Resolución requerimiento documentación al propuesto adjudicatario.

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<!-- image --> Expte. 3/2026 SER/2026/0000004747 RESOLUCIÓN del Director General de Calidad Ambiental por la que se requiere documentación al licitador propuesto como adjudicatario de la contratación del servicio para la Dirección Facultativa y Coordinación de Seguridad y Salud de las obras correspondientes al proyecto denominado 'Obras de la Planta de Clasificación y Compostaje de la 2ª Fase de desarrollo del Complejo Ambiental de Zurita, Fase 1 y Fase 2', mediante procedimiento abierto de adjudicación y tramitación ordinaria Vista la propuesta de adjudicación elevada el día 29 de abril de 2026 por la mesa de contratación constituida parar la adjudicación del contrato de referencia. Visto el informe-propuesta suscrito por el Jefe del Servicio de Contratación Administrativa y Administración General el día 30 de abril de 2026, se tienen en cuenta los siguientes ## ANTECEDENTES - 1º.Mediante Resolución del Director General de Calidad Ambiental nº 194/2026, de 17 de marzo, se aprobó el expediente, el gasto y los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas del contrato del servicio para la Dirección Facultativa y Coordinación de Seguridad y Salud de las obras correspondientes al proyecto denominado 'Obras de la Planta de Clasificación y Compostaje de la 2ª Fase de desarrollo del Complejo Ambiental de Zurita, Fase 1 y Fase 2', publicándose el anuncio de licitación el día 19 de marzo de 2026 y estableciéndose hasta el día 7 de abril para la presentación de ofertas. - 2º.La mesa de contratación, designada por medio de la Resolución n.º 215/2026, de 26 de marzo, del órgano de contratación, en su sesión celebrada el día 29 de abril de 2026, acordó proponer la adjudicación del contrato de referencia en favor de D. JOAQUÍN BETANCOR GONZÁLEZ, NIF 42863550Z , tras cumplir los trámites previstos en la legislación aplicable y el pliego de cláusulas administrativas particulares. Se tienen en cuenta las siguientes ## CONSIDERACIONES JURÍDICAS Primera. El órgano de contratación, que actúa en nombre de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, es la Dirección General del Calidad Ambiental, con arreglo a las facultades que le confiere el artículo 14 d) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Transición Ecológica y Energía, aprobado por el Decreto 1/2026, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Transición Ecológica y Energía y se crea y regula el Consejo para la transición energética de Canarias. Segunda. La cláusula 19.1 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares establece que una vez aceptada la propuesta de adjudicación formulada por la mesa de contratación, los servicios dependientes del órgano de contratación requerirán a la persona licitadora propuesta como adjudicataria para que, dentro del plazo de diez (10) días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que haya recibido el requerimiento, presente la documentación prevista en la misma cláusula. Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ANGEL PABLO MONTAÑES RIOS - DIRECTOR/A GENERAL Este documento ha sido registrado electrónicamente: RESOLUCION - Nº: 311 / 2026 - Tomo: 1 - Libro: 2611 - Fecha: 30/04/2026 13:32:51 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica\_doc?codigo\_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: RP001-000cCuspjm7SY+KV3h2+mzZRQ== Fecha: 30/04/2026 - 13:02:44 Fecha: 30/04/2026 - 13:32:51 <!-- image --> <!-- image --> Por la presente, y en virtud de las facultades que me confiere el ordenamiento jurídico y, en particular, el reglamento orgánico aplicable en la Consejería de Transición Ecológica y Energía, ## RESUELVO PRIMERO. Aceptar la propuesta de adjudicación elevada por la mesa de contratación el día 29 de abril de 2026, en relación al servicio para la Dirección Facultativa y Coordinación de Seguridad y Salud de las obras correspondientes al proyecto denominado 'Obras de la Planta de Clasificación y Compostaje de la 2ª Fase de desarrollo del Complejo Ambiental de Zurita, Fase 1 y Fase 2', mediante procedimiento de adjudicación abierto y tramitación ordinaria. La propuesta de adjudicación es un acto de trámite que no genera derecho alguno hasta que el órgano de contratación dicte, en su caso, la resolución de adjudicación. SEGUNDO. Requerir al licitador propuesto para la adjudicación del contrato, D. JOAQUÍN BETANCOR GONZÁLEZ, NIF 42863550Z , para que presente la documentación prevista en la cláusula 19 del pliego de cláusulas administrativas particulares, en el plazo de diez días hábiles . Este plazo se contabilizará a partir del día siguiente al envío de la comunicación a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público y de la publicación de la presente resolución en el Perfil del Contratante, en virtud de la disposición adicional decimoquinta de la LCSP. De no cumplir el requerimiento en el plazo señalado, o en el que se le señale para subsanar los defectos en dicha documentación o, en su caso el de presentación de documentación complementaria, se entenderá que la licitadora ha retirado su oferta y se le impondrá una penalidad económica, por importe del 3 % del presupuesto base de licitación. La documentación a aportar figura como Anexo de la presente resolución. TERCERO. Notificar la presente resolución al licitador propuesto como adjudicatario en la Plataforma de Contratación del Sector Público y publicar la misma en el Perfil del Contratante. Contra la presente resolución, al ser un acto de trámite, no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la posibilidad de su impugnación en la resolución posterior que ponga fin al procedimiento. Santa Cruz de Tenerife, ## EL DIRECTOR GENERAL DE CALIDAD AMBIENTAL <!-- image --> ## ANEXO: - Documentación acreditativa de la capacidad de obrar y de la representación, en los términos previstos en la cláusula 19.2.1. PCAP. - Documentación acreditativa de no concurrir en prohibición de contratar, en los términos previstos en la cláusula 19.2.2. PCAP. - Documentación acreditativa de estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en los términos previstos en la cláusula 20 PCAP. - Acreditación de la constitución de la garantía definitiva, por importe total de 1.998,35 € con las condiciones previstas en la cláusula 21. del PCAP. - Documentación acreditativa de su solvencia económica, financiera y técnica de conformidad con lo señalado en la cláusula 4.3. PCAP. - Documentación que acredite que la empresa propuesta como adjudicataria dispone efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato, en los términos previstos en la cláusula 4.4. PCAP. - Documentación acreditativa de la habilitación empresarial o profesional, en los términos previstos en la cláusula 4.5. PCAP. <!-- image --> <!-- image -->