2017 , de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), el procedimiento de adjudicación se realizará mediante procedimiento negociado sin publicidad por exclusividad, cuando el servicio solo puedan ser encomendados a un empresario determinado por razones técnicas.
Tramitación ordinaria.
## 5. PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución del contrato es de 12 meses contados a partir de la fecha de formalización del contrato, que empezara a producir efectos desde el 1 de mayo de 2026, o en la fecha en la que se formalice el contrato, si ésta fuera posterior.
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El procedimiento admite prorrogas.
Duración máxima del contrato incluida las prórrogas 36 meses.
## 6. CREDITO PRESUPUESTARIO
El crédito presupuestario del procedimiento es 19.602,66 € (presupuesto base de licitación más IVA).
La distribución del crédito presupuestario por anualidades es la siguiente:
Año Aplicación Presupuestaria Crédito presupuestario (Presupuesto base de licitación IVA incluido)
2026 05.22.9003.G312.A02.213.00/9
11.434,88 €
2027 05.22.9003.G312.A02.213.00/9
8.167,78 €
Tramitación normal del expediente.
## 7. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN
El presupuesto base de licitación (I.V.A. Incluido) es de 19.602,66 € .
Con el fin de dar cumplimiento al artículo 100.2 de la LCSP, se ha realizado una estimación de dichos costes para la determinación del importe de licitación, sin que ello implique que cada empresa dedique mayor o menor porcentaje a cada una de las variables que intervienen.
Siendo el desglose del presupuesto el siguiente:
| DESGLOSE COSTES | DESGLOSE COSTES | DESGLOSE COSTES |
|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------|
| Costes Directos | Costes materiales (materias primas, maquinaria…) | 5.028,28 € |
| | Costes salariales | 7.550,96 € |
| | Transporte y otros | 898,52 € |
| Costes Indirectos (Suministros, limpieza, mantenimiento, custodia, amortizaciones…) | Costes Indirectos (Suministros, limpieza, mantenimiento, custodia, amortizaciones…) | 1.497,53 € |
| Gastos Generales (personal administración, sist. Informáticos, seguros generales, prevención, vigilancia) (sobre CD+CI) | Gastos Generales (personal administración, sist. Informáticos, seguros generales, prevención, vigilancia) (sobre CD+CI) | 1.946,79 € |
| Beneficio Industrial (sobre CD+CI) | Beneficio Industrial (sobre CD+CI) | 898,52 € |
| Total sin IVA | Total sin IVA | 17.820,60 € |
| IVA (21,00%) | IVA (21,00%) | 1.782,06 € |
| Total con IVA | Total con IVA | 19.602,66 € |
| DESGLOSE COSTES SALARIALES | DESGLOSE COSTES SALARIALES | DESGLOSE COSTES SALARIALES | DESGLOSE COSTES SALARIALES | DESGLOSE COSTES SALARIALES |
|------------------------------|------------------------------------------|------------------------------|------------------------------|------------------------------|
| GRUPO | CATEGORÍA PROFESIONAL | Nº TRABAJADORES | COSTE MENSUAL MEDIO | COSTE TOTAL |
| | Ingeniero/a, Arquitecto/a y licenciado/a | 0,25 | 629,25 € | 7.550,96 € |
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## 8. PRECIO DEL CONTRATO
El precio del contrato de acuerdo con lo establecido en el artículo 102 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP) es el que se detalla a continuación:
| PRECIO (Sin IVA) | CUANTÍA DEL IVA | PRECIO (Incluido IVA) | APLICACIÓN PRESUPUESTARIA |
|--------------------|-------------------|-------------------------|------------------------------|
| 17.820,60 | 1.782,06 | 19.602,66 | 05.22.9003.G312.A02.213.00/9 |
El precio del servicio objeto del contrato se ha calculado en función de las características de la prestación a realizar y del precio general del mercado.
El importe máximo de licitación se ha calculado a partir de la necesidad de contratar el servicio para 12 meses en la Gerencia de Asistencia Sanitaria de Zamora. En cuanto al precio, se han calculado teniendo en cuenta el valor estimado, los precios de los contratos de mantenimiento existentes de características similares, y la evolución de los precios de mercado.
## 9. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El valor estimado del contrato de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 101 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP) es de 53.461,80 € . Para su cálculo se ha tenido en cuenta las características del material a adquirir y el precio de mercado de equipos de semejantes características.
Método de cálculo aplicado:
| Importe inicial del contrato | 17.820,60 € |
|-----------------------------------|---------------|
| Importe de las posibles prórrogas | 35.641,20 € |
| TOTAL | 53.461,80 € |
De acuerdo al artículo 22 de la LCSP el contrato no está sujeto a regulación armonizada.
## 10. SOLVENCIA Y CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA
## 10.1. Solvencia económica y financiera:
Medios de acreditación y condiciones mínimas: Art. 87.1 a) LCSP.
Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. El volumen de negocios mínimo anual exigido anual deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año'.
Criterios de selección:
El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios, igual o superior a 80.192,70 € IVA excluido , referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos. Para acreditar la cifra exigida, el licitador deberá hacerlo a través de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, siempre que estuviese inscrito en dicho registro o, en caso contrario, por las aprobadas y depositadas en el Registro oficial en que deba estar inscrito, los empresarios individuales no inscritos deben presentar su libro de inventarios y cuendas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Para ello, se presentará una declaración con el volumen anual de negocios de los tres últimos años y se acreditará por medio de las cuentas anuales (en concreto, las hojas de la cuenta de pérdidas y ganancias) el año de mayor volumen, a través de certificación, nota simple o información análoga expedida por el Registro correspondiente, siempre que esté vencido el plazo de presentación y se encuentren depositadas .
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## 10.2. Solvencia técnica o profesional:
Medios de acreditación y condiciones mínimas: Artículo 90 LCSP
Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario público o privado de los mismos.
Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
Criterio de selección:
La acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante la relación de los principales servicios o trabajos realizados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato. A efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos o servicios acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, se atenderá a la coincidencia entre los tres primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV.
El importe que el empresario deberá acreditar en el año de mayor ejecución de servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato será, igual o superior a 12.474,42 € IVA excluido .
## 10.3. Justificación de la solvencia económica
La elección del medio indicado en el artículo 87.1.a) de la LCSP para acreditar la solvencia económica, viene motivada porque el volumen anual de negocios, al que se hace referencia en dicho artículo y que se considera el más apropiado para el objeto de este contrato, presupone que el licitador dispone de la liquidez necesaria que pueda garantizar, desde el punto de vista económico, la ejecución del contrato; aspecto éste que no se presupone con el 'patrimonio neto' al que se hace referencia en el apartado c) del citado artículo 87.1 de la LCSP. El resto de los medios a los que se hace referencia en el artículo 87 de la LCSP para acreditar la solvencia económica, o no son de aplicación por ser propios de otros tipos de c ontrato, o como ocurre con el medio indicado en el apartado 87.1.b), 'seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales', es más apropiado para aquellos contratos cuyo objeto consista en servicios profesionales de carácter intelectual.
## 10.4. Justificación de la solvencia técnica
La elección del medio indicado en el artículo 90 de la LCSP para acreditar la solvencia técnica o profesional, viene motivada por la necesidad de que los licitadores dispongan de la experiencia necesaria para la correcta ejecución del contrato.
## 11. ASPECTOS A NEGOCIAR
Los aspectos de negociación, según establece el artículo 166.2 de a LCSP, serán los siguientes:
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- Precio.
- Plan de Mantenimiento
Estos criterios de valoración han sido elegidos por la Gerencia de Asistencia Sanitaria de Zamora al tratarse de un expediente que se tramita mediante procedimiento negociado sin publicidad.
## Consideración del carácter de ofertas anormales o desproporcionadas:
Parámetros objetivos para la determinación de una oferta como anormal o desproporcionada:
Se considerará proposición anormalmente baja o desproporcionada, en su conjunto, cuando la oferta económica sea inferior en un 20% al presupuesto base de licitación y, además, la puntuación obtenida en el resto de los criterios de adjudicación sea superior al 60% del total de la puntuación asignada al conjunto de dichos criterios
## 12. GARANTÍA DEFINITIVA
5 por 100 del precio final ofertado IVA excluido
## 13. PLAZO DE GARANTÍA
El plazo de garantía del suministro, será de 3 meses , a contar desde la recepción de la conformidad de la prestación del servicio.
Todos los gastos por desplazamientos, materiales, mano de obra y demás costes que puedan surgir durante el plazo de garantía, correrán por cuenta del adjudicatario.
## 14. RESPONSABLE DEL CONTRATO
El Jefe de Servicio de Mantenimiento.
## 15. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO (ART. 202 LCSP)
Se establecen las siguientes condiciones especiales de ejecución a cumplir por el adjudicatario en este contrato:
- PRIMERA .-FAVORECER LA FORMACIÓN EN EL LUGAR DE TRABAJO. De acuerdo con el art. 202 de LCSP
Condición : La empresa adjudicataria del contrato deberá realizar de acciones formativas sobre seguridad y salud laboral dirigidas, al menos, al personal que participe en la ejecución del contrato. Se deberá impartir 1 acción formativa al año durante la vigencia del contrato y con una duración mínima de 5 horas.
Forma de verificación del cumplimiento de esta condición especial de ejecución: Con el fin de verificar la ejecución correcta de esta cláusula, el designado como responsable del contrato por parte de la Administración, solicitará al adjudicatario, al menos una vez al año y en todo caso con la última factura del contrato, la acreditación del cumplimiento de esta condición mediante la aportación de un documento firmado por el personal que ha impartido el curso en el que figure el contenido del curso, la fecha o fechas de la impartición, el nº de horas de formación impartidas y la relación de los asistentes al curso.
Consideración de la condición especial de ejecución como obligación contractual esencial: NO
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## 16. PENALIDADES ADMINISTRATIVAS
Concreción de las penalidades:
El Órgano de Contratación podrá imponer penalidades u optar por la resolución del contrato, de acuerdo con lo estipulado en los artículos 192 y siguientes de la LCSP, por prestación defectuosa de la ejecución del contrato o incumplimiento de la condición especial de ejecución del contrato. La cuantía de las penalidades, en términos porcentuales, se referirá a cada una de las entregas y no al total de las mismas. Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato (artículo 194 LCSP).
## 16.1. Penalidades por demora en la ejecución:
En caso de demora en la ejecución, se impondrá al adjudicatario penalidades diarias en la proporción de 0,60 € por cada 1000 € del precio del contrato, IVA excluido.
## 16.2. Penalidades por incumplimiento de la condición especial de ejecución del contrato:
El incumplimiento de la condición especial de ejecución del contrato se penalizará con las disminución del 0,5% del precio de adjudicación del contrato, IVA excluido, conforme a lo establecido en el apartado 1 del artículo 192 de la LCSP.
## 16.3. Procedimiento:
- Informe propuesta de penalización del responsable del contrato.
- Trámite de audiencia a la empresa adjudicataria (art. 97 del RGLCAP).
- Resolución del Órgano de Contratación (Gerente de Asistencia Sanitaria de Zamora).
- Notificación a la empresa de dicha resolución, en la que se especificarán los recursos que procedan .
La aplicación y pago de estas penalidades no excluye la indemnización a que la Administración pueda tener derecho por daños y perjuicios ocasionados con motivo del retraso imputable al contratista.
Las penalidades serán inmediatamente ejecutivas y se harán efectivas mediante deducción de las cantidades a pagar, y cuando no pueda deducirse de los mencionados pagos, sobre la garantía que se hubiese constituido.
## 17. MODIFICACIÓNES CONTRACTUALES PREVISTAS
No.
## 18. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Causas específicas de resolución del contrato:
- Es causa de resolución del contrato, el incumplimiento de la condición especial de ejecución, por parte del contratista, referido al sometimiento a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos, por tratarse de una obligación contractual esencial.
El contrato se resolverá por las causas previstas en el art 211 de la LCSP y 313 de la LCSP.
LA SUBDIRECTORA DE GESTIÓN Y SS.SS.
Firmado por: MARIA ELISA PEREZ
BERNAL
En la fecha 09.02.2026 11:53:38 CET
Cargo: SUBDIRECTORA DE GESTIÓN Y
SS.GG.
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